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CEFICDiplomado: Recursos Humanos
Julio, 2012
Jorge Villasante Araníbar
“V & A Abogados Consultores S.A.C.”
"Estructura de la Legislación Laboral y Aplicaciones en la Contratación del
personal en las organizaciones -
derechos y beneficios"
MODULO VIII
Sistema de Recursos Humanos
SALIDA DE TRABAJADORES
ANALISIS YDESCRIPCION DE
PUESTOS
REMUNERACIONY
BENEFICIOS
EVALUACIONDE
DESEMPEÑO
CAPACITACION Y
ENTRENAMIENTO
DESARROLLOY PLANES DE
SUCESION
ATRACCIONSELECCIÓN E
INCORPORACION
DIRECCION ESTRATEGICA DE RECURSOS
HUMANOS
Fundamentos Constitucionales del Derecho Laboral: Bloque de constitucionalidad La ausencia de normas no significa
inaplicabilidad del derecho Tratados internacionales y su incorporación
al derecho nacional Principios constitucionales Seguridad Social
Principios sustantivos del Derecho Laboral: Libertad contractual Principio tuitivo Derecho al trabajo Sindicación, negociación colectiva y huelga Orden público e irrenunciabilidad Principio de favoralidad aplicable en forma
inescindible no de concurrencia Primacía de la realidad
Primacía de la realidad:
Guarda relación con el principio de veracidad: Prestaciones indebidas de seguridad social, burlar acreedores
Américo Pla Rodriguez “… en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de los documentos y acuerdos, … darse preferencia a lo primero, …, lo que sucede en el terreno de los hechos”
Se encuentra positivizado en nuestra legislación
Evitar que relaciones laborales se presenten como unas de naturaleza civil o comercial
Primacía de la realidad:
Art. I del TP de la LPT – Ley 26636 y la Ley N° 29497 Ley General del Sistema Concursal N° 27809, Art. 40 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo N° 29783, Art. VIII
Título Preliminar Ley General de Inspección del Trabajo N° 28806, Art. 2°,
numeral 2: Principios ordenadores Ley Servicios de Tercerización N° 29245.- Art. 5 T.U.O. Ley de Productividad y Competitividad Laboral D.S.
N° 003-97-TR.- Desnaturalización de contratos, Art. 77 Anteproyecto de Ley General de Trabajo Ley de Modalidades Formativas N° 28518 – Art. 51
Ley General del Sistema Concursal
Artículo 40°.- Calificación de créditos laborales
“Para el reconocimiento de los créditos de origen laboral y siempre que el acreedor lo haya invocado, la Comisión podrá aplicar el principio de la primacía de la realidad privilegiando los hechos verificados sobre las formas o apariencias contractuales que
sustentan el crédito”.
Primacía de la realidad: Supuestos
Contrato para engañar a terceros – Seguridad social Locación de servicios – encubre la relación Duración determinada – indeterminada Calificación como cargo de confianza Practicantes – proveerse mano de obra barata Intermediación fraudulenta Tercerización desnaturalizada
Aforismo Derecho Civil: Las cosas son las que determina su naturaleza y no su denominación
Principios
Primacía de la realidad: Simulación: Invalidez del acto transgresor,
tratándose simulación relativa: invalidez del elemento falso, acogiéndose el verdadero
Fraude a la ley: Trabajador a tiempo parcial cuando en realidad es uno con jornada completa
Aforismo Derecho Civil: Las cosas son las que determina su naturaleza y no su denominación
Presunción de laboralidad
Art. 23, 23.2 Ley N° 29497: “Acreditada la prestación personal de servicios, se presume la existencia de un vínculo laboral aplazo indeterminado, salvo prueba en contrario”
Empleador debe “destruir” la presunción, acreditar el carácter autónomo o independiente de la prestación laboral, o ayudado o reemplazado
Irrenunciabilidad de derechos:
Constitución del 93: Art. 26, inciso 1°: “Derechos reconocidos por la Constitución y la ley”
Vicio de la voluntad, temor reverencial, promesas para disponer de derechos
Si existen derechos disponibles
Art. 57 Constitución 79: Los derechos reconocidos a los trabajadores son irrenunciables … todo pacto en contrario es nulo
Puede aplicarse el Art. V del T.P. Código Civil?
Irrenunciabilidad de derechos:
Existen excepciones?: canje de vacaciones, sustentada en norma dispositiva que requiere manifestación de voluntad del trabajador.- Jornadas atípicas
Art. 30 Ley N° 29497: Conciliación o transacción deben superar el test de disponibilidad de derechos
Indubio pro operario:
Art. 26, inciso 3° Constitución 93: Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma
Ley N° 26636 prevee 2 supuestos: Duda insalvable sobre los diversos sentidos de
una norma Cuando existan varias normas aplicable a un
caso concreto
Indubio pro operario:
Tribunal Constitucional: Norma jurídica, proceso de interpretación ofrece
varios sentidos Imposibilidad lógico axiológica de dirimir esta duda
por los métodos de interpretación válidos Obligación de adoptar como sentido normativo el
que ofrece mayores beneficios al trabajador Imposibilidad del operador de integrar la norma
Razonabilidad o proporcionalidad:
Opera como un límite o freno moral y elástico al mismo tiempo: Norma no puede prescribir límites muy rígidos no preveer infinidad de circunstancias
Arts. 9° y 25° del T.U.O. D. Leg. N° 728
Tribunal Constitucional: Parece sugerir una valoración respecto del
resultado del razonamiento del juzgador Tres subprincipios: De adecuación, de necesidad y
de proporcionalidad en sentido estricto o ponderación
La razonabilidad implica que el acto estatal debe mantener su justificación lógica y axiológica
Contrato de trabajo
Todo trabajo está dentro del ámbito del derecho laboral?
Trabajo humano Trabajo productivo Trabajo por cuenta ajena Trabajo libre – acuerdo de voluntades
Contrato de trabajo
Imposición de situación fáctica o jurídica:
No esclavitud No servidumbre Servicio militar Miembros de mesa electorales Servicios comunitarios
Contrato de trabajo Elementos esenciales:
Prestación personal Subordinación Remuneración
Rasgos en la doctrina “típicos” Duración de la relación laboral Duración de la jornada de trabajo Número de empleos Lugar de trabajo
Constituyen indicios de laboralidad o como requisito para el disfrute pleno de derechos laborales
Contrato típico
Contrato típico: Con duración indeterminada Para un solo empleador Propio centro de trabajo
Contrato atípico: Uno o más rasgos están ausentes
Legislación nacional – TUO 728
Contrato típico: Duración indefinida
Contrato atípico: Duración temporal Presunción relativa duración indefinida (Art. 77
del TUO) Requisitos de validez:
Existencia de causa objetiva Forma escrita Verificación administrativa Duración máxima Prohibición de recontratación de trabajadores
permanentes como temporales
Labores excluidas y equiparadas
Contrato administrativo de servicio: D. Leg. N° 1057: Personal, subordinado y
remunerado Sujetos al derecho administrativo Derechos:
Jornada máxima Descansos semanal y anual Seguridad social
Equiparación o exclusión del ámbito del derecho laboral?
Aspectos generales
Modalidades formativas laborales: Javier Neves: El factor formativo, no es suficiente
para sustraerla del ámbito del Derecho del Trabajo.
Capacitación laboral juvenil Prácticas preprofesionales y profesionales Art. 3° Ley: “Las modalidades formativas no están
sujetas a la normatividad laboral vigente, sino a la específica que la presente contiene” – Está tácitamente incluida aunque sujeta a un régimen especial?
Contrato individual de trabajo
Definición Presunción de contrato de trabajo Capacidad para contratar
Aspectos legales en la contratación
Contratos a plazo indeterminado y a plazo determinado
Forma: verbal – escrito Duración Suspensión Período de prueba Obligaciones: empleador – trabajador Prohibiciones: empleador - trabajador
Causales de suspensión
Invalidez temporal Enfermedad y accidente comprobado Maternidad: Descanso pre y post natal Descanso vacacional Licencia: cargo cívico, servicio militar Ejercicio cargos sindicales Sanción disciplinaria Ejercicio derecho de huelga
Causales de suspensión
Detención del trabajador, salvo caso de condena privativa de libertad
Inhabilitación administrativa o judicial por período no superior a tres meses
Permiso o licencia concedido por el empleador Caso fortuito y la fuerza mayor
Cesa temporalmente la obligación del trabajador de prestar el servicio y del empleador de pagar la remuneración, sin que desaparezca el vínculo laboral
Obligaciones del empleador
Pagar la remuneración Reconocer y otorgar los derechos Garantizar las condiciones de seguridad y
salud en el trabajo
Derechos del trabajador
Hacer carrera pública en base al mérito Gozar de estabilidad: causa prevista y
procedimiento Remuneración, bonificaciones y beneficios
que correspondan Vacaciones anuales. Acumulación 2 períodos Permisos o licencia: causa justificada,
motivos personales Obtener préstamos administrativos Reincorporación: cargos electivos
Derechos del trabajador
Ejercer docencia universitaria: sin ausentarse más de 6 horas semanales
Recibir menciones, distinciones y condecoraciones Reclamar decisiones que afecten sus derechos No ser trasladados a entidad distinta sin su
consentimiento Constituir sindicatos Hacer uso del derecho de huelga Gozar de una pensión al término de la carrera
Irrenunciables – pacto en contrario: nulo
Beneficios del trabajador:
Quinquenios: 2 remuneraciones totales: 25 años servicios 3 remuneraciones totales: 30 años servicios
Aguinaldos Fiestas patrias y navidad Fija por Decreto Supremo
Compensación por tiempo de servicios Personal nombrado 50% de la remuneración principal: menos de 20 años Una remuneración principal: 20 ó más años hasta un
máximo de 30 años
Prestaciones sociales a cargo del empleador: Essalud Pensiones: retención Condiciones de trabajo
Normas protectoras de las prestaciones: Irrenunciabilidad Inembargabilidad Prescripción
Trabajadores con discapacidad:
Ley General de la Persona con Discapacidad Régimen de protección de atención de:
Salud Trabajo Educación Rehabilitación Seguridad social Prevención
Trabajadores con discapacidad:
Goza de todos los beneficios y derechos Nadie puede ser discriminado por ser persona con
discapacidad Poder Ejecutivo, instituciones constitucionalmente
autónomas, empresas del Estado, gobiernos regionales y locales: Obligados a contratar en proporción no inferior al 3%
Bonificación en concurso de méritos: 15% del puntaje total
Deducción de gastos para el importe total de remuneraciones de la renta bruta
Protección a la madre de trabaja:
Descanso pre y post natal Permiso por lactancia materna: Una hora Pacto múltiple: Una hora adicional Caso de adopción: Licencia goce de haber
equivalente a 30 días Protección a madre gestante que realiza
labores de riesgo para su salud y el desarrollo normal del embrión y el feto
Licencia por paternidad: Ley 29409
Trabajadores del sector público y privado Licencia remunerada: alumbramiento de la
esposa o conviviente 4 días hábiles consecutivos El inicio lo define el padre: entre el
alumnbramiento y la alta No puede ser sustituido o cambiado por otro
pago o beneficio
Prevención y sanción:Hostigamiento sexual Producido en las relaciones de autoridad o
dependencia Hostigador: varón o mujer Hostigado: varón o mujer víctima Conducta física o verbal reiterada de naturaleza
sexual no deseada y/o rechazada Elementos:
El sometimiento es condición por la que se accede, mantiene o modifica situación laboral
El rechazo genera afectación en situación laboral, educativa, policial, militar, contractual, etc.
Procedimiento administrativo disciplinario Sector público: Sanción conforme D.Leg. 276 Responsabilidad solidaria del titular o
funcionario
Gracias, …