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PROMOTORA DE NUEVOS HORIZONTES EDUCATIVOS, A.C. ORDEN No. FECHA D Tel: (81) 83.46.51.99 / (81) 83.48.47.71 PROVEEDOR: FECHA DE ACEPTACION DE FIRMA DE ACEPTA ORDEN DE COMPRA ORDEN DOMICILIO DE ENTREGA O EJECUCIÓN: FECHA DE AUTORIZACION FIRMA DE AUTORI XICOTENCATE 975 / ARTEAGA PREVIA PR MONTERREY N.L. FACTURAR A: FECHA DE AUTORIZACIÓN FIRMA DE AUTORI DEFINITIVA DEFI CANTIDAD DESCRIPCIÓN DEL ARTICULO PRECIO UNITARIO OBSERVACIONES / COMENTARIOS SUBTOTAL I.V.A. TOTAL IVA INCLUIDO Esta Orden de Compra es un documento anexo al CONTRATO DE PROVEEDURÍA DE BIENES Y/O SERVICIOS RELAC Simón Bolívar #1214. Colonia Mitras Centro. Monterrey, Nuevo León, México, C.P. 64460 Promotora de Nuevos Horizontes Educativos, A.C. / Simón Bolívar #1218. Col. Mitras Centro. CP. 64460 R.F.C PNH930127PJ4 La presente orden de compra se entiende como acuerdo, correspondiente al CONTRATO DE PROVEEDURÍA DE BIENES Y/O SERVICIOS RELACIONADOS celebrado entre UN por lo que el presente documento tiene efectos legales por lo que la falta de cumplimiento de EL PROVEEDOR en la forma, lugar y términos de la presente dará derecho a UNICM a exigir el cumplimiento forzoso de ésta o daría por terminada, total o parcialmente, la relación contractual existente, mediante s Cualquier incumplimiento de la misma, podrá causar la baja definitiva de EL PROVEEDOR del catálogo de proveedores de UNICM. Se entiende por entrada y aceptada la presente orden de compra una vez que sea recibida ya sea de forma personal, vía fax, correo electrónico por cualqu PROVEEDOR, o por sí mismo. Cualquier aclaración a la orden de compra podrá efectuarse vía correo electrónico, fax, mensajería, correo, por las personas previamente por parte de EL PROVEEDOR. EL PROVEEDOR reconoce que su relación con UNICM es esencial y estrictamente civil y por lo tanto, no constituye ni crea relación alguna entre las partes participación, agencia, representación, ni contrato de trabajo ya que las partes son entidades independientes y cada una de ellas cuenta con sus propios materiales. Las obligaciones que aquí se consignan son las únicas que pudieran relacionarlas para este único objeto, ya que no existe ni existirá en lo laboral alguna entre UNICM y EL PROVEEDOR o entre UNICM y el personal subordinado bajo las órdenes de EL PROVEEDOR, por no existir vínculo alguno de dep y EL PROVEEDOR o sus subordinados. En virtud de lo anterior los trabajadores, empleados y demás personal que intervengan en la realización de los trabaj exclusivamente de EL PROVEEDOR, siendo éste el único y verdadero patrón, no pudiendo de ninguna forma considerarse como intermediario en los términos de Trabajo dado que cuenta con recursos propios para hacer frente a las obligaciones laborales que pudiese tener, en consecuencia, cualquier responsabilida surgir con motivo de accidentes o enfermedades de trabajo del personal antes citado, así como cualquier otra de tipo laboral, del IMSS, de seguridad soc otra análoga municipal, estatal, o federal, derivada de una supuesta relación laboral, serán enteramente a cargo de EL PROVEEDOR, quien se obliga a rest cualquier cantidad que éste llegue a pagar por los motivos antes expuestos, autorizándole desde este momento para deducir la erogación efectuada de los hacerle por los trabajos contratados.

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Page 1: Orden de Compra

PROMOTORA DE NUEVOS HORIZONTES EDUCATIVOS, A.C. ORDEN DE COMPRA

No.

FECHA DE EMISIÓN

Tel: (81) 83.46.51.99 / (81) 83.48.47.71PROVEEDOR: FECHA DE ACEPTACION DE FIRMA DE ACEPTACION DE

ORDEN DE COMPRA ORDEN DE COMPRA

DOMICILIO DE ENTREGA O EJECUCIÓN: FECHA DE AUTORIZACION FIRMA DE AUTORIZACIONXICOTENCATE 975 / ARTEAGA PREVIA PREVIAMONTERREY N.L.FACTURAR A: FECHA DE AUTORIZACIÓN FIRMA DE AUTORIZACIÓN

DEFINITIVA DEFINITIVA

CANTIDAD DESCRIPCIÓN DEL ARTICULO PRECIO UNITARIO IMPORTE TOTAL

OBSERVACIONES / COMENTARIOS SUBTOTAL

I.V.A.

TOTAL IVA INCLUIDO

Esta Orden de Compra es un documento anexo al CONTRATO DE PROVEEDURÍA DE BIENES Y/O SERVICIOS RELACIONADOS.

Simón Bolívar #1214. Colonia Mitras Centro. Monterrey, Nuevo León, México, C.P. 64460

Promotora de Nuevos Horizontes Educativos, A.C. / Simón Bolívar #1218. Col. Mitras Centro. CP. 64460 R.F.C PNH930127PJ4

La presente orden de compra se entiende como acuerdo, correspondiente al CONTRATO DE PROVEEDURÍA DE BIENES Y/O SERVICIOS RELACIONADOS celebrado entre UNICM y EL PROVEEDOR por lo que el presente documento tiene efectos legales por lo que la falta de cumplimiento de EL PROVEEDOR en la forma, lugar y términos de la presente orden de compra, dará derecho a UNICM a exigir el cumplimiento forzoso de ésta o daría por terminada, total o parcialmente, la relación contractual existente, mediante simple comunicación. Cualquier incumplimiento de la misma, podrá causar la baja definitiva de EL PROVEEDOR del catálogo de proveedores de UNICM.Se entiende por entrada y aceptada la presente orden de compra una vez que sea recibida ya sea de forma personal, vía fax, correo electrónico por cualquier empleado de EL PROVEEDOR, o por sí mismo. Cualquier aclaración a la orden de compra podrá efectuarse vía correo electrónico, fax, mensajería, correo, por las personas autorizadas previamente por parte de EL PROVEEDOR.EL PROVEEDOR reconoce que su relación con UNICM es esencial y estrictamente civil y por lo tanto, no constituye ni crea relación alguna entre las partes de asociación en participación, agencia, representación, ni contrato de trabajo ya que las partes son entidades independientes y cada una de ellas cuenta con sus propios elementos humanos y materiales. Las obligaciones que aquí se consignan son las únicas que pudieran relacionarlas para este único objeto, ya que no existe ni existirá en lo futuro relación laboral alguna entre UNICM y EL PROVEEDOR o entre UNICM y el personal subordinado bajo las órdenes de EL PROVEEDOR, por no existir vínculo alguno de dependencia entre UNICM y EL PROVEEDOR o sus subordinados. En virtud de lo anterior los trabajadores, empleados y demás personal que intervengan en la realización de los trabajos, dependerán exclusivamente de EL PROVEEDOR, siendo éste el único y verdadero patrón, no pudiendo de ninguna forma considerarse como intermediario en los términos de la Ley Federal del Trabajo dado que cuenta con recursos propios para hacer frente a las obligaciones laborales que pudiese tener, en consecuencia, cualquier responsabilidad que llegase a surgir con motivo de accidentes o enfermedades de trabajo del personal antes citado, así como cualquier otra de tipo laboral, del IMSS, de seguridad social o cualquiera otra análoga municipal, estatal, o federal, derivada de una supuesta relación laboral, serán enteramente a cargo de EL PROVEEDOR, quien se obliga a restituir a UNICM cualquier cantidad que éste llegue a pagar por los motivos antes expuestos, autorizándole desde este momento para deducir la erogación efectuada de los pagos que haya de hacerle por los trabajos contratados.