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PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERU S.A. - OPERACIONES CONCHAN —— Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. Operaciones Conchán BASES Proceso de por CONTRATACIÓN DIRECTA DIR-0055-2012-OPC/PETROPERÚ Servicio de Habilitación y Montaje de un (01) Tanque de 50MB para Almacenamiento de Alcohol Carburante en Operaciones Conchán” (PAAC Nº 1008 -2012) Conchán, Setiembre 2012 Servicio de Habilitación y Montaje de un (01) Tanque de 50MB para Almacenamiento de Alcohol Carburante en Operaciones Conchán Página 1

006789 Dir 55 2012 Opc Petroperu Bases

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PETRLEOS DEL PER - PETROPERU S.A. - OPERACIONES CONCHAN

BASESProceso de por

CONTRATACIN DIRECTA

DIR-0055-2012-OPC/PETROPER

Servicio de Habilitacin y Montaje de un (01) Tanque de 50MB para Almacenamiento de Alcohol Carburante en Operaciones Conchn(PAAC N 1008 -2012)

Conchn, Setiembre 2012rgano Ad Hoc

ndice

4CRONOGRAMA

5BASES ADMINISTRATIVAS

51.0GENERALIDADES

52.0MARCO LEGAL

53.0MONTO ESTIMADO REFERENCIAL

54.0SISTEMA DE CONTRATACIN

55.0RECURSOS FINANCIEROS

56.0LUGAR DE EJECUCIN DE LA PRESTACIN

67.0PLAZO DE ENTREGA E INSTALACIN

68.0HORARIO

69.0DE LAS PROPUESTAS

710.0CONTRATO

911.0INICIO DEL SERVICIO

912.0CONDICIN PREVIA PARA REALIZAR TRABAJOS

1013.0FORMA DE PAGO

1114.0AMPLIACIN DEL PLAZO CONTRACTUAL

1215.0SUBCONTRATACION

1316.0SUPERVISIN DEL SERVICIO

1317.0PENALIDADES

1418.0RESOLUCION DEL CONTRATO

1419.0SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIN CONTRACTUAL

1520.0PROTECCION LABORAL A TERCEROS

1621.0NORMAS DE SEGURIDAD

1722.0OBLIGACIONES

1823.0CUMPLIMIENTO DEL CODIGO DE INTEGRIDAD DE PETROPER S.A.

1824.0PROTECCIN DEL MEDIO AMBIENTE

1925.0CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIN DE PETRLEOS DEL PER PETROPER S.A.

1926.0DISPOSICIN FINAL

19Anexo N 01 - Proforma de Contrato

27BASES TECNICAS

271.0GENERALIDADES

272.0ALCANCE DEL PROYECTO

272.1CARACTERISTICAS DEL TANQUE

273.0PERSONAL

284.0FACILIDADES

285.0MATERIALES, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS

285.1Proporcionados por PETROPERU S.A.,

285.2Proporcionados por el CONTRATISTA

286.0CUADERNO DE SERVICIO

287.0PRUEBAS DE CALIDAD

298.0RESPONSABILIDADES

299.0RECEPCIN DEL SERVICIO

3010.0ASPECTOS AMBIENTALES SIGNIFICATIVOS

31Anexo N 02 Propuesta Econmica

40Anexo N 03 - Descripcin de la Prestacin

44Control y Ajustes

45Prescripciones en el Caso de no Alcanzarse la Resistencia Requerida

45Toma de Muestras y Ensayos

45Equipo

45Mezcla y Tiempo de Mezclado

46Capas de Colocacin

46Vibracin

56La impermeabilizacin y colocacin de capa de arena fina, e=0.05m bajo el asentado de la cuneta, se detalla dentro del ndice correspondiente a impermeabilizacin del recinto.

73Anexo N 04 Especificaciones de Equipos y Materiales

731.1.Planchas de Acero

731.2.Planchas de Acero para Piso

731.3.Perfiles de Acero

731.4.Barras de Construccin de Acero

731.5.Tuberas de Acero

731.6.Accesorios para Tuberas de Acero

732.1.Vlvula de Presin y Vaco

732.2.Vlvula de Alivio (TERVs)

732.3.Vlvula de Compuerta para Diesel

732.4.Vlvula de Compuerta para Agua y Espuma

732.5.Cmaras de Espuma

732.6.Monitor de Agua

742.7.Hidrante

742.8.Rociadores

742.9.Regleta de Medicin

742.10.Tapa de Medicin

75Anexo N 05 Listado de Materiales Suministrados por el Contratista

77Anexo N 06 - Perfil del Personal

81Anexo N 07 - Trminos del Contrato del Personal Desplazado

82Anexo N 08 Cdigo de Integridad

85Anexo N 09 Impedimentos para ser postor y/o CONTRATISTA

87Anexo N 10 Poltica Corporativa de Seguridad de la Informacin de PETROPERU

88Formato A - Declaracin Jurada de Compromiso

89Formato B Declaracin Jurada

90Formato C Declaracin Jurada Servicios de Tercerizacin

91Formato D Declaracin Jurada de Cumplimiento de Especificaciones Tcnicas y Anexos

92Formato E- Promesa Formal de Consorcio

93Formato N 01 - Curriculum Vitae

94Formato N 02 - Registro de Participantes

95INFORMACIN ADICIONAL

95I.LISTA DE PLANOS

951.PLANOS CIVILES

95REF-MPA-TQ76-001-001 Ubicacin del Tanque.

95REF-MPA-TQ76-001-002 Cimentacin del Tanque.

95REF-MPA-TQ76-001-003 Sist. de Drenaje-Distribucin General.

95REF-MPA-TQ76-001-004 Detalles de Buzn drenaje y cisterna.

95REF-MPA-TQ76-001-005 Muro de contencin Loza de Impermeabilizacin y Drenaje Fluvial.

95REF-MPA-TQ76-001-006 Escalera de acceso al rea estanca.

952.PLANOS METAL-MECNICOS

95REF-MPA-TQ76-002-001 Distribucin de Planchas de Fondo.

95REF-MPA-TQ76-002-002 Distribucin de Planchas de Cilindro.

95REF-MPA-TQ76-002-003 Distribucin de Accesorios-Fondo-Techo y Cilindro.

95REF-MPA-TQ76-002-004 Detalle de Accesorios.

95REF-MPA-TQ76-002-005 Detalle de Accesorios Entrada de Limpieza de 36 x 48.

95REF-MPA-TQ76-002-006 Escalera Espiral-Elevacin y Planta.

95REF-MPA-TQ76-002-007 Escalera Espiral-Detalles.

95REF-MPA-TQ76-002-008 Detalle de Pasarela y Escalera.

95REF-MPA-TQ76-002-009 Anillo de Enfriamiento.

95REF-MPA-TQ76-002-010 Esquema de Sabana Flotante.

953.PLANOS ELCTRICOS

95REF-MPA-TQ76-003-002 Sistema de Proteccin Catdica

954.PLANOS DE INSTRUMENTACIN

95REF-MPA-TQ76-004-001 Arquitectura bsica

95REF-MPA-TQ76-004-002 Conexin de equipos -Tpico

95REF-MPA-TQ76-004-003 Display de Nivel y Temperatura

95REF-MPA-TQ76-004-004 Medidor de Nivel Tipo Radar

95REF-MPA-TQ76-004-005 Actuador Motorizado-Vlvula de 12

95REF-MPA-TQ76-004-006 Actuador motorizado-vlvula de 14

95REF-MPA-TQ76-004-007 Medidor de temperatura multipunto

95REF-MPA-TQ76-004-008 Plano referencial de montaje de tablero elctrico de distribucin

95REF-MPA-TQ76-004-009Plano referencial de soporte de tablero red Enraf Field Bus.

95REF-MPA-TQ76-004-010Detalle de instalacin de indicador de nivel tipo regla.

95REF-MPA-TQ76-004-011 Recorrido de cables de control (1/2)

95REF-MPA-TQ76-004-012 Recorrido de cables de control (2/2)

95II.ESPECIFICACIONES TCNICAS

PETROLEOS DEL PERU - PETROPER S.A.

OPERACIONES CONCHAN

RUC N

20100128218

CRONOGRAMAProceso por Contratacin DirectaDIR-0055-2012-OPC/PETROPER S.A.

I.OBJETO DEL PROCESO

Servicio en General

II.DESCRIPCIN BSICA DEL OBJETO DEL PROCESO

Servicio de Habilitacin y Montaje de un (01) Tanque de 50MB para Almacenamiento de Alcohol Carburante en Operaciones Conchn

III.MONTO ESTIMADO REFERENCIAL

US$ 2,104,068.88 (Dos millones ciento cuatro mil sesenta y ocho con 88/100 Dlares Americanos)

IV.FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Propios

V.LUGAR DE PRESTACIN

Operaciones Conchn, sito en Antigua Panamericana Sur Km. 26.5 Lurn

VI.BASES

1.Lugar de Registro y/o Entrega:Oficina de la Unidad Logstica

Operaciones Conchn

Antigua Panamericana Sur Km. 26.5 - Lurn, Lima

Telfono: 625 4000 anexo 4263Fax : 625 4279

2.Horario de Atencin, para todo lo relacionado con el proceso de seleccin (excepto los horarios establecidos en el cronograma):Das hbiles de 08:15 hasta las 17:15 horas

VIII.CALENDARIO

1. ConvocatoriaEl 04/ 10/2012

2. Presentacin de Propuestas El 05/10/2012 a las 13:00 horas

3. Otorgamiento de la Buena ProEl 05/10/2012 a las 14:00 horas

BASES ADMINISTRATIVAS

1.0 GENERALIDADES

Petrleos del Per - PETROPER S.A., en adelante PETROPER S.A., con RUC 20100128218, domiciliado en Antigua Panamericana Sur Km. 26.5 Lurn, realiza la convocatoria para el Servicio de Habilitacin y Montaje de un (01) Tanque de 50MB para Almacenamiento de Alcohol Carburante en Operaciones Conchn, que se realizar mediante proceso por Contratacin Directa en los trminos y condiciones que se detallan en las presentes Bases Administrativas, en las Bases Tcnicas, Adjuntos y Anexos.2.0 MARCO LEGAL

El proveedor invitado y su propuesta debern cumplir con todas las disposiciones de las Bases Administrativas y Bases Tcnicas, as como con las disposiciones legales vigentes siguientes:

Ley N 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernizacin de Petrleos del Per - PETROPER S.A.; Ley N 26821, Ley Orgnica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales;

Ley N 27345, Ley de Promocin del Uso Eficiente de la Energa;

Ley N 28611, Ley General del Ambiente; Decreto Legislativo N 43, Ley de PETROPER S.A. y sus modificatorias;

Ley N 26221, Ley Orgnica de Hidrocarburos y sus Modificatorias; Decreto Supremo N 024-2000-EM, que aprueba el Estatuto Social de Petrleos del Per PETROPER S.A. y sus modificatorias;

Ley N 27785, Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de la Repblica;

Resolucin de Contralora N 094-2009-CGR., Directiva Ejercicio del Control Preventivo por la Contralora General de la Repblica CGR y los rganos de Control Institucional OCI, y sus modificatorias;

Reglamento Interno de Trabajo de Petrleos del Per PETROPER S.A., aprobado por el Directorio;

Artculo 3 del Decreto Supremo N 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado;

Cdigo Civil;

Reglamento de Contrataciones de Petrleos del Per - PETROPER S.A., aprobado por Resolucin N 523-2009-OSCE/PRE, en adelante el Reglamento; Ley N 29245, Ley que regula los Servicios de Tercerizacin, D.L. N 1038, D.S. N 006-2008-TR y D.S. N 010-2008-TR;

Ley N 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Decreto Supremo N 005-2012-TR, Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; Decreto Supremo N 043-2007-EM;

Decreto Supremo N 052-93-EM y sus modificatorias;

Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en forma supletoria.

Acuerdo de Promocin Comercial Per Estados Unidos y otros Tratados Internacionales que puedan ser suscritos por el Estado Peruano con otros estados, en adelante los TLCs.

Reglamento de Seguridad de la Informacin de PETROPER S.A., aprobado con Acuerdo de Directorio N 0114-2010-PP;

Poltica Corporativa de Seguridad de la Informacin de PETROPER S.A., aprobada con Acuerdo de Directorio N 040-2010-PP;

Todas las disposiciones legales y normas complementarias vigentes que sean aplicables.

El Reglamento prevalece sobre los dispositivos legales que regulan las contrataciones del Estado y sobre las normas generales de procedimientos administrativos.

3.0 MONTO ESTIMADO REFERENCIALEl Monto Estimado Referencial del presente proceso es de US$ 2104,068.88 (Dos millones ciento cuatro mil sesenta y ocho con 88/100 Dlares Americanos) incluidos todos los tributos, impuestos, seguros, y en general todo lo necesario para el cabal cumplimiento del objeto del contrato, los beneficios laborales del personal a cargo del CONTRATISTA, as como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el servicio a contratar.4.0 SISTEMA DE CONTRATACIN

El Sistema de Contratacin es a Precios Unitarios, de acuerdo a la estructura del Anexo N 02.5.0 RECURSOS FINANCIEROS

Recursos propios de PETROPER S.A.

6.0 LUGAR DE EJECUCIN DE LA PRESTACIN

Operaciones Conchn (sito a la altura de la Antigua Carretera Panamericana Sur km. 26.5 - Lurn, Lima).

7.0 PLAZO DE ENTREGA E INSTALACINEl plazo de ejecucin es de doscientos noventa y dos (292) das calendario (incluye todos los das calendario). Las ampliaciones de plazo sern potestad de PETROPERU S.A., y estarn sujetas al Reglamento.

Las penalidades se aplicarn de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento.

8.0 HORARIO

El horario de trabajo ser de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:30 p.m.; por lo que los trabajos que deba realizar el CONTRATISTA debern ser ejecutados dentro de este horario. Asimismo, los sbados se trabajar de 08:30 a.m. a 1:30 p.m., debiendo comunicar al Supervisor de PETROPER S.A. de dichas labores los das viernes antes del medioda, a efectos que PETROPERU S.A. realice las coordinaciones respectivas a fin de permitir el ingreso del personal del CONTRATISTA a las nuestras instalaciones.

Los trabajos que se realicen los das domingos, feriados y no laborables estarn sujetos a la coordinacin con el rea que administra el servicio, previa solicitud por parte del CONTRATISTA, la misma que deber requerirse con una anticipacin no menor a tres (03) das calendario a la fecha del evento.

Fuera del horario establecido, las horas-hombre sern consideradas sin sobrecosto para PETROPERU S.A.

9.0 DE LAS PROPUESTAS 9.1 Contenido de las Propuestas

El participante presentar su propuesta la misma que deber estar foliada, sellada y firmada por dicho participante en caso sea personal natural o por su representante legal.

9.1.1. Presentacin de Propuestas

La Propuesta deber remitirse va correo electrnico (adjuntando debidamente escaneada la documentacin requerida en el numeral 9.1.2 de las presentes Bases a la siguiente direccin: [email protected], hasta el da y hora descrita en el calendario del Cronograma.9.1.2. La Propuesta Tcnica

Deber contener, cuando menos, los siguientes documentos:Documentos de Presentacin Obligatoria: (la no presentacin acarrea la devolucin de la propuesta, tenindolos por no presentados, salvo en los casos que se le considere dentro de lo estipulado en el Numeral 6.10 del Reglamento).a) Copia simple de la Constancia de Inscripcin en el Captulo de Proveedor de Bienes del Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el OSCE, el mismo que estar vigente (no se aceptar voucher de pago o documentos en trmite o constancias suspendidas);

b) Declaracin Jurada de Compromiso conforme al Formato A;

c) Declaracin Jurada conforme al Formato B1;

d) Declaracin Jurada Servicio de Tercerizacin conforme al Formato C;

e) Declaracin Jurada de Cumplimiento de Trminos de Referencia y Anexos Adjuntos conforme al Formato D.9.1.3. La Propuesta Econmica deber contener la oferta econmica, de acuerdo al Anexo N 02.9.2 Todos los documentos que contengan informacin esencial sobre las propuestas se presentarn en idioma espaol o, en su defecto, acompaados de traduccin realizada por un traductor pblico juramentado, salvo el caso de la informacin complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, o cuando en las Especificaciones Tcnicas o Trminos de Referencia o Expediente Tcnico se consignen las caractersticas del bien, servicio u obra en otro idioma, en cuyos casos podrn ser presentadas en idioma de origen. El proveedor invitado ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.Toda informacin entregada por el proveedor invitado en su propuesta tendr carcter de declaracin jurada9.3 Sin perjuicio del principio de presuncin de veracidad, PETROPER S.A. se reserva el derecho de verificar lo informado en las propuestas. De advertirse informacin falsa o inexacta durante el proceso, se descalificar al proveedor invitado, sin que ello pueda dar derecho a los postores a demandar prdidas o intereses por los gastos en que hubieran podido incurrir como consecuencia de la preparacin y presentacin de las ofertas, de la constitucin de garantas o de cualquier otro concepto. De advertirse informacin falsa o inexacta durante la ejecucin contractual, PETROPER S.A. proceder conforme al numeral 10.14 del Reglamento.

9.4 Se otorgar un plazo no mayor a los dos (02) das hbiles contados desde el da siguiente de la notificacin para que el postor aclare o subsane el defecto. Sin perjuicio de ello, el proveedor invitado podr subsanar el defecto en el mismo acto de presentacin de documentos sin la necesidad de esperar la notificacin. Se dejar constancia de esta presentacin en el Acta correspondiente.

10.0 CONTRATO

10.1 Previo a la suscripcin del Contrato el proveedor elegido deber entregar:

10.1.1. Garanta de Fiel Cumplimiento

Deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del Monto Contractual y, tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del CONTRATISTA.

La garanta (Carta Fianza) ser endosada a nombre de Petrleos del Per - PETROPER S.A. - Operaciones Conchn, y deber ser emitida por una empresa autorizada y sujeta al mbito de la Superintendencia de Banca y Seguros. Asimismo, deber tener carcter incondicional, solidaria, irrevocable, de realizacin automtica, y sin beneficio de excusin, al solo requerimiento de PETROPER S.A., bajo responsabilidad de la entidad que la emite.

En principio podr aceptarse garantas cuyo vencimiento est previsto en la fecha de culminacin del Contrato, sin embargo en dicho caso el CONTRATISTA deber preocuparse de mantener actualizada la garanta hasta la aprobacin de la conformidad de recepcin de la prestacin, caso contrario se ejecutar la garanta al da siguiente de su vencimiento sin mayor trmite.

La Carta Fianza, en virtud de la realizacin automtica a primera solicitud, contendr un prrafo donde describa que la entidad emisora no opondr excusin alguna a la ejecucin de la garanta, limitndose a honrarla de inmediato dentro del plazo mximo de tres (03) das. Toda demora generar responsabilidad solidaria para el emisor de la garanta y para el CONTRATISTA, y dar lugar al pago de intereses en favor de PETROPER S.A., devengando la tasa mxima de inters convencional compensatorio y la tasa mxima de inters moratorio, permitidas por dispositivos legales para personas ajenas al sistema financiero. Los intereses y gastos sern calculados a partir de los tres (03) das posteriores a la fecha del requerimiento de ejecucin.

La garanta se devolver una vez que la recepcin de la prestacin a cargo del CONTRATISTA est aprobada.10.1.2. Carta Fianza de Cumplimiento de Obligaciones Labores

Previa a la suscripcin del Contrato, deber entregar una Carta Fianza de cumplimiento de obligaciones laborales, hasta por un monto equivalente al pago de dos (02) meses de remuneraciones y beneficios colaterales del personal asignado al servicio, con una vigencia hasta dos (02) meses posteriores a la culminacin del Contrato.

Cuando el CONTRATISTA incumpla sus obligaciones laborales, PETROPER S.A. le otorgar un plazo para que subsane el pago, de conformidad con el numeral 10.13 Reglamento. En caso de persistir el incumplimiento, independientemente de las acciones que correspondan, PETROPER S.A. ejecutar dicha Carta Fianza hasta el monto adeudado por el CONTRATISTA a su personal destacado al servicio por concepto de remuneraciones y beneficios colaterales.

En ese caso, PETROPER S.A. proceder al pago directo del monto que el CONTRATISTA adeuda a su personal en mencin, debiendo el CONTRATISTA presentar en un plazo no mayor a diez (10) das hbiles una nueva Carta Fianza por el mismo concepto y monto o ampliar la misma, segn corresponda, pudiendo el incumplimiento de su presentacin ser causal de resolucin del Contrato. Nota: El monto equivalente a la Fianza de Obligaciones Laborales ser determinado con la informacin consignada en los Trminos del Personal Desplazado que ser entregado previa a la firma del Contrato (Anexo N 01).10.1.3. Pliza de Responsabilidad Civil Extracontractual

El proveedor elegido contratar una Pliza de Responsabilidad Civil Extracontractual por un monto de US$ 1,000,000.00 (Un Milln con 00/100 Dlares Americanos), que cubra los daos corporales, materiales y ambientales que el CONTRATISTA ocasione a terceras personas como consecuencia de la ejecucin del presente Contrato. Para efectos de la presente pliza se considerarn como terceros los bienes y personal de PETROPER S.A.

La pliza de seguro se presentar en original, con una copia del comprobante de pago debidamente cancelado, endosada a nombre de Petrleos del Per PETROPER S.A., con una vigencia hasta la recepcin y conformidad final del Contrato, y deber ser emitida por una Compaa de Seguros sujeta al mbito de la Superintendencia de Banca y Seguros.

Asimismo, el CONTRATISTA deber adjuntar copia simple del comprobante de pago de la citada Pliza donde se verifique la validez de la misma.

En el caso que la pliza de seguro resultara insuficiente o no pueda ejecutarse por cualquier motivo, el CONTRATISTA asumir directamente el pago de las indemnizaciones a terceras personas, as como a PETROPER S.A. y a su personal.La Pliza de Seguro deber contar, como mnimo, con las siguientes coberturas:

- Uso de gras, montacargas y equipos de trabajo y transporte dentro de predios.

- Contaminacin accidental, sbita e imprevista, incluye los daos al ambiente.

- Contratistas y subcontratistas independientes. - Uso de vehculos propios y no propios dentro de predios.

- Incendio, explosin, daos por agua, daos por humo.

- Responsabilidad Civil Cruzada. - Responsabilidad Civil Patronal en exceso de los seguros obligatorios por ley.

- Propiedades adyacentes de terceros.

- Servicios Subterrneas - Respecto de prdidas o daos a cables y/o conductos existentes u otros servicios.

Con relacin a que la pliza de seguro est endosada a nombre de Petrleos del Per - PETROPER S.A., precisamos que esta condicin slo aplica a los seguros patrimoniales, en el caso de que los activos asegurados sean de nuestra propiedad, a fin de que la indemnizacin sea directamente a favor de PETROPER.10.1.4. Constancia Vigente de No estar Inhabilitado para contratar con el Estado (en el caso de Consorcio, de cada una de los miembros)10.1.5. Fotocopia Simple de: (en el caso de Consorcio, de cada una de los miembros)

a) Registro nico de Contribuyente del proveedor elegido (RUC). b) Documento de identidad vigente del proveedor elegido o de su Representante Legal.

10.1.6. Documento Original de: (en el caso de Consorcio, de cada una de los miembros)

a) Copia certificada de la Ficha de Inscripcin del proveedor elegido, expedida por el Registro de Personas Jurdicas de los Registros Pblicos.

b) Vigencia de Poder, expedido por el Registro de Mandatos y Poderes de los Registros Pblicos, correspondiente a la(s) persona(s) que va(n) a suscribir el Contrato (Orden de Trabajo a Terceros), debiendo indicar la facultad para suscribir Contratos.

En caso de que los Poderes sean revocados, se haya extinguido, se haya sustituido la representacin (149, 157 y 158 del Cdigo Civil), se deber hacer de conocimiento a PETROPER S.A., mediante el documento correspondiente.

Estos documentos deben haber sido expedidos por la SUNARP dentro de los treinta (30) das anteriores a la fecha de su presentacin.

10.1.7. Copia simple del documento que acredite estar inscrito en el libro de subcontratistas de servicios petroleros del Registro Pblico de Hidrocarburos de la SUNARP, para brindar servicios de reparacin y mantenimiento de instalaciones y equipos en refineras de petrleo.Se tendr en consideracin lo dispuesto en el numeral 6.1.3 de la Directiva N 003-2003/CONSUCODE/PRE, que seala:En los procesos de seleccin cuyo objeto requiera la participacin de empresas que realicen actividades [] regulada[s], los integrantes del consorcio que en la relacin interna [Promesa Formal de Consorcio Formato D] se hayan obligado a ejecutar conjuntamente dicha actividad, debern contar con las autorizaciones y cumplir los requisitos que disponga la Ley de la materia.

De otro lado, las partes del consorcio que en la relacin interna no se hayan obligado a ejecutar efectivamente actividades [] regulada[s], no necesitarn presentar las autorizaciones ni cumplir los requisitos indicados10.1.8. Referidos al personal que ejecutar el Servicio: Curriculum Vitae del Ingeniero Residente de Servicio, de acuerdo al Formato N 01,

El personal, deber cumplir con el respectivo Perfil sealado en el Anexo N6, acreditado con copia simple de Constancias, Certificados u otros documentos sustentatorios. Currculum Vitae del Supervisor de Seguridad Industrial y Proteccin Ambiental de acuerdo a la estructura del Formato N 01.El personal, deber cumplir con el respectivo Perfil sealado en el Anexo N6, acreditado con copia simple de Constancias, Certificados u otros documentos sustentatorios.La Unidad Proyectos verificar y aprobar el cumplimiento de los requisitos tcnicos mnimos del personal. Si el profesional propuesto no cumpliera con el perfil respectivo, el proveedor elegido propondr otro de igual o mayor categora, caso contrario no podr suscribir el Contrato.

Tener en consideracin lo dispuesto en el Numeral 10.14 del Reglamento.10.1.9. Referidos a la Ejecucin del Servicio:

a) El CONTRATISTA deber presentar sus Planes de Gestin para el buen desarrollo del Servicio: Alcance, Tiempo, Costos, Calidad, Recursos Humanos, Comunicaciones, Asimismo deber presentar sus Procedimientos de Trabajo por cada actividad a realizarse.

PETROPERU S.A. proveer la matriz de control operacional para monitoreo de los aspectos ambientales significativos que genere el presente Servicio.

b) Anlisis de Precios Unitarios de cada partida de su oferta econmica, usando el software S10, versin 2003 y Excel.

c) Cronograma de actividades de la prestacin (Plan de Gestin de Tiempo), programado a travs de los mtodos PERT-CPM, usando la herramienta informtica: MS Project 2007.

Todos los documentos de los literales a), b) y c) precedentes debern presentarse impresos y grabados en un CD o USB (en formatos editables), los cuales sern revisados y aprobados por la Unidad Proyectos del Dpto. TcnicoSi el Postor ganador de la Buena Pro, incumple con entregar todos los documentos solicitados para la suscripcin del Contrato, perder la Buena Pro y PETROPERU S.A. informar al OSCE para la aplicacin de las sanciones que correspondan.

10.2 Dentro de los cinco (05) das de consentida la Buena Pro, PETROPER S.A. citar al proveedor elegido otorgndole un plazo de cinco (05) das hbiles para entregar los documentos indicados en el numeral 10.1 precedente. Este plazo podr ser ampliado segn criterio de PETROPER S.A.

10.3 Cuando el proveedor elegido no se presente a suscribir el Contrato dentro del plazo otorgado o se niegue injustificadamente a recibir la Orden de Trabajo a Terceros y/o Contrato, perder automticamente la Buena Pro, sin perjuicio de la sancin administrativa aplicable.

10.4 Una vez cumplido con lo indicado en el numeral 10.2 de las Bases Administrativas, PETROPER S.A. suscribir el Contrato respectivo dentro del plazo de diez (10) das hbiles. Si el proveedor elegido no suscribe el Contrato dentro del plazo indicado perder la Buena Pro y PETROPER S.A. ejecutar y tramitar el honramiento de las garantas respectivas, procedindose seguidamente, segn lo indicado en el numeral anterior.

10.5 En los casos mencionados en los numerales 10.3 y 10.4 de las Bases Administrativas, PETROPER S.A. citar al proveedor elegido que ocup el siguiente lugar de acuerdo a lo previsto en el Reglamento y siguiendo el mismo procedimiento. Si ste no suscribe el Contrato, PETROPER S.A. declarar desierto el proceso de seleccin, sin perjuicio de la sancin administrativa aplicable.

11.0 INICIO DEL SERVICIO

Una vez suscrito el Contrato por ambas partes, PETROPERU S.A. dentro de los diez (10) das calendarios siguientes deber hacer entrega del terreno donde se ejecutar el servicio.

Asimismo, el CONTRATISTA cuenta con el plazo de diez (10) das calendario contados a partir de suscrito el Contrato para presentar su MS-Project 2007 consignando en el mismo, el calendario de avance del servicio completo y detallado incluido los recursos y rendimientos.

Este ltimo plazo estar sujeto a penalidad, de acuerdo al cuadro del numeral 17.2 de las Bases Administrativas.

12.0 CONDICIN PREVIA PARA REALIZAR TRABAJOS

Previo al inicio del servicio y cada vez que sea necesario, el CONTRATISTA solicitar a la Unidad Logstica la aprobacin de la Programacin de su personal, para tal efecto presentar los siguientes documentos:

a) Copia(s) del(los) contrato(s) y del comprobante de pago de los aportes del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR)(, celebrados con:

Seguro Social de Salud-EsSalud o una Entidad Promotora de Salud-EPS, con los que se acrediten la contratacin y vigencia de la cobertura de prestaciones de salud.

Oficina de Normalizacin Previsional-ONP o una Compaa de Seguros, con los que se acrediten la contratacin y vigencia de la cobertura de invalidez y sepelio.

b) Presentar el Certificado de Aptitud Laboral (resultados del Examen Mdico Ocupacional garantiza la ausencia de enfermedades contagiosas que puedan comprometer la salud del personal) del personal que va ejecutar el servicio, emitido por centros mdicos autorizados. El CONTRATISTA solicitar al rea mdica de Recursos Humanos de Operaciones Conchn el protocolo de examen mdico ocupacional que deben realizar los trabajadores, acorde con el riesgo a que estn expuestos en sus labores.c) Matriz de Identificacin de Peligros y Evaluacin de Riesgos (IPER), segn metodologa propia del contratista o la utilizada en Operaciones Conchn.d) Procedimientos de trabajo Seguro.

e) Asistir a las charlas de Induccin (duracin 4 horas) a cargo de Unidad Proyectos y la Unidad de Seguridad, las cuales se dictan los das martes jueves de 8 a 12 del da. La asistencia a la induccin tendr la validez de un ao.f) En caso de renuncia o retiro por fuerza mayor del personal designado para la ejecucin del Servicio, ste deber ser reemplazado por otro equivalente o superior en experiencia. PETROPER S.A. se reserva el derecho de rechazar al personal, que a su juicio considere no idneo.g) Certificado original de antecedentes policiales, vigentes de la totalidad del personal que ejecutar el servicio, de ser el caso (este requisito estar sujeto a la Circular N GOPC-0007-2008 de fecha 15.09.2008, emitida por la Gerencia de Operaciones Conchn).h) Aprobar el Examen de Permiso de Trabajo.

Las reas encargadas de Operaciones Conchn previa verificacin aprobarn la(s) programacin(es) respectiva(s).

De requerirse adicionalmente de necesidades de programacin de personal se realizara asimismo con la antelacin adecuada la tramitacin de la misma documentacin sealada.

La falta de programacin de personal que origine demoras en la ejecucin de los trabajos coordinados ser objeto de sancin econmica de acuerdo a lo establecido en el rubro de penalidades.13.0 FORMA DE PAGO

1. Valorizacin(es).- El CONTRATISTA presentar mensualmente al Departamento Tcnico de Operaciones Conchn, su(s) valorizacin(es) consistente en la cuantificacin econmica del avance fsico de la prestacin en funcin a las partidas y precios unitarios contractuales conforme la estructura del Anexo N 02, y de ser el caso, adjuntando los documentos que amparen los servicios realmente prestados,.Sobre stos documentos el Departamento Tcnico dar su conformidad y aprobar la valorizacin en un plazo que no exceder los diez (10) das naturales de ser stos recibidos, siempre que los encuentre conformes, caso contrario sern devueltos al CONTRATISTA para su respectiva subsanacin, rigiendo el plazo a partir de la fecha de su correcta presentacin.2. Facturacin y Plazo para pagos.- Otorgada la conformidad, el CONTRATISTA presentar en la Oficina de Trmite Documentario su(s) Factura(s) con su debida Acta de Conformidad emitida por el Dpto. Tcnico. En el caso de entrega de los equipos deber adicionar la gua de remisin. En consecuencia, con los documentos firmados Recibido Conforme. La Unidad Contabilidad efectuar el pago a los diez (10) das calendarios posteriores a la presentacin de la factura.3. Deducciones.- PETROPERU S.A. cobrar al CONTRATISTA los gastos en que pudiera incurrir, para cubrir las acciones u omisiones del CONTRATISTA por incumplimiento de sus obligaciones contractuales referidos a la inejecucin de las prestaciones ofertadas en su propuesta, realizando la deduccin con posterioridad a la sustentacin de los gastos efectuados; sin perjuicio de las acciones legales previstas para la solucin de las controversias que pudieran surgir.4. Adelantos.- El CONTRATISTA podr solicitar a PETROPER S.A., un adelanto en efectivo, hasta un mximo de veinte (20%) del monto del Contrato, para ello, el CONTRATISTA previamente deber entregar a PETROPER S.A. una garanta emitida por idntico monto y un plazo mnimo de vigencia de seis (6) meses, el mismo que deber renovarse por periodos trimestrales por el monto pendiente de amortizar, hasta la cancelacin total del adelanto otorgado.

El CONTRATISTA, mediante escrito simple, una vez firmado el Contrato, solicitar a la Unidad Proyectos del Departamento Tcnico, el adelanto adjuntando la carta fianza a efectos de constituir la garanta indicada precedentemente. El inicio de la prestacin del servicio y su desarrollo, no estar condicionado al pago del adelanto.

La carta fianza a presentar, deber cumplir con los requisitos sealados en el numeral 10.1.1 de las Bases Administrativas, a excepcin de la vigencia de la misma, que ser de un mnimo de seis (6) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar. El CONTRATISTA deber preocuparse de mantener actualizada la garanta hasta la amortizacin total del adelanto, caso contrario se ejecutar la garanta al da siguiente de su vencimiento sin mayor trmite.

La amortizacin de los adelantos se har mediante descuentos proporcionales en cada uno de los pagos parciales que se efecten al CONTRATISTA por la ejecucin de la o las prestaciones a su cargo.

Una vez cancelado el adelanto, el CONTRATISTA podr solicitar mediante escrito simple dirigido a la Unidad Proyectos la devolucin de la garanta que se constituy para dicho fin. PETROPER S.A., luego de verificar la cancelacin del adelanto proceder a la devolucin, segn sea el caso, de la carta fianza o pliza de caucin.14.0 AMPLIACIN DEL PLAZO CONTRACTUAL

El CONTRATISTA podr solicitar la ampliacin de plazo contractual por las siguientes causales, siempre que modifiquen el Calendario de Ejecucin (Ruta Crtica) vigente:

a. Cuando se apruebe prestaciones adicionales, siempre y cuando afecte el plazo.

b. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al CONTRATISTA.

c. Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad.

d. Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados.

El Artculo 1315 del Cdigo Civil los define como eventos extraordinarios, imprevisibles e irresistibles que impiden la ejecucin de una obligacin; tales eventos deben reunir las tres caractersticas para configurarse. Ejemplo: terremotos, inundaciones, incendios, cataclismos, maremotos, tornados, huracanes, lluvias excesivas, etc.

Las actividades que modifican el Calendario de ejecucin, son aquellas incluidas en la denominada Ruta Crtica. La Ruta Crtica es la secuencia de actividades que no tiene holguras, dado que si ocurre atraso en UNA de las actividades de esta Ruta, se atrasa TODO el proyecto, afectndose el calendario contractual.

14.1 Procedimiento para la Ampliacin de Plazo

14.1.1. Para que proceda una ampliacin de plazo de conformidad con lo descrito en los prrafos precedentes, durante la ocurrencia de la causal, el CONTRATISTA, por intermedio de su Ingeniero Residente de Servicio, deber anotar en el Cuaderno de Servicio las circunstancias que a su criterio ameriten ampliacin de plazo. Dentro de los siete (7) das calendario siguientes de concluido el hecho invocado, el CONTRATISTA o su representante legal solicitar, cuantificar y sustentar su solicitud de ampliacin de plazo ante el inspector o supervisor, bajo la siguiente estructura:

Solicitud expresa de la prrroga (causal, fecha de inicio y trmino, etc.)

Sustentacin de cada una de las causales (fotografas, recortes de diarios, etc.)

Cuantificacin de cada una de las causales (determinacin analtica de la cantidad de das de ampliacin de plazo)

En caso que el hecho invocado pudiera superar el plazo vigente de ejecucin contractual, la solicitud se efectuar antes del vencimiento del mismo.

14.1.2. Cumplidos satisfactoriamente los requisitos precedentes, PETROPERU S.A. resolver sobre dicha ampliacin en un plazo mximo de quince (15) das calendario contados desde el da siguiente de presentada la solicitud.

De no emitirse pronunciamiento alguno dentro de los plazos sealados, se considerar ampliado el plazo, bajo responsabilidad de PETROPERU S.A.

En los primeros das del plazo sealado, el inspector o supervisor emitir un informe en base a la justificacin sustentada del CONTRATISTA, manifestando su opinin sobre la solicitud de ampliacin de plazo y, de ser el caso, realizar las gestiones respectivas para su aprobacin ante los niveles respectivos. El informe preferentemente seguir la siguiente estructura:

Antecedentes (cronologa de las ocurrencias de la causal). Anlisis (evaluacin tcnica-legal de la solicitud). Conclusiones y Recomendaciones (determinacin de la prrroga, etc.). Anexos (asientos, Cuaderno de Servicio, etc.).14.1.3. La ampliacin de plazo obliga al CONTRATISTA a presentar al inspector o supervisor, en un plazo que no exceder de cinco (5) das calendario contados a partir del da siguiente de la fecha de notificacin al CONTRATISTA o desde la fecha de haberse producido la aprobacin tcita, el Calendario de Ejecucin actualizado, considerando para ello slo las partidas que se han visto afectadas y en armona con la ampliacin de plazo concedida.

El inspector o supervisor analizar si el citado calendario ha sido formulado tcnica y lgicamente. Evaluado el Calendario de Ejecucin, con los reajustes concordados con el Ingeniero Residente de Servicio, el inspector o supervisor remitir su informe a PETROPERU S.A. en un plazo mximo de cinco (5) das calendario, contados a partir de la recepcin del nuevo calendario presentado por el CONTRATISTA.

En un plazo no mayor de siete (7) das calendario, contados a partir del da siguiente de la recepcin del informe del inspector o supervisor, PETROPERU S.A. se pronunciar sobre dicho Calendario de Ejecucin, el mismo que una vez aprobado, reemplazar en todos sus efectos al anterior. De no pronunciarse PETROPERU S.A. en el plazo sealado, se tendr por aprobado el Calendario de Ejecucin presentado por el CONTRATISTA.

Cualquier controversia relacionada con la ampliacin del plazo podr dar lugar a la interposicin de recurso de reconsideracin dentro de los quince (15) das calendarios posteriores a la comunicacin de PETROPERU S.A.

14.1.4. En tanto se trate de causales de la misma naturaleza que sean repetitivas, se anotar en el Cuaderno de Servicio los atrasos parciales y al trmino de las mismas se formular la ampliacin de plazo.

14.2 Efectos de la modificacin del plazo contractual

14.2.1. Las ampliaciones de plazo darn lugar a la extensin de las garantas por parte del CONTRATISTA y al pago de gastos generales por parte de PETROPERU S.A., excepto cuando la ampliacin de plazo provenga de prestaciones adicionales. Igualmente el calendario deber ser reprogramado

14.2.2. En el caso que la ampliacin de plazo sea generada por paralizacin del servicio por causas no atribuibles al CONTRATISTA, slo dar lugar al pago de mayores gastos generales debidamente acreditados. En virtud de la ampliacin otorgada, PETROPERU S.A. ampliar el plazo de los otros contratos vigentes (supervisin), vinculados directamente al contrato principal.

14.3 Clculo de Mayores Gastos Generales

Los Mayores Gastos Generales se calculan de la siguiente manera:

Mayores G.Gn.=P x[G.Gn. Var.] .

[Plazo Contractual]

Dnde:

Mayores G.Gn.:Mayores Gastos Generales (sin IGV) a ser reconocidos al CONTRATISTA, por el N de das de ampliacin de plazo.

P:N de das de ampliacin de plazo

Plazo Contractual:N de das del Plazo Contractual (este dato no se modifica as existan ampliaciones de plazo)

G.Gn. Var.:Gastos Generales Variables (es decir, directamente relacionados con el tiempo de ejecucin de la prestacin)

En el supuesto que las reducciones de prestaciones afecten el plazo contractual, los gastos generales se recalcularn conforme a lo establecido en los prrafos precedentes.

15.0 SUBCONTRATACION

El CONTRATISTA podr subcontratar con terceros previa autorizacin expresa de PETROPERU S.A.

15.1.1. Requisitos para que proceda la subcontratacin:

Que PETROPERU S.A. apruebe por escrito y de manera previa a travs de su Jefatura del Dpto. Tcnico y dentro de los cinco (5) das hbiles de formulado el pedido. Si transcurrido dicho plazo PETROPERU S.A. no comunicase su respuesta, se considerar que el pedido ha sido aprobado;

Que en el caso de contratistas extranjeros, stos se comprometan a brindar capacitacin y transferencia de tecnologa a los subcontratistas nacionales; y

Que el subcontratista se encuentre inscrito en el Registro Nacional de Proveedores y no est suspendido o inhabilitado para contratar con el Estado;

15.1.2. Responsabilidad en la subcontratacin

Aun cuando el CONTRATISTA haya subcontratado, conforme a lo indicado precedentemente, es el nico responsable de la ejecucin total del contrato frente a PETROPERU S.A. Las obligaciones y responsabilidades derivadas de la subcontratacin son ajenas a PETROPERU S.A. No obstante, el subcontratista que incumpla sus obligaciones ser sancionado por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

La subcontratacin no generar relacin alguna entre el subcontratista y PETROPERU S.A., por tanto, no cabe que el subcontratista se dirija a PETROPERU S.A. para reclamar respecto de algn tema relacionado a la ejecucin del Contrato.

15.1.3. Trmite a seguir para una subcontratacin

El procedimiento que debe seguirse para efectuar la subcontratacin es el siguiente:

El CONTRATISTA remite una solicitud al Dpto. Tcnico, a travs del supervisor de contacto de PETROPERU S.A., por la cual:

Solicita autorizacin para subcontratar, proponiendo a la subcontratista y adjuntando su currculum.

Indica las prestaciones que van a ser subcontratadas.

A la solicitud mencionada en el prrafo anterior se adjuntar una Copia simple del Certificado de Inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y declaracin jurada del subcontratista indicando que no est inhabilitado para contratar con el Estado.

Se notifica la autorizacin o rechazo al CONTRATISTA.

Si se acepta al subcontratista ste debe presentar la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El CONTRATISTA deber subcontratar parte de las prestaciones a su cargo en las mismas condiciones y responsabilidades del Contrato.

16.0 SUPERVISIN DEL SERVICIO

Para controlar la buena ejecucin de la Prestacin, PETROPERU S.A. designar o contratar a un Supervisor (propio o tercero) durante toda la ejecucin contractual, el cual de requerirlo contar con el apoyo de personal especializado, a quien el CONTRATISTA deber otorgar las ms amplias facilidades para el desarrollo de sus funciones, obligndose a suministrarle la informacin y documentacin que requiera, as como la implementacin de un ambiente y mobiliario adecuado para el desarrollo de sus funciones, durante el Montaje de los Tanques.

En caso el servicio de la supervisin se extienda ms all del plazo contractual de la prestacin, por causas imputables al CONTRATISTA, ste asumir el pago del monto de los servicios indicados. En este caso el monto de honorarios del supervisor se descontar de la(s) valorizacin(es) del CONTRATISTA.

17.0 PENALIDADES17.1 En caso de retraso injustificado de las prestaciones objeto del Contrato, PETROPERU S.A. aplicar al CONTRATISTA una penalidad por mora por cada da de atraso hasta un monto mximo del diez por ciento (10%) del monto contractual, incluyendo los adicionales y/o reducciones, o de ser el caso, del tem, tramo, etapa o lote que debi ejecutarse o de la prestacin parcial en el caso de ejecucin peridica. Esta penalidad ser deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidacin final, o si fuese necesario se cobrar del monto resultante de la ejecucin de las garantas de fiel cumplimiento. La penalidad ser aplicada automticamente y se calcular de acuerdo a la siguiente frmula:

Penalidad diaria = (0.10 X Monto) / (F X plazo en das)

Para plazos mayores a (60) das:F = 0.25

17.2 En virtud del ltimo prrafo del numeral 10.10 del Reglamento, PETROPERU S.A. podr aplicar multas por infracciones a las siguientes obligaciones contractuales:

InfraccinIncumplimiento injustificado de la Obligacin Contractual siguiente:Multa

001*Mal estado o falta de maquinarias y equipos especificados, herramientas en condiciones deficientes de operacin.0.50 UIT

002*Falta de medios de comunicacin (celulares a prueba de explosin operativos).0.50 UIT

003*Falta de Implementos de Seguridad (EPP segn corresponda: Ropa de trabajo, botines, casco, guantes, etc.).0.50 UIT

004*Por cambio de personal especializado sin conocimiento ni autorizacin escrita de PETROPERU S.A.1.00 UIT

005*Por sub-Contratar sin autorizacin de PETROPERU.1.00 UIT

006*Por ausencia o falta del Personal Responsable en el lugar de trabajo o realizar actividades distintas a las obligaciones contractuales contradas para la presente obra.1.00 UIT

007Falta de limpieza y orden en el rea de trabajo.0.50 UIT

008Intento de utilizar Materiales no autorizados por PETROPERU, o de incumplimiento de las Especificaciones Tcnicas1.00 UIT

009Si en la semana siguiente de entregada la obra/servicio existen residuos en el rea de trabajo, sern eliminados por PETROPERU y ser descontado en la liquidacin0.50UIT

010*Retiro, Cambio o Falta de Extintor Vigente y Operativo en el Lugar de Trabajo.0.50UIT

011*Trabajar sin Permiso de Trabajo vigente o la alteracin de los mismos.0.50 UIT

012Por no tener el cuaderno de obra a inicio del proyecto o prdida del mismo.0.50 UIT

013*Por cada boleta ambiental/seguridad o Reporte de No Conformidad de Calidad, Ambiente o Seguridad colocada a Unidad Proyectos a causa del Contratista.0.50 UIT

014*Por sustraccin de bienes de Petroper o Terceros.1.00 UIT

015*Por ingresar y usar una cmara fotogrfica celular no autorizado en la zona de trabajos1.00 UIT

016*Por utilizar facilidades o recursos de Petroper sin autorizacin (agua, energa elctrica)0.50 UIT

017Por no informar el ingreso de nuevo personal para recibir la charla de induccin / Permitir trabajar al personal bajo su mando, sin haber recibido induccin0.50 UIT

018*Si durante una inspeccin inopinada se detectara el uso de equipos y/o accesorios de tipo artesanal o no especificados.0.50 UIT

Dnde: UIT, es la Unidad Impositiva Tributaria vigente a la aplicacin de la penalidad.

Nota: Aplicacin de penalidad directa sin advertencia. (*)

1. El procedimiento para la aplicacin de las multas es la siguiente:

Ante la infraccin del CONTRATISTA, el supervisor de PETROPERU S.A. la reportar directamente al Ingeniero Residente designado por el CONTRATISTA, para que subsane el incumplimiento.

De persistir dicho incumplimiento, se impondr la multa correspondiente y asentar en el Cuaderno de Servicio, de ser el caso.

En caso el CONTRATISTA, pese haber sido multado, no subsanara el incumplimiento, PETROPERU S.A. podr resolver el Contrato conforme al numeral 10.11 del Reglamento.2. Toda infraccin debe ser subsanada en el momento o da de su ocurrencia, de ser el caso.

3. Una vez que el Ingeniero Residente tome conocimiento de la infraccin cometida, la multa se har efectiva dentro de los diez (10) das hbiles siguientes a este hecho, la misma que ser descontada en su facturacin ms prxima.

4. Si despus de detectada la falta esta prosiguiera, no se otorgar el permiso de trabajo hasta que esta sea subsanada, en tanto, esta demora ser contabilizada como parte del plazo de ejecucin y tomada en cuenta para efectos de mora.

5. La sustraccin de bienes por parte del personal del CONTRATISTA, llevar a tomar las acciones legales pertinentes, pudiendo PETROPERU S.A. resolver el Contrato segn la participacin del CONTRATISTA

18.0 RESOLUCION DEL CONTRATOCualquiera de las partes puede resolver el Contrato por el incumplimiento de la otra.

PETROPERU S.A. podr resolver el Contrato por las infracciones sealadas en el numeral 17.2 precedente, en caso no subsane o levante las observaciones, y/o cuando el CONTRATISTA:

a) Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para corregir tal situacin;

b) Haya acumulado el monto mximo de la penalidad; y/o,

c) Paralice o reduzca injustificadamente la ejecucin de la prestacin, pese a haber sido requerido para corregir tal situacin.

La resolucin del Contrato por incumplimiento del CONTRATISTA se comunicar al OSCE para las acciones pertinentes.

El CONTRATISTA podr resolver el Contrato cuando PETROPERU S.A. incumpla injustificadamente sus obligaciones esenciales, contempladas en las Bases o en el Contrato, pese haber sido requerida para corregir tal situacin.

Asimismo, las partes, o cualquiera de ellas, podrn resolver el Contrato por caso fortuito o fuerza mayor.

19.0 SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIN CONTRACTUAL

Conforme al numeral 11 del Reglamento, las controversias que surjan entre las partes desde la suscripcin del Contrato, sobre su ejecucin, interpretacin, resolucin, nulidad, inexistencia, ineficacia o invalidez, se resolvern mediante Conciliacin o Arbitraje, segn el acuerdo de las partes, debiendo solicitarse el inicio de estos procedimientos en cualquier momento anterior a la culminacin del Contrato. En caso el Contrato sea resuelto o PETROPERU S.A. declare nulidad, el plazo para interponer conciliacin y/o arbitraje ser de diez (15) das hbiles de notificada tal decisin. Estos plazos son de caducidad.

Si las partes optaron por el procedimiento de conciliacin de manera previa al arbitraje, ste deber iniciarse dentro de un plazo de caducidad de quince (15) das hbiles siguientes de emitida el Acta de no Acuerdo Total o Parcial para resolver las diferencias no resultas. El arbitraje ser de derecho y ser resulto por un rbitro nico o Tribunal Arbitral, segn acuerdo de las partes, de no darse tal acuerdo la controversia ser resuelta por rbitro nico.

El procedimiento de conciliacin deber iniciarse ante un Centro de Conciliacin acreditado por el Ministerio de Justicia.

En los procedimientos de Conciliacin y Arbitraje ser de aplicacin lo establecido en la normatividad de contrataciones del Estado.

20.0 PROTECCION LABORAL A TERCEROS

20.1 Personal de la CONTRATISTA:

El CONTRATISTA proporcionar para la ejecucin de los trabajos el personal, los equipos, las herramientas, etc., por su cuenta y responsabilidad, asumiendo todas las responsabilidades inherentes a su personal, el cual depender exclusivamente de aqul y respecto del cual PETROPERU S.A. no tiene relacin laboral alguna.

20.2 Pago al personal de la CONTRATISTA:

El CONTRATISTA es el nico responsable del pago ntegro de los sueldos, beneficios, vacaciones, gratificaciones, compensacin por tiempo de servicios (CTS), aportes al SNP SPP y dems beneficios sociales en general, de ser el caso y sin excepcin alguna, correspondientes a cada uno de los trabajadores que decidi contratar, a efectos de cumplir con el objeto del Contrato. PETROPERU S.A. no se responsabilizar por ninguno de estos conceptos.

Los pagos a su personal y dems obligaciones sociales, debern ser efectuados por el CONTRATISTA dentro de los plazos establecidos en la legislacin vigente para cada uno de ellos. Dichos pagos estarn a cargo del CONTRATISTA, no siendo transferibles a PETROPERU S.A; teniendo el CONTRATISTA la obligacin de provisionar los montos de acuerdo a los costos y porcentajes de su Propuesta Econmica. PETROPERU S.A. cancelar las valorizaciones que corresponda, previa acreditacin de haber realizado el pago de remuneraciones y dems obligaciones sociales a su personal.

El CONTRATISTA tiene la obligacin de presentar a PETROPERU S.A. (a su requerimiento), todos los documentos que acrediten los pagos a sus trabajadores que laboren en forma fija o eventual en la prestacin del servicio. Asimismo, en caso PETROPERU S.A. lo requiera, el CONTRATISTA facilitar el acceso a las planillas de remuneraciones, boletas de pago y aportes sociales, a travs de uno o ms Supervisores de PETROPERU S.A., para verificar el cumplimiento de las obligaciones con su personal.

20.3 Seguros:

El CONTRATISTA es responsable de cualquier dao que pueda sufrir el personal a su cargo, que interviene en la ejecucin del servicio, para lo cual debe contar con los seguros pertinentes, que establecen las leyes y el Contrato, quedando liberado PETROPERU S.A. de cualquier responsabilidad.

El personal del CONTRATISTA deber estar inscrito obligatoriamente en el Seguro Complementario Trabajo de Riesgo (SCTR), tanto en la cobertura de salud (ESSALUD o EPS) como en la de invalidez, sobrevivencia y sepelio (ONP y Empresas de Seguro debidamente acreditadas), para lo cual debern contar con las respectivas plizas de seguro. Estas plizas debern tener validez para todas las reas involucradas en el Contrato. Es obligacin del CONTRATISTA presentar antes de iniciar la ejecucin del Contrato, copia de la pliza del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) emitida por la ONP o una compaa de Seguros y copia de la Ficha de Afiliacin al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo Salud, emitida por ESSALUD o EPS.

20.4 Inexistencia de relacin laboral:

Las partes contratantes dejan constancia expresa que, el Contrato suscrito es de naturaleza civil, y que no existe relacin laboral entre PETROPERU S.A. y el CONTRATISTA, ni entre PETROPERU S.A. y el personal del CONTRATISTA y/o SUBCONTRATISTA si lo hubiera, el cual depender exclusivamente del CONTRATISTA.

20.5 Condicionamiento del Pago de las valorizaciones:

El pago de las valorizaciones parciales y/o final estar supeditado a la acreditacin previa por parte del CONTRATISTA del pago de los sueldos, salarios y dems beneficios sociales que de acuerdo a la legislacin laboral vigente les corresponden a sus trabajadores que intervienen en la prestacin del servicio.

A efectos de que sea posible la acreditacin del pago de los derechos laborales y dems beneficios sociales de los trabajadores, el CONTRATISTA deber presentar (a menos que PETROPERU S.A. manifieste lo contrario) adjunto a su factura los siguientes documentos:

a) Copia de la Planilla de Remuneraciones de los Trabajadores, que acredite el pago de sus sueldos y dems beneficios sociales.

b) Las boletas de pago de todo el personal comprendido en el servicio, con indicacin expresa del pago por concepto de sueldo o salario y dems beneficios y contribuciones sociales que seale la normatividad vigente y que se deriven de la propuesta del CONTRATISTA.

c) Las constancias de pago por concepto de aportaciones a ESSALUD, SPP o el Sistema Nacional de Pensiones, CTS y Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) u otra obligacin que exista o se cree, del personal que presta el servicio.

En caso de que el CONTRATISTA no cumpla con adjuntar a su valorizacin la documentacin antes indicada, la valorizacin le ser devuelta, y el plazo para la aprobacin de la misma por la dependencia correspondiente, empezar a contabilizarse desde la fecha de subsanacin de las observaciones formuladas, siendo de su responsabilidad el oportuno pago de su personal.

20.6 Condicin para Resolucin

En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales, PETROPERU S.A. requerir va notarial, el cumplimiento de la obligacin contractual a cargo del CONTRATISTA. De persistir dicho incumplimiento PETROPERU S.A. remitir carta notarial resolviendo el Contrato, procediendo la ejecucin de las garantas otorgadas por el CONTRATISTA.

20.7 Distincin respecto a la Intermediacin Laboral:

El Contrato que se suscribir derivado del presente Proceso de Contratacin no constituye un contrato de Intermediacin Laboral, no siendo aplicable lo dispuesto en la Ley N 27626 (Ley que regula la actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores) ni el Decreto Supremo N 003-2002-TR

21.0 NORMAS DE SEGURIDAD

Cumplimiento del Manual de Normas Bsicas de Seguridad, Salud en el Trabajo y Proteccin Ambiental para Contratistas (M-040)

Todo personal del CONTRATISTA dentro de las instalaciones de PETROPER S.A., estar dotado de los implementos de seguridad normados y en buen estado de conservacin durante la vigencia del Contrato (segn corresponda: botines, guantes, casco de color verde, protectores buco nasales para partculas de polvo o vapores orgnicos, caretas, anteojos, protectores de odos, mscaras con filtro, correas de seguridad tipo Arns, linea de vida, etc.); as como, las herramientas personales y equipos a prueba de explosin para desarrollar sus actividades, el personal deber presentarse adecuadamente vestido.

a) Antes de iniciar la obra o servicio, el CONTRATISTA deber presentar una matriz (IPER) de identificacin de peligros, evaluacin de riesgos y determinacin de controles asociados al proyecto y ubicacin.

b) El CONTRATISTA est obligado a tener un Extintor con certificacin U.L. de 30 lb. con revisin vigente que deber ser aprobado por la Unidad de Seguridad de Operaciones Conchn. Deber participar de las prcticas contra incendio llevando su propio extintor.

c) El personal del CONTRATISTA est obligado a cumplir con las normas de seguridad contempladas en la Ley N29783, Ley de la Seguridad y Salud en el Trabajo, su Reglamento (Decreto Supremo N 005-2012-TR) y el Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos (Decreto Supremo N043-2007-EM).

d) Es obligatorio el cumplimiento de las disposiciones contempladas en el Manual de Normas Bsicas de Seguridad, Salud en el Trabajo y Proteccin Ambiental para Contratistas (M-040)

e) Dentro de las instalaciones de PETROPER S.A. est terminantemente prohibido el uso de telfonos celulares, excepto los telfonos de trabajo (NEXTEL intrnsecamente seguro).

f) El CONTRATISTA ingresar a Operaciones Conchn todas sus herramientas, equipos, insumos y/o materiales a travs de la puerta N 2 (Puerta de Ingreso de Contratistas, situado frente al peaje) registrando cada uno de ellos en el Formato de Registro de Ingreso de Materiales debidamente firmados por el Supervisor de Servicios designado por PETROPER S.A. Estos no podrn salir hasta el trmino de la secuencia donde se empleen. Es responsabilidad del CONTRATISTA describir las caractersticas del material o equipo correctamente (marca, nmero, serie, modelo, tamao, unidad, cantidad, color, accesorios, etc.) y designar quienes estn autorizados a gestionar la salida de equipos y materiales.g) El CONTRATISTA deber entregar a todo su personal una copia del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el trabajo de su empresa, gestionar el proceso de eleccin del Comit Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo Supervisor de Seguridad segn corresponda, y mantener registros de las minutas de reunin del Comit Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo con los acuerdos tomados y seguimiento de los mismos. PETROPER S.A. podr solicitar toda la informacin que estime necesaria para comprobar el cumplimiento con la Normativa legal referida a la Seguridad y Salud de los CONTRATISTAS.

h) Los baos qumicos debern mantenerse en buen estado de uso.

i) El conteiner del CONTRATISTA deber tener el logo de la empresa en un lugar visible a ambos lados de ste.

j) Ropa de trabajo en buen estado de uso, conservacin y talla adecuada.

k) El CONTRATISTA deber asistir a las charlas de seguridad a cargo de la Unidad Seguridad Industrial y Proteccin Ambiental que se dictan todos los viernes y tienen una duracin de 30 minutos. El CONTRATISTA deber enviar a su personal en uno de los siguientes horarios: 7:30 am/ 8:00 am/ 8:30 am.

l) Todo el personal contratista estar sujeto a una (o ms) fiscalizaciones sobre Inspeccin de Seguridad, Inspeccin de Proteccin Personal, Inspeccin de Materiales Peligrosos, etc., que PETROPER S.A. crea conveniente efectuar como parte de la Poltica Integrada de Calidad, Ambiente, Seguridad y Salud en el Trabajo.m) El Ing. Residente y de Seguridad deber asistir al curso de Permiso de Trabajo a cargo de la Unidad Seguridad Industrial y Proteccin Ambiental y aprobar el examen para estar habilitado por el Departamento Tcnico.

n) No est autorizado el uso de cmaras fotogrficas por el CONTRATISTA, el registro de secuencias de trabajo sern realizadas por la Supervisin de PETROPER S.A. a peticin del CONTRATISTA.

o) El CONTRATISTA para el retiro parcial o total de sus implementos, equipos y/o materiales debidamente registrados, lo deber hacer necesariamente en los das hbiles, previa presentacin del Pase de Salida de Materiales firmado por el Supervisor de PETROPER S.A. y aprobado por la Jefatura Usuaria.

p) Para garantizar la seguridad de los trabajos en caliente, deber traer un equipo medidor de gases para llevar un registro personal de la presencia de gases voltiles, adicional al control realizado por el Usuario.

q) El CONTRATISTA tramitar con anticipacin ante la Unidad de Logstica, la Programacin de su personal. Es requisito fundamental asistir a la charla de Induccin a cargo de Unidad Proyectos y Unidad Seguridad, los martes o jueves para estar habilitados.

r) PETROPERU S.A. comunicar al CONTRATISTA, si encontrase que los trabajadores de este incumplen normas de seguridad, a fin de que esta suspenda el trabajo y/o expulse o sancione a su personal que negligentemente y/o de manera reiterada incumpla con estas disposiciones, bajo responsabilidad del CONTRATISTA, al margen de la penalidad respectiva por esta infraccin. En caso de situaciones extremas, PETROPER S.A. podr suspender las acciones por parte del personal del CONTRATISTA a fin de salvaguardar la integridad fsica, salud y/o vida del personal que se encuentre en la refinera.

22.0 OBLIGACIONES

El CONTRATISTA tendr las siguientes obligaciones:

22.1 El CONTRATISTA ejecutar los trabajos conforme al Contrato, las Bases y sus propuestas.

22.2 El CONTRATISTA se obliga a que toda informacin, de cualquier origen, referida a las instalaciones y personal de PETROPERU S.A., que por razones de trabajo llegue a conocimiento de su personal, se mantenga en estricta reserva. Cualquier infidencia que a criterio de PETROPERU S.A. le afecte, ser considerada como falta grave, siendo causal suficiente para resolver el Contrato.

22.3 El CONTRATISTA se obliga al mantenimiento, reparacin y/o custodia de todos sus equipos, a fin de mantenerlos ptimamente operativos durante toda la vigencia del Contrato, corriendo por su cuenta y cargo los gastos de instalacin, reparacin, seguros, transporte a cualquier centro de reparacin o mantenimiento, etc.

22.4 El CONTRATISTA se obliga a la ejecucin de la prestacin objeto del Contrato, con el personal profesional que ha sido materia de evaluacin durante el proceso de seleccin, el personal profesional presentado y aprobado previo a la suscripcin del Contrato y personal especializado presentado al inicio del servicio.

22.5 El CONTRATISTA deber tomar medidas preventivas que sean necesarias para evitar que ocurran paralizaciones laborales de su personal que puedan afectar la ejecucin del servicio, caso contrario PETROPERU S.A. aplicar las multas y sanciones que correspondan.

22.6 El CONTRATISTA brindar todas las facilidades necesarias al personal de PETROPERU S.A. (personal propio o terceros debidamente autorizados), en el lugar de ejecucin de trabajos en cualquier momento a fin de realizar labores de supervisin o examinar y aprobar los materiales o equipos utilizados por el CONTRATISTA, as como los trabajos realizados. Las recomendaciones dadas por PETROPERU S.A. sern de ejecucin inmediata por parte del CONTRATISTA.

22.7 El CONTRATISTA no podr subcontratar a otra empresa para la ejecucin del servicio, sin la autorizacin previa de PETROPERU S.A., caso contrario se le aplicar la penalidad respectiva y ser causal de resolucin del Contrato.

22.8 El CONTRATISTA no podr transferir ni ceder parcial ni totalmente el presente Contrato, teniendo responsabilidad total sobre la ejecucin del mismo.

22.9 Si el CONTRATISTA causa daos a las instalaciones y/o equipos aledaos (o sus partes) a partir de la entrega de los mismos por parte de PETROPERU S.A., o causa perjuicios como consecuencia de la inejecucin o el cumplimiento parcial, tardo o defectuoso de su obligacin, entonces tendr que indemnizar a PETROPERU S.A. conforme el artculo 1321 del Cdigo Civil.

La indemnizacin consiste en el resarcimiento tendiente a restablecer el patrimonio perdido o deteriorado a la situacin en que se encontraba al momento en que se produce el hecho daoso (dao emergente) y a pagar el valor de la utilidad que habra producido ese patrimonio hasta el momento en que se paga la indemnizacin (lucro cesante).

22.10 De ocurrir algn percance, incidente, siniestro, etc. perjudicando a terceros, personal del CONTRATISTA, personal y/o bienes de PETROPERU S.A., como consecuencia de una negligencia del CONTRATISTA, transgresin a las normas de seguridad, mala ejecucin de los trabajos, etc., ste asumir los costos de resarcimiento a los afectados y responder civil, administrativa y/o penalmente en forma exclusiva.

El CONTRATISTA est impedido de asumir obligaciones pecuniarias, suscribir crditos o efectuar adquisiciones a nombre de PETROPERU S.A.

22.11 En caso de existir juicio o demanda de cualquier naturaleza contra el CONTRATISTA, ste se compromete a tomar las medidas correspondientes con la finalidad de liberar a PETROPERU S.A. de los efectos de dichas acciones y se responsabilizar por cualquier situacin adversa a PETROPERU S.A., incluyendo gastos y costos en que incurra por esta razn, comprometindose el CONTRATISTA en todo caso a resarcir el perjuicio a satisfaccin de PETROPERU S.A.

22.12 El CONTRATISTA expresamente, se obliga a levantar de inmediato las cargas y/o gravmenes, que fueran originados por ste o sus dependientes, en relacin con la prestacin y en todo caso se compromete en liberar a PETROPER S.A. de sus efectos. Si el CONTRATISTA no cumpliere con levantar las cargas y/o gravmenes, PETROPERU S.A. tendr el derecho de retener una suma igual a la de dichas cargas y/o gravmenes, sin perjuicio de las acciones legales que tenga por conveniente.

22.13 PETROPERU S.A. no ser responsable si por mandato de alguna norma legal emanada de autoridad competente, se suspende o no se puede concluir el Servicio. En este caso, se pagar al CONTRATISTA el monto correspondiente a lo realmente ejecutado hasta el momento de la suspensin o paralizacin definitiva del Servicio, salvo que las partes contratantes acuerden, por escrito, lo contrario.

22.14 El CONTRATISTA deber tener en el lugar de ejecucin de trabajos, una copia de las Bases, planos y especificaciones, debiendo dar acceso en cualquier momento al Administrador de Contrato.

22.15 El CONTRATISTA deber en todo momento vigilar que los trabajos que efecten otros contratistas, no interfieran con los suyos, en caso ello ocurra pondr en conocimiento del Administrador de Contrato. PETROPERU S.A. no aceptar ningn reclamo por este concepto, si el hecho no ha sido puesto en su conocimiento por escrito en el Cuaderno de Servicio oportunamente.22.16 Se considerar como incumplimiento contractual la no cancelacin de la remuneracin, Beneficios sociales y Aportes de Ley al personal del CONTRATISTA que preste el servicio.

22.17 El CONTRATISTA se obliga a mantener vigentes las Garantas y Seguros durante la ejecucin del servicio, hasta que se apruebe la Conformidad del mismo.

23.0 CUMPLIMIENTO DEL CODIGO DE INTEGRIDAD DE PETROPER S.A.

De conformidad con el quinto prrafo de la segunda seccin del CODIGO DE INTEGRIDAD de PETROPERU S.A., aprobado mediante Acuerdos de Directorio N 004-2010-PP y N 019-2010-PP, se les hace de conocimiento los textos consignados en el Anexo N 08, la Unidad Proyectos velar por su cumplimiento durante la ejecucin del servicio

24.0 PROTECCIN DEL MEDIO AMBIENTE

24.1 El CONTRATISTA se obliga a respetar todos los dispositivos y Normas Legales vigentes que regulan la Proteccin y Conservacin del Medio Ambiente, por lo tanto, es responsable legal y econmico del desempeo Ambiental de su Personal, por lo que deber asegurar que los mismos muestren una actitud responsable con el medio ambiente.

24.2 El CONTRATISTA dentro del periodo comprendido entre la suscripcin de Contrato e inicio del servicio, deber capacitar a su Supervisor de Seguridad y Proteccin Ambiental en el Sistema de Gestin Ambiental ISO 14001, luego recibir de la Unidad de Seguridad y Proteccin Ambiental charlas de induccin del funcionamiento del ISO 14001 en Operaciones Conchn.

24.3 El posible Impacto Ambiental que podra producir la labor del CONTRATISTA, ser evaluado antes del inicio de cualquier actividad, a fin de seleccionar la mejor alternativa, as como identificar e incorporar las medidas de mitigacin ms apropiadas.

24.4 El hecho que PETROPERU S.A. le imparta instrucciones sobre Proteccin Ambiental y de prevencin, no exime al CONTRATISTA de su total responsabilidad en lo que se refiere a adoptar las medidas pertinentes para preservar el ambiente sin contaminarlo.

24.5 EL CONTRATISTA deber evitar arrojar los desperdicios y desmontes en zonas no autorizadas. Cualquier incumplimiento a esta disposicin ser de su responsabilidad y dar lugar a la suspensin del trabajo hasta que esta irregularidad sea subsanada.

24.6 El CONTRATISTA realizar peridicamente la limpieza del rea de trabajo y alrededores que haga uso, caso contrario se le aplicar las penalidades respectivas.

24.7 El CONTRATISTA deber asistir puntualmente junto a todo su personal a todas las charlas de la Norma ISO 14001, asimismo a rendir los exmenes que sean tomados por la Unidad respectiva. El personal que no cumpla con los requisitos de conocimientos mnimos de la mencionada Norma, se solicitar su suspensin temporal de las instalaciones de Operaciones Conchn.

25.0 CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIN DE PETRLEOS DEL PER PETROPER S.A.

En aplicacin de la Quinta Disposicin Complementaria del Reglamento de Seguridad de la Informacin de PETROPER S.A., aprobado mediante Acuerdo de Directorio N 0114-2010-PP de fecha 28.12.2010, PETROPER S.A. cumple con difundir dicho Reglamento a todos los Contratistas; estando stos obligados a su cumplimiento en aplicacin de su Anexo N 3, considerando que El CONTRATISTA deber cumplir con la Poltica Corporativa, Reglamento y Procedimientos de Seguridad de la Informacin de PETROPER S.A., guardar confidencialidad y reserva de la informacin a la que acceda en virtud del presente Contrato, y reportar de inmediato cualquier irregularidad de seguridad de la informacin detectada.

La poltica Corporativa de Seguridad de la Informacin, se encuentra a disposicin en el Anexo N 10 de las presentes Bases.

26.0 DISPOSICIN FINAL

Todo aquello no previsto en las Bases de este proceso de seleccin se sujetar a las disposiciones del Reglamento.

Unidad LogsticaAnexo N 01 - Proforma de Contrato

CONTRATO GOPC-..-2012Servicio de Habilitacin y Montaje de un (01) Tanque de 50MB para Almacenamiento de Alcohol Carburante en Operaciones Conchn

Conste por el presente documento el Contrato para ejecutar el Servicio de Habilitacin y Montaje de un (01) Tanque de 50MB para Almacenamiento de Alcohol Carburante en Operaciones Conchn, que celebran de una parte Petrleos del Per - PETROPERU S.A, con R.U.C 20100128218, con direccin en , debidamente representada por su , Sr. , con DNI N , con Poder inscrito en el Asiento N de la Partida Electrnica N ............... del Registro de Personas Jurdicas Sede N IX- Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Pblicos (SUNARP), a quin en adelante se le denominar PETROPERU S.A., y de la otra parte con RUC N , con direccin en , debidamente inscrita en la Ficha/Partida Ndel Registro de; representada por su Sr. con DNI N segn Poder inscrito en la Ficha/Partida N del Registro de Personas Jurdicas de , a quin en adelante se le denominar el CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes:

PRELIMINAR - ANTECEDENTES

1.-PETROPERU S.A. es una Empresa del Estado del Sector Energa y Minas, cuyo objeto social es el de llevar a cabo actividades de hidrocarburos, conforme lo dispone la Ley N 26221, Ley Orgnica de Hidrocarburos y la Ley N 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernizacin de PETROPER S.A.

2.-El CONTRATISTA tiene como objeto social.......; y cuenta con la siguiente certificacin que lo habilita para contratar con PETROPERU S.A.: (en caso de consorcios, de cada miembro)

Constancia de No Estar Inhabilitado para Contratar con el Estado N .... , emitida el ......... por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, a favor de la empresa ....... .

Copia de la Constancia de Inscripcin en el Captulo de Proveedor de Servicios vigente del Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el OSCE, de la empresa ..

3.-PETROPERU S.A., el //2012 mediante publicacin a travs del SEACE, convoc el Proceso de Contratacin Directa N DIR-0055-2012-OPC/PETROPERU, para la Contratacin del Servicio de Habilitacin y Montaje de un (01) Tanque de 50MB para Almacenamiento de Alcohol Carburante en Operaciones Conchn.4.-Efectuada la Evaluacin Tcnica-Econmica y determinado el Puntaje Total result ganador de la Buena Pro el CONTRATISTA, segn consta en el Acta de fecha //2012, suscrita por todos los Miembros del rgano Ad Hoc y que da fe el Notario Pblico.

5.- El porcentaje de participacin de los miembros del Consorcio, conforme a la Promesa Formal de Consorcio es como sigue: .% para , .% para , y ..... % para...

CLAUSULA PRIMERA - GENERALIDADES

El presente Contrato se rige por el Reglamento de Contrataciones de Petrleos del Per S.A. PETROPERU S.A., aprobado por Resolucin N 523-2009-OSCE/PRE, en adelante Reglamento, y los documentos citados a continuacin que forman parte integrante de este Contrato y supletoriamente por las dems normas que resulten de aplicacin.

a)Las Bases del Proceso de Contratacin por Contratacin Directa N DIR-0055-2012-OPC/PETROPERU.

b)La oferta ganadora del CONTRATISTA.

c)Los documentos derivados del Proceso de Contratacin que establezcan obligaciones para las partes y a lo ofrecido por el CONTRATISTA en cualquier manifestacin formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el curso del Proceso de Contratacin o en la formalizacin del Contrato.

En la eventualidad que pudiera originarse contradiccin entre el presente Contrato y las Bases, o en caso de diferencia por omisin en el Contrato de determinadas condiciones contempladas en las Bases, ser de aplicacin lo establecido en las Bases del Proceso de Contratacin.

CLAUSULA SEGUNDA - OBJETO DEL CONTRATO

El objeto es contratar el Servicio de Habilitacin y Montaje de un (01) tanque metlico vertical de techo tipo domo geodsico de aluminio, y un techo interno flotante de acero inoxidable, con una capacidad nominal de 50,000 barriles en Operaciones Conchn.

CLAUSULA TERCERA - PLAZO DE EJECUCIN

El plazo de ejecucin es de Doscientos noventa y dos (292) das calendario (incluye todos los das calendario).

CLAUSULA CUARTA - MONTO DEL CONTRATO - FORMA DE PAGO

El monto del servicio a Precios Unitarios asciende a la suma de US$.. ( con /100 Dlares Americanos).

Dicho monto comprende el pago al personal profesional que preste el servicio, personal tcnico y/o de apoyo, materiales, equipos, tributos, exmenes mdicos, impuestos, seguros, transporte y todo cuanto de hecho y de derecho sea necesario para el cabal cumplimiento del objeto del Contrato, incluyendo leyes y beneficios laborales del personal a cargo del CONTRATISTA, imprevistos de cualquier naturaleza y dems gastos.

El CONTRATISTA presentar mensualmente al Departamento Tcnico de Operaciones Conchn, su(s) valorizacin(es) consistente en la cuantificacin econmica del avance fsico de la prestacin en funcin a las partidas y precios unitarios contractuales conforme la estructura del Anexo N 02, y de ser el caso, adjuntando los documentos que amparen los servicios realmente prestados,.Sobre stos documentos el Departamento Tcnico dar su conformidad y aprobar la valorizacin en un plazo que no exceder los diez (10) das naturales de ser stos recibidos, siempre que los encuentre conformes, caso contrario sern devueltos al CONTRATISTA para su respectiva subsanacin, rigiendo el plazo a partir de la fecha de su correcta presentacinOtorgada la conformidad, el CONTRATISTA presentar en la Oficina de Trmite Documentario su(s) Factura(s) con los documentos firmados Recibido Conforme. La Unidad Contabilidad efectuar el pago a los diez (10) das calendarios posteriores a la presentacin de la factura.El pago de las valorizaciones, estar supeditado a la acreditacin previa por parte del CONTRATISTA del pago de los sueldos, salarios y dems beneficios sociales que de acuerdo a la legislacin laboral vigente les corresponden a sus trabajadores que intervienen en la prestacin del servicio.

PETROPERU S.A. cobrar al CONTRATISTA los gastos en que pudiera incurrir, para cubrir las acciones u omisiones del CONTRATISTA por incumplimiento de sus obligaciones contractuales referidos a la inejecucin de las prestaciones ofertadas en su propuesta, realizando la deduccin con posterioridad a la sustentacin de los gastos efectuados; sin perjuicio de las acciones legales previstas para la solucin de las controversias que pudieran surgir.Se considerarn adelantos hasta el veinte por ciento (20%) del monto contractual, segn cronograma de avance, previa coordinacin y conformidad de PETROPERU S.A.

CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES

5.1 El CONTRATISTA ejecutar los trabajos conforme al Contrato, las Bases y sus propuestas.

5.2 El CONTRATISTA se obliga a que toda informacin, de cualquier origen, referida a las instalaciones y personal de PETROPERU S.A., que por razones de trabajo llegue a conocimiento de su personal, se mantenga en estricta reserva. Cualquier infidencia que a criterio de PETROPERU S.A. le afecte, ser considerada como falta grave, siendo causal suficiente para resolver el Contrato.

5.3 El CONTRATISTA se obliga al mantenimiento, reparacin y/o custodia de todos sus equipos, a fin de mantenerlos ptimamente operativos durante toda la vigencia del Contrato, corriendo por su cuenta y cargo los gastos de instalacin, reparacin, seguros, transporte a cualquier centro de reparacin o mantenimiento, etc.

5.4 El CONTRATISTA se obliga a la ejecucin del Contrato, con el personal profesional que ha sido materia de evaluacin durante el proceso de seleccin, el personal profesional presentado y aprobado previo a la suscripcin del Contrato y personal especializado presentado al inicio del servicio.

5.5 El CONTRATISTA deber tomar medidas preventivas que sean necesarias para evitar que ocurran paralizaciones laborales de su personal que puedan afectar la ejecucin del servicio, caso contrario PETROPERU S.A. aplicar las multas y sanciones que correspondan.

5.6 El CONTRATISTA brindar todas las facilidades necesarias al personal de PETROPERU S.A. (personal propio o terceros debidamente autorizados), en el lugar de ejecucin de trabajos en cualquier momento a fin de realizar labores de supervisin o examinar y aprobar los materiales o equipos utilizados por el CONTRATISTA, as como los trabajos realizados. Las recomendaciones dadas por PETROPERU S.A. sern de ejecucin inmediata por parte del CONTRATISTA.

5.7 El CONTRATISTA no podr subcontratar a otra empresa para la ejecucin del servicio, sin la autorizacin previa de PETROPERU S.A., caso contrario se le aplicar la penalidad respectiva y ser causal de resolucin del Contrato.

5.8 El CONTRATISTA no podr transferir ni ceder parcial ni totalmente el presente Contrato, teniendo responsabilidad total sobre la ejecucin del mismo.

5.9 Si el CONTRATISTA causa daos a las instalaciones y/o equipos aledaos (o sus partes) a partir de la entrega de los mismos por parte de PETROPERU S.A., o causa perjuicios como consecuencia de la inejecucin o el cumplimiento parcial, tardo o defectuoso de su obligacin, entonces tendr que indemnizar a PETROPERU S.A. conforme el artculo 1321 del Cdigo Civil.

La indemnizacin consiste en el resarcimiento tendiente a restablecer el patrimonio perdido o deteriorado a la situacin en que se encontraba al momento en que se produce el hecho daoso (dao emergente) y a pagar el valor de la utilidad que habra producido ese patrimonio hasta el momento en que se paga la indemnizacin (lucro cesante).

5.10 De ocurrir algn percance, incidente, siniestro, etc. perjudicando a terceros, personal del CONTRATISTA, personal y/o bienes de PETROPERU S.A., como consecuencia de una negligencia del CONTRATISTA, transgresin a las normas de seguridad, mala ejecucin de los trabajos, etc., ste asumir los costos de resarcimiento a los afectados y responder civil, administrativa y/o penalmente en forma exclusiva.

5.11 El CONTRATISTA est impedido de asumir obligaciones pecuniarias, suscribir crditos o efectuar adquisiciones a nombre de PETROPERU S.A.

5.12 En caso de existir juicio o demanda de cualquier naturaleza contra el CONTRATISTA, ste se compromete a tomar las medidas correspondientes con la finalidad de liberar a PETROPERU S.A. de los efectos de dichas acciones y se responsabilizar por cualquier situacin adversa a PETROPERU S.A., incluyendo gastos y costos en que incurra por esta razn, comprometindose el CONTRATISTA en todo caso a resarcir el perjuicio a satisfaccin de PETROPERU S.A.

5.13 El CONTRATISTA expresamente, se obliga a levantar de inmediato las cargas y/o gravmenes, que fueran originados por ste o sus dependientes, en relacin con la prestacin y en todo caso se compromete en liberar a PETROPER S.A. de sus efectos. Si el CONTRATISTA no cumpliere con levantar las cargas y/o gravmenes, PETROPERU S.A. tendr el derecho de retener una suma igual a la de dichas cargas y/o gravmenes, sin perjuicio de las acciones legales que tenga por conveniente.

5.14 PETROPERU S.A. no ser responsable si por mandato de alguna norma legal emanada de autoridad competente, se suspende o no se puede concluir el Servicio. En este caso, se pagar al CONTRATISTA el monto correspondiente a lo realmente ejecutado hasta el momento de la suspensin o paralizacin definitiva del Servicio, salvo que las partes contratantes acuerden, por escrito, lo contrario.

5.15 El CONTRATISTA deber tener en el lugar de ejecucin de trabajos, una copia de las Bases, planos y especificaciones, debiendo dar acceso en cualquier momento al Administrador de Contrato.

5.16 El CONTRATISTA deber en todo momento vigilar que los trabajos que efecten otros contratistas, no interfieran con los suyos, en caso ello ocurra pondr en conocimiento del Administrador de Contrato. PETROPERU S.A. no aceptar ningn reclamo por este concepto, si el hecho no ha sido puesto en su conocimiento por escrito en el Cuaderno de Servicio oportunamente.5.17 Se considerar como incumplimiento contractual la no cancelacin de la remuneracin, Beneficios sociales y Aportes de Ley al personal del CONTRATISTA que preste el servicio.

5.18 El CONTRATISTA se obliga a mantener vigentes las Garantas y seguros durante toda la ejecucin del servicio, hasta que se apruebe la Conformidad del mismo.CLAUSULA SEXTA - GARANTIAS

6.1 GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Previo a la suscripcin del Contrato, el CONTRATISTA hizo entrega de la Garanta de Fiel Cumplimiento de Contrato, con el siguiente detalle:

-Carta Fianza N:.

-Importe (suma asegurada):S/.............. (............... con ..../100 Nuevos Soles)

-Nombre de la Entidad Emisora:.

-Endosado a nombre de :Petrleos del Per - PETROPERU S.A. - Operaciones Conchn.

-Objeto de la Garanta :Ejecucin del Contrato derivado de la Contratacin Directa N DIR-0055 -2012-OPC/PETROPERU.

-Requisito de la Garanta:Incondicional, solidaria, irrevocable y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de PETROPERU S.A., bajo responsabilidad de la entidad que las emite.

En virtud de la realizacin automtica a primera solicitud, la entidad emisora no opondr excusin alguna a la ejecucin de la garanta, limitndose a honrarla de inmediato dentro del plazo mximo de tres (03) das. Toda demora generar responsabilidad solidaria para el emisor de la garanta y para el CONTRATISTA y dar lugar al pago de intereses en favor de PETROPERU S.A., devengando la tasa mxima de inters convencional compensatorio y la tasa mxima de inters moratorio, permitidas por dispositivos legales para personas ajenas al sistema financiero. Los intereses y gastos sern calculados a partir de los tres (03) das posteriores a la fecha del requerimiento de ejecucin.

-Vigencia:Del ../../2012 hasta ../../2012

-Plaza de Ejecucin:

6.2 GARANTIA DE OBLIGACIONES LABORALES

Previo a la suscripcin del Contrato, el CONTRATISTA hizo entrega de la Garanta de Obligaciones Laborales, con el siguiente detalle:

- Carta Fianza N:.

-Importe (suma asegurada):S/................ (............... con ..../100 Nuevos Soles)

-Nombre de la Entidad Emisora:.

-Endosado a nombre de :Petrleos del Per - PETROPERU S.A. - Operaciones Conchn.

-Objeto de la Garanta :Ejecucin del Contrato derivado de la Contratacin Directa N DIR-0055 -2012-OPC/PETROPERU.

-Requisito de la Garanta:Incondicional, solidaria, irrevocable y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de PETROPERU S.A., bajo responsabilidad de la entidad que las emite.

En virtud de la realizacin automtica a primera solicitud, la entidad emisora no opondr excusin alguna a la ejecucin de la garanta, limitndose a honrarla de inmediato dentro del plazo mximo de tres (03) das. Toda demora generar responsabilidad solidaria para el emisor de la garanta y para el CONTRATISTA y dar lugar al pago de intereses en favor de PETROPERU S.A., devengando la tasa mxima de inters convencional compensatorio y la tasa mxima de inters moratorio, permitidas por dispositivos legales para personas ajenas al sistema financiero. Los intereses y gastos sern calculados a partir de los tres (03) das posteriores a la fecha del requerimiento de ejecucin.

-Vigencia:Del ../../2012 hasta ../../2012 (Hasta dos meses posteriores a la culminacin del Servicio).-Plaza de Ejecucin:

6.3 GARANTIA DE BUEN RENDIMIENTO

El CONTRATISTA a la firma del Acta de Recepcin deber presentar una Carta Fianza por el diez por ciento (10%) del monto contractual, la cual tendr una duracin de doce (12) meses despus de la puesta en servicio del Tanque, esta garanta proteger a PETROPERU S.A. ante una falla o defecto de las instalaciones, construcciones o prestaciones ejecutadas por el CONTRATISTA, derivado de una falla en las uniones soldadas y/o unin bridada, instalacin o cualquier acto u omisin del CONTRATISTA, o vicio oculto no detectable durante la recepcin del servicio.

De darse los supuestos previstos en el prrafo precedente, el CONTRATISTA realizar el reemplazo de las instalaciones, cambios, modificaciones o reparaciones necesarias hasta dejarlos perfectamente operativos, sin costo adicional para PETROPERU S.A.

La aprobacin por parte de PETROPERU S.A. de los procedimientos constructivos, o supervisin del mismo, no relevar al CONTRATISTA de sus responsabilidades ni alterar las condiciones de sus garantas.

La garanta (Carta Fianza) ser endosada a nombre de Petrleos del Per - PETROPER S.A., y deber ser emitida por una empresa autorizada y sujeta al mbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, deber tener carcter incondicional, solidaria, irrevocable, de realizacin automtica, y sin beneficio de excusin, al solo requerimiento de PETROPER S.A., bajo responsabilidad de la entidad que la emite.

La Carta Fianza, en virtud de la realizacin automtica a primera solicitud, contendr un prrafo donde describa que la entidad emisora no opondr excusin alguna a la ejecucin de la garanta, limitndose a honrarla de inmediato dentro del plazo mximo de tres (03) das. Toda demora generar responsabilidad solidaria para el emisor de la garanta y para el CONTRATISTA, y dar lugar al pago de intereses en favor de PETROPERU S.A., devengando la tasa mxima de inters convencional compensatorio y la tasa mxima de inters moratorio, permitidas por dispositivos legales para personas ajenas al sistema financiero. Los intereses y gastos sern calculados a partir de los tres (03) das posteriores a la fecha del requerimiento de ejecucin.

Suscrita el Acta de Recepcin Final y presentada la Garanta de Buen Rendimiento, culminar definitivamente el Contrato y se cerrar el expediente respectivo.

CLAUSULA SEPTIMA PLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUALEl CONTRATISTA a la suscripcin del Contrato, hizo entrega de la Pliza de Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, con el siguiente detalle:

-Pliza N:

-Importe (Monto):US$ 1,000,000.00 (Un Milln con 00/100 Dlares Americanos)

-Nombre de la Entidad Emisora:

-Endosado a nombre de :Petrleos del Per -