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UNIDAD I. Boletín 4010 Dictamen del auditor Objetivo. Establecer la forma y contenido del dictamen que debe emitir el auditor al término de su examen practicado de conformidad con las normas de auditoría generalmente aceptadas, y describir las modificaciones a dicho documento cuando existan limitaciones en el alcance del trabajo y/o desviaciones en los principios de contabilidad. Asimismo, también se refiere a aquellos casos en que el auditor considera necesario incluir un párrafo de énfasis en su dictamen. 1- Concepto de Dictamen Es el documento que suscribe en contador público conforme a las normas de su profesión, relativo a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados financieros de la entidad de que se trate. 2- Normalmente ¿A quién va dirigido el dictamen? Generalmente el dictamen se dirigirá a los accionistas o a quien haya contratado los servicios del auditor. 3- ¿Quién es el responsable de la elaboración del dictamen? El Contador Público Registrado. 4- ¿Quién es el responsable de la elaboración de los estados financieros? Los estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía.

BOLETIN 4010

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UNIDAD I. Boletín 4010

Dictamen del auditor

Objetivo.

Establecer la forma y contenido del dictamen que debe emitir el auditor al término de su examen practicado de conformidad con las normas de auditoría generalmente aceptadas, y describir las modificaciones a dicho documento cuando existan limitaciones en el alcance del trabajo y/o desviaciones en los principios de contabilidad. Asimismo, también se refiere a aquellos casos en que el auditor considera necesario incluir un párrafo de énfasis en su dictamen.

1- Concepto de Dictamen

Es el documento que suscribe en contador público conforme a las normas de su profesión, relativo a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados financieros de la entidad de que se trate.

2- Normalmente ¿A quién va dirigido el dictamen?

Generalmente el dictamen se dirigirá a los accionistas o a quien haya contratado los servicios del auditor.

3- ¿Quién es el responsable de la elaboración del dictamen?

El Contador Público Registrado.

4- ¿Quién es el responsable de la elaboración de los estados financieros?

Los estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía.

5- ¿Por qué es necesaria la comparación de dos ejercicios?

Para analizar las variaciones y/o desviaciones que se tienen.

6- ¿En cuántos párrafos se divide el dictamen?

Se divide en tres párrafos:

a) Alcance

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b) Énfasisc) Opinión

7- ¿Cuál es la fecha que debe de llevar el dictamen?

Como regla general, la fecha del dictamen debe ser la misma en la que el auditor concluya su trabajo de auditoría, es decir, cuando se retira de las oficinas de la entidad.

8- ¿Quién debe firmar el dictamen?

Deberá aparecer nombre y firma del contador público que esté a cargo de la auditoria.

9- ¿Qué es un exhorto?

Una llamada de atención.

10- ¿Qué es revisión?

Es un trabajo en el cual el riesgo de atestiguar es reducido, solo en un nivel de seguridad moderado.

11- ¿Por qué debe presentarse un solo modelo de dictamen?

Para unificar criterios.

12- ¿Cuáles son los elementos básicos que integran el dictamen?

I. DestinatarioII. Identificación de los Estados Financieros

III. Identificación de la responsabilidad de la administración de la compañía y del auditor

IV. Descripción general del alcance de la auditoriaV. Opinión del auditor

VI. Nombre y firma del auditorVII. Fecha del dictamen

VIII. Obligación en su uso

13- ¿Qué es el énfasis?

Párrafo en donde se menciona algún concepto importante.

14- Concepto de salvedad

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Es una excepción que se deriva generalmente de una situación especial en los estados financieros básicos al efectuar la revisión de estos y que se acompaña de la palabra “excepto por” o “a excepción”.

15- Concepto de Opinión negativa

El auditor deberá expresar una opinión negativa o adversa cuando, como consecuencia de su examen, concluye que los estados financieros no están de acuerdo con las Normas de Información Financiera y las desviaciones son a tal grado importantes que la expresión de una opinión con salvedades no sería adecuada. Se acompaña de la palabra “no”.

16- Concepto de abstención de opinión

El debe de abstenerse de expresar una opinión cuando el alcance de su examen haya sido limitado en forma tal que no proceda la emisión de un dictamen con salvedades. En este caso deberá indicar cuales fueron todas las razones que dieron lugar a la abstención.

17- ¿Cuándo se dice que hay una salvedad?

Cuando existen inconsistencias en Normas de información Financiera Por limitaciones en el alcance Por incertidumbre

18- Concepto de contingencia

Un hecho que puede o no ocurrir.

19- ¿Se puede dictaminar exclusivamente el Estado de Situación Financiera?

Si, además al estar revisando dicho estado se deberán analizar cuentas de resultados.

20- ¿Se puede dictaminar a una Persona Física?

Si, el requisito es que esa persona física tenga contabilidad y un adecuado control interno.

21- ¿En qué consiste el riesgo de auditoría?

Representa la posibilidad en que el auditor encuentre alguna desviación en el alcance de su revisión; este riesgo está integrado por el efecto combinado de los siguientes riesgos:

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a) Riesgo de control. Es el riesgo de que los errores importantes pudieran existir en un rubro especifico de los estados financieros y que no sean detectados oportunamente con el sistema del control interno contable en vigor.

b) Riesgo de detección. Es el riesgo de que los pronunciamientos aplicados por el auditor no detecten los posibles errores importantes que hayan escapado de los procedimientos de control.

c) Riesgo inherente. Representa el riesgo de que ocurran errores importantes en un rubro específico, sin considerar el efecto de los procedimientos de control interno que pudieran existir.

22- ¿En qué consiste el riesgo de atestiguar?

Es aquel en el que el auditor pueda inadvertidamente caer en error por no modificar adecuadamente su informe sobre un trabajo de atestiguar.

23- ¿Qué es un hecho posterior?

Un suceso que surge después de haber abandonado las instalaciones de la empresa y una vez hecho el dictamen; si es muy importante se deberá cambiar la fecha del dictamen.

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MODELO DE DICTAMEN SIN SALVEDADES O LIMPIO.

He examinado los estados de situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoría.

Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las norma de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con las normas de información financiera. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión.

En mi opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de

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diciembre de 200_ y 200_ y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las normas de información financiera.

Firma y Fecha

MODELO DE DICTAMEN CON SALVEDAD.

He examinado los estados de situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoría.

Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las norma de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con las normas de información financiera. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas

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selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión.

Según se explica en la Nota… a los estados financieros, la estimación para cuentas incobrables al 31 de diciembre de 200_ y 200_ no incluye saldos que se consideran de dudosa recuperación por $XXXXX Y $XXXXX, respectivamente.

En mi opinión, excepto porque la estimación para cuentas incobrables es insuficiente, como se describe en el párrafo anterior, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las normas de información financiera.

Firma y Fecha

MODELO DE DICTAMEN NEGATIVO

He examinado los estados de situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoría.

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Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las norma de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con las normas de información financiera. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión.

Como se menciona en la Nota X, en los estados financieros de la compañía no se reconocen los efectos de la inflación conforme lo requieren las normas de información financiera, considerándose que dichos efectos son importantes en atención al monto y antigüedad de los activos no monetarios, de la inversión de los accionistas y de la posición monetaria promedio mantenida durante ambos ejercicios.

En mi opinión, debido a la importancia que tiene la falta de reconocimiento de los efectos de la inflación en a la información financiera, según se explica en el párrafo anterior, los estados financieros adjuntos no presentan la situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_, ni el resultado de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las normas de información financiera.

Firma y Fecha

MODELO DE DICTAMEN CON ABSTENCION DE OPINION

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Fui contratado para examinar el estado de situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por el año que termino en esa fecha. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía.

Con excepción de lo que se menciona en el párrafo siguiente, mi examen fue realizado de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes y de que están preparados de acuerdo con las normas de información financiera. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto.

Mi examen reveló que los saldos de las cuentas por cobrar al 31 de diciembre de 200_, que ascienden a $XXXXX y que representan un ___% de los activos totales, requieren de una depuración integral, por lo que no pude cerciorarme de su razonabilidad.

Debido a la limitación en el alcance de mi trabajo, que se menciona en el párrafo anterior, y en vista de la importancia de los efecto que pudiera tener la depuración integral de las cuentas antes mencionadas, me abstengo de expresar una opinión sobre los estados financieros de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_, y por el año terminado en esa fecha, considerados en su conjunto.

Firma y Fecha

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UNIDAD II. Boletín 4020

Dictamen sobre estados financieros preparados de acuerdo con bases especificas diferentes a las normas de información financiera.

Objetivo.

Establecer pronunciamientos normativos en relación con los dictámenes que emite el Contador Público sobre estados financieros preparados sobre bases específicas diferentes a las Normas de Información Financiera.

Se entiende por bases específicas de contabilización, un conjunto integral de criterios lógicos y congruentes que se aplican consistentemente en la preparación de estados financieros y su marco de referencia se encuentra debidamente emitido por una entidad gubernamental y/o un organismo regulatorio perteneciente al sector financiero. Un conjunto de convencionalismos contables establecidos de acuerdo con ciertas preferencias particulares no fundamentadas, no cumple con el concepto de bases específicas de contabilización.

1- ¿Qué se entiende por bases específicas de contabilización?

Es un conjunto integral de criterios lógicos y congruentes que se aplican consistentemente en la preparación de estados financieros.

2- ¿Cuáles son los pronunciamientos normativos sobre estados financieros preparados de acuerdo con bases específicas diferentes a las normas de información financiera?

1) Que se trate de una entidad ya sea gubernamental o privada sujeta a disposiciones o reglamentaciones emitidos por organismos gubernamentales, tanto para el registro de sus operaciones como para la preparación y presentación de su información financiera, que difieran de las normas de información financiera.

2) Que se trate de una entidad que requiere preparar estados financieros para un propósito específico. Por sus características, estos estados

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financieros son emitidos para uso exclusivo de las partes interesadas y, en consecuencia, debe restringirse su circulación.

3) La entidad mantenga sistemas adecuados de contabilidad y control interno que aseguren la corrección en el registro, clasificación, agrupación y presentación de su información financiera.

4) Que se haya podido cumplir con las normas de auditoría generalmente aceptadas y realizar sobre los registros contables y documentación, todas las pruebas y procedimientos que hubieren considerado necesarios en las circunstancias.

5) Que el auditor juzgue la razonabilidad y congruencia de las bases especificas a las normas de información financiera

3- ¿Cuáles son los requisitos que deberán incluirse en el dictamen del auditor sobre estados financieros preparados de acuerdo con bases específicas diferentes a las normas de información financiera?

I. Identificación de los estados financieros examinadosII. Indicación de la responsabilidad de la administración y del auditor

III. Descripción general del alcance de la auditoria:i) En el párrafo de alcance se indicara que los estados financieros

están preparados de acuerdo a bases contables especificas aplicables a la entidad

ii) La opinión indicará si los estados financieros presentan razonablemente en todos los aspectos importantes la situación financiera de la entidad, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en el flujo de efectivo de conformidad con las bases contables utilizadas.

iii) En el caso de estados financieros preparados para un propósito específico se debe incluir un párrafo de énfasis indicando que no deberán ser utilizados para otro propósito.

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MODELO DE DICTAMEN SOBRE ESTADOS FINANCIEROS PREPARADOS DE ACUERDO CON BASES ESPECIFICAS DE CONTABILIZACION EMITIDAS POR UN ORGANISMO GUBERNAMENTAL, COMO LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES O LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, PARA LAS INSTITUCIONES Y ORGANIZACIONES AUXILIARES DE CREDITO, Y PARA INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS RESPECTIVAMENTE.

He examinado los estados de situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoría.

Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las norma de auditoría generalmente aceptadas en México, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con las bases contables aplicables al banco. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las bases contables utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión.

Como se explica en la nota X a los estados financieros, el banco está obligado a preparar y presentar sus estados financieros con base en las reglas contables emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, las cuales, en los casos que se indican en dicha nota, no coinciden con las normas de información financiera.

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En mi opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera del Banco X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_ y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las bases contables antes mencionadas.

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UNIDAD III. Boletín 4030

Efectos en el dictamen cuando se utiliza el trabajo de otros auditores

Objetivo.

Establecer los pronunciamientos normativos relativos a la responsabilidad que el auditor principal asume cuando utilizan el trabajo por otros auditores, asi como a las repercusiones en la forma y contenido de su dictamen, derivados de ese hecho.

1- ¿Qué nombre recibe el Contador Público que es contratado para dictaminar estados financieros de una entidad en cuya auditoria participan otros auditores en la revisión de una parte o componente?

Auditor principal.

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2- ¿Qué nombre reciben los otros Contadores Públicos que no son parte integrante de la firma del auditor principal, o bien, que no se encuentran sujetos al control de calidad y responsabilidad de la misma?

Otros auditores

3- ¿Cuáles son los pronunciamientos normativos que deberán tomarse en cuenta para que el auditor principal pueda emitir una opinión?

a. La importancia relativa de la porción de los estados financieros que van a examinar de la entidad tomados en su conjunto.

b. El conjunto detallado que tenga acerca de la naturaleza del negocio incluyendo el que posee de los componentes que no va a examinar y sobre los cuales tendrá que apoyarse en el trabajo que efectúen los otros auditores.

c. La evaluación del riesgo de que existen errores importantes en los estados financieros de los componentes examinados por otros auditores.

4- ¿En qué casos el auditor principal decide no hacer referencia del trabajo de otros auditores?

Cuando la importancia es relativa y el riesgo es menor

5- ¿Qué sucede cuando el auditor principal concluye que el trabajo de otros auditores no puede ser utilizado y además no se encuentra en posibilidad de realizar procedimientos adicionales?

Una salvedad o abstención de opinión

6- ¿Qué sucede cuando el auditor principal decide asumir la responsabilidad por el trabajo de otros auditores?

El auditor principal asume toda la responsabilidad y no menciona para nada a los otros auditores ya que ocasionaría confusión al usuario del dictamen.

7- Escriba los principales procedimientos de auditoría que el auditor principal debe aplicar en la revisión de los dictámenes de los otros auditores:

a. Indagar respecto a la experiencia profesional e independencia de los otros auditores

b. Obtener de los otros auditores confirmación por escrito ratificando que son independientes

c. Que los otros auditores tengan conocimiento de que los estados financieros que van a examinar formarán parte de los estados financieros

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sobre los cuales dictaminará el auditor principal y que su dictamen servirá de base o referencia para el dictamen para el dictamen del auditor principal.

d. Que los otros auditores están familiarizados con las normas de auditoría generalmente aceptadas y las normas de información financiera.

e. Que los otros auditores estén enterados de que se efectuara una eliminación de movimientos de saldos.

f. Procedimientos adicionalesi. Establecer de común acuerdo con los otros auditores los programas

de auditoría a aplicarii. Revisar los papeles de trabajo, control interno de los otros

auditores y discutir procedimientos aplicados.

MODELO DE DICTAMEN MENCIONANDO EL TRABAJO DE OTROS AUDITORES

He examinado los estados de situación financiera consolidados de Compañía X, S.A., y subsidiarias al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los estados consolidados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoría. Los estados financieros de algunas subsidiarias, cuyos activo e ingresos representan el 20% y 25% en 200_ y el 18% y 23% en 200_, respectivamente, de los totales consolidados, fueron examinados por

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otros auditores, y mi opinión, en tanto se refiere a dichas subsidiarias, se basa únicamente en el dictamen de los otros auditores.

Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las norma de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con las normas de información financiera. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión.

En mi opinión, basada en mi examen y en el dictamen de los otros auditores, al que se hace referencia en el primer párrafo, los estados financieros consolidados antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Compañía X, S.A., y subsidiarias al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las normas de información financiera.

Firma y Fecha

MODELO DE DICTAMEN CUANDO EXISTE SALVEDAD EN LOS DICTAMENES DE LOS OTROS AUDITORES.

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He examinado los estados de situación financiera consolidados de Compañía X, S.A., y subsidiarias al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los estados consolidados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoría. Los estados financieros de algunas subsidiarias, cuyos activo e ingresos representan el 25% y 30% en 200_ y el 19% y 22% en 200_, respectivamente, de los totales consolidados, fueron examinados por otros auditores, y mi opinión, en tanto se refiere a dichas subsidiarias, se basa únicamente en el dictamen de los otros auditores.

Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con las normas de información financiera. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión.

La opinión de los otros auditores incluye una salvedad por sobrevaluacion de los inventarios de producción, en proceso y producto terminado, al 31 de diciembre de 200_ y 200_, por un total de $XXXX y $XXXX, respectivamente, ya que exceden a su valor de mercado. De haberse valuado de acuerdo con las normas de información financiera, los saldos de inventarios se hubieran reducido en $XXXX y $XXXX, respectivamente; el exceso en la actualización del capital contable hubiera disminuido en $XXXX y $XXXX, respectivamente; y la utilidad neta por los años terminados el 31 de diciembre de 200_ y 200_ se hubiera reducido en $XXXX y $XXXX, respectivamente, netos del efecto del impuesto sobre la renta y participación de utilidades a los trabajadores.

En mi opinión, basada en mi examen y en el dictamen de los otros auditores, al que se hace referencia en el primer párrafo, excepto por el efecto de la sobrevaluaación de invenrarios que se menciona en el párrafo anterior, los estados financieros consolidados antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Compañía X, S.A., y subsidiarias al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las normas de información financiera.

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Firma y Fecha

MODELO DE DICTAMEN SIN MENCIONAR EL TRABAJO DE OTROS AUDITORES

He examinado los estados de situación financiera consolidados de Compañía X, S.A., y subsidiarias al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los estados consolidados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía.

Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las norma de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con las normas de información financiera. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión.

En mi opinión, basada en mi examen, los estados financieros consolidados antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Compañía X, S.A., y subsidiarias al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las normas de información financiera.

Firma y Fecha

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UNIDAD IV. Boletín 4110

Asociación del nombre del Contador Público con estados financieros publicados.

Objetivo. Establecer la responsabilidad que asume el Contador Público cuando en su carácter de auditor externo o comisario, su nombre queda asociado con estados financieros o cualquier otra información financiera que se publica, así mismo, cuando se presenta información adicional sobre la cual no va a emitir una opinión.

1- ¿Cuáles son los pronunciamientos normativos?

Existen circunstancias en las cuales una entidad por razones de tipo legal u otras, publica la totalidad de los estados financieros, incluyendo sus notas relativas o, en otros casos, publica solamente el estado de situación financiera. Si dichos estados financieros han sido auditados por contador público, se entenderá que este asume responsabilidad sobre dicha publicación cuando antes de llevarse a cabo le es permitido revisar la información y firmar la opinión correspondiente. En estos casos, será necesario que el contador público se asegure que la información que va a ser publicada corresponde a aquella examinada por él.

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Boletín 4090

El dictamen del Contador Público en su carácter de comisario.

Objetivo.

Orientar al Contador Público en su actuación como comisario, en el cumplimiento de las funciones que le impone la LGSM y normar el contenido del dictamen que debe emitir.

1- ¿Qué debemos entender por comisario?

Encargado de vigilar el patrimonio de los accionistas

2- ¿Puede el auditor externo ser comisario?

Si, en este caso es la persona idónea para ser comisario

3- ¿Puede un Contador Público ser comisario sin ser auditor externo?

Page 21: BOLETIN 4010

Si

4- ¿En qué época se celebra la asamblea ordinaria? ¿Normalmente para qué?

A más tardar el cuarto mes después del cierre del ejercicio, se avisa a los accionistas con 15 días de anticipación y se reúnen normalmente para conocer la marcha de la sociedad en el ejercicio, políticas seguidas por los administradores, y en su caso sobre los proyectos existentes. Asimismo revisaran la situación financiera de la empresa, los resultados de esta y los cambios en el capital del ejercicio.

5- ¿En qué época se celebra la asamblea extraordinaria? ¿Normalmente para qué?

Estas asambleas pueden reunirse en cualquier tiempo y normalmente se ocupan de,

I.- Prórroga de la duración de la sociedad;

II.- Disolución anticipada de la sociedad;

III.- Aumento o reducción del capital social;

IV.- Cambio de objeto de la sociedad;

V.- Cambio de nacionalidad de la sociedad;

VI.- Transformación de la sociedad;

VII.- Fusión con otra sociedad;

VIII.- Emisión de acciones privilegiadas;

IX.- Amortización por la sociedad de sus propias acciones y emisión de acciones de goce;

X.- Emisión de bonos;

XI.- Cualquiera otra modificación del contrato social, y

XII.- Los demás asuntos para los que la Ley o el contrato social exija un quórum especial.

6- ¿Cuáles son las disposiciones del código de ética profesional?

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Establece que los informes de cualquier tipo que emite el Contador Público deberán ser necesariamente el resultado de un trabajo practicado por él; asimismo el Código de ética señala que al firmar informes de cualquier tipo el C.P. será responsable de ellos en forma individual.

7- ¿Cuáles son los pronunciamientos normativos en el caso de que el Contador Público es auditor externo y comisario?

El contador deberá dejar claramente establecido que para su función de comisario:

a) No se le impondrán restricciones en el alcance de su trabajob) Podrá contratar y designar técnicos profesionales independientes

que actúen bajo su dirección, si lo considera convenientec) Deberá ser convocado a las asambleas de accionistas y sesiones del

consejo de administración

8- ¿Cuáles son los pronunciamientos normativos cuando actúen como comisario sin ser el auditor externo?

Para estar en condiciones de aceptar el cargo de comisario de una sociedad, sin ser el auditor externo de la misma, deberá aplicar los siguientes procedimientos:

a) Asegurarse de que será aplicado un examen de los estados financieros por un Contador Público independiente.

b) Cuando sea otro Contador Público el que practique la auditoria de los estados financieros de la entidad, el comisario deberá dejar claramente establecido que es necesario se le permita participar, en el grado que considere conveniente, en la planeación, ejecución y conclusión de dicho examen, con objeto de que pueda cumplir con las obligaciones que el cargo de comisario le impone

c) Cumplir con las normas de auditoría generalmente aceptadas

9- ¿Cuáles son los elementos que debe de contener el Dictamen del comisario?

Identificación de ser dictamen de comisario Mención del destinatario Deberá dirigirse a la asamblea general de accionistas Identificación de la información y del periodo revisado

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Deberá identificarse la información y el periodo al que se refiere el dictamen del comisario

Cumplimiento de sus obligaciones conforma a la LGSM Cumplimiento con las normas de auditoria Deberá señalar que su examen se hizo de acuerdo con las normas de

auditoria generalmente aceptadas Revelaciones adicionales derivadas de la funcion del comisario que

sean necesarias según su criterio Opinión del comisario Firma Fecha

10- ¿Cuáles son las facultades y obligaciones del comisario?

I.- Cerciorarse de la constitución y subsistencia de la garantía que exige el artículo 152, dando cuenta sin demora de cualquiera irregularidad a la Asamblea General de Accionistas;

II.- Exigir a los administradores una información mensual que incluya por lo menos un estado de situación financiera y un estado de resultados.

III.- Realizar un examen de las operaciones, documentación, registros y demás evidenciascomprobatorias, en el grado y extensión que sean necesarios para efectuar la vigilancia de las operaciones que la ley les impone y para poder rendir fundadamente el dictamen que se menciona en el siguiente inciso.

IV.- Rendir anualmente a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas un informe respecto a la veracidad, suficiencia y razonabilidad de la información presentada por el Consejo de Administración a la propia Asamblea de Accionistas. Este informe deberá incluir, por lo menos:

a. La opinión del Comisario sobre si las políticas y criterios contables y de información seguidos por la sociedad son adecuados y suficientes tomando en consideración las circunstancias particulares de la sociedad.

b. La opinión del Comisario sobre si esas políticas y criterios han sido aplicados consistentemente en la información presentada por los administradores.

c. La opinión del comisario sobre si, como consecuencia de lo anterior, la información presentada por los administradores refleja en forma veraz y suficiente la situación financiera y los resultados de la sociedad.

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V.- Hacer que se inserten en la Orden del Día de las sesiones del Consejo de Administración y de las Asambleas de Accionistas, los puntos que crean pertinentes;VI.- Convocar a Asambleas ordinarias y extraordinarias de accionistas, en caso de omisión de los Administradores y en cualquier otro caso en que lo juzguen conveniente;VII.- Asistir, con voz, pero sin voto, a todas la sesiones del Consejo de Administración, a las cuales deberán ser citados;VIII.- Asistir, con voz pero sin voto, a las Asambleas de Accionistas, y IX.- En general, vigilar ilimitadamente y en cualquier tiempo todas las operaciones de la sociedad.

11- Da un concepto de consejo de administración

Son las personas encargadas de la administración de la entidad y está conformada por dos o más socios.

MODELO DEL DICTAMEN DEL COMISARIO

____________ a ________ de _____________ de 20__

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A la Asamblea General de Accionista de Compañía X, S.A., de C.V.

En mi carácter de comisario y en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 166 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y los estatutos de Compañía X, S.A. de C.V., rindo a ustedes mi dictamen sobre la veracidad, suficiencia y razonabilidad de la información que ha presentado a ustedes el consejo de administración, en relación con la marcha de la Sociedad por el año terminado el _________ de _____________ de 20__.

He asistido a las asambleas de accionistas y juntas del consejo de administración a las que he sido convocado y he obtenido de los directores y administradores, la información sobre las operaciones, documentación y registros que consideré necesarios examinar. Mi revisión ha sido efectuada de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas.

En mi opinión los criterios y políticas contables y de información seguidos por la Sociedad y considerados por los administradores para preparar la información presentada por los mismos a esta asamblea, son adecuados y suficientes y se aplicaron en forma consistente con el ejercicio anterior; por lo tanto, dicha información refleja en forma veraz, razonable y suficiente la situación financiera de la Compañía X, S.A., de C.V., al _______ de ______de 20__, los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por el año terminado en esa fecha, de conformidad con las normas de información financiera.

Firma del comisario

Boletín 4060

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Opinión del auditor sobre la información adicional que acompañan los estados financieros básicos dictaminados.

Objetivo.

Normar la forma y contenido de la opinión del auditor sobre la información adicional que acompaña a los estados financieros básicos dictaminados.

1- Concepto de información adicional

Se denomina información adicional a los análisis o comentarios que acompañan y amplían la información básica que se encuentra contenida en los estados financieros dictaminados para el auditor y se presentan bajo la responsabilidad de la administración.

2- ¿Cuáles son los procedimientos que deben aplicarse en los Casos en que se requiera emitir una opinión sobre información adicional?

La opinión debe señalar que el examen tuvo como objetivo emitir un dictamen sobre los estados financieros básicos

Debe identificarse la información adicional a la que se refiere la opinión del auditor

Debe aclararse que la información adicional se presenta para propósitos de análisis y por lo tanto no se considera indispensable para la interpretación de la situación financiera

La opinión del auditor debe ser en el sentido de si dicha información adicional se encuentra razonablemente presentada en todos los aspectos importantes con relación a los estados financieros básicos que se acompañan y deberán tenerse presente que la información adicional debe apegarse a las normas de auditoría generalmente aceptadas. El auditor podrá cambiar, si no se cumplen la normas, las opinión con una abstención

La opinión sobre la información adicional puede ser incluida en el dictamen del auditor sobre los estados financieros básicos o bien, presentarse por separado pero dentro del mismo paquete en donde se incluyan los estados financieros básicos conjuntamente con el dictamen relativo.

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OPINION CUANDO NO HAY SALVEDADES SOBRE EL DICTAMEN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS NI SOBRE LA INFORMACION ADICIONAL.

He examinado los estados de situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoría.

Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las norma de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con las normas de información financiera. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión.

En mi opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_ y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las normas de información financiera.

Mi examen tuvo como objetivo el de emitir la opinión que se expresa en los párrafos anteriores sobre los estados financieros básicos antes mencionados. La información adicional que se incluye en las páginas ___ a ___, preparada bajo la responsabilidad de la administración de la compañía, se presenta para análisis adicionales, y no se considera indispensable para la interpretación de la situación financiera, los resultados de operación, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera de la compañía. Dicha información fue revisada mediante los procedimientos de auditoría

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aplicados en el examen de los estados financieros básicos y, en mi opinión, se encuentra presentada en forma razonable, en todos los aspectos importantes, en relación con dichos estados financieros básicos.

Firma y Fecha

OPINION CUANDO EL AUDITOR NO ESTÉ EN POSIBILIDAD DE EXPRESAR UNA OPINION SOBRE TODA O UNA PARTE DE LA INFORMACION ADICIONAL.

He examinado los estados de situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoría.

Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las norma de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con las normas de información financiera. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión.

En mi opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_ y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las normas de información financiera.

Page 29: BOLETIN 4010

Mi examen tuvo como objetivo el de emitir la opinión que se expresa en los párrafos anteriores sobre los estados financieros básicos antes mencionados. La información adicional que se incluye en las páginas ___ a ___, preparada bajo la responsabilidad de la administración de la compañía, se presenta para análisis adicionales, y no se considera indispensable para la interpretación de la situación financiera, los resultados de operación, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera de la compañía. Dicha información, excepto por la parte señalada como “no auditada”, fue revisada mediante los procedimientos de auditoría aplicados en el examen de los estados financieros básicos y, en mi opinión, se encuentra presentada en forma razonable, en todos los aspectos importantes, en relación con dichos estados financieros básicos.

Firma y Fecha

MODELO CUANDO NO PUEDA EXPRESAR UNA OPINION SOBRE TODA LA INFORMACION ADICIONAL

He examinado los estados de situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoría.

Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las norma de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con las normas de información financiera. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros;

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asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión.

En mi opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_ y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las normas de información financiera.

Mi examen tuvo como objetivo el de emitir la opinión que se expresa en los párrafos anteriores sobre los estados financieros básicos antes mencionados. La información adicional que se incluye en las páginas ___ a ___, la cual fue preparada bajo la responsabilidad de la administración de la compañía, se presenta para análisis adicionales, y no se considera indispensable para la interpretación de la situación financiera de la compañía. Dicha información no fue revisada mediante los procedimientos de auditoria aplicados en el examen de los estados financieros básicos y por tanto, no expreso opinión alguna sobre la misma.

Firma y Fecha

Boletín 4040

Otras opiniones del auditor

Objetivo.

Establecer los pronunciamientos normativos a los que se deban sujetar los auditores cuando emitan o expresen opiniones profesionales diferentes a las que emiten sobre estados financieros y a otros informes y opiniones previstos en otros boletines,

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también normativos de esta Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoria.

1- ¿Qué tipos de opiniones aparte del dictamen financiero le es solicitado al auditor?

1) Opiniones relativas a componentes, cuentas o partidas especificas de los estados financieros, bien sean que hayan sido dictaminados o no

2) Opiniones sobre el cumplimiento de obligaciones contractuales3) Opiniones emitidas para cumplir con disposiciones legales y

reglamentarias

2- ¿Qué datos debe incluir la opinión del auditor?

a) Referencia a la fecha del dictamen y tipo de opiniónb) Identificación y propósito de la información específica examinada c) Responsabilidad de la administración de la compañía y del auditor d) Bases de preparación de la información examinadae) Descripción general del alcance de la auditoria mediante las siguientes

afirmaciones:i. Que el trabajo sea realizado de acuerdo a las normas

de auditoría generalmente aceptadasii. Que la auditoria fue planeada y llevada a cabo para

tener una seguridad razonable acerca de que el componente, cuenta o partida específica esté libre de errores importantes.

iii. Que el examen se efectuó mediante pruebas selectivas

iv. Que la auditoria incluyo la evaluación de las normad de información financiera

v. Que la auditoria proporciono bases razonables para sustentar su opinión.

f) Si así lo consideran conveniente el auditor podrá describir los procedimientos y el alcance de las pruebas de auditoria

g) Opinión en el sentido de que el componente, cuenta o partida específica examinada se encuentra presentada razonablemente conforme a las bases que sirvieron para su presentación

h) Si se concluye que la información específica no se encuentra presentada razonablemente conforme a las bases contables descritas o si se encontró con limitaciones, el auditor deberá señalar en su informe una opinión negativa o una abstención de opinión

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3- ¿Qué requisitos se tiene que cumplir cuando el auditor es requerido para emitir una opinión sobre cierta información específica de estados financieros no dictaminados?

a) Los hechos deben de estar conectados estrechamente con un sistema de captación y procesamiento de datos e información para evaluación por parte del auditor.

b) Que exista un control interno que garantice, razonablemente, que el proceso de cuantificación contable, es decir, la operación del sistema es estable y verificable.

MODELO CUANDO LA INFORMACION PROCEDE DE DICTAMEN SIN SALVEDADES

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He examinado el estado de situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que le son relativos, por el año que terminó en esa fecha. Mi dictamen correspondiente lo emití, sin salvedades, con fecha___________.

En relación con el examen antes indicado, también revise las ventad del articulo “H” efectuadas por la compañía durante el año que terminó el 31 de diciembre de 200_, las cuales se muestran en el Anexo I. Dicho anexo fue preparado bajo la responsabilidad de la administración de la compañía, teniendo como objetivo la determinación de la base para el cálculo del pago de las regalías a la empresa _________, conforme al contrato celebrado con fecha_________. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre el mismo con base en mi auditoria.

Mi examen fue relaizado conforme a las normas de auditoria generalmente aceptadas, las cuales requiren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que el Anexo I, que muestra las ventas del articulo “H”, no contiene errores importantes, y de que esta preparado de acuerdo con las bases establecidas en el contrato para el pago de regalías a ___________ de fecha __________. La auditoria consiste en el examen, con base en prubas selectivas de las cifras y revelaciones en el Anexo I, asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación del Anexo I. considero que mi examen proporciona una base razonable para sustentar mi opinión.

Como parte de mi examen expliqué, entre otros, los siguientes procedimientos:

1. Examiné la totalidad de las facturas por ventas del articulo “H”, que se relacionan en el subanexo I.1, cerciorándome de su veracidad.

2. Selectivamente, con un alcance del ____%, comprobé que las demás facturas emitidas por la compañía en el periodo al que se refirió mi examen, no incluyeran ventas del articulo indicado.

En mi opinión, el análisis de ventas que se muestra en el Anexo I, presenta razonablemente, en todos los aspectos importantes, las ventas del articulo “H” efectuadas por Compañía X, S.A., or en año que terminó el 31 de diciembre de 200_, de acuerdo con las bases establecidas en el contrato para el pago de regalías a _______, de fecha _______.

Firma y Fecha

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MODELO CUANDO LA INFORMACION PROCEDE DE DICTAMEN CON SALVEDADES

He examinado el estado de situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que le son relativos, por el año que terminó en esa fecha. Mi dictamen correspondiente lo emití con fecha___________, expresando una opinión negativa sobre la razonabilidad de los estados financieros, tomados en su conjunto, por falta de reconocimiento de los efectos de la inflación. Esta omisión no tiene efecto en el análisis de ventas al que a continuación me refiero.

En relación con el examen antes indicado, también revise las ventad del articulo “H” efectuadas por la compañía durante el año que terminó el 31 de diciembre de 200_, las cuales se muestran en el Anexo I. Dicho anexo fue preparado bajo la responsabilidad de la administración de la compañía, teniendo como objetivo la determinación de la base para el cálculo del pago de las regalías a la empresa _________, conforme al contrato celebrado con fecha_________. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre el mismo con base en mi auditoria.

Mi examen fue relaizado conforme a las normas de auditoria generalmente aceptadas, las cuales requiren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que el Anexo I, que muestra las ventas del articulo “H”, no contiene errores importantes, y de que esta preparado de acuerdo con las bases establecidas en el contrato para el pago de regalías a ___________ de fecha __________. La auditoria consiste en el examen, con base en prubas selectivas de las cifras y revelaciones en el Anexo I, asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación del Anexo I. considero que mi examen proporciona una base razonable para sustentar mi opinión.

Como parte de mi examen expliqué, entre otros, los siguientes procedimientos:

1. Examiné la totalidad de las facturas por ventas del articulo “H”, que se relacionan en el subanexo I.1, cerciorándome de su veracidad.

2. Selectivamente, con un alcance del ____%, comprobé que las demás facturas emitidas por la compañía en el periodo al que se refirió mi examen, no incluyeran ventas del articulo indicado.

Page 35: BOLETIN 4010

En mi opinión, el análisis de ventas que se muestra en el Anexo I, presenta razonablemente, en todos los aspectos importantes, las ventas del articulo “H” efectuadas por Compañía X, S.A., or en año que terminó el 31 de diciembre de 200_, de acuerdo con las bases establecidas en el contrato para el pago de regalías a _______, de fecha _______.

Firma y Fecha

MODELO CUANDO LA INFORMACION PROCEDE DE ESTADOS FINANCIEROS NO DICTAMINADOS

He examinado el análisis de ventas del articulo “H” efectuadas por la compañía durante el año que terminó el 31 de diciembre de 200_, las cuales se muestran en el Anexo I. Dicho anexo fue preparado bajo la responsabilidad de la administración de la compañía, teniendo como objetivo la determinación de la base para el cálculo del pago de las regalías a la empresa _________, conforme al contrato celebrado con fecha_________. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre el mismo con base en mi auditoria.

Mi examen fue relaizado conforme a las normas de auditoria generalmente aceptadas, las cuales requiren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que el Anexo I, que muestra las ventas del articulo “H”, no contiene errores importantes, y de que esta preparado de acuerdo con las bases establecidas en el contrato para el pago de regalías a ___________ de fecha __________. La auditoria consiste en el examen, con base en prubas selectivas de las cifras y revelaciones en el Anexo I, asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación del Anexo I. Considero que mi examen proporciona una base razonable para sustentar mi opinión.

Para la realización de la auditoria aplique entre otros los siguientes procedimientos:

1. Examiné la totalidad de las facturas por ventas del articulo “H”, que se relacionan en el subanexo I.1, cerciorándome de su veracidad.

Page 36: BOLETIN 4010

2. Selectivamente, con un alcance del ____%, comprobé que las demás facturas emitidas por la compañía en el periodo al que se refirió mi examen, no incluyeran ventas del articulo indicado.

En mi opinión, el análisis de ventas que se muestra en el Anexo I, presenta razonablemente, en todos los aspectos importantes, las ventas del articulo “H” efectuadas por Compañía X, S.A., durante el año que terminó el 31 de diciembre de 200_, de acuerdo con las bases establecidas en el contrato para el pago de regalías a _______, de fecha _______.

Firma y Fecha

Boletín 4070

Opinión del Contador Público sobre la incorporación de eventos subsecuentes de estados financieros proforma

Objetivo.

Señalar las condiciones en las que un Contador Público puede emitir una opinión sobre la incorporación de eventos aún no realizados a los estados financieros básicos y establecer las normas conducentes a lograrlo.

1- ¿Cuál es el concepto de estados financieros proforma?

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Son los estados financieros básicos en los que se incorpora el efecto de hechos ocurridos con posterioridad a la fecha de los estados financieros o que tienen un alto grado de probabilidad de que lleguen a realizarse.

2- ¿Cuáles son las causas más comunes que se presentan en los estados financieros proforma?

a) Emisión de acciones u obligacionesb) Reestructuración de una deudac) Compra o fusión de empresasd) Resultado de un juicioe) Pérdida de activo fijo o de inventarios por incendio o inundaciónf) Devaluación de la moneda.

MODELO DE DICTAMEN INCORPORANDO EVENTOS SUBSECUENTES DE ESTADOS FINANCIEROS PROFORMA.

He examinado los estados de situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoría.

Page 38: BOLETIN 4010

Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las norma de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con las normas de información financiera. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión.

En mi opinión, los estados financieros antes mencionados (columnas identificadas como “Cifra Base”), presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ , los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por el año que terminó en esa fechas, de conformidad con las normas de información financiera.

Como se explica en la Nota X, los estados financieros que se muestran en las columnas identificadas como proforma, incluyen el efecto del aumento de capital social acordado el 31 de marzo de 200_, como si hubiera ocurrido el 31 de diciembre de 200_.

En mi opinión, el efecto del aumento subsecuente de capital descrito en el párrafo anterior, se ha cuantificado e incorporado correctamente a los estados financieros proforma.

Firma y Fecha

DICTAMEN FISCAL

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1. ¿Qué es un dictamen fiscal?

Es el documento que suscribe en contador público conforme a las normas de su profesión, relativo al examen realizado sobre la situación fiscal del contribuyente de acuerdo con los requisitos establecidos por la autoridad fiscal.

2. ¿Qué requisitos debe cumplir el C.P. para dictaminar?

Art 52 CFF.

I.- Que el contador público que dictamine esté registrado ante las autoridades fiscales para estos efectos, en los términos del Reglamento de este Código. Este registro lo podrán obtener únicamente:

a. Las personas de nacionalidad mexicana que tengan título de contador público registrado ante la Secretaría de Educación Pública y que sean miembros de un colegio profesional reconocido por la misma Secretaría, cuando menos en los tres años previos a la presentación de la solicitud de registro correspondiente.

Deberá contar con certificación expedida por los colegios profesionales o asociaciones de contadores públicos, registrados y autorizados por la Secretaría de Educación Pública y sólo serán válidas las certificaciones que le sean expedidas a los contadores públicos por los organismos certificadores que obtengan el Reconocimiento de Idoneidad que otorgue la Secretaría de Educación Pública; además, deberán contar con experiencia mínima de tres años participando en la elaboración de dictámenes fiscales.

b. Las personas extranjeras con derecho a dictaminar conforme a los tratados internacionales de que México sea parte.

II. Que el dictamen o la declaratoria formulada con motivo de la devolución de saldos a favor del impuesto al valor agregado, se formulen de acuerdo con las disposiciones del Reglamento de este Código y las normas de auditoría que regulan la capacidad, independencia e imparcialidad profesionales del contador público, el trabajo que desempeña y la información que rinda como resultado de los mismos.

III. Que el contador público emita, conjuntamente con su dictamen, un informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en el que consigne, bajo protesta de decir verdad, los datos que señale el Reglamento de este Código.

IV. Que el dictamen se presente a través de los medios electrónicos de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria.

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3. ¿Cuándo procede la baja del padrón de C.P. por no formular dictamen o declaratoria en un periodo de cinco años?

Art 52 CFF.

El registro otorgado a los contadores públicos que formulen dictámenes para efectos fiscales, será dado de baja del padrón de contadores públicos registrados que llevan las autoridades fiscales, en aquéllos casos en los que dichos contadores no formulen dictamen sobre los estados financieros de los contribuyentes o las operaciones de enajenación de acciones que realice o no formulen declaratoria con motivo de la devolución de saldos a favor del impuesto al valor agregado o cualquier otro dictamen que tenga repercusión fiscal, en un periodo de cinco años.

El periodo de cinco años a que se refiere el párrafo anterior, se computará a partir del día siguiente a aquél en que se presentó el último dictamen o declaratoria que haya formulado el contador público.

En estos casos se dará inmediatamente aviso por escrito al contador público, al colegio profesional y, en su caso, a la Federación de Colegios Profesionales a que pertenezca el contador público en cuestión. El contador público podrá solicitar que quede sin efectos la baja del padrón antes citado, siempre que lo solicite por escrito en un plazo 30 días hábiles posteriores a la fecha en que reciba el aviso a que se refiere el presente párrafo.

4. ¿Qué sanciones existen para el C.P. que no de cumplimiento a las normas y procedimientos de auditoria?

Art 52 CFF.

Cuando el contador público no dé cumplimiento a las disposiciones referidas en este artículo, o no aplique las normas y procedimientos de auditoría, la autoridad fiscal, previa audiencia, exhortará o amonestará al contador público registrado, o suspenderá hasta por dos años los efectos de su registro, conforme al Reglamento de este Código. Si hubiera reincidencia o el contador hubiere participado en la comisión de un delito de carácter fiscal, o no exhiba a requerimiento de autoridad, los papeles de trabajo que elaboró con motivo de la auditoría practicada a los estados financieros del contribuyente para efectos fiscales, se procederá a la cancelación definitiva de dicho registro. En estos casos se dará inmediatamente aviso por escrito al colegio profesional y, en su caso, a la Federación de Colegios Profesionales a que pertenezca el contador público en cuestión.

5. ¿Cuál es el procedimiento para la revisión del dictamen y demás información?

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Artículo 52-A

Cuando las autoridades fiscales en el ejercicio de sus facultades de comprobación revisen el dictamen y demás información a que se refiere este artículo y el Reglamento de este Código, estarán a lo siguiente:

I. Primeramente se requerirá al contador público que haya formulado el dictamen lo siguiente:

a) Cualquier información que conforme a este Código y a su Reglamento debiera estar incluida en los estados financieros dictaminados para efectos fiscales.

b) La exhibición de los papeles de trabajo elaborados con motivo de la auditoría practicada, los cuales, en todo caso, se entiende que son propiedad del contador público.

c) La información que se considere pertinente para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones fiscales del contribuyente.

La revisión a que se refiere esta fracción se llevará a cabo con el contador público que haya formulado el dictamen. Esta revisión no deberá exceder de un plazo de doce meses contados a partir de que se notifique al contador público la solicitud de información.

II. Habiéndose requerido al contador público que haya formulado el dictamen la información y los documentos a que se refiere la fracción anterior, después de haberlos recibido o si éstos no fueran suficientes a juicio de las autoridades fiscales para conocer la situación fiscal del contribuyente, o si éstos no se presentan dentro de los plazos que establece el artículo 53-A de este Código, o dicha información y documentos son incompletos, las citadas autoridades podrán, a su juicio, ejercer directamente con el contribuyente sus facultades de comprobación.

III. Las autoridades fiscales podrán, en cualquier tiempo, solicitar a los terceros relacionados con el contribuyente o responsables solidarios, la información y documentación para verificar si son ciertos los datos consignados en el dictamen y en los demás documentos, en cuyo caso, la solicitud respectiva se hará por escrito, notificando copia de la misma al contribuyente.

6. ¿Qué contribuyentes están obligados a ser dictaminados?

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Articulo 32-A CFF.

I. Las que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $34,803,950.00, que el valor de su activo determinado en los términos del artículo 9o-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta sea superior a $69,607,920.00 o que por lo menos trescientos de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.

II. Las que estén autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. En este caso, el dictamen se realizará en forma simplificada de acuerdo con las reglas generales que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Así como las que lleven al cabo programas de redondeo en ventas al público en general con la finalidad de utilizar u otorgar fondos, para sí o con terceros.

III.- Las que se fusionen, por el ejercicio en que ocurra dicho acto. La persona moral que subsista o que surja con motivo de la fusión, se deberá dictaminar además por el ejercicio siguiente. La escindente y las escindidas, por el ejercicio fiscal en que ocurra la escisión y por el siguiente. Lo anterior no será aplicable a la escindente cuando ésta desaparezca con motivo de la escisión, salvo por el ejercicio en que ocurrió la escisión.

En los casos de liquidación, tendrán la obligación de hacer dictaminar sus estados financieros del periodo de liquidación los contribuyentes que en el ejercicio regular inmediato anterior al periodo de liquidación hubieran estado obligados a hacer dictaminar sus estados financieros.

IV.- Las entidades de la administración pública federal a que se refiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, así como las que formen parte de la administración pública estatal o municipal.

7. ¿Quiénes opten por hacer dictaminar sus estados financieros que aviso tendrán que presentar?

Art 32-A CFF

Los contribuyentes que opten por hacer dictaminar sus estados financieros, lo manifestarán al presentar la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta que corresponda al ejercicio por el que se ejerza la opción. Esta opción deberá ejercerse dentro del plazo que las disposiciones legales establezcan para la presentación de la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta. No se dará efecto legal alguno al ejercicio de la opción fuera del plazo mencionado.

8. ¿En qué caso del dictamen opcional se podrá renunciar a este?

Page 43: BOLETIN 4010

Art 66 RCFF.

Los contribuyentes que hayan optado por dictaminar sus estados financieros de conformidad con lo establecido en el artículo 32-A, cuarto y quinto párrafos del Código, podrán renunciar a la presentación del dictamen siempre que presenten un escrito en el que comuniquen dicha situación a la autoridad fiscal competente a más tardar el último día del mes en que deba presentarse el dictamen, manifestando los motivos que tuvieron para ello.

9. ¿Cuáles son los plazos para la presentación del dictamen?

Art 32-A CFF

Los contribuyentes deberán presentar dentro de los plazos autorizados el dictamen formulado por contador público registrado, incluyendo la información y documentación, de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de este Código, a más tardar el 30 de junio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate.

10. En el caso de tener diferencias en impuestos a pagar en el dictamen, ¿Qué plazos se tienen para pagar y que procedimiento se debe de seguir?

Art 32- CFF.En el caso de que en el dictamen se determinen diferencias de impuestos a pagar, éstas deberán enterarse mediante declaración complementaria en las oficinas autorizadas dentro de los diez días posteriores a la presentación del dictamen.

Art 32 CFF.Las declaraciones que presenten los contribuyentes serán definitivas y sólo se podrán modificar por el propio contribuyente hasta en tres ocasiones, siempre que no se haya iniciado el ejercicio de las facultades de comprobación.

El contribuyente podrá modificar en más de tres ocasiones las declaraciones correspondientes, aún cuando se hayan iniciado las facultades de comprobación, en los siguientes casos:

I. Cuando sólo incrementen sus ingresos o el valor de sus actos o actividades.

II. Cuando sólo disminuyan sus deducciones o pérdidas o reduzcan las cantidades acreditables o compensadas o los pagos provisionales o de contribuciones a cuenta.

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III. Cuando el contribuyente haga dictaminar por contador público autorizado sus estados financieros, podrá corregir, en su caso, la declaración original como consecuencia de los resultados obtenidos en el dictamen respectivo.

IV. Cuando la presentación de la declaración que modifica a la original se establezca como obligación por disposición expresa de Ley.

11. ¿Qué articulo es el que se refiere a la información que el contribuyente debe presentar respecto al dictamen?

Articulo 68 RCFF.

El dictamen y el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente que emita el contador público registrado en términos del artículo 52, fracciones II y III del Código, se elaborarán con base en el análisis efectuado a la información a que se refieren los artículos 69 a 80 de este Reglamento.

Los contribuyentes que dictaminen sus estados financieros deberán presentar, directamente o por conducto del contador público registrado que haya elaborado el dictamen, a través de medios electrónicos y de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria, la siguiente información y documentación:

I. Los datos generales e información del contribuyente, de su representante legal y del contador público registrado que emita el dictamen y, en su caso, los de la oficina central en el extranjero de los establecimientos permanentes, a que se refiere el artículo 69 de este Reglamento;

II. El dictamen sobre los estados financieros;

III. El informe sobre la revisión de su situación fiscal a que se refiere el artículo 71 de este Reglamento, así como el cuestionario diagnóstico fiscal contemplado en las fracciones II y XIII del citado artículo;

IV. La información de sus estados financieros básicos y las notas relativas a los mismos, y

V. La información correspondiente a su situación fiscal.

La información a que se refiere este artículo deberá ir acompañada de una declaración bajo protesta de decir verdad del contador público registrado que elaboró el dictamen y del contribuyente o de su representante legal, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

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12. ¿Cuándo se consideran cumplidas las Normas de Auditoria a que se refiere el artículo 52 F ll del C.F.F.?

Artículo 52. C.F.F. Para los efectos de la fracción II del artículo 52 del Código, las normas de auditoría se considerarán cumplidas en la forma siguiente: I. Las relativas a la capacidad, independencia e imparcialidad profesionales del contador público, cuando su registro se encuentre vigente y no tenga impedimento. II. Las relativas al trabajo profesional, cuando:

a. La planeación del trabajo y la supervisión de sus auxiliares le permitan allegarse los elementos de juicio suficientes para fundar su dictamen;

b. El estudio y evaluación del sistema de control interno del contribuyente le permita determinar el alcance y naturaleza de los procedimientos de auditoría que habrán de emplearse; y

c. Los elementos probatorios e información presentada en los estados financieros del contribuyente y en las notas relativas, son suficientes y adecuados para su razonable interpretación.

En caso de excepciones a lo anterior, el contador público debe mencionar claramente en qué consisten y su efecto cuantificado sobre los estados financieros, emitiendo en consecuencia un dictamen con salvedades o un dictamen negativo, según sea el caso. Cuando se carezca de elementos probatorios, el contador público emitirá una abstención razonada de opinión sobre los estados financieros en su conjunto.

13. ¿Qué articulo se refiere a los impedimentos para dictaminar?

Artículo 67 RCFF.

14. Existe la opción para efectuar cambio de C.P, que procedimiento se sigue?

En el caso de sustitución del contador público, se utilizará el formulario 39, aviso para presentar dictamen fiscal o sustitución del contador público registrado. La presentación del escrito de renuncia o del aviso de sustitución, deberá efectuarse a más tardar el último día del mes inmediato anterior a aquel en que deba presentarse el dictamen fiscal; en estos casos, se tomará como fecha de presentación del escrito o del aviso respectivo, aquella en la que el SAT reciba correctamente la información correspondiente.

15. ¿En qué tiempo debe el C.P.R. renovar su certificado?

Cada 4 años en el Colegio de Contadores Públicos y cada 2 años en la Asociación Mexicana de Contadores Públicos.

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16. ¿Cuándo no surte efecto legal el dictamen fiscal?

Artículo 47.El aviso a que se refiere el antepenúltimo párrafo del artículo 32-A del Código no surtirá efecto legal alguno cuando se presente fuera del plazo que establece dicho numeral. Los contribuyentes a que se refiere el numeral citado en el párrafo anterior podrán renunciar a la presentación del dictamen, siempre que comuniquen dicha renuncia a la autoridad fiscal competente dentro de los tres meses siguientes a la presentación del aviso mencionado, manifestando los motivos que tuvieren para ello.

17. Menciona 5 casos en que el C.P.R. este impedido para dictaminar

Artículo 67 RCFF

I. Sea cónyuge, pariente por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado, transversal dentro del cuarto y por afinidad dentro del segundo, del propietario o socio principal de la empresa o de algún director, administrador o empleado que tenga intervención importante en la administración. II. Sea o haya sido en el ejercicio fiscal que dictamina, director, miembro del consejo de administración, administrador o empleado del contribuyente o de una empresa afiliada, subsidiaria o que esté vinculada económica o administrativamente a él, cualquiera que sea la forma como se le designe y se le retribuyan sus servicios. El comisario de la sociedad no se considerará impedido para dictaminar, salvo que concurra otra causal de las que se mencionan en este artículo. III. Tenga o haya tenido en el ejercicio fiscal que dictamine, alguna injerencia o vinculación económica en los negocios del contribuyente que le impida mantener su independencia e imparcialidad. IV. Reciba, por cualquier circunstancia o motivo, participación directa en función de los resultados de su auditoría o emita su dictamen relativo a los estados financieros del contribuyente en circunstancias en las cuales su emolumento dependa del resultado del mismo. V. Sea agente o corredor de bolsa de valores en ejercicio. VI. Sea funcionario o empleado del Gobierno Federal, de las entidades federativas coordinadas en materia de contribuciones federales o de un organismo descentralizado competente para determinar contribuciones. VII. Se encuentre vinculado en cualquier otra forma con el contribuyente, que le impida independencia e imparcialidad de criterio.

18. ¿Cuáles son las causas de amonestación, suspensión y cancelación del registro del C.P.R.?

Artículo 63. RCFF.

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I. Amonestación, cuando el contador público registrado:

a) No proporcione o presente incompleta la información a que se refiere el artículo 52-A, fracción I, incisos a) y c) del Código.

La sanción a que se refiere este inciso se aplicará por cada dictamen formulado en contravención a las disposiciones legales aplicables, independientemente del ejercicio fiscal de que se trate y las sanciones correspondientes se acumularán;

b) No cumpla con lo establecido en el artículo 61, primer y segundo párrafos de este Reglamento, y

c) No hubiera integrado en el dictamen o declaratoria la información que para efectos del proceso de envío se determine en las reglas de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria, y

II. Suspensión del registro a que se refiere el artículo 52, fracción I del Código, cuando el contador público registrado:

a) Formule el dictamen o declaratoria en contravención a los artículos 52 del Código; 68 a 84 de este Reglamento, o 204 y 263 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta. En estos casos, la suspensión será de seis meses a dos años.

La sanción a que se refiere este inciso se aplicará por cada dictamen o declaratoria formulado en contravención a las disposiciones legales aplicables, independientemente del ejercicio fiscal de que se trate y las sanciones correspondientes se acumularán;

b) Acumule tres amonestaciones de las previstas en la fracción I de este artículo. En este caso la suspensión será de tres meses a un año y se aplicará una vez notificada la tercera amonestación;

c) No aplique las normas de auditoría a que se refiere el artículo 67, primer párrafo de este Reglamento. En este caso la suspensión será de seis meses a dos años.

La sanción a que se refiere este inciso se aplicará por cada dictamen o declaratoria formulado en contravención a las disposiciones legales aplicables, independientemente del ejercicio fiscal de que se trate y las sanciones correspondientes se acumularán;

d) Formule dictamen o declaratoria estando impedido para hacerlo de acuerdo a lo previsto en el artículo 67, segundo párrafo de este Reglamento. En este caso la suspensión será de seis meses a dos años;

e) Se dicte en su contra auto de sujeción a proceso por la comisión de delitos de carácter fiscal. En este caso la suspensión durará el tiempo en el que el contador público se encuentre sujeto al proceso penal;

f) No cumpla con lo establecido en el artículo 61, tercer párrafo de este Reglamento. En este caso la suspensión durará hasta que se obtenga la renovación, refrendo o recertificación a que se refiere el citado artículo;

g) Emita dictamen o declaratoria sin contar con la certificación a que se refiere el artículo 52, fracción I, inciso a), segundo párrafo del Código o con la renovación, refrendo o recertificación a que se refiere el artículo 61, tercer párrafo de este

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Reglamento. En este caso la suspensión durará hasta que se obtenga la certificación, renovación, refrendo o recertificación correspondiente, y

h) No exhiba a requerimiento de autoridad, los papeles de trabajo que elaboró con motivo del dictamen de las operaciones de enajenación de acciones, de la declaratoria formulada con motivo de la devolución de saldos a favor del impuesto al valor agregado o de cualquier otro dictamen que tenga repercusión fiscal, distinto al dictamen de los estados financieros del contribuyente. En este caso la suspensión será de uno a dos años.

MODELO DE DICTAMEN PARA EFECTOS FISCALESSERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN 200XNOMBRE DEL CONTRIBUYENTE: CIA. X, S.A. DE C.V.INFORMACION DEL ANEXO: OPINIÓN

México, D.F. a 31 de marzo del 200XA los señores accionistras de Cia. X, S.A. de C.V.

He examinado los estados de situación financiera de Cía, X, S.A. de C.V., al 31 de diciembre de 200X y 200X y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera que le son relativos, por los años que terminarion en esas fchas, y que se encuentran incorporados en el archivo DCSHCP01.DIC, que se envíe por internet. Dichos estados financieros son responsabilidad de la asministracion de la empresa. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoria.Mis exámenes fueron realizados con base en las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados en base en las Normas de Información Financiera Mexicanas. La auditoria consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados

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financieros; asimismo, incluye la evaluación de las Normas de Información Financiera utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión.

Los estados financieros antes mencionados han sido preparados para ser utilizados por la Administración General de Auditoria Fiscal Federal y, por lo tanto, se han presentado y clasificado conforme a los medios y formatos que para tal efecto ha diseñado esa administración.

En mi opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 200_ y 200_ y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con las normas de información financiera.

NOMBRE Y FORMA

CEDUA PROFESIONAL.

DICTAMEN PARA EFECTOS DEL INSTUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

1- ¿Qué es un dictamen del IMSS?

Es la opinión emitida por el Contador Publico autorizado por el IMSS respecto del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley del Seguro Social.

2- ¿Qué requisitos debe cumplir el Contador Publico para dictaminar?

I. Formato de solicitudII. Ser socio activo de algún Colegio profesional, el Contador publico comprobara

ante la delegación o subdelegación correspondientes, dentro de los 3 primeros meses de cada año que es socio activo de un Colegio o Asociación profesional; en su caso dicha certificación podrá requerirla el Instituto Mexicano del Seguro Social.

III. Ser de nacionalidad mexicanaIV. Presentar constancia de educación continua, considerando los siguientes con

carácter de obligatorios:

a) Incorporación al Seguro Socialb) Emisión pago de cuotasc) Clasificación de empresas en seguro de riesgos de trabajo

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d) Salario Base de Cotización e) Sujetos de aseguramientof) Dictamen para efectos del Seguro Socialg) Normas profesionales para emisión del dictamen aplicables

3- ¿Quiénes están obligados a dictaminarse?Art 16 LSSAquellos que por lo menos 300 trabajadores le hayan prestado servicios a los patrones en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.

4- ¿En qué fecha a más tardar se debe presentar el aviso a dictaminar?Art 156 RLSSDentro de los 4 meses siguientes a la terminación de su ejercicio fiscal, en caso de que dicho aviso se presente con posterioridad a esa fecha, solo se podrá autorizar a través de la jefatura de Auditoria a Patrones y Verificación, previo análisis de la situación del patrón a dictaminar.

5- A más tardar ¿En qué fecha se debe presentar el Dictamen? Dentro del término de 6 meses, contados a partir de la fecha de presentación del aviso

6- ¿Existe prorroga para la presentación del Dictamen? [7-]

Previa solicitud del patrón, el Instituto podrá conceder una prorroga de 460 días, calendario, para la entrega del dictamen si existen causas fortuitas o de fuerza mayor debidamente comprobadas que impidan el cumplimiento dentro del plazo correspondiente.

7-[8-] ¿Cómo se integra el Salario Base de Cotización?Art 30, 27 y 5-A LSS.De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 A, fracción XVIII de la Ley del Seguro Social, el salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad que se entregue al trabajador por su trabajo.Si el trabajador recibe sin costo para él habitación o alimentación, se estimará aumentado su salario en un 25% y si recibe ambas se incrementa en un 50%. Si la alimentación no cubre los 3 alimentos, por cada uno que reciba, se adiciona el salario en un 8.33%.

8-[9-] ¿Cuáles son las sanciones que existen?

I. Amonestaciones

a) Cuando presenten incompletos o extemporáneamente, el informe o anexos a que se refiere los puntos 1 y 3 del capitulo III de este instructivo(Dictamen, Informe y Anexos)

b) En caso de que no se cumpla con los requerimientos que le formule el instituto para aclarar su dictamen en los términos del inciso A del punto 3 de este

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capitulo -Cualquier información que conforme a este instructivo debiera estar incluida en el legajo respectivo-los papeles de trabajo propiedad del Contador Publico-información y documentos que se consideren pertinentes-exhibición en un plazo máximo de 10 días hábiles

c) No cumpla con lo establecido en el punto 5 Capitulo I (Presentar constancia de educación continua) , en cuyo caso la autoridad procederá a amonestarlo por cada año de omisión de la educación continua que trascurra sin que cumpla dicha obligación

II. Suspensión

a) Hasta por un año, cuando acumulen 3 amonestaciones

b) Hasta por dos años en las siguientes situaciones: Cuando no formulen el dictamen, el informe o anexos debiendo hacerlo Cuando habiendo presentado incompletos, bien sea el dictamen, el

informe o los anexos, las aclaraciones hechas por el Contador al respecto, no sean suficientes para el instituto.

Cuando la documentación aclaratoria solicitada por el instituto no sea presentada a la fecha de su vencimiento y exista de por medio prorrogas o nuevos requerimientos autorizados por el Instituto.

Cuando la documentación aclaratoria solicitada por el Instituto no sea presentada a la fecha de su vencimiento y existan de por medio prorrogas o nuevos requerimientos autorizados por el instituto.

c) Hasta por tres años

Cuando el dictamen presentado se resuelva que lo hizo en contravención a lo dispuesto en la Ley de Seguro Social y sus reglamentos y/o en el instructivo

Cuando este sujeto a proceso por presunta comisión de un delito de carácter fiscal o por delitos intencionales que ameriten pena corporal. En este caso la suspensión durara hasta la resolución definitiva de dicho proceso.

III. Cancelacióna) Cuando hubiere reincidencia en la violación a las disposiciones que rigen la

formulación del dictamen y demás información para efectos fiscales. Se entiende que hay reincidencia cuando el Contador Publico acumule 3 suspensiones.

b) Cuando la sentencia que ponga fin al proceso a que se refiere el último punto del inciso anterior le sea condenatoria.

9-[10-] ¿Qué tipo de opiniones se pueden presentar en el Dictamen?

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I. Opinión LimpiaII. Opinión sin salvedad

III. Opinión con salvedadIV. Opinión NegativaV. Abstención de opinión

MODELO DE OPINION LIMPIA. CUANDO DERIVADO DE LA REVISIÓN EL CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO NO DETERMINA OMISIONES

LUGAR Y FECHA

ASAMBLEA DE ACCIONISTAS DE LA CIA. X, S.A.He examinado la información que se presenta en los anexos l al V adjuntos*, que reflejan la aseveración de la administración del patrón ____________________, con registro patronal ______(del domicilio fiscal)___________, [ y los consignados en el Anexo 1 del aviso (DICP-02 A1) o Anexo 2 del aviso (DICP-02 A2)] **, respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales previstas en la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, por el ejercicio o período del _____________ al ______________. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre la misma información con base en mi examen.

Mi examen fue realizado de acuerdo con las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas que contienen las normas para atestiguar, y por lo tanto incluyó la aplicación de los procedimientos que consideré necesarios en las circunstancias, con base en pruebas selectivas, de la evidencia soporte de la aseveración de la administración. Considero que mi examen proporciona una base razonable para sustentar mi opinión.

Como parte de mi examen a los anexos l al V adjuntos*, apliqué, entre otros, los siguientes procedimientos.

1. Revisé la información que presentan los contratos colectivos y/o individuales de trabajo.

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2. Revisé y evalué el sistema de control interno del patrón, específico al examen que me ocupa.

3. Revisé el adecuado registro de los trabajadores, los movimientos afiliatorios de alta, baja, modificaciones de salario y liquidaciones de cuotas obrero patronales presentados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

4. Comprobé que el patrón cuenta con los registros necesarios para controlar el número de días trabajados y los salarios percibidos por sus trabajadores.

5. Revisé que las percepciones por concepto de sueldos y salarios, prestaciones y otras remuneraciones que perciben los trabajadores se hubieran considerado en la determinación del salario diario integrado base de cotización de conformidad con lo establecido, en el artículo 27 de la Ley del Seguro Social.

6. Revisé la retención y entero de las cuotas obrero patronales, considerando la prima de riesgo de trabajo.

7. Revisé la conciliación del total de percepciones de los trabajadores, contra los registros contables.

8. .....

En mi opinión la aseveración de la administración del patrón _____________________, es razonablemente correcta respecto del cumplimiento, en todos los aspectos importantes, con las obligaciones fiscales en materia de Seguro Social, por el ejercicio o periodo del _____________ al ___________ y la información contenida en los anexos del l al V*, se encuentra presentada de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

_______________________Contador Público AutorizadoNombre y firma

Registro IMSS___________

*Para los patrones de la construcción, se examinarán también las Cédulas I a III.**En caso de contar con más de un registro patronal o Registro Patronal ÚnicoMODELO DE OPINION SIN SALVEDADES. CUANDO DERIVADO DE LA REVISION EL CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO DETERMINA OMISIONES Y SON PAGADAS EN UNA SOLA EXHIBICION O EN PARCIALIDADES ANTES DE LA PRESENTACION DEL DICTAMEN

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LUGAR Y FECHAASAMBLEA DE ACCIONISTAS DE LA CIA. X, S.A.He examinado la información que se presenta en los anexos l al V adjuntos*, que reflejan la aseveración de la administración del patrón ____________________, con registro patronal ______( del domicilio fiscal ) ___________, [ y los consignados en el Anexo 1 del aviso (DICP-02 A1) o Anexo 2 del aviso (DICP-02 A2)] **, respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales previstas en la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, por el ejercicio o período del _____________ al ______________. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre la misma información con base en mi examen.Mi examen fue realizado de acuerdo con las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas que contienen las normas para atestiguar, y por lo tanto incluyó la aplicación de los procedimientos que consideré necesarios en las circunstancias, con base en pruebas selectivas, de la evidencia soporte de la aseveración de la administración del patrón. Considero que mi examen proporciona una base razonable para sustentar mi opinión.Como parte de mi examen a los anexos l al V adjuntos*, apliqué, entre otros, los siguientes procedimientos.

9. Revisé la información que presentan los contratos colectivos y/o individuales de trabajo.

10. Revisé y evalué el sistema de control interno del patrón, específico al examen que me ocupa.

11. Revisé el adecuado registro de los trabajadores, los movimientos afiliatorios de alta, baja, modificaciones de salario y liquidaciones de cuotas obrero patronales presentados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

12. Comprobé que el patrón cuenta con los registros necesarios para controlar el número de días trabajados y los salarios percibidos por sus trabajadores.

13. Revisé que las percepciones por concepto de sueldos y salarios, prestaciones y otras remuneraciones que perciben los trabajadores se hubieran considerado en la determinación del salario diario integrado base de cotización de conformidad con lo establecido, en el artículo 27 de la Ley del Seguro Social.

14. Revisé la retención y entero de las cuotas obrero patronales, considerando la prima de riesgo de trabajo.

15. Revisé la conciliación del total de percepciones de los trabajadores, contra los registros contables.

A.

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En mi opinión y bajo protesta de decir verdad, excepto por las omisiones señaladas en el Anexo II, mismas que fueron cubiertas con fecha ____ de _______________ de _______, la información mencionada en el primer párrafo, presenta razonablemente en todos los aspectos importantes, las obligaciones fiscales en materia de la Ley del Seguro Social, por el ejercicio o periodo del _____________ al ___________, de tal manera que la información contenida en los anexos I al V*, no contienen errores y están preparados de acuerdo al Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

B. En mi opinión y bajo protesta de decir verdad, excepto por las omisiones señaladas en el anexo ll, mismas que serán cubiertas en _________ mensualidades, la información mencionada en el primer párrafo presenta, razonablemente, en todos los aspectos importantes, las obligaciones fiscales en materia de la Ley del Seguro Social, por el ejercicio o periodo del _____________ al ___________, de tal manera que la información contenida en los anexos I al V*, no contienen errores y están preparados de acuerdo al Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

_______________________Contador Público AutorizadoNombre y firmaRegistro IMSS___________

*Para los patrones de la construcción, se examinarán también las Cédulas I a III. **En caso de contar con más de un registro patronal o Registro Patronal ÚnicoMODELO DE OPINION CON SALVEDADES. CUANDO DERIVADO DE LA REVISION EL CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO DETERMINA CONCEPTOS O SUJETOS DE ASEGURAMIENTO QUE EL PATRON NO ACEPTA INTEGRAR AL SALARIO DIARIO DE COTIZACION O AFILIAR AL REGIMEN OBLIGATORIO.LUGAR Y FECHAASAMBLEA DE ACCIONISTAS DE LA CIA. X, S.A.He examinado la información que se presenta en los anexos l al V adjuntos*, que reflejan la aseveración de la administración del patrón ____________________, con registro patronal ______( del domicilio fiscal ) ___________, [ y los consignados en el Anexo 1 del aviso (DICP-02 A1) o Anexo 2 del aviso (DICP-02 A2)] **, respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales previstas en la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, por el ejercicio o período del _____________ al ______________. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre la misma información con base en mi examen.

Mi examen fue realizado de acuerdo con las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas que contienen las normas para atestiguar, y por lo tanto incluyó la

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aplicación de los procedimientos que consideré necesarios en las circunstancias, con base en pruebas selectivas, de la evidencia soporte de la aseveración de la administración del patrón. Considero que mi examen proporciona una base razonable para sustentar mi opinión.

Como parte de mi examen a los anexos l al V adjuntos*, apliqué, entre otros, los siguientes procedimientos.

16. Revisé la información que presentan los contratos colectivos y/o individuales de trabajo.

17. Revisé y evalué el sistema de control interno del patrón, específico al examen que me ocupa.

18. Revisé el adecuado registro de los trabajadores, los movimientos afiliatorios de alta, baja, modificaciones de salario y liquidaciones de cuotas obrero patronales presentados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

19. Comprobé que el patrón cuenta con los registros necesarios para controlar el número de días trabajados y los salarios percibidos por sus trabajadores.

20. Revisé que las percepciones por concepto de sueldos y salarios, prestaciones y otras remuneraciones que perciben los trabajadores se hubieran considerado en la determinación del salario diario integrado base de cotización de conformidad con lo establecido, en el artículo 27 de la Ley del Seguro Social.

21. Revisé la retención y entero de las cuotas obrero patronales, considerando la prima de riesgo de trabajo.

22. Revisé la conciliación del total de percepciones de los trabajadores, contra los registros contables.

23. .....

Verifiqué que los conceptos _______(detallar)_______ no se integraron al salario base de cotización y (o) las personas físicas que aparecen en la contabilidad del patrón en el rubro de _______(detallar)________ ,no se afiliaron al régimen obligatorio del seguro social, por (detallar los motivos de ambas situaciones) , en los registros patronales (relacionar).

A. En mi opinión y bajo protesta de decir verdad, excepto por las omisiones señaladas en el párrafo que antecede, así como por las omisiones señaladas en el Anexo II, mismas que fueron cubiertas con fecha ____ de _______________ de _______, la información

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mencionada en el primer párrafo presenta, razonablemente, en todos los aspectos importantes, las obligaciones fiscales en materia de la Ley del Seguro Social, por el ejercicio o periodo del _____________ al ___________, de tal manera que la información contenida en los anexos I al V*, no contienen errores y están preparados de acuerdo al Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

B. En mi opinión y bajo protesta de decir verdad, excepto por las omisiones señaladas en el párrafo que antecede, así como por omisiones señaladas en el Anexo II, mismas que serán cubiertas en _________ mensualidades, la información mencionada en el primer párrafo presenta, razonablemente, en todos los aspectos importantes, las obligaciones fiscales en materia de la Ley del Seguro Social, por el ejercicio o periodo del _____________ al ___________, de tal manera que la información contenida en los anexos I al V*, no contienen errores y están preparados de acuerdo al Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

C. En mi opinión y bajo protesta de decir verdad, excepto por las omisiones señaladas en el párrafo que antecede, la información mencionada en el primer párrafo presenta, razonablemente, en todos los aspectos importantes, las obligaciones fiscales en materia de la Ley del Seguro Social, por el ejercicio o periodo del _____________ al ___________, de tal manera que la información contenida en los anexos I al V*, no contienen errores y están preparados de acuerdo al Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

________________________Contador Público AutorizadoNombre y firma

Registro IMSS____________

*Para los patrones de la construcción, se examinarán también las Cédulas I a III. **En caso de contar con más de un registro patronal o Registro Patronal Único

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MODELO DE DICTAMEN CON OPINION NEGATIVA. CUANDO EL CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO, COMO CONSECUENCIA DE SU REVISION, ENCUENTRA QUE LOS REGISTRIS CONTABLES NO REFEJAN LA INTEGRACION REAL DEL SALARIO BASE DE COTIZACION, SEGÚN LOS REQUERIMENTOS DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL Y SUS REGLAMENTOS.

LUGAR Y FECHAASAMBLEA DE ACCIONISTAS DE LA CIA. X, S.A.

He examinado la información que se presenta en los anexos l al V adjuntos*, que reflejan la aseveración de la administración del patrón ____________________, con registro patronal ______( del domicilio fiscal ) ___________, [ y los consignados en el Anexo 1 del aviso (DICP-02 A1) o Anexo 2 del aviso (DICP-02 A2)] **, respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales previstas en la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, por el ejercicio o período del _____________ al ______________. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre la misma información con base en mi examen.

Mi examen fue realizado de acuerdo con las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas que contienen las normas para atestiguar, y por lo tanto incluyó la aplicación de los procedimientos que consideré necesarios en las circunstancias, con base en pruebas selectivas, de la evidencia soporte de la aseveración de la administración. Considero que mi examen proporciona una base razonable para sustentar mi opinión.

Como parte de mi examen a los anexos l al V adjuntos*, apliqué, entre otros, los siguientes procedimientos.

1. Revisé la información que presentan los contratos colectivos y/o individuales de trabajo.

2. Revisé y evalué el sistema de control interno del patrón, específico al examen que me ocupa.

3. Revisé el adecuado registro de los trabajadores, los movimientos afiliatorios de alta, baja, modificaciones de salario y liquidaciones de cuotas obrero patronales presentados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

4. Comprobé que el patrón cuenta con los registros necesarios para controlar el número de días trabajados y los salarios percibidos por sus trabajadores.

5. Revisé que las percepciones por concepto de sueldos y salarios, prestaciones y otras remuneraciones que perciben los trabajadores se hubieran considerado en

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la determinación del salario diario integrado base de cotización de conformidad con lo establecido, en el artículo 27 de la Ley del Seguro Social.

6. Revisé la retención y entero de las cuotas obrero patronales, considerando la prima de riesgo de trabajo.

7. Revisé la conciliación del total de percepciones de los trabajadores, contra los registros contables.

8. .....

Las percepciones que están asentadas en los registros contables no reflejan la integración real del salario base de cotización, según los requerimientos de la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos.Debido a lo mencionado en el párrafo anterior, en mi opinión y bajo protesta de decir verdad, los registros y las declaraciones presentados por el patrón ____________________________, no reflejan la situación real en materia de Seguro Social.

________________________Contador Público AutorizadoNombre y firma

Registro IMSS___________

*Para los patrones de la construcción, se examinarán también las Cédulas I a III.** En caso de contar con más de un registro patronal o Registro Patronal Único.MODELO CON ABSTENCION DE OPINION. CUANDO EL CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO, NO CUENTA CON INFORMACIÓN, DOCUMENTACION O ELEMENTOS SUFICIENTES PARA LLEVAR A CABO LA REVISION QUE LE IMPIDA INCLUSIVE, EMITIR UNA OPINION CON SALVEDADLUGAR Y FECHA

ASAMBLEA DE ACCIONISTAS DE LA CIA X, S.A.Fui contratado para examinar la información que se presenta en los anexos l al V adjuntos*, que reflejan la aseveración de la administración del patrón ________________________, con registro patronal ____(del domicilio fiscal)____,[ y los consignados en el Anexo 1 del aviso (DICP-02 A1) o Anexo 2 del aviso (DICP-02 A2)]** respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales previstas en la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, por el ejercicio o período del _____________ al ______________. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre la misma información con base en mi examen.

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(Describir las limitaciones al alcance)Debido a la importancia en la limitación en el alcance de mi examen que se menciona en el (los) párrafo(s) anterior(es) y en vista de la importancia de los efectos que pudieran tener en la correcta afiliación del patrón, de los trabajadores e integración del salario base de cotización, me abstengo de expresar una opinión en materia del Seguro Social sobre la aseveración de la administración del patrón ____________________, por el ejercicio o periodo del _______________ al _________________.

_______________________Contador Público AutorizadoNombre y firma

Registro IMSS___________

*Para los patrones de la construcción, se examinarán también las Cédulas I a III.**En caso de contar con más de un registro patronal o Registro Patronal Único.

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DICTAMEN DE CONTRIBUCIONES LOCALES.

IMPUESTO. Son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma :

DERECHO. : Son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u organosórganos desconcentrados cuando en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la Ley Federal de Derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

1- ¿Qué personas pueden obtener el registro para formular dictámenes de obligaciones establecidas en este Código?

Art 59 CFDF. El registro para formular dictámenes del cumplimiento de obligaciones fiscales establecidas en este Código, lo podrán obtener las personas que tengan Cédula Profesional de Contador Público registrada ante la Secretaría de Educación Pública; que sean miembros de un colegio de contadores públicos reconocido por la citada Secretaría, y que presenten solicitud de registro ante la Secretaría, acompañando copia certificada de los siguientes documentos:

I. Cédula Profesional, yII. Constancia emitida por un colegio de contadores públicos que acredite su calidad

de miembro activo por un período mínimo de tres años, expedida dentro de los dos meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud. Una vez otorgado el registro, el Contador Público deberá comprobar ante la Secretaría, dentro de los tres meses siguientes a cada año, que es socio activo del colegio profesional y presentar constancia de cumplimiento de la norma de educación continua, expedida por dicho colegio, o constancia de que sustentó y aprobó el examen correspondiente ante la autoridad fiscal.

2- ¿Cuál es la documentación que deberán exhibir los contribuyentes que opten o se encuentren obligados a dictaminar?

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Artículo 66 CFDF. Los contribuyentes que opten o se encuentren obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales deberán exhibir la siguiente documentación:

1. Carta de presentación del dictamen.2. El dictamen.3. El informe.4. Los anexos.

3- Dentro del Código Fiscal del Distrito Federal ¿Qué impuestos y derechos son considerados a dictaminarse?

Art 69 CFDF.

Impuesto predial Derecho por Suministro de Agua Impuesto sobre nóminas Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje Derechos de descarga a la red de drenaje

4- Dentro del impuesto predial del Distrito Federal ¿Quiénes son sujetos?

Art 126 CFDF.

Las personas físicas y las morales que sean propietarias del suelo o del suelo y las construcciones adheridas a él, independientemente de los derechos que sobre las construcciones tenga un tercero. Los poseedores también estarán obligados al pago del impuesto predial por los inmuebles que posean, cuando no se conozca al propietario o el derecho de propiedad sea controvertible

5- ¿Cómo se determina la base para el impuesto predial?

Art 127 CFDF . La base del impuesto predial será el valor catastral determinado por los contribuyentes conforme a lo siguiente:

A través de la determinación del valor de mercado del inmueble, que comprenda las características e instalaciones particulares de éste, incluyendo las construcciones a él adheridas, elementos accesorios, obras complementarias o instalaciones especiales, aún cuando un tercero tenga derecho sobre ellas,

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mediante la práctica de avalúo realizado por persona autorizada con base a lo establecido por el artículo 22 de este Código.

La base del impuesto predial, determinada mediante el avalúo a que se refiere el párrafo anterior, será válida en términos del primer párrafo del artículo 132 de este Código, tomando como referencia la fecha de presentación del avalúo y hasta por los dos ejercicios fiscales siguientes, siempre que en cada uno de los años subsiguientes ésta se actualice aplicándole un incremento porcentual igual a aquél en que se incrementen para ese mismo año los valores unitarios a que se refiere el artículo 129 de este Código.

6- ¿Quiénes están obligados a dictaminarse para el impuesto predial?

Art 58 CFDF.

Las que en el año calendario anterior a aquel que se dictamina, hayan contado con inmuebles, de uso diferente al habitacional, cuyo valor catastral por cada uno o en su conjunto, en cualquiera de los bimestres de dicho año, sea superior a $32,852,824.00. El dictamen deberá referirse a las obligaciones fiscales establecidas en este Código por el inmueble o los inmuebles que en su conjunto rebasen este valor;

Las que en el año calendario anterior a aquel que se dictamina, hayan contado con inmuebles de uso mixto, cuyo valor catastral por cada uno o en su conjunto que rebasen el valor indicado en la fracción anterior.

7- Dentro del suministro de agua ¿Quiénes son sujetos?

Art 172 CFDF.

Están obligados al pago de los Derechos por el Suministro de Agua que provea el Distrito Federal, los usuarios del servicio.

8- ¿Quiénes están obligados a dictaminar dentro del suministro de agua?

Art 58 CFDF.

Las que en el año calendario anterior a aquel que se dictamina, hayan consumido por una o más tomas, más de 1000 m3 de agua bimestral promedio, de uso no doméstico, de uso doméstico, o ambos usos; cuando el uso sea sólo

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doméstico siempre que el inmueble donde se encuentre instalada dicha toma o tomas de agua, se haya otorgado en uso o goce temporal total o parcialmente

9- Dentro de sueldos y salarios ¿Quiénes son sujetos al impuesto sobre nominas?

Art 156 CFDF. Las personas físicas y morales que, en el Distrito Federal, realicen erogaciones en dinero o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado, independientemente de la designación que se les otorgue.

10- ¿Qué conceptos incluye la base de sueldos y salarios?

Art 156 CFDF.

Se considerarán erogaciones destinadas a remunerar el trabajo personal subordinado, las siguientes:

I. Sueldos y salarios;II. Tiempo extraordinario de trabajo;

III. Premios, primas, bonos, estímulos e incentivos;IV. Compensaciones;V. Gratificaciones y aguinaldos;

VI. Participación patronal al fondo de ahorros;VII. Primas de antigüedad;

VIII. Comisiones, yIX. Pagos realizados a administradores, comisarios o miembros de los consejos

directivos de vigilancia o administración de sociedades y asociaciones.

11- ¿Qué conceptos no incluye en la base de nóminas?

Art 157 CFDF. No se causará el Impuesto sobre Nóminas, por las erogaciones que se realicen por concepto de:

I. Instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo;II. Aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro;III. Gastos funerarios;

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IV. Jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro; las indemnizaciones por riesgos de trabajo de acuerdo a la ley aplicable;V. Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y al Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado destinadas al crédito para la vivienda de sus trabajadores; VI. Cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores delEstado;VII. Las aportaciones adicionales que el patrón convenga otorgar a favor de sus trabajadores por concepto de cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, del sistema obligatorio y las que fueren aportadas para constituir fondos de algún plan de pensiones, establecido por el patrón o derivado de contratación colectiva que voluntariamente establezca el patrón. Los planes de pensiones serán sólo los que reúnan los requisitos que establezca la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro;VIII. Gastos de representación y viáticos;IX. Alimentación, habitación y despensas onerosas;X. Intereses subsidiados en créditos al personal;XI. Primas por seguros obligatorios por disposición de Ley, en cuya vigencia de la póliza no se otorguen préstamos a los trabajadores por parte de la aseguradora;XII. Prestaciones de previsión social regulares y permanentes que se concedan de manera general, de acuerdo con las leyes o contratos de trabajo;XIII. Las participaciones en las utilidades de la empresa, yXIV. Personas contratadas con discapacidad.

12- ¿En que momento se causa el impuesto sobre nóminas?

Art 159 CFDF. El Impuesto sobre Nóminas se causará en el momento en que se realicen las erogaciones por el trabajo personal subordinado

13- ¿En que fecha se debe pagar el impuesto sobre nóminas?

Art 159 CFDF .Se pagará mediante declaración, en la forma oficial aprobada, que deberá presentarse a más tardar el día diecisiete del mes siguiente al que se cause en impuesto.

14- ¿Qué tasa se debe pagar de impuesto sobre nóminas?

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Art 159 CFDF. La tasa del 2.5%

15- ¿Quiénes están obligados a dictaminarse para el impuesto sobre nóminas?

Art 58 CFDF.

Las que en el año calendario anterior a aquel que se dictamina, hayan contado con un promedio mensual de ciento cincuenta o más trabajadores

[16-] ¿Quiénes son sujetos en el caso de hospedaje?

Art 162 CFDF. Las personas físicas y las morales que presten servicios de hospedaje en el Distrito Federal.

16-[17-] ¿Qué conceptos se incluyen en el caso de hospedaje?

Art 162 CFDF. La prestación de alojamiento o albergue temporal de personas a cambio de una contraprestación, dentro de los que quedan comprendidos los servicios prestados por hoteles, hostales, moteles, campamentos, paraderos de casas rodantes, tiempo compartido y departamentos amueblados.

17-[18-] ¿Qué conceptos no se incluyen en el caso de hospedaje?

Art 162 CFDF. No se considerarán servicios de hospedaje, el albergue o alojamiento prestados por hospitales, clínicas, asilos, conventos, seminarios e internados.

18-[19-] ¿Qué tasa se debe pagar de impuesto sobre hospedaje?

Art 164 CFDF. La tasa del 3%

19-[20-] ¿Quiénes están obligados a dictaminarse para el impuesto sobre hospedaje?

20-[21-] ¿En que fecha se presenta el aviso a dictaminar?

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Art 61 CFDF. Los contribuyentes que dictaminen el cumplimiento de sus obligaciones fiscales deberán presentar a través de los medios que establezca la Secretaría, a más tardar el 15 de febrero del ejercicio siguiente a la terminación del período a dictaminar, el aviso para dictaminar,

21-[22-] ¿Existe prorroga para la presentación del dictamen?

Art 65 CFDF. Las autoridades fiscales podrán conceder prórroga hasta por un mes, para la presentación del dictamen, si existen causas comprobadas que impidan el cumplimiento dentro del plazo establecido, previo análisis de las causas que motivaron el retraso.

MODELO DE DICTAMEN DE CONTRIBUCIONES LOCALES

México, D.F. a 31 de marzo del 200XA los señores accionistras de Compania. X, S.A. de C.V.He examinado el balance general de Cía, X, S.A. de C.V., al 31 de diciembre de 200X, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera que le son relativos, por el año que termino en esa fecha. El dictamen correspondiente se emitió sin salvedades con fecha 7 de marzo del 200X.En relación con el examen antes indicado, también revisé la información que se presenta en los anexos 2 y 5 adjuntos, preparada bajo la responsabilidad de la administración de la compañía, con el propósito de verificar el cumplimiento de sus

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obligaciones fiscales relativas al Impuesto Sobre Nómnas, por el año que terminó al 31 de diciembre del 200X. mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre diicha información con base en mi auditoria.Mi examen fue realizado de acuerdo con las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los anexos 2 y 5, no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con lo que establece el instructivo para el dictamen del cumplimiento de obligaciones fiscales, establecidas en el Código Fiscal del Distrito Federal. La auditoria consisitio en el examen, con base en pruebas selectivas de las cifras y revelaciones de los añexos 2 y 5; asimismo, incluyó la evaluación de las Normas de Información Financiera utilizadas y de la presentación de los añexos antes mencionados. Considero que mi opinión rpoporciona una base razonable para sustentar mi opinión.

.

En mi opinión, la Compañía X, S.A. cumplió razonablemente, en todos los aspectos importantes, con las obligaciones fiscales relativas al Impuesto Sobre Nóminas por el año que terminó al 31 de diciembre del 200X, y la información contenida en los anexos 2 y 5 se encuentra presentada de acuerdo con lo establecido con el instructivo para el dictamen del cuplimiento d eobligaciones fiscales en el Código Fiscal del Distrito Federal.

INFONAVIT

1. ¿Qué es el INFONAVIT?

Art 1 LINFONAVIT

Un organismo de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se denomina "Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores".

2. ¿Qué requisitos se necesitan para dictaminar?

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Reglamento para la imposición de multas por incumplimiento de las obligaciones que la LINFONAVIT y sus reglamentos establecen a cargo de los patrones

Los Contadores Públicos que soliciten su registro deberán capturar sus datos de identificación, digitalizando y adjuntando los documentos siguientes:

Para Contadores Públicos registrados ante la S.H.C.P.

Constancia de registro ante la S.H.C.P.

Constancia de cumplimiento de la norma de educación profesional continua por el año inmediato anterior.

Identificación oficial

Para Contadores Públicos sin registro ante la S.H.C.P.

Acta de nacimiento o carta de naturalización certificada ante Notario Público

Cédula profesional certificada ante Notario Público (Anverso y Reverso).

Constancia vigente de membresía al colegio o asociación profesional de contadores públicos.

Constancia de cumplimiento de la norma de educación profesional continua vigente.

3. ¿Quiénes están obligados a dictaminarse?

Reglamento para la imposición de multas por incumplimiento de las obligaciones que la LINFONAVIT y sus reglamentos establecen a cargo de los patrones

En cumplimiento a lo señalado en el Artículo 29, Fracción VIII, primer párrafo de la Ley del Infonavit, los patrones obligados a Dictaminar sus Estados Financieros en términos de lo dispuesto en el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, están a su vez obligados a presentar ante este Instituto los Anexos relacionados con el pago de aportaciones del 5%. Para llevar a cabo este trámite deberá ingresar al Módulo Dictamen Fiscal del SICOP, de acuerdos a las siguientes instrucciones:

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Carta de presentaciónEl patrón o su representante legal deberá firmar electrónicamente el formato de la Carta de Presentación.

1. Captura de anexosCapturar en el sistema los Anexos, referentes a las contribuciones por concepto de Aportaciones Patronales

o Anexo 5.- Análisis Comparativo de las Subcuentas de Gastos.

o Anexo 8.- Relación de Contribuciones a cargo del contribuyente en su carácter de retenedor.

o Anexo 11.- Relación de Contribuciones por Pagar

2. Acuse de recibo El Acuse de recibo emitido por el SAT en forma electrónica, se deberá digitalizar y enviarse como archivo adjunto.

3. Dictamen e InformeEl Dictamen e Informe se deberán digitalizar y enviarse como archivo adjuntos.

Los contribuyentes obligados que no hayan tenido trabajadores a su servicio durante el ejercicio dictaminado, deberán declarar tal situación, usando el SICOP.

4. ¿En qué fecha se presentan el aviso para dictaminar y en que fecha se entrega?

Reglamento para la imposición de multas por incumplimiento de las obligaciones que la LINFONAVIT y sus reglamentos establecen a cargo de los patrones

Presentación de aviso El Contador Público autorizado deberá registrar el Aviso para presentar Dictamen y firmarlo electrónicamente, el patrón lo autorizará con su firma electrónica y lo enviará para su presentación.

Plazo.- Dentro de los primeros cuatro meses del año, cuando se trate del ejercicio inmediato anterior. Otros ejercicios, en cualquier tiempo.

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Plazo para presentar el dictamen. Dentro de lo seis meses posteriores a la fecha de presentación del Aviso.

5. ¿Existe prorroga para la presentación del dicaten?

Reglamento para la imposición de multas por incumplimiento de las obligaciones que la LINFONAVIT y sus reglamentos establecen a cargo de los patrones

El Instituto podrá conceder prórroga hasta por 60 días naturales para la presentación del dictamen, los anexos y documentos que forman parte del mismo, si existen causas debidamente comprobadas que impidan la entrega del mismo dentro del plazo establecido. La solicitud de prórroga deberá presentarse a más tardar un mes antes del vencimiento.

6. ¿Qué tipos de opinión se pueden presentar en el dictamen?

Reglamento para la imposición de multas por incumplimiento de las obligaciones que la LINFONAVIT y sus reglamentos establecen a cargo de los patrones

Sin salvedad (sin pago) Sin salvedad (con pago) Con Salvedad Abstención de opinión Opinión negativa

7. ¿Qué sanciones se pueden presentar en el dictamen y porqué?

Art 6 Reglamento para la imposición de multas por incumplimiento de las obligaciones de la LINFONAVIT y sus Reglamento establecen a cargo de los patrones

Se consideran infracciones a la Ley y sus reglamentos, los siguientes hechos u omisiones de los Patrones:

No presentar al Instituto copia con firma autógrafa del dictamen de la situación fiscal con los anexos correspondientes a las contribuciones a favor del Instituto, a más tardar dentro de los siguientes quince días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo

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para su presentación ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuando se esté obligado a ello por el Código y su reglamento;

En caso de que se haya elegido la opción de dictaminar, no presentar el dictamen de sus obligaciones en materia de vivienda de conformidad con lo señalado en la Ley y el reglamento correspondiente, dentro del plazo concedido para este efecto.