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El accidente de trabajo y la enfermedad profesional el libro del delegado/a sindical escuela sindical juan muñiz zapico comisiones obreras

Accident trabajo

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  • 1. el libro del delegado/a sindicalEl accidente de trabajo yla enfermedad profesionalescuela sindical juan muiz zapicocomisiones obreras

2. El libro del delegado/a sindical El accidente de trabajo yla enfermedad profesional Escuela Sindical Juan Muiz Zapico comisiones obreras 3. Edita: Secretara Confederal de Formacin Sindical de CC.OO.Texto elaborado por: Lola Esteve (ISTAS), tomando como base la Gua para Investigacin Sindical de Accidentes de Trabajo y la Gua Sindical del Accidente de Trabajo y la Enfermedad Profesional (Revisada 2001 por Valeria Uberti).Realizacin: Paralelo Edicin, S.A.D.L.:M-43622-2001 Impreso en papel ecolgico 4. INDICE PAG.EL ACCIDENTE DE TRABAJO INTRODUCCION .......................................................................................................... 71. EL ACCIDENTE DE TRABAJO: UN FALLO GLOBAL EN LA GESTION DE LA PREVENCION ...................................................................................................... 9 Ficha de trabajo I .................................................................................................... 112. EL SISTEMA DE INFORMACION DEL ACCIDENTE DE TRABAJO ...............................13 Ficha de trabajo II ................................................................................................... 14 Ficha de trabajo III .................................................................................................. 20 De la teora a la prctica .......................................................................................... 203. LA INVESTIGACION DEL ACCIDENTE ....................................................................... 21 Ficha de trabajo IV .................................................................................................. 23 De la teora a la prctica .......................................................................................... 234. Y DESPUES DEL ACCIDENTE, QUE? ...................................................................... 24 Ficha de trabajo V ................................................................................................... 25ANEXO: GUIA PARA LA INVESTIGACION SINDICAL DE ACCIDENTESDE TRABAJO ................................................................................................................ 26LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 1. POR QUE NO SE RECONOCEN LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES? ............. 35Ficha de trabajo I ....................................................................................................36Ficha de trabajo II ...................................................................................................38Ficha de trabajo III ..................................................................................................39Ficha de trabajo IV .................................................................................................. 422. ENFERMEDAD PROFESIONAL FRENTE A ENFERMEDAD COMUN ........................... 43ANEXO: GUIA SINDICAL DEL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LAENFERMEDAD PROFESIONAL .................................................................................... 45 EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL3 5. El accidente de trabajo 6. w INTRODUCCIONCada da se producen ms de 2.000 accidentes de trabajo y mueren, al menos,cuatro trabajadores por esta causa. La precarizacin del mercado de trabajo incre-menta el riesgo de accidentes: por cada accidente de un trabajador/a fijo se acci-dentan hasta cuatro trabajadores temporales. La falta de formacin y la asignacinde nuevas tareas sin un periodo previo de aprendizaje favorecen los accidentes detrabajo. El riesgo de accidente se prolonga, adems, durante los trayectos domi-cilio-trabajo, cada vez ms frecuentes y largos.Los accidentes en el trabajo han sido objeto de teoras explicativas que resaltan elfallo humano, la distraccin del trabajador, etc. Se pretende encubrir, as, el meo-llo de la cuestin: que el accidente se produce porque existe el riesgo, que un con-trol adecuado del riesgo evitara el accidente a pesar de factores individuales, queel comportamiento del trabajador/a est condicionado por el conjunto de condi-ciones de trabajo y que el ms perjudicado por el accidente no es otro que el pro-pio trabajador/a.Gua sindical de salud laboral: Accidentes de trabajoActualmente nadie se cuestiona el hecho de que el accidente de trabajo es el resultado deuna interaccin de varios factores, de entre los cuales estn las condiciones de trabajo(condiciones ambientales, equipos de trabajo, organizacin del trabajo, relaciones labora-les) y los factores ligados a la conducta de las personas.Las dimensiones del problema de la accidentalidad laboral se ponen en relieve por el nme-ro total de accidentes con baja, que en el ao 1999 era de 1.606.999 y en el perodo deenero a junio de 2000 asciende a 784.276.De estos accidentes laborales con baja, si los desglosamos por sector de actividad nosencontramos que en el sector agrario el nmero de accidentes era de 867.772; en el sec-tor industria de 265.054; en el sector construccin de 207.673 y en el sector servicios de347.893.Por otro lado, en la Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo de 1999 se seala que lasiniestralidad laboral es uno de los principales riesgos percibidos por la poblacin laboral;siendo la percepcin de la mitad de los trabajadores, como causa de los accidentes msfrecuentes, el exceso de confianza o de costumbre y la cuarta parte de los trabajadoresafirma que la causa del accidente ms comn son las operaciones peligrosas de su tarea.Estos resultados ponen de relieve que los accidentes de trabajo siguen siendo percibidospor la poblacin trabajadora como un fenmeno asociado al azar y a la fatalidad, y que se EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 7 7. escapan del control de cualquier persona, por tanto esta percepcin contribuye a seguirperpetuando las situaciones de trabajo peligrosas, dificultando la actividad preventiva.Sin embargo, los accidentes de trabajo como sucesos relacionados con riesgos conocidosy con las condiciones de trabajo controlables tienen causas que pueden ser conocidas yevitables.A lo largo de este curso vamos a abarcar no tanto los factores de riesgo individuales paracada accidente, sino las causas del accidente en tanto en cuanto el accidente es un falloglobal del sistema preventivo en la empresa; as como establecer una metodologa sindicalde investigacin de accidentes que, lejos de querer ser una metodologa tcnica, debe sercompatible con las aportaciones de los tcnicos encargados de la investigacin de acci-dentes.8 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 8. w 1. EL ACCIDENTE DE TRABAJO: UN FALLO GLOBAL ENLA GESTION DE LA PREVENCIONConsiderar que el accidente de trabajo se debe a una nica causa es una afirmacin quehoy en da a nadie se le ocurre, aunque es todava bastante habitual encuadrar el acciden-te de trabajo slo en una falta de medidas de seguridad sin entrar a considerar que no slofalla la seguridad en el lugar de trabajo donde se produce el accidente, sino que fallan otrasmuchas medidas y sobre todo fallan las condiciones de trabajo." CASO PRACTICO Dos operarios del sector de comunicaciones haban estado realizando unas operacio- nes de empalme en el interior de una cmara de registro de Telefnica (espacio confi- nado), situada en el subsuelo de una de las grandes vas de una ciudad, en pleno cen- tro de la localidad. El trabajo se alarg durante dos jornadas, al cabo de las cuales, y sin finalizar totalmente los trabajos de empalme, fueron destinados al da siguiente a otro sector de la ciudad. Al da siguiente, se desplazan un encargado de la empresa y dos operarios para ins- peccionar los trabajos que restaban por realizar en el interior de la cmara de registro, al objeto de explicarles las operaciones que deban realizar para finalizar los trabajos que los dos operarios anteriores no haban concluido. Para acceder a la cmara, protegieron la zona del trnsito de los vehculos que circula- ban por la zona con vallas perimetrales y seales de trfico, indicando el estrechamien- to de calzada y reduccin de velocidad reglamentarias. El acceso a la cmara lo realizan el encargado y uno de los operarios, quedando en el exterior el otro operario. Cuando llegan al fondo de la misma, situada a 4,5 m. por debajo del nivel del suelo, comprueban que no disponen de suficiente iluminacin para comprobar los empalmes que restaban por realizar, no disponiendo de linterna ni de cualquier otro tipo de alum- brado. En ese momento, el encargado enciende un mechero para poder iluminar la zona a ins- peccionar y se produce una deflagracin que hiere gravemente a las dos personas que estn en el interior de la cmara de registro y al trabajador que est fuera debido a la lla- marada que sale al exterior.EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 9 9. No realizaron deteccin previa de gases explosivos, gases txicos y niveles de oxge- no en el interior, al parecer segn se desprende de sus declaraciones debido a la confianza que les daba el hecho de que dos operarios haban estado realizando tra- bajos los dos das precedentes y no haba pasado nada. Durante toda la semana, previa al accidente, la compaa del gas haba notificado a todas las empresas usuarias de canalizaciones subterrneas en la zona que se haba detectado una fuga de gas en el centro de la ciudad y que estaban procediendo a loca- lizar el punto de la hipottica fuga de gas natural, sin haberse recibido noticias de la sub- sanacin de las fugas.10 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 10. FICHA DE TRABAJO ITras la lectura del caso real que se presenta, contesta a las preguntas que a continuacinse formulan. Cules fueron las causas que provocaron el accidente? Diferencindolas en causas primarias y secundarias. CAUSAS PRIMARIASCAUSAS SECUNDARIAS Las condiciones en las que se desarrolla el trabajo han influido en algn modo en lageneracin del accidente?EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 11 11. Recuerda que El accidente suele ser imputable, en ltima instancia, a una mala gestin empresarial: indica un fallo global del sistema de trabajo. Una vigilancia sistemtica de las condicio- nes de seguridad, un control eficaz de los factores de riesgo, una adecuada formacin de los trabajadores/as, un sistema de organizacin compatible con prcticas de trabajo seguras, adiestrar y sensibilizar a directivos y mandos, potenciar la participacin de los trabajadores, etc., son condiciones necesarias para conseguir avances preventivos y deben formar parte de la poltica general de la empresa (LPRL, art. 14). La prevencin de accidentes, adems de ser integral, debe estar integrada, es decir, for- mar parte de la planificacin y gestin de la empresa.Gua sindical de salud laboral: Accidentes de trabajo12 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 12. w 2. EL SISTEMA DE INFORMACION DEL ACCIDENTE DE TRABAJO" CASO PRACTICO (continuacin) Tras el accidente de trabajo, los trabajadores accidentados acuden a la mutua. Tras prestarles los primeros auxilios, dada la gravedad de las heridas son trasladados al hos- pital concertado con dicha mutua para que sean atendidos. Ya en el hospital se les diagnostica: a uno de ellos, quemaduras de primer grado en el 5% del cuerpo y de tercer grado en el resto del cuerpo; al otro operario que estaba den- tro de la cmara de registro, quemaduras de tercer grado en la cara, y al trabajador que se encontraba fuera, quemaduras leves en la cara. Los dos trabajadores que se encontraban en el interior son calificados como acciden- tes graves y se les da la baja mdica y son hospitalizados en la unidad de quemados del hospital; el trabajador que estaba fuera se le da la calificacin de leve y no cursa baja mdica La empresa, tras conocer la noticia del grave accidente, procede a su notificacin.EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 13 13. FICHA DE TRABAJO II1. Qu pasos debe dar el empresario para notificar el accidente? Pasos a seguir con los accidentados graves: Pasos a seguir con el accidentado leve:2. Cmo podemos asegurarnos que el empresario ha rellenado bien todos los partes?3. Qu pasos debe seguir el accidentado? a) Si no est de acuerdo con la informacin que figura en el parte de accidente: b) En cuanto a la solicitud de las prestaciones sanitarias y econmicas: c) Si el accidente es grave, es decir no es mortal o muy grave:14 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 14. Recuerda queCuando se produce un accidente que ocasiona baja mdica de al menos un da (ademsdel da en que ocurri el accidente), el empresario tiene la obligacin de cumplimentar eloriginal y cuatro copias del Parte Oficial de Accidente de Trabajo y remitirlos a la mutuaen el plazo mximo de cinco das hbiles. En l se incluyen los datos del trabajador/aaccidentado, los de la empresa, las circunstancias del accidente, datos referidos al pro-pio accidente: forma como se produjo, agente material, grado de la lesin, naturaleza dela lesin, y los datos econmicos para el clculo de indemnizaciones. Un ejemplar que-dar en la empresa y otro debe entregarse al trabajador/a.En el caso de accidentes graves, muy graves, mortales o mltiples (son aquellos que, aunsiendo leves, afecten a ms de cuatro trabajadores), el empresario, adems de emitir loscorrespondientes partes, tiene el deber de comunicarlo a la autoridad laboral en el plazomximo de 24 horas.Los accidentes sin baja mdica deben incluirse en un parte mensual que igualmente pre-senta la empresa a la mutua en los cinco primeros das del mes siguiente. Dicho partecomprende una relacin nominal de los trabajadores/as accidentados, la fecha del acci-dente y la forma en que se produjo. Una copia del mismo debe entregarse tambin a lostrabajadores afectados. Gua sindical de salud laboral: Accidentes de trabajoEL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 15 15. 16 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 16. EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 17 17. " CASO PRACTICO (continuacin) Las estadsticas de accidentalidad de la empresa en este ltimo ao han sido: AccidentesAccidentesJornadas Horascentro centrolaborales Plantillatrabajadas trabajo con trabajo sin perdidas bajabajaEnero 480 76.800 92 112Febrero 485 77.600 9348Marzo 500 84.000 81 120Abril 490 78.400 7287Mayo495 87.120 61 105Junio 490 82.320 7398Julio 490 78.400 5087Agosto485 27.160 00 0Septiembre480 80.640 7282Octubre 480 80.640 8491Noviembre 470 75.200 8378Diciembre 475 64.600 5141 892.88079 22 949 De las cuales se calculan los siguientes ndices: Indice de frecuencia anual de accidentes con baja= n total de accidentes79 x 1.000.000 ( n total de horas-hombre trabajadas ) x 1.000.000 =892.880= 88,48 Indices de frecuencia mensuales de accidentes con baja: 9 x 1.000.000Enero == 117,1976.800Febrero = 115,98Marzo = 95,24Abril = 89,29Mayo = 68,87Junio = 85,03Julio = 63,79Agosto = 0Septiembre = 86,81Octubre = 99,21Noviembre = 106,38Diciembre = 77,4018 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 18. Indice de gravedad anual n total jornadas perdidas 954,5 x 1.000( n total de horas-hombre trabajadasx 1.000) = 892.880= 1,07n jornadas perdidas = n jornadas con baja + n jornadas sin baja (se contabilizan 2 hpor cada accidente sin baja) + n de jornadas por incapacidades (tablas baremadas) =949 + 22 x 2/8 + = 954,5 Indice de incidencia anual de accidentes con baja n total de accidentes 79 x 1.000( n medio de personas expuestas x 1.000 )= 485 = 16Recuerda queLas estadsticas permiten obtener conclusiones sobre la evolucin de la accidentalidady servir de base para adoptar las medidas preventivas.Con objeto de tener valores comparativos de accidentalidad, se usan los ndices esta-dsticos.Gua sindical de salud laboral: Accidentes de trabajo EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 19 19. FICHA DE TRABAJO IIIContesta a las siguientes preguntas:1. Si el Indice de Incidencia es la relacin entre el nmero total de accidentes registrados en un ao y el nmero promedio de personas expuestas, qu significa que el Indice de Incidencia anual es de 16?2. Para qu crees que te pueden servir los ndices de Frecuencia mensuales?3. Si el Indice de Gravedad en el ao que ocurri el accidente fue de 1,07 y en los aos sucesivos ha ido disminuyendo a razn de 1,02, 1,00 y 0,98, qu significa?4. Crees que los ndices estadsticos pueden aportar alguna informacin a la hora de pla- nificar las medidas preventivas en la empresa?Y para el control y seguimiento de dichas medidas preventivas? De la teora a la prcticaUna vez conocido el sistema de notificacin y registro de los accidentes de trabajo: Solicita a la empresa los ndices de siniestralidad de los 2 ltimos aos y analiza cmo va la accidentalidad en la empresa.20 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 20. w 3. LA INVESTIGACION DEL ACCIDENTEA partir del momento que ocurre un accidente, se debe poner en marcha un proceso pararecoger un conjunto de datos con el objetivo de determinar las causas de dicho accidente.Se trata de llevar a cabo una serie de actividades para: Dar una explicacin coherente de un hecho aparentemente fortuito, que ha ocurridopor una serie de causas o circunstancias. Prevenir otros sucesos cuya aparicin se deba a las mismas o similares causas.La tcnica ms utilizada es el rbol de causas, que parte de la premisa de que el acci-dente es un sntoma de mal funcionamiento de un sistema. Es decir, un accidente de traba-jo ocurre cuando falla el sistema global de prevencin, fallan las condiciones de trabajo, setrata pues de remontarse lo ms lejos posible a partir del momento del accidente, parapoder contestar a la pregunta: Qu tuvo que ocurrir para que este hecho se produjera?A partir de ello, la explicacin causal de un accidente se consigue reconstruyendo la rela-cin entre los diversos factores que hayan podido concurrir. "CASO PRACTICO (continuacin) Tras el accidente y debido a su envergadura se procede a su investigacin por el mto- do del rbol de causas. 3 heridos (quemaduras)Deflagracin3 Personas trabajando Presencia de gases txicosEncendido del mecheroEspacio confinado No se ha comprobado laNo hay linterna u otro Fuga de gas naturalpresencia de gases tipo de alumbrado txicos y explosivos Falta deprocedimientosExceso de confianzade trabajoEL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 21 21. Recuerda que La investigacin de accidentes es la tcnica utilizada para el anlisis en profundidad de los accidentes laborales acaecidos a fin de conocer el desarrollo de los acontecimientos y determinar por qu han sucedido. Hay una tcnica de recogida de informacin muy generalizada y bastante til que se denomina mtodo del rbol de causas. Este mtodo es una especie de viaje al pasado partiendo desde el momento del accidente con el fin de reconstruir la cadena de ano- malas que han acabado produciendo el accidente.Gua sindical de salud laboral: Accidentes de trabajo22 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 22. FICHA DE TRABAJO IVContesta a las siguientes preguntas:1. Slo se deben investigar los accidentes que tengan la envergadura del accidente del ejemplo?2. Qu tipo de investigacin podemos hacer desde el punto de vista sindical?3. Qu hacemos con los datos que obtenemos de la investigacin sindical del accidente de trabajo? De la teora a la prcticaDespus de conocer cmo se debe realizar una investigacin sindical de accidentes, debeselegir un accidente reciente ocurrido en la empresa (no es necesario que sea muy grave,slo que curse con baja) y a partir de la informacin que suministra el parte oficial de acci-dente de trabajo, as como los datos que t puedas ir recopilando preguntando al acciden-tado o testigos;1. Desglosa las causas en primarias y secundarias e intenta confeccionar tu propio rbol de causas.2. Utiliza la metodologa sindical de investigacin de accidentes que adjuntamos tras la Ficha de trabajo V para realizar la investigacin del accidente.3. Propn una manera de hacer til dicha metodologa dentro del seno del Comit de Seguridad y Salud.EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 23 23. w 4. Y DESPUES DEL ACCIDENTE, QUE? "CASO PRACTICO (continuacin) Han pasado varios das y los tres operarios accidentados ya han mejorado de sus lesio- nes. Se presenta una batalla dura para dos de ellos, ya que a uno la mutua le ha dado el alta y el operario no se encuentra en condiciones de ir a trabajar; al otro le han quedado secuelas y adems va a tener que ir a rehabilitacin durante largo tiempo. El operario que estaba leve, afortunadamente al da siguiente del accidente se incorpo- r a su puesto habitual y no ha sufrido ninguna secuela.24 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 24. FICHA DE TRABAJO VContesta a las siguientes preguntas:1. Qu hace el trabajador que no est de acuerdo con el alta de la mutua?2. Si necesitan medicamentos, tendrn que pagrselos de su bolsillo?3. Los dos trabajadores que han estado de baja, cundo han empezado a cobrar el sub- sidio por accidente de trabajo?4. El operario que necesita ir a rehabilitacin, tendr que ir en su tiempo libre o podr acu- dir a rehabilitacin dentro de su jornada de trabajo?5. Si llegado un momento dado al trabajador que va a rehabilitacin no se llega a curar del todo, qu debe hacer?6. Si tenemos la sospecha de que el empresario incumpli gravemente las normas de seguridad y salud, qu podemos hacer?EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 25 25. w ANEXO: GUIA PARA LA INVESTIGACION SINDICAL DE ACCIDENTES DE TRABAJO 1. INFORMACION A OBTENER DEL PARTE DE ACCIDENTELa empresa tiene obligacin de rellenar el parte de accidente de trabajo en todos los accidentes que con-lleven al menos un da de baja. Una copia de dicho parte debe entregarse al trabajador accidentadoLa informacin del parte de accidente puede ser muy til, siempre que se verifique la exactitud de losdatos que contiene. Lo ideal es conseguir una copia del parte. De no ser posible, recoger como mnimolos siguientes datos:1.1. Datos del trabajador accidentadoNOMBRE Y APELLIDOS: __________________________________________________________________________________________EDAD: _______________________________________SEXO: ____ANTIGEDAD en la empresa: _____________________________________________________________________________________en el puesto de trabajo: ___________________________________________________________________________________________PUESTO DE TRABAJO/ OCUPACION: __________________________________________________________________________SECCION: __________________________________________________________________________________________________________TIPO DE CONTRATO: _____________________________________________________________________________________________1.2. Datos de la empresaNOMBRE: ___________________________________________________________________________________________________________DOMICILIO: ______________________________________________ LOCALIDAD: _____________________________ACTIVIDAD PRINCIPAL: ______________________________________________________________________RAMA: ______________________________________________________________________________________PLANTILLA:eventuales: ____________________ fijos: ________________________________hombres: ______________________ mujeres: ____________________________Total: ______________________________________________________________1.3. Datos del accidenteFECHA: _____________ HORA DEL DA: _________ HORA DE TRABAJO: _________LUGAR DEL ACCIDENTE (rodear con un crculo el n que corresponda):1. En el centro de trabajo habitual2. Desplazamiento dentro de su jornada laboral3. Al ir o volver del trabajo4. En el centro o lugar de trabajo (Nombre y direccin: _________________________________________ )26 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 26. EL ACCIDENTADO ESTABA REALIZANDO SU TRABAJO HABITUAL? _____________________________DESCRIPCION DEL ACCIDENTE Y SUS CAUSAS (tal y como consta en el parte de accidente)__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________1.4. Datos asistencialesDESCRIPCION DE LA LESION:__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________PARTE DEL CUERPO LESIONADA: ____________________________________________________________GRADO DE LA LESION (rodear con crculo el n que corresponda): 1. Leve 2. Grave 3. Muy grave4. FallecimientoTIPO DE ASISTENCIA: (rodear con crculo el n que corresponda): 1. Ambulatoria 2. Hospitalaria1.5. Si alguno de los datos que figuran en el parte no se consideran correctos en opinin de los tra- bajadores, especificarlos_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 27 27. 2. INVESTIGACION SINDICAL DEL ACCIDENTE DE TRABAJO2.1. Condiciones y ambiente de trabajo en que se ha producido el accidenteFACTORES DE RIESGO EN EL PUESTO DE TRABAJOTemperatura, humedad, ventilacin Iluminacin Ruido, vibracionesHumos, gases, vapores Polvo Fatiga fsica o mentalManipulacin de cargasPosturas forzadas, incmodasMovimientos repetitivos Horarios o turnos insatisfactoriosRitmo de trabajo elevadoTrabajo montono, rutinario Relaciones conflictivas EstrsLAS CONDICIONES AMBIENTALES EN EL MOMENTO DEL ACCIDENTE ERAN LAS HABITUALES?__________ (en caso de respuesta negativa explicar por qu)________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________28 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 28. QUE FACTORES O CONDICIONES DE LOS SEALADOS PUEDEN CONSIDERARSE QUE HANINFLUIDO EN EL ACCIDENTE?__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________2.2. Momento del accidenteCUANTAS HORAS LLEVABA TRABAJANDO EL ACCIDENTADO? _________________________________ESTABA REALIZANDO HORAS EXTRAORDINARIAS? ___________________________________________ESTABA TRABAJANDO EN TURNO DE NOCHE? _______________________________________________ESTABA RECUPERANDO TIEMPO? __________ si la respuesta es SI, por qu?: 1. Por parada tcnica. 2. Por aumento de produccin. 3. Por otras causas.2.3. Tarea realizada en el momento del accidenteERA SU TAREA HABITUAL? __________ Si la respuesta es SI, indicar: El accidente ocurri durante operaciones previstas en la tarea habitual? _________________ El accidente ocurri por intervencin de una causa extraa a la tarea desarrollada habitual- mente? ____________________________________________________________________________ Si la respuesta es NO, indicar: El accidente ocurri como ocasin del cambio de tarea? _______________________________ El accidentado tena experiencia en la nueva tarea? ____________________________________ Haba recibido instrucciones adecuadas? _____________________________________________ EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 29 29. 2.4. Estado de las instalaciones, mquinas, herramientas, etc.SE REALIZAN OPERACIONES PERIODICAS DE MANTENIMIENTO? ______________________________(si la respuesta es SI, cundo se realiz el ltimo control?___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ )ALGUNAS DE LAS INSTALACIONES, MAQUINAS O HERRAMIENTAS CONSTITUYEN UNA INNOVA-CION TECNICA RECIENTE? __________________________________________________________________REPRESENTABAN UNA NOVEDAD PARA EL ACCIDENTADO? __________________________________HA HABIDO ALGUNA DEFICIENCIA TECNICA DE FUNCIONAMIENTO? __________________________(si la respuesta es SI haba sido avisado el trabajador? _________________________________________ )LAS INSTALACIONES, MAQUINAS O HERRAMIENTAS IMPLICADAS EN EL ACCIDENTE ESTABANDOTADAS DE SISTEMAS DE SEGURIDAD? _____________________________________________________(si la respuesta es SI, dicha proteccin era suficiente? _________________________________________ )EL ACCIDENTE HA OCURRIDO POR SUPRESION DE ALGUNO DE LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD? ____________________________________________________________________________________________(si la respuesta es SI, haba sido avisado el trabajador? ________________________________________ )2.5. Medios de proteccin personalEL ACCIDENTADO TENIA A SU DISPOSICION MEDIOS DE PROTECCION PERSONAL? ___________ ____________________________________________________________________________________________DICHOS MEDIOS DE PROTECCION PERSONAL ESTABAN EN BUEN ESTADO? __________________ ____________________________________________________________________________________________EL ACCIDENTADO HABIA RECIBIDO INSTRUCCIONES PARA SU CORRECTA UTILIZACION? ______ ____________________________________________________________________________________________EL ACCIDENTADO UTILIZABA LOS MEDIOS DE PROTECCION PERSONAL A SU DISPOSICION EN ELMOMENTO DEL ACCIDENTE? ________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________DICHOS MEDIOS DE PROTECCION SE CONSIDERAN TOLERABLES PARA TODA LA JORNADALABORAL? __________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________30 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 30. 2.6. Aspectos de prevencinEL ACCIDENTE PODIA HABERSE EVITADO? _________________________________________________________________COMO? ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________EL ACCIDENTADO HABIA SUFRIDO CON ANTERIORIDAD OTRO ACCIDENTE (con lesiones) O INCI-DENTE (sin lesiones)? ________________________________________________________________________DESCRIBIR ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________SE HABIAN PRODUCIDO ACCIDENTES O INCIDENTES EN EL MISMO PUESTO DE TRABAJO EN LOSULTIMOS 12 MESES? ____________ CUANTOS?Accidentados: nombre y apellidosFecha del accidente_____________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ __________________________EL ACCIDENTE OCURRIDO HABIA SIDO PREVISTO POR LOS TRABAJADORES? _________________( si la respuesta es SI, haba sido puesto en conocimiento de la empresa? _________ haba sido denun-ciado a la Inspeccin de Trabajo? ___________ )LO OCURRIDO EN EL ACCIDENTE HA SIDO INVESTIGADO? ____________________________________( si la respuesta es SI, indicar por quin:1. Inspeccin de Trabajo.2. Gabinete de Seguridad e Higiene de la Consejera.3. Tcnicos de seguridad de la empresa.4. Servicio de Prevencin / mutua.EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 31 31. 5. Comit de Salud y Seguridad.6. Comit de Empresa.7. Otros ____________________________________________________________________________________)ALGUNO DE LOS FACTORES QUE HAN PROVOCADO ESTE ACCIDENTE HABIAN CAUSADO CONANTERIORIDAD OTROS ACCIDENTES O INCIDENTES? __________________________________________Cules? __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________OBSERVACIONES: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________32 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 32. La enfermedad profesional 33. w 1. POR QUE NO SE RECONOCEN LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES?"CASO REALHace ya bastante tiempo mi hermana se puso mala y todos los sntomas apuntabanhacia un simple resfriado (se dan muchos en el almacn, que comienzan al principio dela campaa y desaparecen cuando sta acaba). Estuvo mucho tiempo de bajas intermi-tentes... Le hicieron pruebas de todo tipo, anlisis de sangre, cultivos de hepatitis, eco-grafas, radiografas a montones y por ltimo una biopsia del pulmn. Mi hermana lomismo tena fiebre que a los cinco minutos le bajaba la temperatura a 35 y se marea-ba, cambios de humor, asfixia, cansancio, dolor de cabeza, en fin, muy mal.Despus de pasar por todo ello, como un conejo de laboratorio, le dijeron como diag-nstico que lo que tena era una fibrosis pulmonar, o textualmente el siguiente cuadroresidual: paciente que presenta cuadro de alveoltis alrgica, sin haberse podido con-cretar el agente causante, pero se ha comprobado en repetidas exposiciones practica-das en su lugar de trabajo (almacn hortofrutcola).Ella, cuando se puso tan mala, estuvo trabajando en una mquina de plastificado delpepino, y estuvo situada justo en la parte intermedia que haba entre el corte y el horno.Se le apunt al mdico que la estaba tratando, pero como el que oye llover. El caso esque mi hermana est jubilada con 26 aos, con una Incapacidad Permanente Total parasu profesin habitual, por enfermedad comn. Est intentando que le suban la pensin,pues es una miseria, o que se la den como enfermedad profesional o accidente de tra-bajo (la alveolitis alrgica extrnseca est reconocida como enfermedad profesional enla literatura cientfica desde el da en que la medicina del trabajo se consolid como dis-ciplina autnoma). Fuente: Por experiencia n 5EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 35 34. FICHA DE TRABAJO IA partir del caso anterior y el caso del accidente de los operarios de Telefnica que tienes alinicio del curso, di cules son las diferencias ms claras que encuentras en cuanto a:a) Causas del dao a la salud:b) Consecuencias:c) Tiempo que tarda en aparecer la lesin:36 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 35. La principal diferencia entre el caso de accidente de trabajo del inicio del curso y ste es queaqu estamos hablando de enfermedad profesional, donde el llamado periodo de latencia eslargo si lo comparamos con el accidente de trabajo, es decir, el tiempo que transcurre desdela exposicin al factor de riesgo y la aparicin de los efectos en el caso de la enfermedad pro-fesional es ms prolongado.Esta diferencia tiene importantes consecuencias que no slo son legales. La primera de ellases que cuanto mayor sea el tiempo de latencia, ms difcil ser establecer la relacin entre lacausa y el efecto.Debido a esta dificultad para reconocer la relacin causal entre las condiciones de trabajo ylos daos a la salud es por lo que se habla de enfermedades profesionales cuando la relacincausa-efecto est legalmente reconocida, y de enfermedades laborales cuando hay pruebascientficas de dicha relacin, pero no estn legalmente reconocidas.Por ello, las enfermedades profesionales son un grupo reducido (slo un 10%) comparadocon el total de enfermedades laborales. Se hace necesario, pues, una revisin urgente delactual sistema de reconocimiento de enfermedades profesionales, de hecho est previsto quela lista de enfermedades vigente en Espaa sea sustituida por la lista propuesta por la UninEuropea. EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 37 36. FICHA DE TRABAJO IIDe los casos que planteo a continuacin, di si estamos hablando de accidente de trabajoo enfermedad profesional:1. Una trabajadora que tiene una enfermedad causada por un agente qumico, en particu- lar el cromo, y que trabaja en una empresa de fabricacin de cerillas.2. Trabajador que padece una silicosis por trabajar expuesto a la inhalacin de polvo de slice.3. Un trabajador de una empresa de madera que usando la tupi se corta un dedo de la mano.4. Una trabajadora que trabajando en la seccin de bobinas de una empresa del ramo del metal, por un sobreesfuerzo sufre una hernia inguinal.5. Un trabajador que despus de haber sufrido un accidente, tras reincorporarse a la vida laboral, al cabo de unos aos le aparecen unas determinadas complicaciones.6. Una trabajadora que presenta sordera provocada por el ruido que trabaja en una disco- teca.38 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 37. FICHA DE TRABAJO IIIReflexiona:Conoces alguna profesin donde por sus caractersticas y materiales o sustancias queemplean sus trabajadores y trabajadoras, en caso de producirse un dao a la salud, sepodra clasificar como enfermedad profesional?Pon algn ejemplo: EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 39 38. La segunda diferencia importante entre el accidente de trabajo y la enfermedad profesionales la subdeteccin, es decir, la enfermedad laboral, as como cualquier otra enfermedad,tiene factores de riesgo laborales y extralaborales y no es fcil identificar el papel de los fac-tores de riesgo laborales para etiquetar una enfermedad como laboral.Aparte de la subdeteccin, ocurre tambin la subdeclaracin de las enfermedades profe-sionales; esto puede atribuirse a varios factores, entre los cuales estn:a) Una notificacin supone para los empresarios una revisin y mejora de las condiciones de trabajo con todas las implicaciones econmicas que esto conlleva, desde responsa- bilidad civil, recargo de prestaciones, aumento de las primas de cotizacin, hasta inclu- so responsabilidad penal.b) Para los trabajadores y trabajadoras, la notificacin de enfermedad profesional supone un inters econmico en cuanto al clculo de las prestaciones por IT y los gastos de medicamentos, pero tambin una amenaza de su continuidad laboral.La falta de reconocimiento de enfermedad profesional, por tanto, trae dos consecuenciasinmediatas; el trabajador no accede a las prestaciones econmicas y sanitarias a las quetiene derecho y el empresario no se considera obligado a subsanar los problemas que ori-ginan estos peligros para la salud y no hace nada por mejorar el sistema preventivo en suempresa.Esta invisibilidad produce otros dos efectos perversos: Los costes por los problemas de salud que deberan ser soportados por el sistema de prestaciones por contingencias profesionales, son soportados por todos los contribu- yentes a travs del sistema de salud pblica. El desconocimiento sobre la importancia del dao laboral dentro de los problemas de salud pblica de la poblacin, hace que no se diseen polticas de salud laboral desde las Administraciones sanitarias.Verdaderamente cabe resaltar que en los ltimos tres aos hemos asistido a un avance enla prevencin de riesgos laborales, pero no nos dejemos llevar por la autocomplacencia.Las cifras de daos derivados del trabajo, las que se conocen y las que se sospechan sontercas y nos imponen continuar en el avance de la integracin de la prevencin en los cen-tros de trabajo.Por otro lado estn las alteraciones de la salud como enfermedades comunes; los mdicos,para clasificar y notificar correctamente la enfermedad, no slo deben leerse la ley sino quedeben participar en la prevencin de los riesgos profesionales.Mientras los profesionales de la salud sigan sin preguntarle al paciente sobre la realidad desu empresa, las estadsticas seguirn careciendo de fiabilidad debido precisamente a todas40 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 39. aquellas enfermedades que siendo claramente relacionables con el trabajo no aparezcan enningn registro.De hecho, la mayor parte de la exposicin diaria al riesgo de millones de trabajadores y tra-bajadoras no aparece reflejada en ninguna lista de enfermedades profesionales. El males-tar subjetivo diario, el envejecimiento precoz, las mltiples maneras de perder la calidad devida, no tienen cabida en el concepto de enfermedad profesional. Pero los trabajadoresy trabajadoras saben que son problemas reales y que perciben da a da cmo afectan asu bienestar fsico, psquico y social.El profesional sanitario debe sospechar de una enfermedad laboral cuando: La enfermedad tenga una sintomatologa relacionada con el trabajo comnmenteaceptada. Los pacientes tengan la percepcin de estar trabajando en una situacin de peligro. Las manifestaciones se agraven en el ambiente laboral y mejoren en periodos de des-canso o vacaciones. La enfermedad aparezca en grupos homogneos de actividad o sector.En estos casos, se deber profundizar en el estudio del puesto de trabajo, tanto en la iden-tificacin de riesgos sobre el trabajador y su entorno como en la evaluacin de ellos.Estamos, pues, ante un problema socialmente invisible, lo cual acrecienta su gravedad, yaque no se puede prevenir aquello que no se conoce. Mejorar el conocimiento y la informacinsobre las enfermedades laborales y aplicar estos conocimientos para la prevencin, analizarlas causas del subregistro y proponer soluciones, sumar esfuerzos desde los ms diversosmbitos, tanto profesionales como sindicales, harn que emerja en el panorama social la rea-lidad del desgaste obrero en el trabajo. EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 41 40. FICHA DE TRABAJO IVEnumera qu pasos dara un trabajador o trabajadora que se encuentra enfermo, est con-vencido que es a causa del trabajo, va a la mutua y all no le quieren dar la baja porquedicen que lo que tiene es una enfermedad comn.42 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 41. w 2. ENFERMEDAD PROFESIONAL FRENTE A ENFERMEDAD COMUNTras la sospecha de una enfermedad debemos seguir los siguientes pasos:1. Primer paso, solicitar la atencin mdica a la mutua o a la entidad que tenga contrata- da la empresa la cobertura de los riesgos laborales.2. All, el mdico debe expedir un parte de enfermedad profesional y tramitarlo; si adems la enfermedad nos incapacita para trabajar, debe cumplimentar un parte de baja cons- tando expresamente que es por enfermedad profesional.Si la mutua se niega porque argumenta que no estamos enfermos o si lo estamos es de unaenfermedad comn:1. Ir al mdico de cabecera (si no estamos para trabajar) y que nos d una baja por enfer- medad comn.2. Plantear una reclamacin previa contra esa baja. Ir dirigida contra el INSS, pero para que tenga mas eficacia se mandar una copia a la mutua (es aconsejable que te ayuden los abogados de los servicios jurdicos del sindicato).3. Pedir al INSS por escrito que el Equipo de Valoracin de Incapacidades u organismo similar de nuestra provincia nos practique un reconocimiento mdico y determine si nuestra dolencia es profesional o no.4. Si el INSS se mantiene con la misma negativa de la mutua, ser necesario presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social, para que sea el juez quien en ltima instancia decida si la enfermedad es profesional o no.Paralelamente a estas actuaciones, siempre puede ser interesante ponerse en contacto conla direccin de la mutua para pedirles explicaciones de su actuacin, para ello es aconse-jable que sea el responsable de salud laboral del sindicato quien lo haga, ya que tiene rela-ciones institucionales con las mutuas y esto facilita las cosas. Recuerda que A criterio tcnico hay que oponer criterio tcnico!, esto quiere decir que los juicios se ganan cuando hay pruebas de que se tiene razn; por tanto, si no hay un mdico que avale nuestras peticiones, dispuesto a defenderlas ante un juez, capaz de resistir a los ataques de la otra parte y slido en sus argumentos, no merece la pena emprender la batalla. EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 43 42. QUE GANA EL TRABAJADOR Y TRABAJADORA CON TODO ESTO1. El tratamiento mdico-farmacutico es gratis (en enfermedad comn el paciente paga el 40% de los medicamentos).2. En caso de baja, los porcentajes de base reguladora que se cobran en los primeros 20 das son mejores (el 75% desde el primer da).3. La forma de calcular la base reguladora es ms beneficiosa.4. Facilita al trabajador y trabajadora una buena base para solicitar ante la empresa un cambio en el puesto de trabajo o impulsar mejoras de las condiciones laborales.5. Proporciona una base para pedir indemnizaciones por incumplimientos empresariales de la normativa de prevencin de riesgos.6. Contribuye a la visibilidad social del riesgo laboral e impide que se desve al sistema pblico un coste empresarial.44 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 43. w ANEXO: GUIA SINDICAL DEL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LAENFERMEDAD PROFESIONALEL ACCIDENTE DE TRABAJOEl accidente de trabajo es la parte ms visible del dao laboral. Tan visible que llega a ocultar otros pro-blemas, a veces incluso ms serios: la muerte o envejecimiento precoces, las enfermedades laboralesgraves, el desgaste.Cada da se producen ms de 2.000 accidentes de trabajo y mueren, al menos, cuatro trabajadores poresta causa. La precarizacin del mercado de trabajo incrementa el riesgo de accidentes: por cada acci-dente de un trabajador/a fijo se accidentan hasta cuatro trabajadores temporales. La falta de formaciny la asignacin de nuevas tareas sin un periodo previo de aprendizaje favorecen los accidentes de tra-bajo. El riesgo de accidente se prolonga, adems, durante los trayectos domicilio-trabajo cada vez msfrecuentes y largos.Los accidentes en el trabajo han sido objeto de teoras explicativas que resaltan el fallo humano, la dis-traccin del trabajador, etc. Se pretende encubrir, as, el meollo de la cuestin: que el accidente se pro-duce porque existe el riesgo, que un control adecuado del riesgo evitara el accidente a pesar de facto-res individuales, que el comportamiento del trabajador/a est condicionado por el conjunto de condicio-nes de trabajo y que el ms perjudicado por el accidente no es otro que el propio trabajador/a.Eliminar o disminuir el nmero de accidentes y conseguir minimizar sus consecuencias ha de ser un obje-tivo bsico de la accin sindical en salud laboral.Para valorar el riesgo de accidentes, debemos saber1. Qu factores de riesgo estn presentes? Es decir, qu es lo que hace que pueda producirse un acci- dente con una determinada probabilidad.2. Cules seran las repercusiones? Qu consecuencias tendra el accidente para el trabajador/a, si llegara a producirse?3. Cul es la probabilidad? Si es escasa o nula, podemos hablar de riesgo aceptable. Si no lo es, hay que calificar la situacin de peligrosa. Si la probabilidad es alta y las consecuencias graves, habla- mos de riesgo grave e inminente.4. Qu legislacin es aplicable? Identificar si existe normativa concreta aplicable en relacin con los riesgos detectados.5. Cul es la solucin? Proponer medidas correctoras y de proteccin adecuadas y sealar plazos para su aplicacin en funcin de la importancia del riesgo.Concepto legal de accidente de trabajoEl art. 115 de la Ley General de la Seguridad Social define el accidente de trabajo como toda lesin cor-poral que el trabajador sufra con ocasin o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.LGSS. EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 45 44. La jurisprudencia ha ampliado el concepto de lesin corporal, incluyendo tambin las lesiones psquicas.No se incluyen los accidentes de trabajadores/as autnomos, ni los de los falsos autnomos, ni los deocupados de forma irregular o sumergida, ya que en estos casos, estrictamente hablando, no hay tra-bajo por cuenta ajena.Adems, la ley califica como accidente de trabajo (LGSS, art. 115.2): Los que sufra el trabajador al ir o volver del lugar de trabajo (in itinere). Los que ocurran con ocasin o como consecuencia del desempeo de cargos electivos (sindicales, gobierno de entidades gestoras). Los que sufra el trabajador realizando tareas distintas a las de su categora profesional por orden del empresario o espontneamente en inters del buen funcionamiento de la empresa. Los ocurridos en actos de salvamento relacionados con el trabajo. Las enfermedades contradas en el trabajo que no estn incluidas en el cuadro de enfermedades profesionales, siempre que se pruebe que el trabajo constituye su causa exclusiva. Las enfermedades o defectos anteriores al trabajo que se hayan agravado como consecuencia de la lesin constitutiva del accidente. Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duracin, gravedad o terminacin, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del pro- ceso patolgico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en el que se haya situado al paciente para su curacin.Salvo prueba en contrario, se presume que toda lesin que sufra el trabajador durante el tiempo y en ellugar de trabajo es constitutiva de accidente de trabajo (LGSS, art. 115.3).No tienen la consideracin de accidente de trabajo los debidos a dolo1 o imprudencia temeraria2 del tra-bajador accidentado, ni los que sean debidos a fuerza mayor extraa al trabajo (LGSS, art.115.4).Los accidentes tienen causasEl accidente de trabajo no es inevitable. Siempre tiene una explicacin, unas causas. Actuar sobre estascausas con el fin de controlarlas e impedir que se produzca el accidente es lo que constituye la preven-cin. No hay causas nicasEs realmente raro que un accidente se deba a una sola causa. Lo que es ms frecuente, sin embargo, esque slo se mire una causa, la ms inmediata, y no se investiguen las causas de la causa.1 Dolo: conciencia y voluntad de producir el resultado lesivo.2 Imprudencia temeraria: no tomar las precauciones ms elementales ante un riesgo grave y concreto poniendo en peligro la pro-pia seguridad.46 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 45. Por ejemplo, un trabajador de la madera se corta un dedo con una sierra. Tal vez la causa ltima ha sidoel despiste, un fallo humano. Sin embargo, quedan muchas preguntas en el aire: por qu se produjola falta de atencin?; se trabajaba a un ritmo incompatible con la seguridad?, por qu?; estaba el tra-bajador insuficientemente adiestrado?, por qu?; por qu no existen dispositivos de proteccin de lamquina que impidan el accidente a pesar de los despistes?; por qu no utiliza el trabajador ningunaproteccin personal? Habra que tener en cuenta que el propio ruido de la sierra o los vapores de disol-ventes de las colas y pulimentos de la madera pueden alterar el normal funcionamiento del sistema ner-vioso y disminuir la atencin, o preguntarse por los factores de estrs que hayan podido influir.Se trata de identificar el conjunto de circunstancias que han tenido como resultado ltimo el despisteaccidente. Falla la organizacin del trabajoEl accidente suele ser imputable, en ltima instancia, a una mala gestin empresarial: indica un fallo glo-bal del sistema de trabajo. Una vigilancia sistemtica de las condiciones de seguridad, un control eficazde los factores de riesgo, una adecuada formacin de los trabajadores/as, un sistema de organizacincompatible con prcticas de trabajo seguras, adiestrar y sensibilizar a directivos y mandos, potenciar laparticipacin de los trabajadores, etc., son condiciones necesarias para conseguir avances preventivosy deben formar parte de la poltica general de la empresa (LPRL, art 14).La investigacin de accidentesEs la tcnica utilizada para el anlisis en profundidad de los accidentes laborales acaecidos a fin de cono-cer todas sus causas, en el sentido amplio que se ha visto en el apartado anterior. Investigar los acci-dentes es una obligacin del empresario (LPRL, art. 16.3) que debe adems comunicar a los delegadosde prevencin los resultados de la investigacin (LPRL, art. 36.2.d). Con independencia de ello, los dele-gados de prevencin tienen facultades que le permiten realizar una investigacin autnoma (LPRL, art.36.2.c; 36.2.a y 36.2.e)3.Con la investigacin de accidentes no queremos saber slo qu pasa sino, sobre todo, por qu pasa loque pasa?, y qu hay que hacer para que no vuelva a pasar?, es decir: Conocer los hechos y deducir rigurosamente las causas que han provocado el accidente. Nos interesan tanto los aspectos tcnicos como organizativos, tanto los referidos a la tarea como a las relaciones entre las personas, tanto los relacionados con los equipos como los derivados del conjunto de las condiciones y medio ambiente de trabajo. En la medida que se vayan analizando las causas que han producido el accidente se irn estable- ciendo medidas preventivas ms eficaces. El fin ltimo de la investigacin es la prevencin de nuevos accidentes.3 Ver en la Gua Delegados/as de Prevencin el captulo Actuacin del Delegado/a de Prevencin ante un accidente de trabajo.EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL47 46. Queremos recoger informacin sobre todo aquello que ha tenido que ver con el accidente, ser capacesde reconstruir mentalmente todo lo ocurrido, averiguar todas las coincidencias que han derivado en unaccidente. La investigacin de accidentes no busca culpables sino causasPara llevar a cabo esta investigacin se pueden utilizar diversas tcnicas, pero siempre se deberanseguir las siguientes pautas:1. Inspeccionar el lugar del accidente tan pronto como sea posible.2. Entrevistar si es posible a la persona accidentada.3. Entrevistar a las personas que han presenciado el accidente (mejor de una en una y, si acaso, orga- nizar despus un debate colectivo).4. Recopilar material grfico: fotos, plano de situacin, vdeo...5. Recoger pruebas y materiales para eventuales comprobaciones posteriores.6. Reconstruir in situ el accidente si es posible.En la recogida de datos debemos aceptar slo hechos probados y nunca hacer juicios de valor ni bus-car responsabilidades. Los accidentes a investigar no se seleccionan del conjuntoNo se debe hacer ninguna distincin entre los accidentes que ocurren en la empresa para determinar culse selecciona y cul no.Cualquier accidente por leve que sea, incluso aquellos que cursan sin baja, as como los incidentes si sonrepetitivos y tienen una alta probabilidad de que se materialice en alguna ocasin en accidente, debenser objeto de investigacin.Una investigacin de accidentes puede plantearse de manera sencilla a modo de parte interno de fbri-ca, donde se incluiran todos aquellos datos importantes para posteriormente analizar las causas; otramanera ms exhaustiva sera utilizar la Gua para la investigacin sindical de accidentes de trabajo. El rbol de causasHay otra tcnica de recogida de informacin muy generalizada y bastante til que se denomina mtododel rbol de causas. Este mtodo es una especie de viaje al pasado, partiendo desde el momento delaccidente con el fin de reconstruir la cadena de anomalas que han acabado produciendo el accidente.Una vez reconstruido el rbol de causas se trata de seleccionar aquellos eslabones que pueden ser eli-minados con el fin de interrumpir la cadena y evitar que el accidente vuelva a ocurrir. Procuraremos,como siempre, actuar lo ms cerca posible del origen del riesgo, es decir, lo ms lejos posible del acci-dente en el rbol de causas.48 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 47. Tcnicas de prevencin de accidentesUna estrategia racional conduce a intentar atajar los riesgos en las fases previas al accidente. La inter-vencin preventiva se basa en algo aparentemente tan simple como que la eliminacin de los factores deriesgo o su control evitarn el accidente de trabajo.La prevencin de accidentes debe contemplar no slo medidas de seguridad especficas, sino tambinmejoras generales de las condiciones de trabajo. Debe ser una prevencin integral y estar, adems, inte-grada, es decir formar parte de la planificacin y gestin de la empresa.Con independencia de eso, la seguridad requiere una serie de tcnicas especficas que se esquematizanen el cuadro adjunto.Tcnicas analticasAnteriores al accidente Inspecciones de seguridad Notificacin de incidentes Investigacin de situaciones de riesgoPosteriores al accidente Notificacin y registro Investigacin. Anlisis estadstico Estudios epidemiolgicosTcnicas operativasConcepcin tcnica Seguridad en el diseo de instalaciones Seguridad en el diseo de equipos Seguridad en la seleccin de mtodos de trabajo Proyectos de seguridad en obras. Proteccin contra incendios.Correccin tcnica Sistemas de seguridad Defensas y resguardos Sealizacin de riesgos Mantenimiento preventivo Proteccin personalAdaptacin personal Adecuacin de tareas a las capacidades Informacin sobre riesgos Formacin y adiestramiento Accin de grupo y participacin DisciplinaEL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 49 48. La notificacin de accidentes (Orden 16/12/1987)Cuando se produce un accidente que ocasiona baja mdica de al menos un da (adems del da en queocurri el accidente), el empresario tiene la obligacin de cumplimentar el original y cuatro copias delParte Oficial de Accidente de Trabajo y remitirlos a la mutua en el plazo mximo de cinco das hbiles.En l se incluyen los datos del trabajador/a accidentado, los de la empresa, las circunstancias del acci-dente, datos referidos al propio accidente: forma como se produjo, agente material, grado de la lesin,naturaleza de la lesin, y los datos econmicos para el clculo de indemnizaciones. Un ejemplar que-dar en la empresa y otro debe entregarse al trabajador/a.En el caso de accidentes graves, muy graves, mortales o mltiples (son aquellos que aun siendo leves,afecten a ms de cuatro trabajadores), el empresario adems de emitir los correspondientes partes, tieneel deber de comunicarlo a la autoridad laboral en el plazo mximo de 24 horas.Los accidentes sin baja mdica deben incluirse en un parte mensual, que igualmente presenta la empre-sa a la mutua en los cinco primeros das del mes siguiente. Dicho parte comprende una relacin nomi-nal de los trabajadores/as accidentados, la fecha del accidente y la forma en que se produjo. Una copiadel mismo debe entregarse tambin a los trabajadores afectados.La Inspeccin de Trabajo y los accidentesLa Inspeccin de Trabajo tiene, en relacin con los accidentes, las siguientes funciones ms importantes(Ley 42/1997, art. 3 y 7; LPRL, art. 8):a) Comprobar que el parte de accidente est bien rellenado. Si la persona afectada o sus representan- tes no estn conformes en cmo el empresario ha rellenado el parte, pueden denunciarlo a la Inspeccin de Trabajo. Tras las comprobaciones oportunas, la Inspeccin puede requerir a la empre- sa para que modifique el parte de accidente.b) Elaborar los informes que le requieran la autoridad laboral y la judicial sobre el accidente. Para depu- rar responsabilidades, para imponer sanciones, para planificar polticas y acciones preventivas los poderes pblicos necesitan conocer las causas y los efectos de algunos accidentes. La Inspeccin de Trabajo realiza la investigacin correspondiente y elabora los informes que le sean requeridos.c) Estudiar las denuncias que le sean presentadas. La Inspeccin de Trabajo no tiene capacidad tcni- ca ni humana para investigar todos los accidentes de trabajo. En aplicacin del prrafo anterior, la Inspeccin de Trabajo suele investigar los accidentes mortales o muy graves, o los graves de deter- minados sectores (depende de sus planes de trabajo). Si nosotros tenemos inters en que investigue un determinado accidente, tenemos que presentar denuncia para obligar a la Inspeccin de Trabajo a realizar dicha investigacin.d) Proponer el recargo de prestaciones previsto en el artculo 123 de la Ley General de la Seguridad Social. Si en la investigacin de un accidente de trabajo, un inspector considera que se debi a un incumplimiento empresarial grave, puede proponer al INSS el recargo de prestaciones.50 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 49. Estadsticas de siniestralidadUn elemento estrechamente asociado a la notificacin de AT es la produccin de estadsticas. Las esta-dsticas permiten obtener conclusiones sobre la evolucin de la accidentalidad y servir de base paraadoptar las medidas preventivas. Con el objeto de tener valores comparativos de accidentalidad, se usanunos ndices estadsticos. Indice de Incidencia: es la relacin entre el n de accidentes registrados en un perodo de tiempo deter-minado y el n promedio de las personas expuestas al riesgo considerado.N total de accidentesII = x 1.000N medio de personas expuestasRepresenta el n de accidentes por ao por cada mil trabajadores expuestos.Se usa este ndice cuando no sabemos exactamente el n de horas-persona trabajadas y cuando el nde personas expuestas al riesgo es muy elevada. Indice de Frecuencia: es la relacin entre el n de accidentes ocurridos en un determinado n de horastrabajadas.N total de accidentesIF = x 1.000.000 N total de horas-persona trabajadas Indice de Gravedad: Aceptando que la gravedad se pudiera medir por el n de das de baja, con estendice valoramos la gravedad de los accidentes ocurridos en un determinado n de horas trabajadaspor un colectivo de trabajadores.N total de jornadas perdidasIG = x 1.000 N total de horas-persona trabajadasTodos estos ndices son de gran utilidad, pues en su clculo y posterior representacin en los diagramasnos indican cmo va aumentando o disminuyendo tanto el n de accidentes como la gravedad de ellosdependiendo del ndice que estemos calculando.Es muy importante tener cuidado, al comparar los ndices de distintas empresas dado que no suelen serhomogneos, los criterios utilizados para su clculo, lo que puede inducirnos a error.Situaciones de baja por accidente de trabajo Reclamar la bajaSi hay algn problema para que se reconozca que una determinada baja es consecuencia de accidentede trabajo (porque no se ha hecho el parte de accidente, porque las dolencias se agudizan tras unos dasy la mutua se niega a reconocer que son consecuencia del accidente, porque es una recada, etc.) sepuede pedir la baja al mdico de cabecera (esa baja ser por enfermedad comn o accidente no laboral)e interponer, en el plazo de 30 das, Reclamacin Previa contra la baja ante el Instituto Nacional de laSeguridad Social (INSS) y ante la mutua.EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 51 50. Incapacidad para el trabajo (LGSS, art. 128 a 133)Si, como consecuencia del accidente de trabajo, el trabajador/a se encuentra privado de su capacidadpara el trabajo, se le declara en situacin de Incapacidad Temporal (IT). Dicha situacin puede prolon-garse hasta 30 meses, aunque lo normal es que no exceda de los 12/18 meses.Transcurrido este plazo, pasar a la situacin de Invalidez Permanente en el grado que le correspon-da, previa calificacin por el INSS. PrestacionesEl trabajador en situacin de baja por accidente de trabajo tiene derecho a las siguientes prestaciones: Asistencia sanitaria: La tiene que prestar la mutua, que designa los servicios mdicos que han de prestarla y suministra los medicamentos gratuitamente. Prestaciones econmicas: Desde el primer da de la baja y durante todo el perodo de IT, la mutua abona al trabajador/a un subsidio del 75% de su salario real (incluyendo todos los conceptos de vencimiento peridico superior al mes). Recuperacin y readaptacin profesional (LGSS, art. 153 a 156)El trabajador accidentado tiene derecho a recibir prestaciones recuperadoras que le habiliten para sacarel mximo provecho de su capacidad laboral residual.Ello implica la elaboracin de un programa individual que comprenda todas o algunas de las prestacio-nes recuperadoras siguientes: Tratamiento sanitario adecuado dirigido especialmente a la rehabilitacin funcional. Orientacin profesional para comprobar de manera real las posibilidades de adaptacin del acci- dentado en un determinado puesto de trabajo. Formacin profesional para readaptarle al trabajo anterior o reeducarle para nuevo oficio o profe- sin.Los trabajadores que reciban prestacin de recuperacin profesional sin tener derecho a subsidio por ITpercibirn un subsidio de recuperacin, equivalente al 75% de la base reguladora.Las prestaciones recuperadoras y el subsidio correspondiente se solicitan a la mutua. En caso de res-puesta negativa, ponerse en contacto con los servicios jurdicos del sindicato. Tipos de altas Alta por curacin: Implica el reingreso en el trabajo. Alta con secuelas e informe propuesta: Se considera que el tratamiento sanitario ha finalizado, pero que han quedado secuelas del accidente por lo que es necesario valorarlas y calificarlas para su posterior indemnizacin. La mutua hace un informe con su propuesta de valoracin, pero quien da52 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 51. la valoracin/calificacin definitiva es el INSS previo informe de un tribunal mdico (Equipo de Valoracin de Incapacidades). (RD 1300/1995). Dicha resolucin se puede recurrir ante el Juzgado de lo Social. Las secuelas se califican en uno de los grados siguientes:GRADOMERMA CAPACIDADPRESTACION REF LEG DE TRABAJOSEGURIDAD SOCIALLesiones permanentes Lesin, mutilacin oIndemnizacin a tanto LGSS,no invalidantesdeformidad, que merma laalzado, una sola vez, art. 150 a capacidad de trabajo menospor el importe fijado 152. orden de un 33% (prdida de un dedo,en un baremo. 5/4/1974 cicatrices deformantes, etc). (BOE 18/4/1974) Orden 16/1/1991 (BOE 18/1/1991)IncapacidadDisminucin no inferior al 33%Indemnizacin a tanto LGSS, art.permanente parcial del rendimiento normal para laalzado, una sola vez, 134 a 143 profesin habitual, que no impide de 24 mensualidades la realizacin de las tareasde la base reguladora. fundamentales de la misma.IncapacidadInhabilita al trabajador/a para Pensin vitalicia del 55%permanente total la realizacin de las tareasde la base reguladora, fundamentales de su profesin que puede incrementarse habitual (la que desempeabahasta un 75% para los normalmente al sufrir el accidente).trabajadores/as que se estn sometiendo a procesos de recuperacin y para los desempleados mayores de 55 aos.IncapacidadLas secuelas impiden al Pensin vitalicia delpermanente absolutatrabajador/a toda profesin 100% de la base u oficio. reguladora.Gran invalidez Las secuelas hacen necesariaPensin vitalicia del la asistencia de otra persona 150% de la base para realizar los actos ms reguladora. elementales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o anlogos. EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 53 52. IndemnizacionesLas lesiones producidas por un accidente de trabajo ocasionan al trabajador/a dos tipos de perjuicios: Merma temporal o definitiva de su capacidad de trabajar. Dao a la salud y limitacin de la posibilidad de disfrutar de la vida en el mbito extralaboral.Por ejemplo, como consecuencia de un accidente de trabajo, un trabajador se rompe una pierna y, trasestar escayolado 40 das, se cura y puede volver al trabajo con toda normalidad. Las consecuencias delaccidente son: Durante 40 das, el trabajador no ha podido trabajar. Durante 40 das, el trabajador se ha visto privado de su movilidad habitual en su vida privada: no ha podido salir, ir de excursin al campo, pasear, ir a la discoteca, conducir el coche. Adems el accidentado ha necesitado de cuidado y atenciones de sus familiares. La pierna que ha sufrido la fractura, aunque recuperada, queda ms frgil.Ambos perjuicios tienen su indemnizacin.1. lndemnizaciones por la prdida de capacidad de trabajoSon las tpicas del sistema de Seguridad Social que hemos visto ms arriba. Las prestaciones por accidentede trabajo se caracterizan porque no se requiere un perodo mnimo de cotizacin (incluso con un solo dade cotizacin se tiene derecho a percibirlas) y la base reguladora de las prestaciones es el salario real.Estas prestaciones pueden incrementarse de un 30 a un 50% si el accidente se produce como conse-cuencia de infraccin grave por el empresario de las normas de prevencin de riesgos laborales (LGSS,art. 123).2. lndemnizaciones por la prdida de saludLas tiene que abonar el empresario, en virtud de su responsabilidad civil, siempre que se le pueda impu-tar cierta negligencia. Aunque no es una prctica habitual, el trabajador/a lesionado puede reclamar unaindemnizacin por daos y perjuicios al empresario (LGSS, art. 127.3). Si no se llega a un acuerdo extra-judicial, se puede reclamar ante los Juzgados de lo Social o de Instruccin (si se ejerce tambin la accinpenal)4.Pautas de actuacin Riesgo grave e inminente Notificacin al inmediato superior. Comprobar que se han tomado las medidas correctoras.4 Ver la Gua del Delegado/a de Prevencin, Obligaciones y Derechos, captulo Responsabilidades y sanciones.54 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 53. En caso contrario, abandonar el lugar de trabajo y no reanudar la actividad hasta que est contro- lado el peligro. Comunicar este hecho al Comit de Seguridad y Salud o a alguno de sus miembros, as como al Comit de Empresa y al delegado de prevencin. Poner los hechos en conocimiento de la Inspeccin de Trabajo, bien directamente o a travs de los delegados, la cual en el plazo de 24 horas ratificar o anular la paralizacin acordada. Riesgo reiterado, incidentes en cadena o repetidos Solicitar del empresario un anlisis detallado y una evaluacin de las causas de los incidentes. Comunicar los hechos al Comit de Empresa, delegado/a de prevencin o Comit de Seguridad y Salud. Una vez identificadas las causas, exigir la adopcin de medidas preventivas. En caso contrario, presentar denuncia ante la Inspeccin de Trabajo. Accidente de trabajo Solicitar atencin de urgencia en la propia empresa y, en caso necesario, atencin especializada por la mutua. Exigir copia del parte de notificacin del accidente y comprobar que ha sido rellenado correcta- mente. Solicitar la intervencin de los rganos de la empresa con funciones en materia de salud y seguri- dad. En caso de accidente grave o de leves reiterados, solicitar una investigacin por parte de la Inspeccin de Trabajo (denuncia). Exigir la adopcin de medidas de acuerdo con las conclusiones de las investigaciones realizadas. Solicitar las correspondientes indemnizaciones. Desacuerdo con el alta mdica Acudir inmediatamente al mdico de cabecera y pedir una baja por enfermedad comn. Si el mdico de cabecera no extiende la baja, incorporarse al trabajo. Con independencia de lo anterior y en el plazo de 30 das hbiles, interponer Reclamacin Previa contra el alta ante el INSS y (no preceptivo pero aconsejable) ante la mutua. Ponerse en contacto con la asesora jurdica del sindicato. EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 55 54. Accidentes graves, actuacin sindical Reunin inmediata del Comit de Empresa y paralizacin del trabajo si hay riesgo inminente. Aviso ala Inspeccin de Trabajo. Asegurar atencin mdica a los accidentados. Comunicacin al sindicato y presencia sindical inmediata en el lugar del accidente: impedir que seoculten pruebas, hacer fotos o planos, hablar con los accidentados o con sus compaeros/as, locali-zar testigos del accidente. Convocar asambleas, acciones de protesta en la empresa (minutos de silencio, paros parciales) o con-centraciones externas (sedes patronales, instituciones). En accidentes mortales, convocar al entierro. Investigacin sindical autnoma del accidente. Comprobacin de que el parte de accidente se cum-plimenta de forma correcta. Seguimiento del informe de la Inspeccin de Trabajo. Revisin de los regis-tros de accidentes de la empresa. Estudio de posibles acciones legales y presentacin de las correspondientes denuncias. Contacto conla asesora jurdica del sindicato. Informacin: medios de comunicacin, otros centros de trabajo, poblacin. Ofrecer los servicios de asesoramiento tcnico del sindicato al trabajador o a su familia. Proponer la adopcin de medidas que impidan la repeticin de accidentes similares. Seguimiento de la aplicacin de dichas medidas. Denuncia a Inspeccin de Trabajo en caso de incum-plimientos.56 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 55. ENFERMEDAD PROFESIONALComo el accidente de trabajo, la enfermedad profesional es un concepto jurdico determinado defi-nido en la Ley General de la Seguridad Social. No cabe definirlo desde el sentido comn, la intuicin o elconsenso, sino que hay que acudir a su definicin legal para discriminar los supuestos que entran en ellosde los que quedan excluidos. Ambas categoras, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesio-nales, conforman lo que la normativa de Seguridad Social define como contingencias profesionales. Suregulacin es en esencia unitaria, de modo que todo lo que se ha dicho hasta ahora en cuanto al regis-tro, reconocimiento, notificacin obligatoria, aseguramiento, prevencin, indemnizacin, etc., de los acci-dentes de trabajo se puede hacer extensivo a las enfermedades profesionales, con algunas especialida-des que veremos a continuacin.Definicin de enfermedad profesionalEn Espaa se define jurdicamente la enfermedad profesional (art 166 de LGSS) como: la contrada aconsecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cua-dro que se apruebe por las disposiciones de aplicacin y desarrollo de esta ley, y que sta proceda porla accin de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesio-nal.El Cuadro de Enfermedades Profesionales al que alude el artculo fue aprobado por el Real Decreto1995/1978. Est estructurado en los 6 grandes apartados siguientes:1. Enfermedades profesionales causadas por agentes qumicos.2. Enfermedades profesionales de la piel producidas por sustancias y agentes no incluidas anteriormen- te.3. Enfermedades profesionales producidas por inhalacin de sustancias y agentes no incluidos anterior- mente.4. Enfermedades profesionales infecciosas y parasitarias.5. Enfermedades profesionales producidas por agentes fsicos.6. Enfermedades sistmicas. Agente causante, enfermedad determinada, sector de actividad especficoDe esta definicin se deduce que para que haya enfermedad profesional puede requerirse la concurrencia dehasta tres condiciones: que la enfermedad est en el cuadro, que haya habido exposicin a uno de los agen-tes causantes contemplados en el cuadro y que la persona que la padece desempee su actividad en una delas ocupaciones que tambin seala y recoge el cuadro. Sin embargo, el propio cuadro puede atenuar, hastahacerla incluso desaparecer, la necesidad de uno u otro de los requisitos. Podemos poner algunos ejemplos: elpunto 1 del apartado A (enfermedades profesionales producidas por los agentes qumicos siguientes) dice:Plomo y sus compuestos. Extraccin, tratamiento, preparacin y empleo de plomo, sus minerales, sus aleacio-nes, sus combinaciones y de todos los productos que lo contengan y especialmente: A eso sigue un listadode trabajo que pueden producir exposicin al plomo. Del texto parece que se puede deducir que cabe consi-derar como profesional cualquier enfermedad producida por exposicin al plomo o sus compuestos, con inde-pendencia de la ocupacin concreta de la persona afectada, ya que la palabra especialmente que antecedeel listado de actividades concretas no significa exclusin de las actividades no citadas. Distinto es el caso delpunto 16 del mismo apartado A, que se refiere escuetamente al cido ntrico y a un listado cerrado de activida-des, sin frmulas como especialmente, etc., u otras que permitan considerar dicho listado como meramente EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 57 56. ejemplificativo. En este caso tambin, sin embargo, cabe cualquier enfermedad producida por el cido ntrico.Otro ejemplo interesante es el punto 2 del apartado B, que dice textualmente: Afecciones cutneas provoca-das en el medio profesional por sustancias no consideradas en otros apartados. Toda industria o trabajo en elque se entre en contacto con sustancias slidas o lquidos, polvos, vapores, etc., en cualquier tipo de actividad.Vemos que en esta disposicin no est taxativamente determinado ni el agente causante, ni la enfermedad(afecciones cutneas en general), ni la actividad. Hay que quedarse con la idea que, aunque rgido, el cuadro esms amplio de lo que parece, y que siempre merece la pena, ante un dao a la salud, dedicar un rato a estu-dirselo detenidamente.Recordemos que cuando se puede establecer una relacin causal entre la exposicin laboral y una enfer-medad que no est recogida en el cuadro de enfermedades profesionales, dicha enfermedad puede serlegalmente reconocida como accidente de trabajo. No estn todas las que sonEs importante no olvidar que el accidente de trabajo y la enfermedad profesional no son los nicos daosa la salud ocasionados por el trabajo. La lgica y la experiencia han demostrado que existen multitud depatologas prevalentes en trabajadores expuestos a los mismos riesgos y que, sin embargo, no entran enla definicin legal de contingencia profesional. Se trata a menudo de enfermedades inespecficas o mul-ticausales que no estn en el cuadro y de las que es difcil demostrar que se deben exclusivamente altrabajo. Son las que comnmente se llaman enfermedades relacionadas con el trabajo.La LPRL (art. 4.3) ofrece una definicin suficientemente amplia de dao en la que puede caber cualquieralteracin de la salud relacionada, causada o agravada por las condiciones de trabajo: Se considerarncomo daos derivados del trabajo las enfermedades, patologas o lesiones sufridas con motivo u oca-sin del trabajo.Pese a este respaldo legal, el de enfermedad relacionada con el trabajo es un concepto eminentementesanitario que responde al anlisis de cmo y por qu se producen las alteraciones de la salud y el papelque juega el trabajo.La OMS defini en 1985 el trmino de enfermedad relacionada con el trabajo como aquellos trastornosde salud en los que los riesgos laborales actan como uno de los factores causales de forma significati-va, junto con otros externos al trabajo o bien hereditarios.Cuando detectamos enfermedades no previstas por las caractersticas de nuestra poblacin, cuandodetectamos coincidencias en la prdida de salud de colectivos con similares condiciones de trabajo,cuando el colectivo de trabajadores y trabajadoras explican similares sntomas de prdida de salud omalestar... Atencin: es poco probable que sea fruto de la casualidad. Lo ms probable es que sea unamanifestacin de alguna condicin de vida compartida. Nos debemos preguntar, es el trabajo?.Despus de la pregunta debemos planificar el estudio y la investigacin, buscando la ayuda necesaria deprofesionales de la sanidad.El concepto de enfermedad relacionada con el trabajo desborda el mbito de la Seguridad Social, peroes un concepto que los prevencionistas y los delegados y delegadas de prevencin no deben perder devista en ningn momento.58 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 57. Reconocimientos mdicosLas empresas que hayan de cubrir puestos con riesgo de enfermedad profesional estn obligadas a practicarun reconocimiento mdico previo a la admisin de los trabajadores (art. 196 LGSS). En algunos casos dichosreconocimientos se deben repetir con una periodicidad indicada en normas de desarrollo. No queda muy clarala coordinacin de este artculo con lo previsto en el art. 22 de la LPRL, que dispone como regla general lavoluntariedad de los reconocimientos mdicos previos al ingreso al trabajo. La solucin probablemente seaentender que prevalece la previsin de la LGSS cuando sea necesario cubrir un puesto con riesgo de enfer-medad profesional, aunque esa expresin es bastante ambigua. Perodo de observacinEs la situacin del trabajador durante el tiempo necesario, que no podr exceder de seis meses, para el estu-dio mdico de la enfermedad, cuando haya necesidad de aplazar el diagnstico definitivo, previendo la posi-bilidad de su ampliacin hasta un ao. Durante el periodo de observacin pueden darse dos supuestos: queel trabajador pueda continuar con la realizacin de su trabajo o que se prescriba la necesidad de su baja labo-ral. En este ltimo supuesto queda asimilado a la incapacidad temporal (art. 128.b LGSS), solamente a efec-tos de asistencia sanitaria y del abono al trabajador de la indemnizacin econmica equivalente al 75% delsalario realmente percibido, ya que a los dems efectos son aplicables las normas especficas del periodo deobservacin. Traslado de puesto de trabajoSi como consecuencia de los reconocimientos mdicos efectuados se descubriera algn sntoma de enfer-medad profesional, que no constituya incapacidad temporal, pero cuya progresin sea posible evitar median-te el traslado del enfermo a otro puesto de trabajo exento de riesgo, la empresa estar obligada a llevar a cabodicho traslado, que puede tener carcter definitivo o temporal. Pese al hecho de producirse el traslado a unpuesto compatible con su estado, tiene derecho al mismo salario que anteriormente vena percibiendo en elcaso de que la retribucin asignada al nuevo puesto fuera inferior, no as a las retribuciones ligadas directa-mente a la produccin que fueran exclusivas del puesto de procedencia. Si no fuera posible el traslado a jui-cio de la empresa, el trabajador ser dado de baja, previa conformidad de la Inspeccin de Trabajo, e inscri-to con carcter preferente para ser empleado por la Oficina de Empleo. En este caso, el trabajador tiene dere-cho a percibir a cargo de la empresa un subsidio equivalente al salario integro durante un periodo mximo dedoce meses, prorrogable por seis meses ms a cargo del INSS y por doce ms a cargo del INEM. Es impor-tante subrayar que esta regulacin es especfica de las enfermedades profesionales, por lo que no se aplica alos dems casos de cambio de puestos de trabajo por motivos de salud a los que alude el art. 25 de la LPRL.Qu dice la ley?La legislacin sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales tiene los siguientes objetivos: Evitar los daos a la salud. Asegurar la asistencia sanitaria del trabajador accidentado y su recuperacin, en la medida de lo posi-ble. Compensar econmicamente la prdida, temporal o definitiva, de la capacidad de trabajo. EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 59 58. La primera finalidad (preventiva) se persigue fundamentalmente a travs de toda la normativa de preven-cin de riesgos laborales, mientras que las otras dos (recuperadoras o indemnizatorias) son objetivos tra-dicionales de las disposiciones de Seguridad Social.El recargo de prestaciones, las indemnizaciones civiles y la sancin penal de los homicidios y las lesio-nes imprudentes tienen en cierta medida carcter hbrido, porque pretenden disuadir de tolerar los acci-dentes y a la vez minimizar los efectos negativos de los mismos para la persona que los sufre. Responsabilidades en caso de accidente o enfermedad profesionalTanto la normativa estatal como la internacional atribuyen al empresario la responsabilidad principal enmateria de seguridad. De hecho, las sanciones administrativas, por haber cometido alguna infraccin dela normativa de prevencin de riesgos laborales, y el recargo de prestaciones slo pueden imponerse alempresario. En cuanto a la responsabilidad penal y civil, la del empresario puede concurrir con la dedirectivos, tcnicos, mandos intermedios u otros trabajadores, si alguno de ellos ha cometido algunanegligencia que juega un papel importante en el rbol de causas del accidente. De todas maneras,como el empresario est obligado a responder civilmente no slo de sus actos, sino tambin de los desus subordinados, la indemnizacin civil se le suele reclamar a l.Legislacin de referencia Ley 31/1995 (BOE 10/10/1995), de Prevencin de Riesgos Laborales (LPRL). Real Decreto Legislativo 1/1994 (BOE 29/6/1994), por el que se aprueba el texto refundido de LeyGeneral de la Seguridad Social, LGSS. Real Decreto 1300/1995 (BOE 19/8/1995), de desarrollo en materia de Incapacidades Laborales delSistema de la Seguridad Social. Orden Ministerial de 16 de enero de 1991 (BOE 18-1-1991), por la que se actualiza el Baremo deIndemnizaciones por Lesiones Permanentes no lnvalidantes aprobado por Orden 5/4/1974 (BOE18/4/1974). Orden de 16 de diciembre de 1987 (BOE 29/12/1987), por la que se establecen nuevos modelos parala notificacin de accidentes de trabajo y se dan instrucciones para su cumplimentacin y tramitacin. Real Decreto 1995/1978 (BOE 25/8/1978), por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesio-nales en el sistema de la Seguridad Social.60 EL LIBRO DEL DELEGADO SINDICAL 59. EL ACCIDENTE DE TRABAJO Y LA ENFERMEDAD PROFESIONAL 61