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2 Contabilidad. Fuentes Contables Esta unidad didáctica persigue los siguientes objetivos: Situar la contabilidad financiera dentro de los tipos de disciplinas que integran la contabilidad. Información emanada de la contabilidad. Conocer los tipos y jerarquías de las normativas que afectan a temas contables.

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2 Contabilidad. Fuentes Contables

Esta unidad didáctica persigue los siguientes objetivos: Situar la contabilidad financiera

dentro de los tipos de disciplinas que integran la contabilidad.

Información emanada de la contabilidad.

Conocer los tipos y jerarquías de las normativas que afectan a temas contables.

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C o n t a b i l i d a d CfGM Gestión Administrativa

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Contabilidad

División de la Contabilidad

Con el fin de situar en el plano teórico a la contabilidad financiera (disciplina a la que se dirigen nuestros esfuerzos), vamos a ofrecer una clasificación de las distintas ramas, que pueden desgajarse del tronco común de la contabilidad.

1.1

1

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Tema 2 Contabilidad. Fuentes Contables

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Contabilidad financiera

Objetivo El objetivo fundamental de la contabilidad financiera es servir de

instrumento de información. y aunque son múltiples las informaciones o datos que puede suministrar, los concentraremos en tres: • Informar sobre el patrimonio, tanto a nivel cuantitativo como de los

elementos que lo componen (bienes, derechos y obligaciones). • Informar sobre la situación financiera, tanto cuantitativa como

cualitativamente (información sobre el origen y la aplicación de los fondos obtenidos por la entidad).

• Informar tanto de los resultados obtenidos como de las causas que lo han provocado (gastos e ingresos que formar las pérdidas o ganancias de un ejercicio económico).

Cuenta Anuales

Toda la información anterior, se resume en las denominadas cuentas anuales (Balance, cuenta de Pérdidas y Ganancias, y Memoria), cuya formulación ha de conducir a expresar, con claridad la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.

Como esta información interesa a muchos agentes económicos y sociales, entre los que se encuentran: accionistas, acreedores, trabajadores, administración pública, y competidores. Debe ser: ♦ Comprensible: La información ha de ser fácil de entender por los usuarios. ♦ Relevante: Debe contener la información verdaderamente significativa, sin

llegar al exceso de información que iría en contra de la

1.2

Origen y Aplicaciones de los fondosINFORMACIÓN

PATRIMONIO

SITUACIÓN FINANCIERA

Bienes + Derechos - Obligaciones

Gastos e Ingresos RESULTADOS

CUENTAS ANUALES

BALANCE

c/ PyG

MEMORIA

IMAGEN FIEL

PATRIMONIO

SIT. FINANC.

RESULTADOS

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C o n t a b i l i d a d CfGM Gestión Administrativa

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característica anterior. ♦ Comparable: La información debe referirse a un tiempo similar al de las demás

empresas, así como utilizar unas mismas partidas que favorezcan su comparación.

♦ Oportuna: La información debe producirse en el momento que sea útil para

los usuarios y no con un desfase temporal significativo.

Normalización contable Objetivo La progresiva internacionalización de la economía y consecuentemente,

de la actividad empresarial, ha potenciado la necesidad de una normalización contable que permita obtener una información económica y financiera de las empresas que posibilite la comparabilidad de las mismas. En definitiva, el objetivo último de esta normalización es conseguir que las empresas formulen su información contable de acuerdo con un mismo modelo, independientemente del país en el que se encuentren situadas.

Normativa comunitaria

Directivas La libertad de establecimiento prevista en el Tratado Constitutivo de la

Comunidad Económica Europea (CEE), implica la necesaria armonización del derecho de sociedades de los estados miembros. Esta normalización se ha llevado a cabo en su mayor parte mediante directivas <<normas dictadas por las instituciones comunitarias, Consejo o Comisión, que imponen una obligación de resultado, dejando a los destinatarios, estados miembros, libertad en la elección de los medios para obtener dicho resultado>>. De estas directivas, la cuarta (78/660/CEE) y la séptima (83/349/CEE), se refieren a la información contable.

Regula La cuarta directiva regula las cuentas anuales de las formas de

sociedades siguientes: Sociedad anónima.

Cuarta directiva

2

2.1

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Tema 2 Contabilidad. Fuentes Contables

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Sociedad anónima laboral. Sociedad de responsabilidad limitada. Sociedad comanditaria por acciones. Sociedad en comandita simple. Sociedad colectiva.

Objetivos Los objetivos perseguidos con las medidas establecidas en esta directiva

son: - Protección a los socios y a terceros, mediante la coordinación de las

distintas disposiciones nacionales relativas a la estructura y contenido de las cuentas anuales y del informe de gestión. Así como a la publicidad de dichos documentos.

- Establecimiento de unas condiciones jurídicas mínimas equivalentes

relativas a la amplitud de las informaciones financieras que las sociedades han de poner en conocimiento del público.

- Determinación de esquemas obligatorios para la elaboración del

balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, así como fijación del contenido mínimo de memoria y del informe de gestión, con el fin de que las cuentas anuales ofrezcan una imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la sociedad.

- Coordinación de las diferentes formas de valoración, con el fin de

posibilitar la comparación de la información contenida en las cuentas anuales por personas habilitadas.

Regula La Séptima Directiva, regula las cuentas consolidadas cuando la empresa matriz, o bien una o varias de las empresas filiales, están organizadas en alguna de las formas de sociedades siguientes: Sociedad anónima. Sociedad anónima laboral. Sociedad de responsabilidad limitada. Sociedad comanditaria por acciones. Sociedad en comandita simple. Sociedad colectiva.

Objetivos Los objetivos perseguidos por las disposiciones de esta directiva

consisten en:

Séptima directiva

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- Coordinación de las legislaciones nacionales de las cuentas consolidadas de los grupos de empresas con el fin de posibilitar la comparabilidad y equivalencia de las mismas, de modo que la información financiera de dichos grupos sea conocida por los socios y por los terceros.

- Fijación de los límites máximos para la exención de la obligación de

establecer cuentas anuales consolidadas. - Establecimiento de los principios de consolidación necesarios con el

fin de que las cuentas consolidadas ofrezcan una imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados del grupo de empresas comprendido en la consolidación.

Normativa interna

Armonización La incorporación de España a la Comunidad Económica Europea obliga

a la armonización de nuestras normas contables con las disposiciones contenidas en la cuarta y séptima directivas. Esta armonización ha sido llevada a cabo por la Ley 19/1989, de 25 de Julio, de reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las directivas de la CEE en materia de sociedades.

Jerarquía normativa:

A pesar de que el Plan General de Contabilidad constituye el instrumento básico de la normalización contable, no toda la legislación relativa a dicha materia se encuentra comprendida en el mismo, sino que aparece recogida en diversas disposiciones y diferentes reglamentaciones de carácter mercantil. Por ello es preciso establecer una jerarquía adecuada que facilite la aplicación de las normas. La jerarquía normativa en materia contable nos viene dada en la primera parte (marco conceptual de la contabilidad) del PGC, en su 7º punto (principios y normas de contabilidad generalmente aceptados: <<Se considerarán principios y normas de contabilidad generalmente aceptados los establecidos en: a) El Código de Comercio y la restante legislación mercantil. b) El Plan General de Contabilidad y sus adaptaciones sectoriales. c) Las normas de desarrollo que, en materia contable, establezca en su

caso el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, y d) la demás legislación que sea específicamente aplicable. >>

2.2

Legislación

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Tema 2 Contabilidad. Fuentes Contables

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El Código de Comercio, constituye la norma mercantil básica, siendo regulados en el mismo los siguientes aspectos relativos a la materia contable: Libros de los empresarios:

Libro obligatorios y contenido, llevanza, legalización, conservación, valor probatorio, carácter secreto, comunicación y exhibición.

Cuentas anuales:

Composición, formulación, firma y fecha, principios contables, verificación de las cuentas anuales.

Cuentas de grupos de sociedades

Obligados a presentar cuentas consolidadas, composición, formulación, firma y fecha, normas de consolidación.

El texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas desarrolla la regulación contenida en el Código de Comercio relativa a las cuentas anuales. Así, trata los siguientes aspectos: Cuentas anuales:

Composición y formulación, balance, cuenta de pérdidas y ganancias, memoria, principios contables y normas de valoración, aprobación de las cuentas anuales, depósito y publicidad.

Informe de gestión

Sociedades anónimas

Código de comercio

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Objeto El Registro Mercantil tiene por objeto:

La inscripción de: 1. Los empresarios individuales. 2. Las sociedades mercantiles. 3. Las entidades de crédito y seguros. 4. Las instituciones colectivas y fondos de pensión. 5. Las Agrupaciones de Interés Económico.

La legalización de los libros de los empresarios. El depósito y publicidad de los documentos contables.

Publicidad • El Registro Mercantil es público.

• Los empresarios individuales, sociedades y entidades sujetos a inscripción obligatoria harán constar en toda su documentación, correspondencia, notas de pedido y facturas, el domicilio y los datos identificativos de su inscripción en el Registro Mercantil.

Empresario individual

La inscripción en el Registro Mercantil será potestativa para los empresarios individuales, con excepción del naviero.

Obligatoriedad El PGC será de aplicación obligatoria para todas las empresas,

cualquiera que sea su forma jurídica, individual o societaria, sin perjuicio de aquellas empresas que puedan aplicar el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, no tendrán carácter vinculante los movimientos contables incluidos en la quinta parte del PGC y los aspectos relativos a numeración y denominación de cuentas incluidos en la cuarta parte, excepto en aquellos aspectos que contengan criterios de registro o valoración.

Estructura El PGC está estructurado en cinco partes:

1. Marco conceptual de la Contabilidad: es el conjunto de

fundamentos, principios y conceptos básicos cuyo cumplimiento conduce en un proceso lógico deductivo al reconocimiento y valoración de los elementos de las cunetas anuales.

Registro mercantil

Plan General de Contabilidad

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Tema 2 Contabilidad. Fuentes Contables

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2. Normas de registro y valoración: desarrollan los principios contables y otras disposiciones contenidas en la primera parte del PGC. Incluye criterios y reglas aplicables a distintas transacciones o hechos económicos, así como también a diversos elementos patrimoniales.

3. Cuentas anuales: recoge tanto las normas de elaboración de las

cuentas anuales, como los modelos, normales y abreviados, de los documentos que conforman las mismas, incluido el contenido de la memoria.

• Balance: comprende, con la debida separación, el activo, el

pasivo y el patrimonio neto de la empresa. • Cuenta de pérdidas y ganancias: recoge el resultado del

ejercicio, formado por los ingresos y los gastos del mismo, excepto cuando proceda su imputación directa al patrimonio neto de acuerdo con lo previsto en las normas de registro y valoración.

• Estado de cambios en el patrimonio neto: se presenta en dos documentos: a) El estado de ingresos y gastos reconocidos: recoge los

ingresos y gastos devengados en el ejercicio y por diferencia el saldo global de los ingresos y gastos reconocidos, recogiendo diferenciadamente las transferencias que se hayan realizado durante el ejercicio a la cuenta de pérdidas y ganancias de acuerdo con los criterios fijados en las correspondientes normas de registro y valoración.

b) El estado total de cambios en el patrimonio neto: refleja el conjunto de variaciones producidas en el patrimonio neto durante el ejercicio.

4. Cuadro de cuentas: sigue la clasificación decimal. Ante la

imposibilidad de abarcar la variada casuística que rodea la actividad de muchas empresas disponen de la facultad de cubrir los eventuales vacíos del texto, utilizando el Marco concptual y las reglas técnicas más afines deducidas de los principios y criterios que informa el Plan.

Adicionalmente la empresa deberá desagregar las cuentas al nivel adecuado de dígitos que posibilite el control y seguimiento de sus operaciones, así como el cumplimiento de la información exigida en las cuentas anuales.

5. Definiciones y relaciones contables: con carácter general, cada uno de los grupos, subgrupo y cuentas, son objeto de una

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definición en la que se recoge el contenido y las características más sobresalientes de las operaciones y hechos económicos que en ellos se representan.

El PGC constituye el instrumento técnico y básico de la normalización contable, no obstante, dicho texto no cubre en su totalidad el amplio espacio que corresponde a la información contable, y, consecuentemente, han de elaborarse nuevas normas y disposiciones que llenen las lagunas existentes en la normativa contable. Así, las adaptaciones sectoriales del PGC constituyen la adecuación del mismo a las características y naturaleza de los distintos sectores de la actividad económica, adaptando a cada uno de ellos tanto las normas y criterios de valoración como la estructura, nomenclatura y terminología de las cuentas anuales.

Naturaleza El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), creado por

la Ley 19/1988, de Auditoría de Cuentas, es un organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda.

Funciones Las funciones del Instituto se dividen en dos grandes bloques:

En el primer bloque se encuentran las que se refieren a la

normalización contable:

• Propuesta del PGC adaptado a las Directivas de la Comunidad Económica Europea y a las leyes en que se regulen estas materias, así como de las adaptaciones de este Plan a los distintos sectores de la actividad económica.

• Establecimiento de los criterios de desarrollo para aquellos aspectos del PGC y de sus adaptaciones sectoriales que se estime conveniente de cara a la correcta interpretación y aplicación de dichas normas.

El segundo bloque comprende las funciones relacionadas con la

actividad de auditoría de cuentas. Resolución de consultas

El ICAC tiene la facultad de resolver las consultas que le son formuladas con relación a la aplicación de la normativa contable y de la auditoría de cuentas, siempre que las mismas se encuentren dentro del ámbito de

Adaptaciones sectoriales

Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas

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Tema 2 Contabilidad. Fuentes Contables

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competencia de dicho instituto. Las consultas, siempre y cuando se consideren de interés general, pueden ser publicadas en el Boletín del Instituto, sin perjuicio de que las consultas reiteras sobre un mismo asunto pueda instar al Instituto a elaborar una resolución de aplicación general.

1. Podrías decir que entiendes por “contabilidad monetaria” y “contabilidad no

monetaria”. 2. Que entiendes por “Micro-contabilidad” y por “Macro-contabilidad”. 3. ¿Qué tipo de contabilidad será la que estudiaremos en este texto?. 4. ¿Sobre que nos informa la contabilidad financiera?. 5. Di tres bienes que puedan formar parte del patrimonio de un comercio que se dedica a

la compra-venta al por menor de ropa. 6. ¿De que nos informa el patrimonio de una empresa?. 7. ¿Qué persiguen las cuentas anuales?. 8. ¿Qué documentos forman las cuentas anuales?. 9. Dí tres agentes económicos y sociales interesados por la información que suministran

las empresas. 10. ¿Qué cualidades debe de cumplir la información que emana de la contabilidad?. 11. ¿Cuál es el objetivo último de la normalización contable?. 12. ¿Qué implica la libertad de establecimiento prevista en el Tratado constitutivo de la

Comunidad Económica Europea?. 13. ¿Sinónimos o antónimos: Normalizar y Armonizar?. 14. ¿Qué instrumento es el más utilizado, por la CEE, para armonizar?. 15. ¿A qué obligan las directivas, dictadas por las instituciones comunitarias, a sus

estados miembros?. 16. ¿Con qué nombres se conocen las directivas, que hace referencia la información

contable?. 17. ¿Qué regula la Cuarta Directiva?. 18. Menciona dos objetivos que persigue la Cuarta Directiva. 19. ¿Qué regula la Séptima Directiva?. 20. ¿Es obligada la aplicación del PGC en cualquier tipo de empresa, tenga la forma

jurídica que sea?. 21. ¿Están obligados los empresarios a aplicar las normas del PGC?. 22. Enumera las partes en que está dividido el PGC. 23. Enumera las dos funciones más relevantes del Instituto de Contabilidad y Auditoría

de Cuentas. 24. ¿Son Principios o Normas de contabilidad generalmente aceptados las Resoluciones

de aplicación general que adopte el Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas?.

Cuestionario

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C o n t a b i l i d a d CfGM Gestión Administrativa

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Resumir del Código de Comercio (Cco.) y sus Leyes complementarias, los siguientes apartados: • Título II. Del libro I del Cco.( de los comerciantes y del comercio en general): Del

Registro Mercantil. • Título III. Del libro I del Cco.( de los comerciantes y del comercio en general): De la

contabilidad de los empresarios. • Capítulo VII. De las Sociedades Mercantiles (RD. 1564/1989, 22/12 por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anonimas). De las Cuentas Anuales

• Capítulo VI. De la Ley de 17 de Julio de 1953 sobre el régimen jurídico de las sociedades de Responsabilidad Limitada. Cuentas Anuales y distribución de beneficios.

Archivar los documentos, del tema anterior, en función de quien los emite. Agrupando los documentos que correspondan a una misma operación.

Actividades

Simulación