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Colegio de Fomento Pinoalbar 2014 2015
INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROCESO DE ADMISIÓN DE
ALUMNOS
1. Proyecto Educativo del Centro
2. Reglamento de Régimen Interior. RRI
3. Carácter Propio
4. Normativa aplicable al proceso de admisión. Plazos y lugar de
realización de los trámites
5. Unidad territorial de admisión y Adscripciones del centro
6. Tipificación y/o determinación del centro
7. Criterio Complementario
1. PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO
PROTAGONISMO DE LOS PADRES
El derecho y la responsabilidad de la educación de los hijos corresponden siempre a
los padres, a quienes el colegio ayuda en su tarea de primeros educadores.
En Fomento estamos convencidos de que sólo es posible una educación
personalizada de calidad, cuando familia y colegio comparten valores y principios
educativos, y actúan de manera coordinada.
Por este motivo, ponemos a disposición de las familias diversos medios de orientación y
formación: entrevistas individualizadas de tutoría y cursos de formación, adaptados a
las etapas madurativas de los alumnos.
La tutoría individualizada de padres y alumnos
En Fomento la entrevista individualizada de tutoría es el medio fundamental en la
orientación personal del alumno y de su familia.
Todos los alumnos de Fomento reciben el asesoramiento individualizado del tutor, que
también mantiene entrevistas periódicas con los padres para definir
objetivos comunes. Se pretende que cada alumno, con la ayuda de sus padres y
profesores, defina y desarrolle su propio proyecto personal de mejora.
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Escuela de padres
En los colegios de Fomento se imparten conferencias y sesiones de trabajo para
padres y madres sobre temas académicos y formativos, de acuerdo con la edad de
sus hijos.
En este ámbito de formación en grupo se organizan Cursos de Orientación
Familiar basados en el método del caso.
EDUCACIÓN PERSONALIZADA
Los colegios de Fomento ofrecen una educación personalizada a todos los alumnos para
que cada uno pueda alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades, forme su propio
criterio, y pueda tomar sus decisiones de forma libre y responsable.
Un proyecto personal de mejora para cada uno. Todos los alumnos de Fomento reciben
el asesoramiento individualizado de un tutor, que también mantiene entrevistas periódicas
con los padres para definir objetivos comunes. Se pretende que cada alumna y cada
alumno, con la ayuda de sus padres y de sus profesores, defina y desarrolle su proprio
proyecto personal de mejora.
Es tarea del tutor ayudar a cada alumno a conocerse, a hacer buen uso de su
libertad, a esforzarse por alcanzar un rendimiento académico satisfactorio y, en definitiva,
a lograr los objetivos educativos que le permitan un desarrollo pleno de su
personalidad.
EDUCACIÓN DIFERENCIADA
Para facilitar la personalización y atender a los diferentes ritmos madurativos de chicos
y chicas, los colegios de Fomento han optado en algunas etapas por la educación
diferenciada. Los colegios de chicas y de chicos comparten los mismos objetivos
pedagógicos, programas de estudios y herramientas didácticas. Este modelo
pedagógico, reconocido por la UNESCO y la Unión Europea, es una realidad desde
hace décadas en países de nuestro entorno.
ASESORAMIENTO EDUCATIVO PERSONALIZADO
Para afrontar los retos del siglo XXI, se necesitan ciudadanos responsables y solidarios,
capaces de implicarse en la consecución de una sociedad más justa y más humana.
Para ello, es preciso promover una educación que oriente a los alumnos a tomar sus
propias decisiones, a actuar con libertad personal, poniéndoles frente a sus
responsabilidades.
Esta labor de orientación la asume en el Colegio el Tutor, quien ayuda a los padres y al
propio alumno a diseñar el Proyecto Personal de Mejora.
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El objetivo es ayudar a las familias en la educación de sus hijos. Es conveniente que los
padres estén dispuestos a poner en práctica en la vida familiar unos criterios básicos
coincidentes con los del colegio. La incoherencia entre los dos ámbitos naturales de la
educación, familia y colegio, puede restar eficacia al esfuerzo educativo realizado
para ayudarle a mejorar su preparación personal y fortalecer su voluntad.
La entrevista de preceptuación es el medio fundamental en la orientación personal del
alumno y la familia.
Los padres son quienes conocen a sus hijos. Por eso el preceptor escucha primero a los
padres. El diálogo con los padres y el alumno tiene un enfoque positivo: ayudarles a
reflexionar y conocerse mejor, para que se acepten como son y adopten decisiones
firmes de mejora familiar o personal, y a mantener el esfuerzo por mejorar.
El Proyecto Personal de Mejora es el plan que el alumno, en función de su edad,
diseña para la mejora personal en todos los aspectos, con el asesoramiento del
preceptor y los padres.
Se parte del autoconocimiento y, ayudados de los datos académicos, de la
información que nos puedan aportar los profesores, de los informes psicopedagógicos,
de la autoevaluación... se detectan los puntos fuertes y puntos de mejora. A partir de
ellos se facilita que los alumnos se marquen objetivos de mejora y refuerzo de los:
Valores académicos.
Valores personales.
Valores sociales.
Todos ellos enmarcados en los distintos ámbitos de la vida: familiar, social y escolar, de
ocio y amistad, vida cristiana...
LA EDUCACIÓN EN VIRTUDES Y VALORES SOCIALES
El objetivo de la educación en virtudes y valores sociales es integrar la razón, la
voluntad y el sentimiento en cada actuación de la persona. No es suficiente conocer
los criterios morales, es preciso que a ellos se adhieran los sentimientos y que la
voluntad actúe en consecuencia. Por esto, en la formación moral de nuestros alumnos
tenemos que preocuparnos de que tengan ideas claras, hábitos operativos y “buenos
sentimientos”.
Para educar en las virtudes sociales, hay que ofrecer ocasiones que permitan al
educando salir de sí mismo para ayudar a los demás realizando obras de servicio;
ponerle en contacto con el dolor y la enfermedad; mostrarle que hay otras personas
que tienen las necesidades básicas sin cubrir o que pasan por situaciones difíciles. Es
además especialmente importante en estos momentos, cuando el individualismo y el
egocentrismo impregnan descaradamente el ambiente, propiciar el ejercicio de las
virtudes que implican alteridad.
2. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR
1. Principios Generales y Normativa legal.
Definimos el Reglamento de Régimen Interior del Colegio de Fomento Pinoalbar
como el conjunto de normas y procedimientos que posibilitan que su estructura
organizativa funcione para facilitar una convivencia adecuada y grata para todos. Se
establecen un conjunto de derechos y deberes de los alumnos y de la participación y
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de los compromisos de las familias en el proceso educativo, en conformidad con el
DECRETO 51/2007 de 17 de mayo por el que se regulan los derechos y deberes de los
alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo,
y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de
Castilla y León.
Este Reglamento será la concreción de la normativa vigente adaptada a Carácter
Propio de Fomento de Centros de Enseñanza y determinará el estilo propio de
funcionamiento.
La normativa que se ha tenido en cuenta para la elaboración de este Reglamento es
la siguiente:
DECRETO 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes
de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el
proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en
los Centros Educativos de Castilla y León.
ORDEN EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas
y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros
educativos de Castilla y León.
Principios básicos:
1. Pinoalbar constituye una comunidad educativa compuesta por los padres de los
alumnos; los directivos, profesores y personal de administración y de servicios,
depositarios de la confianza de los padres; y por los alumnos, principales
protagonistas del proceso educativo. Se fomenta la participación activa de todos
en la vida del centro, también a través de la Asociación de Padres, en un clima de
trabajo, alegría, confianza y lealtad.
2. La actividad educativa se considera en el colegio, como delegada y
colaboradora —no sustitutiva— de la acción educativa familiar. El derecho y la
responsabilidad sobre la educación de los hijos corresponde siempre a sus padres,
a quienes el colegio ayuda en su tarea de primeros educadores. La relación de los
padres con el preceptor de sus hijos constituye un elemento fundamental de la
vida colegial.
3. La educación de los alumnos en los colegios de Fomento está encaminada a
educar la misma persona en la red y en la vida real. Por tanto, se consideran
“Conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro” y “Conductas
gravemente perjudiciales para la convivencia del centro” (p.4 de este RRI),
también las realizadas en el ámbito de las redes sociales e internet.
2. Derechos y deberes de los alumnos
2.1. Derechos de los alumnos
1. Derecho a una formación integral.
2. Todos los alumnos tienen derecho a recibir una formación integral que
contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.
3. Este derecho implica:
a) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los
principios democráticos de convivencia.
b) Una educación emocional que le permita afrontar adecuadamente las
relaciones interpersonales.
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c) La adquisición de habilidades, capacidades y conocimientos que le permitan
integrarse personal, laboral y socialmente.
d) El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y
académico.
e) La formación ética y moral.
f) La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar decisiones
de acuerdo con sus aptitudes y capacidades.
3. Derecho a ser respetado.
1. Todos los alumnos tienen derecho a que se respeten su identidad,
integridad y dignidad personales.
2. Este derecho implica:
a) La protección contra toda agresión física, emocional o moral.
b) El respeto a la libertad de conciencia y a sus convicciones ideológicas,
religiosas o morales.
c) La disposición en el centro de unas condiciones adecuadas de seguridad e
higiene, a través de la adopción de medidas adecuadas de prevención y de
actuación.
d) Un ambiente de convivencia que permita el normal desarrollo de las
actividades académicas y fomente el respeto mutuo.
e) La confidencialidad en sus datos personales sin perjuicio de las
comunicaciones necesarias para la Administración educativa y la obligación
que hubiere, en su caso, de informar a la autoridad competente.
4. Derecho a ser evaluado objetivamente
1. Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento
sean valorados y reconocidos con objetividad.
2. Este derecho implica:
a) Recibir información acerca de los procedimientos, criterios y resultados de la
evaluación, de acuerdo con los objetivos y contenidos de la enseñanza.
b) Obtener aclaraciones del profesorado y, en su caso, efectuar reclamaciones,
respecto de los criterios, decisiones y calificaciones obtenidas en las
evaluaciones parciales o en las finales del curso escolar, en los términos que
reglamentariamente se establezca. Este derecho podrá ser ejercitado en el
caso de alumnos menores de edad por sus padres o tutores legales.
5. Derecho a participar en la vida del centro.
1. Todos los alumnos tienen derecho a participar en la vida del centro y en su
funcionamiento en los términos previstos por la legislación vigente.
2. Este derecho implica:
a) La participación de carácter individual y colectiva mediante el ejercicio de los
derechos de reunión, de asociación, a través de las asociaciones de alumnos,
y de representación en el centro, a través de sus delegados y de sus
representantes en el consejo escolar.
b) La posibilidad de manifestar de forma respetuosa sus opiniones, individual y
colectivamente, con libertad, sin perjuicio de los derechos de todos los
miembros de la comunidad educativa y del respeto que, de acuerdo con los
principios y derechos constitucionales, merecen las personas y las instituciones.
c) Recibir información sobre las cuestiones propias de su centro y de la actividad
educativa en general.
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6. Derecho a protección social.
1. Todos los alumnos tienen derecho a protección social, de acuerdo con lo
dispuesto en la legislación vigente y en el marco de las disponibilidades
presupuestarias.
2. Este derecho implica:
a) Dotar a los alumnos de recursos que compensen las posibles carencias o
desventajas de tipo personal, familiar, económico, social o cultural, con
especial atención a aquellos que presenten necesidades educativas
especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema
educativo.
b) Establecer las condiciones adecuadas para que los alumnos que sufran una
adversidad familiar, un accidente o una enfermedad prolongada, no se vean
en la imposibilidad de continuar o finalizar los estudios que estén cursando.
2.2. Deberes de los alumnos
1. Deber de estudiar.
1. Todos los alumnos tienen el deber de estudiar y esforzarse para conseguir el
máximo rendimiento académico, según sus capacidades, y el pleno desarrollo
de su personalidad.
2. Este deber implica:
a) Asistir a clase respetando los horarios establecidos y participar en las
actividades académicas programadas.
b) Realizar las actividades encomendadas por los profesores en el ejercicio de sus
funciones docentes, así como seguir sus orientaciones y directrices.
2. Deber de respetar a los demás.
1. Todos los alumnos tienen el deber de respetar a los demás.
2. Este deber implica:
a) Permitir que sus compañeros puedan ejercer todos y cada uno de los derechos
establecidos en este Reglamento.
b) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la
dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad
educativa, y evitar cualquier discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo
o cualquier otra circunstancia personal o social.
c) Demostrar buen trato y respeto a todos los alumnos y a los profesionales que
desarrollan su actividad en el centro, tanto en lo referido a su persona como a
sus pertenencias.
3. Deber de participar en las actividades del centro.
1. Todos los alumnos tienen el deber de participar en las actividades que
configuran la vida del centro.
2. Este deber supone:
a) Implicarse de forma activa y participar, individual y colectivamente, en las
actividades lectivas y complementarias, así como en las entidades y órganos
de representación propia de los alumnos.
b) Respetar y cumplir las decisiones del personal del centro, en sus ámbitos de
responsabilidad, así como de los órganos unipersonales y colegiados, sin
perjuicio de hacer valer sus derechos cuando considere que tales decisiones
vulneran alguno de ellos.
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4. Deber de contribuir a mejorar la convivencia en el centro.
1. Todos los alumnos, siguiendo los cauces establecidos en el centro, tienen el
deber de colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la
consecución de un adecuado clima de estudio y respeto.
2. Este deber implica:
a) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro,
establecidas en este Reglamento de régimen interior.
b) Participar y colaborar activamente con el resto de personas del centro para
favorecer el desarrollo de las actividades y, en general, la convivencia en el
centro.
c) Respetar, conservar y utilizar correctamente las instalaciones del centro y los
materiales didácticos.
5. Deber de ciudadanía.
Todos los alumnos tienen el deber de conocer y respetar los valores democráticos de
nuestra sociedad, expresando sus opiniones respetuosamente.
2.3. Normas que regulan los Derechos y Deberes de los alumnos
NORMAS EN LAS AULAS
1. Las alumnas llegarán puntualmente a cada clase.
2. Las alumnas evitarán interrumpir las clases y entrar en otras clases para no
interrumpir su funcionamiento.
3. Con el objetivo de proteger los derechos de imagen y la privacidad de la
comunidad escolar y para fortalecer el ritmo de aprendizaje de los
alumnos, se evitará el uso y/o exhibición de móviles, ipods, MP3, cámaras
de fotos o cualquier otro medio de grabación o reproducción de imagen,
sonido, etc., tanto en el recinto escolar como en las rutas escolares. Por
tratarse de una falta grave, la alumna que lo utilice y/o exhiba recibirá
una carta de disciplina, previa comunicación a los padres. El aparato
será retirado a la alumna, se custodiará en subdirección de la etapa a la
que pertenezca la alumna y sólo será devuelto cuando sus padres
vengan personalmente al colegio a recogerlo.
4. Durante las clases las alumnas permanecerán en su sitio sin levantarse o
salir de la clase sin permiso de la profesora.
5. Los pupitres tienen que estar limpios y los casilleros ordenados.
6. A la hora de la salida del colegio, la alumna dejará su pupitre recogido y
con la silla encima de la mesa para facilitar los trabajos de limpieza de la
clase.
7. Entre clase y clase se permanecerá en el aula, evitando estar en los
pasillos.
8. Al entrar la profesora se pondrán de pie y guardarán silencio, y siempre
que lo haga cualquier miembro del claustro de profesores o personal no
docente.
9. Al comenzar la clase se tendrá el material preparado y cada alumna
estará en su sitio.
10. Cuando se rece en el aula se hará con la mayor compostura posible. En
todos los cursos se rezará al comenzar las clases y al terminar éstas por la
tarde y el Ángelus a mediodía.
11. El trato entre todos los miembros de la comunidad educativa será siempre
cordial y delicado.
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NORMAS EN PASILLOS Y CUARTOS DE BAÑO
1. Se evitará correr y gritar por los pasillos y escaleras.
2. Durante los ratos de estudio no se puede estar en los pasillos. Al cuarto de
baño se saldrá de una en una.
3. En los cuartos de baño no está permitido fumar, comer, etc. Todas las
alumnas dejarán el cuarto de baño en buenas condiciones.
NORMAS DE CONDUCTA EN RECREO Y EXTERIORES
1. Las zonas exteriores de recreo son:
Desde las pistas deportivas a la fachada respetando las zonas verdes de
la zona de entrada.
2. Las zonas interiores de recreo:
En caso de lluvia se podrá utilizar el porche de acceso a Educación
Infantil y la planta baja del Colegio, excepto el pasillo de Bachillerato.
También se podrá utilizar el gimnasio con previa autorización de las
profesoras encargadas de atenderlo.
3. No serán zonas de recreo:
Detrás del edificio de Educación Infantil, detrás de la piscina y detrás del
edificio del colegio.
4. No está permitido fumar.
NORMAS DE CONDUCTA EN EL AUTOBÚS DEL COLEGIO
1. El autobús es una prolongación del colegio y, por tanto, las siguientes
normas pueden ser aplicables: no se come, no se fuma, no se utilizan ni
exhiben medios electrónicos/audiovisuales, etc.
2. Todas las alumnas irán correctamente sentadas.
3. Por prudencia evitaremos hablar con el conductor para no distraerle.
4. Un cambio de autobús o de parada debe comunicarse a la Profesora
Encargada de Curso por escrito y enviarlo a Secretaría.
5. Se debe respetar y obedecer a la persona encargada del autobús.
6. La encargada del autobús informará en Secretaría de cualquier
incidencia.
NORMAS SOBRE UNIFORME Y VESTUARIOS
1. Las alumnas deben ir correctamente uniformadas.
2. La corrección en el uniforme conlleva el uso de todas las prendas
establecidas por lo que se evitará llevar prendas ajenas. Si se llevaran, se
avisará a la alumna y si continúa se le retirará la prenda durante un mes.
Las prendas serán retiradas por la Profesora Encargada de Curso. Si la
prenda ajena fueran los zapatos, se avisará a los padres.
3. La corrección en el uniforme conlleva también el cuidado del porte
personal, por lo que la longitud adecuada de la falda es a la altura de la
rodilla. La adaptación a esta norma en los casos necesarios tiene, como
fecha límite, el día 1 de octubre del curso que comienza.
4. Los complementos utilizados serán adecuados al uniforme. No se llevarán,
por tanto, collares, pulseras, gemelos y pendientes excesivos. No está
permitido el uso de piercing ni rastas.
5. Las alumnas no podrán venir maquilladas ni con las uñas pintadas al
colegio. Si así lo hicieran, tendrán que rectificar la actitud en el momento.
6. Los vestuarios deben dejarse limpios y ordenados.
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NORMAS EN EL ORATORIO
1. El Oratorio es un lugar de oración. No se entrará en ropa de deporte o
con babi.
2. Las alumnas ofrecerán su asiento cuando una persona mayor lo necesite.
NORMAS EN EL COMEDOR
1. No se puede entrar vestidas con chándal, ni comer con prendas de
abrigo. El uso de prendas deportivas se limita a las horas de clase de
Educación Física, entrenamientos o actividades deportivas
extraescolares.
2. Las alumnas se asegurarán de que la mesa queda limpia y recogida.
3. No se permite tirar comida o dejar platos enteros.
4. La fruta se tomará en el comedor con cubiertos.
5. Nunca se entra en el comedor fuera del horario de comidas.
6. No se puede sacar comida del comedor.
7. Antes de comer se bendecirá la mesa y se dará gracias.
3. Participación y compromisos de las familias en el proceso educativo
1. Implicación y compromiso de las familias.
A los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de
sus hijos, les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar la ayuda
correspondiente y colaborar con el centro para que su proceso educativo se lleve a
cabo de forma adecuada, asistiendo a clase y a las actividades programadas.
2. Derechos de los padres o tutores legales.
1. Los padres o tutores legales, en relación con la educación de sus hijos, tienen
los derechos reconocidos en el artículo 4.1 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de
julio, reguladora del derecho a la educación.
2. La administración educativa garantizará el ejercicio de los derechos
reconocidos en el apartado anterior. Con especial atención, y de acuerdo con
los principios informadores de este Decreto, garantizará el derecho de los
padres o tutores legales a:
a) Participar en el proceso de enseñanza y en el aprendizaje de sus hijos o pupilos
y estar informados sobre su progreso e integración socio-educativa, a través de
la información y aclaraciones que puedan solicitar, de las reclamaciones que
puedan formular, así como del conocimiento o intervención en las actuaciones
de mediación o procesos de acuerdo reducativo.
b) Ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación personal,
académica y profesional de sus hijos o pupilos, sin perjuicio de la participación
señalada en el párrafo anterior, y a solicitar, ante el consejo escolar del centro,
la revisión de las resoluciones adoptadas por su director frente a conductas de
sus hijos que perjudiquen gravemente la convivencia.
c) Participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del
centro educativo, a través de su participación en el consejo escolar y en la
comisión de convivencia, y mediante los cauces asociativos que tienen
legalmente reconocidos.
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3. Deberes de los padres o tutores legales.
1. Los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de
sus hijos, tienen las obligaciones establecidas en el artículo 4.2 de la Ley
Orgánica 8/1985, de 3 de julio.
2. La administración educativa velará por el cumplimiento de los deberes
indicados en el apartado anterior. Con especial atención, y de acuerdo con
los principios informadores de este Reglamento, velará por el cumplimiento de
los siguientes deberes de los padres o tutores legales:
a) Conocer la evolución del proceso educativo de sus hijos o pupilos, estimularles
hacia el estudio e implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento
y, en su caso, de su conducta.
b) Adoptar las medidas, recursos y condiciones que faciliten a sus hijos su
asistencia regular a clase así como su progreso escolar.
c) Respetar y hacer respetar a sus hijos o pupilos las normas que rigen el centro
escolar, las orientaciones educativas del profesorado y colaborar en el
fomento del respeto y el pleno ejercicio de los derechos de todos los miembros
de la comunidad educativa.
4. Calificación de las conductas que perturban la convivencia y tipos de
corrección
Las conductas de los alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro
podrán ser calificadas como:
a) Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.
b) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, que
serán calificadas como faltas.
4.1. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL
CENTRO
Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia del
centro:
1. Cualquiera que suponga el incumplimiento de las normas de convivencia
recogidas en el presente documento.
2. Cualquier acto de vandalismo o destrozo de instalaciones o material.
3. Fumar dentro del Colegio o en el aparcamiento del Colegio.
4. Salir del Colegio durante el horario escolar sin autorización.
5. Cualquier falta de respeto hacia algún miembro de la comunidad
escolar.
6. Llevar reiteradamente alguna prenda que no sea del uniforme.
7. Uso y/o exhibición de medios electrónicos/audiovisuales, etc.
Este tipo de conductas podrá ser sancionado con:
1. Amonestación escrita o carta de disciplina, que advierte del
incumplimiento de alguna de estas normas.
2. La realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las
actividades del centro o si procede, dirigidas a reparar el daño causado
a las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros
miembros de la comunidad educativa. Podrá ser en horario no lectivo o
lectivo.
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3. Las Faltas de Puntualidad se contabilizarán trimestralmente: 9 faltas de
puntualidad serán una amonestación escrita o carta de disciplina.
4. Suspensión del derecho de asistencia a clase por un periodo máximo de
tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, quedará
garantizada la permanencia de la alumna en el centro, llevando a cabo
las tareas académicas o trabajos que se le encomienden.
5. Tres amonestaciones escritas o cartas de disciplina, en una alumna, será
motivo de suspensión del derecho de asistencia a clase por un periodo
máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión,
quedará garantizada la permanencia de la alumna en el centro,
llevando a cabo las tareas académicas o trabajos que se le
encomienden.
Procedimientos de actuación
La competencia para la aplicación de estas medidas corresponde al director
del centro, pudiendo delegar de acuerdo al artículo 22.2.b) de Decreto 51/2007.
Delegará esta competencia en la subdirectora correspondiente que se reunirá con la
Comisión de convivencia antes de decidir la sanción a aplicar. La amonestación
escrita o carta de disciplina, estará firmada por la Profesora Encargada de Curso.
4.2. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL
CENTRO.
Se considerarán conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro
y, por ello, calificadas como faltas, las siguientes:
a) La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física,
directa o indirecta, al profesorado, a cualquier miembro de la comunidad
educativa y, en general, a todas aquellas personas que desarrollan su
prestación de servicios en el centro educativo.
b) Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad
educativa, particularmente aquéllas que tengan una implicación de género,
sexual, racial o xenófoba, o se realicen contra el alumnado más vulnerable por
sus características personales, sociales o educativas.
c) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación
o sustracción de documentos y material académico.
d) El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del
centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás
miembros de la comunidad educativa.
e) Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud y la
integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro.
f) La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas de
convivencia en el centro.
Este tipo de conductas podrá ser sancionado con:
a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las
actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las
instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de
la comunidad educativa. Dichas tareas no podrán tener una duración inferior a
6 días lectivos ni superior a 15 días lectivos.
b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del
centro por un periodo superior a 15 días lectivos e inferior a 30 días lectivos.
c) Cambio de grupo del alumno durante un periodo comprendido entre 16 días
lectivos y la finalización del curso escolar.
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d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o todas ellas, por
un periodo superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días lectivos, sin que eso
comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua y entregando al
alumno un programa de trabajo para dicho periodo, con los procedimientos
de seguimiento y control oportunos, con el fin de garantizar dicho derecho.
e) Cambio de centro.
Incoación del expediente sancionador.
1. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro sólo
podrán ser sancionadas previa tramitación del correspondiente procedimiento.
2. Para la tramitación del expediente sancionador, el colegio Pinoalbar seguirá el
proceso señalado en los Artículos nº 50 y siguientes del Decreto 51/2007.
5. Desarrollo de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo para la
resolución de conflictos.
Cuando se cometa una conducta contraria a las normas de convivencia del
centro, se comunicará a la tutora y/o Profesora Encargada de Curso, que hablará en
primer lugar con la(s) alumna(s) implicada(s). Una vez escuchada(s) se les comunica
dicha conducta a los padres y se fijarán las medidas a tomar, tanto a nivel de
educación familiar como en el centro.
En el caso de tener que incoar un expediente sancionador se seguirá el
proceso que marca el Decreto 51/2007 de 17 de mayo en el Capítulo IV del Título III.
6. Comisión de convivencia.
La Comisión de convivencia del colegio Pinoalbar estará compuesta por los
miembros del Comité Directivo, la coordinadora de convivencia y, en cada caso, por
la Profesora Encargada de Curso y / o tutora de la(s) alumna (s) afectadas.
El Consejo Escolar aprobará todos los años el plan de convivencia del
Colegio, así como cualquier cambio que se pueda incluir en este Reglamento.
3. CARÁCTER PROPIO
Principios Educativo
1. Los colegios de Fomento de Centros de Enseñanza tienen como finalidad ayudar
a los padres a proporcionar a sus hijos una educación de calidad, inspirada en una
visión trascendente de la existencia humana y en el principio de dignidad de la
persona característico del espíritu cristiano.
2. Fomento de Centros de Enseñanza promueve una educación personalizada e
integral, y tiene como objetivos la plena realización de cada alumna y de cada
alumno, y la coherencia entre su modo de pensar y de vivir.
3. La educación personalizada se fundamenta en la singularidad de cada persona,
única e irrepetible; en su autonomía para decidir y actuar responsablemente; y en
su apertura, entendida como capacidad de comunicación y de relación con los
demás y con lo trascendente.
4. Una manifestación de la educación personalizada es la educación diferenciada.
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En algunas etapas, Fomento opta por este modelo que parte de la igualdad de
niñas y niños en derechos, deberes y dignidad; y permite personalizar la educación
en función de sus diferentes ritmos madurativos y de aprendizaje. De ese modo se
garantiza una igualdad real de oportunidades.
5. La educación integral que se promueve en los colegios de Fomento, atiende
todas las facetas de la persona y se fundamenta en una sólida formación
académica, humana y cristiana.
6. Todas las actividades que se realizan en los colegios de Fomento se desarrollan de
acuerdo con los principios de la doctrina católica, con el máximo respeto hacia la
libertad de las conciencias.
Las actividades de formación religiosa y de atención espiritual tienen carácter
voluntario.
7. La Prelatura del Opus Dei, a petición de Fomento de Centros de Enseñanza,
ayuda a mantener viva la identidad cristiana de los colegios, presente en el fin
fundacional de Fomento.
Colegios
8. Cada colegio constituye una comunidad educativa. La componen los padres, los
directivos, los profesores, el personal de administración y servicios, y los alumnos. En
un clima de confianza y lealtad, se fomenta la participación de todos en la vida del
colegio.
9. El gobierno de los colegios corresponde en última instancia a su entidad titular, sin
perjuicio de las funciones que están atribuidas al comité directivo de cada colegio,
que dirige y coordina las actividades educativas.
10. Cada colegio, en el marco de este Carácter Propio, actúa con autonomía y
responsabilidad, asegura su equilibrio económico e incorpora los valores culturales y
lingüísticos de su Comunidad Autónoma.
Padres
11. Los colegios de Fomento surgen de la iniciativa de los padres. Realizan un
servicio de interés social y facilitan el ejercicio del derecho de los padres a escoger
para sus hijos una educación coherente con sus valores y convicciones.
12. El derecho y la responsabilidad de la educación de los hijos corresponde a sus
padres, a quienes el colegio ayuda en su tarea de primeros educadores. La
actividad educativa de los colegios se considera como delegada y colaboradora
de la acción familiar.
13. La atención a cada familia y a cada alumno, a través de la tutoría
individualizada, es un medio educativo que caracteriza a los colegios de Fomento,
al que se suman las actividades de formación y orientación familiar.
Profesores y personal de administración y servicios
14. Enseñanza y educación están unidas en los colegios de Fomento. Las profesoras
14
y los profesores son esencialmente educadores; desarrollan su trabajo respetando el
Carácter Propio, y son conscientes de que su ejemplo es esencial para el desarrollo
del proyecto educativo.
15. La tarea fundamental de los profesores es procurar el pleno desarrollo de la
personalidad de cada alumno, promoviendo el trabajo y el esfuerzo personal, y el
constante afán de mejora. En el marco de la actividad educativa del colegio, los
profesores realizan la orientación personal y académica en colaboración con los
padres.
16. En Fomento se promueve el trabajo en equipo, el intercambio de experiencias,
la formación permanente del profesorado, la investigación y la innovación
educativa. Cada colegio es una comunidad de aprendizaje y de mejora
profesional.
17. El trabajo del personal de administración y servicios colabora de modo relevante
al buen funcionamiento del colegio.
Fomento de Centros de Enseñanza atiende a su formación permanente...
Alumnos
18. Fomento ofrece una educación personalizada a todos los alumnos, procurando
que cada alumna y cada alumno pueda alcanzar el máximo desarrollo de sus
capacidades y aptitudes, forme su propio criterio y logre la madurez y los
conocimientos necesarios para decidir y actuar libremente, con rectitud y sentido
de responsabilidad.
19. El trabajo del alumno es el principal medio educativo y la base de su formación.
Para el completo desarrollo de su personalidad, la formación que ofrecen los
colegios de Fomento atiende a los aspectos intelectuales, culturales, sociales,
espirituales, técnicos, estéticos y deportivos.
20. Los colegios promueven el desarrollo de las virtudes humanas. Asimismo, se
fomentan las virtudes cívicas y sociales animando a los alumnos a comprometerse
en la búsqueda del bien común, y en el respeto a los derechos fundamentales y a
los valores constitucionales.
21. Las normas de convivencia, recogidas en el Reglamento de Régimen Interior de
cada colegio, tienen como finalidad desarrollar la responsabilidad personal de los
alumnos. Las correcciones que se consideren necesarias, tendrán como objetivo
ayudar a los alumnos a poner los medios para mejorar.
22. Fomento ofrece a los alumnos y alumnas que concluyen sus estudios, la
posibilidad de seguir participando en las actividades que promueve a través de la
Asociación de Antiguos Alumnos (Fomento Alumni).
Aceptación del carácter Propio
23. Los padres, los profesores, el personal de administración y servicios, y los alumnos,
al incorporarse a Fomento, aceptan libremente el Carácter Propio recogido en este
documento.
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4. NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE ADMISIÓN. PLAZOS Y LUGAR
DE REALIZACIÓN DE LOS TRÁMITES
RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2014, de la Dirección General de Política Educativa
Escolar, por la que se concreta la gestión del proceso de admisión del alumnado de
los centros docentes de Castilla y León para cursar en 2014-2015 enseñanzas sostenidas
con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria,
educación secundaria obligatoria y bachillerato.
ORDEN EDU/178/2013, de 25 de marzo, por la que se desarrolla el Decreto 11/2013,
de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
DECRETO 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado
en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y
León.
Con carácter general, y Con el fin de facilitar la participación en el proceso de
admisión, es necesario que los solicitantes sean conocedores de las implicaciones y
causas de su participación.
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Plazos:
CALENDARIO PROCESO ADMISIÓN 2014-2015
_ Recogida de solicitudes de admisión: del 19 marzo al 4 abril
_ Recogida de desistimientos de las solicitudes hasta el 7 de mayo
_ Publicación de listados de baremación 8 mayo
_ Presentación en el centro de subsanación de datos y reclamaciones web: Del 9
al 14 mayo
_ Publicación de listados de adjudicación de plaza escolar 19 junio
Matriculación del alumnado:
- Ed. Infantil y Primaria Del 20 al 26 de junio
- ESO y Bachillerato Del 20 de junio al 1 de julio
- Con pendientes Del 5 al12 septiembre
Calendario:
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El impreso de solicitud de admisión, así como la documentación necesaria a aportar
junto a la misma, la podrán encontrar en el siguiente link:
http://www.educa.jcyl.es/es/admision/admision-alumnado-2-ciclo-infantil-
primaria-secundaria-obli/impresos-admision
5. UNIDAD TERRITORIAL DE ADMISIÓN Y ADSCRIPCIONES DEL CENTRO
Conforme a lo dispuesto el artículo 8.3 de la Orden EDU/178/2013, de 25 de marzo, por
la que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos
públicos de la Comunidad de Castilla y León, y el apartado tercero de la Resolución
de 23 de enero de 2014, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la
que se concreta la gestión del proceso de admisión del alumnado en los centros
docentes de Castilla y León para cursar en 2014/15 enseñanzas sostenidas con fondos
públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación
secundaria obligatoria o bachillerato, se publican las unidades territoriales de
admisión, las adscripciones entre centros docentes y sus tipificaciones y
determinaciones que se aplicarán en el proceso de admisión del curso 2014/2015 que
figuran en los Anexos I, II y en el Anexo III figura la Tipificación del centro:
Anexo I: Unidad Territorial
Para el Colegio Pinoalbar, la UTA es 5
Toda la información sobre los Anexos, así como la información completa de las
unidades territoriales de admisión de la Provincia, podréis encontrarla en:
http://www.educa.jcyl.es/dpvalladolid/es/informacion-especifica-dp-valladolid/admision-
alumnado/segundo-ciclo-educacion-infantil-primaria-secundaria/unidades-territoriales-
admision-adscripcion-centros-tipific
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6. TIPIFICACIÓN Y/O DETERMINACIÓN DEL CENTRO
El Colegio Pinoalbar propone una Enseñanza Bilingüe en Inglés
Los colegios de Fomento promueven el desarrollo de la competencia plurilingüe. Para
ello, siguiendo las recomendaciones del Consejo de Europa, se parte de un modelo de
enseñanza enfocado al desarrollo de las capacidades comunicativas.
- Educación Infantil:
Este aprendizaje se realiza por inmersión en Infantil, a través de programas de
innovación como Magic Dragon o los English Corner.
- Educación Primaria, Secundaria y Bachillerato
En Primaria y Secundaria el aprendizaje se consigue a través de la metodología CLIL
(Content and Language Integrated Learning), lo que implica que en estas etapas se
imparta un tercio de las asignaturas en inglés.
Además las alumnas participan en ratos de conversación en inglés de forma
individualizada.
Certificaciones internacionales
El dominio de la lengua inglesa de nuestros alumnos está avalado por los exámenes
externos de Cambridge, títulos referenciados a los niveles de dominio de la Unión
Europea.
*Además, el Colegio Pinoalbar tiene reconocido el derecho como Centro Examinador
de los exámenes de Cambridge.
Otros idiomas
Los alumnos estudian a partir de 1º de la ESO una segunda lengua extranjera: alemán
Con respecto a los programas educativos del Centro para sus distintas etapas:
En la sección de Educación Infantil se lleva a cabo el Proyecto Optimist.
Proyecto SNIPE de Educación Primaria
El Proyecto de ESO propone un estilo educativo que hace posible una
enseñanza personalizada; atendiendo a los diferentes intereses y motivaciones
que presentan las alumnas El sistema de enseñanza/aprendizaje propio del Proyecto de Bachillerato
supone una dinámica de la clase y una serie de actividades, por parte de la
profesora y de las estudiantes, que se dirigen directamente a fomentar
la autonomía en el aprendizaje.
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7. CRITERIO COMPLEMENTARIO
Ser familiar hasta 1er grado de consanguinidad de un antiguo alumno/a del propio
centro.
Ser familiar hasta 3er grado de consanguinidad de un empleado del centro.
Alegar un domicilio familiar de__ (padres/tutores o abuelos) o laboral ubicado
dentro del mismo código postal del centro.
Sorteo Letras desempate
RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2014, de la Dirección General de Política Educativa
Escolar, por la que se hace público el resultado del sorteo para dirimir los empates en
el proceso de admisión del alumnado en centros docentes de la Comunidad de
Castilla y León, con finalidad de cursar enseñanzas sostenidas con fondos públicos de
segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria
obligatoria o bachillerato, durante el año académico 2014-2015.
El Decreto 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en
centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León,
prevé en su artículo 12.2 la realización de un sorteo público para resolver posibles
empates en la puntuación total que obtengan los alumnos tras la aplicación del
baremo establecido y los criterios de desempate expuestos en el citado artículo.
La Orden EDU/178/2013, de 25 de marzo, por la que se desarrolla el Decreto 11/2013,
de 14 de marzo, determina en su artículo 19.4 que si persistiera el empate una vez
aplicados los criterios en ella señalados, la adjudicación de plaza se resolverá
mediante el orden alfabético de los apellidos del alumnado afecto, de acuerdo con
el resultado del sorteo público que la Dirección General competente en materia de
admisión celebrará al efecto.
La Resolución de 23 de enero de 2014, de la Dirección General de Política Educativa
Escolar, por la que se concreta la gestión del proceso de admisión del alumnado en
los centros docentes de Castilla y León con finalidad de cursar en 2014-2015
enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil,
educación primaria, educación secundaria obligatoria o bachillerato, determina
Hacer público el resultado del sorteo para dirimir los empates en el proceso de
admisión del alumnado, para el curso 2014-2015, en centros docentes que impartan,
sostenidas con fondos públicos, enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil,
primaria, secundaria obligatoria y bachillerato en la comunidad de Castilla y León,
siendo «J» la letra que determina la primera letra del primer apellido, «Ñ» la letra que
determina la segunda letra del primer apellido, «X» la letra que determina la primera
letra del segundo apellido y «Y» la letra que determina la segunda letra del segundo
apellido.