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4° Medio 2014 Profesor Iván Vega Unidad 1: régimen político y constitucional chileno Capitulo 1: El Estado de Chile.

Educación Cívica

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4 Medio 2014Profesor Ivn VegaUnidad 1: rgimen poltico y constitucional chilenoCapitulo 1: El Estado de Chile.

Estado y Nacin Qu es el Estado?El Estado es la mxima institucin de un pas. Engloba todas las dems instituciones polticas. Representa la articulacin de una sociedad organizada. El concepto Estado fue acuado hacia 1515 por Nicols Maquiavelo, en EL Prncipe. Nociones de Estado: Hegel: El Estado es la divina idea tal como existe en la tierra el Estado es la marcha de Dios a travs del mundo. Marx: Concibe al Estado, como herramienta o instrumento de dominacin de la clase dirigente. Weber: El Estado es aquella comunidad humana que en el interior de un determinado territorio reclama para s (con xito) el monopolio de la coaccin fsica legtima. Definicin de Estado en la actualidad: Sociedad poltica autnoma, formada de modo permanente en territorio propio, unificada por vnculos histricos y dirigida por una estructura jurdica de gobierno que decide en la ltima instancia, y cuyo fin es la realizacin del bien comn temporal de las personas, grupos sociales y entidades polticas subordinas que constituyen su trama orgnica Julio Tobar Donoso, Derecho Poltico. El Estado esta constituido por

Luis XIVEl Estado soy Yo...Concentro todos los poderes del Estado, como monarca de Francia. Siglo XVII.

La Base de la InstitucionalidadLa Constitucin es la ley de la Repblica, los gobernantes, gobernados, el Estado y sus instituciones estn bajo el mandato de sta. El Estado esta condicionado por: La base de la institucionalidadReconocimiento del Estado de derechoPrincipio de separacin de funciones

Base de la Institucionalidad: Son los valores, principios jurdicos y normas que fundamentan a la Constitucin, ya que son considerados vlidos y legtimos en la sociedad chilena, y por tanto, obligatorios para todos los chilenos.Artculo 1 de la Constitucin ChilenaEl artculo 1 de la Constitucin Poltica de Chile seala:Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.La familia es el ncleo fundamental de la sociedad.El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a travs de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonoma para cumplir sus propios fines especficos.

Valores de la ConstitucinDignidad de la persona humana.La libertad de la persona humana. La igualdad del ser humano. La familia como ncleo fundamental de la sociedad. Respeto a los grupos intermedios.

Caractersticas del Estado ChilenoCritica (positiva y negativamente) el rol del Estado a partir de lo establecido en la constitucin en incisos 4 y 5. Pgina 15.

La formacin jurdica del Estado unitario.

CLASE 2Objetivos: Conocer las caractersticas del EstadoValorar las bases de la Institucionalidad poltica Chilena Caractersticas Estado Unitario y FederalUnitario: Existe un solo centro poltico y gubernamental. Las Leyes que nacen del Gobierno Central son aplicables en todo el territorio nacional.

Federal: Existe una estructura descentralizada, hay varios centros de poder poltico. Est el Estado federal y los Estados miembros o federados que ejercen el poder por regiones.

Descentralizacin y desconcentracin Descentralizacin Administrativa: Promueve el desarrollo equitativo entre las regiones. Los organismos descentralizados, planifican, aplican y evalan polticas pblicas. Dependen del poder central (Estado) y son controlados a travs de la Contralora General de la Repblica.

TIPOS DE DESCENTRALIZACIN: Descentralizacin NO territorial: Empresas del Estado, como ENAP o ENAMI.

Descentralizacin territorial: Creadas a travs del proceso de regionalizacin, las municipalidades, gobernaciones e intendencias. Funciona como agente del poder central, no es nuevo ni independiente, generalmente se da el los servicios pblicos como el SII o el Servicio de Salud.

Soberana NacionalSoberana: Es el poder supremo, en virtud del cual el Estado se dota de organizacin poltica y de autonoma legal. Se muestra frente a otros Estados como independiente e igual. Supremaca: El E posee el poder supremo de su territorio, no obedece a nadie, ni debe rendir cuentas. Dominacin: El Estado debe ser obedecido por todos los habitantes dentro del territorioIndependencia: El E posee los mismo atributos que cualquier otro E. Ejercicio de la soberana: Plebiscitos, Elecciones Peridicas, ActividadesLmites a la soberana: los derechos humanos Los derechos humanos son anteriores y superiores a la constitucin, emanan de la naturaleza humana, los mismos limitan el poder del Estado.

Pactos y Tratados Internacionales Vigentes en ChilePacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos (1966, ONU)Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales (1969 ONU)Convencin Americana sobre Derechos Humanos. Pacto de San Jos de Costa Rica (1991). CLASE 3Objetivos:-Comprender la nocin de Estado de Derecho que se aplica en Chile y sus implicancias para la preservacin y profundizacin de la democracia. El Estado de DerechoEl concepto (Estado de Derecho) surge en el siglo XIX, como forma de poner lmites al absolutismo. Exponente Robert Von Mohl.

El Estado de DerechoEl Estado de Derecho dice que tanto los gobernantes como los gobernados deben someterse a ciertas normas fundamentales obligatorias.

La Supremaca ConstitucionalArtculo 6Los rganos del Estado deben someter su accin a la Constitucin y a las normasdictadas conforme a ella, y garantizar el orden constitucional de la RepblicaLos preceptos de esta Constitucin obligan tanto a los titulares o integrantes dedichos rganos como a toda persona, institucin o grupo.

La Supremaca ConstitucionalLa Constitucin es la norma superior del orden poltico, a la que se someten los gobernantes y gobernados.

Actividad: Sintetice los principios de la Constitucin. Pg 22 Responsabilidad y LegalidadLos organismos del Estado son los que garantizan el respeto a la Constitucin.Quien ejerce poder es responsable de ejecutar sus acto conforme al orden jurdico. Principio de legalidad o Imperio de la Ley.

Probidad y transparencia de las funciones pblicasEl ejercicio de funciones pblicas, obliga a la probidad. Los funcionarios del Estado deben respetar el principio de transparencia en sus funciones, exceptuando aquellos casos que por ley se mantienen en secreto para proteger su correcta funcin o por inters nacional.

Probidad y transparencia de las funciones pblicasActividad: Porqu se incluy esta norma? Qu es lo que se busca preservarDiagnstico Clase 4Objetivos: Comprender las nociones de Estado de derecho en Chile, y sus implicancias para la preservacin y profundizacin de la democracia. Principio de separacin de funciones

Los rganos del Estado actan vlidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley.Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, niaun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitucin o las leyes.Todo acto en contravencin a este artculo es nulo y originar las responsabilidadesy sanciones que la ley seale.El principio de separacin de funciones Los rganos consideran la investidura regular. Es decir el nombramiento para roles o funciones precisas. rgano (Gobierno): la direccin suprema y control de la administracin estatal, as como la conduccin de la poltica global del Estado".Gobierno: Cumple una funcin ejecutiva.

Condena del Terrorismo en cualquiera de sus formasEs condenado porque, es contrario a los derechos humanos. Es una excepcin entre las constituciones del mundo.

Definicin de Terrorismo segn la Ley Orgnica Constitucionallos delitos de homicidio, lesiones, secuestro (encierro, detencin, retencin de una persona en calidad de rehn y/o sustraccin de menores), envo de efectos explosivos, incendio y estragos, las infracciones en contra de la salud pblica y el descarrilamiento, siempre y cuando ocurran en las siguientes circunstancias:-Que el delito se cometa con la finalidad de producir en la poblacin o en parte de ella el temor justificado de ser vctima de este tipo de delitos.-Que se cometa mediante artificios explosivos o incendiarios, armas de gran poder destructivo, medios txicos, corrosivos o infecciosos u otros que pudieran ocasionar grandes estragos, o mediante el envo de cartas, paquetes u objetos similares, de efectos explosivos o txicos.-Que el delito sea cometido para arrancar resoluciones de la autoridad o imponerle exigencias.FUNCIONES Y ORGANOS DEL ESTADOObjetivos del Tema: Analizar las formas en que la Constitucin organiza el Estado chileno en diferentes funciones y rganos pblicos, que poseen atribuciones especficas y complementarias.

Funciones y rganos del Estado

Montesquieu y John Locke Establecieron los principios del liberalismo. Locke: La libertad de los individuos como principios para preservar la sociedad civil, a travs de la separacin de los poderes. En Inglaterra 1701 a travs de la Declaracin de Derechos y de la Acta Legislativa, se separaron los poderes. Montesquieu postulaba la existencia de tres poderes, entre ellos quedaba un espacio fuera de su alcance, que era la libertad de los particulares. Desde la Revolucin Francesa, casi todas las constituciones en el mundo, utilizaron los principios de Locke y Montesquieu.

Actvidad pg: 28La funcin ejecutivaEs quien dirige, administra, y da ejecucin o cumplimiento a las leyes. FUNCIN POLTICA DEL ESTADO: Es las direccin superior del Estado, el encargado de esta funcin es el Presidente de la Repblica. Debe actuar eficaz y equitativamente en las polticas pblicas, guiado por los principios de la democracia. FUNCIN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO: Se define como un conjunto de prcticas cotidianas y sistemticas, orientadas a aplicar leyes. Aplica la ley especifica en casos concretos. A esto se le llama decreto: un mandamiento de carcter general o a ttulo individual dictado por la autoridad administrativa, especialmente por el Jefe de Estado, con las formalidades previstas en el ordenamiento constitucional. Clase 5Analizar las formas en que la Constitucin organiza el Estado chileno en diferentes funciones y rganos pblicos, que poseen atribuciones especficas y complementarias.

La funcin ejecutiva EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA: Es quien administra y gobierna el Estado. Requisitos para ser presidente:Poseer la nacionalidad chilena (haber nacido en Chile, o poseer padre o madre chilenos).Tener cumplido 35 aos de edad. Ser ciudadano con derecho a sufragio. Adems para ser presidente debe ser electo por votacin directa y por mayora absoluta. En caso de no poder ejercer el presidente por algn impedimento fsico, el vicepresidente (Ministro del Interior) cumplir todas las funciones y dispondr de las atribuciones del presidente. La funcin ejecutivaATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPBLICAAtribuciones legislativas: Formar Leyes (Colegislador), propone, sanciona, promulga y publica. Iniciativas legales exclusivas del presidente, ejemplo: presupuesto del pas. Puede dictar Decretos con Fuerza de Ley: orden del Ejecutivo, obligatorio y general, sobre materias propias de una ley. Atribuciones poltico-administrativas: Convocar a Plebiscito (en los casos que la Constitucin determina). Nombrar y remover a su voluntad a los Ministros de Estado. Adems con acuerdo del Senado, nombra al Contralor General, ministros y fiscales de la Corte Suprema y al Fiscal Nacional. Conducir las relaciones internacionales. Designar y remover a los comandantes en jefe de las fuerzas armadas y General de Carabineros. Otorgar Indultos. Decretar estados de excepcin constitucional.

La funcin legislativa Produce normas generales y obligatorias. Adems modifica , y deroga leyes anteriores. Su origen es a partir de la Rev. Francesa de1789, como un rgano colegiado, que representa la voluntad nacional, pues sus miembros son electos por voluntad popular. En Chile existe el concepto de colegislacin, tanto el Congreso como el poder ejecutivo, legislan. El Congreso es bicameral, compuesto por la Cmara Baja o de Diputados y la Cmara Alta o Senado.

La funcin legislativa ATRIBUCIONES EXCLUSIVAS DEL CONGRESO (no legislativas)Aprobar o desechar los tratados internacionalesPronunciarse (cuando corresponda) sobre los Estados de excepcin.

Composicin del Congreso Nacional Requisitos para ser DiputadoSer ciudadano con derecho a sufragio. Tener cumplidos los 21 aos de edad.Haber cursado la Enseanza Media. Tener residencia al menos dos aos continuos en el distrito al que se presentan a elecciones.

ATRIBUCIONES DE LA CMARA DE DIPUTADOS

Fiscalizar los actos de gobierno: Adoptar acuerdos o sugerir observaciones. Citar a informa a un ministro de Estado. Crear comisiones especiales investigadoras. EL SenadoEl senado est compuesto por 38 cupos.Duran 8 aos en su cargo, y se renuevan alternadamente cada 4 aos.

Requisitos para ser Senador Ser ciudadano con derecho a sufragio. Tener cumplido 35 aos de edad. Haber cursado la enseanza media o su equivalente

Actividad: Explique las atribuciones exclusivas de los senadores. Pgina 34 PODER JUDICIALLA CORTE SUPREMAEs el tribunal supremo de la Repblica, integrado por 21 ministros, designados por el Presidente de la Repblica en acuerdo con el Senado.Duran dos aos. LA CORTE DE APELACIONES17 tribunales distribuidos en el pas (1 por regin).Tribunal de segunda instancia. Es de primera instancia solo cuando existe desafuero de autoridades parlamentarias.

Actividad:Explica el rol de cada uno de los tribunales de primera instanciaPgina 37EL PODER JUDICIAL (La reforma procesal penal) En qu consiste la Reforma Procesal Penal?Es un cambio en el sistema de procesamiento de las causas judiciales penales, que termin con el sistema inquisitivo, y estableci un esquema acusatorio.Cules son las principales diferencias entre el antiguo sistema y el nuevo?Se separan las funciones de formalizar, acusar y de dictar sentencia.Los juicios son orales y pblicos y no escritos como eran antes.Se crea elMinisterio Pblico, cuyos fiscales son los encargados de dirigir las investigaciones, formalizar y acusar a los imputados.Se crea la Defensora Penal Pblica para otorgar defensa profesional a los que no pueden tener a abogado.Los casos ya no estn en manos de juzgados del crimen, sino que se crean los tribunales de garanta y los tribunales de juicio oral en lo penal.

Los rganos de ControlContralora General de la Repblica. La Contralora General de la Repblica (CGR)es un rgano superior de fiscalizacin de la Administracin del Estado, contemplado en la Constitucin Poltica, que goza de autonoma frente al Poder Ejecutivo y dems rganos pblicos.Es esencialmente una entidad de control de legalidad de los actos de la Administracin del Estado, que acta con independencia del Poder Ejecutivo y el Congreso Nacional.La labor de la Contralora es eminentemente fiscalizadora; de carcter jurdico, contable y financiero, pues est destinada a cautelar el principio de legalidad, es decir, verificar que los rganos de la Administracin del Estado acten dentro del mbito de sus atribuciones y con sujecin a los procedimientos que la ley contempla.Lleva la contabilidad general de la Nacin.

Los rganos de ControlTribunal Constitucional:Organismo autnomo que ejerce el control de la constitucionalidad de las leyes, y que las instituciones acten bajo el alero de la constitucin. Formado por 10 miembros, 3 designados por el Presidente, 4 elegidos por el Congreso y 3 elegidos por la Corte Suprema. Duran 9 aos, rotan cada 3 y deben ser abogados con al menos 15 aos de experiencia y una destacada labor acadmica y profesional. Atribuciones: Convoca a plebiscitos. Decretos con Fuerza de Ley. Decretos Supremos.Auto Acordados de la Corte Suprema. La Institucionalidad de movimientos, organizaciones y partidos polticos.