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REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL _____________ COMANDO GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES DISPOSICIÓN NÚMERO 039 de 2003 (28-JUL-2003) Por la cual se establecen parámetros para el diligenciamiento y tramite de los documentos del proceso de evaluación y clasificación para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares aprobados por Resolución No. 1382 del 25 de Septiembre de 2001, la escala de valores e indicadores de que tratan los Artículos 30, 36 y 76 del Decreto 1799 de 2000. T I T U L O I EVALUACION CAPITULO I DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN Y NORMAS DE ELABORACIÓN ARTICULO 1.- DOCUMENTOS DE EVALUACION: Los documentos del proceso de evaluación a que se refiere el Articulo 29 del Decreto 1799 de 2000 son los siguientes: a. Formulario 1 Información básica de oficiales y suboficiales. b. Formulario 2 Programa personal de desempeño en el cargo. c. Formulario 3 Folio de Vida. d. Formulario 4 Evaluación de oficiales y suboficiales. ARTICULO 2.- NORMAS GENERALES DE ELABORACIÓN. - En la elaboración y tramite de todos los documentos de evaluación se observarán las siguientes normas: a. Diligenciados a máquina, en computadora o a mano, en letra imprenta legible y utilizando tinta negra.

Dispocision 039 de 2003

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Folios De Vida

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  • REPUBLICA DE COLOMBIA

    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL_____________

    COMANDO GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES

    DISPOSICIN NMERO 039 de 2003

    (28-JUL-2003)

    Por la cual se establecen parmetros para el diligenciamiento y tramite de los documentos del proceso de evaluacin y clasificacin para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares aprobados por Resolucin No. 1382 del 25 de Septiembre de 2001, la escala de valores e indicadores de que tratan los Artculos 30, 36 y 76 del Decreto 1799 de 2000.

    T I T U L O I

    EVALUACION

    CAPITULO I

    DOCUMENTOS DE EVALUACIN Y NORMAS DE ELABORACIN

    ARTICULO 1.- DOCUMENTOS DE EVALUACION: Los documentos del proceso de evaluacin a que se refiere el Articulo 29 del Decreto 1799 de 2000 son los siguientes:

    a. Formulario 1 Informacin bsica de oficiales y suboficiales.

    b. Formulario 2 Programa personal de desempeo en el cargo.

    c. Formulario 3 Folio de Vida.

    d. Formulario 4 Evaluacin de oficiales y suboficiales.

    ARTICULO 2.- NORMAS GENERALES DE ELABORACIN. - En la elaboracin y tramite de todos los documentos de evaluacin se observarn las siguientes normas:

    a. Diligenciados a mquina, en computadora o a mano, en letra imprenta legible y utilizando tinta negra.

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 2 DE 20

    b. Se elaboran personalmente en original, por las autoridades evaluadoras, revisoras y dems, establecidas en la presente Disposicin.

    c. Usar redaccin clara caracterizada por su precisin, concisin y sencillez, teniendo en cuenta las abreviaturas autorizadas para las Fuerzas Militares.

    d. Utilizar el sistema arbigo de numeracin.

    e. Los formularios son timbrados en papel bond, tamao oficio (32.5 x 22 cm).

    f. Las anotaciones se referirn a las actividades desarrolladas exclusivamente, en el lapso que abarca la evaluacin.

    g. En los formularios no se aceptarn enmendaduras, tachones, ni borrones. Los que presenten defectos se consideran viciados de nulidad y sern devueltos para su nueva elaboracin.

    h. Por tratarse de documentos de carcter reservado, su conocimiento es exclusivo de las personas involucradas en su procesamiento. Para su reproduccin debe tenerse en cuenta lo establecido en el numeral 6, capitulo IV del manual de seguridad militar FFMM 2-7 Restringido.

    FORMULARIO 1

    INFORMACIN BSICA OFICIALES Y SUBOFICIALES

    ARTICULO 3.- NORMAS DE DILIGENCIAMIENTO.- En su elaboracin, trmite y uso se aplican las siguientes normas:

    a. Diligenciamiento

    1. Es diligenciado por las Jefaturas o Direccin de Personal de los Comandos de Fuerza.

    2. En los numerales 01 a 10, se registran los datos sobre Informacin Personal del oficial o suboficial correspondientes a grado, arma, cuerpo y especialidad, apellidos y nombres, lugar y fecha de nacimiento, cdula de ciudadana, cdigo militar, tiempo en el grado actual, estado civil, nombre y apellidos de la esposa o compaera permanente, nmero y edad de los hijos.

    3. En los numerales 11 a 20, se registran los datos sobre Informacin

    Profesional, as:

    a) En el numeral 11, cursos, especialidades militares y civiles adquiridas especificando su lugar y fecha.

    b) En el numeral 12, tiempo de mando de tropas, embarque y/o vuelo, especificando nmero de meses de mando o de embarque, cantidad de millas navegadas y nmero de horas de vuelo.

    c) En el numeral 13, clasificaciones obtenidas en las evaluaciones de los ltimos cinco aos, especificando el ao y nmero de lista obtenida.

    d) En el numeral 14, cargos principales y adicionales desempeados durante los ltimos tres aos, especificando ao, unidad y cargo.

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 3 DE 20

    e) En el numeral 15, situacin administrativa pendiente de orden disciplinario, penal o de informativos administrativos.

    f) En el numeral 16, aptitud psicofsica, determinando si presenta algn tipo de limitacin para el servicio.

    g) En el numeral 17, proyeccin del evaluado en el ultimo ao de evaluacin, tomada del Formulario 4, teniendo en cuenta especificar en el numeral 18 la proyeccin a corto plazo en actividades de mando, administracin, instruccin o profesorado, estado mayor o plana mayor y otros; de igual manera, en el numeral 19 a mediano plazo. Si se selecciona OTROS, se debe especificar en el numeral 20 el tipo de actividad recomendada.

    h) En el numeral 21, lugar y fecha de elaboracin del documento.

    i) En el numeral 22, grado, postfirma y firma del Jefe o Director de Personal del Comando de la respectiva Fuerza.

    b. Trmite

    El Formulario1 es tramitado por las jefaturas o direcciones de personal a la nueva unidad, junto con la copia de la orden administrativa de personal o disposicin que ordena el traslado, antes que este se haga efectivo.

    c. Uso

    1. Permite conocer:

    a) La situacin personal y familiar del oficial o suboficial.

    b) Las condiciones profesionales.

    2. Permite asignar el cargo segn la experiencia y especialidades adquiridas

    FORMULARIO 2

    PROGRAMA PERSONAL DE DESEMPEO EN EL CARGO

    ARTICUL0 4. - NORMAS DE DILIGENCIAMIENTO.- En su elaboracin, trmite y uso se aplican las siguientes normas:

    a. Diligenciamiento

    1. Debe ser diligenciado por la autoridad evaluadora una vez el evaluado reciba el cargo asignado.

    2. Debe ser concertado entre el evaluado y el evaluador antes de su elaboracin definitiva.

    3. Es diligenciado cada vez que el evaluado cambie de cargo.

    4. En el perodo de evaluacin se pueden hacer adiciones o modificaciones de comn acuerdo entre el evaluado y el evaluador.

    5. Se registran en su totalidad los datos requeridos en el formulario, as:

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 4 DE 20

    a) Informacin del evaluado y evaluador.

    1) En los numerales 01 a 04, grado, arma, cuerpo y especialidad, apellidos y nombres del evaluado, cdula de ciudadana y cdigo.

    2) En los numerales 05 a 07, grado, cargo, apellidos y nombres del evaluador

    3) En los numerales 08 a 10, unidad, cargo del evaluado y lapso evaluable.

    b) Funciones y concertacin de objetivos.

    1) En el numeral 11, se relacionan las funciones y responsabilidades del cargo asignado al evaluado de acuerdo con lo estipulado en los manuales de funciones.

    2) En el numeral 12, concertacin de objetivos y logros a alcanzar estableciendo tareas, metas u objetivos institucionales que acordes con la naturaleza del cargo busca alcanzar el evaluado durante el perodo de evaluacin, de manera tal que puedan resolver un problema significativo de la unidad o dependencia. Para el efecto, se deben tener en cuenta los objetivos anuales de la unidad, dependencia o reparticin a la cual pertenece el evaluado, teniendo como referencia los indicadores de gestin.

    En todos los casos, los objetivos correspondern a los indicadores de gestin, cronogramas de trabajo o diagrama de seguimiento logros de objetivos acordados.

    3) En los numerales 13 y 14, una vez concertado el numeral 12, el evaluado y el evaluador firman el documento, para significar que estn de acuerdo.

    4) En el numeral 15, se describen adiciones, modificaciones al programa y/o funciones adicionales de comn acuerdo entre el evaluado y el evaluador. Debe incluirse la asignacin de funciones por encargo.

    5) En el numeral 16, el evaluador registra los objetivos y logros alcanzados por el evaluador al final del lapso. Los logros ms significativos, as como el cumplimiento de los objetivos concertados, conlleva una anotacin de mrito o de demrito, segn sea el caso, que se registrar en el Folio de Vida y tendr incidencia en la evaluacin del indicador Desempeo en el cargo.

    En caso de incumplimiento de los objetivos concertados por razones de fuerza mayor o caso fortuito, se debe especificar las causas que lo justifiquen.

    6) En los numerales 17 y 18, evaluado y evaluador registran sus firmas al final del periodo de evaluacin.

    b. Trmite

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 5 DE 20

    1. El documento es conservado por el evaluador y tramitado junto con la evaluacin anual a la autoridad revisora y comandos superiores.

    2. En caso de traslado del evaluado antes de la fecha de la evaluacin anual, ste formulario se diligencia en su totalidad y se remite junto con el folio de vida a la nueva unidad, reparticin o dependencia.

    c. Uso.

    Este instrumento de evaluacin es el documento bsico para evaluar el desempeo en el cargo del evaluado y permite adems:

    1. Al evaluado.

    a) Identificar sus funciones, responsabilidades, objetivos especficos, metas y planes.

    b) Sealar cual es su nivel de compromiso para desarrollar actividades de beneficio institucional, relacionadas con el cumplimiento de la misin asignada a su unidad y bienestar del personal a su cargo.

    c) Demostrar su iniciativa, creatividad y capacidad de planeamiento y ejecucin.

    2. Al evaluador.

    a) Dirigir el cumplimiento de la misin dentro del concepto de administracin por objetivos, estableciendo planes y cronogramas de trabajo.

    b) Conocer las personas que estn bajo su responsabilidad.

    c) Delimitar el alcance de las funciones y responsabilidades del personal a su cargo.

    d) Asignar equitativamente tareas, objetivos y metas.

    e) Ejercer una accin orientadora para que en su elaboracin, se proceda con realismo analizando el potencial humano y recursos disponibles.

    FORMULARIO 3

    FOLIO DE VIDA

    ARTICULO 5.- NORMAS DE DILIGENCIAMIENTO.- En su elaboracin, trmite y uso, adems de las contempladas en el Artculo 2 de la presente disposicin, se aplicarn las siguientes normas:

    a. Diligenciamiento

    1. Se registran en su totalidad los datos correspondientes a:

    a) Identificacin evaluado.

    En los numerales 01 a 07, grado, arma, cuerpo y/o especialidad, apellidos y nombres del evaluado, cdula de ciudadana y cdigo, unidad u organizacin, ao de evaluacin y cargo asignado.

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 6 DE 20

    b) Registro actuaciones y desempeos significativos.

    1) En el numeral 08, se registran de manera numerada, secuencial y cronolgica, todas las anotaciones y conceptos, positivos o negativos de desempeo profesional y administrativo, especificando nmero de orden, da y mes.

    2) En el numeral 09, se registran anotaciones y conceptos teniendo en cuenta lo siguiente:

    (a) Anotacin : corresponde a una accin positiva o negativa de la que se deja constancia y que no est enmarcada dentro de la escala de valoracin, excepto la de Merito o Demrito.

    (b) Toda anotacin debe ser de carcter descriptivo, clara y precisa, fundamentada en hechos concretos y no en apreciaciones abstractas o subjetivas. Al final debe llevar la firma, postfirma, grado y cargo del evaluador. No tienen valor numrico y sirven para llamar la atencin al evaluado de conductas impropias con el fin de ser corregidas, al igual que de resaltar acciones positivas en el instante que se presenten.

    (c) Concepto: corresponde a un juicio elaborado con base a las anotaciones positivas o negativas en un lapso de tiempo mnimo mensual o bimestral de acuerdo al grado del evaluado.

    (d) La Sustentacin de un Concepto o Anotacin, positiva o negativa se har conforme al siguiente ejemplo:

    ANOTACIN NEGATIVA CONDICIONES PERSONALES.Puntualidad. En la fecha llega retardado a la iniciacin del servicio.

    CONCEPTO POSITIVO DESEMPEO EN EL CARGO : Se destaco por su consagracin al trabajo, adems de su inters demostrado en la correccin de las observaciones y fallas y desempeo en sus funciones adicionales y encargos como administrador del Casino de Oficiales por ausencia del titular durante el presente mes.

    (e) Los conceptos emitidos por el evaluador afectaran solo un indicador, y se harn observando la siguiente periodicidad :

    (1) MENSUAL

    Oficiales subalternos en los grados Subteniente o Teniente de Corbeta, Teniente o Teniente de Fragata, Capitn o Teniente de Navo.

    Suboficiales en los grados Cabo Tercero, Cabo Segundo, Cabo Primero y Sargento Segundo en el Ejrcito o su equivalente en las otras Fuerzas.

    (2) BIMESTRAL

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 7 DE 20

    Oficiales superiores en los grados Mayor o Capitn de Corbeta, Teniente Coronel o Capitn de Fragata, Coronel o Capitn de Navo.

    Suboficiales en los grados Sargento Viceprimero, Sargento Primero y Sargento Mayor en el Ejrcito o su equivalente en las otras Fuerzas.

    (f) El concepto del evaluador, de carcter positivo o negativo, segn sea el caso, se elaborar con base en los Factores contemplados en el Articulo 12 de la presente disposicin y afectar uno cualquiera de los indicadores establecidos en el Formulario 4 de Evaluacin y Clasificacin de Oficiales y Suboficiales.

    (g) La afectacin de los indicadores no podr hacerse nicamente con base en la valoracin de conceptos emitidos por el evaluador.

    (h) Para hacer los registros en el folio de vida se debe tener en

    cuenta incluir:

    (1) Anotaciones de desempeo: Todas aquellas que muestren la calidad del desempeo del Oficial o Suboficial, de conformidad con los indicadores y caractersticas del perfil profesional.

    (2) Anotaciones Administrativas: Todas aquellas que reflejan las novedades de carcter administrativo del evaluado, sucedidas durante el periodo de evaluacin tales como: presentaciones, traslados, permisos, vacaciones, licencias, comisiones y dems anotaciones de carcter obligatorio, indicadas en el Literal d. Articulo 33 del Decreto 1799 de 2000.

    (3) El Concepto se debe elaborar por la autoridad evaluadora los 5 ltimos das, dependiendo del periodo, mensual o bimestral.

    (i) En el numeral 10, toda anotacin o concepto, positivo o negativo, debe notificarse al evaluado, quien debe firmar el enterado anotando da y INDICADOR

    (j) mes, teniendo en cuenta en caso de no estar de acuerdo con la anotacin o concepto, colocar de su puo y letra la palabra RECLAMO, una vez haya firmado.

    (k) En caso de reclamo, se procede conforme a lo establecido en los artculos 67 a 73 del Decreto 1799 de 2000.

    b. Trmite

    1. El evaluador conserva el folio de vida y en la fecha de las anotaciones lo presenta al evaluado para su notificacin.

    2. El folio de vida hace parte de los documentos del proceso de evaluacin y como tal debe remitirse junto con el formulario de evaluacin y clasificacin a los Comandos de Fuerza.

    3. En caso de traslado del evaluado antes de elaborar la evaluacin anual, el Folio de Vida se enva a la nueva unidad o reparticin,

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    excepto en los casos estipulados en el Artculo 12 del Decreto 1799 de 2000.

    c. Uso y caractersticas

    1. En el folio se registran hechos, comportamientos o habilidades observadas.

    2. Los registros deben consignarse en el folio de vida en la fecha en que se produzca o conozca el hecho.

    3. El folio de vida es el nico documento que soporta y sustenta la evaluacin anual.

    FORMULARIO 4

    EVALUACIN Y CLASIFICACIN DE OFICIALES Y SUBOFICIALES

    ARTICULO 6.- NORMAS DE DILIGENCIAMIENTO.- En su elaboracin, trmite y uso se aplican las siguientes normas:

    a. Diligenciamiento:

    1. Identificacin evaluado.

    a) En los numerales 01 al 06, se registra la informacin correspondiente a grado, arma, cuerpo y/o especialidad, apellidos y nombres, cdula de ciudadana y cdigo, unidad u organizacin y lapso evaluable.

    b) En los numerales 07 a 10, se registra el tiempo de mando durante el lapso evaluable, indicando nmero de meses y das; tiempo de embarque en meses y das; nmero de millas navegadas y/o de horas de vuelo.

    2. Identificacin evaluador.

    En los numerales 11 a 13, se registra grado, cargo, apellidos y nombres de la autoridad evaluadora.

    3. Identificacin revisor.

    En los numerales 14 a 16, se registra grado, cargo, apellidos y nombres de la autoridad revisora.

    4. Evaluacin y sustentacin.

    a) En los numerales 17 a 22, el evaluador con base en las anotaciones del folio de vida y el programa personal de desempeo en el cargo, registra los niveles de calidad obtenidos en cada uno de los indicadores de los numerales 23 a 30, marcando con tinta, a mano, una X en la casilla correspondiente, teniendo en cuenta lo establecido para tal fin en los Artculos 35 y 36 del Decreto 1799 de 2000 y Artculo 7 de la presente disposicin.

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    Para obtener el nivel de calidad de cada indicador, se contabilizaran los puntos a favor y en contra, resultado de las acciones positivas o negativas del evaluado, con base en la escala de valoracin de acciones, establecida en el Artculo 8 de la presente disposicin.

    b) La sustentacin se hace, enfatizando los indicadores evaluados con grado superior e inferior a BUENO, relacionando los puntos a favor o en contra que afecten cada indicador.

    Ejemplo:

    (a) El indicador Condiciones personales se evala con nota MUY BUENO en razn de los conceptos positivos No. 1, 4 y 10 que contabilizan seis (6) puntos a favor y la anotacin de demrito No. 6 que contabiliza un (1) punto en contra. Resultado: Cinco (5) puntos a favor.

    (b) El indicador Ejercicio en el mando se evala con nota REGULAR en razn de las anotaciones de demrito No. 2 y 3 que contabiliza dos (2) puntos en contra.

    5. Proyeccin del evaluado.

    a) En el numeral 32, el evaluador seala en la casilla correspondiente a mando, administracin, instruccin o profesorado, estado mayor o plana mayor u otros, aquel desempeo en el cual considera que el evaluado tiene mayores posibilidades de xito a corto plazo. As mismo, en el numeral 33, la proyeccin recomendada a mediano plazo.

    b) En el numeral 34, en el evento de seleccionar OTROS en la proyeccin del evaluado, se debe especificar el tipo de actividad recomendada.

    c) En el numeral 35, se registra fecha, postfirma y firma del evaluador.

    6. Notificacin de la evaluacin.

    a) En los numerales 36 o 37, el evaluado debe marcar con una X si se encuentra conforme con la evaluacin o reclama. En caso de reclamo, el evaluado debe interponerlo por escrito antes de tres (3) das hbiles.

    b) En el numeral 38, el evaluado registra la fecha, postfirma y firma.

    c) Si el evaluado se declara conforme con la evaluacin, sta se remite a la autoridad revisora para lo de su competencia y en este caso, no procede ninguna de las acciones determinadas en los numerales 39 a 50 del Formulario 4.

    7. Decisin reclamo evaluacin.

    Si la evaluacin es objeto de reclamo, ste debe ser tramitado por el evaluado ante la autoridad evaluadora dentro de los trminos

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    establecidos. Una vez analizado el reclamo, el evaluador determina la decisin correspondiente.

    a) En los numerales 39 o 40, el evaluador marca con una X si confirma la evaluacin o la modifica. En caso de modificacin, en el numeral 41 se hace la sustentacin, especificando el indicador o indicadores afectados.

    b) En el numeral 42, el evaluador registra la fecha, postfirma y firma.

    8. Notificacin reclamo evaluacin.

    a) Una vez leda la decisin del reclamo, en los numerales 43 o 44, el evaluado debe marcar con una X si se encuentra conforme con la decisin o apela. En caso de apelacin, el evaluado debe interponerlo por escrito antes de tres (3) das hbiles.

    b) En el numeral 45, el evaluado registra la fecha, postfirma y firma de notificacin.

    c) Si el evaluado se declara conforme con la decisin del reclamo, sta se remite a la autoridad revisora para lo de su competencia y en este caso, no procede ninguna de las acciones determinadas en los numerales 46 a 50 del Formulario 4.

    9. Decisin apelacin evaluacin.

    Si el evaluado no se encuentra conforme con la decisin del reclamo de la evaluacin y determina hacer uso del recurso de apelacin, ste debe ser tramitado por el evaluado ante la autoridad revisora dentro de los trminos establecidos para el efecto. Una vez analizada la apelacin, el revisor determina la decisin correspondiente.

    a) En los numerales 46 o 47, el revisor marca con una X si confirma la evaluacin o la modifica. En caso de modificarla, en el numeral 48 se hace la sustentacin.

    b) En el numeral 49, el revisor registra la fecha, postfirma y firma.

    c) En el numeral 50, el evaluado registra la fecha, postfirma y firma.

    De la decisin sobre la apelacin de la evaluacin tomada por la autoridad revisora, no procede recurso alguno.

    10. Revisin y clasificacin anual.

    a) En el numeral 51 el revisor debe marcar con una X si se encuentra en acuerdo o desacuerdo con la evaluacin. En caso de desacuerdo, en el numeral 52 el revisor debe hacer la sustentacin especificando el indicador o indicadores de la evaluacin que considera son objeto de modificacin.

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    b) En el numeral 53, el revisor registra la clasificacin, marcando con una X la lista seleccionada. En el numeral 54 la clasificacin seleccionada, se registra en letras.

    c) En el numeral 55, el revisor registra fecha, postfirma y firma.11. Notificacin de la clasificacin.

    a) Una vez leda la clasificacin, en los numerales 56 o 57, el evaluado marca con una X si se declara conforme o reclama. En caso de reclamo debe interponerlo por escrito antes de tres (3) das hbiles.

    b) En el numeral 58, el evaluado registra la fecha, postfirma y firma.

    c) Si el evaluado se declara conforme con la clasificacin, sta se remite a la Jefatura de Personal respectiva para su envo a la Junta Clasificadora y en este caso, no procede ninguna de las acciones determinadas en los numerales 59 a 69 del Formulario 4.

    12. Decisin reclamo clasificacin.

    Si la clasificacin es objeto de reclamo, ste debe ser tramitado por el evaluado ante la autoridad revisora dentro de los trminos establecidos. Una vez analizado el reclamo, el revisor determina la decisin correspondiente.

    a) En los numerales 59 o 60 el revisor debe marcar con una X si confirma la clasificacin o la modifica. En caso de modificacin, en el numeral 61 debe registrar la sustentacin, especificando la nueva lista de clasificacin determinada.

    b) En el numeral 62, el revisor registra fecha, postfirma y firma.

    13. Notificacin decisin reclamo clasificacin.

    a) Una vez leda la decisin del reclamo de la clasificacin, en los numerales 63 o 64, el evaluado marca con una X si se declara conforme o apela. En caso de apelacin, debe interponerla por escrito antes de tres (3) das hbiles.

    b) En el numeral 65, el evaluado registra fecha, postfirma y firma.

    c) Si el evaluado se declara conforme con la decisin del reclamo de la clasificacin, sta se remite a la Jefatura de Personal respectiva con destino a la Junta Clasificadora para lo de su competencia y en este caso, no procede ninguna de las acciones determinadas en los numerales 66 a 69 del Formulario 4.

    14. Decisin apelacin clasificacin.

    Si el evaluado no se encuentra conforme con la decisin del reclamo de la clasificacin y determina hacer uso del recurso de apelacin, ste debe ser tramitado por el evaluado ante la autoridad evaluadora de la autoridad revisora dentro de los trminos establecidos para el efecto. Una vez analizada la apelacin, el

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    evaluador del revisor determina la decisin correspondiente, sobre la cual no procede recurso alguno.

    En caso necesario, se dar aplicacin a los artculos 21 y 23 del Decreto 1799 de 2000 para efectos de establecer autoridades evaluadoras o revisoras.a) En los numerales 66 o 67 el evaluador del revisor marca con una

    X si confirma la clasificacin o la modifica. En caso de modificacin, en el numeral 68 debe registrar la sustentacin, especificando la nueva lista de clasificacin determinada.

    b) En el numeral 69, el evaluador del revisor registra fecha, grado, cargo, postfirma y firma.

    15. Decisin de la junta clasificadora.

    a) En el numeral 70 se registra la decisin tomada por la junta clasificadora, especificando el ao correspondiente al lapso de evaluacin y clasificacin; la ratificacin de la clasificacin en la lista seleccionada y el nmero de acta correspondiente a la reunin de la junta clasificadora.

    b) En caso de modificacin de la lista de clasificacin seleccionada, en el numeral 71, se registra la decisin tomada por la junta clasificadora, especificando el ao correspondiente al lapso de evaluacin, el nmero de lista de clasificacin que se modifica, el nuevo nmero de lista de clasificacin seleccionado y el nmero de acta correspondiente a la reunin de la junta clasificadora.

    c) En el numeral 72, se registra fecha, grado, cargo, postfirma y firma del secretario de la junta clasificadora.

    b. Trmite:

    El formulario una vez elaborado se tramita junto con los dems documentos de evaluacin, a los Comandos de Fuerza para su revisin, registro, anlisis y toma de decisiones.

    c. Uso:

    Establecer la clasificacin anual y por ascenso del personal militar y dems aspectos considerados en este reglamento.

    ARTICULO 7.- NIVELES DE CALIDAD - La evaluacin del desempeo de cada uno de los Indicadores del Formulario 4, se har de conformidad con lo establecido en el Artculo 35 del Decreto 1799 de 2000, mediante el sistema de medicin de niveles de calidad Excelente, Muy Bueno, Bueno, Regular y Deficiente, que resulte de la valoracin de las acciones positivas y negativas realizadas por el evaluado durante el lapso de evaluacin, teniendo en cuenta la escala de valores siguiente:

    a. EXCELENTE: 10 ms puntos a favor.b. MUY BUENO: 5 a 9 puntos a favor.c. BUENO: 0 a 4 puntos a favor.c. REGULAR: 1 a 5 puntos en contra.d. DEFICIENTE: 6 ms puntos en contra.

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    e. NO OBSERVADO.

    ARTICULO 8.- VALORACION DE LAS ACCIONES. Las acciones positivas o negativas que el personal de Oficiales y Suboficiales realice, reflejan puntos a favor o en contra, de conformidad con la escala numrica siguiente:

    ACCIONES POSITIVAS PUNTOS A FAVOR

    1. Anotacin de mrito2. Felicitacin colectiva por ceremonias militares,

    organizacin de eventos, conferencias, etc.(mximo cuatro (4), durante el periodo de evaluacin).

    3. Concepto positivo de la autoridad evaluadora.4. Felicitacin por aspectos diferentes a desempeo en

    operaciones o desempeo de funciones del cargo.5. Felicitacin por desempeo de funciones del cargo,

    otorgada por superior inmediato.6. Felicitacin por desempeo en operaciones militares,

    otorgada por superior inmediato.7. Felicitacin por desempeo de funciones del cargo,

    otorgada por comandos superiores al superior inmediato.

    8. Felicitacin por desempeo en operaciones militares, otorgada por comandos superiores al superior inmediato.

    9. Felicitacin por desempeo de funciones del cargo, otorgada por comandos de fuerza o escalones superiores.

    10. Felicitacin por desempeo en operaciones militares otorgada por comandos de fuerza o escalones superiores.

    11. Culminacin de carrera intermedia, tcnica o tecnolgica.

    12. Culminacin de carrera profesional.13. Culminacin de estudios de postgrado.

    - Especializacin - Maestra- Doctorado

    14. Publicacin de trabajos, temas o escritos elaborados.15. Trabajos tcnicos, tecnolgicos, cientficos o

    acadmicos con reconocimiento institucional o extrainstitucional.

    16. Publicacin de manuales, reglamentos o libros elaborados.

    17. Primeros puestos cursos de ley:- Graduado distinguido- Graduado de honor

    18. Condecoraciones militares extranjeras.19. Condecoraciones militares nacionales

    - Por servicios distinguigdos a la institucin militar- Por mrito acadmico- Por virtudes militares y profesionales de carcter

    excepcional (ordenes otorgadas por la Presidencia de la Repblica)

    - Al valor- Por servicios distinguidos en orden publico

    20. Distintivos militares reglamentados, otorgados por termino de curso o tiempo de permanencia.

    21. Medallas, reconocimientos, condecoraciones otorgadas por entidades gubernamentales, particulares, civiles o privadas.

    22. Jinetas de Buena Conducta - Primera Jineta - Segunda Jineta - Tercera o mas Jinetas

    Un (1) puntoUn (1) punto

    Dos (2) puntosDos (2) puntos

    Dos (2) puntos

    Tres (3) puntos

    Tres (3) puntos

    Cuatro (4) puntos

    Cuatro (4) puntos

    Cinco (5) puntos

    Tres (3) puntos

    Cuatro (4) puntos

    Tres (3) puntosCuatro (4) puntosCinco (5) puntosDos (2) puntosTres (3) puntos

    Cinco (5) puntos

    Tres (3) puntosDos (2) puntosCinco (5) puntosDos (2) puntosTres (3) puntosCuatro (4) puntosCinco (5) puntos

    Seis (6) puntosSiete (7) puntosDos (2) puntos

    Dos (2) puntos

    Dos (2) puntosTres (3) puntosCuatro (4) puntos

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 14 DE 20

    ACCIONES NEGATIVAS PUNTOS EN CONTRA

    1. Anotacin de demrito.2. Concepto negativo de la autoridad evaluadora3. Perdida de materias en curso de ley4. Amonestacin escrita 5. Represin simple6. Reprensin formal7. Reprensin severa8. Sancin de suspensin por lapsos iguales o menores a

    treinta (30) das.9. Sancin de suspensin por lapsos mayores de treinta (30)

    das.

    Un (1) puntoDos (2) puntosDos (2) puntos (por c/materia)Dos (2) puntosTres (3) puntosCuatro (4) puntosCinco (5) puntosSiete (7) puntos

    Nueve (9) puntos

    PARAGRAFO 1. Las sanciones deben encontrarse en firme respaldadas por el respectivo fallo y las felicitaciones publicadas en documentos oficiales para poder ser incluidas en la evaluacin.

    PARAGRAFO 2. Los puntos a favor obtenidos por condecoraciones, jinetas de buena conducta, ttulos acadmicos, y otros reconocimientos se sumaran nica y exclusivamente dentro del periodo de evaluacin en el que fueron otorgados.

    PARGRAFO 3. Las condecoraciones militares extranjeras afectaran el indicador condiciones Profesionales.

    PARGRAFO 4. Las condecoraciones militares nacionales afectaran el indicador tica militar excepto la otorgada por merito acadmico que afectara el indicador condiciones profesionales.

    PARGRAFO 5. Las condecoraciones, medallas, reconocimientos, distinciones otorgados por entidades Oficiales, Particulares Y/O Instituciones Estatales o privadas afectaran el indicador Condiciones Profesionales por el liderazgo institucional, regional u operacional desarrollado y quedaran registradas y soportadas en el folio de vida mediante el respectivo Decreto, Resolucin, Notas de estilo. Se aclara que las medallas no podrn ser portadas en el Uniforme por no ser de carcter militar.

    PARGRAFO 6. Los Distintivos Militares reglamentados, otorgados por Unidades Operativas Mayores y Menores, Tcticas, Escuelas de Formacin y Capacitacin por termino de Cursos, o por tiempo de permanencia afectaran el indicador Condiciones Profesionales.

    ARTICULO 9. - CLASIFICACIN.- Corresponde a la autoridad revisora establecer la clasificacin de la evaluacin, de conformidad con las normas estipuladas en la Seccin A, capitulo III, Titulo III del Decreto 1799 de 2000, dentro de las siguientes listas:

    a. LISTA UNO. Son clasificados en lista UNO, quienes en su evaluacin anual obtengan los indicadores evaluados entre bueno y Excelente, de los cuales como mnimo dos (2) en Excelente y dos en Muy bueno. De los indicadores en excelente uno (1) por lo menos ha de corresponder a Desempeo en el cargo.

    b. LISTA DOS. Son clasificados en lista DOS, quienes en su evaluacin anual obtengan los indicadores entre Bueno y Excelente, de los cuales como

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 15 DE 20

    mnimo cuatro (4) superiores a Bueno. De los Indicadores superiores a Bueno, uno(1) por lo menos ha de corresponder a Desempeo en el cargo.

    c. LISTA TRES. Son clasificados en lista TRES, quienes en su evaluacin anual obtengan los Indicadores entre Bueno y Excelente, mximo uno (1) en Regular. Si el Indicador en Regular corresponde a Desempeo en el cargo, se clasificar en lista CUATRO.

    d. LISTA CUATRO. Son clasificados en lista CUATRO, quienes en su evaluacin anual obtengan dos (2) Indicadores en Regular, o uno (1) en Deficiente.

    e. LISTA CINCO. Son clasificados en lista CINCO, quienes en su evaluacin anual obtengan tres (3) o ms Indicadores en Regular, o dos (2) o mas en Deficiente.

    PARAGRAFO.1- El personal clasificado en lista uno (1) deber tener todos los indicadores evaluados. Se exceptan para el personal de Suboficiales Responsabilidad como evaluador y revisor, de igual manera Mando para el personal del Cuerpo Administrativo.

    PARGRAFO. 2- El personal clasificado en Lista (1) no podr ser objeto de anotaciones o conceptos negativos durante el lapso evaluable.

    CAPITULO II

    INDICADORES

    ARTICULO 10.- DEFINICIN. Los indicadores son un conjunto de factores que sealan las condiciones personales y profesionales, objeto de evaluacin en los Oficiales y Suboficiales.

    ARTICULO 11.- INDICADORES. Hacen parte del proceso de evaluacin para oficiales y suboficiales los indicadores siguientes:

    a. Condiciones personales.b. Etica militar.c. Condiciones profesionales.d. Ejercicio del mando.e. Competencia administrativa.f. Desempeo en el cargo.g. Responsabilidad como Evaluador.h. Cultura fsica.

    PARAGRAFO. 1- De los indicadores del proceso de evaluacin para oficiales y suboficiales se pueden dejar de evaluar los correspondientes a: Ejercicio del mando, y Responsabilidad como evaluador y revisor, cuando el evaluado no ejerce estas funciones, adems Cultura Fsica en casos plenamente sustentados y justificados por la autoridad medico - laboral por incapacidad relativa y permanente o absoluta y temporal quedando consignada tal situacin con su firma y sello en el Formato 3A Ficha Medica Prueba Fsica . Los dems indicadores son de evaluacin obligatoria.

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 16 DE 20

    PARAGRAFO. 2- El indicador Mando har referencia a la Subordinacin de tropas en Unidades Terrestres, Areas y Navales. (Cdte. Escuadra, Seccin, Reemplazante Pelotn, Cdte. Pelotn, Unidad Fundamental, Ejecutivo y Segundo Comandante de Unidad Tctica, Cdte. Unidad Tctica, Jefe de Estado Mayor y Segundo Comandante de Unidad Operativa Menor y Mayor, Cdte. Unidad Operativa Menor cuando lo ejerza un Oficial de Grado Coronel en el Ejercito Nacional y sus equivalentes en las dems Fuerzas). PARAGRAFO. 3- En las Escuelas de Formacin y Capacitacin los Instructores podrn ser observados en el indicador Mando cuando se desempeen como Comandantes de Curso.

    ARTICULO 12.- FACTORES. Para la valoracin de los indicadores establecidos para evaluar el personal de oficiales y suboficiales, se tendrn en cuenta los siguientes factores:

    INDICADOR FACTOR

    a. Condiciones personales

    ____________________________b. tica Militar.

    1. Honor

    2. Lealtad

    3. Valor

    4. Abnegacin

    5. Honradez

    6. SUBORDINACIN

    - Capacidad de dinamismo.(Pro actividad).- Expresin oral o escrita.- Capacidad de concertacin en la solucin de

    conflictos.- Cortesa militar.- Cultura general.- Moral patrimonial. (licitud de sus bienes)- Cumplimiento de compromisos adquiridos con

    terceros.- Dominio de s mismo.- Perseverancia en propsitos y objetivos

    trazados durante un lapso de tiempo.- Puntualidad a los actos del servicio Y/O

    presentaciones.- Responsabilidad ante la consecuencia de

    decisiones y acciones.- Disposicin y actitud hacia la colaboracin.- Capacidad para asimilar la critica.- Iniciativa.- Espritu de investigacin y creatividad.- Comportamiento en actos pblicos de carcter

    particular.- Solidaridad para con la institucin y sus

    miembros.- Personalidad definida acuerdo con su grado.- Espritu de cuerpo._________________________________________

    - Obrar recto e irreprochable.

    - fidelidad, sinceridad, sentido de pertenencia y franqueza para con la institucin, superiores y los subordinados.

    - Coraje, arrojo, valenta, mpetu, bravura, intrepidez, demostradas en desarrollo de acciones contra el enemigo.

    - Sacrificio de propios intereses al servicio de la institucin militar y del inters general.

    - Rectitud, integridad y honestidad.- Rectitud en manejo de bienes de la institucin.

    - Sujecin, dependencia y obediencia al mando superior.

    - CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 17 DE 20

    7. Compaerismo

    8. Veracidad.

    9. Justicia

    10. Respeto a la condicin militar

    c. Condiciones Profesionales.

    ____________________________d. Ejercicio del mando.

    MILITARES RELACIONADAS CON LA SUBORDINACIN Y OBEDIENCIA.

    - Vnculo de armona y correspondencia espontnea entre compaeros.

    - Realidad en las cosas que se dicen o se hacen.

    - Imparcialidad, equidad, rectitud.- Cumplimiento estricto a normas de Derechos

    Humanos y DIH.- Respeto a libertades, garantas y derechos de

    las personas.- Aplicacin estricta e imparcial de los

    reglamentos vigentes legales y cdigos disciplinarios y de JPM.

    - Comportamiento personal, familiar, profesional y social ajustado a las normas de conducta, educacin y urbanidad.

    - Uso de uniformes, insignias y distintivos acuerdo con las disposiciones reglamentarias vigentes.

    - Porte militar. - Presentacin personal.- Observancia de la ley y disposiciones

    gubernamentales.- Respeto a las autoridades civiles y de polica.- Comportamiento en Actos pblicos y

    ceremonias de carcter militar.

    - Actualizacin y capacitacin en temas de la profesin militar.

    - Aplicacin de conocimientos en desarrollo de tareas en beneficio de la Fuerza.

    - Capacidad de recoleccin y anlisis de informacin de aplicacin para la inteligencia.

    - Capacidad de planeamiento operacional y administrativo.

    - Conocimiento e idoneidad de las materias que se ensean.(Como Instructor).

    - Conocimiento y aplicacin de la doctrina militar.- Cumplimiento de los deberes

    acadmicos.(Como Alumno)- Dominio de la metodologa de la enseanza.- Espritu de superacin personal en el campo

    militar.(Cursos militares)- Obtencin de resultados operacionales.- Manejo del talento humano y recursos del

    estado.- Mejoramiento de la disciplina e imagen

    institucional.- Mejoramiento de procesos.- Liderazgo institucional, regional, operacional.- Cursos y estudios realizados de carcter no

    militar. __________________________________________- Aplicacin de conocimientos y experiencia como

    Comandante en el manejo del personal bajo su mando.

    - Capacidad de Liderazgo individual y colectivocon el personal bajo su mando.

    - Conduccin operacional del personal en el desarrollo de operaciones ofensivas.

    - Conocimiento y empleo del personal.- Conocimiento y aplicacin de principios, criterios

    y normas.- Criterio para el ejercicio del mando.- Ejemplo y responsabilidad.

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 18 DE 20

    ____________________________e. Competencia administrativa.

    ____________________________f. Desempeo en el cargo.

    - Ejercicio de las facultades disciplinarias.- Entereza de carcter.- Esfuerzo por mejorar la eficiencia de la unidad.- Mantenimiento de los efectivos de la unidad.- Obtencin de obediencia voluntaria.- Pericia individual y colectiva de la unidad.- Respeto por la dignidad humana.- Responsabilidad y compromiso para asumir

    riesgos.- Respaldo a la accin autorizada.- Seguridad y claridad de ordenes e

    instrucciones.- Solucin de problemas.- Toma de decisiones.- Trato al personal.- Control del personal a cargo__________________________________________- Acciones para proteger los recursos de la

    institucin puestos bajo su disposicin.- Aplicacin de medidas para prevenir riesgos y

    desviacin de recursos.- Aplicacin del sistema de control interno.- Capacidad para determinar necesidades y

    limitaciones.- Conocimiento y aplicacin normas

    administrativas y contables.- Cumplimiento normatividad en elaboracin de

    contratos.- Determinacin de objetivos y fijacin de

    procedimientos y medios para alcanzarlos.- Direccin administrativa.- Empleo del talento humano y recursos

    disponibles.- Oportunidad, puntualidad, contenido y pulcritud

    en la rendicin de documentos.- Orientacin actividades y recursos hacia

    cumplimiento de objetivos.- Verificacin, evaluacin y seguimiento de

    situaciones contables y administrativas.- Cumplimiento a los trminos en la rendicin de

    investigaciones, informativos y trabajos escritos ordenados por el comando superior

    - Accidentes ocasionados por contravencin de las medidas de seguridad dentro y fuera del servicio. ______________________________________

    - Cumplimiento de funciones y responsabilidades inherentes al cargo.

    - Capacidad para trabajo en equipo.- Capacidad para formular y aplicar estrategias,

    tcticas y planes.- Capacidad para identificar y solucionar

    problemas.- Consagracin al trabajo.- Correccin de observaciones y fallas.- Cumplimiento misin tctica principal.- Cumplimiento de objetivos propuestos.- Desempeo en funciones adicionales o

    encargos.- Flexibilidad para modificar o complementar

    planes.- Habilidad para elaborar apreciaciones de

    situacin.- Habilidad para formular y alcanzar objetivos.- Induccin, capacitacin y orientacin del

    personal.- Integracin y coordinacin de recursos.- Reserva en los actos del servicio.- Resultados en inspecciones comandos

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 19 DE 20

    ____________________________g. Responsabilidad como

    evaluador y revisor.

    h. Cultura Fsica.

    superiores.- Supervisin y control de tareas impuestas._________________________________________- Conocimiento y aplicacin de las normas de

    evaluacin.- Entereza para registrar y comunicar fallas.- Entereza para modificar documentos del

    proceso de evaluacin.- Equilibrio en evaluaciones sin tendencia a

    benevolencia o severidad.- Justicia, imparcialidad y rectitud en la

    evaluacin.- Justicia y rectitud en revisin de evaluaciones.- Oportunidad en elaboracin y tramite de

    documentos de evaluacin.- Oportunidad en notificacin.- Responsabilidad para orientar el proceso de

    evaluacin.- Resolucin de reclamos de acuerdo a las

    normas.

    - Mantenimiento de la relacin talla peso:Estar determinada por los ndices de masa corporal establecidos en la Tabla 1. Se afectar su valor con un punto en contra, por cada kilo depeso en exceso.

    - Nivel de calidad fsica:Ser evaluado de acuerdo con las normas establecidas en las Tablas 2A, 2B, 2C, de la Directiva Permanente 300-62/02 Instrucciones y Normas Prueba Fsica para el personal de las Fuerzas Militares, teniendo en cuenta la escala de puntaje establecida en el Artculo 13 de la presente disposicin.

    - Desempeo deportivo:Las medallas deportivas por primero, segundo o tercer puesto, obtenidas en competencias de nivel nacional, internacional o interfuerzas, recibirn 5, 4 y 3 puntos a favor, respectivamente. Las medallas otorgadas por campeonatos internos en las unidades, darn 3, 2 y 1 punto a favor.

    La Cultura Fsica se evaluar bimestralmente y su valor ser la sumatoria de los puntos dados por la tabla talla-peso, prueba fsica y desempeo deportivo. Al final del perodo, el indicador se evaluar con el promedio de las calificaciones obtenidas bimestralmente teniendo en cuenta los aspectos contemplados en la Directiva Permanente 300-62/2002 Instrucciones y Normas Prueba Fsica literal (j) .

    ARTICULO 13.- ESCALA DE PUNTAJE PARA DETERMINAR EL NIVEL DE CALIDAD FISICA. Para la evaluacin del nivel de calidad fsica del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, se tendr en cuenta la siguiente escala de puntaje:

    100 o + % 10 puntos a favor96-99 % 9 puntos a favor92-95 % 8 puntos a favor 89-91 % 7 puntos a favor86-88 % 6 puntos a favor83-85 % 5 puntos a favor80-82 % 4 puntos a favor77-79 % 3 puntos a favor74-76 % 2 puntos a favor 71-73 % 1 puntos a favor 70 % 0

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 20 DE 20

    67-69 % 1 punto en contra 64-66 % 2 puntos en contra61-63 % 3 puntos en contra58-60 % 4 puntos en contra55-57 % 5 puntos en contra52-54 % 6 puntos en contra50-51 % 7 puntos en contra48-49 % 8 puntos en contra46-47 % 9 puntos en contra45 o - % 10 puntos en contraPARGRAFO 1. Cuando el evaluado sin causa justificada no presentare la prueba Fsica Bimestral, se entender que se encuentra en un 45% de su capacidad Fsica y por tal motivo esa ser su valoracin para ese bimestre.

    PARGRAFO 2. Cuando el evaluado no presente alguno de los 3 ejercicios establecidos, deber quedar consignado en el Formato 3A Ficha medica Prueba Fsica donde el mdico con su firma deja constancia de tal situacin, avalando la excusa de no presentacin del ejercicio.

    PARGRAFO 3. El personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas militares presentaran 6 pruebas fsicas durante el transcurso del lapso anual evaluable o sea 1 y solamente 1 por Bimestre. No tendr validez el hecho que se quieran presentar y registrar dos o mas pruebas en lapsos iguales o inferiores al bimestre.

    PARGRAFO 4. Si por un caso plenamente justificado el Oficial o Suboficial no pudiese presentar un ejercicio se calificara como sigue: si presenta 2 ejercicios sobre 85%, si solamente presenta 1 ejercicio sobre el 80%.

    TITULO II

    ANEXOS

    ARTICULO 14.- FORMULARIOS. Son parte del reglamento de Evaluacin y Clasificacin para las Fuerzas Militares, los formularios que se relacionan a continuacin.

    ANEXO A: FORMULARIO 1 INFORMACIN BSICA DE OFICIALES Y SUBOFICIALES

    ANEXO B FORMULARIO 2 PROGRAMA PERSONAL DE DESEMPEO EN EL CARGO

    ANEXO C FORMULARIO 3 FOLIO DE VIDA

    ANEXO D FORMULARIO 4 EVALUACIN Y CLASIFICACION DE OFICIALES Y SUBOFICIALES

    ANEXO E EVALUACION PRUEBA FISICA PARA OFICIALES Y SUBOFICIALES

    ANEXO F AUTORIDADES EVALUADORAS Y REVISORAS

    ARTICULO 15.- DEROGATORIA Y VIGENCIA. Esta disposicin rige a partir de la fecha de su publicacin y deroga la disposicin 041 del 09 de Noviembre de 2.001 y las dems disposiciones que le sean contrarias.

    COMUNQUESE Y CMPLASE

  • DISPOSICION NMERO 039 DE 2003 HOJA 21 DE 20

    Dada en Bogot, D.C. 28 de Julio de 2003

    General JORGE ENRIQUE MORA RANGELComandante General Fuerzas Militares