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RESOLUCION 1401 de 2007 INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE TRABAJO

Investigacion a.t. Resolucion 1401

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RESOLUCION 1401 de

2007

INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE TRABAJO

NORMAS EXISTENTES APLICABLES AL TEMA NORMAS EXISTENTES APLICABLES AL TEMA DE INVESTIAGACION DE ACCIDENTESDE INVESTIAGACION DE ACCIDENTES

Resolución 1016 de 1989, articulo 11, numerales 14 y 15

Decreto Ley 1295 de 1994, articulo 21, literal e) y articulo 62

Decreto 1530 de 1996

Resolución 2013 de 1986

Resolucion 1401 de 2007

Reglamentar la investigación de incidentes y accidentes de trabajo, con el propósito de prevenir la ocurrencia de nuevos eventos, mejorar la calidad de vida de los trabajadores y optimizar la productividad.

OBJETIVO GENERALOBJETIVO GENERAL

Reporte estadísticas a OIT. (acuerdo 160-Ley 76 de 1988)Recolectar información para determinar actividades de prevención.Ajustar los reportes a las necesidades del país.Contribuir para las calificaciones de origen de profesionalidad.

OBJETIVOS ESPECIFICOSOBJETIVOS ESPECIFICOS

CAMPO DE APLICACIÓN:CAMPO DE APLICACIÓN:

Empleadores públicos y privados Trabajadores dependientes e independientes 2800/04

Contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo

Organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo

CAMPO DE APLICACIÓN:CAMPO DE APLICACIÓN:

Agremiaciones u asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral.

Administradoras de Riesgos Profesionales

Personal civil vinculado al Ministerio de Defensa.

DEFINICIONES

INCIDENTE DE TRABAJO: Evento relacionado con el trabajo y que potencialmente pudo ocasionar lesiones a las personas y daños o perdidas a la propiedad o los procesos.

DEFINICIONES

ACCIDENTE GRAVE:

Aquel que trae como

consecuencia la amputación de

cualquier parte del cuerpo,

fracturas de huesos largos,

trauma craneoencefálico,

quemaduras de 2° y 3° grado,

lesiones severas en mano,

lesiones en columna vertebral y

lesiones que comprometan la

capacidad visual y/o auditiva.

DEFINICIONES

INVESTIGACION DE ACCIDENTE O

INCIDENTE: Proceso sistemático para

determinar y priorizar las causas que generaron un accidente o incidente y

cuyo fin es proponer medidas preventivas.

DEFINICIONES

CAUSAS IMEDIATAS:

son aquellas

circunstancias que se

presentan antes del

contacto.

Con frecuencia se les

denomina actos inseguros

o condiciones peligrosas.

CAUSAS INMEDIATAS

ACTOS INSEGUROS

CONDICIONES INSEGURAS

DEFINICIONES

CAUSAS BASICAS: corresponden a las razones por las cuales ocurren los actos y condiciones subestándar o peligrosas.

Una vez identificados, permiten un control desde la gestión gerencial.

Factores personales Factores personales Factores personales Factores personales Factores de trabajoFactores de trabajoFactores de trabajoFactores de trabajo

Condición Condición peligrosapeligrosaCondición Condición peligrosapeligrosa

Acción Acción subestándarsubestándarAcción Acción subestándarsubestándar

Accidente de trabajoAccidente de trabajo

Lesiones Lesiones personalespersonalesLesiones Lesiones personalespersonales

Daños a la Daños a la propiedadpropiedadDaños a la Daños a la propiedadpropiedad

Causas básicasCausas básicas

Causas inmediatasCausas inmediatas

ConsecuenciasConsecuencias

INFORME DE LA INVESTIGACION

FORMATO: La empresa puede utilizar su propio formato o adoptar el que tiene diseñado para tal fin la ARP.

Para los casos de accidentes de trabajo mortales, se utilizará el formato diseñado por la ARP (Decreto 1530 de 1996)

INFORME DE LA INVESTIGACION

METODOLOGIA: El aportante puede escoger la que mejor se adapte a sus necesidades y condiciones.

Resultados

QUIEN DEBE REALIZAR LA INVESTIGACION

Aportante

Si se trata de un trabajador que no esta vinculado con la empresa directamente debe hacerla la empresa temporal, cooperativa, agremiación o contratante conjuntamente con la empresa beneficiaria de los servicios del trabajador.

INVESTIGACIÓNINVESTIGACIÓN

Empresa contratanteEmpresa contratante

Indicar el correctivo que corresponde a cada una.

Empresa temporal, asociación, Empresa temporal, asociación, cooperativacooperativa

QUIEN DEBE REALIZAR LA INVESTIGACION

Si el accidente es un evento mortal o severo, en la investigación deberá participar una persona con licencia en salud ocupacional.

EQUIPO INVESTIGADORDeberá estar conformado por: el jefe inmediato o supervisor del área, un representante del COPASO o vigía y el encargado del programa de salud ocupacional.

Si no es posible conformarlo de esta forma, deberá integrarse un equipo de trabajadores capacitados para hacer investigaciones.

CONTENIDO DEL INFORME

Descripción del accidente, relato completo y detallado de los hechos relacionados con el evento y las versiones de los testigos, involucrando todo aquello que se considere importante. (fotografías, videos, diagramas, revisión de documentos y demás) ¿Cuándo ocurrió?

¿Cómo sucedió?

¿Por qué realizaba la actividad?

¿Qué actividad estaba realizando?

¿Dónde se encontraba el trabajador? ¿Con quién se

encontraba?

¿Para qué realizaba la actividad?

DESCRIPCIÓN

CONTENIDO DEL INFORME

Descripción detallada del tipo de

lesión, parte detallada del cuerpo

que fue lesionada, lesión precisa

que sufrió el trabajador.

CONTENIDO DEL INFORME

Respecto del agente de la

lesión, se debe incluir

información como: tipo, marca,

modelo, velocidades, tamaños,

formas, dimensiones y las

demás que se consideren

necesarias.

CONTENIDO DEL INFORME

Análisis causal detalladocon conclusiones y las medidas de control y demás datos propios de la investigación.

Enumerar y describir las medidas de intervención que la empresa se compromete a adoptar, indicando responsable y plazo.

CONTENIDO DEL INFORME

Datos relacionados con la

investigación, identificación

completa de quienes

participan y del

representante legal, fecha y

hora en que se realiza la

investigación.

OBLIGACIONES DE LOS APORTANTES

Conformar el equipo investigador de los incidentes y accidentes.

Investigar los incidentes y accidentes de trabajo, dentro de los 15 días siguientes a la ocurrencia.

Implementar las acciones correctivas.

OBLIGACIONES DE LOS APORTANTES

Proveer los recursos necesarios para implementar las acciones correctivas.

Implementar un registro de seguimiento a las acciones ejecutadas y llevar indicadores de control.

OBLIGACIONES DE LOS APORTANTES

Remitir a la ARP los informes de las investigaciones de los accidentes mortales y graves, firmadas por el representante legal.

Llevar un archivo de las investigaciones realizadas y pruebas de los controles implementados

OBLIGACIONES DE LAS ARP’S

Proporcionar asesoría en materia de investigación de incidentes y accidentes.

Desarrollar una metodología de investigación de incidentes y accidentes y suministrarla a sus empresas afiliadas.

Remitir los formatos de investigación a la Dirección General de Riesgos Profesionales, para su aprobación.

OBLIGACIONES DE LAS ARP’S

Analizar las investigaciones remitidas por los aportantes y complementar las que no cumplan con los requisitos.

Capacitar constantemente al aportante, equipo investigador y COPASO, en la investigación e implementación de correctivos.

Participar cuando sea necesario, en la investigación que, por su complejidad, sea recomendable para realizar un análisis de causas y emitir recomendaciones más precisas.

OBLIGACIONES DE LAS ARP’S

Emitir conceptos técnicos y recomendaciones sobre las investigaciones.

Hacer seguimiento de las recomendaciones sugeridas en las investigaciones.

Informar semestralmente a las direcciones territoriales del Ministerio de la Protección Social sobre los aportantes que no han cumplido con la recomendaciones para el control de los accidentes.

Para el caso de accidente mortal, la ARP debe remitir concepto, investigación y copia del informe del accidente de trabajo al Ministerio de la Protección Social, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la emisión del concepto.(Decreto 1530 de 1996)

OBLIGACIONES DE LAS ARP’S

REPORTE EXTEMPORÁNEO: 200 smlvm. Llámese extemporáneo el que NO se hace dentro de los 2 días hábiles

INVESTIGACION EXTEMPORANEA 200 smlvm.

Llámese extemporáneo el que NO se hace dentro de los 15 días calendario después de ocurrido el accidente grave.

SANCIONES

BIENVENIDAS LASSUGERENCIASINQUIETUDES

APORTES

¡¡¡¡¡¡ Manos a la obra !!!!!!!!!!!