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MARCO LEGAL MARCO LEGAL VIGENTEVIGENTE
MARCO LEGAL VIGENTEMARCO LEGAL VIGENTE• D. LEG. 910 del 17-03-2001: Ley General
De Inspección Del Trabajo y Defensa Del Trabajador (vigente desde el 01 de julio del 2001)
• D.S. 020-2001-TR del 29-06-2001: Reglamento De La Ley General De Inspección Del Trabajo y Defensa Del Trabajador
• Ley Nº 28692 del 20-07-04: Modifica el D.Leg. Nº910
• D.S. Nº 010-2004-TR del 20-07-04: Modifica el D.S. Nº 020-2001-TR
MARCO LEGAL VIGENTEMARCO LEGAL VIGENTE• D. S. 42-F del 22-05-1964: Reglamento De
Seguridad Industrial.• D.S. 029-65-DGS del 08-02-1965: Reglamento
Para La Apertura y Control Sanitario De Plantas Industriales.
• R.S. 021-83-TR: Normas Básicas de Seguridad e Higiene en Obras de Edificación.
• R.M. 427-2001-MTC/15.04 del 26-09-2001: Norma Técnica de Edificación E-120 “Seguridad durante La Construcción”.
MARCO LEGAL VIGENTEMARCO LEGAL VIGENTE• LEY 26790 del 17-05-1997: Ley De
Modernización De La Seguridad Social En Salud.
• D.S. 009-97-SA del 09-09-1997: Reglamento De La Ley De Modernización De La Seguridad Social En Salud.
• R.M. 090-97-TR/DM del 01-11-1997: Registro De Entidades Empleadoras Que Desarrollan Actividades De Alto Riesgo.
• D.S. 003-98-SA del 14-04-1998: Normas Técnicas Del Seguro Complementario De Trabajo De Riesgo.
TIPOS DE INSPECCIONESTIPOS DE INSPECCIONES
• INSPECCIONES PROGRAMADAS– GENERALES: para verificar el
cumplimiento de la normatividad vigente relativa a la seguridad y salud en el trabajo.
– ESPECIFICAS: para verificar el cumplimiento de determinadas normas relativas a la seguridad y salud en el trabajo.
• INSPECCIONES ESPECIALES– A pedido de parte:
• Trabajador y/o trabajadores• De un ex trabajador
TIPOS DE INSPECCIONESTIPOS DE INSPECCIONES
• INSPECCIONES ESPECIALES– A pedido de parte:
• De una organización sindical con respecto de los trabajadores a quienes representa
• De un empleador• De un tercero con legitimo interés
– Investigación de Accidentes de Trabajo:– Aprobación de Reglamentos Internos de
Higiene y Seguridad Industrial– Registro de los Libros de Servicios de
Recipientes a Presión
Aspectos que se inspeccionan Aspectos que se inspeccionan en las visitas sobre en las visitas sobre SeguridadSeguridad y y
SaludSalud en el Trabajoen el Trabajo– Condiciones de seguridad en los Locales de
Trabajo– Medidas de prevención y protección contra
incendios– Equipos de protección personal– Medidas básicas de Seguridad Industrial en los
equipos y maquinarias– Señalización– Riesgos eléctricos– Medidas básicas de Higiene Industrial
Aspectos que se inspeccionan en Aspectos que se inspeccionan en las visitas sobre Seguridadlas visitas sobre Seguridad y y
SaludSalud en el Trabajoen el Trabajo– Verificación de Documentos Obligatorios
• Registro y autorización de Libro de Servicio de Equipos a presión
• Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Industrial aprobado por el MTPE
• Constitución del Comité de Seguridad o del Supervisor debidamente nombrado.
• Registro y autorización del Libro de Actas del Comitéde Seguridad
COMITCOMITÉÉ DE SEGURIDAD O DE SEGURIDAD O SUPERVISOR DE SEGURIDADSUPERVISOR DE SEGURIDAD
R.D. 1472R.D. 1472--IGIG--DGIDGI• TODA EMPRESA INDUSTRIAL CON 50
O MAS TRABAJADORES DEBE CONSTITUIR SU COMITÉ DE HIGIENE Y
SEGURIDAD INDUSTRIAL• TODA EMPRESA CON MENOS DE 50 TRABAJADORES DEBE CONTAR CON
UN SUPERVISOR DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
OBJETIVO DEL COMITOBJETIVO DEL COMITÉÉ DE HIGIENE DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIALY SEGURIDAD INDUSTRIAL
Asesorar, orientar y recomendar en el campo de seguridad e higiene industrial a la empresa y a los trabajadores, vigilando el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Industrial, promoviendo la prevención de accidentes y favoreciendo el bienestar laboral
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓÓN N DEL COMITDEL COMITÉÉ DE HIGIENE Y DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIALSEGURIDAD INDUSTRIAL
DEBERA ESTAR CONFORMADO POR IGUAL NUMERO DE REPRESENTANTES DE LA DIRECCION DE LA EMPRESA Y DE LOS
TRABAJADORES
EL NUMERO TOTAL DE PERSONAS QUE CONFORMAN ESTE COMITÉ PUEDE
VARIAR DE 4 A 12 PERSONAS
FUNCIONES DEL COMITFUNCIONES DEL COMITÉÉ O O SUPERVISOR DE SEGURIDADSUPERVISOR DE SEGURIDAD
• VELAR POR EL CUMPLIMIENTO DEL R.I.H.S.I.
• CONSIDERAR LAS CIRCUNSTANCIAS E INVESTIGAR LAS CAUSAS DE TODOS LOS ACCIDENTES QUE OCURRAN EN EL ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL
• HACER INSPECCIONES PERIODICAS EN LA PLANTA INDUSTRIAL, INSTALACIONES, MAQUINARIA Y EQUIPO EN FUNCION DE LA SEGURIDAD E HIGIENE
FUNCIONES DEL COMITFUNCIONES DEL COMITÉÉ O O SUPERVISOR DE SEGURIDADSUPERVISOR DE SEGURIDAD• CUIDAR QUE TODOS LOS NUEVOS
TRABAJADORES RECIBAN UNA ADECUADA CAPACITACION SOBRE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
• APLICAR LAS SANCIONES CORRESPONDIENTES, DE ACUERDO A LA GRAVEDAD DE LA FALTA, SEGÚN LO ESPECIFICADO EN EL R.I.H.S.I.
Contenido del Reglamento Interno Contenido del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Industrialde Higiene y Seguridad Industrial• OBJETIVOS• FUNCIONES Y
RESPONSABILIDADES– De la empresa– De los trabajadores– Sanciones
• ORGANIZACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD O SUPERVISOR
• CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES CIVILES
Contenido del Reglamento Interno Contenido del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Industrialde Higiene y Seguridad Industrial• PREVENCION Y PROTECCION
CONTRA INCENDIOS• RESGUARDO DE MAQUINAS• MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL
PROCESO PRODUCTIVO• RIESGOS ELECTRICOS• HIGIENE OCUPACIONAL• PROTECCION PERSONAL• PRIMEROS AUXILIOS
INVESTIGACION DE INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE TRABAJOACCIDENTES DE TRABAJO
• Asesoría y Defensa del Trabajador• Solicitud en Mesa de Partes:
– Nº de Expediente– Datos del Accidentado– Datos del Empleador
• Sub Dirección de Inspección en SST– Asigna un Inspector para la investigación del
accidente
INVESTIGACIINVESTIGACIÓÓN DEN DEACCIDENTE DE TRABAJOACCIDENTE DE TRABAJO
• La visita se realiza en el lugar del accidente o, si es el caso, en la oficina administrativa– Se levanta el Acta– Se entregan copias del acta al recurrente y al
empleador• El expediente regresa a la SDISST para la
Resolución respectiva– Multa y/o archivo
ACTA DE INSPECCIACTA DE INSPECCIÓÓNN
• Datos donde ocurrióel accidente:– Razón Social– Dirección– Lugar o sección– Fecha y hora
• Datos del Empleador:– Razón Social (RUC)– Dirección
• Datos del trabajador:– Nombre y edad– Antigüedad en el
puesto de trabajo– Descripción de las
tareas realizadas
ACTA DE INSPECCIACTA DE INSPECCIÓÓNN
• Datos del accidente:– Circunstancias– Forma de accidente– Agente causante– Parte del cuerpo
lesionada– Naturaleza de la
lesión
• Relación laboral:– Planillas– Boletas de pago– Fecha de ingreso– Ocupación– Remuneración– Jornada laboral
PROBLEMAS PARA INVESTIGAR UN PROBLEMAS PARA INVESTIGAR UN ACCIDENTE DE TRABAJOACCIDENTE DE TRABAJO
• Razón Social incorrecta: el trabajador no conoce el nombre de su empleador
• Mucho tiempo transcurrido entre la ocurrencia del accidente y la denuncia del trabajador
• Los testigos señalados por el trabajador se niegan a hablar por temor
• Falsa expectativa que tienen algunos accidentados lo que ocasiona que den datos falsos
• La mayor parte de los casos son de empresas informales
• El accidente ocurrió en otra provincia.
LEY DE MODERNIZACION DE LA LEY DE MODERNIZACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUDSEGURIDAD SOCIAL EN SALUD• Ley Nº 26790 del 14 de mayo de 1997• En su artículo 19 dispuso la sustitución del
régimen del Decreto Ley Nº 18846 Ley de accidentes de Trabajo y EnfermedadesProfesionales por un nuevo sistema denominado Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
REGISTROREGISTRO DEDE EMPRESASEMPRESAS DEDE ALTO ALTO RIESGORIESGO
• La Resolución Ministerial Nº 090-97-TR/DM del 31-10-97 crea el registro de entidades empleadoras que realizanactividades de alto riesgo
• Dichas empresas tienen la obligación de inscribirse en la Sub-Dirección de Registros y Pericias del MTPE.
OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EMPLEADORAEMPLEADORA
1) Inscribirse en el registro del MTPE (Act. Trab.Riesgo)2) Verificar que todos los trabajadores destacados en
su centro de labores estén debidamente asegurados conforme al D.S. 003-98-SA.
¿QUE SUCEDE SI EL EMPLEADOR INCUMPLE?
Sin perjuicio de las sanciones administrativas a que hubiere lugar, será responsable frente a ESSALUD Y ONP por el costo de las prestaciones que dichas entidades otorgaran en caso de siniestros al trabajador afectado, independientemente de su responsabilidad civil frente al trabajador, o sus beneficiarios, por los daños y perjuicios irrogados.
ACTIVIDADES DE ALTO RIESGOACTIVIDADES DE ALTO RIESGO• Según el anexo 5 del D.S. Nº 009-97-
SA(Reglamento de la Ley Nº 26790) del08-09-97 , son actividades de alto riesgolas que figuran en este listado el cual fueampliado por el D.S. Nº 003-98-SA que son las normas técnicas del SCTR del 13-04-98
ENTIDADES EMPLEADORAS ENTIDADES EMPLEADORAS OBLIGADASOBLIGADAS
Las que realizan las actividades señaladas en el Anexo 5 del D.S. 009-97-SA.Están comprendidas en esta obligación:
• Cooperativas de trabajadores• Empresas de servicios especiales• Contratistas y subcontratistas• Instituciones de intermediación o provisión
de mano de obra.
ENTIDADES EMPLEADORAS ENTIDADES EMPLEADORAS OBLIGADASOBLIGADAS
Las entidades empleadoras que contraten obras, servicios o mano de obra provenientes de las entidades descritas anteriormente, están obligadas a verificar que todos los trabajadores destacados en su centro de trabajo estén debidamente asegurados conforme al D.S. 003-98-SA.
ENTIDADES EMPLEADORAS ENTIDADES EMPLEADORAS OBLIGADASOBLIGADAS
En caso contrario, contratarán el seguro por cuenta propia a fin de garantizar la cobertura a dichos trabajadores, so pena de responder solidariamente con tales empresas proveedoras, frente al trabajador afectado, a ESSALUD y a la ONP por las obligaciones previstas.
ASEGURADOS OBLIGATORIOSASEGURADOS OBLIGATORIOS• La totalidad de los trabajadores del centro de
trabajo en el cual se desarrollan las actividades de riesgo previstas en el Anexo Nº 5 del D.S. 009-97-SA y ampliadas en las Normas Técnicas del SCTR según D.S. Nº 003-98-SA, sean empleados u obreros, eventuales, temporales o permanentes.
• Son también asegurados obligatorios los trabajadores de la empresa que, no perteneciendo al centro de trabajo donde se desarrollan las actividades referidas en el Anexo 5 del D.S. 009-97-SA, se encuentran expuestos al riesgo por razón de sus funciones, a juicio de la entidad empleadora y bajo las responsabilidades previstas.
CONSTRUCCION CIVILCONSTRUCCION CIVIL• Edificación incluidas las excavaciones,
las construcciones provisionales• Las transformaciones extructurales, la
renovación, la reparación, el mantenimiento
• La demolición de todo tipo de edificio• Obras de uso y servicio público• Montaje electromecánico• Procesos de preparación, habilitación y
transporte de materiales
OBSERVACIONES A LA R.S. 021OBSERVACIONES A LA R.S. 021--8383--TR TR Y LA NORMA TECNICA EY LA NORMA TECNICA E--120120
• La R.S. 021 83-TR., solo es aplicable a obras de edificación, en cambio la norma E-120 es aplicable a todas las actividades de C.C.
• Ambas normas se complementan por ejemplo en la E-120 se indica que toda obra de C.C. Debe contar con SS.HH. En la R.S. Se indica la cantidad
• La norma técnica crea la existencia de un comité de Seguridad.
CIRCULACION: ORDEN Y LIMPIEZACIRCULACION: ORDEN Y LIMPIEZA
• Se retirarán las maderas con clavos, pedazos de ladrillos u otros objetos procedentes de las operaciones de construcción y demolición, de las vías de tránsito
• Iluminación adecuada• Señalización de los obstáculos:
tablones, alambres, fierros, etc.• Señalizar vías de circulación peatonal
y vehicular
EXCAVACIONESEXCAVACIONES• Material extraído deberá depositarse a
más de 60 cm., del borde para evitar desplome.
• De ser necesario proteger con barandillas de protección (Cuando hay circulación de personas).
• Reforzar las paredes cuando se trabaje en terrenos inestables.
RIESGO DE ALTURARIESGO DE ALTURA• En los diferentes pisos se protegerá con
barandas móviles los puntos de recepción de material de los elevadores.
• Se dotará de arneses (cinturones de Seguridad) a los trabajadores encargados de recepcionar material, desencofrado, etc.
• Se protegerán todas las aberturas en los pisos y andamios que ofrezcan riesgo de caídas con barandas ubicadas a 90 cm., de altura del borde reforzado con otra protección horizontal ubicada a 45 cm.,(fachadas, vacíos de ascensores, etc.)
RIESGO DE ALTURARIESGO DE ALTURA
• Las aberturas existentes en los pisos que ofrecen riesgo de caída de altura se protegerán con tapas resistentes o se colocaran barandillas en todo su contorno provistos de roda pie
• Para trabajos en altura se proveerá al trabajador de arnés (o cinturón de seguridad) que termine en un gancho de acero con tope de seguro, además se deberá contar con una línea de vida.
MAQUINARIAMAQUINARIA
• Todos los mecanismos de transmisión de potencia deberán protegerse con guardas
• Los montacargas, tecles, grúas, etc., estarán prohibidos de transportar personal, debiéndose colocar un cartel visible de esta prohibición, donde figure la carga máxima que el equipo puede izar
ESCALERAS Y RAMPASESCALERAS Y RAMPAS• Las escaleras de mano deberán estar
ensambladas o encajadas en largueros de una dola pieza, no se utilizaran escaleras: que le falten peldaños, que estén rajadas, rotas y/o parchadas.
• Las escaleras deberán tener una longitud que sobrepase 1 m. el punto de desembarco
• Las escaleras provisionales, deberán tener un ancho mínimo de 60 cm., así como de barandas laterales y una inclinación no mayor de 60º
• Las rampas provisionales deben tener un ancho mínimo de 60 cm., barandas laterales y una inclinación no mayor de 30º, en cada tramo debe contar con travesaños clavados.
ANDAMIOSANDAMIOS• Los andamios en general, tanto los metálicos
como los de madera, deberán contar con plataformas de trabajo no menor de 50 cm., de ancho, con barandas protectoras cuando se trabajen a más de 2 m de altura o en las proximidades de aberturas con riesgo de caídas
• Esta prohibido usar como pie derecho materiales quebradizos
• Los módulos se arriostraran entre si mediante crucetas en sus caras anterior y posterior y estarán anclados a la fachada en varios puntos.
ANDAMIOSANDAMIOS
Las cuerdas o cables de los andamios colgantes se anclaran a elementos resistentes del techo
- Los andamios no deberan sobrecargarsey las cargas deberán repartirseequitativamente
ELECTRICIDADELECTRICIDAD
• Se colocarán interruptores diferenciales de alta (30 mA) y baja (300 mA) sensibilidad, en eltablero general de la obra, conectado al alumbrado el primero y a la maquinaria eléctricael segundo
• Se instalará puesta a tierra la maquinaria y equipos eléctricos.
• El cableado eléctrico debe estar ordenado y no se conducirá por el suelo
• No se usara cables pelados ni elementos que transmitan energía eléctrica al descubierto
PROTECCION PERSONALPROTECCION PERSONAL– Equipo básico de protección personal:
Esta compuesto de la ropa de trabajo (según la estación), casco de seguridad, zapatos de seguridad (adicionalmente botas de jebe a los que laboran en lugares humedos)
– De acuerdo a la labor y cuando seaindispensable se dotará al trabajador de: arneses para trabajos en altura (superior a 2m), guantes (de acuerdo al riesgo), lentes (contra impactos de partículas), máscaras de protección (contra polvos , gases o vapores químicos)
INSTALACIONES PROVISIONALESINSTALACIONES PROVISIONALES• Comedor, Vestuario: Ambientes cercados y
techados, para protegerlos de la lluvia, polvo y otros agentes naturales
• Botiquín abastecido con medicamentos para primeros auxilios.
• Agua potable para beber y para el aseo• En caso de existir material inflamable debera
dotarse de equipos contra incendios• Cerco de limitación perimétrica• SS.HH. Conectados a la red pública o pozo
séptico
COMITE DE SEGURIDADCOMITE DE SEGURIDAD• Obra de auto construcción: integrada por el
responsable o el maestro de obras• Obra de contrato
a) Hasta 20 trabajadores el profesional responsableb) 20 a 100: El profesional responsable y el representante de los trabajadoresc) Más de 100: Un ing. Especialista en seguridad, el profesional responsable y el representante de los trabajadores.
LA PREVENCION EVITARLA PREVENCION EVITARÁÁQUE OCURRA ACCIDENTES O QUE OCURRA ACCIDENTES O
ENFERMEDADES ENFERMEDADES OCUPACIONALESOCUPACIONALES
GRACIAS