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Requisitos para llevar acabo una inspeccion en planta para la indentificacion positiva de materiales (pmi) , tambien para los requisitos que el equipo debe tener para poder dar el servicio dentro de las instalacion , su calibracio etc.
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NRF-310-PEMEX-2014
COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS 27 de junio de 2014
SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN DE PEMEX REFINACIÓN PÁGINA 1 DE 11
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HOJA DE APROBACIÓN
Esta Norma de Referencia se aprobó en el Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios en la Sesión 98
del 27 de marzo de 2014
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CONTENIDO
CAPÍTULO PÁGINA 0 INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................. 4 1 OBJETIVO ............................................................................................................................................ 5 2 ALCANCE ............................................................................................................................................. 5 3 CAMPO DE APLICACIÓN ................................................................................................................... 5 4 ACTUALIZACIÓN ................................................................................................................................ 5 5 REFERENCIAS .................................................................................................................................... 5 6 DEFINICIONES .................................................................................................................................... 5 7 SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS………. ............................................................................................... 6 8 DESARROLLO ..................................................................................................................................... 7
8.1 Condiciones de diseño del analizador de metales portátil .............................................. 7
8.2 Inspección y recepción .................................................................................................... 8
8.3 Almacenamiento y transporte .......................................................................................... 9
8.4 Capacitación .................................................................................................................. 9
8.5 Documentación a entregar por el licitante o proveedor ...................................................... 9 9 RESPONSABILIDADES ...................................................................................................................... 10
9.1 Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios ...................................................................... 10
9.2 Licitantes y Proveedores ........................................................................................................... 10 10 CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS O INTERNACIONALES .................................... 11 11 BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................................... 11 12 ANEXOS ............................................................................................................................................... 11
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0 INTRODUCCIÓN Como parte de las actividades de inspección durante la construcción, operación y el mantenimiento de las plantas industriales, se requiere la identificación positiva de materiales en soldaduras y componente de tubería o equipo, mediante pruebas de campo precisas, confiables y rápidas. La técnica de la fluorescencia de rayos-X (XRF) permite el análisis elemental de una amplia gama de materiales y de elementos de sus aleaciones; ya sea para el control de calidad de soldaduras, la clasificación de materiales de desecho, el análisis de fallas de materiales, entre otras aplicaciones. La Integridad Mecánica de los materiales, permite dar confiabilidad a las instalaciones y equipos de los procesos al eliminar paros forzosos por falla de los mismos. Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, en cumplimiento con lo estipulado en los artículos 62, 64 y 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y conforme a la Ley de Petróleos Mexicanos y su reglamento, expide la presente Norma de Referencia para que se utilice en la adquisición de analizadores de metales portátiles mediante la técnica de análisis por fluorescencia de rayos X. Por lo anterior, y en virtud de que actualmente no existen Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, ni Normas Internacionales que establezcan los requisitos técnicos para adquirir estos bienes, Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios en consenso con fabricantes y proveedores de estos equipos, expiden la presente Norma de Referencia, que conjunta la experiencia de la empresa con la investigación y el desarrollo tecnológico. Esta Norma de Referencia se realizó en atención y cumplimiento a: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos. Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento. Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento. Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos. Disposiciones administrativas de contratación en materia de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios de las actividades sustantivas de carácter productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Guía para la emisión de Normas de Referencia de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (CNPMOS-001, 30 Septiembre 2004). Reglamento General de Seguridad Radiológica En la elaboración de la presente Norma de Referencia participaron los siguientes organismos, empresas e instituciones: Petróleos Mexicanos. Pemex Exploración y Producción. Pemex Gas y Petroquímica Básica. Pemex Petroquímica. Pemex Refinación. Participantes externos: Petroservicios Industriales, S.A. de C.V Radiación Aplicada a la Industria, S.A. de C.V. Colegio de Ingenieros Mecánicos y Electricistas, A.C.
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1 OBJETIVO
Establecer los requisitos técnicos y documentales, para la adquisición del analizador de metales portátil. 2 ALCANCE
Esta Norma de Referencia incluye las especificaciones, pruebas y certificaciones del analizador de metales portátil mediante la técnica de análisis por fluorescencia de rayos X. 3 CAMPO DE APLICACIÓN
Esta Norma de Referencia es de aplicación general y de observancia obligatoria en la adquisición de los bienes objeto de la misma, que lleven a cabo los centros de trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, por lo que debe incluirse en los procedimientos de licitación pública, invitación a cuando menos tres personas (invitación restringida en la Ley de Petróleos Mexicanos), y adjudicación directa, según corresponda a contrataciones para adquisiciones. 4 ACTUALIZACIÓN
Esta NRF se debe revisar y en su caso modificar al menos cada 5 años o antes si las sugerencias y recomendaciones de cambio lo ameritan. Las propuestas y sugerencias de cambio se deben elaborar en el formato CNPMOS-001-A01 de la Guía para la Emisión de Normas de Referencia CNPMOS-001 Rev.1 del 30 de septiembre de 2004 y dirigirse a: Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Avenida Marina Nacional No. 329 Piso 35, Torre Ejecutiva Colonia Petróleos Mexicanos, C. P. 11311. México, D. F. Teléfono Conmutador: (55) 19442500, Extensión: 54781. Correo electrónico: [email protected] 5 REFERENCIAS
5.1 NOM-008-SCFI: 2002 Sistema general de unidades de medida. 5.2 NOM-039-NUCL: 2011 Especificaciones para la exención de prácticas y fuentes adscritas a alguna práctica, que utilizan fuentes de radiación ionizante, de algunas o de todas las condiciones reguladores. 5.3 IEC-60529: 2001 Degrees of protection provided by enclosures (IP Code), Edition 2.1 2001-02 (Grados de protección proporcionados por las envolventes (Código IP), Edición 2.1 2001-02). 5.4 NRF-036-PEMEX-2010 Clasificación de áreas peligrosas y selección de equipo eléctrico. 5.5 NRF-111-PEMEX-2012 Equipos de medición y servicios de metrología. 6 DEFINICIONES Para los propósitos de la presente Norma de Referencia aplican las definiciones siguientes:
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6.1 Aleación: Producto homogéneo, de propiedades metálicas, compuesto de dos o más elementos, de los cuales, al menos, uno debe ser metal. 6.2 Analizador de metales Portátil (el analizador): Equipo de medición con capacidad de identificar y analizar una gama de materiales y de elementos de sus aleaciones. 6.3 Certificado o informe o dictamen de calibración: Documento en el cual se consigna el resultado de la calibración de instrumentos para medir. El Certificado lo emite el CENAM o un Laboratorio extranjero, en términos de la LFMN y para el Informe o Dictamen de calibración lo emite un laboratorio acreditado y aprobado. 6.4 Identificación Positiva de Materiales (Positive Material Identification): Cualquier prueba o evaluación de un material para confirmar que éste corresponde a lo especificado. 6.5 Material de referencia: Material o sustancia que tiene una o varias de sus propiedades suficientemente bien establecidas para calibrar un aparato o instrumento, validar un método analítico, o asignar valores a un material o sistema. 6.6 Personal calificado: Una o varias personas, que por la posesión de un grado de estudios reconocido, certificado, situación profesional, o habilidad y que, por conocimiento, formación y experiencia, ha demostrado su capacidad para enfrentar problemas relacionados con el tema, el trabajo o el proyecto. 7 SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS
Para los propósitos de la presente Norma de Referencia aplican los símbolos indicados en la NOM-008-SCFI-2002 y los siguientes símbolos y abreviaturas: 7.1 Símbolos Ag Plata Al Aluminio Ba Bario Bi Bismuto Co Cobalto Cr Cromo Cu Cobre Fe Hierro Hf Hafnio Hg Mercurio Mg Magnesio Mn Manganeso Mo Molibdeno Nb Niobio Ni Níquel P Fósforo Pb Plomo Pd Paladio Re Renio Ru Rutenio S Azufre Sb Antimonio Se Selenio
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Si Silicio Sn Estaño Ta Tantalio Ti Titanio V Vanadio W Volframio Zn Zinc Zr Zirconio 7.2 Abreviaturas CNSNS Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias IEC International Electrotechnical Commission (Comisión Electrotécnica Internacional). LCD Liquid Crystal Display (Pantalla de cristal líquido) LFMN Ley Federal sobre Metrología y Normalización. NMX Norma Mexicana NOM Norma Oficial Mexicana. NRF Norma de Referencia. PEMEX Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios. SCFI Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. USB Universal Serial Bus (bus universal en serie). Vca Volts de corriente alterna Vcc Volts de corriente continúa XRF X Ray Fluorescence (Fluorescencia de rayos X) 8 DESARROLLO
8.1 Condiciones de diseño del analizador de metales portátil
8.1.1 Debe tener capacidad para analizar elementos como: Ag, Al, Ba, Bi, Co, Cr, Cu, Fe, Hf, Hg, Mg, Mn, Mo, Nb, Ni, P, Pb, Pd, Re, Ru, S, Sb, Se, Si, Sn, Ta, Ti, V, W, Zn, Zr. 8.1.2 Debe tener capacidad para analizar grados de aleaciones como: Aceros Inoxidables, aleaciones de aluminio, aleaciones de Níquel-Cobalto, aleaciones de Cromo-Molibdeno y aleaciones de Titanio. 8.1.3 Debe tener una respuesta en el análisis menor a 10 segundos.
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8.1.4 Debe realizar la identificación positiva de materiales de manera no destructiva utilizando la técnica de fluorescencia de rayos X (XRF). 8.1.5 Debe permitir realizar el análisis a los materiales con temperaturas de al menos 400°C. 8.1.6 Debe tener capacidad de almacenamiento para al menos 5 000 lecturas analíticas.
8.1.7 Debe tener la capacidad de verificar su correcta operación a través de un material de referencia, el cual debe ser suministrado por el proveedor y recomendado por el fabricante. 8.1.8 Debe ser nuevo, no se aceptan modelos de muestra, prototipos o descontinuados. 8.1.9 Debe ser portátil (tipo pistola), de una sola pieza, con un peso de hasta 1,5 kg, que cumpla con 8.4.2.3 de la NRF-036-PEMEX-2010, con carcaza contra impactos, para uso industrial con temperatura ambiente de operación desde -10 ºC hasta 50 ºC, y 90 por ciento de humedad relativa sin condensación a 40°C. 8.1.10 Debe tener una pantalla de cristal líquido (LCD) a color, con capacidad para almacenar imágenes de la zona a examinar en conjunto con los datos del resultado del análisis de los metales, así mismo debe tener la capacidad de reducir el área de medición a 3 mm para análisis de soldaduras, piezas pequeñas, entre otros. Debe desplegar informes e indicaciones en idioma español y las unidades de medida deben estar de acuerdo a la NOM-008-SCFI-2002. 8.1.11 Debe tener teclado tipo membrana (sin sensación táctil) que cumpla con el grado de protección IP 54 de acuerdo a IEC 60529. 8.1.12 Debe contar con protección térmica para el analizador, para realizar exámenes en equipo en servicio con temperaturas de hasta 400 °C. 8.1.13 La fuente de alimentación del analizador debe ser con baterías recargables para una operación mínima de 6 horas continuas, tales baterías deben ser tipo Ion-Litio y se deben suministrar dos paquetes de baterías por cada analizador. 8.1.14 Se debe suministrar un cargador de batería de 110/220 Vca, con indicadores luminosos de alimentación y carga de la batería. 8.1.15 Debe tener un dispositivo de almacenamiento de datos, consultarlos, borrarlos o transferirlos a una PC y que permita procesar y emitir informes mediante puerto USB, que sea compatible con cualquier versión de la plataforma Windows. 8.1.16 Debe permitir la consulta de su base de datos de especificación de aleaciones, los valores máximos y mínimos de los metales, y compararlos con el análisis obtenido en la prueba. 8.1.17 El equipo debe tener una etiqueta permanente de acero inoxidable que indique marca, modelo, año de fabricación y número de serie. 8.2 Inspección y recepción
8.2.1 Previo a la entrega del analizador de metales portátil, el proveedor debe permitir realizar la inspección del citado equipo, con personal designado por Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios en las instalaciones del proveedor o en destino final, dicha inspección se debe realizar de forma visual, con la revisión de los siguientes aspectos:
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Verificar que el equipo este completo, no presente golpes, ni rayaduras en la pantalla de cristal líquido. Verificar la funcionalidad del equipo utilizando el material de referencia que suministra el proveedor.
Verificar sello de integridad del equipo de acuerdo al numeral 8.2.5 de la NRF-111-PEMEX-2012 8.2.2 El proveedor debe entregar todo el equipo probado y listo para ser utilizado inmediatamente. Ningún equipo debe entregarse desarmado. 8.2.3 El equipo que presente alguna falla no debe ser aceptado, y el proveedor debe suministrar un equipo nuevo o el accesorio que haya fallado, sin costo extra para PEMEX. 8.3 Almacenamiento y transporte Debe cumplir con lo especificado en el numeral 8.2.6 de la NRF-111-PEMEX-2012. 8.4 Capacitación 8.4.1 Cuando PEMEX solicite en las bases de licitación la impartición de la capacitación, posterior a la entrega del analizador de metales portátil, el proveedor debe proporcionar dicha capacitación enfocada a la operación, mantenimiento y cuidados del analizador, incluyendo los siguientes requisitos: 8.4.1.1 Los servicios de capacitación, deben ser proporcionados por personal calificado en el tema, avalado por el fabricante. 8.4.1.2 Los servicios de capacitación incluyen entrenamiento y adiestramiento y proporcionar todo material didáctico, equipo y herramienta. El material y el curso deben estar e impartirse en idioma español. 8.4.1.3 La duración de la capacitación, horario, y lugar debe ser especificado por el usuario en las bases de licitación. 8.4.1.4 Una vez concluido cualquier curso, sea teórico, práctico o ambos, la persona que impartirá la capacitación debe aplicar una evaluación al personal capacitado y proporcionar información al usuario. 8.5 Documentación a entregar por el licitante o proveedor
8.5.1 Información requerida con la propuesta 8.5.1.1 El licitante debe incluir en su propuesta Catálogos, boletines y folletos técnicos del analizador de metales portátil, en originales, cuyo contenido debe coincidir en su descripción con las especificaciones indicadas en esta norma de referencia, para dar soporte a la evaluación del producto propuesto. Los boletines y folletos técnicos deben estar en idioma español, o en el idioma del país de origen acompañado con una traducción al idioma español. 8.5.1.2 Si Pemex solicita la capacitación, el proveedor debe entregar constancia que avale que la persona que impartirá los cursos, sea personal calificado sobre el equipo a suministrar, en apego al API RP 578 o equivalente.
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8.5.1.3 El licitante debe entregar documento que haga constar que el analizador de metales portátil está exento de licencia de operación ante la CNSNS de acuerdo al numeral 4 de la NOM-039-NUCL-2011. 8.5.2 Información requerida después de colocada la orden de compra 8.5.2.1 Manual de operación y mantenimiento en idioma español por cada equipo suministrado, en forma electrónica (disco compacto) e impresa. 8.5.2.2 Original del certificado o informe o dictamen de calibración, indicando en éste el número de serie correspondiente al equipo o patrón de calibración. 8.5.2.3 Certificado o informe o dictamen de calibración del fabricante. 9 RESPONSABILIDADES 9.1 Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios 9.1.1 Vigilar que se apliquen los requisitos de esta Norma de Referencia, en la adquisición de analizador de metales portátil. 9.2 Licitantes y Proveedores
9.2.1 Deben cumplir con los requisitos especificados en esta Norma de Referencia. 9.2.2 Cumplir según corresponda (proveedor-fabricante) con la NMX-CC-9001-IMNC-2008; los artículos 55 párrafo 4, 56 y 68 inciso III de la Ley Federal de Metrología y Normalización; artículos 31 y 32 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. 9.2.3 Deben comprometerse a que ninguno de los equipos y elementos que formen parte de éstos se presenten a PEMEX re-etiquetados como de marca diferente; que los catálogos de los mismos no sean copia en sección alguna de cualquier otro equipo existente en el mercado, que sean equipos nuevos que cumplan plenamente con las especificaciones solicitadas por Pemex. 9.2.4 El proveedor debe garantizar el equipo de medición de acuerdo a lo establecido en 8.2.7 de la NRF-111-PEMEX-2012. 9.2.5 Deben garantizar el refaccionamiento del equipo suministrado por un periodo de cinco años a partir de la fecha de adquisición. El proveedor o fabricante debe contar con soporte técnico en México. 9.2.6 El proveedor debe proporcionar capacitación teórica y práctica en idioma español (incluyendo toda la documentación que se genere y/o utilice para la capacitación) sobre los analizadores suministrados, de acuerdo a lo establecido en el contrato, y cubriendo al menos los conceptos de seguridad, operación e interpretación de mediciones. 9.2.7 Suministrar las licencias del software y programas utilizados y desarrollados para el analizador. Cuando aplique.
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10 CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS O INTERNACIONALES Esta norma de referencia no tiene concordancia con normas mexicanas o internacionales en el momento de su Declaratoria de Vigencia. 11 BIBLIOGRAFÍA 11.1 API RP 578: 2010 Material verification program for New and existing alloy piping systems(Programa de verificación de materiales para sistemas de tuberías de aleación nuevas y existentes) 12 ANEXOS Sin anexos.