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1 INFORME DE AUDITORÍA (SIN SALVEDADES) SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL PROYECTO PNUD N° ARG/07/008 “GESTIÓN AMBIENTAL MINERA PARA UNA PRODUCCIÓN SUSTENTABLE” (Ejercicio N° 3 finalizado el 31 de diciembre de 2011) Al Señor Director Nacional del Proyecto PNUD ARG/07/008 La Auditoría General de la Nación, en su carácter de auditor externo independiente, ha examinado los Estados Financieros detallados en el apartado I. siguiente, por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre 2011, correspondientes al Proyecto PNUD ARG/07/008 “Gestión Ambiental Minera para una Producción Sustentable”, ejecutado por la Secretaría de Minería dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, de acuerdo al documento suscripto el 11 de marzo de 2008 entre el Gobierno Argentino y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y posteriores revisiones, a efectos que este último brinde asistencia al Proyecto en las gestiones necesarias para su ejecución. Este Proyecto es parcialmente financiado con recursos provenientes del Convenio de Préstamo N° 1865/OC-AR “Programa de Gestión Ambiental para una Producción Sustentable en el Sector Productivo-Subprograma II: Gestión Ambiental Minera”, suscripto el 06/11/2007 entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

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INFORME DE AUDITORÍA (SIN SALVEDADES)

SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS

DEL PROYECTO PNUD N° ARG/07/008

“GESTIÓN AMBIENTAL MINERA PARA UNA PRODUCCIÓN SUSTENTABLE”

(Ejercicio N° 3 finalizado el 31 de diciembre de 2011)

Al Señor Director Nacional

del Proyecto PNUD ARG/07/008

La Auditoría General de la Nación, en su carácter de auditor externo independiente, ha

examinado los Estados Financieros detallados en el apartado I. siguiente, por el ejercicio

finalizado el 31 de diciembre 2011, correspondientes al Proyecto PNUD ARG/07/008 “Gestión

Ambiental Minera para una Producción Sustentable”, ejecutado por la Secretaría de Minería

dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación,

de acuerdo al documento suscripto el 11 de marzo de 2008 entre el Gobierno Argentino y el

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y posteriores revisiones, a efectos

que este último brinde asistencia al Proyecto en las gestiones necesarias para su ejecución.

Este Proyecto es parcialmente financiado con recursos provenientes del Convenio de Préstamo

N° 1865/OC-AR “Programa de Gestión Ambiental para una Producción Sustentable en el Sector

Productivo-Subprograma II: Gestión Ambiental Minera”, suscripto el 06/11/2007 entre la

República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

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I. ESTADOS AUDITADOS

1. Estado de Origen y Aplicación de Fondos por el ejercicio finalizado el 31 de

diciembre de 2011, expresado en pesos argentinos y en dólares estadounidenses.

2. Informe Combinado de Gastos por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2011,

emitido en dólares estadounidenses por la Sede del PNUD y certificado por la Unidad

de Ejecución del Subprograma.

3. Estado de Posición Financiera por el ejercicio finalizado el 31de diciembre de 2011,

emitido en dólares estadounidenses por la Sede del PNUD y certificado por la Unidad

de Ejecución del Subprograma.

4. Información Financiera Complementaria que incluye:

a) Conciliación del CDR elaborada por el Proyecto, expresada en dólares

estadounidenses.

b) Notas a los Estados Financieros 1 a 4.

La información en pesos argentinos se encuentra expresada al tipo de cambio operacional

fijado durante el ejercicio por el PNUD. Fue confeccionada por la Unidad Ejecutora del

Subprograma II, resultando de su exclusiva responsabilidad.

Los Estados Financieros expresados en I. fueron presentados a esta auditoría el 20/04/12,

Estos se adjuntan inicialados por nosotros a efectos de su identificación con este dictamen.

Nuestra tarea estuvo orientada a expresar una opinión basada en el examen de auditoría

realizado, habiéndose efectuado el trabajo de campo durante el período comprendido entre

el 14/11/11 y el 30/12/11, y entre el 01/02/12 y el 20/04/12.

II. ALCANCE DEL TRABAJO DE AUDITORÍA

El examen fue practicado de conformidad con las Normas de Auditoría Externa emitidas

por la Auditoría General de la Nación, las cuales son compatibles con las de Aceptación

General en la República Argentina para la Profesión Contable, con las recomendadas por la

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Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) y con las

establecidas en el apartado 2.-b, del Capítulo VI del “Manual de Gestión de Proyectos de

Cooperación Técnica Ejecutados por el Gobierno” del PNUD, respecto al diagnóstico del

sistema del control interno del proyecto, a la descripción de deficiencias específicas de los

controles y a la puesta en práctica de las recomendaciones de ejercicios anteriores,

incluyendo pruebas de los registros contable-financieros, verificación del cumplimiento de

las principales disposiciones estipuladas en el Documento del Proyecto y demás

procedimientos que se consideraron necesarios, tal como se detalla en nuestra Declaración

de Procedimientos adjunta, excepto por lo que a continuación se indica:

El dictamen de la auditoría se limitó a los fondos recibidos y gastos realizados por el ente

gubernamental de ejecución del proyecto y no abarcó los gastos efectuados por el

organismo de las Naciones Unidas.

III. DICTAMEN

En opinión de esta Auditoría General de la Nación, los Estados Financieros e Información

Financiera Complementaria detallados en I. precedente, exponen razonablemente la

situación financiera del Proyecto PNUD ARG/07/008 “Gestión Ambiental Minera para una

Producción Sustentable”, por el ejercicio comprendido entre el 01/01/11 y el 31/12/11, así

como las transacciones realizadas durante el período finalizado en esa fecha, de

conformidad con prácticas contable-financieras usuales y con los requisitos establecidos en

el Documento de Proyecto de fecha 11/03/08 y posteriores revisiones.

Con relación a lo estipulado en el apartado 2.-b. del Capítulo VI del “Manual de Gestión de

Proyectos de Cooperación Técnica Ejecutados por el Gobierno” del PNUD, mencionado en

el Apartado II. Alcance del Trabajo de Auditoría, nos remitimos a las observaciones y

recomendaciones señaladas en el Memorando a la Dirección del Proyecto que acompaña al

presente Informe.

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Información Especial requerida por el PNUD - Capítulo VI del “Manual de Gestión

de Proyectos de Cooperación Técnica Ejecutados por el Gobierno -servicios de

auditoría requeridos-”.

A efectos de dar cumplimiento a lo demandado por el PNUD, informamos:

Al 31/12/11 el saldo de Caja/Bancos en poder del Proyecto asciende a USD 6.795,52

($ 29.016,89).

No existen al 31/12/2011 Bienes y/o Equipos en posesión del Proyecto.

BUENOS AIRES, 24 de abril de 2012

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MEMORANDO A LA DIRECCIÓN DEL

PROYECTO PNUD ARG/07/008

“GESTIÓN AMBIENTAL MINERA PARA UNA PRODUCCIÓN SUSTENTABLE”

(Ejercicio N° 3 finalizado el 31 de diciembre de 2011)

En cumplimiento de lo establecido en el apartado 2.- b, del Capítulo VI del “Manual de

Gestión de Proyectos de Cooperación Técnica ejecutados por el Gobierno” del PNUD, respecto

al diagnóstico del sistema del control interno del Proyecto y a la descripción de deficiencias

específicas de los controles, como resultado de la revisión practicada sobre los Estados

Financieros al 31 de diciembre de 2011, correspondientes al Proyecto PNUD ARG/07/008

“Gestión Ambiental Minera para una Producción Sustentable”, surgieron observaciones que se

categorizaron en función de su riesgo, y se clasificaron según sus posibles causas. Asimismo,

se formularon las consecuentes recomendaciones sobre aspectos relativos a procedimientos

administrativo-contables y del sistema de control interno existentes en la Unidad Ejecutora del

Subprograma (UES), que hemos considerado necesario informar para su conocimiento y acción

futura.

Cabe destacar que el requerimiento de auditoría efectuado por la prestataria no tuvo como

objetivo principal el análisis de sus controles administrativos, o la detección de hallazgos

referidos a desfalcos u otras irregularidades similares, lo que hubiera conducido a un grado

mayor de detalle en las observaciones que seguidamente se mencionan, ya que el examen se

practicó sobre la base de muestras selectivas determinadas por esta auditoría.

Entendemos que la adopción de las recomendaciones referidas a las observaciones detectadas

al momento de nuestro trabajo en campo, contribuirá al mejoramiento de los sistemas de

información y control existentes, de acuerdo con adecuadas prácticas en la materia.

Por otra parte y al solo efecto de guiar la lectura de este informe, listamos a continuación

aquellas observaciones que consideramos tienen mayor impacto y relevancia:

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Índice Título A y B. IV Consultores

B. I Ejecución del Programa B. II. Firmas Consultoras - Licitación Pública Internacional Nº 1/08 B. III Concurso de Precios N° 03/2010

A. OBSERVACIONES DEL EJERCICIO ANTERIOR NO SUBSANADAS AL 31/12/11:

CONSULTORES:

1. CONTROL DE LEGAJOS:

Observación: No se tuvieron a la vista los actos administrativos de designación de los

consultores objeto de la muestra tomada por AGN.

Categoría de hallazgos: Bajo

Causas: Cumplimiento

Comentarios de la UES: Esta cuestión es un problema que atañe a toda la

Administración Pública Nacional. La tramitación de un acto administrativo

aprobatorio de un contrato de consultoría individual tiene un circuito, también

administrativo, complejo, que insume un tiempo que en el 100% de los casos supera el

estimado para la convalidación final del referido contrato. Los contratos del Proyecto

son firmados por ambas partes (el Estado Contratante y el Consultor) previo al inicio

del período de vigencia de cada uno de ellos, e informados a Cancillería para su

verificación, con lo que claramente hay un debido control de cada caso. La UES

informó con fecha 30/03/2012 que los expedientes que tramitan los actos

administrativos aprobatorios de los contratos correspondientes a los consultores de la

muestra (ejercicio 2011) se encuentran transitando el circuito administrativo del caso

(Dirección General de Administración, desde el 31/01/2012).

Acciones correctivas del Proyecto: La UE del GEAMIN se compromete a realizar las

acciones necesarias para dar inicio o efectuar las correcciones pertinentes durante el

ejercicio 2012.

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Recomendación: Prever la posibilidad de enviar con mayor antelación la

documentación a ser sujeta de control y posterior aprobación, a efectos de acercar la

información del acto administrativo a las fechas de inició de los respectivos contratos.

2. CONTROL DE CONTRATOS:

Observaciones:

a) Los Contratos de Locación de Servicios objeto de la muestra, no contemplan en

sus aspectos pertinentes la aplicación del Decreto N° 2345/08 (Artículo 5,

además de los Artículos 11, 12 y 13 del Anexo I) y su modificatorio Decreto Nº

1318/11.

b) No se tuvieron a la vista los Términos de Referencia (TDR) suscriptos por 6

consultores contratados por el Programa. Los Contratos de Locación de

Servicios objeto de la presente muestra se encuentran integrados por: (i)

Solicitud de Contratación, (ii) Declaración Jurada, (iii) Calendario de Pagos, y

(iv) Formulario de TDR suscripto por el Coordinador General, con una Nota al

Pie que expresa: “Este formulario no debe ser firmado por el profesional a

contratar”.

Categoría de hallazgos: Bajo

Causas: Cumplimiento - Supervisión.

Comentarios de la UES:

a) Tal como se señalara en oportunidad de la auditoria a los estados financieros del

Subprograma, al 31/12/2010 (Nota UES-GEAMIN N° 108/2011 en respuesta a

Nota DCEOFI N° 422511 004-2011), la normativa que rige estos contratos es el

Convenio de Préstamo Nº 1865/OC-AR y el Convenio suscripto con el PNUD

para la ejecución del Proyecto ARG/07/008. Dicha normativa está por encima

del Decreto Nº 2345/08. La grilla de honorarios aplicable para los Proyectos

PNUD fue la de la Circular UNDP-REP-2009-0193, hasta el 31 de Agosto de

2011. Desde esa fecha hasta hoy, la Circular vigente referida a la cuestión de

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marras es la UNDP-REP-2011-0068. Dicha grilla coincide con la tipificada en el

Decreto Nº 1318/11 (modificatorio del Decreto N° 2345/08). De hecho la

tramitación de contratos por fuera de dicha grilla de honorarios es rechazada por

los órganos de debido control. Dice la Oficina Nacional de Empleo Público en

su Dictamen Nº 540 del 7 de Marzo de 2010 que “de conformidad a lo

establecido por el cuarto párrafo del artículo 5° del Decreto Nº 2345/08, sólo

resulta de aplicación a las contrataciones celebradas en el marco de convenios

para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento externo,

bilateral o multilateral y a los administrados por organismos internacionales, la

escala de honorarios obrante en el Anexo 2 y lo establecido en los artículos 11,

12 y 13 del ANEXO I del citado Decreto 2345/08”. Por lo tanto, la relación

contractual propiamente dicha no se rige por la normativa tipificada en el

Decreto mencionado, sino por la del Convenio de Préstamo Nº 1865/OC-AR y el

Convenio suscripto con el PNUD para la ejecución del Proyecto ARG/07/008.

Por lo mencionado, se entiende que los modelos de contrato aplicables son los

que se enmarcan en la normativa correspondiente. Dichos contratos surgen del

Sistema Gauchito (Sistema PNUD).

b) Estos modelos son los previstos por la normativa del PNUD para la contratación

de consultores individuales. No obstante ello, se elevará dicha inquietud al

PNUD y a Cancillería. De todos modos y ante la reiterada observación, en los

contratos de consultoría individual del ejercicio 2012, los ejemplares de los

términos de referencia fueron suscriptos tanto por el Coordinador General como

por cada uno de los consultores del Subprograma.

Acciones correctivas del Proyecto: La UE del GEAMIN se compromete a realizar las

acciones necesarias para dar inicio o efectuar las correcciones pertinentes durante el

ejercicio 2012.

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Recomendaciones:

a) Los contratos celebrados entre los consultores y el Programa deben contener la

totalidad de la normativa aplicable. En el caso particular del Decreto N° 2345/08

y de su modificatorio parcial Nº 1318/11, se deberán señalar los artículos

aplicables al proceso de contratación; esto es, el artículo 5 del primero de los

instrumentos enunciados y los números 11, 12 y 13 de su Anexo I.

b) Los TDR deben necesariamente ser suscriptos por los consultores, a efectos de

que quede debida constancia de haber tomado conocimiento de las actividades a

desarrollar bajo su responsabilidad, con motivo de la relación contractual

existente entre las partes.

3. CONTROL DE PAGOS DE HONORARIOS:

Observaciones:

a) No se tuvieron a la vista las constancias de los pagos del Monotributo efectuados

por los consultores objeto de la muestra.

b) Respecto de los casos detallados en el siguiente cuadro, se verificaron

categorizaciones erróneas del Monotributo durante el ejercicio 2011, conforme

los datos expuestos:

Categoría de Monotributo según

Normativa Vigente AFIP Casos Documentación obrante en el

legajo (Ej. 2011) Categorización al 31/12/2010

Categorización al 30/04/2011

Categorización al 31/08/2011

Categorización al 31/12/2011

1 C E E E E 2 C D E E E 3 B C D D E 4 B - - C E 5 D - - E F 6 C E F G H

Categoría de hallazgos: Bajo

Causas: Cumplimiento - Supervisión.

Comentarios de la UES: Dice la Cláusula 13-Obligación Fiscal del modelo de

contrato aplicable: “El contratado no estará exento de ningún impuesto en virtud de

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este convenio y será de su exclusiva responsabilidad el pago de los impuestos con que

se graven las sumas recibidas en virtud del presente contrato…”. Asimismo, en la

Cláusula 5-Aportes Jubilatorios y Prestaciones Médicas: “…declara que su

desempeño profesional es independiente y autónomo, comprendido en las

disposiciones de la Ley Nº 24.241, cuyo puntual y estricto cumplimiento correrá por

su cuenta exclusiva, como así también toda otra obligación derivada de la legislación

impositiva, previsional, de seguridad y asistencia aplicables en la República

Argentina”.

Acciones correctivas del Proyecto: Esta UES se compromete a verificar en la página

de la AFIP, al momento de cada liquidación mensual, si el consultor registra o no

impuestos activos.

Recomendaciones: Como medida de control interno, se deberá propender a contar

con toda la documentación de respaldo atinente a la situación fiscal de los consultores,

esto es, entre otras, constancias de inscripción en la AFIP y comprobantes de pago, a

efectos de verificar que las facturas y/o documentos equivalentes emitidos por ellos se

correspondan a los mismos. Así también, se deberá instruir a los consultores para que

cumplan con las normas dictadas por la AFIP en materia de monotributo, su

categorización y recategorización.

B. OBSERVACIONES DEL EJERCICIO:

I. DETERMINACIÓN DEL GRADO DE EJECUCIÓN DEL PROGRAMA AL

31/12/2011:

Observación: Se verificó una baja ejecución del Subprograma para el ejercicio 2011

comparado con lo planificado para ese ejercicio según surge de la Revisión C vigente

del 20/04/2011 de acuerdo al siguiente detalle:

Cifras expresadas en dólares estadounidenses

Total Ejecutado según CDR 1.435.054,29Total Planificado de ejecución Año 2011 según Revisión C 5.735.034,00Ejecución 2011 respecto a Revisión C 25,02%

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Categoría de hallazgos: Medio

Causas: Cumplimiento - Supervisión

Comentario de la UES: La UES destaca que en los últimos dos años se ha avanzado

en la reversión de una situación de subejecución que venía de arrastre de los dos

primeros años de ejecución del préstamo. En este lapso se han realizado avances

significativos en la gestión, que obviamente no se traducen todavía en la ejecución

financiera (licitaciones, talleres con la comunidad, articulación con las provincias,

adquisiciones y hasta adelanto de obras), que aseguran una mejora significativa de este

índice para 2012 y en particular para 2013; plazo en el cual estarán concretadas las

obras correspondientes a la remediación de los tres pasivos ambientales por un monto

que significa un porcentaje superior al 50% del total del préstamo. Es de destacar

además, el hecho inobjetable de que muchas de las actividades del Programa,

particularmente aquellas que implican gastos importantes, están fuertemente influidas

por la situación política imperante y por la percepción social, todas las cuales en el

marco de un año electoral a nivel nacional, provincial y municipal han impuesto

algunos retrasos en la ejecución de las actividades.

Acciones correctivas del Proyecto: La UE del GEAMIN se compromete a realizar las

acciones necesarias para dar inicio o efectuar las correcciones pertinentes durante el

ejercicio 2012.

Recomendación: Para futuros emprendimientos de este tipo, adecuar los presupuestos

operativos y financieros anuales a tiempos reales de ejecución conforme las

características y naturaleza de los mismos.

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II. FIRMAS CONSULTORAS: LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL (LPI)

Nº 1/08-EVALUACIÓN DETALLADA Y DISEÑO DEL PLAN DE

REMEDIACIÓN DE LAS ÁREAS IMPACTADAS POR LA ACTIVIDAD DE

LA EX FUNDICIÓN METAL HUASI EN ABRA PAMPA, PROVINCIA DE

JUJUY”.

Se auditaron los pagos efectuados durante el ejercicio 2011 relacionados a la

contratación de servicios de consultoría para realizar las tareas del título. Los

antecedentes y actuaciones atinentes a la presente LPI fueron verificados en

oportunidad de nuestros controles de estados financieros del ejercicio inmediato

anterior. Se exponen a continuación y a manera de introducción sus datos relevantes:

Objetivo General: Contratación de servicios de consultoría para realizar la

evaluación detallada del pasivo ambiental de la ex fundición de plomo METAL

HUASI en la localidad de ABRA PAMPA, con la identificación y evaluación

precisa de sus impactos sobre el ambiente y la evaluación del riesgo sobre la salud

humana, y elaborar un Plan de Remediación Integral.

Objetivos Específicos: (i) Realización de la evaluación detallada del área

impactada por la actividad de la ex fundición METAL HUASI y por los depósitos

de sus escorias en la localidad de ABRA PAMPA, con una caracterización rigurosa

del pasivo ambiental, sus impactos, riesgo y peligrosidad, (ii) Diseñar un plan de

remediación ambiental para dichas áreas, que proponga y evalúe distintas

alternativas para la rehabilitación de las áreas impactadas y el tratamiento y

disposición de los residuos de todo tipo relacionados con dicho pasivo y, (iii)

elaborar los términos de referencia (TDR) para la construcción de las obras de

remediación, así como también el cronograma y costo de las tareas de inspección de

dichas obras.

Firma del contrato de servicios de consultoría: Se llevó a cabo el 08/01/10. El

modelo de contrato fue aprobado por el BID mediante Notas CSC/CAR N° 6662/09

(04/12/09) y CSC/CAR N° 7099/09 (30/12/09).

Fecha de entrada en vigencia del contrato: 09/01/10.

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Plazo de vigencia original del contrato: 13 meses calendarios (09/01/10 al

09/02/11).

Tiempo de ejecución original de los trabajos del consultor: 11 meses efectivos.

Fecha de inicio de la prestación de los servicios: 29/01/10. En cumplimiento de

Cláusula 2.2. CEC, CESEL SA, por Nota de fecha 05/02/10, comunicó el inicio de

los servicios.

Fuente de Financiamiento: 22 (BID).

ADDENDA N° 1 al contrato de servicios de consultoría. Suscripta el 20/08/10:

Cláusula Segunda. Entrega adelantada de productos-Fecha prevista: 30/09/10:

Informe de Ingeniería de detalle de obras de remediación: TDR para el

encapsulamiento de escorias Barrio 12 de octubre Abra Pampa.

Informe de Ingeniería de detalle de obras de remediación: TDR para remoción y

transporte de escorias Barrio 12 de octubre Abra Pampa.

El precio convenido fue del 10% de la suma global del contrato, a ser abonado a la

aprobación de los productos detallados precedentemente.

Cláusula Tercera. Servicios Adicionales-Fecha prevista: 30/11/10:

Elaboración de un Plan de Salud en apoyo al proceso de remediación de las áreas

impactadas por la actividad de la ex Fundición Metal Huasi en Abra Pampa, Jujuy

(USD 2.000,00).

TDR para el cierre y revegetación de la celda que contiene las escorias de la Ex

Fundición Metal Huasi (USD 8.000,00).

Se estableció pagar ambos montos a la aprobación de los correspondientes Informes.

Durante el ejercicio 2011 se firmaron dos Addendas al Contrato bajo análisis,

vinculadas al plazo de vigencia del mismo, a saber:

ADDENDA N° 2 al contrato de servicios de consultoría. Suscripta el 02/02/11:

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El Proyecto, por Nota N° 76/11 UES-GEAMIN (05/04/11), solicitó al BID la no

objeción a la ADDENDA N° 2. La misma fue otorgada por Nota CSC/CAR N°

1976/2011 (15/04/11).

Articulo II: “El plazo de vigencia del Contrato es de 19 meses calendario. El tiempo

de ejecución de los trabajos del Consultor es de 17 meses efectivos.”

Articulo III. “La fecha a partir de la cual rige la prórroga de los términos

consignados en el artículo II es 09/02/2011”.

ADDENDA N° 3 al contrato de servicios de consultoría. Suscripta el 05/08/11:

El Proyecto, por Nota N° 17/12 UES-GEAMIN (24/01/12), solicitó al BID la no

objeción a la ADENDA N° 3. La misma fue otorgada por Nota CSC/CAR N°

542/2012 (09/02/12).

Articulo II: “El plazo de vigencia del Contrato es de 28 meses y 23 días calendarios,

ampliándose hasta el 31 de Mayo de 2012. El tiempo de ejecución de los trabajos del

Consultor es de 26 meses y 23 días efectivos y finalizará el 31 de Marzo de 2012.”

Articulo III. “La fecha a partir de la cual rige la prórroga de los términos

consignados en el artículo II es 09/08/2011”.

Justificación de las Addendas Nros. 2 y 3, Notas UES GEAMIN Nº17/12

(23/01/12) y Nº 92/12 (15/03/12): En oportunidad de la realización del Primer Taller

de Comunicación a la Comunidad en Febrero/2010, la población de Abra Pampa

solicitó priorizar y adelantar el traslado de las escorias del Barrio 12 de octubre al sitio

de disposición final en la Mina El Aguilar; en virtud de lo cual, se acordó con la

Consultora CESEL SA la reestructuración del cronograma de ejecución, la elaboración

de los expedientes técnicos necesarios para la remoción y traslado de las escorias y

para la construcción de la celda de disposición final, a los que también debieron

sumarse los tiempos inherentes a la sustanciación de las comparaciones de precios

Nros. 04 y 05/2010, a efectuarse durante el año 2011. Asimismo, el calendario

electoral nacional, provincial y municipal alteró de manera sensible los plazos

previstos para la ejecución de las tareas en el marco del referido contrato.

Consecuentemente, la extensión del plazo de vigencia del contrato tuvo por objeto

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contemplar los tiempos físicos reales y necesarios para incluir las tareas pendientes

objeto del convenio; por tanto, incluir el resultado del Tercer Taller de Información y

Comunicación en el informe del Plan de Remediación con las tres alternativas

seleccionadas; proceder a la realización del proyecto de remediación (ingeniería de

detalle y Términos de Referencia de la alternativa seleccionada) e incluir también el

tiempo para la realización del último Taller de Información a la Comunidad.

Pagos y Productos Entregables según Contrato y Addenda Nº 1:

Contrato de Consultoría del 08/01/10-Cláusula 6.4. CEC Cifras en USD

Productos Abonado en el año

% Costo por renglón

Pagos a realizar

Informe de Avance de la Evaluación Detallada 2010 20 107.576,00 96.818,40Informe Final de la Evaluación Detallada 2010 20 107.576,00 96.818,40Plan de Remediación conteniendo alternativas 2011 20 107.576,00 96.818,40Manual de Proced. para Evaluación Detallada de pasivos ambientales mineros 2011 10 53.788,00 48.409,20Inf. de Ingen. de Detalle de las Obras de Remediación y P. De Insp. de Obras Pendiente 20 107.576,00 96.818,40

Subtotales: 90 484.092,00 435.682,80Adelanto 10% Monto total Contrato 2010 - 0,00 53.788,00 Adenda N° 1 (20/08/10)-Cláusula Segunda 2011 10 53.788,00 48.409,20

Totales según contrato: 100 537.880,00 537.880,00Cláusula Tercera - Servicios Adicionales 2011 - 10.000,00 10.000,00

Totales Generales: 547.880,00 547.880,00Los porcentajes de la tercera columna, refieren al monto total del contrato (USD 537.880,00).

Pagos efectuados durante el Ejercicio 2011

Datos de las Facturas

Solicitud de Pago Directo al PNUD-Datos de la Nota UES

Concepto del pago por la Evaluación Detallada

N° Fecha USD N° Fecha Adenda Nº1-Cláusula 3ra. Punto 2 1-0008738 06/05/11 8.000,00 128 10/05/11 Manual de Procedimientos 1-0008752 11/05/11 48.409,20 151 24/05/11 Adenda Nº1-Cláusula 3ra. Punto 1 1-0008753 11/05/11 2.000,00 150 24/05/11 Adenda Nº1-Cláusula 2ra. Puntos 1 y 2 1-0008751 11/05/11 48.409,20 187 08/06/11 Plan de Remediación 1-0008910 11/07/11 96.818,40 266 13/07/11

Total: 203.636,80 - -

Datos de la AP Concepto del Pago

N° Fecha Importe $ Monto según

contrato en USD Add.Nº1-Cláusula 3ra. Punto 2 201100078 18/05/2011 31.680,00 8.000,00Manual de Procedimientos 201100104 01/06/2011 197.025,44 48.409,20Add.Nº1-Cláusula 3ra. Punto 1 201100105 01/06/2011 8.140.00 2.000,00Add.Nº1-Cláusula 2ra. Punto1 y 2 201100111 08/06/2011 197.025,44 48.409,20

201100139 15/07/2011 54.968,66 201100140 15/07/2011 340.756,22 Plan de Remediación 201100200 15/07/2011 1.658,55

96.818,40

Totales: 823.114,31 203.636,80

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Pagos Acumulados al 31/12/2011:

Efectuados en el ejercicio Cifras de los pagos en USD 2010 451.061,602011 203.636,80Total de pagos realizados el 31/12/2011 451.061,60Menos: Total según contrato 547.880,00

Monto pendiente de pago al 31/12/2011: 96.818,40

Observaciones:

1. Se verificó que las aprobaciones de los informes presentados durante el ejercicio

2011 no fueron efectuadas en el plazo estipulado en las CEC - Punto 6.4 - Nota.

Al respecto, la citada normativa establece que “para informes de avance, el

plazo de aprobación es de 5 días hábiles a contar desde el día posterior a la

entrega. Para informes o productos finales, el plazo de aprobación es de 10 días

hábiles a contar desde el día posterior a la entrega”. Se realiza detalle de lo

observado en el siguiente cuadro:

Fechas de

Tipo de Informe Recepción UES

Aprobación S/Planilla de

Evaluación de I. Técnicos

TDR p/cierre y Revegetación de la Celda con las Escorias de la Ex Fundición Metal Huasi - Abra Pampa. 18/11/10 06/05/11

Manual de Procedimientos para Evaluación detallada de Pasivos Ambientales Mineros.

Rev. A.:07/02/11 2da. Rev.: 06/04/11

18/05/11

Plan de Salud en Apoyo al Proceso de Remediación de las Áreas Impactadas por la Actividad de la Ex Fundición Metal Huasi - Abra Pampa. Rev. A.: 07/02/11 17/05/11

Informe de Ingeniería de Detalle de Obras de Remediación: TDR para el Encapsulamiento de Escorias - B° 12 de Octubre - Abra Pampa. Rev. A.: 07/10 Rev. A. 06/10/10

Informe de Ingeniería de Detalle de Obras de Remediación: TDR para la Remoción y Transporte de Escorias - B° 12 de Octubre - Abra Pampa. Rev. B.: 21/09/10 Rev. B. 22/10/10

Informe Plan de Remediación con Tres Alternativas. Rev. A.: 23/07/10 Rev. A. 06/10/10

2. La Licitación se encuentra archivada en tres biblioratos, cuya foliatura no guarda

un orden cronológico de fechas. Durante el ejercicio 2011 se procedió a su

refoliado, borrando en algunos casos la foliatura anterior e intercalando nueva

documentación. Teniendo en cuenta que los antecedentes de la licitación de

marras fueron verificados como parte de nuestras tareas de auditoría a los

estados financieros del ejercicio 2010, la situación descripta dificultó la revisión

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de la documentación agregada por el Programa luego de dichos controles y

durante 2011, así como el seguimiento de situaciones observadas de las

actuaciones en dicho año.

Categoría de hallazgos: Bajo

Causas: Supervisión - Error Humano

Comentarios de la UES:

1. Efectivamente, la evaluación técnica de los informes citados en el requerimiento y

la elaboración de las observaciones que se juzgaron necesarias, demandaron más de

5 días hábiles para su aprobación, superándose de este modo el plazo establecido en

las Condiciones Especiales del Contrato para el acto aprobatorio. El tiempo

empleado por la UES para la evaluación de los informes ha sido consensuado

informalmente con la empresa CESEL SA, de modo que ello no tuviese ningún

impacto financiero sobre el contrato. Dada entonces la imposibilidad física de

evaluar los informes técnicos de tan elevada complejidad y especificidad en un

lapso tan escueto como el establecido en las CEC, la UES ha previsto un mayor

plazo de tiempo para la aprobación de los productos e informes enmarcados en los

contratos y adendas, suscriptos en el marco de los procesos de adquisiciones

llevados adelante durante el ejercicio 2011.

2. Finalizadas las tareas de Auditoria realizadas por la AGN a los Estados Financieros

del Programa al 31/12/10, una de las recomendaciones del órgano auditor describía;

entre otros dichos; textualmente, “…debe verificar que la totalidad de los

antecedentes que componen las distintas etapas del procedimiento de licitación, se

encuentren archivados en la actuación por orden cronológico”. En virtud de la

mencionada sugerencia, esta UES incorporó al expediente toda la documentación

observada como “faltante” en aquella oportunidad. Dicho accionar ameritó la

necesidad de refoliar el expediente. La UES entendió que el procedimiento seguido

fue el pertinente y más adecuado para dar respuesta a lo recomendado por AGN. En

este sentido, si el órgano auditor interpreta la necesidad de introducir alguna

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modificación al procedimiento utilizado, esta UES no tiene inconvenientes en

adoptar las recomendaciones que se juzguen pertinentes.

Acciones correctivas del Proyecto:

La UE del GEAMIN se compromete a realizar las acciones necesarias para dar inicio o

efectuar las correcciones pertinentes durante el ejercicio 2012.

Recomendaciones:

1. Los plazos estipulados para la aprobación de los documentos por parte de la

UES deben ser acordes a la complejidad y magnitud de los temas involucrados,

de modo tal que permitan su evaluación dentro de los términos previstos

contractualmente y no generen posibilidad alguna de ulteriores reclamos.

2. Las actuaciones deberán conformarse en un expediente foliado por orden

cronológico de incorporación. Toda otra documentación que forme parte y que

se agregue posteriormente, deberá ser incorporada a través de notas aclaratorias.

En caso de proceder a su refoliatura, no deberá borrarse la anterior, sino anular

la numeración original y refoliar e inicialar las fojas, a efectos de legitimar su

procedencia.

III. CONCURSO DE PRECIOS N° 03/2010 - “ADQUISICIÓN DE UN

ESPECTRÓMETRO DE ABSORCIÓN ATÓMICA CON SISTEMA DE

LLAMA Y HORNO DE GRAFITO INCORPORADO, GENERADOR DE

HIDRUROS Y MUESTREADOR AUTOMÁTICO”.

Se exponen a continuación y a manera de introducción los datos relevantes del

Concurso de Precios del título verificado por AGN:

Justificación de la Compra: Surge en respuesta a una solicitud realizada

expresamente por los representantes de la Comunidad de la Localidad de Abra

Pampa (Jujuy), en el marco de la “Primera Reunión Informativa para la Comunidad

sobre el inicio de la Evaluación Detallada y Diseño del Plan de Remediación de las

áreas impactadas por la actividad de la ex fundición de plomo Metal Huasi”

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realizada el 18/02/10. El Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy no contaba

con un equipamiento adecuado para la determinación sistemática de constituyentes

inorgánicos en sangre, en particular, a los niveles de concentración de interés

toxicológico. En virtud de ello y, a través de Nota UES N° 274/10 (29/11/10), el

organismo ejecutor solicitó al BID la no objeción para la adquisición de un

espectrómetro destinado al mencionado Ministerio. Mediante Nota CSC/CAR N°

6229/2010 (03/12/10) el BID otorgó la no objeción a la citada adquisición.

Procedimiento de Compra: Comparación de Precios de acuerdo con las Normas

BID-GN 2349-7 y Cláusula 4.01 Estipulaciones Especiales del Contrato de

Préstamo. El Banco otorgó la no objeción a los documentos que conformaron la

Solicitud de Propuestas (SDP) por Nota CSC/CAR N° 6420/2010 (16/12/10).

Fuente de Financiamiento: 22 (BID) - Componente III del Contrato de Préstamo.

Presupuesto estimado: USD 99.900,00.

Plan Operativo Anual: La adquisición no se encontraba prevista originalmente,

por lo tanto la misma fue incorporada al sistema SEPA 2011. La No objeción del

BID se realizó a través de Nota CSC/CAR N° 1082/2011 del 01/03/11.

Carta de Invitación: Se cursaron invitaciones a 10 empresas en fecha 22/12/10.

Acta de Apertura de ofertas: 26/01/11. Se presentaron las siguientes 4 empresas:

JENCK SA. INSTRUMENTAL, WASSERBERG SA, PERKIN-ELMER

ARGENTINA SRL e INSTRUMENTALIA SA.

Comité de Evaluación: Por Decisión N° 02/2011 (08/02/11) se creó el Comité de

Evaluación Multidisciplinario para el análisis y valoración de las propuestas de

precios presentadas en la Comparación de Precios.

Informe y Dictamen del Comité de Evaluación: Se expidió el 29/03/11.El

Informe del Comité de Evaluación, elaborado sobre la base del cumplimiento de los

términos y condiciones establecidos en los documentos de la SDP (Anexos I a V),

estableció:

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Orden de Mérito Firma Oferente Oferta sin IVA incluido (USD)

1 JENCK SA (*) 88.0052 INSTRUMENTALIA SA 137.452- PERKINELMER ARGENTINA SRL 84.400- WASSERBERG SA 90.500

(*) Adjudicado.

Las ofertas de las dos últimas firmas del cuadro que antecede quedaron fuera del

orden de mérito debido a que no cumplieron la condición excluyente de

“Elegibilidad” exigida por los documentos del BID, puesto que una parte de los

bienes ofertados tenían como país de origen a Singapur. El BID, a través de Nota

CSC/CAR N° 1822/11 (08/04/11) otorgó la No Objeción a la propuesta de

adjudicación.

Orden de Compra: Con fecha 18/04/11 fue suscripta la OC N° 01/2011 por la

suma de USD 88.005,00 (sin IVA).

Entrega del Equipamiento: Según detalle reflejado en el siguiente cuadro:

Remitos Acta de Entrega y

Recepción Concepto N° Fecha N° Fecha

Elementos de Pre-Instalación 0001-00020328 16/06/11 1/11 22/06/11 Espectrómetro 0001-00020477 12/07/11 2/11 21/07/11

Pagos efectuados durante el Ejercicio objeto de auditoría: Según Acta Acuerdo

del 02/08/11 suscripta entre JENCK SA y la UES-GEAMIN y teniendo en cuenta

que las obras de preinstalación del equipo llevadas a cabo en dependencias del

Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy se encontraban aun en curso y se

preveía su finalización en 30 días más, se convino que el primer pago (inicial), esto

es, el 90% del monto total de la OC N° 01/11, se realizara contra la entrega

satisfactoria de los bienes de preinstalación y la correcta presentación de la factura.

En tanto, el segundo pago (final), consistente en el 10% restante, se efectuara contra

la instalación y puesta en funcionamiento del Espectrómetro,

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FACTURA B (pesos) Espectrómetro y Elementos de preinstalacion Nº Fecha Importe Total IVA contenido

Neto a Pagar

Bienes gravados IVA 10.5% 0003-00000351 23/08/11 142.800,49 13.569,28 129.231,21

Bienes gravados IVA 21% 0003-00000352 23/08/11 238.480,50 41.389,18 197.091,32

Total: 381.280,99 54.958,46 326.322,53

Los pagos fueron realizados por el PNUD según Nota UES N° 303/11 (25/08/11). El importe de $ 326.322,53 equivalen a USD 79.204,50 (90% s/ 88.005,00).

Datos de la Autorización de Pago-Cifras expresadas en pesos Concepto

Nº Fecha Importe Total Orden de Compra 201100181 30/08/2011 326.322,53

Solicitud Certificado del IVA PNUD- Cifras expresadas en pesos Factura “B” N°

Nº Fecha Certificado IVA 0003-00000351 2011-02063 13.569,280003-00000352 2011-02064

25/08/11 41.389,18

Total Certificados del IVA: 54.958,46

El 10 de Enero de 2012, el Director Provincial de Programas Sanitarios del

Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy, informó a la UES que entre los días

29 de noviembre y 02 de diciembre de 2011, la Empresa JENCK SA realizó la

capacitación en operación y la puesta en marcha del equipo de espectrofotometría

de absorción atómica instalado en el Laboratorio Central de Salud Pública del

Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy. Se procedió a la instalación del

software específico, el control de la instalación y funcionamiento del equipo, la

evaluación y control de la instalación y operación del sistema de gases, el control de

lámparas, la instrucción básica sobre mantenimiento del equipo que debe realizar el

usuario, tanto en el espectrofotómetro como en el generador de hidruros.

Observación: Respecto de la Solicitud de Propuesta (SDP)-Anexo I-Instrucciones a

los oferentes (IAO), se comprobó: (i) Error de enumeración en las cláusulas del IAO,

ya que el Punto 3 - Orden de Compra-Factura, remite a la cláusula 29 de esas

instrucciones a efectos de fijar el plazo de entrega del bien. Sin embargo, el citado

Anexo solo posee 28 cláusulas, por lo tanto dicha remisión es incorrecta y, (ii) que

entre las cláusulas que integran el citado anexo, no se encuentran previstas sanciones

para casos de incumplimiento entre las partes.

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Categoría de hallazgos: Bajo

Causas: Supervisión - Error Humano

Comentarios de la UES: (i) El Punto 3 - Orden de Compra - Factura de las

Instrucciones a los Oferentes de los Documentos de la presente Comparación de

Precios, remite a la Cláusula 29 de las citadas Instrucciones cuando se hacía referencia

en realidad a la Cláusula 28, constituyendo el mismo un error de tipeo. (ii) Aún

cuando en los Documentos de la Comparación de Precios N° 03/2010 se marca como

Ley aplicable el Contrato de Préstamo N° 1865/OC-AR, el Documento de Políticas

para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de

Desarrollo (GN-2349-7) y el Documento del Proyecto PNUD ARG/07/008 (Cláusula

2 del Anexo I de los documentos de la citada Comparación-Instrucciones a los

Oferentes), las Condiciones Generales del PNUD aplicables a las Órdenes de Compra ,

dicen explícitamente en el Punto G-Derechos del PNUD: “Si el Proveedor no

cumpliere sus obligaciones conforme a los términos y condiciones de la presente orden

de compra, incluido, sin carácter limitativo, el incumplimiento de la obligación de

obtener las licencias de exportación necesarias o de la obligación de efectuar la

entrega, total o parcial, de la mercancía en la fecha o fechas convenidas…, se podrán

ejercer, previo emplazamiento al Proveedor… uno o más de los Derechos que se

mencionan: i) adquirir la mercancía, en todo o en parte, de otros proveedores, en cuyo

caso el PNUD podrá exigir que el Proveedor le compense por cualquier aumento de

los costos en que hubiere incurrido; ii) rehusar la mercancía en todo o en parte o iii)

rescindir la presente orden de compra sin responsabilidad alguna por cargos de

rescisión o ninguna otra responsabilidad”. No obstante ello, la UES también identificó

la debilidad señalada en el texto de los documentos de la presente Comparación de

Precios.

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Acciones correctivas del Proyecto: Como consecuencia de ello, la UES procedió a

incorporar sanciones para el caso de retraso o incumplimiento del objeto del

contrato/orden de compra por parte del proveedor o del consultor en los nuevos

documentos de los procesos de adquisiciones efectuados posteriormente.

Recomendaciones: Intensificar los controles internos de calidad, a efectos de evitar

cuestiones de la naturaleza mencionada. Por otra parte, propender a dejar

expresamente establecido en los instrumentos pertinentes, conforme la metodología de

compra, las sanciones a aplicar a las partes, en casos de retrasos y/o incumplimientos

del objeto establecido en dichos documentos

IV. CONSULTORES:

A través de las Resoluciones SH N° 401/11 (10/11/11) y N° 21/11 (29/12/11) se

aprobó la Planta de Personal para el ejercicio fiscal 2011 de acuerdo con las

prescripciones de la Resolución SH N° 545/98.

1. PROCESO DE SELECCIÓN:

Observación: Los CV de los 2 consultores no seleccionados que integraron la

terna de un consultor muestreado carecen de fecha de emisión.

Categoría de hallazgos: Bajo

Causas: Supervisión

Comentarios de la UES: La observación resulta pertinente.

Acciones correctivas del Proyecto: La UE del GEAMIN se compromete a

realizar las acciones necesarias para dar inicio o efectuar las correcciones

pertinentes durante el ejercicio 2012.

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Recomendación: Intensificar los controles internos a efectos de evitar

cuestiones de esta naturaleza.

2. DECRETO N 2345/08 ART 12:

Observación: No se tuvo a la vista la documentación que acredite el

cumplimiento del Art. 12 Anexo I del Decreto N 2345/08 esto es, la publicación

en la Pág. WEB correspondiente y asiento definitivo en el Registro Central de

Personal Contratado.

Categoría de hallazgos: Bajo

Causas: Cumplimiento - Supervisión

Comentarios de la UES: La documentación del caso fue remitida en los legajos

de consultoría individual en Detalles N° 1/2011 y N° 1/2012. Habiendo

cumplimentado lo estipulado en el Artículo 12° del Decreto N° 2345/08, es

responsabilidad de la Oficina Nacional de Empleo Público y no de este

Subprograma, verificar la publicación de dichos contratos de consultoría en la

página WEB correspondiente.

Por lo tanto, se entiende que no procede la observación del caso.

Recomendación: Señalamos primero que para la documentación obrante en el

legajo de cada consultor (Notas UES 39/11 y Dictamen ONEP N° 288/11),

corresponde el cumplimiento del Art. 11 del Decreto N° 2345/08 (Anexo I), que

prescribe que se “...deberá informar con carácter previo a la aprobación de los

contratos, los datos de las personas respectivas, a la SECRETARIA DE

GABINETE Y GESTIÓN PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS,...”. En tanto para la documentación solicitada por AGN

corresponde el procedimiento previsto en el art. 12 del citado Decreto, que

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25

prescribe “Dentro de los 5 días hábiles de aprobada cada contratación, las

jurisdicciones y entidades contratantes deberán informar la misma a la

SECRETARIA DE GABINETE Y GESTIÓN PUBLICA DE LA JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, para su publicación en la Pág. WEB

correspondiente y asiento definitivo en el Registro Central de personal

contratado”. Por lo tanto y, en virtud de la respuesta brindada por el organismo

ejecutor, con motivo de la observación efectuada por la falta de dictado de los

actos administrativos que aprueban las contrataciones (ver Punto A. 1. del

presente), se recomienda que una vez aprobadas las mismas se proceda con el

cumplimiento del citado art. 12, dentro de los plazos fijados y se archive en cada

uno de los legajos copia de la nota de elevación receptada por la ONEP.

BUENOS AIRES, 24 de abril de 2012

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DECLARACION DE PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA

DEL PROYECTO PNUD ARG/07/008

“GESTIÓN AMBIENTAL MINERA PARA UNA PRODUCCIÓN SUSTENTABLE”

(Ejercicio N° 3 finalizado el 31 de diciembre de 2011)

El examen fue realizado de conformidad con las Normas de Auditoría Externa emitidas por la

Auditoría General de la Nación, las cuales son compatibles con las de aceptación general en la

República Argentina para la profesión contable, con las recomendadas por la Organización

Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) y con las establecidas en el

“Manual de Gestión de Proyectos de Cooperación Técnica Ejecutados por el Gobierno” del

PNUD, incluyendo, entre otros procedimientos:

Conformación de las cifras expuestas en los estados financieros al 31/12/11, con los registros

auxiliares que les dan sustento;

Tests o pruebas de transacciones;

Pruebas dirigidas a verificar la condición de elegibilidad de los gastos analizados;

Análisis y verificación de la metodología de contratación de Servicios de Consultoría (LPI),

y de Consultores integrantes de la UES;

Verificación de los procesos de desembolsos de fondos;

Verificación del cumplimiento de las principales disposiciones estipuladas en el Documento

del Proyecto;

Análisis del sistema de control interno implementado por el Proyecto;

Análisis de los movimientos bancarios;

Circularizaciones a terceros;

Análisis y control de las conciliaciones bancarias;

Otros procedimientos en la medida que se consideraron necesarios.

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27

El alcance del examen comprendió el 100,00% de los orígenes de fondos y el 31,73% de las

aplicaciones expuestas en el Informe Combinado de Gastos (CDR) del Proyecto por el ejercicio

finalizado el 31/12/11, de acuerdo al siguiente detalle:

Cifras expresadas en Dólares Estadounidenses

Porcentaje Sobre Categoría de Inversión

Ejecución del Ejercicio

Muestra AGN

Incidencia del rubro

Muestra AGN

Consultoría 122.770,24 122.770,24 8,56% 100,00%Viajes y Viáticos 37.070,50 0,00 2,58% 0,00%Gastos UCP 8.811,32 0,00 0,61% 0,00%Bienes 79.204,50 79.204,50 5,52% 100,00%Gastos de Impresiones y Publicidad 2.809,65 0,00 0,20% 0,00%Gastos Bancarios 2.157,54 2.157,54 0,15% 100,00%Firmas Consultoras 1.134.718,61 203.636,80 79,07% 17,95%Auditoría 6.107,85 6.107,85 0,43% 100,00%PNUD 41.809,50 41.809,50 2,91% 100,00%Diferencia de cambio -405,42 -405,42 -0,03% 100,00%

Totales: 1.435.054,29 455.281,01 100,00% 31,73%

El examen practicado no tuvo como objetivo principal la detección de hallazgos referidos a

desfalcos u otras anomalías similares.

Finalmente corresponde destacar la colaboración prestada por la Unidad Ejecutora del

Subproyecto (UES), para el desarrollo de la auditoría.

BUENOS AIRES, 24 de abril de 2012