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CENTRO DE VIDEOJUEGOS “GAME OVER” EN LA CIUDAD DE TLAPA DE COMONFORT, GRO.
Centro de entretenimiento Game Over
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
La problemática que se tiene en esta Ciudad de Tlapa de Comonfort que no existe un centro de entretenimiento que cumpla con todas las expectativas que tienen los adolecentes y jóvenes que frecuentemente asisten a establecimientos que brindan este tipo de entretenimiento.
Existe la necesidad de entretenimiento que los adolecentes y jóvenes encuentren otra forma de pasar su tiempo ocio ya que no existen tiendas departamentales, plazas comerciales, cines, etc. Que brinden otras formas de entretenimiento.
Es por ello que los jóvenes buscan nuevas formas para descargar el estrés de las jornadas de estudio o de trabajo, estos jóvenes y adolecentes solo buscan otro tipo de jobee.
Así mismo los jóvenes demandan videojuegos actualizados debido a que en los diferentes establecimientos no están actualizados y se han cansado de jugar los mismos juegos, esto causa que exista una monotonía a la hora de jugar y no encuentran lo divertido.
Centro de entretenimiento Game Over
OBJETIVO GENERAL:
Crear una nueva forma de entretenimiento para adolecentes y jóvenes en la Ciudad de Tlapa de Comonfort, Gro. 2012.
Centro de entretenimiento Game Over
JUSTIFICACIÓN.
En la actualidad en la Ciudad de Tlapa de Comonfort no existe un centro de entretenimiento que ofrezca un buen servicio al cliente, calidad en el producto, precios mejorados y videojuegos actualizados.
Se ha optado por abrir un nuevo establecimiento de videojuegos que cumpla con la demanda de los clientes, así poder cautivar a los adolecentes y jóvenes que se encuentran insatisfechos.
Actualmente los clientes están insatisfechos con el servicio y el tipo de establecimiento que se tiene, entonces es donde podemos realizar este proyecto para poder alcanzar las necesidades que tienen los prospectos.
Por las inconformidades de los clientes que tienen actualmente el principal beneficiario serian los jóvenes ya que se encontrara un establecimiento en donde encuentren modernidad, confort y nuevas formas de pasar su tiempo de ocio.
Así mismo los adolecentes y jóvenes pueden adquirir o desarrollar capacidades mentales, esto permitirá que el adolecente o joven pueda resolver problemas de lógica, matemáticas y además habilidad visual y con las manos.
También los beneficiados serán algunas familias que se emplearan para atender y dar servicio directo al cliente, así mismo el ejecutor de este proyecto será beneficiado económicamente.
Por ello en el centro de entretenimiento “Game Over” se pretende ofertar desde un buen servicio hasta videojuegos actualizados y donde los jóvenes podrán encontrar todo relacionado con los videos juegos en un mismo lugar.
Las implicaciones que este proyecto traerán que los adolecentes puedan divertirse de manera satisfecha y puedan estar cómodamente con las instalaciones y los videojuegos proporcionados.
Centro de entretenimiento Game Over
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES.
Tiempo
Actividad
FEBRERO
MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO
Elección del proyecto.
X
Delimitación del tema.
X
Planteamiento del problema
X
Justificación XPropósito XFormulación de objetivos
X
Formulación de estrategias
X
Elaboración del cuestionario.
X
Estudio de mercados.
X
Análisis e interpretación de datos.
X
Estudio organizacional
X
Elaboración de manual de bienvenida
X
Análisis de oferta y demanda
X
Estudio técnico XAnálisis de precios XEntrega de proyecto
X
Ejecución X
Centro de entretenimiento Game Over
CUESTIONARIO
Edad: _________________________
Sexo:
Colonia: _________________________
Ocupación: _______________________
Objetivo: Medir el grado de rentabilidad en el establecimiento de un centro de entretenimiento de videojuegos.
INSTRUCCIONES: Lee cuidadosamente las siguientes preguntas y contesta cada una subrayando o escribiendo de acuerdo a cada pregunta.
1. ¿Has jugado alguna vez videojuegos?
a) Si b) No
2. ¿Con que frecuencia asistes a un establecimiento de videojuegos?
a) Una vez a la semana b) Dos y tres veces a la semana
c) Todos los díasd) Nunca
3. ¿Cuánto tiempo pasas jugando videojuegos?a) Media hora.b) 1 hora.
c) 2 horas.d) Más de 2 horas.
4. ¿Qué precio has pagado por jugar videojuegos?a) $5.00b) De $6.00 a $10.00
c) Más de $10.00
5. ¿Te ha gustado el servicio que te han brindado?a) Si.b) No
6. Si se crea un centro de entretenimiento de videojuegos ¿qué tipo de videojuegos te gustaría que tuviesen?
a) Acción.b) Aventura.
c) Entretenimiento.
7. ¿Qué te gustaría que se ofertaran dentro de un centro de entretenimiento de videojuegos?__________________________________________________________________
M H
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8. ¿Cómo te gustaría que sea el ambiente?a) Con aire acondicionado.b) Mucha iluminación.
c) Todos los anteriores.
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DATOS GENERALES
15 años; Series1; 68; 24%
16 años; Series1; 27; 10%
17 años; Series1; 83; 30%
20 años; Series1; 17; 6%
21 años; Series1; 26; 9%
22 años; Series1; 59; 21%
Edad
Con el 30% de los encuestados tienen 17 años, con el 24% tienen 15 años de edad.
El 80% de los encuestados son hombre y el 20% son mujeres.
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estudiantes; Series1; 237;
85%
ocio; Series1; 27; 10%
comerciantes; Series1; 16; 6%
Ocupación
Con el 84% de los encuestados son estudiantes y el 10% no trabaja ni estudia y con el 6% se dedican al comercio.
DATOS ESPECÍFICOS.
En la grafica anterior muestra que el 74% de los adolecentes y jovenes ha jugado videojuegos y el 26% de los encuestados no ha jugado videojuegos.
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1 VEZ A LA SEMANA; Series1; 111; 29%
2 Y 3 VECES A LA SEMANA; Series1; 111; 29%
TODOS LOS DIAS; Series1; 66; 17%
NUNCA; Series1; 92; 24%
¿CON QUÉ FRECUENCIA ASISTE A UN ESTABLECIMIENTO DE VIDEOJUEGOS?
Con 29% los encuestados asisten 1 vez a la semana y entre 2 a 3 veces a la semana asisten el 29% de los encuestados, el 24% de los encuestados nunca han asistido a un establecimiento de videojuegos y el 18% asisten todos los dias a un establecimiento de videojuegos.
MEDIA HORA; Series1; 20; 5%
1 HORA;
Se-ries1; 110; 29%
2 HORAS; Series1; 131; 34%
MAS DE DOS HORAS; Series1; 119; 31%
¿CUÁNTO TIEMPO PASAS JUGANDO VIDEOJUEGOS?
De los encuestados el 35% dedican mas de 2 horas de su tiempo, el 31% dedica 2 horas de su tiempo de ocio y el 29% dedican una hora para jugar videojuegos.
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$5.00; Series1; 140; 37%
DE $6 A $10; Series1; 93; 24%
MÁS DE $10.00; Series1; 147; 39%
¿QUÉ PRECIO HAS PAGADO POR JUGAR VIDEOJUEGOS?
De los encuentados el 39% han pagado de $6 a $10, el 37% ha pagado $5.00 y el 24% ha pagado mas de $10.00 por jugar videojuegos en algun establecimiento.
El 68% de los encuestados no les ha gustado el servicio que les han brindado en lo centros de entretinimiento de videojuegos que han asistido y el 32% opino que si les ha gustado.
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El 50% de los encuestados opinaron que les gustaria que el centro de entretenimiento Game Over tuviesen videojuegos de entretenimiento, el 33% opino que le gustaria que tuviesemos de aventura y el 17% de accion.
Según los encuestados, les gustaria que en un centro de entretenimiento de videojuegos se ofertaran los siguentes productos: con el 21%sabritas, 17% dulces, 17% refrescos y con el 8% accesorios.
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Según los encuestados el 32% de los encuestados opino que le gustaría que cuente con aire acondicionado, el 21% opino que le gustaría que cuente solo con iluminación y el 47% les gustaría que en centro de entretenimiento Game Over cuente con aire acondicionado e iluminación.
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MICROLOCALIZACION
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Macro localización
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DESCRIPCIÓN DE LAS MAQUINAS.
La maquinas que se ocuparan en el centro de videojuegos “game over” serán maquinas moderna que se utilizaran tarjetas, en su gran mayoría, para activarlas ya que serán una nueva atracción para los usuarios de esta ciudad.
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Maquinas de motos: estas maquinas son una simulación real de las motos de verdad en ella se sentirán que en realidad están conduciendo una ya que tiene sensores al movimiento y una pantalla que muestra cómo
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va avanzando y puede simular estar en una gran carrera de profesionales, tienen una altura de 1m y una anchura de 1.5m
Maquinas de carros: estas máquinas al igual que las maquinas de motos son muy sensibles al tacto ya que el asiento vibrara en caso de chocar o de pasar por baches en las carreras utilizan sensores
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para que sea más real. Es de una altura de 75cm y de ancho es de 1.5m ya que cuenta con un sillón simulando estar dentro del carro.
Maquinas de tapete: Estas maquinas provocaran una sensación de querer jugar ya que estas maquinas son para bailar al ritmo de la música simulando una pista de baile de los 60’ por las luces y los cuadros de colores que
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los usuarios pisaran al ritmo de las flechas que aparecerán en la pantalla. Esta máquina utiliza una altura de 1.75m y una anchura de 2 m ya que la plataforma es más grande.
Xbox y Play Station: estos juegos son de consola la cual se controlaran por tiempo de horas es decir se controlara por medio de la computadora central, ya que
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es un juego de mesa que solo de utiliza una pantalla de televisión y controles de mano. Estas consolas ocupan un aproximado de 1m por consola de espacio ya que son pequeñas.
Maquinas de traga monedas: Estas maquinas son como su nombre lo indica son juegos que se utilizara solo monedas para jugarlo el cual será para obtener un premio si al final el jugador gana el premio será otorgado por la misma máquina.
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Las maquinas son de 1.5mde alto y de 75cm de ancho ya que solo son las maquinas y son estrechas.
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Juegos de destreza: Estos juegos son d monedas en la cual los jugadores obtendrán permios si le ganan a la maquina los juegos que utiliza la maquina son mentales, adivinanzas, pégale al gordo etc. Este solo ocupa de espacio 50cm de ancho y 1.46 de alto ya que solo son maquinas pequeñas.
Maquinas de aire: esta máquina es una nueva simulación de un futbolito sobre una mesa que como balón se utiliza una ficha que flota sobre la mesa de jugadores solo se utilizan unos tacos que son manejados por el usuario y se utilizan solo 2 usuarios
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lo cual lo hace más divertido ya que la maquina está iluminada con luces de colores y al anotar los puntos o goles la maquina los anota en una pequeña pizarra electrónica. Estas maquinas ocupan un espacio de 2.5m de ancho por 1.75m de largo porque son mesas de juego.
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Diagrama de proceso del servicio del centro de entretenimiento de videojuegos Game Over.
No
Pasar
INICIO
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DESCRIPCIÓN DEL PROCESO.
1. inicio: El usuario entra al establecimiento.
2. Pasar: El usuario decide si se queda a jugar o no.
3. Maquina a ocupar: El usuario decide que maquina o videojuego jugar.
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4. Canje de monedas o tarjetas: El usuario decide si quiere monedas o tarjeta para activar los videojuegos que lo necesiten.
5. Espera para que se desocupen las maquinas: El usuario espera si la maquina que él desea jugar esta ocupada.
6. Jugar: El usuario juega el videojuego.
7. Terminación: El usuario decide si seguirá jugando o terminara de jugar si el usuario decide no jugar termina el proceso u si el usuario decide seguir
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jugando ira a recargar su tarjeta u ocupar las monedas que cambio o cambiar mas monedas.
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CONSTITUCIÓN LEGAL
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CONSTITUCIÓN LEGAL
ACTA CONSTITUTIVA DE LA MICROEMPRESA “FRESMAR S.C."
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LIC. CLAUDIO JACOBO VÁSQUEZ.
NOTARIO PÚBLICO NO.4 DEL ESTADO DE GUERRERO.
En la Ciudad de Tlapa de Comonfort, Guerrero, siendo las catorce horas del día
veinte de febrero del dos mil once, reunidos en asamblea general los C. Erendira
Guzmán Bartolo, Aida Cano Altamirano, Cristal Moran Cortes, Genes Lilian
Escalona Barrera, Emerenciana Rosendo Sosa, Jesús Cantú Montelongo, José
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Luis Cortés Acebedo y Xicoténcatl Ambrosio Mejía, el cual acordaron constituir la
“CENTRO DE VIDEO JUEGOS GAME OVER” S. C
GENERALES
Con cargo la protesta que antecede, por sus generales los gratificantes
manifestaron ser mexicanos, mayores de edad, solteros originarios de Tlapa de
Comonfort, Guerrero, con excepciones que especifican, me asegure de su
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identidad con sus credenciales para votar, expedidas por el registro federal de
electores, cuyas respectivas claves de lector especifico en cada caso misma que
tuve la vista en original. La C. Aida Cano Altamirano, nació en el poblado de
Iliatenco, municipio Iliatenco, Guerrero, con domicilio en la calle H. Colegio Militar
S/N, Col. Aviación, que radica en la Ciudad de Tlapa de Comonfort, Con clave de
Elector número CNALAD90050812M000.
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La C. Cristal Moran Cortes, nació en el poblado de Tlacoapa, municipio Tlacoapa,
Guerrero, con domicilio calle: Massieu Col. Caltitlan que radica en la Ciudad de
Tlapa de Comonfort, Con clave elector número MRCRCR87103112M600
La C. Emerenciana Rosendo Sosa, nació en el poblado de Vista Hermosa,
municipio de Olinalá Guerrero, con domicilio en la calle: Ejido # 27 col. Santa
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Anita que radica en la ciudad de Tlapa de Comonfort, Con clave elector número
RSSSEM89012312M900.
La C. Genes Lilian Escalona Barrera, nació en el poblado de Ixcateopan, municipio
de Alpoyeca, Guerrero, con domicilio carretera Tlapa- Puebla km. 191 Ixcateopan,
Gro, Con clave elector número ESBRGN88052209M300.
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La C. Erendira Guzmán Bartolo, nació en el poblado de Temalacatzingo, municipio
de Olinalá, Guerrero, con domicilio calle: Vicente Gro. Col. Lázaro Cárdenas que
radica en la Cuidad de Tlapa de Comonfort, Con clave elector número
GZBRER90032912M000.
El C. Jesús Israel Cantú Montelongo, nació en la cuidad de Tlapa de Comonfort,
Guerrero, con domicilio calle: Villagrán # 10 Col. Centro que radica en la Ciudad
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de Tlapa de Comonfort, Con clave elector número CNMNJS89033012H900.
El C. Xicoténcatl Ambrosio Mejía, nació en el poblado de Malinaltepec, municipio
de Malinaltepec, Guerrero, con domicilio calle: Caritino Maldonado # 12, Col. Cuba
que radica en la Cuidad de Tlapa de Comonfort, Con clave elector número
MJAMXC87041414H500.
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El C. José Luis Cortés Acevedo, nació en la cuidad de Tlapa de Comonfort,
Guerrero, con domicilio avenida revolución s/n Col. Aviación que radica en la
Ciudad de Tlapa de Comonfort, Con clave elector número CRACLS86082909H800
YO, NOTARIO PUBLICO, DOY FE
A).-Que me asegure de la identidad de los ratificantes, en los términos
procedentes; y que a mi juicio tienen capacidad legal para obligarse conforme al
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presente acto, por no haber observado en ellos síntomas visibles de incapacidad
natural ni tener conocimiento de que se encuentren sujetos al estado de
interdicción.
ESTATUTO SOCIAL.
CLAUSULAS
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ARTÍCULO PRIMERO.- REGIMEN INTERNO.- Esta es una microempresa que se
regirá por el presente estatuto y, en lo no previsto por el código civil vigente del
estado de Guerrero.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DENOMINACIÓN SOCIAL.- La microempresa se
denominara “FRESMAR S. C.”
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ARTÍCULO TERCERO.- NATURALEZA JURIDICA.- La microempresa, será
persona moral, con responsabilidad jurídica y patrimonio conjunto
ARTÍCULO CUARTO.- OBJETO SOCIAL.- La sociedad tiene por objeto:
a) Producir y vender agua de frutas combinadas.
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b) Ejecutar toda clase de actos de comercio, pudiendo comprar, vender, importar,
exportar y distribuir toda clase de artículos y mercancías.
c) Contratar activa o pasivamente, toda clase de prestaciones de servicios,
celebrar contratos, convenios, así como adquirir por cualquier título patente,
marcas industriales, nombres comerciales, opciones y preferencias, derechos
de propiedad literaria, industrial, artística o concesiones de alguna autoridad.
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d) Formar parte de otras sociedades con el objeto similar de éste.
e) Adquirir acciones, participaciones, parte de interés social, obligaciones de toda
clase de empresas, formar parte en ellas y entrar en comandita, sin que se
ubiquen en los supuestos del Artículo cuarto de la Ley del Mercado de Valores.
f) Aceptar o conferir toda clase de comisiones mercantiles y mandatos, obrando
en su propio nombre o en nombre del comitente o mandante.
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g) Adquirir o por cualquier otro título poseer y explotar toda clase de bienes
muebles, derechos reales, así como los inmuebles que sean necesarios para
su objeto.
h) Contratar al personal necesario para el cumplimiento de los fines sociales y
delegar en una o varias personas el cumplimiento de mandatos, comisiones,
servicios y demás actividades propias de su objeto.
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i) La sociedad podrá otorgar avales y obligarse solidariamente por cuenta
propia, así como constituir garantía a favor de terceros.
j) Realizar y emitir toda clase de actos, operaciones, convenios, contratos y
títulos, ya sean civiles mercantiles o de crédito relacionados con el objeto
social.
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ARTÍCULO QUINTO.- DESARROLLO DE OBJETO.- para cumplir su objeto social,
la sociedad podrá
I.- Adquirir, enajenar, poseer, arrendar, y en general, utilizar y administrar, bajo
cualquier titulo, toda clase de derechos y bienes muebles e inmuebles que sean
necesarios o convenientes para la localización de su objeto en cumplimiento de
sus fines
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II.- Realizar todos los actos jurídicos necesarios o convenientes para el desarrollo
de sus actividades y la consecución de sus objetivos
II.- Contratar personal necesario para el desarrollo de su objeto, bajo el régimen
de salarios
ARTÍCULO SEXTO.- PRINCIPIOS.- la sociedad en todo momento se ajustara a
los principios siguientes:
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I.- libertad de asociación y retiro voluntario de los socios
II.- igualdad esencial de los derechos y obligaciones de los socios.-
ARTICULO SEPTIMO.- DURACIÓN.- la duración será indefinido
ARTICULO OCTAVO.- DOMICILIO.- el domicilio social estará en la calle Vicente
guerrero # 28 de la col. Lázaro cárdenas en la Ciudad de Tlapa de Comonfort,
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estado de Guerrero, y podrá establecer sucursales, agencias u oficinas en otros
lugares de la república mexicana o en el extranjero, así como señalar domicilios
convencionales para la ejecución de determinados actos y contratos, sin que por
ello se entienda modificado su domicilio.
ARTICULO NOVENO.- NACIONALIDAD Y EXCLUSIÓN DE EXTRANJEROS.- la
sociedad es mexicana y al constituirse sus asociados y los futuros que la sociedad
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los admita, convienen que ninguna persona física o moral podrá tener
participación social alguna en la sociedad. Si por algún motivo alguna personada
mencionada anteriormente, por cualquier evento llegara a adquirir una
participación social, contraviniendo así lo establecido en el párrafo que antecede,
se conviene desde ahora en que dicha adquisición será nula y por lo tanto
cancelada y sin ningún valor la participación social de que se trate
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ARTICULO DECIMO.- CAPITAL SOCIAL.- la sociedad tendrá un capital fijo
limitado y se integrara con las aportaciones de los socios y con los rendimientos
que la asamblea general acuerde se destinen para incrementarlos.
ARTICULO DECIMO PRIMERO.- DE LOS SOCIOS.- exclusivamente podrán
participar como socios personas físicas
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ARTÍCULO DECIMO SEGUNDO.- DERECHOS DE LOS SOCIOS.- son derechos
de los socios los siguientes:
I.- Tener derechos a los servicios que presta la sociedad, en términos de estas
bases constitutivas y de su reglamento interno
II.-Concurrir a las asambleas generales ordinarias y extraordinarias y ejercitar en
ellas el derecho al voto
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III.- Percibir la parte proporcional que le corresponda en anticipo y rendimientos en
términos de estas bases
ARTICULO DECIMO TERCERO.- SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS COMO
SOCIOS.- procederá por las siguientes causas
I.- Por negligencias incapacidad o renuncia respecto al cumplimiento de las
obligaciones que le imponen las presentes bases, los reglamentos que emanan de
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estas y las demás disposiciones aplicables, omisión que de manera alguna no
examine al socio responsable de su cumplimiento
II.-Por atentar en cualquier forma en contra de la disciplina, orden y respeto que
deben guardarse durante el desarrollo de las asambleas generales de socios
III.-Por incurrir en falta de honestidad, honradez en perjuicio de la sociedad, su
personal o de cualquiera otro de los socios
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IV.-Por no desempeñar honesta y eficientemente las actividades encomendadas
con motivo de los cargos para los que no hubieran sido electos
V.-Por inducir y propiciar de cualquier forma de desintegración de la sociedad, o
entorpecer su funcionamiento
VI.-Cuando los socios no cumplan con su responsabilidad que la microempresa
establece en sus reglamentos internos
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ARTICULO DECIMO CUARTO.-OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS.-son
obligaciones de los socios de los siguientes:
I.- Cumplir en sus términos las bases constitutivas de la sociedad, los reglamentos
que emanen de estas
II.-Conocer el funcionamiento, principio y objetivos de la sociedad a fin de
proporcionar su integración y sano desarrollo
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III.-Ser responsable ante la sociedad por los créditos recibidos, así como respecto
a los cuales fuere aval o fiador
IV.-Cuidar la conservación de los bienes de la sociedad
V.-Desempeñar los cargos, puestos y comisiones que le encomienden
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VI.-Cumplir con todas las obligaciones que se deriven las presentes bases, los
reglamentos internos de la sociedad
ARTICULO DECIMO QUINTO.-DE LAS PARTES SOCIALES Y DEL DERECHO
DEL VOTO.-Cada parte social, solamente podrá estar presentada por una persona
y otorga el derecho a un voto en asambleas ordinarias o extraordinarias de socios
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I.-Los socios podrán autorizar el voto por carta poder otorga ante 2 testigos,
debiendo recaer en todo caso la presentación ilegal
ARTICULO DECIMO SEXTO.- CARÁCTER DE LOS SOCIOS.- los socios serán
en todo caso capitalistas y deberán pagar íntegramente las partes sociales que
adquieran
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ARTICULO DECIMO SÉPTIMO-RESTRICCIÓN A LAS PARTES SOCIALES.-Lo
socios requieren para ceder sus derechos, del consentimiento previo unánime de
los socios. Al efecto, el socio que desee ceder su participación deberá notificarlo
fehacientemente a los demás socios, con treinta días naturales de anticipación y
consentimiento deberá expresarse dentro de los quince días naturales posteriores
a la notificación y en caso contrario, se entenderá denegado el consentimiento
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ARTICULO DECIMO OCTAVO.-DERECHOS DEL TANTO DE LOS SOCIOS.- Los
socios gozaran del derecho del tanto para adquirir las parte sociales del socio que
desee enajenar bienes, en la proporción que representen, quien deseen hacer uso
de este derecho, deberá notificarlo por escrito en forma fehaciente en un termino
de ochos días naturales, contados, a partir de la fecha de notificación
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ARTICULO DECIMO NOVENO.- ADMISION DE LOS SOCIOS.- Para la admisión
de nuevos socios se requieren el consentimiento previo de los socios,
manifestados en asamblea
ARTÍCULO DECIMO VIGESIMO.-EXCLUSIÓN DE LOS SOCIOS.- Para exclusión
de los socios se requiere el acuerdo unánime de los demás socios adoptado en
asamblea general extraordinaria de los socios
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ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO.- CAUSAS PARA LA EXCLUSIÓN DE
SOCIOS.-la exclusión de un socio solo podrá acordarse por las siguientes causas
I.- Facilitar información a personas ajenas a la sociedad, de los métodos
empleados por la sociedad en el cumplimiento de sus fines, así como cualquier
dato o documento propio de la sociedad, de sus negocios o clientes
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II.- Usar o valerse de los bienes de la sociedad para la realización de actividades
ajenas al objeto social, sea en beneficio propio o ajeno al socio
III.- Entorpecer la actividad de otros socios o de la sociedad misma, en lo que
atañe al ejercicio profesional de la sociedad
IV.- Realizar actos que ocasionen desprestigio para la sociedad
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VI.- Cometer falta de propiedad o delito en agravio de la sociedad o algunos de los
socios
VII.- Incumplir o violar los estatutos sociales
VIII.- Incumplir o contrariar los acuerdos de asamblea.
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IX.- Realizar por su cuenta o en combinación con terceras personas, los mismos
actos o semejantes a los especificados como objeto social
X.- Al momento de dejar de cumplir con sus funciones, se disolverán sus acciones
entre el resto de los accionistas y se le devolverá el capital que haya invertido
ARTICULO VIGÉSIMO SEGUNDO.- ASAMBLEAS.- La asamblea general de los
socios es el órgano supremo de la sociedad y sus resoluciones serán obligatorias
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para todos los socios aun para los ausentes o disidentes
ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO.- RÉGIMEN DE LAS ASAMBLEAS. Las
asambleas generales de socios podrán ser ordinarias o extraordinarias, y se
celebraran bajo el siguiente régimen:
I.- Serán asambleas generales ordinarias, las que se reúnen para tratar sobre el
nombramiento o remoción de administrador general, así como la aprobación del
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administrador general de la sociedad, designación y determinación de los
emolumentos, y de los puntos que se incluyan en el orden del día y que no sean
de los que deben tratarse de la asamblea general.
ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO.- LA ASAMBLEA GENERAL
EXTRAORDINARIA.- se ocupara para tratar los siguientes asuntos.
I.- Prorroga de duración de la sociedad es indefinida
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II.- Disolución anticipada de la sociedad.
III. Aumento o reducción de capital social.
V.- Cambio del objeto social.
V.- Cambio de nacionalidad de la sociedad.
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VI.- Transformación de la sociedad.
VII.- Fusión de la sociedad.
VIII.- Cualquier otra modificación de los estatutos.
IX.- Admisión o exclusión de socios.
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ARTICULO VIGÉSIMO QUINTO.- ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD.- La
administración de la sociedad podrá confiarse a un consejo directivo o aun
administrador general da la sociedad quien durara indefinidamente en el cargo,
hasta que sea cambiado por la asamblea general ordinaria de socios.
ARTICULO VIGÉSIMO SEXTO CONVOCATORIAS.- Todas las asambleas serán
convocadas por la asamblea general a través de su presidente.
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ARTICULO VIGÉSIMO SÉPTIMO.- FORMA DE CONVOCACIÓN.- Las asambleas
generales ordinarias o extraordinarias, deberán ser convocadas respectivamente
con por lo menos siete y quince días naturales de anticipación. La convocatoria
deberá ser exhibida en un lugar visible del domicilio fiscal de la sociedad civil,
mismo que deberá contener la respectiva orden del día, también será difundida a
través del órgano local más adecuada, dando preferencia al periódico de mayor
circulación en la entidad.
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ARTICULO VIGÉSIMO OCTAVO.- ACREDITAMIENTO DE LOS SOCIOS. Para
concurrir a las asambleas, los socios deberán acreditar su calidad de socios.-
ARTICULO VIGÉSIMO NOVENO.-QUÓRUM DE INSTALACIÓN. La asamblea
ordinaria los socios se considerara legalmente instalada, en virtud a de la primera
convocatoria si en ella está presentado el cincuenta y un por ciento de los socios.
La asamblea extraordinaria, se instalara legalmente, en virtud de la primera
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convocatoria si en ello está representada por lo menos la ocho y cinco de los
socios.
I.- En virtud de la segunda convocatoria o ulterior convocatoria para el caso de que
no asista el número de socios arriba mencionado, se convoca. Por segunda vez
con por lo menos cinco días naturales de anticipación y en los mismos términos, y
podrá celebrarse en este caso, con el número de socios que concurran siendo
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validos los acuerdos que se tomen siempre y cuando estén apegados a los
estatutos de la sociedad.
ARTICULO TRIGESIMO.- DESARROLLO.- Presidiera las asambleas el presidente
si por cualquier motivo, aquel no asistiera el acto del presidente corresponderá por
cualquier miembro de la sociedad o por el representante de los socios los
concurrentes.
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No se discutirá ni se resolverá cuestión alguna que no esté prevista en el orden
del día
II.- Si no pudieran tratarse en la fecha señaladas todos los puntos comprendidos
en el orden del día, la asamblea podrá continuar su celebración mediante sesiones
subsecuentes que tendrán lugar en las fechas que la misma determine sin
necesidad de nueva convocatoria, pero, entre cada dos sesiones que se trate, no
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podrán medir más de tres días hábiles, estas sesiones subsecuentes se celebrara
con el quórum exigido por su reglamento.
ARTICULO TRIGESIMO PRIMERO: en caso de que uno de los socios falleciera o
quisiera retirarse, pude ser heredado o vendidos las acciones a personas físicas
ya sean parte o ajenos a la organización.
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ARTICULO TRIGESIMO SEGUNDO.- QUÓRUM DE VOTACION.- En las
asambleas cada socio tendrá un voto independientemente de sus aportaciones,
las resoluciones serán tomadas siempre por mayoría de votos de los socios, si se
trata de asambleas ordinarios.
ARTICULO TRIGESIMO TRERCERO.- ACTAS.- Las actas de las asambleas se
consignaran en un libro especial serán firmados por quien presida la asamblea, o
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por el secretario.
--I.- Un diputado, del acta, certificada por el secretario, se agregara a la lista de
los asistentes, con indicación del numero de las partes sociales que se encuentran
representadas los documentos justificados de su calidad de socios y en caso el
acredita miento de sus representantes, así mismo un ejemplar en que se hubiere
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publicado la convocatoria los informes, dictámenes y demás documentos que se
hubieren representados en el acto de celebración de asamblea previamente a ella.
ACUERDOS TRANSITORIOS
PRIMERO.- El capital ha sido íntegramente pagado de la siguiente forma:
SOCIOS. PARTES SOCIALES VALOR
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XXXXXXXXXXXX CINCO (5) $350.00 POR ACCIÓN 100
XXXXXXXXXXXX CINCO (5) $350.00 POR ACCIÓN 100
XXXXXXXXXXXX CINCO (5) $350.00 POR ACCIÓN 100
XXXXXXXXXXXX CINCO (5) $350.00 POR ACCIÓN 100
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XXXXXXXXXXXX CINCO (5) $350.00 POR ACCIÓN 100
XXXXXXXXXXXX CINCO (5) $350.00 POR ACCIÓN 100
XXXXXXXXXXXX CINCO (5) $350.00 POR ACCIÓN 100
XXXXXXXXXXXX CINCO (5) $350.00 POR ACCIÓN 100
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TOTAL: CUARENTA ACCIONES $14,000.00
TOTAL: OCHO SOCIOS, CINCO PARTES SOCIALES Y $14,000 (CATORCE MIL
/M.N).
SEGUNDO.- Se designa a los C. Erendira Guzmán Bartolo, Aida Cano Altamirano,
Cristal Moran Cortes, Genes Lilian Escalona Barrera, Emerenciana Rosendo
Sosa, Jesús Cantú Montelongo, José Luis Cortés Acevedo y Xicoténcatl Mejía
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Ambrosio, quedando como gerente la C. Emerenciana Rosendo Sosa, Gerente de
producción al C. Jesús Cantú Montelongo, Gerente de ventas a la C. Cristal Moran
Cortes, Gerente de finanzas a la C. Aida Cano Altamirano, gerente de
mercadotecnia a la C. Erendira Guzmán Bartolo, a la encargada de almacén y
compras a la C. Genes Lilian Escalona Barrera, gerente de recursos humanos al
C. Xicoténcatl Mejía Ambrosio y como auxiliar de recursos humanos al C. José
Luis Cortes Acevedo quienes otorgaron la suma de facultades y obligaciones que
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confieren sus estatuto social, por lo que cada uno de los administradores actuaran
con poder GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS Y ACTOS DE
ADMINISTRACION, pero para ejercer los ACTOS DE REGUROSOS, EL
ORGAMIENTO Y REVOCACION DE PODERES GENERALES Y ESPECIALES A
LA FIRMA DE CONTRATOS Y TITULOS DE CREDITO QUE COMPROMENTAN
EL PATRIMONIO SOCIETARIO, y deberá mancomunar su firma en los
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documentos respectivos, todos y cada uno de los miembros del consejo
administrativo.
Con lo anterior se dio por determinada la asamblea constitutiva de “AGUAS DE
FRUTAS COMBINADAS FRESMAR S. C”, siendo las catorce horas del veinte de
febrero del dos mil once inicialmente indicada, de la que se elabora la represente
para constancia, durante la cual estuvieron presentes de principio a fin, todos y
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cada uno de los socios constituyentes quienes firmaron de conformidad de este
instrumento.
PLEITOS Y COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACION, pero para ejercer lo
ACTOS RIGUROSOS, EL OTRGAMIENTO YREVOCACION DE PODERES
GENERALES Y ESPECIALES Y LA FIRMA DE CONTRATOS Y TITULOS DE
CREDITO QUE COMPROMETAN EL PATRIMONIO SOCIETARIO, y deberán
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mancomunar su firma en los documentos respectivos, todos y cada uno de los
miembros del consejo administrador.
Con lo anterior se dio por terminada la asamblea constitutiva DE AGUAS DE
FRUTAS COMBINADAS “FRESMAR”, MICROEMPRESA, siendo las catorce
horas del mes de febrero del dos mil once la fecha inicialmente indicada, de la que
se elaborara la presente para constancia, durante la cual estuvieron presentes de
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principio a fin, todos y cada uno de los socios constituyentes, quienes firmaron de
conformidad al alcance de este instrumento.
CERTIFICACIÓN
YO LIC. CLAUDIO JACOBO SALGADO, NOTARIO PÚBLICO NUMERO 4 DEL
ESTADO DE GUERRERO, conforme a los artículos sexto, fracción séptima, de la
LEY FEDERAL DE CORREDURIA PUBLICA, treinta y siete de su reglamento, dos
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mil ochocientos vente y nueve y dos mil ochocientos setenta y ocho, fracción
primero del CODIGO CIVIL DES ESTADO DE GUERRERO, CERTIFICO: que
ante mi comparecieron los (a) C. Erendira Guzmán Bartolo, Aida Cano Altamirano,
Cristal Moran Cortes, Genes Lilian Escalona Barrera, Emerenciana Rosendo
Sosa, Jesús Cantú Montelongo, José Luis Cortes Acevedo y Xicoténcatl Mejía
Ambrosio por su propio derecho y advertidos por el suscrito de las penas
aplicables a quienes atentan contra la fe pública, bajo formal protesta de decir
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verdad manifestaron que reconocen y ratifican íntegramente el contenido del
documento que tiene a la vista, denominado “ACTA CONSTITUTIVA DE LA
MICROEMPRESA FRESMAR” establecido en la ciudad de Tlapa de Comonfort,
Guerrero, contenida en ocho hojas tamaño oficio, escrita por los ambos lados,
para constituirse la persona moral indicada; asimismo reconocen sus respectivas
firmas que aparecen en la última hoja del documento de referencia, cada uno de
sus respectivos nombres escritos a computadora, por haberlas estampado con su
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puño y letra y ser las mismas con que suscriben todos sus documentos públicos y
privados, y para constancia firman al alcance de esta certificación, que se asienta
en hoja anexa del documento ratificado, como consta en el acta cinco mil
quinientos setenta y cuatro, de esta fecha, que obra en el archivo de la notaria, lo
que se certifico y expidió en Tlapa de Comonfort, Guerrero, DIEZ DIAS DEL DOS
MIL DOCE. CONSTE. DOY FE.
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LOS RACTIFICANTES
C. _______________________________________
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C. ________________________________________
C. ________________________________________
C. ________________________________________
C.
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Notario público número 4 del estado de Guerrero.Lic. Claudio Jacobo Vásquez.
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MISIÓN
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Ser el primer centro de entretenimiento que brinde un servicio de calidad y modernidad, proporcionado beneficios económicos adecuados a nuestros inversionistas al mismo tiempo que proporcionamos oportunidades de crecimiento y superación a nuestros empleados y en la ciudad en la que operamos.
VISIÓN.
Consolidar nuestra microempresa como el centro de entretenimiento líder en el mercado, con prácticas y estrategias que permitan nuestro crecimiento.
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OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Ofertar diversos tipos de videojuegos. Ofrecer un servicio de calidad. Proporcionar un espacio cómodo y un ambiente agradable para el cliente. Ofrecer productos complementarios para hacer que el entretenimiento sea
más divertido.
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VALORES.
Responsabilidad: Tener un sentido de cumplimiento en el momento de proporcionar el servicio.
Honestidad: Hablar con la verdad acerca del servicio que se está ofertando y precios.
Lealtad: Ser fiel a los principios que rigen a la microempresa en todo momento que se requiera.
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Tolerancia: Mostrar delicadeza cuando se presente reclamos de insatisfacción de los clientes por el servicio.
Integridad: Manifestar en el servicio los valores que integran a cada uno de los trabajadores de la microempresa Game Over.
Honradez: Mostrar sinceridad hacia los clientes con los precios y calidad en el servicio.
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Equidad: Igualdad en el servicio independientemente del rango social a que pertenezca el cliente.
ANÁLISIS FODA.
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Fortalezas Tecnología actualizada. Servicio de calidad. Buena ubicación. Establecimiento llamativo. Videojuegos actualizados. Venta de accesorios y otros
productos. Espacio amplio. Contamos con mesas de espera.
Debilidades No es conocido. No maneja publicidad. Personal no capacitado.
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Oportunidades Conseguir más videojuegos. Ampliar el establecimiento.
Amenazas Fallas en la maquina. Refacción difícil de conseguir. Crisis económica
Estructura organizacional.
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Funciones:
Gerente general
Ventas Finanzas
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Gerente general: administrar todo el negocio.
Ventas: estar en contacto directo con el cliente, ofertando los servicios con las que contamos y realizar el cobro de los servicios brindados.
Finanzas: llevar la contabilidad de nuestra empresa y financiar los gastos que se tendrán dentro del negocio.
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REGISTRO DE LA MARCA.
Artículo 113 de la Ley de la Propiedad Industrial.- Para obtener el registro de una marca deberá presentarse solicitud por escrito ante el Instituto con los siguientes datos:I.- Nombre, nacionalidad y domicilio del solicitante;
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II.- El signo distintivo de la marca, mencionando si es nominativo, innominado, tridimensional o mixto;III.- La fecha de primer uso de la marca, la que no podrá ser modificada ulteriormente, o la mención de que no se ha usado. A falta de indicación se presumirá que no se ha usado la marca;IV.- Los productos o servicios a los que se aplicará las marca, yV.- Los demás que prevenga el reglamento de esta Ley.
Artículo 114 de la Ley de la Propiedad Industrial.- A la solicitud de registro de marca deberá acompañarse el comprobante del pago de las tarifas
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correspondientes al estudio de la solicitud, registro y expedición del título, así como los ejemplares de la marca cuando sea innominada, tridimensional o mixta.
Artículo 5º del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.- Las solicitudes o promociones deberán presentarse ante el propio Instituto o en las delegaciones de la Secretaría y cumplir los siguientes requisitos:I.- Estar debidamente firmadas en todos sus ejemplares;II.- Utilizar las formas oficiales impresas, aprobadas por el Instituto y publicadas en el Diario Oficial y en la Gaceta, en el número de ejemplares y anexos que se establezca en la propia forma, las que deberán presentarse debidamente
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requisitadas y, tratándose de medios magnéticos, conforme a la guía que el Instituto emita al efecto. En caso de no requerirse formas oficiales, las solicitudes o promociones deberán presentarse por duplicado, indicando al rubro el tipo de trámite solicitado y los datos a que se refiere la fracción V de este artículo;III.- Acompañarse de los anexos que en cada caso sean necesarios, los que deberán ser legibles y estar mecanografiados, impresos o grabados por cualquier medio;IV.- Señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en el territorio nacional;V.- Indicar el número de solicitud, patente, registro, publicación, declaratoria, o folio y fecha de recepción a que se refieran, salvo en el caso de solicitudes
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iniciales de patente o registro;VI.- Acompañarse del comprobante de pago de la tarifa correspondiente;VII.- Acompañarse de la correspondiente traducción al español de los documentos escritos en idioma distinto que se exhiban con la solicitud o promoción;VIII.- Acompañarse de los documentos que acrediten el carácter de los causahabientes, la personalidad de los apoderados o representantes legales, yIX.- Acompañarse de la legalización de los documentos provenientes del extranjero, cuando proceda.
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Las solicitudes y promociones deberán presentarse por separado para cada asunto, salvo cuando se trate de: inscripción de licencias o transmisiones en los términos previstos en los artículos 62, 63, 137 y 143 de la Ley; inscripción de transmisiones de derechos en las que hayan habido transmisiones intermedias no inscritas, y las relacionadas a un mismo asunto.
Cuando las solicitudes o promociones no cumplan con los requisitos establecidos en las fracciones I a VI, VIII y IX anteriores, el Instituto requerirá a los solicitantes o promoventes para que dentro de un plazo de dos meses los subsanen. En caso de
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no cumplirse con el requerimiento, las solicitudes o promociones serán desechadas de plano.
En caso de que las solicitudes o promociones no cumplan con el requisito establecido en la fracción VII anterior, los solicitantes o promoventes deberán, sin mediar requerimiento del Instituto, presentar ante éste la traducción correspondiente de los documentos que se exhiban dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que esas solicitudes o promociones se entreguen. En
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caso de que los solicitantes o promoventes no exhiban la traducción dentro del plazo fijado, las solicitudes o promociones serán desechadas de plano.
Las solicitudes y promociones remitidas por correo, servicios de mensajería u otros equivalentes se tendrán por recibidas en la fecha en que le sean efectivamente entregadas al Instituto.
Se podrán presentar solicitudes o promociones por transmisión telefónica facsimilar, siempre que la solicitud o promoción y sus anexos originales, acompañados del comprobante del pago de la tarifa que en su caso proceda y del
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acuse de recibo de la transmisión facsimilar, sean presentados en las oficinas del propio Instituto al día siguiente de haberse efectuado la transmisión. En este caso, bastará que la transmisión facsimilar contenga la solicitud o promoción.