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GACETA DEL GOBIERNO ESTADO DE MÉXICO E LA _ - Periódico Oal Gobierno del E Soberano de México REGISTRO fici é NUM. oqi. j3282801 --‘0 .> ,4,12 _ _ _ _ Mariano Matamoros Sur No. 30 S0130 es 3 de diciembre de 2010 No. 104 Tomo CXC Número de ejemplares i !MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DÉ DEFE~.4ÉHO LICA DEL ESTADO DE "2010 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA DE MEXICO" 1 8 I 0-20 1 0 SECCION TERCERA PODER EJECUTIVO DEL ESTADO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Compromiso G obierno que cump le GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL INSTITUTO DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO AGOSTO DE 2010 SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO © Derechos Reservados. Primera Edición, Agosto de 2010. Gobierno del Estado de México. Secretaria General de Gobierno. Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México. Impreso y hecho en Toluca, México. Printed and made in Toluca Mexico. Cuenta de Correo Electrónico: [email protected] La reproducción total o parcial de este documento podrá efectuarse mediante la autorización exprofesa de la fuente y dándole el crédito correspondiente.

Manual Defensoria EdoMex

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Manual Defensoria EdoMex

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  • GACETADEL GOBIERNO ESTADO DE MXICO

    E LA

    _-

    Peridico Oal Gobierno del E Soberano de MxicoREGISTRO

    fici NUM. oqi. j3282801

    --0.> ,4,12_

    _ __

    Mariano Matamoros Sur No. 30 S0130 es 3 de diciembre de 2010No. 104Tomo CXC

    Nmero de ejemplares i

    !MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DDEFE~.4HOLICA DEL ESTADO DE

    "2010 AO DEL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA DE MEXICO"

    1 8 I 0-20 1 0SECCION TERCERA

    PODER EJECUTIVO DEL ESTADOSECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

    CompromisoG obierno que cump leGOBIERNO DELESTADO DE MXICOMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL INSTITUTO DE LA

    DEFENSORA PBLICA DEL ESTADO DE MXICOAGOSTO DE 2010

    SECRETARA GENERAL DE GOBIERNOINSTITUTO DE LA DEFENSORIA PBLICA DEL ESTADO DE MXICO

    Derechos Reservados.Primera Edicin, Agosto de 2010.Gobierno del Estado de Mxico.Secretaria General de Gobierno.Instituto de la Defensora Pblica del Estado de Mxico.Impreso y hecho en Toluca, Mxico.Printed and made in Toluca Mexico.Cuenta de Correo Electrnico: [email protected] reproduccin total o parcial de este documentopodr efectuarse mediante la autorizacin exprofesade la fuente y dndole el crdito correspondiente.

  • Edicin: PrimeraFecha: Agosto de 2010Cdigo: 202E00000

    MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DELINSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA

    DEL ESTADO DE MXICO

    Pgina 2 GACETAUDEL 007EONE1/244Z 3 de diciembre de 2010

    CONTENIDO

    PRESENTACIN

    OBJETIVO GENERAL

    IDENTIFICACIN E INTERACCIN DE PROCESOS

    RELACIN DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS

    DESCRIPCIN DE LOS PROCEDIMIENTOS

    4.1 Asesora Jurdica Gratuita en Diversas Materias

    4.2 Asesora Jurdica Gratuita Mediante el Programa Itinerante "Una Defensa de Compromiso"

    4.3 Defensa Jurdica en Juzgados Penales de Primera Instancia, Cuanta Menor y Mixtos

    4.4 Defensa Jurdica en Salas Penales Unitarias y/o Colegiadas

    4.5 Defensa Jurdica en las Subprocuraduras, Mesas de Trmite y Agencias del MinisterioPblico y Ministerio Pblico Especializado para Adolescentes

    4.6 Defensa Jurdica en Juzgados Especializados en Justicia para Adolescentes

    4.7 Patrocinio Jurdico en Diversas materias

    4.8 Defensa Tcnico Jurdica en los Juzgados de Control y Juicios Orales 4.9 Patrocinio Jurdico en Materia de Controversias sobre el Estado Civil de las Personas

    y del Derecho Familiar

    4.10 Gestin de Fianzas de Inters Social SIMBOLOGAREGISTRO DE EDICIONES

    DISTRIBUCIN

    VALIDACIN

    PRESENTACINLa sociedad mexiquense exige de su gobierno cercana y responsabilidad para lograr, con hechos, obras y acciones, mejorescondiciones de vida y constante prosperidad.

    Por ello, el licenciado Enrique Pea Nieto, Gobernador Constitucional del Estado de Mxico, impulsa la construccin de ungobierno eficiente y de resultados, cuya premisa fundamental es la generacin de acuerdos y consensos para la solucin de lasdemandas sociales.

    El buen gobierno se sustenta en una administracin pblica ms eficiente en el uso de sus recursos y ms eficaz en el logro desus propsitos. El ciudadano es el factor principal de su atencin y la solucin de los problemas pblicos su prioridad.

    En este contexto, la Administracin Pblica Estatal transita a un nuevo modelo de gestin, orientado a la generacin deresultados de valor para la ciudadana. Este modelo propugna por garantizar la estabilidad de las instituciones que handemostrado su eficacia, pero tambin por el cambio de aquellas que es necesario modernizar.

    La solidez y el buen desempeo de las instituciones gubernamentales tienen como base las mejores prcticas administrativasemanadas de la permanente revisin y actualizacin de las estructuras organizacionales y sistemas de trabajo, del diseo einstrumentacin de proyectos de innovacin y del establecimiento de sistemas de gestin de calidad.

    El presente manual administrativo documenta la accin organizada para dar cumplimiento a la misin del Instituto de laDefensora Pblica del Estado de Mxico. La estructura organizativa la divisin del trabajo, los mecanismos de coordinacin y

  • r-------------------- - - - - -

    Solicitud de apoyos,asesora, defensa y/opatrocinio, desde elinicio del procesohasta la resolucin

    Procesosustantivo

    Procesosadjetivos

    y

    Auxilio en el pagoFlautas pata obtenerla libertad provisional

    Personas conproblemas

    legales

    ACIN L

    3 de diciembre de 2010 GACETAEJEl- C+OBI IE Ft P4 .17 Pgina 3 comunicacin, las funciones y actividades encomendadas, el nivel de centralizacin o descentralizacin, los procesos clave de laorganizacin y los resultados que se obtienen, son algunos de los aspectos que delinean la gestin administrativa de este rganodesconcentrado.Este documento contribuye en la planificacin, conocimiento, aprendizaje y evaluacin de la accin administrativa. El retoimpostergable es la transformacin de la cultura hacia nuevos esquemas de responsabilidad, transparencia, organizacin,liderazgo y productividad.

    OBJETIVO GENERALIncrementar la calidad, eficiencia y eficacia en la prestacin de los servicios que brinda el Instituto de la Defensora Pblica delEstado de Mxico, mediante la documentacin, estandarizacin, difusin, aplicacin y actualizacin del manual de procedimientosy la atencin oportuna de las solicitudes que en la materia presenta la poblacin.

    IDENTIFICACIN E INTERACCIN DE PROCESOS

    III. RELACIN DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOSProceso: Asesora Jurdica Gratuita en Diversas MateriasProcedimientos:

    Asesora Jurdica Gratuita en Diversas Materias.Asesora Jurdica Gratuita Mediante el Programa Itinerante "Una Defensa de Compromiso".

    Proceso: Defensa Penal y/o Patrocinio Jurdico en diversas materiasProcedimientos:

    Defensa Jurdica en Juzgados Penales de Primera Instancia, Cuanta Menor y Mixtos.Defensa jurdica en Salas Penales Unitarias y/o Colegiadas.

  • Pgina 4 GACETAOEL 04=e 1131EPteVe 3 de diciembre de 2010 Defensa jurdica en las Subprocuraduras, Mesas de Trmite y Agencias del Ministerio Pblico y Ministerio PblicoEspecializado pan Adolescentes.Defensa Jurdica en Juzgados Especializados en Justicia para Adolescentes.Patrocinio Jurdico en Diversas Materias.Defensa Tcnico Jurdica en los juzgados de Control y Juicios Orales.Patrocinio Jurdico en Materia de Controversias sobre el Estado Civil de las Personas y del Derecho Familiar.

    Proceso: Obtencin de libertad provisional mediante la gestin de fianzas de inters socialProcedimientos:

    Gestin de Fianzas de Inters Social.

    IV. DESCRIPCIN DE LOS PROCEDIMIENTOS4.1 PROCEDIMIENTO: Asesora Jurdica Gratuita en Diversas Materias.OBJETIVO:Brindar a las personas interesadas consejo y orientacin jurdica en materia penal, civil, familiar, mercantil, administrativa, agraria,laboral y de amparo, mediante el asesoramiento que proporcionen los Defensores Pblicos y que les permita conocer lasposibles soluciones a su problema.ALCANCE:

    Personas que afecta: Personas interesadas en recibir asesora jurdica en diversas materias.reas que afecta: Direcciones Regionales del Instituto de la Defensora Pblica y rea de asesoras.Actividades que afecta:

    Defensa Jurdica en Juzgados Penales y Especializados en Justicia para Adolescentes, SalasPenales, Subprocura.

    durias, Mesas de Trmite y Agencias de Ministerio Pblico, Juzgadosde Control y de Juicio Oral, as como el otorgamiento de fianzas.

    REFERENCIAS:Constitucin Poltica de los Estados Unidos Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de febrero deMexicanos. 1917, ltima reforma Diario Oficial de la Federacin 27 de abril de

    2010.Constitucin Poltica del Estado Libre y

    Publicada el 17 de noviembre de 1917, ltima reforma PeridicoSoberano de Mxico. Oficial "Gaceta del Gobierno" el 4 de marzo de 2010.Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artculos Publicada el 10 de enero de 1936, ltima reforma Diario Oficial de la103 y 107 de la Constitucin Poltica de los Federacin 17 de junio de 2009.Estados Unidos Mexicanos.Ley Federal del Trabajo. Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 1 de abril de 1970,

    ltima reforma 17 de enero de 2006.Ley Agraria.

    Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 26 de febrero de1992, ltima reforma 17 de abril de 2008.

    Ley General de Ttulos y Operaciones de Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 27 de agosto deCrdito. 1932, ltima reforma 20 de agosto de 2008.Ley de la Defensora Pblica del Estado de Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 3 deMxico. febrero de 2010, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 25 deMxico. enero de 2007, ltima reforma 26 de septiembre de 2007.Cdigo de Comercio. Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 7 de octubre de

    1889, ltima reforma 27 de agosto de 2009.Cdigo de Procedimientos Penales del Estado Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 9 dede Mxico. febrero de 2009, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Cdigo de Procedimientos Penales para el Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 deEstado de Mxico. marzo del 2000. Abrogado.

  • 3 de diciembre de 2010 GACETADELCO EA I 1 Fe rd er Pgina 5Cdigo de Procedimientos Civiles del Estado de Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el I de julioMxico. del 2002, ltima reforma 6 de marzo de 2010.

    Cdigo de Procedimientos Administrativos del Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 7 deEstado de Mxico. febrero de 1997, ltima reforma 3 de diciembre de 2007.

    Cdigo Penal del Estado de Mxico. Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 demarzo de 2009, ltima reforma 6 de marzo 2010.

    Cdigo Civil del Estado de Mxico. Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 7 de juliode 2002, ultima reforma 6 de marzo de 2010.

    Reglamento Interior del Instituto de la Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 22 deDefensorla de Oficio. enero de 2007.

    RESPONSABILIDADES:El Director General del Instituto de la Defensora Pblica del Estado de Mxico es responsable de:

    Asignar a los Defensores Pblicos que habrn de participar en el proceso.El Director Regional es responsable de:

    Vigilar que se brinde la asesora conforme a derecho.Elaborar el oficio de canalizacin a la adscripcin respectiva para la prestacin del servicio.Verificar que se canalice a los solicitantes a las instancias correspondientes, en caso de que su problemtica no seacompetencia del Instituto.

    Los Defensores Pblicos son responsables de:Proporcionar orientacin y consejo jurdico a las personas que lo solicitan.Representar jurdicamente a los solicitantes que le sean canalizados, as como brindar defensa penal a quien lo requiera.

    El Departamento de Trabajo Social es responsable de:Realizar al solicitante el estudio socioeconmico respectivo.Vigilar que se den las indicaciones y se realice el estudio socioeconmico de manera correcta.Calificar el estudio socioeconmico y emitir el resultado correspondiente.

    DEFINICIONES:Administrativo: Relativo al Derecho Administrativo, el cual es un conjunto de normas destinadas a regular la

    actividad del Estado, en cuanto se refiere al establecimiento y realizacin de los servicios pblicos,as como a regir las relaciones entre la Administracin Pblica y los particulares, y las de lasentidades administrativas entre s.

    Agrario: Relativo al Derecho Agrario, que es un conjunto de normas destinadas a regular el rgimen de latierra laborable.

    Amparo: Relativo al denominado "Juicio de Amparo", el cual es una forma de control de laconstitucionalidad de los actos de las autoridades, incluyndose, en consecuencia, el control de lalegalidad de los actos de stas.

    Asesora: Actividad consistente en orientar y dar consejo a una o varias personas sobre determinadoasunto.

    Civil:

    FamiliarJurdico:

    Laboral:

    Relativo a la rama del Derecho denominada Derecho Civil, la cual es el conjunto de las normasjurdicas referentes a las relaciones entre las personas en el campo estrictamente particular.Relativo al conjunto de normas de Derecho referentes a las instituciones familiares.Relativo a las normas que regulan las relaciones entre las personas y en lo que se refiere a losbienes, derechos y obligaciones.Relativo al Derecho del Trabajo, el cual es un conjunto de normas destinadas a regular lasrelaciones entre los trabajadores y los patrones, y a resolver los conflictos que surjan con motivode stas.

  • Pgina 6 GACETA 3 de diciembre de 2010 0 E I- la 0 IS I R NO Mercantil:

    Penal:

    Relativo al conjunto de normas referentes a los comerciantes, a los actos de comercio y a lasrelaciones jurdicas derivadas de la realizacin de stos.Relativo a fa rama del Derecho Penal, la cual trata sobre las conductas consideradas delitos ysobre las penas aplicables a quienes los cometen. Para efectos de este documento tambin serefiere a los procedimientos legales necesarios para poder aplicar las referidas penas.

    INSUMOS:

    Solicitud escrita o verbal de asesora por parte de los interesados que acudan a las tres Direcciones Regionales oadscripciones de los Defensores Pblicos, as como en las oficinas centrales del Instituto de la Defensora Pblica delEstado de Mxico.

    RESULTADOS:Personas que cuentan con orientacin e informacin en materia penal, civil, familiar, mercantil, administrativa, agraria,laboral y de amparo.

    INTERACCIN CON OTROS PROCEDIMIENTOS:Asesora Jurdica Gratuita Mediante el Programa Itinerante "Una Defensa de Compromiso".Defensa Jurdica en Juzgados Penales de Primera Instancia, Cuanta Menor y Mixtos.Defensa Jurdica en Salas Penales Unitarias y/o Colegiadas.Defensa Jurdica en las Subprocuraduras, Mesas de Trmite, Agencias del Ministerio Pblico y Ministerio PblicoEspecializado para Adolescentes.Defensa Jurdica en los Juzgados Especializados en Justicia para Adolescentes.Patrocinio Jurdico en Diversas Materias.Gestin de Fianzas de Inters Social en Juzgados y en Salas Penales.

    POLTICAS:Todas las asesoras jurdicas solicitadas al Instituto de la Defensora Pblica del Estado de Mxico, sern brindadaspor los Defensores Pblicos de manera gratuita y obligatoria.Cuando el interesado solicite asesoria jurdica, el Defensor Pblico deber orientarlo, darle consejo jurdico yresolver las dudas que tenga o las que puedan surgir a lo largo de la asesora.Los Defensores Pblicos debern registrar cada asesora que otorguen en el formato "Registro de Asesoras".En el caso de que la solicitud de asesora sea requerida a un Defensor Pblico no adscrito a las oficinas centrales,ser responsabilidad del defensor, determinar y otorgar la asesora que cubra con las necesidades del solicitante,evitando todo tipo de conducta negligente en la prestacin del servicio.

    DESARROLLO: Asesora Jurdica Gratuita en Diversas Materias

    ACTIVIDAD

    Acude a las Direcciones Regionales del Instituto de la Defensoria Pblica del Estadode Mxico, ubicadas en el Valle de Toluca y Valle de Mxico Zona Oriente yNororiente, o las Oficinas Centrales, realiza su registro en el mdulo de recepcin ysolicita de manera verbal o mediante escrito asesora en materia jurdica.Atiende al solicitante, recibe la solicitud verbal o escrita en original y copia y locanaliza con el Defensor que est disponible para la asesora, acusa de recibo en lacopia de la solicitud y archiva el original.Acude con el Defensor Pblico que le fue asignado y le expone la problemtica oasunto.

    Atiende al solicitante y se entera del asunto.Escucha la problemtica en cuestin, proporciona orientacin y consejo jurdico en lamateria y determina: Es competencia del Instituto?

    No. UNIDADADMINISTRATIVA I

    PUESTOI Solicitante

    2 Direcciones Regionales/Oficinas Centrales (Mdulo deRecepcin)

    3 Solicitante

    4 Defensor Pblico

  • 3 de diciembre de 2010 C C ETAOEL GOSI IE Ft IV 0 Pgina 7No. UNIDAD ACTIVIDAD

    ADMINISTRATIVA /PUESTO

    5 Defensor Pblico No, el asunto es en materia administrativa, agraria o laboral, turna el asunto y leindica al solicitante acudir con el Director Regional, a fin de que se genere el oficiorespectivo para su canalizacin a la instancia competente.

    6 Solicitante Se entera y acude con el Director Regional.7 Director Regional Recibe al solicitante, elabora oficio de canalizacin en original y copia le entrega

    oficio, obtiene acuse de recibido y le da indicaciones para que acuda a la instanciarespectiva.Archiva Acuse.

    8 Solicitante Recibe el oficio y concluye el trmite.9 Defensor Pblico Si, el Instituto es competente, brinda la asistencia jurdica y canaliza al solicitante al

    Departamento de Trabajo Social para que realice el estudio socioeconmico y sedetermine la procedencia del patrocinio.

    l0 Solicitante Recibe la asesora y acude con el trabajador social para que le realicen el estudiosocioeconmico.

    I I Departamento de Trabajo Recibe al solicitante y le pide los datos necesarios para llevar a cabo el estudioSocial(Trabajador Social) socioeconmico.

    12 Solicitante Proporciona los datos al Trabajador Social para la realizacin del estudiosocioeconmico.

    13 Departamento de Trabajo Turna el formato del estudio socioeconmico al Director Regional para queSocial (Trabajador Social) determine su procedencia y le indica al solicitante acudir con este ltimo.

    14 Solicitante Se entera y acude con el Director Regional.15 Director Regional Recibe formato de estudio socioeconmico, lo califica, atiende al solicitante Y

    determina: Es procedente?

    16 Director Regional No es procedente, informa verbalmente los motivos al solicitante.17 Solicitante Se entera y se retira.I 8 Director Regional Si es procedente, elabora oficio de canalizacin dirigido al Defensor Pblico en

    original y dos copias debidamente firmadas, entrega el original y una copia alsolicitante, le indica acudir a la adscripcin en la que habr de brindarse el servicio yobtiene firma de recibido. Archiva copia de acuse de recibido.

    19 Solicitante

    20 Defensor Pblico

    Recibe oficio de canalizacin en original y copia e indicacin, lo revisa, firma copia deacuse de recibido, se da por enterado, acude con el Defensor Pblicocorrespondiente y le entrega oficio de canalizacin original.

    Atiende al solicitante, recibe oficio de canalizacin original, lo revisa y procede a supatrocinio.

    Archiva oficio original.

    Contina en los Procedimientos "Patrocinio Jurdico en Diversas Materias" yPatrocinio Jurdico en Materia de Controversias Sobre el Estado Civil de las Personasy del Derecho Familiar".

  • Pgina GACETAO E 1_ C0E1 11 E Ft NiiC 3 de diciembre de 2010DIAGRAMA: Asesora Jurdica Gratuita en Diversas Materias

    SOLICITANTEINSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DEL ESTADO DE MXICO

    (DIRECCIONES REGIONALES/OFICINAS CENTRALES)

    MDULO DE RECEPCIN DEFENSOR PBLICODEPARTAMENTO DE

    TRABAJO SOCIAL(TRABAJADOR SOCIAL)

    ( INICIO )

    ACUDE A LAsDIRECcioN ALES DELINSTITUTO DE LA DEFENsoRP PINECA DELEsTAD0 DE mxIca, LEONADAS EN EL VALLEDE TOLUCA Y VALLE DE MIINO ZONAORIENTE Y NoRORIENTE. O LAS OFIC NAGCENTRALES, ANON SU REGNao EN ELMODLE0 DE RECEPCIN y SOLICITA DEMANEN YIREAL O

    ME ESCRITO

    ASESoRN EN MATERIA MONA. ATLEMDE AL SoucHANTE. PICIEIE LASOLICITUD VERBAL O EscRITA EN ORIGINAL YCORLA Y LO [ANALIZA CON EL DEFENSORQUE ESTE DISPONIBLE ACUSA. DE RECIBO ENLA COPIA DE LA SODTUD Y ARCHNAORIGINAL

    ACUDE CoN EL DEFENSOR PUBLICO LAU

    FUE ASIGNADO Y LE EXPONE

    pRoBLENTICA O ASUNTOENDE AL SOUCITPNTE Y SE ENTERA DEL

    oESCucLIA LA PRoBLEPIATICA. PROPORCIONAORIENTACIN y cONSpo 1URNICo EN EAPATENA Y INTERINA:

    e

    OEL ASUNTO Es EN MATERIA ANINSTRATVAAGRARIA O LABORAL TURNA EL ASUNTO Y LEINDICA AL soLICITANTE ACUDIR con ELDIRECTOR REGIONAL A FIN DE QU E

    SEGENERE EL ORCO RESPECTIVO PARA suCANAL/LA.0w, A LE A/5"w, momNyNy,

    SE ENTERA Y ACUDE CON EL DIRECTORREGINAL

    DIRECTOR REGIONAL

    111O n RECIBE ITANTE ELABORA EL OFICIODE C 00N EN ORIGINAL Y COPIA LEENTREGA EL OFICIO. OBTIENE ACUSE DERECIBIDO Y LE DA INDICACIONES PARA QUEACUDA A LA INSTANCIA RESPECTIVA

    RcHNA Acto/ BRINDA AsISTENcIA JURE:4CA Y LO CANALIZAAL DEPARTAMENTO DE TRAEN SONPARA QUE SE REALICE EL EsTuDIELPROCEDENCIA DEL Y SE DETERMINE LAPROCEDENCIA Da PATROCINIO.

    DAC IORECIBE Y CONCLUYE EL TMMITE

    REC IBE LA ASESORAY ACUDE CoN ELTRAELMADOR SOCIAL PARA QUE LE REALICENEL ESTUDIO SOCIOECONMICO.

    II

    I jRECIBE LE piro LOS DATOS

    ECESARIOS PARA LINAR A CABO ELESTUM05OCIOECONOMICO.

    PROPORCINA LOS DELEsT

    PARA IAREALZAciN DuoloSOCIECONOMMo It

    TURNA EL FORMATO DE EsTuNosocADECONELNIco AL DIRECTOR REGIONALRARA QUE DETERMINE SU PROCEDENcIA Y LEINDICA AL SOLICITANTE ACUDIR CON ESTE(simio.

    ACuDE CON a DIRECTORREGIONAL

  • 3 de diciembre de 2010 GACETAWEL CCII RSIIIEV It !FRC> Pgina 9SOLICITANTE

    INSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DEL ESTADO DE MXICO(DIRECCIONES REGIONALESIOFICINAS CENTRALES)

    DIRECTOR REGIONAL DEFENSOR PBLICODEPARTAMENTO DE

    TRABAJO SOCIAL(TRABAJADOR SOCIAL)

    1 20

    REOEE FORMATO DE ESTUDIOEDCIDECONOMKA, LO CALIFICA PESOUCItANTEY DETERMINA

    eNO

    INFORMA YRBNMPfR Los MDuVOSCITA

    IRA.

    ELABORA OFICIO DE CANALIZACINDMIGIDO AL DEFENSOR PUBL ICO ENORIGINAL Y DOS COFIAS DEBIDAMENTEFIRMADAS ENTREGA EL ORIGINAL Y UNACOFIA AL SOLICITANTE LE INDICA ACUDIR ALA ADSCRIPCIN EN LA QUE NARRA DEBRINDARSE EL SERVICIO Y OBTIENE FIRMA DERECODO. ARCHIVA COMA DE ACUSE DE2,1 Receto.

    0.ECSE OFICIO DE CANALIZACINORIGINAL Y COPIA E INDICACIN. LO REVISA.ARMA ACUSE, SE DA ?oil. ENTERADO ACUDECON EL DEPENSO1 PUSUCO Y LE ENTREGAOFICIO ORIGINAL

    ATIwpE AL SQUOTANTE, RECIBE OFICIO DECANALIZACIN ORIGINAL LO REVISA YPROCEDE A SU PATROCINIOARCHIVA ORCO ORIGINAL

    FANR OPAT

    COT, aESOMTO COL Of LA3CWOT T...."

    MEDICIN:Indicadores para medir la capacidad de respuesta:

    Nmero mensual de asesoras brindadas gratuitamente en diversas materias X I00 = Porcentaje de asesoras proporcionadasNmero mensual de asesoras requeridas en diversas materias por la

    ciudadanaFORMATOS E INSTRUCTIVOS:

    - Estudio Socioeconmico. No se incluye el formato debido a los constantes cambios que sufre en su estructura, comoconsecuencia del servicio que se brinda a los mexiquenses en general, constituyendo estos diferentes nivelessocioeconmicos.

    - Formato de asesora. No se incluye el formato debido a los constantes cambios que sufre en su estructura, comoconsecuencia del servicio que se brinda a los mexiquenses en general, quienes presentan asuntos de cada caso enparticular.

    4.2 PROCEDIMIENTO: Asesora jurdica Gratuita Mediante el Programa Itinerante "Una Defensa deCompromiso".

    OBJETIVO:Brindar consejo y orientacin jurdica en materia penal, civil, familiar y mercantil, entre otras, a las personas que lo soliciten,mediante el desarrollo de jornadas en los diferentes municipios del Estado, en los que se proporcione asesora por parte de losDefensores Pblicos del Instituto.

  • Pgina 10 GACETAE lraIDEL Cl 113 I E Flt No 3 de diciembre de 2010ALCANCE:

    Personas que afecta:reas que afecta:

    Actividades que afecta:

    Personas interesadas en recibir asesora jurdica en diversas materias.Direcciones Regionales y Coordinaciones Regionales del Instituto de la DefensoraPblica del Estado de Mxico.Orientacin jurdica a las personas que lo soliciten en las materias penal, civil, familiar ymercantil, entre otras.Defensa Jurdica ante diversas instancias, Juzgados Penales, Especializados en Justicia paraAdolescentes, Salas Penales y Agencias del Ministerio Pblico, Juzgados de Control y deJuicio Oral, as como el trmite para el otorgamiento de fianzas.

    REFERENCIAS:Constitucin Poltica de los Estados UnidosMexicanos.

    Constitucin Poltica del Estado Libre ySoberano de Mxico.Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artculos103 y 107 de la Constitucin Poltica de losEstados Unidos Mexicanos.Ley Federal del Trabajo.

    Ley Agraria.

    Ley General de Ttulos y Operaciones deCrdito.Ley de la Defensora Pblica del Estado deMxico.Cdigo de Comercio

    Cdigo de Procedimientos Penales para elEstado de Mxico.Cdigo de Procedimientos Penales del Estadode Mxico.Cdigo de Procedimientos Civiles del Estado deMxico.Cdigo de Procedimientos Administrativos delEstado de Mxico.Cdigo Penal del Estado de Mxico.

    Cdigo Civil del Estado de Mxico.

    Reglamento Interior del Instituto de laDefensora de Oficio.

    Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de febrero de1917, ltima reforma Diario Oficial de la Federacin 27 de abril de2010.Publicada el 17 de noviembre de 1917, ltima reforma PeridicoOficial Gaceta del Gobierno 4 de marzo de 2010.Publicada el 10 de enero de 1936, ltima reforma Diario Oficial de laFederacin 17 de junio de 2009.

    Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 1 de abril de 1970,ltima reforma 17 de enero de 2006.Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 26 de febrero de1992, ltima reforma 17 de abril de 2008.Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 27 de agosto de1932, ltima reforma 20 de agosto de 2008.Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 3 defebrero de 2010, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 7 de octubre de1889, ltima reforma 27 de agosto de 2009.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 9 defebrero de 2009, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 demarzo del 2000. AbrogadoPublicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 1 de juliodel 2002, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 7 defebrero de 1997, ltima reforma 3 de diciembre de 2007.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 demarzo de 2009, ultima reforma 6 de marzo 2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 7 de juliode 2002, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 22 deenero de 2007.

    RESPONSABILIDADES:El Director General del Instituto de la Defensora Pblica del Estado de Mxico es responsable de:

    Asignar los Defensores Pblicos que habrn de participar en el proceso.La Direcciones Regionales son responsables de:

    Operar el Programa Itinerante "Una Defensa de Compromiso".Proporcionar orientacin y consejo jurdico a las personas que lo soliciten.

  • 3 de diciembre de 2010 GACETAIDEL co BIB Ft Pi era Pgina I ILos Defensores Pblicos son responsables de:

    Proporcionar orientacin y consejo jurdico a las personas que lo soliciten.DEFINICIONES:

    Administrativo: Relativo al Derecho Administrativo, el cual es un conjunto de normas destinadas a regular laactividad del Estado, en cuanto se refiere al establecimiento y realizacin de los servicios pblicos,as como a regir las relaciones entre la Administracin Pblica y los particulares, y las de lasentidades administrativas entre s.

    Agrario: Relativo al Derecho Agrario, que es un conjunto de normas destinadas a regular el rgimen de latierra laborable.

    Amparo: Relativo al denominado "Juicio de Amparo", el cual es una forma de control de laconstitucionalidad de los actos de las autoridades, incluyndose, en consecuencia, el control de lalegalidad de los actos de stas.

    Asesora: Actividad consistente en orientar y dar consejo a una o varias personas sobre determinadoasunto.

    Civil: Relativo a la rama del Derecho denominada Derecho Civil, la cual es el conjunto de las normasjurdicas referentes a las relaciones entre las personas en el campo estrictamente particular.

    Familiar: Relativo al conjunto de normas de Derecho referentes a las instituciones familiares.Jurdico:

    Relativo a las normas que regulan las relaciones entre las personas y en lo que se refiere a losbienes, derechos y obligaciones.

    Laboral: Relativo al Derecho del Trabajo, el cual es un conjunto de normas destinadas a regular lasrelaciones entre los trabajadores y los patrones, y a resolver los conflictos que surjan con motivode stas.

    Mercantil: Relativo al conjunto de normas referentes a los comerciantes, a los actos de comercio y a lasrelaciones jurdicas derivadas de la realizacin de stos

    Penal: Relativo a la rama del Derecho Penal, la cual trata sobre las conductas consideradas delitos ysobre las penas aplicables a quienes los cometen. Para efectos de este documento tambin serefiere a los procedimientos legales necesarios para poder aplicar las referidas penas.

    Imputacin: Accin de imputar. Operacin mental que consiste en atribuir una determinada consecuenciaJurdica a un hecho o situacin condicionante. Facultad de que goza el deudor.

    Denuncia Noticia que se da a la autoridad competente, de palabra o escrito, por haberse cometido una faltao delito. Acto por el cual se comunica a un tercero la dependencia de un proceso, con el fin deque pueda presentarse en el mismo y defenderse en l.

    Ilcito No permitido legal ni moralmente. Acto contrario a la ley, cualquier delito.INSUMOS:

    Calendarizacin de las jornadas del Programa Itinerante "Una Defensa de Compromiso".Solicitud verbal de asesora de los interesados que acuden al lugar donde se desarrolle la jornada.

    RESULTADOS:Personas asesoradas en materia penal, civil, familiar y mercantil, entre otras.

    INTERACCIN CON OTROS PROCEDIMIENTOS:Asesora Jurdica Gratuita en Diversas Materias.Defensa Jurdica en Juzgados Penales de Primera Instancia, Cuanta Menor y Mixtos.Defensa Jurdica en Salas Penales Unitarias y/o Colegiadas.Defensa Jurdica en las Subprocuraduras, Mesas de Trmite y Agencias del Ministerio Pblico, y Ministerio Pblicoespecializado para Adolescentes.Defensa Jurdica en los Juzgados Especializados en Justicia para Adolescentes.Patrocinio en Diversas Materias.Gestin de Fianzas de Inters Social en Juzgados y en Salas Penales.

  • Pgina 12 OFF COEBIE1040 3 de diciembre de 2010POLTICAS:

    Todas las asesoras jurdicas requeridas por los interesados dentro del Programa Itinerante "Una Defensa deCompromiso", sern atendidas por los Defensores Pblicos de la regin donde se desarrolle la correspondientejornada.

    GACETA

    Invariablemente las asesoras jurdicas que se lleven a cabo durante la jornada, sern proporcionadas por losDefensores Pblicos de manera gratuita.Las asesoras que proporcionen los Defensores Pblicos en las jornadas del Programa Itinerante "Una Defensa deCompromiso" debern registrarse en el formato "Cdula de Asesora".

    DESARROLLO: Asesora jurdica Gratuita Mediante el Programa Itinerante "Una Defensa de Compromiso"

    2 Solicitante

    3 Defensor Pblico

    4 Solicitante5 Defensor Pblico

    6 Defensor Pblico

    7 Solicitante

    8 Defensor Pblico

    9 Solicitante

    10 Defensor Pblico

    11 Solicitante

    12 Defensor Pblico

    ACTIVIDAD

    Con base en la calendarizacin de las jornadas del Programa Itinerante "Una Defensade Compromiso", lleva a cabo acciones para difundirlo y darlo a conocer en elmunicipio correspondiente. Una vez que se difundi acude al lugar designado por laautoridad municipal para llevar a cabo la jornada respectiva.Se entera que se llevar a cabo el Programa Itinerante "Una Defensa deCompromiso", acude al lugar designado por la autoridad municipal y solicita alDefensor Pblico verbalmente asesora en materia jurdica.Atiende al solicitante, recibe solicitud verbal, le pide sus datos para registrarlos en lacdula de asesoras, y le solicita que exponga su problemtica jurdica o asunto atratar.

    Proporciona sus datos y expone la problemtica jurdica o asunto.Se entera de la problemtica jurdica o asunto, brinda asesora en cualquier materiajurdica y determina: En que materia es el asunto?En materia, agraria, administrativa y laboral, informa al solicitante a qu dependenciadebe acudir para continuar con la atencin de su asunto en particular y requisitaCdula de Registro de Asesora brindada en original. Resguarda la Cdula.Se entera a qu dependencia debe acudir para continuar con la atencin de su asuntoen particular y se retira.En materia penal, si el solicitante es vctima de un ilcito, le informa cul es la instanciacompetente, a fin de que realice la denuncia respectiva; en caso de existir imputacinen su contra o ser citado ante la autoridad correspondiente para dirimir unacontroversia, lo canaliza de manera verbal con el Director Regional de la Zona paraser asistido por un Defensor Pblico ante dicha autoridad.Requisita Cdula de Registro de asesora brindada en original y la resguarda.Se entera de la instancia competente a la que deber acudir para realizar la denunciarespectiva; en el caso de que sea vctima de algn delito; o bien, que deber acudircon el Director Regional de la Zona, a fin de que sea asistido por un DefensorPblico ante dicha autoridad en caso de que exista imputacin en su contra o seacitado ante la misma para dirimir una controversia y se retira.En materia civil, familiar, mercantil y de amparo, de manera verbal canaliza alsolicitante con el Director Regional de la Zona, a fin de que se determine laprocedencia del patrocinio o la elaboracin del juicio de garantas. Posteriormente,requisita Cdula de Registro de Asesora brindada en original y la resguarda.Se entera que deber acudir con el Director Regional de la Zona, a fin de que sedetermine la procedencia en su patrocinio o se valore la elaboracin del juicio degarantas y se retira.Una vez que concluye la jornada del Programa Itinerante "Una Defensa deCompromiso" se dirige a las oficinas de la Direccin Regional respectiva y elabora uninforme general de la jornada, anexa las Cdulas de Registro de Asesoras brindadas ylos turna al Coordinador Regional para archivo.

    No. UNIDADADMINISTRATIVA I

    PUESTO1 Defensor Pblico

  • 3 de diciembre de 2010 GACETAEEL GOBFIE IV BCP Pgina 13No.

    UNIDAD ACTIVIDAD

    ADMINISTRATIVA /PUESTO

    13 Coordinador Regional Recibe informe general de la jornada y cdulas de asesoras brindadas en original,revisa y elabora oficio en el que reporta el total de asesoras brindadas y lo turna alDepartamento de Informtica y Estadstica.Archiva informe general y Cdulas de Registro originales.

    DIAGRAMA: Asesora Jurdica Gratuita Mediante el Programa Itinerante "Una Defensa de Compromiso"

    INSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DEL ESTADODE MXICO(DEFENSOR PBLICO) SOLICITANTE

    ( INICIO )

    9CON 130 EN LA cALINDANzA0ON DE Les-UNA DEFENSA DE CC OMISO LLEvADARLO A CONOCER EN EL MUNICIPIO COWSPOND/ENTELINA VEZ QUE SE DIBJNISO ACUDE AL

    soRNADAs DEL pROGRAmA ITINERANTEA CASO ACCIONEs PARA DIFUNDIRLO yLUGARDESIGNADO POR LA AUTORIDAD

    IEsPECUIAMUNICIPAL PAPA LLEVAR ACASO LA PINADA 1

    41 A CABO EL PROGRAMA. ACUDE ALLUGARAA AUTORIDAD i0F,AL 000 AL DEFENSORKAA,C0 ASFSOP IA ENcA

    ATNNDF K S LICITANTE RKIBE SOLIOTUDRAGATAnAns EA., LA ctout,. De Asaren VERBAL. LE PIDE BUS DATOS PARAy LE SOLICITA QuE EXPONGA SU

    PROBLEMTICA O ASUNTO A TRATAR lb

    OVA SUS DATOS Y EXPONE LA PROBL~TICA /URICECA O ASUNTOoNAC

    DE LA rooetereknoe nodoicA O ASUNTO. BRINDA ESESORIA EN/MOCA Y DETERMINA

    PENAL cm4. FulluAL MERCANTILy DF AMPARO

    AGRARIA.ADmmsTRADvAn O

    INFORMA frANTE A QUE .1A DESE ACUDIR PARA CONTNuAR CONLA DE REGISTROATENCIO SU ASUNTO EN PAR ULAR Y REQUIERA CDULA DEASESORA INDADA EN ORIGINAL REGUARDA LA CtOuLA 9

    SE ENTERA A QUE DEPENDENCIA DEBE ACUDIR PARA CONTINUAR CON LA ATENCINOE SU ASUNTO EN PARTICULAR Y SE RETIRA

    /I/1SI EL SOUCITANTE ES VCTIMA DE UN ILITO. LE INFORMA CUAL CS LA INSTANCIA

    ILEsPecm/A EN CASO DE oornaCOMEETENTE A FIN DE QUE REALICE LADENUNCIAimpurAcESN EN Su CONTRA O SER CITADORARA DIRIMIR UNA CONTROVERSIA. LODIRECTOR REGIONAL oe ea ZONA PARAANTE DICHA AUTORIDAD

    cEDLEA DE REGISTRO DE Aso.ORIA

    ANTE LA AuTORIDAD CORRESPONDIENTEcArauzA DE MANERA VERBAL CON asea ASISTIDO POR UN DEFENSOR PUBLICO

    anemona. EN ORIGINAL Y LAREEStrsn'uARA0G DA

    9SE ENTERA DE L^ INSTANCIA A LA QUE DEBER ACUDIR PARA REALIZAR LA DENUNCIAFuEseecnese. EN EL CASO DE QUE SEA VICTImA DE Muta DELITO. O 101 QUE DEBERACUDIR CON EL DIRECTOR REGIONAL DE LA ZONA. A FIN DE QUE SEA ASISTIDO PORLASODEFENSOR PUBLICO ANTE DIOR AUTORIDAD EN CASO DE QuE OBSTAIMPUTACIN EN su CONTRA o sla ara AerrE LA MISIVA PARA DIRimilk UNACONTROVERSIA Y le RETRO.

    (2"CANAuZA AL SOLICITANTE CON B. DIRECTORGARANTAS

    REGIONAL DE LA ZONA, A FIN DE QUE

    REGISTRO DE ASESORA BRINDADA ENPOSTERIolv REQUISITUARDA.A CDULA DESG4ENTEORIGINAL y LA R..--9

    SE ENTERA DE QUE DEBELA ACUDIR CON EL DIRECTOR REGIONAL DE LA ZONA, A PIE01 QUE SE ore/oteo LA PROCEDENCIA EN su PATROCINIO O SE VALORE LAo...oracin DELlucio DE GARANDA5 T SE REMA

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  • Pgina 14 GACETAOEL GOBIERNO 3 de diciembre de 2010INSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DEL ESTADO DE MXICO

    DEFENSOR PBLICO COORDINADOR REGIONALA)

    )UNA VEZ CID CONCLUYE LA JORNADA DEL PROGRAMA ITINERANTE "UNA DEFENSADE COMPROMISO" SE DIRIGE A LAS OFICINAS DE LA DIRECCIN REGIONAL RESPECTIVAY ELABORA uni INFORME GENERAL DE LA JORNADA ANEO. LAS CDULAS DE REGISTRODE ASESORIAS BRINDADAS Y LOS TURNA AL COORDINADOR REGIONAL PARA

    (;)ARCHIVO

    RECIBE INFORME GENERAL Y CDULAS DE ASOMAS BRINDADAS EN ORIGINAL REVISAY ELABORA OFICIO EN L QUE REPORTA L TOTAL DE ASESORIAS BRINDADAS Y LOTURNA Al_ DEPARTAMENTO DE INFORMTICA Y ESTADISTICAARCHIVA INFORME GENERAL Y CDULAS ORIGNALES

    /I/

    ( FIN )

    MEDICIN:Indicadores para medir la capacidad de respuesta:

    Nmero de asesoras atendidas en la jornada del Programa Itinerante"Una Defensa de Compromiso"

    X 100 = Porcentaje de asesoras proporcionadasen la jornadaNmero de asesoras solicitadas en la jornada del Programa Itinerante

    "Una Defensa de Compromiso"

    FORMATOS E INSTRUCTIVOS:Formato de asesora. No se incluye el formato debido a los constantes cambios que sufre en su estructura, comoconsecuencia del servicio que se brinda a los mexiquenses en general, quienes presentan asuntos de cada caso enparticular.

    4.3 PROCEDIMIENTO: Defensa Jurdica en Juzgados Penales de Primera Instancia, Cuanta Menor y Mixtos.OBJETIVO:Otorgar defensa jurdica en el proceso penal, mediante la asesora e informacin que se proporciona tanto al defendido como asus familiares, para evitar que se violen los derechos de ste.ALCANCE:

    Personas que afecta: Personas que lo soliciten como arraigados, indiciados, sujetos a investigacin oprocesados.

    reas que afecta: Direccin Regional del Instituto de la Defensora Pblica del Estado de Mxico,Departamento de Servicios Periciales y Juzgados Penales de Primera Instancia, CuantaMenor y Mixtos.

    Actividades que afecta: Defensa en juicios penales por solicitud o por designacin del juez.REFERENCIAS:

    Constitucin Poltica de los Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de febrero de 1917, ltima reformaEstados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federacin 27 de abril de 2010.Constitucin Poltica del

    Publicada el 17 de noviembre de 1917, ltima reforma Peridico Oficial Gaceta delEstado Libre y Soberano de Gobierno 4 de marzo de 2010.Mxico.

  • 3 de diciembre de 2010 GACETACrEL GO BIE Ft NO Pgina 15Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artculos103 y 107 de la Constitucin Poltica de losEstados Unidos Mexicanos.

    Ley de Ejecucin de penas Privativas yRestrictivas de la Libertad del Estado.

    Ley Orgnica del Poder Judicial del Estado deMxico.

    Ley de la Defensoria Pblica del Estado deMxico.

    Cdigo de Procedimientos Penales del Estadode Mxico.

    Cdigo Penal del Estado de Mxico.

    Reglamento Interior del Instituto de laDefensora de Oficio.

    Publicada el 10 de enero de 1936, ltima reforma Diario Oficial de laFederacin 17 de junio de 2009.

    Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 26 dediciembre de 1985, ltima reforma 31de diciembre de 2007.

    Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 8 deseptiembre de 1995, ltima reforma 3 de marzo de 2010.Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 3 defebrero de 2010, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 demarzo del 2000. Abrogado

    Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 demarzo de 2009, ltima reforma 06 de marzo 2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 22 deenero de 2007.

    RESPONSABILIDADES:El Director General del Instituto de la Defensora Pblica del Estado de Mxico es responsable de:

    Designar y remover a los Defensores Pblicos.

    Designar y remover a los peritos y trabajadores sociales en los asuntos de su competencia.El Director Regional es responsable de:

    Comunicar a los Defensores Pblicos los acuerdos, circulares y dems disposiciones que establezca el DirectorGeneral.

    Supervisar la actividad de los Defensores Pblicos.El Jefe de Departamento de Servicios Periciales es responsable de:

    Dar curso a las peticiones formuladas por los Defensores Pblicos, sobre la propuesta de peritos.

    Verificar que los dictmenes periciales se emitan con apego a los lineamientos, normas y principios que rijan en laprofesin, arte, ciencia o tcnica sobre la que trate.

    Los Defensores Pblicos son responsables de:

    Cumplir la Ley de la Defensora Pblica del Estado de Mxico y las dems leyes y ordenamientos aplicables.Hacer lo que les corresponda para que se conserve la legalidad en el proceso penal.

    Los Peritos son responsables de:

    Aceptar y protestar el cargo que le hayan designado.

    Elaborar el dictamen pericial correspondiente.

    Comparecer a la junta de peritosDEFINICIONES:

    Averiguacin Previa: Accin y efecto de averiguar (del Latn: ad. a. y verificare de verum, verdadero y (acere,hacer), indagar la verdad hasta conseguir descubrirla, este vocablo es utilizado, en su formams general y ordinaria a la esfera procesal penal, la averiguacin previa corresponde a lasdiligencias necesarias para que el Ministerio Pblico pueda determinar en orden elejercicio de la accin penal, la fase de la averiguacin previa, comprende desde la denunciao querella, que pone en marcha la investigacin hasta el ejercicio de la accin penal, con laconsignacin o, en su caso el acuerdo de archivo con la conclusin de la averiguacin o ladeterminacin de la reserva que solamente suspende la averiguacin mientas tanto no seintegra con las pruebas pendientes de investigar.

    Indiciado: Persona sujeta a investigacin, relacionado con los hechos que se le imputan en laaveriguacin previa.

  • Pgina 16 GACETAOEL OCIA:IEEE! NO 3 de diciembre de 2010Defensa Pblica: Es un servicio pblico obligatorio y gratuito que presta el Estado, por disposicin

    constitucional, a travs de organismos especializados (Direccin General del Instituto de laDefensora Pblica del Estado de Mxico, Procuradura de la Defensa del Trabajo,Procuradura Agraria, etc.) en diferentes disciplinas jurdicas que cumplan con losrequisitos y condiciones que establece la ley de referencia.

    Defensor Pblico: El servidor pblico que en funcin de un cargo, asesora, defiende, asiste y promuevejurdicamente a favor de las personas de acuerdo con lo que dispone la ley.

    Dictamen Pericial: Es un juicio tcnico o cientfico, que emiten los expertos (peritos) de acuerdo a susconocimientos en las distintas disciplinas de la ciencia o arte, sobre personas, animales,cosas o elementos que sean objeto de examen.

    Impugnacin: Impugnar los autos, acuerdos y resoluciones que afectan los derechos o intereses de laspersonas por las autoridades en un proceso.

    Penal: Relativo a la rama del Derecho denominada Derecho Penal, la cual trata sobre lasconductas antisociales consideradas delitos y sobre las penas aplicables a quienes loscometen. Para efectos de este documento tambin se refiere a los procedimientos legalesnecesarios para poder aplicar las referidas penas o bien un centro de prevencin y dereadaptacin social donde se cumplen las penas privativas de libertad.

    Perito: Es la persona experta en una ciencia o arte, que ilustra al juez o tribunal, acerca de losdiferentes aspectos de una realidad concreta para cuyo examen requiere conocimientosespeciales en mayor grado.

    Procesado: Persona sujeta a un auto de formal prisin o sujecin a proceso en un juicio penal,considerado como presunto responsable de un delito

    Sentenciado: Persona que ha sido sentenciada en un proceso penal, considerada como responsable de lacomisin de un delito.

    Recurso de apelacin: Medio de impugnacin promovido contra autos o sentencias, promovido ante el Tribunalde Alzada, para confirmar, modificar o revocar su sentido.

    Recurso de revisin: Medio de impugnacin contra resoluciones del Juez de Distrito, que desechen unademanda de amparo, que concedan o nieguen la suspensin definitiva, que modifiquen orevoquen el auto.

    INSUMOS:Consignacin por el Ministerio Pblico, orden de aprehensin girada por el Juez, orden de comparecencia a solicituddel Juez y a solicitud del acusado al presentarse voluntariamente.

    RESULTADOS:Resolucin del Juez que puede ser sentencia absolutoria, interlocutorias absolutorias, libertad provisional bajo caucin,libertad provisional bajo protesta, libertad absolutoria por sobreseimiento (prescripcin de la accin penal,prescripcin de la pena, por perdn del ofendido), o sentencias definitivas, con mnima pena, sentencias condenatorias,con absolucin de la reparacin del dao.

    INTERACCIN CON OTROS PROCEDIMIENTOS:Defensa jurdica en las Subprocuraduras, Mesas de Trmite y Agencias del Ministerio Pblico y Ministerio Pblicoespecializado para Adolescentes.Gestin de Fianzas de Inters Social en Juzgados y en Salas Penales.

    POLTICAS:El Defensor Pblico vigilar que en el procedimiento penal se cumplan las disposiciones constitucionales, las leyessustantivas y adjetivas penales, y las reglamentarias que beneficien a sus defendidos, promoviendo lo que seaconducente.Toda defensa de oficio se deber brindar con carcter de obligatoria, gratuita, plena y completa.El Defensor Pblico designado deber estar dedicado de tiempo completo a las funciones que le fueronencomendadas, evitando conductas negligentes.Invariablemente, en todo juicio con defensa de oficio se deber brindar el mayor beneficio a los indiciados mediantela gestin de fianzas de inters social, cuando as procedan.

  • 3 de diciembre de 2010 GACETAOEL O 113 Ft NO Pgina 17Con el objeto de procurar una defensa eficaz, adecuada, completa y plena, el Defensor Pblico aportar las pruebaspericiales que considere necesarias, por lo que podr requerir la propuesta de Peritos al Departamento deServicios Periciales de la Direccin General.En todo juicio penal que se instruya en los Juzgados Penales de Primera Instancia, Cuanta Menor y Mixtos elDefensor Pblico deber hacer cumplir lo siguiente:

    Vigilar que la declaracin de su defendido, se reciba dentro de las cuarenta y ocho horas a suaseguramiento.Encontrarse presente en el momento de la declaracin de su defendido.Solicitar se le haga saber al inculpado de los derechos que le concede la Constitucin Poltica de losEstados Unidos Mexicanos.Informar al inculpado los beneficios que le concede el artculo 58 del Cdigo Penal (si se trata de primodelincuente, de escaso desarrollo intelectual, de indigente situacin econmica y de mnima peligrosidad),en estos casos, el juez podr reducir hasta la mitad de la pena que le pudiere corresponder conforme alcdigo invocado; si no se trata de un delito grave y el inculpado al rendir su declaracin preparatoriaconfiesa espontneamente los hechos que se le imputan o ratifica la declaracin rendida en indagatoria, eljuzgador podr reducirle en sentencia un tercio de la pena que le pudiera corresponder conforme alCdigo Penal; si es acusado por un delito patrimonial no agravado y paga espontneamente la reparacindel dao antes de la celebracin de la primera audiencia de ofrecimiento de pruebas, el juez podr reducirla pena hasta en una mitad. Las sentencias debern ser confirmadas por el Tribunal de Alzada en losprimeros dos casosSolicitar la libertad provisional de su defendido bajo caucin, si procede.Solicitar la libertad provisional de su defendido bajo protesta, si procede.Interrogar al inculpado en relacin a su declaracin emitida, si es pertinente.Asesorar previamente al inculpado si desea negar o contestar el interrogatorio que le llegase a formular elAgente del Ministerio Pblico, adscrito.Solicitar careo con el ofendido y testigos que depongan en su contra, siempre y cuando sea deseo deldefendido.Solicitar la duplicidad del trmino para dictar el auto que proceda.

    1 I. Ofrecer y solicitar que se desahoguen las pruebas aportadas, en el caso de ofrecer la prueba pericial,enviar solicitud al Departamento de Servicios Periciales para su calificacin y procedencia.

    Cuando se dicte auto de formal prisin, el Defensor Pblico deber interponer el recurso de apelacin si procede ylo considera conveniente o, en su caso interponer el juicio de amparo solicitando la calificacin de la DireccinGeneral del Instituto de la Defensora Pblica del Estado de Mxico para que designe al Defensor Pblico quellevar a cabo la interposicin.En la etapa de ofrecimiento de pruebas el Defensor Pblico est obligado a:

    Ofrecer las pruebas procedentes.Presentar las documentales que le sean proporcionadas, y

    3. Solicitar la citacin de testigos y Peritos.En las dems etapas del juicio, el Defensor Pblico est comprometido a cumplir con las obligaciones que lecorresponden de acuerdo con la Ley de la Defensoria Pblica del Estado de Mxico y dems ordenamientosaplicables.

    DESARROLLO: Defensa Jurdica en Juzgados Penales de Primera Instancia, Cuanta Menor y MixtosNo. UNIDAD

    ADMINISTRATIVA /PUESTO

    1 Inculpado

    ACTIVIDAD

    Una vez que fue consignado por el Ministerio Pblico y presentado en cumplimientoa una orden de aprehensin, de comparecencia o por presentacin voluntaria ante elJuez de conocimiento y en razn de no contar con abogado particular, solicita al Juezle sea nombrado al Defensor Pblico.

  • GACETAOEL 3 de diciembre de 2010ACTIVIDAD

    FiLlaA8No. UNIDAD

    ADMINISTRATIVA 1PUESTO

    2 Juzgado Penal de PrimeraInstancia, Cuanta Menor yMixtos (Juez de conocimiento)

    3 Defensor Pblico

    4 Inculpado

    5 Juzgado Penal de PrimeraInstancia, Cuanta Menor yMixtos (Juez de conocimiento)

    6 Defensor Pblico

    Se entera, tiene por nombrado o nombra al Defensor Pblico.

    Se entera del nombramiento, acepta y protesta el cargo y procede a entrevistarsecon el inculpado, a efecto de determinar la viabilidad en la declaracin preparatoria yhacerle saber su derecho sobre declarar o abstenerse de hacerlo.Verifica que se cumplan los aspectos de la declaracin en el trmino de 48 horas, quese le hagan saber sus derechos constitucionales y las atenuantes a que se refiere elartculo 58 del Cdigo Penal, en su caso.Inicia trmites de solicitud de libertad provisional por caucin o bajo protesta siprocede.Se entrevista con el Defensor Pblico y acuerda los trminos de su declaracin.Posteriormente, realiza la declaracin preparatoria, o bien, se niega a declarar.Procede a recabar la declaracin preparatoria.

    En la diligencia de declaracin preparatoria, si lo considera conveniente, solicita laduplicidad del trmino, una vez otorgada, procede a ofrecer y desahogar pruebasante el Juez de la causa; si requiere la prueba pericial, elabora oficio de solicitud enoriginal y copia, lo entrega al Jefe del Departamento de Servicios Periciales, obtieneacuse de recibido y archiva una copia.Recibe oficio de solicitud de la prueba pericial, acusa de recibido y lo turna al Peritodependiendo de la materia, para su calificacin de procedencia o improcedencia.Recibe el oficio de solicitud original, revisa en acuerdo con el Jefe del Departamentode Servicios Periciales, una vez calificada la solicitud, elabora oficio en original y copiaen el que informa la procedencia o improcedencia de la prueba, lo turna al DefensorPblico y obtiene acuse.Archiva copia del oficio.Recibe oficio original, se entera de la calificacin de la prueba y determina Esprocedente o improcedente?Es improcedente; omite la presentacin de la prueba, recibe informe deimprocedencia, lo estudia, estando conforme con la valoracin, en caso de haber sidopresentada, se desiste de ella.Es procedente; realiza el ofrecimiento de la prueba al Juez para que este acuerde supresentacin y ordene comparezca al Perito para aceptar y protestar el cargo.Acuerda la presentacin de la prueba y ordena la fecha para que acuda el Perito paraaceptar y protestar el cargo.

    Se entera en la fecha ordenada para aceptar y protestar el cargo, emite dictamenpericial en original, lo entrega directamente a la autoridad judicial o al DefensorPblico para su presentacin, acude a ratificarlo y comparece a la junta de peritos enla cual se exponen los peritajes ofrecidos ante la valoracin del Juez.Recibe dictamen pericial original, con base a los elementos probatorios ofrecidos,realiza su valoracin y dicta auto de formal prisin, de sujecin a proceso, delibertad o de no sujecin a proceso con las reservas de ley, el cual notifica enaudiencia al procesado en presencia del Defensor Pblico.Se entera del auto dictado por el Juez y determina: Contina el proceso?No, es auto de libertad o de no sujecin a proceso con reservas de Ley, se decreta lalibertad del inculpado, concluye la defensa y queda agotada su participacin.Si, es auto de formal prisin o sujecin a proceso, interpone recurso de apelacin elcual remite el Juzgado al Tribunal de Alzada, nombra a los defensores adscritos a lasSalas Penales y espera a que se resuelva la apelacin.

    7

    Departamento de ServiciosPericiales (Jefe)

    8 Perito

    9 Defensor Pblico

    I O Defensor Pblico

    11 Defensor Pblico

    12 Juzgado Penal de PrimeraInstancia, Cuanta Menor yMixtos (Juez de conocimiento)

    13 Departamento de ServiciosPericiales (Perito)

    14 Juzgado Penal de PrimeraInstancia, Cuanta Menor yMixtos (Juez de conocimiento)

    15 Defensor Pblico16 Defensor Pblico

    17 Defensor Pblico

  • 3 de diciembre de 2010 CACE TAOEL COBEES:. NO Pgina 19No. UNIDAD

    ADMINISTRATIVA /PUESTO

    18 Salas Penales (DefensorPblico)

    19 Defensor Pblico

    20 Defensor Pblico

    ACTIVIDAD

    Le es notificado el recurso de apelacin respectivo, se entera del nombramiento,acepta el cargo y presenta agravios en un trmino de 10 das hbiles.Mientras se resuelve el recurso de apelacin continua con las etapas delprocedimiento, en el perodo de pruebas, ofrece las mismas y solicita se desahoguen.Una vez aceptadas por el Juez de conocimiento, le presenta documentos originales otestimonios y, en su caso, solicita la citacin de testigos que ya declararon y dePeritos.En el caso de prueba pericial se conecta con la Operacin No. 12 y 13.Durante el desahogo de pruebas asiste a las audiencias y contina hasta el fin delprocedimiento.Si durante este perodo, se resolviera el recurso de apelacin determina: Se revocao se confirma el auto de formal prisin?Se revoca el auto de formal prisin o sujecin a proceso, es notificado de que la SalaPenal decret la libertad inmediata del inculpado y agota su participacin en elproceso.Se entera de que se revoc el auto de formal prisin o sujecin a proceso, que sedecret su libertad y concluye el proceso.Se confirma el auto de formal prisin, contina con el procedimiento.Si las hubiera procede a ofrecer las pruebas supervenientes ante el Juez deConocimiento y solicita se desahoguen.Cerrada la instruccin, no habiendo ningn medio de impugnacin pendiente deresolver, formula conclusiones y espera la resolucin definitiva del Juez.Una vez que concluye el perodo de presentacin y desahogo de pruebas, emiteresolucin definitiva condenatoria o absolutoria y notifica al Defensor Pblico.

    Recibe notificacin de la resolucin definitiva y determina: Es sentencia absolutoria ocondenatoria?Es sentencia absolutoria, tramita la libertad del procesado en caso de encontrarsedetenido y agota su participacin.Se entera de que se tramit su libertad y concluye proceso.Es sentencia condenatoria, interpone el recurso de apelacin, es turnado a la SalaPenal.Recibe recurso de apelacin, lo estudia, modifica, revoca o confirma la resolucin deprimera instancia y ordena sean notificadas las partes.

    Recibe la notificacin de la resolucin y determina: Se modifica, revoca o se confirmala sentencia?Se modifica o revoca la sentencia condenatoria por absolutoria, es notificado,promueve la libertad del procesado en caso de encontrarse detenido, lo entera yagota su participacin.Se entera a travs de la notificacin que la sentencia condenatoria se modific porabsolutoria, de que se tramita su libertad y concluye el proceso.Se confirma la sentencia condenatoria, interpone juicio de amparo, solicita medianteoficio al rea de Amparos del Instituto de la Defensora Pblica del Estado deMxico, sea estudiada la viabilidad para la interposicin del juicio, obtiene copias delas sentencias de primera y segunda instancia y las remite, en su caso, interpone elrecurso de revisin.Recibe oficio y copias de las sentencias de primera y segunda instancia, estudia laviabilidad, interpone el juicio de amparo, y en su caso, recurso de revisin.Se entera de la interposicin en su favor del Juicio de Garantas, y en su caso, delrecurso de revisin.

    21 Inculpado

    22 Defensor Pblico

    23 Juzgado Penal de PrimeraInstancia, Cuanta Menor yMixtos (Juez de conocimiento)

    24 Defensor Pblico

    25 Defensor Pblico

    26 Inculpado27 Defensor Pblico

    28 Sala Penal

    29 Defensor Pblico.

    30 Defensor Pblico

    31 Inculpado

    32 Defensor Pblico

    33 rea de Amparos

    34 Inculpado

  • Pgina 20 GACETA0 EL co 33 I E Ft NO 3 de diciembre de 2010DIAGRAMA: Defensa Jurdica en Juzgados Penales de Primera Instancia, Cuanta Menor y Mixtos

    INCULPADOJUZGADO PENAL DEPRIMERA INSTANCIA

    CUANTA MENOR Y MIXTOS(JUEZ DE CONOCIMIENTO)

    INSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DELESTADO DE MXICO

    DEFENSOR PBLICO DEPARTAMENTO DESERVICIOS PERICIALES(JEFE)

    ( INICIO

    UEZ QUE FUE CONSIGNADO POR ELMINISTERIO PBLICO V PRESENTADO ENCUMPUMIENTO A UNA ORDEN DEP ESENTHENSIN, DE COMPMECENCIA O POR

    ACIN VOLUNTARIA ANTE a NEZDE CONOCIMIENTO Y EN RAZON DE NOTON-LAR CON AnocADo PARTICULAR,SOLICITA AL JUEZ LE SEA NOMBRADO ALDEFENSOR PUBLICO.

    POR NOMBRADO ODE rosuco. P' 9

    SE ENTERA O N ACEPTA YPROTESTA El. CARGO Y PROCEDE AENTREVISTARSE CON El INCULPADO. AEFECTO DE DETERMINAR LA VLAITUDAD EN LADECLARACIN PREPARATORIA Y HACERLESABER SU DERECHO SOBRE DECLARAR OABSTENERSE DE ',nano.VERIFICA QUE SE CUMPLAN LOS ASPECTOS DELA DECLARAC/ON EN a Toth9mo pe 4aMORAS QUE SE LE HAGAN SABER SUSDERECHOS CONSTITUCIONALES Y LASATENUANTES A QUE SE REFIERE EL ARTICULOS DEL CDIGO PENAL EN SU CASO.INICIA TRAFITTIS DE SOUCITUD DE LAUREADPROTSIONAL

    POR CAUCIN O BNOPROTESTAPROCEDE

    E ENTREVISTANTREVISTA CON EL DEFENSORACUERDA LOS TRMINOS DEDECLARACIN.POSTERIONIFITTE REALIZA LA DECLARACINPREPARATORIA, O BIEN. SE NIEGADECLARAR

    PROCEDE A RECABAR uDECLAMACINPREPARATORIA

    EN LA ELLIGENCIADE DECLARACIN

    PREPARATORIA. SI LO CONSIDERACONVENIENTE. SOLICITA LA DUPLICIDAD DETERMINO, UNA VEZ OTORGADA. PROCEDE AOFRECER Y DESAHOGAR PRUEBAS ANTE ELJUEZ DE LA CAUSA SI REQUIERE LA PRUEBAPOLICIAL. ELABORA OFICIOSFICIO DE souoruo ENORSOINAL Y COPIA, LO ENTREGA AL JEFE DELDEPARTAMENTO DE SERVICIOS POLICIALES.OBTIENE ACUSE DE RECIBIDO Y ARCHIVA UNACOPIA

    RECIBE OFICIO DE SOLICITUD, ACUSA DERECIBIDO

    Y LO TURNA AL PERITODEPENDIENDO DE LA MATERIA. PARA SUCALIFICACIN DE PROCEDENCIA OIMPROCEDENCIA

    I

    (.5

    PERITO

    ECIBE OFICIO ORIGINAL. REVISA EN

    ACUERDO CON EL JEFE DE DEPARTAMENTOO SER C/OS AMICALES.

    UNA VEZgCAUNCADA LA SOLICITUD, ELABORA OFICIOEN ORIGINAL Y COPIA EN EL QUE INFORMA LAPROCEDENCIA O IMPROCEPENCLA DE LAPRUEBA. LO TURNA AL DEFENSOR Y OBTIENE

    ARCHIVA COMA.

    NON OFICIO ORIGINAL. SE ENTERA DE LA

    CALIFICACIN DE LA PRUEBA Y DETERMINA

    e

    PROCEDENTE

    IMPROCEDENTE

    oes IMPROCEDENTE: OMITE LA PRESENTACINDF LA PRUEBA. RECIBE INFORME DEIMPROCEDENCIA LO ESTUDIA, ESTANDOCONFORME CON u, VALORACIN. EN CASODE HABER SIDO PRESENTADA, SE DESISTE OfELIA

    A) /j/.

  • 3 de diciembre de 2010 GACETACEL GOSB IE Ft Pi CC, Pgina 2

    INCULPADOJUZGADO PENAL DEPRIMERA INSTANCIA,

    CUANTA MENOR Y MIXTOS(JUEZ DE CONOCIMIENTO)

    INSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DELESTADO DE MXICO

    DEFENSOR PBLICO DEPARTAMENTO DESERVICIOS PERICIALES(PERITO)

    II

    ID

    REALIZA EL OFRECIMIENTO DE LA PRUEBA ALNUEZ PARA QUE ESTE ACUERDE SUPRESENTACIN Y ORDENE COMPMEZCA ALPERITO PAPA ACEPTAR Y PROTESTAR ELCARGO,

    ACURESSA LA MESDJTACIN OE LAORDENA LA FECHA PARA QUE ACUDA ELPERITO PARA AR PRO ESTARCARGO,

    O

    SE ENTERA EN LA FECHA ORDENADA PARAACEPTAR Y PROTESTAR EL CARGO. /PIREDICTAMEN pERIC AL EN ORIGINAL, LOENTREGA DIRECTAMENTE A LA AUTORIDAD41.10iCIAL O AL DEFENSOR PUBLICO PARA SUPRESENTACIN, ANDE A RATIFKARLO YCOMPARECE A LA /UNTA DE PERITOS EN IACUAL SE EXPONEN LOS PERITAJES OFRECIDOSANTE LA VALORACIN DEL JUEZ

    RECIBE DICTAMEN. CON LOSELEMENTOS PROBATORIOS OFRECIDOS.REALIZA SU VALORACIN Y DICTA AUTO DEFORMAL PRISIN, DE SUJEON A PROCESO,DE LIBERTAD O DE NO SUJEON A PROCESOCON LAS RESERVAS DE LA LEY, EL CUALNOTIFICA EN AUDIENCIA Al PROCESADO ENPRESENCIA DEL DEFENSOR.

    r

    SE ENTERA DEL AUTO DICTADO POR EL JUEZ YDETERMINA,

    4>No

    o

    ES AUTO DE LIBERTAD O DE NO SUJECIN APROCESO CON RESERVAS DE LEY, SE DECRETALA LIBERTAD DEL INCULPADO, CONCLUYE LADEFENSA Y QUEDA AGOTADA SUPARTICIPACIN.

    eSALAS PENALES(DEFENSOR PBLICO)SI ES AUTO DE FORMAL PRISIN O SUJECIN

    PROCESO INTERPONE RECURSO DEAPELACIN EL CUAL REMITE EL JUZGADO ALTR IBUNAL DE ALZADA. NOMBRA A LOSDEFENSORES ADSCRITOS A LAS SALAS PENALESY ESPERA A QUE SE RESUELVA LA APELAON.

    IB

    LE NOTIFICADO EL RECURSO DEAPELACIN, SE ENTERA DEL NOMBRAMIENTO,ACEPTA E. CARGO Y PRESENTA AGRAVIOS ENUN TERMINO DE ID DIA5 HBILES. /

    MIENTRAS SE RESUELVE Et RECURSO DE

    APELACIN CONTINUA CON LAS ETAPAS DELPROCEDIMIENTO, EN EL PERIODO DE PRUEBAS,OFRECE LAS MISMAS Y SOUCITA SEDESAHOGUEN UNA VEZ ACEPTADAS POR ELJUEZ DE CONOCIMIENTO LE PRESENTADOCUMENTOS ORIGINALES O TESTIMONIOS Y.EN SU CASO. SOLICITA LA CITACIN DETESTIGOS QUE TA DECLARARON Y DEPERITOS.EN EL CASO DE pRUE8A PER/CIAL SE CONECTACON LA OPERACIN No ID Y IIDURANTE EL DESAHOGO DE PRUEBAS ASISTEA uas AUDIENCIAS Y CONTINUA HASTA EL FINDEL PROCEDIMIENTOSi DURANTE ESTE PERIODO, SE RESOLVIERA ELRECURSO DE DETERMINA."SrREVOCA O SE CONFIRMA EL AUTO DEFORMAL RRSIN'

  • Pgina 22 GAIC ETATi E L CO ES I E MINO4r 3 de diciembre de 2010

    INCULPADOJUZGADO PENAL DEPRIMERA INSTANCIA,

    CUANTA MENOR Y MIXTOS(JUEZ DE CONOCIMIENTO)

    INSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DELESTADO DE MXICO

    DEFENSOR PBLICO DEPARTAMENTO DESERVICIOS PERICIALES(PERITO)

    4311

    CONFIRMlelo.

    OCA

    e

    REVOCA EL AUTO DE FORMAL PRISION OSUJECIN A PROCESO. ES NOTIFICADO DEOVE LA SALA PENAL DECRET LA LIBERTADoIMF:MATA DEL INCULPADO Y AGOTA SUPARTICIPACIN EN EL PROCESO.

    E INTRA DE QUE SE REVOCO EL AMO R FORMAL PRISIN O SUJECIN A PROCESO Y SEDECRETO SU LIBERTAD. CONCLUYE ELPROCESO.

    y9 / CONPI RMA a AUTO DE FORMAL RISWN O

    SUIKION A PROCESO. cobran/LIN CON ELPROCEDIMIENTO.SI LAS HUBIERA PROCEDE A OFRECER ANTE ELJUEZ DE CONOCIMIENTO LAS PRUEBASSUPERVENIENTES Y SOUCITA SE DESAHOGUEN.CERRADA LA INSTRUCCIN NO HABIENDONINGN nado DE IMPUGNACINPENDIENTE DE RESOLVER. FORMULACONCLUSIONES Y ESPERA LA RESOLUCINDEFINDLVA DEL JUEZ.

    yUNA VEZ QUE CONCLUYE a PERIODO DEPR TACN y DESAHOGO DE PRUEBAS

    RESOLUCIN DEFINITIVAEITIECONDENATORIA O ABSOLUTORIA YNOTIPIA AL DEFENSOR PUBLICO.

    RECIBE onficActo DE LA RESOLUCINDEFINITIVA Y DETERMINA

    eCONOENATORIA

    ABSOLUTORIA

    e

    LIBERTAD DEL PROCESADO ENCASO DE ENCONTRASE DETENIDO Y AGOTASU RARTICIEACIN

    SE ENTERA DE QUE SE TRAMITO SU LIBERTADY CONCLUYE OC

    SALA PENAL

    ES SENTENCIA CONDNATORIA. IN ERP NEEL RECURSO DE APELACIN TURNADOLA SALA PENAL

    KIBE RECURSO DE APELACIN. LO ESTUDIA,MOHCA REVOCA O CONFIRMA LARESOLUCIN DE PRIMERA INSTANCIA YORDENA SEAN NOTIFICADAS LAS PARTES.

    RECIBE NOTIRCACIN DE LA RESOLDETERMINA.

  • 3 de diciembre de 2010 C CETAOEL O011SIERO10 Pgina 23

    INCULPADOJ UZGADO PENAL DEPRIMERA INSTANCIA,

    CUANT A MENOR Y MIXTOS(J UEZ DE CONOCIMIENTO)

    INSTITUTO DE LA DEFENSOR A PBLICA DELESTADO DE MXICO

    DEFENSOR PBLICO REA DE AMPAROS

    111/1

    CONEIPIM

    MODIFICA.

    OO REVOCA U NJA

    CONDENATORIA pOR ABSOLUTORIA,NonFICADO, EILONIJEvE LA ~TAD DELPROCESADO III CASO DE ENCONTRARSEDETENIDO, Lo ENTERA Y AGOTA SUPARTICIPACIN.

    OSE ENTEAA DE OUE LA SENTENCIACONDENATORIA

    SE NOCMIC PORABSOLMORIAL DE DM SE ~MITA SULIBERTAD y CONCLUYE a ?ROCES.

    / LA SENTENcaCONDENATORIA INTERFONE NECIO DE~ARO sOliCITA MEDIANTE OFICIO AlAPEA DE AMEAROS DEL tissrmsro

    DE Lk

    M'Etapa., FssicA Da ESTADO DEMXICO, SEA ESTUDIADA LA VIABILIDAD PARALA INTERILOSICION DEL JUICIO, NmENECOPAS os LAS SENTENCIAS DE Malan YSEGUNDA INSTANCIA Y LAS Reina EN SUCASO. INTERPONE Et RECURs0 DE RENSIN 4.9

    RECIBE OFICIO Y COMAS DE LAS SENTENOASDE PRIMERA Y SEGUNDA INSTANCIA ESTUDIALA ~EDAD, INTERPONE a RECIO DfAMERAD. Y EN SU CAso, RECURSO DE

    SE A pf LA IN rERMOSICIN El YJPAVOR MI JUICIO DE GMLANTIAS, Y FN suCASO. Da REMESO DE REVISIN.

    /( FIN )

    MEDICIN:Indicadores para medir la capacidad de respuesta:

    Nmero mensual de defensas penales atendidas X 100 = Porcentaje de defensas proporcionadasNmero mensual de defensas penales solicitadas

    FORMATOS E INSTRUCTIVOS:- No aplica.

    4.4 PROCEDIMIENTO: Defensa Jurdica en Salas Penales Unitarias ylo Colegiadas.OBJETIVO:Mejorar el desempeo de la defensa jurdica que se lleva a cabo en los procesos que se desarrollan en las Salas Penales. Unitariasy/o Colegiadas mediante la obtencin de la resolucin absolutoria en la segunda instancia, as como procurar que en la sentenciade segunda instancia, modifique a la primitiva.

    ALCANCE:

    Personas que afecta: Personas que lo soliciten (sentenciadas). reas que afecta: Direccin General del Instituto de la Defensora Pblica del Estado de Mxico y

    Defensores Pblicos adscritos a las Salas Penales. Actividades que afecta: Defensa en el procedimiento de apelacin por solicitud o por designacin de los

    magistrados de las salas correspondientes.

  • Pgina 24 GACETAEDEL GOBIERNOO 3 de diciembre de 2010REFERENCIAS:

    Constitucin Poltica de los Estados UnidosMexicanos.

    Constitucin Poltica del Estado Libre YSoberano de Mxico.Ley Orgnica del Poder Judicial del Estado deMxico.Ley de la Defensora Pblica del Estado deMxico.Cdigo de Procedimientos Penales para elEstado de Mxico.Cdigo de Procedimientos Penales del Estadode Mxico.Cdigo Penal del Estado de Mxico.

    Reglamento Interior del Instituto de laDefensora de Oficio.Jurisprudencias emitidas por la H. SupremaCorte de Justicia de la Nacin.

    RESPONSABILIDADES:

    Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de febrero de1917, ltima reforma Diario Oficial de la Federacin 27 de abril de2010.Publicada el 17 de noviembre de 1917, ltima reforma PeridicoOficial "Gaceta del Gobierno" 4 de marzo de 2010.Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 8 deseptiembre de 1995, ltima reforma 3 de marzo de 2010.Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 3 defebrero de 2010, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 9 defebrero de 2009, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 demarzo del 2000. Abrogado.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 demarzo de 2009, ltima reforma 6 de marzo 2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 22 deenero de 2007.Publicadas anualmente por la Suprema Corte de Justicia de la Nacin.

    El Director General del Instituto de la Defensora Pblica del Estado de Mxico es responsable de:Designar y remover a los Defensores Pblicos.Asignar a los Defensores Pblicos que habrn de participar en el proceso.

    Los Directores Regionales son responsable de:Comunicar a los Defensores Pblicos los acuerdos, circulares y dems disposiciones que establezca el DirectorGeneral.Verificar que la defensa del sentenciado se lleve a cabo conforme a los lineamientos establecidos para tal efecto.Supervisar la actividad de los Defensorei Pblicos.

    Los Defensores Pblicos son responsables de:Aplicar la Ley y el Reglamento Interior de la Defensora Pblica del Estado de Mxico, y dems leyes y ordenamientos.Hacer lo que le corresponda para que se conserve la legalidad en el proceso de apelacin.Formular los agravios respectivos, o bien, ratificar los ya existentes.Confirmar o modificar la sentencia que emita la Sala Penal que corresponda.

    DEFINICIONES:Defensa Pblica: Servicio pblico obligatorio y gratuito que presta el Estado por disposicin constitucional, a travs

    de organismos especializados (Direccin General del Instituto de la Defensora Pblica del Estadode Mxico, Procuradura de la Defensa del Trabajo, Procuradura Agraria, etc.) en diferentesdisciplinas jurdicas a todas las personas que cumplan con los requisitos y condiciones que establecela ley de referencia.

    Defensor Pblico: Servidor pblico que en funcin de un cargo, asesora, defiende, asiste, promueve jurdicamente afavor de las personas de acuerdo con lo que dispone la ley.

    Sentenciado: Persona que ha sido sentenciada en un proceso penal, considerada responsable de la comisin deun delito.

    Sentencia Resolucin que pronuncia el Juez o tribunal para resolver el fondo del litigio, conflicto ocontroversia, lo que significa la terminacin normal del proceso.

    INSUMOS: Solicitud verbal del sentenciado.

  • 3 de diciembre de 2010 GACETA'FaOEL CCS11311111EPeNCIP Pgina 25RESULTADOS:

    Resolucin definitiva absolutoria, resoluciones interlocutorias absolutorias, modificacin de sentencia o autos de formalprisin, modificacin de sentencias interlocutorias, libertad provisional bajo caucin del sentenciado, cuando proceda,y/o denegadas apelaciones.

    INTERACCIN CON OTROS PROCEDIMIENTOS:Gestin de Fianzas de Inters Social.

    POLTICAS:Sin excepcin alguna, el Defensor Pblico vigilar que en el procedimiento penal se cumplan los lineamientos delCdigo de Procedimientos Penales y de las tesis jurisprudenciales aplicables al caso.Toda defensa penal que proporcione el Instituto de la Defensora Pblica del Estado de Mxico se deber brindarcon carcter de obligatoria, gratuita, plena y completa.El Defensor Pblico que haya sido designado deber estar dedicado de tiempo completo a las funciones que lefueron encomendadas, evitando dilaciones y conductas negligentes que vayan en detrimento del servicio queproporciona el Instituto de la Defensora Pblica del Estado de Mxico.Invariablemente, en todo juicio con defensa pblica se deber brindar el mayor beneficio a los indiciados con fianzasde inters social, siempre que stas procedan.

    DESARROLLO: Defensa jurdica en Salas Penales Unitarias y/o ColegiadasNo. UNIDAD ACTIVIDAD

    ADMINISTRATIVA /PUESTO

    Al trmino del proceso se entera de que le fue dictada sentencia condenatoria ysolicita al Defensor Pblico sea presentado el recurso de apelacin.Atiende solicitud, prepara recurso, dentro del trmino de ley presenta apelacin anteel Juez de la causa, nombra al Defensor Pblico adscrito a la Sala Penal que se harcargo de la defensa jurdica e informa la designacin a la Sala que corresponda.Admite el recurso de apelacin, revisa y remite causa y recurso de apelacin a la SalaPenal Unitaria y/o Colegiada.

    Se entera de la designacin, recibe causa y recurso de apelacin, revisa, determina laprocedencia del recurso y notifica la designacin al Defensor Pblico.Se entera de la designacin, acepta la defensa y en la Sala Penal Unitaria y/o Colegiadaexpresa agravios a favor del sentenciado en el trmino sealado por ley.Recibe los agravios, seala fecha para audiencia de vista y notifica a las partes.

    Se entera y espera fecha.En la fecha establecida, acude a la Sala Penal y ratifica los agravios en la audiencia devista.En la fecha establecida para audiencia declara visto el asunto y pronuncia su fallo entrmino de ley, ya sea confirmando, revocando o modificando la resolucin apelada.Posteriormente, elabora y remite notificacin de sentencia al Defensor Pblico.Recibe la notificacin de la sentencia de segunda instancia y determina: Modifica oconfirma la Sentencia?Modifica la sentencia absolviendo al sentenciado, tramita la inmediata libertad y lenotifica.

    1 Sentenciado

    2 Defensor Pblico

    3 Juzgado Penal de PrimeraInstancia, Cuanta Menor yMixtos (Juez de conocimiento)

    4 Sala Penal, Unitaria y/oColegiada

    5 Sala Penal Unitaria y/oColegiada (Defensor Pblico)

    6 Sala Penal Unitaria y/oColegiada

    7 Sala Penal Unitaria y/oColegiada (Defensor Pblico)

    8 Sala Penal Unitaria y/oColegiada

    9 Defensor Pblico

    10 Defensor Pblico

    Sentenciado Se entera de que fue absuelto en la sentencia y espera a que concluya elprocedimiento.

    12 Defensor Pblico Confirma la sentencia condenatoria, la revoca o modifica y si sta no es favorable alsentenciado, solicita al rea de Amparos se valore la viabilidad de la presentacin deljuicio de garantas.

  • Pgina 26 CACE "1-^OEL G OBIERNO 3 de diciembre de 2010DIAGRAMA: Defensa jurdica en Salas Penales Unitarias y/o Colegiadas

    SENTENCIADO

    INSTITUTO DE LADEFENSORA PBLICA DEL

    ESTADO DE MXICO(DEFENSOR PBLICO)

    JUZGADO PENAL DEPRIMERA INSTANCIA,

    CUANTA MENOR Y MIXTOS(JUEZ DE CONOCIMIENTO)

    SALA PENAL UNITARIAY/O COLEGIADA

    BIX

    V

    a')

    ( INICIO

    AL TER W NO DEL PROCESO SE ENTERA DE QUEDICTADA SENTENCIA CONDENATORIA

    Y CITA AL DEFENSOR PUBLICONTADO EL RECURSO DE AFIBACION.

    ATIENDE

    SOUCITLID. EXORARA URDENTRO OF1 TRMINO DE LEY eaAPELACIN 'ene EL PEZ DE LA CAUSA.NOMBRA AL DEFENSOR PUBLICO ADSCRITO ALA SALA PENAL QUE SE MARA CARGO DE LADEFENSA IURIDICA E INFORMA LADESIGNACIN A LA SALA QUECORRESPONDA

    ADMITE CA USA DE APELACIN. REVISA YCAUSA E RECURSO

    DI APELACIN A

    LA A VIO COLEGIADA T"'SE ENTERA DE LA DESIGNACIN. RECIBECAUSA Y RECURSO DE APELACIN, REVISADETERMINA LA PROCEDENCIA DEL RECURSO YNOTIFICA LA DESIGNACIN AL DEFENSORPUBLICO.

    SALA PENAL UNITARIAY/O COLEGIADA

    (DEFENSOR PBLICO)

    rvTERA IDE LA DESIGNACIN. ACEPTALA

    EFENSAEI E EN LA SALA 6NAL UNITARIA VIOCOLEGIADA EXPRESA AGRAVIOS A FAVOR DELSENTENC IADO EN EL TERMINO SEALADO

    LEY'

    RECIBE LOS AGRADOS SEALA FECHA PARAAUDIENCIA DE VISTA Y NOTIFICA A LASPARTES

    SE ENTERA Y ESPERA FECHAEN LA FECHA ESTABLECIDA. ACUDE ALA SALARENAL Y RATVISTAIFICA LOS AGRADOS EN LAAUDIENCIA o

    N LA FECHAESTABLECIDA PARA AUDIENCIADFCIARA VISTO EL ASUNTO Y PRONUNCIA SUPALLO EN TRMINO DE LER, YA SEACONFIRMANDO. REVOCANDO o

    RESOLUBOR

    CIN APELADA.POSTERIMODIFICANDO TE

    ELA POSTERIOR Y REMETE

    NOTIFICACIN DE SENTENCIA AL DEFENSOR"LEETICCRECIBE LA NOTIFICACIN DE LA SENTENCIA

    DE SEGUNDA INSTANCIA Y DETERMINA

    COeMODIFICA0

    MODIFICA LA SENTENCLA ABSOLVIENDO ALSENTENCIADO. TRAMITA LA INMEDIATALIBERTAD Y TE NOTIFICA.

    9

    TERA DE QUE WE ABSUELTO EN LAPR

    NTENCIA Y ESFERA A QUE CONCWYA ELOCEDIMIENTO.

    J.'CONFIRMA LA SENTENCIA CONDENATORIA.LA REVOCA O MOC PICA YO ESTA NO 6FAVORABLE AL SENTENCIADO. SOEICITA ALREA DF AMPAROS SE ^LORA LA VIAEUUDADDF ,,,

    PRESENTACIN DEL 1,00 DEOARANTIAE

    *( FIN )MEDICIN:Indicadores para medir la capacidad de respuesta:

    Nmero mensual de Defensas otorgadas en apelacincontra resoluciones penales

    Nmero mensual de Defensas solicitadas en apelacincontra resoluciones penales

    X 100 = Porcentaje de defensas atendidas.

  • 3 de diciembre de 2010 GACETAOEL pO EL III El% NO Pgina 27FORMATOS E INSTRUCTIVOS:

    - No aplica.

    4.5 PROCEDIMIENTO: Defensa jurdica en las Subprocuraduras, Mesas de Trmite y Agencias del MinisterioPblico Investigador y Ministerio Pblico para Adolescentes.

    OBJETIVO:Mejorar el desempeo de la defensa jurdica en el proceso penal, mediante el conocimiento de la verdad que favorezca a susdefendidos, a fin de evitar que se violen sus derechos durante la averiguacin previa, y para coadyuvar a la administracin de lajusticia.ALCANCE:

    Personas que afecta:

    reas que afecta:

    Actividades que afecta:

    Personas que lo soliciten cuando se encuentren aseguradas, sujetas a investigacin otengan carcter de indiciadas.Direcciones Regionales, Departamento de Servicios Periciales y Defensores Pblicosadscritos al Instituto de la Defensora Pblica.Asesora jurdica en materia penal y defensa en la averiguacin previa por solicitud odesignacin del Ministerio Pblico.

    REFERENCIAS:Constitucin Poltica de los Estados Unidos Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de febrero de 1917,Mexicanos. Art. 20. ltima reforma Diario Oficial de la Federacin 27 de abril de 2010.Constitucin Poltica del Estado Libre y Publicada el 17 de noviembre de 1917, ltima reforma Peridico OficialSoberano de Mxico. "Gaceta del Gobierno" 4 de marzo de 2010.Ley de la Defensora Pblica del Estado de

    Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 3 de febreroMxico. de 2010, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Ley Orgnica de la Procuradura General de Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 de marzoJusticia del Estado de Mxico. del 2009.Cdigo de Procedimientos Penales para el Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 9 de febreroEstado de Mxico. de 2009, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Cdigo de Procedimientos Penales del Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 de marzoEstado de Mxico. del 2000. Abrogado.Cdigo Penal del Estado de Mxico. Publicado en el Peridico Oficial Gaceta del Gobierno el 20 de marzo de

    2009, ltima reforma 6 de marzo 2010.Reglamento Interior

    del Instituto de la Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 22 de eneroDefensora de Oficio. de 2007.

    RESPONSABILIDADES:El Director General del Instituto de la Defensora Pblica es responsable de:

    Asignar a los Defensores Pblicos que habrn de participar en el proceso.El Director Regional es responsable de:

    Comunicar a los Defensores Pblicos los acuerdos, circulares y dems disposiciones que emita el Director General.Supervisar la actividad de los Defensores Pblicos.

    Los Defensores Pblicos son responsables de:Cumplir la Ley de la Defensora Pblica del Estado de Mxico y las dems leyes y ordenamientos aplicables.Hacer lo que les corresponda para que se conserve la legalidad en el proceso penal.Realizar la entrevista al imputado o inculpado.Solicitar a la Subprocuradura, Mesa de Trmite o Ministerio Pblico, investigar el desahogo de las pruebas periciales.

    DEFINICIONES: Carpeta de Carpeta integrada por el Ministerio Pblico, en la que incluir un registro de las diligencias

    investigacin: que practique durante esta etapa, que puedan ser de utilidad para fundar la imputacin,

    acusacin u otro requerimiento.

  • Pgina 28 GACETAIDEL 3 de diciembre de 2010Caucin y fianzas de Dinero en efectivo o pliza de una afianzadora que otorga el indiciado ante el Agente delinters social: Ministerio Pblico para garantizar su libertad provisional, o bien, el procesado o

    sentencir.o ante la autoridad judicial, tambin para garantizar su libertad provisional.Defensa Pblica: Es un servicio pblico obligatorio y gratuito que presta el Estado, por disposicin

    constitucional, a travs de organismos especializados (Instituto de la Defensora Pblica,Procuradura de la Defensa del Trabajo, Procuradura Agraria, Asesora Comisionada, etc.)en diferentes disciplinas jurdicas, a todas las personas declaradas jurdicamente pobres oque cumplan con los requisitos y condiciones que establece la Ley de referencia.

    Defensor Pblico: Al servidor pblico que en funcin de un cargo, asesora, defiende, asiste y promuevejurdicamente a favor de las personas de acuerdo con lo que dispone la ley.

    Dictamen pericial: Es un juicio tcnico o cientfico que emiten los expertos (peritos) de acuerdo a susconocimientos en las distintas disciplinas de la ciencia o arte, sobre personas, animales,cosas o elementos que sean objeto de examen.

    Imputado: Persona sujeta a investigacin, relacionada con los hechos que se le imputan en la carpetade investigacin.

    Recursos: Interponer los medios de impugnacin en contra de los autos, acuerdos y resolucionesque afectan los derechos o intereses de las personas por las autoridades en un proceso.

    Ministerio Pblico: Institucin unitaria y jerrquica, rgano poltico, jurdico y administrativo dependiente delPoder Ejecutivo, cuyas funciones esenciales son la investigacin, persecucin de los delitosy el ejercicio de la accin penal entre otros, la defensa de los intereses del Estado, sociales,ausentes, menores y con capacidades diferentes, en algunas legislaciones extranjeras se ledenomina fiscal.

    Perito: Es la persona experta en una ciencia o arte, que ilustra al juez, acerca de los diferentesaspectos de una realidad concreta, para cuyo examen se requiere conocimientosespeciales en mayor grado.

    INSUMOS:Presentacin voluntaria del imputado.Solicitud verbal del imputado o cualquier persona a las Subprocuraduras, Mesas de Trmite o Ministerio Pblico paraque le designe un Defensor Pblico.

    RESULTADOS:Libertad total de sus defendidos.Libertad provisional.No ejercicio de la accin penal.Abstencin de la investigacin.Archivo Temporal.

    INTERACCIN CON OTROS PROCEDIMIENTOS:Asesora Jurdica Gratuita en Diversas Materias.Asesora Jurdica Gratuita mediante el Programa Itinerante "Una Defensa de Compromiso"Defensa Tcnico Jurdica en los Juzgados de Control y Juicios Orales.Defensa Jurdica en los Juzgados especializados en Justicia para Adolescentes.

    POLTICAS:Sin excepcin alguna, el Defensor Pblico vigilar que en el procedimiento penal se cumplan las disposiciones

    constitucionales, leyes penales sustantivas, adjetivas y reglamentarias que beneficien a sus defendidos, promoviendolo conducente.Toda Defensa Pblica se deber brindar con carcter de obligatoria, gratuita, eficaz, plena y completaEl Defensor Pblico designado deber estar dedicado de tiempo completo a las funciones que le fueronencomendadas, evitando conductas negligentes que vayan en detrimento de los servicios que proporciona elInstituto de la Defensora Pblica del Estado de Mxico.

  • 3 de diciembre de 2010 GACETAOEL c O E111 IR Ft IN Cro Pgina 29El Defensor Pblico durante el proceso penal del imputado, habr de auxiliarse de las pruebas periciales queconsidere necesarias y de requerir la asignacin de peritos, a la Direccin General, a fin de otorgar una defensaeficaz, completa y plena.

    En todas las actuaciones que se practiquen en la carpeta de investigacin, en las Subprocuraduras Mesas deTrmite y/o Agencias del Ministerio Pblico, el Defensor Pblico, en los casos en que proceda, deber solicitar quese cumpla con lo siguiente:

    I. Que su defendido sea enviado a los mdicos legistas para que se determine, si presenta o no una lesinen su persona.Solicitar se le hagan saber al defendido los derechos que establece la Constitucin Poltica de los EstadosUnidos Mexicanos.Interrogar al defendido en relacin a su entrevista emitida, si es pertinente.Solicitar la libertad provisional cuando se trata de delitos no graves o medida cautelar.En el caso de aportar la prueba pericial, solicitar al Departamento de Servicios Periciales su calificacin yprocedencia.No ejercicio de la accin penal, por ausencia del cuerpo del delito y responsabilidad penal de imputado.Archivo de las actuaciones de la carpeta por la ausencia de datos probatorios.

    8. Brindar la asesora necesaria a su defendido, relacionada con su situacin jurdica.DESARROLLO: Defensa jurdica en las Subprocuraduras, Mesas de Trmite, Agencias del Ministerio Pblico Investigador yMinisterio Pblico para AdolescentesNo. UNIDAD ACTIVIDAD

    ADMINISTRATIVA /PUESTO

    I Imputado/Inculpado Una vez que est sujeto a investigacin de los hechos que se le imputan, solicitaverbalmente al Ministerio Pblico se le designe a un Defensor Pblico que proceda asu defensa.

    2 Subprocuraduras/Mesas de Recibe solicitud verbal de designacin, nombra al Defensor Pblico, inicia carpeta deTrmite/Ministerio Pblico investigacin y determina: Aplica criterios de oportunidad?

    Investigador

    3 Subprocuraduras/Mesas de Si aplica criterios de oportunidad, prescinde total o parcialmente de la persecucinTrmite/Ministerio Pblico penal y notifica al Defensor Pblico, a fin de que informe al imputado.Investigador

    4 Defensor Pblico Se entera e informa al imputado que se prescinde de la persecucin penal.

    5 Imputado/Inculpado Se entera y una vez prescindida la accin penal en su contra, espera a que concluya elprocedimiento.

    6 Subprocuraduras/Mesas de No aplica criterios, seala que continua el proceso, a fin de que se enteren las partes.Trmite/Ministerio PblicoInvestigador

    7 Defensor Pblico Una vez que acepta y protesta el cargo, procede a entrevistarse con el inculpado, leinforma que continuar el ejercicio de la accin penal, lo asiste en su entrevista, aliniciarla solicita que al indiciado se le hagan saber sus derechos constitucionales y quesea canalizado con los mdicos legistas para determinar su estado psicofsico.

    8 Imputado/Inculpado Se entera de la designacin, lleva a cabo la entrevista con el Defensor conoce susderechos y responde las cuestionamientos que le plantea.

    9 Defensor Pblico Al trmino de la entrevista del imputado, lo interroga si lo cree pertinente, y en casode considerarlo necesario, solicita al Ministerio Pblico, si ste no lo hiciera de oficio,ordene el desahogo de pruebas periciales, a fin de tramitar la libertad provisional, omedida cautelar personal.Recibe solio .ud de Oficio, realiza de oficio o a peticin de la defensa el desahogo delas diligencias y determina: Hay datos de prueba suficientes?

    No hay datos de prueba suficientes, se abstiene de investigar, archiva temporalmenteo no ejercita la accin penal.

    10 Subprocuraduras/Mesas de

    Trmite/Ministerio PblicoInvestigador

    I I Subprocuraduras/Mesas deTrmite/Ministerio PblicoInvestigador

  • Pgina GIN.0 ETADEL a 0 I E PENO0 3 de diciembre de 2010

    No. UNIDADADMINISTRATIVA /

    PUESTO

    12 Subprocuraduras/Mesas deTrmite/Ministerio PblicoInvestigador

    ACTIVIDAD

    Si existen datos suficientes se remite la carpeta de investigacin al Juez de Control ysolicita audiencia de control de detencin.Si la carpeta fuera sin detenido, solicita audiencia de formulacin de detencin sindetenido.

    DIAGRAMA: Defensa jurdica en las Subprocuraduras, Mesas de Trmite y Agencias del Ministerio PblicoInvestigador y Ministerio Pblico Especializado en Justicia para Adolescentes

    IMPUTADO/INCULPADOSUBPROCURADURAS/MESAS DETRMITE/MINISTERIO PBLICO

    INVESTIGADORINSTITUTO DE LA DEFENSORIA

    PBLICA DEL ESTADO DE MXICO(DEFENSOR PBLICO)

    ..-

    ( INICIO )

    ONVETIGACIN DE LOS HECHOSAQUE UcfrA vRBALMENTI Al MINISTERIOPUBLICO SE

    IGN UN DEFENSOR PUBLICO QUEPROCEDA A SU

    RECIBE SOLICITUD VERBAL DE DESIGNACIN.OEHlaort FJOUCO, INICIA CARPETA DE PAFSUGACIO N YD

    eo

    APLICA CRITERIOS, pRESCINDE TOTAL DEFENSOR

    DI LAKRSECUCION PENAL Y NOTIFICA AL DEFENSOR PBLICODE QUE INFORME AL IMPUTADO.

    E ENTERA E INFORMA "HADO QUE SE NO DE LARSECUCION PENAL

    RAY u VEZ ?RESCINDIDA LA ACCIN ~1 EN SUCo QUE CON,,,, F.,0,Ennwit.

    //1/

    APLICA CRITERIOS. SEALA QUE CONTINUA EL PROC ESONOAN DE QUE SE ENTEREN LAS PARTES. II.'

    UNA VEZ QUE ACEPTA Y PROTESTA EL CARGO, PROCEDE AENTREVSTPASE CON EL INCULPADO, LEINFORMA QUECONTINUADA a EJERCICIO DE LA ACCIN PANAL LO ASESTE EN

    AL INICIARLA SOLICITA QUE Al. INDICIADO SEIR SUS DERECHOS coNSTTIUCJONALS Y QUE

    CANALIZADO CON LOS MEDICOS LEGISTAS PARADETERMINAR SU ESTADO PSICCEISICa

    DE LA DWGNACINY. UtVA A CABO LA ENTREVISTASE FNTFMCEDERECHOS y RES

    , puu.

    10 (FIAL MINO DE LA L NTADO. LO INTERROGADEL CASO DE CONSIDERARLOL CREE PERTINENTE y INO

    SOUOTA Al. PENISTIRIO ~co, SI ESTE NO LOHICIERA DE DACIO. ORDENE EL DESAHOGO DE PRUEBASnwomis. A FIN DE TRAMITAR LA USERTAD pROVIS1ONAL O

    CAUTELAS PERSONALRECIBE 5011011/D DE OFICIO, REALIZA DE OFICIO o A pEnCIONDE LA DEFENSA a DESAHOGO DE LAS DILIGENCIAS Y

    RMINA ,HAY DATOS DE PRUEBA SUFICIENTES?

    e0

    NO wAY DATOS DE PRUEBA SUFICIENTES, SE ABSTIENE DEINVESTIGAR. ARCHIVA TEMPORALMENTE O No INCITA LAACCIN PENAL

    SI EXISTEN DATOS SUFICIENTES SE REMITE LA CARPETA DEINVESTIGACIN AL JUEZ DE CONTROL Y SDUC4TA AUDIENCIADE CONTROL DE DETENCIN.SI LA CARRETA FUERA SIN DETE