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Personas y Equipos ¡Siempre Contigo! Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad Mis Beneficios intranet.integra.cl / F.Integra / @f_Integra

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Personas y Equipos¡Siempre Contigo! • Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad

• Mis Beneficios

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INTRODUCCIÓN

Directora Ejecutiva Integra

Estimados equipos:

Siempre que se alcanza una meta, se comparte también la alegría que ella representa. Y hoy estamos ante un hito destacado, que se enmarca dentro de la Política de Calidad Educativa y evidencia un importante trabajo colaborativo de trabajadoras y trabajadores de nivel nacional y regional, y las organizaciones sindicales de Integra, que viene a cubrir la necesidad de actualizar el Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad, hasta ahora vigente en nuestra institución.

Con gran satisfacción hacemos entrega de este documento a todos los trabajadores y trabajadoras de Integra, elaborado conforme a la legislación actual y cuyo contenido establece claramente derechos y obligaciones, así como beneficios, y prohibiciones en el desempeño de sus labores, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo N° 67 de la Ley 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Este documento ha sido debidamente informado a todos los trabajadores y trabajadoras, de acuerdo al artículo N°156 del Código del Trabajo, proceso que culmina con el envío de una copia del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, a la Dirección del Trabajo y al Ministerio de Salud, y la entrega de un ejemplar a cada una de las personas que trabajan en Integra.

Asimismo, y complementando esta noticia, es muy grato contarles, que junto al Reglamento recibirán el Manual de Beneficios, documento que ha sido preparado con dedicación por el Departamento de Beneficios y Programas Socioculturales de la Dirección de Personas, con la finalidad de hacer visible el conjunto de beneficios y convenios a los que pueden acceder los trabajadores y trabajadoras de Integra. En este sentido, es un documento valorable, que nos invita a seguir trabajando para entregar mejores niveles de calidad de vida y bienestar laboral para todos quienes formamos Integra.

Esperando que ambos documentos sean de utilidad para ustedes, y asumiendo el desafío de continuar construyendo relaciones colaborativas de calidad, en beneficio directo de nuestros niños y niñas, Les saluda afectuosamente,

INTRODUCCIÓN

Directora Ejecutiva Integra

INDICE

Libro I. Normas de Funcionamiento y Disciplina TítuloI. NormasGenerales........................................................................ TítuloII. DelasCondicionesdeIngreso.................................................. TítuloIII. DelContratodeTrabajo.............................................................. TítuloIV. DelaJornadaOrdinariadeTrabajo elControldeAsistenciaylosAtrasos.................................... TítuloV. DelaJornadaExtraordinariadeTrabajo................................. TítuloVI. DelosUniformesylaImagenCorporativa............................ TítuloVII. DelasRemuneraciones............................................................... TítuloVIII. DelosDescuentos ....................................................................... TítuloIX. DelasAsignacionesFamiliares ................................................ TítuloX. DelFeriadoLegalAnualydelProgresivo............................... TítuloXI. DelosPermisosLegales,Administrativos yEspeciales .................................................................................... TítuloXII. DeLasLicencias,LaProtecciónala MaternidadyelFueroMaternal ............................................... TítuloXIII. DelAnticipoDeSubsidioporLicenciasMédicas CurativasyMaternales ............................................................... TítuloXIV. DelBienestarSocialdelosylosTrabajadores yTrabajadoras................................................................................ TítuloXV. DelaProteccióndelaFamiliaen CasodeFallecimiento.................................................................. TítuloXVI. DelaCapacitaciónyDesarrollo ............................................... TítuloXVII. DelasOrganizacionesSindicales............................................. TítuloXVIII. DelasObligacionesBásicasdeFundaciónIntegra ............. TítuloXIX. DelasObligacionesGenerales delosylasTrabajadoras............................................................. TítuloXX. DelasObligacionesdelosylasTrabajadoras RespectoalTratoDirectoconlosNiños................................. TítuloXXI. DelasObligacionesdelosylasTrabajadoras conResponsabilidaddeJefatura............................................... TítuloXXII. DelasProhibicionesalPersonal.............................................. TítuloXXIII. DelasInvestigacionesInternas ............................................... TítuloXXIV. DelasSancionesylasMultas ................................................ TítuloXXV. DelProcedimientodeReclamos...............................................

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TítuloXXVI. DelaTerminacióndelContratodeTrabajo........................... TítuloXXVII. DelasInformaciones,Peticiones ReclamosySugerencias..............................................................

Libro II Del Acoso Sexual y Laboral TítuloI. NormasGenerales........................................................................ TítuloII. DelProcedimiento,delaInvestigaciónySanción delAcosoSexualyAcosoLaboral........................................... Libro III Sobre Seguridad Informática TítuloI. SeguridaddelaInformación...................................................... TítuloII. DelaProteccióndelosDerechosdeAutor........................... TítuloIII. DelCorreoElectrónico ................................................................ TítuloIV. SobrelosEquiposComputacionales....................................... TítuloV. RestriccionesdeNavegaciónenInternet............................... TítuloVI. UsodeEquipodeDigitalizacióneImpresión ....................... Libro IV Reglamento de Higiene y Seguridad TítuloI DisposicionesGeneralesenMateria deHigieneySeguridad.............................................................. TítuloII DelasObligacionesdelEmpleadorenMaterias deHigieneySeguridad............................................................... TítuloIII DelasObligacionesdelPersonalenMaterias deHigieneySeguridad............................................................... TítuloIV DelasObligacionesdelaJefaturasenMaterias deHigieneySeguridad............................................................... TítuloV DelasProhibiciones..................................................................... TítuloVI DelasSanciones,ReclamosyMultas..................................... TítuloVII DelosProcedimientos,RecursosyReclamaciones (LeyN°16.744YD.S.101de1968,delMinisteriodel TrabajoyPrevisiónSocial) ........................................................ TítuloVIII DelaOrganizacióndelaPrevencióndeRiesgos................. TituloIX DelDerechoASaber(D.S.N°40De1969,del MinisteriodelTrabajoyPrevisiónSocial).............................. TítuloX DelaManipulacióndeCarga“Ley20.001Regula elPesoMáximodeCarga...........................................................

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TítuloXI PrevencióndeTranstornosMúsculoEsqueléticosde ExtremidadesSuperioressegúnModificaciónD.S.594...TítuloXII LeyN°19.404delTrabajoPesadoyDecreto SupremoN°71 .............................................................................. TítuloXI DelaProteccióndelosTrabajadoresExpuestosa RadiacionesUltravioleta(LeyN°20.096“Establece MecanismosdeControlAplicablesalasSustancias AgotadorasdelaCapadeOzono ............................................ TítuloXII DelaProteccióndelosTrabajadoresaTrabajo engranaltitud................................................................................ TítuloXIII DelosRiesgosPsicosociales .....................................................

Libro V Objetivos de Cargo TítuloI ObjetivosdeCargodeCasaCentral ...................................... TítuloII ObjetivosdeCargoDirecciónRegional..................................TítuloIII ObjetivosdeCargoJardínInfantil............................................

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Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad

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ARTÍCULO 1º Las normas que rigen las relaciones la-boralesentreFundaciónINTEGRAysustrabajadoresytrabajadoras,estánconte-nidasenlalegislaciónyreglamentacióndel trabajovigente, loscontratos indivi-duales de trabajo, en los protocolos deacuerdosuscritosconlasorganizacionessindicales cuyo contenido se encuen-trevigenteyenelpresenteReglamentoInterno de Orden, Higiene y Seguridad,obligatorioparalaspartes.

ARTÍCULO 2º EsteReglamentoInterno,sedictaenvir-tudde lodispuestoenel artículo 153ysiguientes del Código del Trabajo, tieneporobjetoregularlascondiciones,requi-sitos,obligaciones,derechos,prohibicio-nesyformasdetrabajoaquedebenestarsujetostodoslostrabajadoresytrabaja-doras que prestan servicio a FundaciónINTEGRA, en relación con sus labores,permanenciayvidaenlasdependenciasdelaFundación.

ARTÍCULO 3º A partir de su entrada en vigencia, lasnormas y disposiciones contenidas eneste Reglamento se entienden incorpo-radasalcontrato individualdetrabajoyson obligatorias para los trabajadores ytrabajadoras. En ningún caso suponenuna modificación unilateral de las con-diciones establecidas en cada contratoindividual, principalmente en lo referidoa las funciones, lugar de desempeño ymontosdelasremuneracionespactadas.

De este modo, la aplicación del Regla-mento Interno no podrá significar unadisminucióndelosbeneficioscontenidosenloscontratosindividualesrespectodelostrabajadoresotrabajadorasafectosalosmismos.

ARTÍCULO 4º Fundación INTEGRA define su políticacorporativaacordeasuvisión:“Unafun-dacióneducativaenlaqueniñosyniñasaprenden jugando felicesy transformanelmundo,contribuyendoaunChilemásinclusivo,justoydemocrático”.

LIBRO I

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y DISCIPLINA

Título I. Normas generales

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ARTÍCULO 5º La misión de Fundación INTEGRA es:“Lograreldesarrolloplenoyaprendizajessignificativosdeniñosyniñasentretresmesesycuatroañosdeedadatravésdeunproyectoeducativodecalidadconlaparticipación activa de los equipos detrabajo,familiasycomunidad”.

ARTÍCULO 6º Fundación INTEGRA tomará todas lasmedidas necesarias para garantizar unambientelaboraldignoydemutuorespe-toentresustrabajadoresytrabajadoras.

Fundación INTEGRAdesarrollarásuque-hacerenunambientelaboralquepromue-va y haga realidad los siguientes valoresorganizacionales:laInclusión,laParticipa-ción,elRespeto,laConfianza,laTranspa-renciaylaApreciacióndeTalentos.

ARTÍCULO 7º Fundación INTEGRA, hará entrega enformagratuitadeunejemplardelRegla-mentoInternodeOrden,HigieneySegu-ridad,atodoelpersonalqueseincorporealaInstitución,inmediatamentedespuésdeproducidosuingreso,siendorespon-sabilidaddecadajefaturadirectaotutordentrodelprocesodeinducción,explicarendetallecadaunodelostemasaborda-dosenestereglamento.

ARTÍCULO 8º Todo el personal deberá dar estricto yfiel cumplimiento a la totalidad de lasnormascontenidasenelReglamentoIn-terno de Orden, Higiene y Seguridad, yalasnormaslegalesvigentes.Nopodráalegarlaignoranciadeellasyharádecla-raciónexpresadeconocerlasyobligarseacumplirlasíntegramente,desdeelmo-mentodesuincorporación.

Título II. De las codiciones de ingreso

ARTÍCULO 9º Fundación INTEGRA podrá requerir ladocumentaciónpertinenteparaacreditarlaidoneidaddelapersonaquepostulaasuscargos,cuyodetalleseráespecifica-doalmomentodel iniciode lapostula-ciónalprocesodereclutamiento.

Los procesos de selección otorgaránigualdad de oportunidades a los y laspostulantes,serántransparentes,partici-pativosynodiscriminatorios,buscandola contratación de la persona más ade-cuada al perfil del cargo, quien deberácumplir concadaunade lasetapasdelprocesodeseleccióndefinidosparacadacargo,pudiendorequerirselaaprobacióndepruebas técnicas,actividadesgrupa-les,y/oexámenespsicolaborales(psico-lógicosymédicos),acordesalcargoalquesepostule.

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Losperfilesalosqueserefiereelincisoanteriordeberánserconocidosconan-telación y estarán publicados y actua-lizados permanentemente en los sitioswebinstitucionales.

Dentro del proceso de postulación, laFundacióncadavezquelorequiera,rea-lizarálosajustesnecesariosdesusme-canismos,procedimientosyprácticasdeseleccióndepersonal,pararesguardarlaigualdaddeoportunidadesenlapartici-pacióndelaspersonascondiscapacidad.

ARTÍCULO 10º Para ingresar a Fundación INTEGRA, elinteresadoointeresadadeberápresentarpreviamentelasiguientedocumentación:1. FotocopiasimpledeambosladosdelaCéduladeIdentidad.2. CertificadodeAntecedentes(originalydeemisiónreciente).3.Certificadoocomprobantequeacre-ditesu residencia(originalydeemi-siónreciente).4.Encasodehaber trabajadoanterior-mente,fotocopiadelfiniquitodesuúlti-moempleoodelactoadministrativoquepuso términoa la relaciónestatutariaoa laprestacióndeservicios,encasodeprovenirdesdeelsectorpúblico.5.Certificadodeafiliaciónodeincorpo-raciónalsistemaprevisional(AFPoIPS).6.Certificadodeafiliaciónalsistemadesalud(IsapreoFonasa).7. Dos fotografías estilo carné, que po-dránserentregadasenformatofísicoodigital.

8. Dosfotocopiaslegalizadasdelcertifi-cadodeestudiosy/otítuloprofesional,sicorresponde.9. Antecedentesdecargasfamiliares(sicorresponde).10.Certificadodesituaciónmilitaraldía(sóloparavaronesmayoresde18años).11.Certificadomédicodesaludcompa-tibleconelcargoalquepostula,cuandoasí lo requiera la legislaciónoel regla-mentovigente.12.Currículo con los antecedentes re-queridosporINTEGRAparael cargoalquesepostula.13. En los casos en que el trabajador otrabajadora contratada opte por el de-pósito de sus remuneraciones en unacuentabancariayaexistente,deberáad-juntarundocumentoenqueseconsignela institución, número y tipo de cuenta,paraefectosdesuincorporaciónalcon-veniodepagoderemuneraciones.14.Certificadodeinhabilidadesparatra-bajarconniñosyniñas.15.Certificado de situación económicay/ofinanciera(soloparaJefesdeFinanzas).

Quienes para postular o al momento deingresar a Fundación INTEGRA oculten,adulteren antecedentes o proporcionendocumentación falsa, serán sancionadosconlaexclusióndelosprocesosdeselec-ción,yenelcasodehabersidocontrata-dosseaplicarálopreceptuadoenelartí-culo104numeral22deesteReglamento.

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ARTÍCULO 11º Lostrabajadoresytrabajadorasdeberáncomunicar dentro de un plazo de 10días hábiles las variaciones producidasenlosantecedentesalosqueserefiereelartículoanterior,yparapresentarlosrespaldos o certificaciones que resul-tenpertinentes,unplazodetreintadíashábiles desde que se hayan producidoestas variaciones. Esta comunicacióndeberá ser efectuada a través del res-pectivoconductoregular,seaalaDirec-cióndePersonasoaquiencorrespondaesta función, en conformidad con lodispuestoenlosprocedimientosvigen-tesenlaInstitución.

Fundación INTEGRA adoptará las me-didas de seguridad necesarias para ga-rantizar laconfidencialidadde losdatospersonales recogidos. Los trabajadoresytrabajadorasque intervenganencual-quier fase del tratamiento de los datosde carácter personal están obligados aguardar estricta confidencialidad y re-serva de los mismos; obligaciones quesubsistirán aun después de finalizar surelaciónlaboralconlaFundación.

LosdatospersonalesentregadosporlospostulantesyelpersonaldelaFundaciónseránadministradosexclusivamenteporpersonaldeINTEGRA,evitandousosin-debidos,alteraciónoentregaaterceros,salvo los siguientes casos: autorizaciónexpresadel trabajadoro trabajadora, serequiera por orden judicial o por unaautoridadcompetenteo,seanutilizadosconfinesestadísticos.

ARTÍCULO 12º TodapersonapodrápostularaloscargosqueseencuentrenenconcursoenFun-daciónINTEGRAcuandocumplaconlosrequisitos señalados en el Objetivo deCargorespectivo.

Noobstanteloanterior,nopodránpos-tular cuando el cargo que se concursepongaalapersonaenunarelacióndeje-faturaosubordinaciónjerárquicadirectaconuntrabajadorotrabajadorarespectodelcualseencuentrevinculadoporma-trimonio, convivencia o por parentescodeconsanguinidadhastaeltercergradoinclusiveo,deafinidadhastaelsegundogrado,oadopción.

Título III. Del contrato de trabajo

ARTÍCULO 13ºDe acuerdo a lo establecido en el Artí-culoNº9delCódigodelTrabajo,Funda-ción INTEGRA,haráconstarporescritoloscontratosdetrabajoenunplazodequince días, o de cinco días, si se tratadecontratosporobra,trabajooserviciodeterminadooduración inferiora trein-tadías,contadosdesdelaincorporacióndelnuevopersonal.Estoscontratosde-beránserfirmadosporambaspartes,entresejemplares,quedandodosenpoderdelaFundación(unoenpoderdelaOfi-cinaRegionalyotroen lacarpetade latrabajadora en el Jardín Infantil) y unoenpoderdeltrabajadorolatrabajadora.

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Deberáquedarconstanciaenelcontra-tolaentregaaltrabajadorotrabajadoradeunejemplardeesedocumentoydelpresente Reglamento Interno. El traba-jador o la trabajadora deberá conservarsucontratoenbuenestadoypresentarlocadavezqueseaconvenidaunamodifi-cacióndelmismo.

Cada vez que se requiera una modifi-cación al contrato individual de traba-jo o un anexo de contrato que cambielas funciones, lugar de desempeño y/omontos de las remuneraciones pacta-das, el empleador deberá entregar unacopiadelapropuestaparaqueseaana-lizadaporeltrabajadorotrabajadora,enun plazo de 5 días hábiles. Lo anteriornoaplicaráenelcasode lasactualiza-cionesanualesdecontratoalasqueserefiereel incisosegundodelartículo 11delCódigodelTrabajo.

ARTÍCULO 14º Al momento de la incorporación de unnuevo trabajador o trabajadora, Funda-ciónINTEGRAacordaráconéloellalaforma de pago de sus remuneraciones,las que serán pagadas de acuerdo a loseñalado en el Título VII del Libro I deesteReglamento.

ARTÍCULO 15º FundaciónINTEGRApodráalterarlana-turalezadelosservicios,elsitioorecintoenqueellosdebenprestarse,siemprequesetratedelaboressimilaresyqueelnue-vositioorecintoquededentrodelamis-maciudad,sinqueelloimportemenosca-boparaeltrabajadorolatrabajadora.

Elpersonalafectadopodráreclamaranteel Inspector del Trabajo, en el plazo detreintadíashábiles, a contarde laocu-rrencia del hecho referido, a fin de queéstesepronunciesobreelcumplimientodelascondicionesseñaladas.

ARTÍCULO 16º El personal de la Fundación tendrá de-rechoa solicitar su trasladoo reubica-cióndentrodeunamismaregiónohaciaotrasregiones,siempreycuandoexistanvacantesdisponiblesenfuncionesdeca-ráctersimilaruotrasqueseanacordadasy/osetratedecasossocialescalificadoscomotalesporelDepartamentodeGes-tióndeBeneficiosyProgramasSociocul-turales.

Las otras solicitudes de traslado seránevaluadas en su mérito por INTEGRA,quien podrá autorizar o rechazar, res-pondiendo fundadamentede lascausasquemotivanladecisión.

Desde la política de movilidad, Funda-ciónINTEGRAvaloraypromueveelde-sarrollodesustrabajadoresytrabajado-ras.Paracubrirlasvacantesdisponiblesen todas las regionesdelpaíssepriori-zará la promoción y traslado interno, apartirdeunprocedimientotransparentey objetivo, recogido en el Protocolo deAcuerdoSindicalSobreRemuneracionesyCondicionesLaborales,suscritoel11denoviembrede2014.

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ARTÍCULO 17º Loscontratosdetrabajosemantendránactualizados,susmodificacionessecon-signaránporescritoyseránfirmadasporlaspartesendocumentosanexos.

Noseránecesariomodificar loscontra-tosparaconsignarporescritoenelloslosaumentosderivadosdereajusteslegalesderemuneraciones.Sinembargo,aúnenestecaso,laremuneracióndeltrabajadorolatrabajadoradeberáapareceractualizadaen loscontratospor lomenosunavezalaño,incluyendolosreferidosreajustes.

Título IV. De la jornada ordinaria de trabajo, el control de asistencia y los atrasos

ARTÍCULO 18º Lajornadaordinariadetrabajoeslapac-tadaenloscontratosdetrabajoynopo-dráexcederde45horassemanales.

Lajornadaordinariadetrabajosedesa-rrollará en forma continua y será inte-rrumpidaporunperíodode 15minutosparatomardesayuno,organizadoentur-nospreviamentedeterminadosyacorda-dos con la dirección de jardín infantil osalacuna,yparacolaciónde45minutos,deacuerdoaunsistemadeturnospre-viamente determinado y acordado concada jefatura directa, coherente con lasnecesidades de atención y/o funciona-

mientode lasunidadesdetrabajoen lajornada normal de los establecimientosdeINTEGRA.

Fundación INTEGRAotorgaráelbenefi-ciodecolacióna lostrabajadoresytra-bajadoras, conforme a lo dispuesto ensus contratosde trabajo,yelbeneficiodeinsumos(te,café,azúcarypanacor-desauncoeficiente)paraeldesayunodelosjardinesinfantilesysalascuna.

ARTÍCULO 19º Deacuerdoconsusnecesidadesdefun-cionamiento y atención, Fundación IN-TEGRApodrápactarprevioacuerdoconsustrabajadoresytrabajadoras,distintasjornadasyhorariosdetrabajo.

ARTÍCULO 20º Porcircunstanciasqueafectenatodoelprocesodelainstitución,establecimien-tooaalgunadesusunidadesoconjun-tosoperativos,FundaciónINTEGRApo-drá alterar la distribución de la jornadade trabajo convenida hasta en sesentaminutosdiarios, seaanticipandoopos-tergando la hora de ingreso al trabajo,comunicandoalostrabajadoresotraba-jadorascontreintadíasdeantelaciónalomenos.

Elpersonalafectadopodráreclamarenunplazodetreintadíashábiles,acontardelarecepcióndelavisoalqueserefiereelincisoanterior, anteel Inspector delTra-bajoafindequeéstesepronunciesobreelcumplimientodelascondicionesseñaladas.

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ARTÍCULO 21º La duración de la jornada ordinaria detrabajonoexcederádecuarentaycincohorassemanalesparalostrabajadoresytrabajadoras de jornada normal. Podránexistircontratosdejornadaparcial,cuyaduraciónnosea inferiora lamínima le-gal,laqueestaráespecificadaenelcon-tratodetrabajo.

ARTÍCULO 22º Lostrabajadoresdeberánregistrarsuho-rariodeentradaysalidamedianteelme-canismodestinadoalefecto:librodecon-troldeasistenciaounsistemaautorizadoderegistrobiométricoubicadoenloslu-garesdeaccesoqueINTEGRAdetermineparaestosefectos.Elregistrodeasisten-ciadebeserefectuadopersonalmenteporeltrabajador,considerándosefaltagravela suplantación u otra forma de adulte-ración del mismo. Quedan exceptuadosde la obligación consignada en el incisoanterior, los trabajadoresy trabajadorasconsideradosenelincisosegundodelar-tículo22delCódigodelTrabajo.

ARTÍCULO 23º Los contratos de trabajo deberán espe-cificar si el trabajador o trabajadora seencuentraexcluidodelalimitacióndelajornadadetrabajo,encuyocasonoten-drálaobligaciónderegistrarsuasistencia.

En caso de retraso respecto del horariodeingresoasuslaborestodotrabajadorotrabajadoraqueseencuentreobligadoaregistrarasistencia,deberápresentarseen forma inmediataante su jefaturadi-rectaparajustificarelatraso.

La jefatura determinará e informará deestasituaciónalasinstanciasadministra-tivascorrespondientes,quienesdeacuer-doalprocedimientoestablecido,calcula-rán la remuneración que correspondiesepagarconsiderandoestosatrasos.

ARTÍCULO 24º Los atrasos reiterados e injustificadosconstituyen “incumplimiento grave delasobligacionesdelcontratodetrabajo”,quedando en ese caso la Fundación fa-cultadaaponertérminodelcontrato,sinderechoaindemnizaciónalguna,envir-tuddeloestablecidoelartículoNº160,Nº7,delCódigodelTrabajo.

ARTÍCULO 25º Ningún trabajador o trabajadora podráausentarsedesupuestodurantelasho-ras de trabajo sin autorización previa yexpresadesujefaturadirecta.

ARTÍCULO 26º Lasjefaturasdirectasdeaquellostraba-jadoresotrabajadorasqueporcapacita-ción,comisionesdeserviciouotrosmo-tivoslaborales,necesitenausentarsedelestablecimientodurantelashorasdetra-bajo,deberáninformary/odejarexpresaconstancia en los respectivos sistemasde control acerca de estas ausencias,seanéstasparcialesototales.

Será facultad de las jefaturas directasotorgarunpermiso,queexcedaalcon-templadoenel (artículo56 letrad)delpresenteReglamento,alostrabajadoreso trabajadoras de su dependencia paraausentarsedesuslugaresdetrabajopor

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motivosparticulares.Estospermisosde-beránsolicitarseyotorgarseporescrito,consignandoenelloslaextensióndesuduraciónylasolicituddeltrabajadorqueestosseancompensados.

Entalescasoseltrabajadorotrabajado-radeberánobligatoriamente registrar lahoradesalidayderegresoasuslaboresy realizar la compensación respectivadentrodelasemanaqueledioorigen.

ARTÍCULO 27º Eltrabajadorolatrabajadoradeberá,daravisoprevioodentrodelasprimerasho-rasdesujornada,cuandonovayaacon-currirasutrabajo,siendodesuresponsa-bilidadlajustificacióndelaausencia.

Si la inasistencia es por enfermedad oaccidentecomún,el trabajadoro traba-jadora deberá presentar una LicenciaMédica,enunplazodedosdíashábilescontadosdesdelafechadeiniciodelre-posoprescrito.

Encasodeenfermedad,accidentelaboraloaccidentedetrayectosedeberáhacerllegarlaDenunciaIndividualdeAcciden-tedelTrabajo(DIAT)oDenunciaIndivi-dual de Enfermedad Profesional (DIEP)respectiva,dentrodelmismoplazo.

Título V. De la jornada extraordinaria de trabajo

ARTÍCULO 28ºSe entiende por jornada extraordinariaaquella que excede del máximo legal odelajornadapactadacontractualmentesiellaesmenor.

Lajornadaextraordinariadeberáserau-torizadaporlajefaturadirectadeltraba-jadorolatrabajadora.

ARTÍCULO 29ºLa jornadaordinariapodráexcedersu lí-mitelegalsólosiesindispensable;paraevitar perjuicios en el funcionamientonormaldelaFundación;porfuerzamayorocasofortuito,talescomoelaccidentedeunniño,unaniña,untrabajador,unatra-bajadora;ycuandodeban–evitarseac-cidentes,oefectuarreparaciones impos-tergablesenlasinstalaciones,entreotros.

Las horas trabajadas en exceso por elpersonal sujeto a limitación de jornadanormal ydeextensiónhoraria,conco-nocimientodeunsuperiordirecto,sepa-garáncomoextraordinarias.

ARTÍCULO 30º Enlasactividadesqueporsunaturalezanoperjudiquenlasaluddeltrabajador,nisignifiqueunmenoscabo,podránpactar-sehorasextraordinariashastaunmáxi-modedospordía,lasqueseránpagadas

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conelrecargoseñaladoenelincisocuar-todeesteartículo.

Las horas extraordinarias sólo podránpactarseparaatendernecesidadesosi-tuaciones temporales de la Institución.Estospactosdeberánconstarporescritoytenerunavigenciatransitoria,nosupe-rioratresmeses,pudiendoserrenovadaporacuerdodelaspartes.

Noobstantelafaltadepactoescrito,seconsiderarán extraordinarias las horasquesetrabajenenexcesodela jornadapactada, con conocimiento del emplea-dordebidamenteautorizadapor la jefa-turadirectadeltrabajadorolatrabajadora.

Lashorasextraordinariassepagaránconun recargodelcincuentaporcientoso-breelsueldoconvenido,paralajornadaordinariaydeberánliquidarseypagarseconjuntamente con las remuneracionesordinariasdelperíodo.

ARTÍCULO 31º No serán horas extraordinarias las tra-bajadasencompensacióndeunpermi-sosolicitadoen la formaestablecidaenel artículo 26º de este Reglamento, esdecir,quedichacompensaciónhayasidosolicitadaporescritoporeltrabajadoryautorizadadelamismaformaporelre-presentantedelempleador.

Título VI. De los uniformes y la imagen corporativa

ARTÍCULO 32º FundaciónINTEGRAproporcionaráanual-mentealpersonaldelosJardinesInfantilesque posea contrato indefinido y que seencuentre en funciones, el beneficio deuniforme,atravésdelaentregadedelan-talesuotravestimentaquesedefinacomoapropiadayacordadaconlasorganizacio-nes sindicales, cautelando la mantencióndeunstockpermanenteadisposicióndelpersonaltemporalodereemplazo.

ARTÍCULO 33º Asimismo, laFundaciónotorgaráanual-menteelbeneficiodevestimentaalper-sonal que posea contrato indefinido, yquecorrespondaalosnivelesregionalycentral,cuandonodesempeñecargosderangodirectivo,profesionalodejefatura.

ARTÍCULO 34ºLostrabajadoresytrabajadorasmencio-nadosenlosartículosprecedentes,de-beránenelejerciciodesusfunciones,ha-cerusodedichovestuario.Lasjefaturasdirectasdeberán,otorgarlasflexibilida-desnecesarias,enatenciónacircunstan-cias climáticas (por ej. usodechalecosoparkas,etc.),velandoporqueéstasseenmarquenenlaformalidadyuniformi-dadmínimarequerida,conelfindeman-teneryproyectarentodomomento,unaadecuadaimagencorporativa.

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ARTÍCULO 35º Cadajefaturadirectaosuperiorseráres-ponsabledevelarporelpermanentecum-plimiento de la norma anterior respectodelpersonalbajosudependenciadirecta.

Título VII. De las remuneraciones

ARTÍCULO 36º FundaciónINTEGRAdacumplimientoalprincipiodeigualdadderemuneracionesentrehombresymujeresqueprestenunmismotrabajo.

El personal de la Fundación, recibi-rá como remuneración un sueldo basemensual, proporcional a los días efecti-vamente trabajados, independientes deotrasasignacionespactadas-yaseaenloscontratosdetrabajo,oenlosacuer-dossuscritosconlasorganizacionessin-dicales-queseliquidaráypagaráamástardarelúltimodíahábildecadames.

Elmontomensualdelsueldobasenopo-drá ser inferior al ingresomínimo legal.Si se convinieren jornadas parciales detrabajo,elsueldobasenopodráserinfe-rioralmínimovigente,proporcionalmentecalculadoenrelaciónconlajornadaordi-nariadetrabajo.Enningúncaso,launidaddetiempopodráexcederdeunmes.

ARTÍCULO 37º Comounaformadereconoceryvalorarlapermanenciayexperienciadelperso-

nal, Fundación INTEGRA incluirá men-sualmenteen las remuneracionesdesupersonaldeplanta,elpagodeun“bonode antigüedad”, por cada tres años deservicioscontinuos,concarácterimponi-bleytributable,cuyomonto,seráexpre-sado en un porcentaje del sueldo base,ysepagaráenformaproporcionalalosdías efectivamente trabajados, respectodelmesenelcualsealiquidado.

Dichobeneficioseescrituraráenelcon-trato de trabajo o en un anexo de con-tratoqueserásuscritoporambaspartes.

ARTÍCULO 38º INTEGRA,enreconocimientoalascon-diciones de desventaja que presentanlas regiones aisladasdelpaís,otorgarámensualmenteuna“asignacióndezona”,decarácterimponibleytributable,atodoelpersonaldeplantaquesedesempeñeen las regiones de: Arica y Parinacota;Tarapacá; Antofagasta; Atacama; Co-quimbo, La Araucanía, Los Lagos; LosRíos; Aysény Magallanes, cuyomon-to,seráexpresadoenunporcentajedelsueldo base, determinado de acuerdoal presupuesto institucional, el cual sepagaráenformaproporcionala losdíasefectivamente trabajados, respecto delmesenelquesealiquidado.

Dichobeneficioseescrituraráenelcon-trato de trabajo o en un anexo de con-tratoqueserásuscritoporambaspartes.

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ARTÍCULO 39º FundaciónINTEGRAotorgaráalaDirec-toradelosestablecimientosendondesedesarrolleelprogramadeExtensiónHo-raria,un“BonodeExtensiónHoraria”decarácterimponibleytributable,envirtudde su responsabilidad por el adecuadofuncionamiento de este programa. Semantendráelbonocuandopordecisióndelempleadoreltrasladodelaprofesio-nalsehagaaunestablecimientoquenocuenteconesteprograma,oaotrafun-cióndistintadelaqueoriginaestebono.

Estebeneficioseescrituraráenel con-tratodetrabajooenunanexodecontra-toyserásuscritoporambaspartes.

ARTÍCULO 40° FundaciónINTEGRAotorgaráalaDirec-tora de aquellos establecimientos quecuentenconSalaCuna,un“BonodeSalaCuna”, de carácter imponible y tributa-ble,quesepagaráenformaproporcionalalosdíasefectivamentetrabajados.Semantendráelbonocuandopordecisióndelempleadoreltrasladodelaprofesio-nalsehagaaunestablecimientoquenocuenteconSalaCuna,ounafuncióndis-tintaalaqueoriginaestebono.

Estebeneficioseescrituraráenelcon-tratodetrabajooenunanexoqueserásuscritoporambaspartes.

ARTÍCULO 41º Fundación INTEGRA otorgará a su per-sonaldeplantaconcontrato indefinido,un aguinaldo de Fiestas Patrias, que sepagará anticipadamente en el mes de

Agosto de cada año y un aguinaldo deNavidad,quesepagaráenelmesdeDi-ciembredecadaaño.Lasumaanualdelosmontoslíquidosdeambosaguinaldosnopodráserenmodoalgunoinferioralasuma de los aguinaldos que establezcaanualmente la ley para los funcionariosdelaAdministraciónPúblicaylapolíticadeotorgamientoqueINTEGRAestablez-caindependientedeladuracióndelajor-nadadetrabajo.

ARTÍCULO 42º Luego de los pagos señalados anterior-mente, la Fundación entregará a cadatrabajadorytrabajadorauncomproban-te que indicará el monto pagado, laformacomosedeterminóesemontoylasdeduccionesefectuadas. Asimismo,cadatrabajadory/otrabajadorarecibirádentrodelos15primerosdíashábilesdecadamesenlazonasurbanasy20díashábilesenlaszonasdeaccesodifícil,suliquidación en la que deberá constar elmonto recibido, liquidación que deberáserfirmada enseñaldehaber recibidoconformeelpagodeloshaberesdeven-gados,haciendoprontadevolucióndelascopiasquecorrespondan.

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Título VIII. De los descuentos

ARTÍCULO 43º FundaciónINTEGRAefectuarálassiguien-tesdeduccionesdelasremuneraciones:

1.Losimpuestosquelasgraven.2. Lascotizacionesde seguridadsocial,entrelasqueseconsideraaquellasrefe-ridasalsegurodedesempleo.3.Lasobligacionescon institucionesdeprevisióny/oorganismospúblicos.Entrelasquequedancomprendidaslascanti-dadesquelostrabajadorespuedanhaberpercibido por concepto de créditos so-cialesconunaCajadeCompensaciónalaqueeltrabajadorotrabajadoraseen-cuentreafiliado,encuyocasodeberáso-licitarporescritoeldescuentootorgandounmandatoalefecto.4.CuandosegúnlodispuestoenlaLeyN°16.618SobreAbandonodeFamiliayPagodePensiónAlimenticia,seresuel-va por un Tribunal de Familia el pagoporpensiónalimenticiaauntrabajadorotrabajadora.

ARTÍCULO 44º Solo a petición escrita del trabajador otrabajadora, la Fundación podrá des-contar de las remuneraciones sumas oporcentajes determinados, destinadosaefectuarotrospagos.Entreestosdes-cuentosvoluntariosysinqueestaenu-meraciónseataxativaseencuentran:

1. Las cuotas correspondientes a divi-dendoshipotecariosporadquisicióndeviviendasylascantidadesqueeltraba-jador o trabajadora haya indicado paraque sean depositadas en una cuentadeahorropara laviviendaabiertaa sunombre,enuna instituciónfinancieraoen una cooperativa de vivienda. Estasúltimasnopodránexcederdeunmontoequivalenteal30%delaremuneracióntotaldeltrabajadorotrabajadora.Cuan-dolaobligaciónhayasidocontraídaconuna cooperativa, la obligatoriedad deldescuento sólo abarcará el monto co-rrespondiente al dividendo hipotecario,alsegurodedesgravamenylacuotadelfondoderesponsabilidad.2.LosaportesalServiciodeBienestar.3.Losdescuentosparaahorrovoluntario.4. Los descuentos por servicios médi-cos,conaquellasentidadesconlascualesexistaconveniosuscritoconlaFundación.5.LospréstamosdelServiciodeBienestar.6. Las cuotas por concepto de conveniosquelaFundaciónhayasuscritoconterceros.7.Pagosoaportesdel trabajadoro tra-bajadora dirigidos al financiamiento deestudiosqueésterealice.8.Cuotasdeafiliaciónsindical.

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Salvolaexcepcióncontempladaenelnumeral1precedente,estosdescuentosnopodránex-cederdel15%delmontobrutodelaremune-racióntotaldeltrabajadorotrabajadora.

Cualquieraseaelfundamentodelasde-duccionesrealizadasa lasremuneracio-nesporpartedelempleador,oelorigende los préstamos otorgados, en ningúncasopodránexcederdel45%de la re-muneracióndeltrabajadorotrabajadora.

Contodo,INTEGRApodrádeducirdelasremuneraciones lasmultascon las quehayasidosancionadoeltrabajadorotra-bajadora por infracciones a las normascontenidasenesteReglamentoyotrasquedeterminelaley.

ARTÍCULO 45º La Fundación no podrá deducir, retenernicompensardelasremuneracionesdelostrabajadoresotrabajadoras,sumaal-gunaquerebajesussueldosporconcep-todearriendodehabitación,electricidad,entrega de agua, uso de herramientas,entrega de medicinas, atención médicauotrasprestacionesenespeciesqueseotorguen con ocasión de la relación la-boral,oporconceptodemultasquenoesténseñaladasenestedocumento.

Título IX. De las asignaciones familiares

ARTÍCULO 46º Los trabajadoresy las trabajadoras ten-drán derecho a percibir asignación fa-miliarporlaspersonasqueseñalalaley.La Fundación pagará directamente estemonto, conforme al número de cargasfamiliares que hayan sido autorizadasporelorganismoprevisionalcorrespon-dienteypormensualidadesvencidas.

ARTÍCULO 47º Para percibir el derecho señalado en elartículo precedente, los trabajadores ytrabajadorasdeberánacreditarsuscar-gasfamiliaresconformealoestablecidoporlaleyylasnormasdelasinstitucio-nes previsionales correspondientes, de-biendoentregaralaFundaciónlosante-cedentesnecesarios,conelobjetodeserremitidosalarespectivaInstitución.

ARTÍCULO 48º Laasignaciónfamiliarestaráexentadeim-puesto y no podrá ser considerada comosueldoparaningúnefectolegal.Lostraba-jadoresy/otrabajadorasqueocultenante-cedentesoproporcionendatosfalsosparagozar indebidamente de esta asignación,seránsancionadosporlainstitucióndepre-visiónconlasuspensióndedichobeneficio,sinperjuiciode lassancionespenalesqueprocedandeacuerdoalaleyyaloseñaladoenelartículoNº104,N°22,yletraadelamismadisposicióndeestereglamento.

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Título X. Del feriado legal anual y del progresivo

ARTÍCULO 49º ElpersonaldeFundación INTEGRAconmásdeunañodeservicio tendrádere-choaunferiadoanualdeveintedíashá-biles,conremuneracióníntegra.

ARTÍCULO 50º Elferiadoseconcederádepreferenciaenprimavera o verano, considerándose lasnecesidadesdelservicio,pudiendoestasvacacionesserprogramadaseneltrans-cursodelañocalendario.Deestemodo,INTEGRA estará facultada para otorgarelferiadolegalanualalpersonal,enfor-maalternada,procurandocontinuidadenelfuncionamientodelasrespectivasuni-dadesdetrabajo.

Elferiadolegaldeberásercontinuo,peroelexcesosobrediezdíashábilespodráfrac-cionarsedecomúnacuerdoentrelaspar-tesparalostrabajadoresytrabajadorasdeCasaCentralyDireccionesRegionales.

ARTÍCULO 51º La Fundación otorgará el feriado legalanualenformacolectivaalpersonalquetrabaje directamente en la atención depárvulos,enelperíodoque los JardinesInfantilesy/oSalasCunaesténcerrados,considerando para ello las necesidadesdelaFundación.

ARTÍCULO 52º Todos los trabajadores y trabajadorascondiezañosdetrabajo,continuosono,para uno o más empleadores, debida-menteacreditadosmediantelosrespec-tivos certificados previsionales, tendráderechoaundíaadicionaldeferiadoporcadatresnuevosañostrabajados.

Contodo,sólopodránhacersevalerhas-tadiezañosdetrabajoprestadosaem-pleadoresanteriores.

ARTÍCULO 53º El feriado anual podrá acumularse poracuerdo de las partes, pero sólo hastapor dos periodos consecutivos. Funda-ciónINTEGRAdeberáentodocasootor-gar a aquellos trabajadores que tenganacumulados dos períodos consecutivosdeferiadolegal,almenoselprimerodeéstos,antesdecompletarelañoquelesdaderechoaunnuevoperíodo.

ARTÍCULO 54º Cuando a un trabajador o trabajadorasufraunaccidenteoenfermedadqueleconfiera derecho a licencia médica, du-rante el periodo en que esté haciendousodesuferiadolegal,FundaciónINTE-GRA,procederáalasuspensióndeéstedescanso,debiendoreanudarse,altérmi-nodelalicenciamédica.

ARTÍCULO 55º Lasvacacionesnosoncompensablesendinero. Sólo si el trabajador o trabaja-doradejadepertenecera laFundación,porcualquier razón,antesdehabergo-zado del derecho de vacaciones, podrá

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recibirlacompensacióneconómicacorres-pondienteenformaproporcionalaltiempotrabajado,deacuerdoalaformadecálculoestablecidaenlalegislaciónlaboralvigente.

Título XI. De los permisos legales, administrativos y especiales

ARTÍCULO 56º Fundación INTEGRA podrá otorgar lossiguientestiposdepermisos,alpersonalque en cada caso se indica, los que nopodránsercompensadosendinero:

a)PermisoporNacimiento:DeacuerdoconloprevistoenelCódigodelTrabajo,los trabajadores varones tendrán dere-choaunpermisopagadodecincodíasencasodenacimientodeunhijoohija,quepodránutilizarasueleccióndesdeelmomentodelparto,yenestecasoseráde forma continua, excluyendo el des-cansosemanal,odistribuirlodentrodelprimermesdesdelafechadelnacimien-to.Estederechoesirrenunciable.

Estepermisotambiénseotorgará:1)Alpadre,queseencuentreenprocesodeadopción,ysecontaráapartirde lanotificacióndelaresoluciónqueotorgueelcuidadopersonaloacoja laadopcióndelniñooniña,enconformidadalosar-tículos19y24delaleyNº19.620.

2)Alamadrequeseleconcedalaadop-cióndeunhijomayordeunaño,contadodesdelarespectivasentenciadefinitiva.

Si la madre muriera en el parto o en elperíododelpermisoposterior a éste, elpermisopostparto, reguladoporelartí-culo195delCódigodelTrabajo,oelres-todelqueseadestinadoalcuidadodelhijocorresponderáalpadre,quiengozarádel fuero establecido en el artículo 201inciso1delmismoCódigoytendrádere-choalsubsidioaqueserefiereelartículo198delreferidotextolegal.Paraelotor-gamientodeestepermiso,eltrabajadordeberápresentarelcertificadodedefun-cióndelamadreyeldenacimientodelniñooniña.

b) Permiso por Matrimonio: En el casoqueuntrabajadorotrabajadoracontrai-gamatrimoniocivil,religiosoosuscribaelAcuerdodeUniónCivil,FundaciónIN-TEGRAleotorgarácincodíasdepermisocongocederemuneraciones,adicionalesasuferiadolegaly/opermisosadminis-trativos.Dichopermisosepodráutilizarasueleccióndesdeelmomentodelma-trimonioolafirmadelacuerdodeunióncivilyenlosdíasinmediatamenteante-rioresoposterioresaldesucelebración,y en este caso será de forma continua,excluyendoeldescansosemanal,oden-trodelprimermesdesde lacelebracióndelmatrimonio.

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c)PermisoporFallecimientodeFamiliarDirecto:Enconformidadcon loestable-cidoporelCódigodelTrabajo,enelcasode muerte de un hijo, del cónyuge, oconvivientecivil(AUC),todoelpersonal,independiente del tiempo de servicio,tendrá derecho a siete días corridos depermisopagado,losquenosedesconta-rándelferiadoanualodelosotrosper-misoslegalesoreglamentariosalqueeltrabajadorotrabajadoratengaderecho.

Este permiso de siete días corridos seharáextensivoenelcasodelfallecimien-todelolaconvivienteyseráportresdíashábiles en el caso de muerte de un hijoenperíododegestaciónypormuertedelpadre, de la madre o de un hermano ohermanadel trabajador o la trabajadora.Estospermisosdeberánhacerseefectivosapartirdeldíadelfallecimientoyrespal-darsemediantepresentacióndelcertifica-dodedefunción.

No obstante, tratándose de una de-función fetal, el permiso se hará efecti-vo desde el momento de acreditarse lamuerte,conelcertificadodedefunción.El trabajador o trabajadora acogido aestepermiso,gozarádefuerolaboralporunmes,acontardelfallecimiento,salvoenelcasodeunatrabajadoraotrabaja-dorcuyocontratoaplazofijooporobra

o faenahubierevencidoy/oseencuen-treprestandoserviciossóloenvirtuddelfueromaternalqueestablecelaley.

Tratándose de trabajadores con contra-tos de trabajo a plazo fijo o por obra oservicio determinado vigente, el fuerolosampararásólodurantelavigenciadelcontrato si éste fuera menor a un mes,sinqueserequierasolicitarsudesafueroaltérminodecadaunodeellos.

d)PermisoAdministrativo: Elpersonaldeplanta de Fundación INTEGRA, con con-trato indefinido,dispondráduranteelañocalendario,decincodíasdepermisocongoce de remuneraciones, destinados aefectuartrámitesogestionespersonales.

Elpermisoadministrativo,salvosituacio-nesexcepcionales,deberásersolicitadocon una antelación de 48 horas, pu-diendoserautorizadoyfirmadoporlajefatura directa, siempre y cuando éstebeneficionoaltere significativamenteelnormal funcionamiento de la unidad detrabajo,otorgandosinperjuiciodeloan-terior,lasfacilidadesnecesariasparaqueelpersonalpuedahacerusodeestebe-neficioenformaíntegra.

Estepermisosepodrádividir,a reque-rimientodeltrabajadorolatrabajadora,en fracciones mínimas de 30 minutos,

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que en ningúncasopodrán serutiliza-dosparacompensaratrasosoinasisten-ciasinjustificadas.

Sepodráhacerusodelpermisoadminis-trativo,durantedías laboralescontinuosy/o antes o después de un período devacacionesode feriados, sóloencasosdebidamente justificados (situacionesdesaludyfamiliares),consensuadosconlajefaturadirectayenarregloaloscrite-riosenunciadosenelincisosegundodelpresenteliteral.

Duranteelprimerañocalendariodetra-bajo,sepodráotorgarestepermisosóloenformaproporcionalaltiempoefectiva-mentetrabajado,debiendousarparalabasedecálculo,eltiempoquemedieen-tre lacontratación,expresadoenmesesyel31deDiciembre.Elresultadodeberásermultiplicadoporelfactor0,4166queequivale al permiso administrativo porcadamestrabajado.

e) PermisoEspecialporInicioVacacio-nes de Verano: la Fundación otorgará atodoelpersonalquelaboradirectamenteen los Jardines Infantiles, cinco días depermiso con remuneración completa,adicionales al permiso administrativo yalferiadoanualduranteelperíododeve-rano,sinperjuiciodelastrabajadorassedesempeñenen elprograma“Vacacio-nesenMiJardín”.

Losdíasdepermisoconsagradosenesteli-teralnopodránsercompensadosendinero.

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f)PermisoEspecialporVacacionesEsco-laresdeInvierno:Conmotivodelabajaasistencia de niños, históricamente re-gistradaenperíododevacacionesesco-laresdeinvierno,INTEGRAotorgarádiezdías adicionales de permiso, con goceíntegro de remuneraciones,alpersonalque trabaja permanentemente en losJardinesInfantilesy/oSalasCuna.Cincodíasadicionalesdepermiso,congoceín-

CargoAntigüedad

Menos de 1 año Entre 1 y 2 años Más de 2 años

Asesor/aTécnico/ayProfesionaldeSeguimientoalaGestión

0días 5días 5días

ProfesionalJardínSobreRuedasyMijardínalHospital

0días 5días 5días

Trabajador/aOficinasRegionalesyCasaCentral 0días 2días 4días

tegroderemuneraciones,aAsesores/asTécnicos/as y personal de modalidadescomplementarias (Jardín Sobre Ruedas,Proyecto Hospital, Hogares y Casas deAcogida). El personaldeoficinas regio-nales y casa central, tendrá derecho adosdíassi tieneantigüedadentre1y2añosycuatrodíasdepermisoconmásdedosañosdeantigüedad.

Este permiso se otorgará en las fechasycondicionesestipuladas,deacuerdoalas necesidades de cada región y en elperíodo de vacaciones escolares de in-viernodeterminadoporelMinisteriodeEducación.Elpermisoadicionalporva-

cacionesescolaresdeinviernonoesacu-mulablenipostergableynotieneningúntipodeaplicaciónsimilaraladelferiadolegal. Las modalidades de este permisoencadaperíodoseránestablecidasporlaDirecciónNacionaldelaFundación.

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g)PermisoEspecialporMotivosdeSa-lud: Excepcionalmente, cuando el tra-bajador o trabajadora haya hecho usode sus días administrativos, FundaciónINTEGRA podrá otorgarle permisos ex-traordinarios por motivos de salud queafectenaéloellay/oasugrupo fami-liarinmediato(padre,madre,cónyugeoconvivientecivil(AUC),hijosehijas).

Este permiso se otorgará en caso deenfermedad crónica o grave que no délugar a licencia médica y que requiera,someterseauntratamientoambulatorioocontrolesmédicosperiódicos.

Estospermisosdeberáninformarsealajefaturadirectaycertificarseconladocu-mentaciónqueacreditelaprestacióndesaludcorrespondiente.

Eltiemponotrabajadoenvirtuddeestepermisoespecial,tratándosedelgrupofamiliar inmediato, con enfermedadcrónica o grave y tratamientos largos,no deberá ser compensado en tiemponiendinero.

h) Permiso Sin Goce de Remuneracio-nes: Corresponde a una suspensión delas obligaciones propias de la relaciónlaboral de carácter convencional, du-rante el periodo en que el permiso seencuentre vigente y por lo tanto, paratodoslosefectosseentenderácomodíanotrabajado.

INTEGRA podrá otorgar permisos singoce de remuneraciones, en casos es-

trictamentecalificados talescomo:pro-blemasdesaluddehijos,cónyugeopa-dres,viajesnecesariosparalarealizaciónde cursos en el extranjero u otros desimilar naturaleza. Este permiso podráotorgarseconun límitemáximodeseis(6)meses;nopudiendosolicitarseparaque lostrabajadoressedesempeñenenotrainstituciónoempresa,salvoacuerdoexpresodelaspartes.

Podrán hacer uso de este permiso, lostrabajadoresotrabajadorasdeINTEGRAque posean contrato indefinido y cum-plan con el procedimiento establecidoparaestosefectos.Asimismo,duranteelusodeestetipodepermiso,cadatraba-jadoro trabajadorasehará responsableexclusivode lasdeudasocompromisosde cualquier índole que haya contraídoconinstitucionesprevisionales,desalud,elserviciodebienestardelaInstitución,uotracualquiera,debiendoeximiraFun-dación INTEGRA de toda responsabili-dadanteéstas.

i) Permiso Día de Pago: Corresponde aunpermisodeunahora,exclusivamenteparalastrabajadorasdejardinesinfanti-lesysalascunadejornadanormal,parapagarcuentas,retirardinerouotros.Estepermiso se podrá tomar en uno de lostresúltimosdíashábilesdecadames,eldíadepagoy/oposterioraéste.Losequi-posdeberánorganizarseconlaDirectoradelestablecimientomedianteunsistemadeturnos,conelobjetoderesguardarentodo momento el buen funcionamientodeestablecimiento.

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ARTÍCULO N° 57Permiso Examen Preventivo: las tra-bajadoras mayores de cuarenta añosde edad y los trabajadores mayores decincuenta,concontratodetrabajoinde-finido, tendrán derecho una vez al año,a medio día permiso para someterse aexámenes de mamografía y próstatarespectivamente, pudiendo incluir otrasprestaciones de medicina preventiva,tales comoel examendePapanicolaou,en las instituciones de salud pública oprivadaquecorresponda.Tratándosedelos trabajadoresqueesténconcontratoaplazofijo,estederechopodráejercersedelamismaformaapartirdelostreintadíasdecelebradoelcontratodetrabajo.

El lapsodetiempoparasometersea losexámenes será complementado con eltiemposuficienteparalostrasladoshaciaydesdelainstituciónmédica,consideran-dolascondicionesgeográficas,detrans-porte y disponibilidad de equipamientomédiconecesario,segúnseaelcaso.Parahacer efectivo este derecho los trabaja-dores deberán dar aviso a su jefe direc-toconunasemanadeanticipación,conel propósito de organizar con antelaciónlas laboresdesuequipo,paranoalterarelnormalfuncionamientodelaUnidaddeTrabajoyllenarlasolicituddelospermi-sosadministrativosagregandoal formu-lariolaobservación“Solicitud para prác-tica de examen de tipo preventivo”.

El tiempo en el que los trabajadores serealicenlosexámenes,seráconsideradocomo trabajado para todos los efectoslegales;asimismo,estepermisonopodrásercompensadoendinero,nidurantenialtérminodelarelaciónlaboral.

ARTÍCULO 58º Cuandolosdías17deSeptiembre,24y31deDiciembre,correspondanadíasla-borales,elpersonaldeFundaciónINTE-GRAterminarásuslaboresapartirdelas13:00hrs,correspondiéndoleenelcasode los Jardines Infantiles, coordinar susfunciones para hacer posible y efectivoeste beneficio, velando siempre por noafectarenmaneraalgunael serviciodeatenciónalosniñosyniñas.

ARTÍCULO 59º FundaciónINTEGRAconformealalegis-lación vigente respetará los siguientestiposdelicencia:

a) Licencia por Servicio Militar: Cuan-dountrabajadorseallamadoareservasmovilizadas o a instrucción, conservarála propiedad de su empleo sin derechoaremuneración(ArtículoN°158delCó-digodelTrabajo)debiendoalmomentode su reincorporacióna su trabajo, serreintegradoasusfuncionesuotrassimi-

Título XII. De las licencias, la protección a la maternidad y el fuero maternal

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laresdeigualremuneración,siemprequeel trabajadorestécapacitadoparaellas,hasta treinta días después de la fechadelicenciamiento.

b) Licencia Médica: El trabajador o latrabajadoraqueporenfermedadestuvie-re impedidoparaconcurrirasutrabajo,estaráobligadoadaravisodetalsitua-ciónasu jefaturadirecta,a travésde lapresentaciónde la licenciamédica,per-sonalmenteopormediodeotraperso-na,dentrodelplazodedosdíashábilescontados desde la fecha de inicio de lalicencia,paraquelaFundaciónlatrámi-teantelaentidadpagadoradesubsidiosquecorresponda.

c) LicenciaporEnfermedadProfesional,Accidente de Trabajo o de Trayecto: Eltrabajador o trabajadora de FundaciónINTEGRA,queporenfermedadprofesio-nal,accidentelaboralodetrayectoestu-viere impedidodecumplir consus fun-ciones,estaráobligadoadaravisodeelloa su jefatura directa, personalmente opormediodeuntercero,dentrodelplazodedosdíashábilescontadosdesdelafe-chadelaatención,indicandoladuraciónprevistaparael reposoy/o elsiguientecontrol,o la fechadealtaprobablequehaya determinado la respectiva organi-zaciónprevisional.

d) Licencia Maternal: Las trabajadorasde la Fundación, tendrán derecho a undescansopormaternidadqueseregiráensustérminosycondicionesporloqueestablezcalanormativalegal.

ARTÍCULO 60º Seráobligacióndelatrabajadoraemba-razada presentar tan pronto tenga co-nocimiento de ello, los certificados ex-pedidospor unmédicoomatronaqueacreditensuestadodegravidez,alajefa-turarespectiva,oaquiencorrespondiere,segúnelprocedimientoestablecido.

ARTÍCULO 61ºDuranteelperíododeembarazo, la tra-bajadoraqueestéocupadahabitualmen-teentrabajosconsideradosporlaauto-ridad como perjudiciales para su salud,deberá ser trasladada sin reducción desus remuneraciones, a otro trabajo quenoseaperjudicialasuestado.

Para estos efectos se entenderá espe-cialmente,comoperjudicialparalasaludtodotrabajoque:

a)Obliguealevantar,arrastraroempu-jarcargassuperioresa lostres(3)kilo-gramos;b)Exijaesfuerzofísico,incluidoelhechodepermanecerdepielargotiempo;c)Seejecuteenhorarionocturno;d)Serealiceenhorasextraordinariasdetrabajo,ye) La autoridad competente declare in-convenienteparaelestadodegravidez.

Las jefaturas directas de la trabajado-ra embarazada, deberán brindar todaslasfacilidadesparalarealizacióndesuscontroles prenatales y los exámenesmédicos asociados a su condición. Es-tas facilidades serán otorgadas cuandolatrabajadorahayaagotadosusdíasdepermisoadministrativo.

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Eltiemponotrabajadoenvirtuddeestospermisos,nodeberásercompensadoentiemponiendineroporlatrabajadora.

ARTÍCULO 62º Siduranteelembarazoseprodujereunaenfermedadcomoconsecuenciadeéste,comprobada con certificado médico, latrabajadoratendráderechoaundescan-soprenatalsuplementariocuyaduraciónseráfijada,ensucaso,por losserviciosque tengan a su cargo las atencionesmédicaspreventivasocurativas.

Sicomoconsecuenciadelalumbramien-toseprodujereenfermedadcomprobadacon Certificado Médico, que impidiereregresaraltrabajoporunplazosuperioraldescansopostnatal,eldescansopuer-peralseráprolongadoporeltiempoquefijeensucasoelservicioencargadodelaatenciónmédicapreventivaocurativa”.

ARTÍCULO 63º Sielpartoseproducedespuésdelasseissemanassiguientesalafechaenquelamujer hubiere comenzado el descansopormaternidad,elprenatalseentende-ráprorrogadohastaelalumbramientoydesdelafechadeéstesecontaráeldes-canso postnatal, que deberá ser com-probadoantesdeexpirarelplazo,conuncertificadodelmédicoodelamatrona.

ARTÍCULO 64º Cuando el parto se produjere antes deiniciada la trigésimo tercera semana degestación, o si el niño al nacer pesaremenos de 1.500 gramos, el descanso

postnatalalqueserefiereelartículo196inciso4delCódigodelTrabajo,serádedieciochosemanas.

En caso de partos de dos o más niños,el período de descanso postnatal esta-blecidoenelinciso5delartículo196deCódigo del Trabajo, se incrementará ensietedíascorridosporcadaniñonacidoapartirdelsegundoniñooniña.

Cuando concurrieren simultáneamen-telascircunstanciasestablecidasenlosincisosanterioresdeesteartículo,ladu-racióndeldescansopostnatalseráladeaquelqueposeaunamayorextensión.

ARTÍCULO 65º Las trabajadoras tendrán derecho a unpermisopostnatalparentaldedocesema-nasacontinuacióndelperíodopostnatal.

ARTÍCULO 66º Contodo,latrabajadorapodráreincorporar-seasuslaboresunavezterminadoelper-misopostnatal,porlamitaddesujornada,encuyocasoelpermisopostnatalparentalseextenderáadieciochosemanas.

Las trabajadoras exentas del límite dejornadade trabajo,deconformidada loestablecidoenel incisosegundodelar-tículo22delCódigodelTrabajo,podránejercerelderechoestablecidoenelinci-soanteriordeesteartículo,enlostérmi-nos de dicho precepto y conforme a loacordadoconelolaDirectoraEjecutivaoRegionalrespectiva.

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Para ejercer el derecho establecido enlos incisos precedentes, la trabajadoradeberádaravisoaFundación INTEGRAmediante carta certificada, enviada conalmenos treintadíasdeanticipación altérminodelperíodopostnatal,concopiaa la InspeccióndelTrabajo.Denoefec-tuar esta comunicación, la trabajadoradeberáejercersupermisopostnatalpa-rentaldeacuerdoa loestablecidoenelincisoprimero.

INTEGRAsólopodránegarseaestarein-corporación en jornada parcial cuandodebidoalanaturalezadesuslaboresylascondicionesenqueaquellalasdesempe-ña, sólo puedan desarrollarse ejerciendolajornadaquelatrabajadoracumplíaan-tesdesupermisoprenatal.Entalcaso,lanegativaalareincorporaciónparcialde-beráser fundamentadae informadaa latrabajadora,enunplazodetresdíashá-bilesdesdequesearecibidalacomunica-ción,mediantecartacertificada,concopiaa la Inspección del Trabajo en el mismoacto.Latrabajadorapodráreclamardelanegativa ante la referida entidad, dentrode tresdíashábilescontadosdesdequetomeconocimientode la comunicacióndeFundaciónINTEGRA.

ARTÍCULO 67º Cuando la madre de un niño hubierefallecido o el padre tuviere el cuidadopersonal del niño o niña por sentenciajudicialsiendotrabajadordeFundaciónINTEGRA, le corresponderá a éste elpermiso y subsidio establecidos en elCódigodelTrabajo.

Lamadrepodrátraspasaralpadre,tra-bajadordeINTEGRA,elgocedelpermisopostnatalparental,apartirdelaséptimasemana,porelnúmerodesemanasqueéstaindique.Lassemanasutilizadasporelpadredeberánubicarseenelperíodofinaldelpermisoydaránderechoalsub-sidioestablecidoenelartículo197bisdelCódigodelTrabajo,calculadoenbaseasusremuneraciones.Leseráaplicablealtrabajadorlodispuestoenel incisofinaldelartículo66deestereglamento.

Encasodequeelpadretrabajadorhagauso del permiso postnatal parental, de-berá dar aviso a Fundación INTEGRAmediante carta certificada enviada a lomenos,condiezdíasdeanticipaciónalafechaenqueharáusodelpermiso,concopiaalaInspeccióndelTrabajo.

ARTÍCULO 68º Latrabajadoraotrabajadorquetengaasucuidadounmenordeedad,porha-bérsele otorgado judicialmente la tui-ciónoelcuidadopersonalcomomedidadeprotección,oenvirtudde loprevis-toenlosartículos19o24delaLeyN°19.620,tendráderechoasolicitarper-miso postnatal parental establecido enelartículo197bisdelCódigodelTraba-jo. Además,cuandoelniñooniña tu-vieremenosdeseismeses,previamentetendráderechoaunpermisoysubsidiopordocesemanas.

Juntoalasolicituddepermiso,eltrabaja-dorolatrabajadora,segúncorresponda,deberáacompañarlanecesariamentedeunadeclaración juradade tenerbajosu

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tuición o cuidado personal al causantedelbeneficio,asícomouncertificadodeltribunal que haya otorgado la tuición ocuidadopersonaldelniñoolaniñacomomedidadeprotección,oenvirtudde loprevistoenlosartículos19o24delaLeyN°19.620.

ARTÍCULO 69º Silosbeneficiosprecedentesfuerenobte-nidosenformaindebida,eltrabajadorseráresponsabledelarestitucióndelossubsi-diospercibidos,sinperjuiciodelasmedi-das administrativas y sanciones penalesqueporestehecholespudierecorrespon-dersihubieseobradomaliciosamente.

ARTÍCULO 70º Lastrabajadorastendránderechoadis-poner de una hora al día, para dar ali-mentoasushijosmenoresdedosaños.Estederechosepodráejercerdealgunadelassiguientesformasaacordarconelempleador:

a) En cualquier momento dentro de lajornadadetrabajo.b)Dividiéndolo,asolicitudde la intere-sada,endospartes.c)Postergandooadelantandoenmediahora,oenunahora,eliniciooeltérminodelajornadadetrabajo.

Este derecho podrá ser ejercido prefe-rentementeenlasalacuna,oenellugarenqueseencuentreelniñooniña.Paratodoslosefectoslegales,eltiempoutili-zadoseconsiderarácomotrabajado.

Estederechonopodráserrenunciadoenforma alguna y le será aplicable a todatrabajadoraquetengahijosmenoresdedosaños,auncuandonogocedeldere-choasalacuna.

El período de permiso señalado ante-riormente, se entenderá ampliado en eltiempo necesario para el viaje de ida yvuelta de la madre para dar alimento asushijosqueesténensalacuna.

Fundación INTEGRA pagará el valor delos pasajes por el transporte que debaemplearse para la ida y el regreso delniño o la niña al respectivo estableci-miento y el de los que deba utilizar lamadreparasutrasladodesdeyhaciasulugardetrabajo.

ARTÍCULO 71º Con el propósito de proporcionar lasfacilidades necesarias a aquellas ma-dres trabajadoras, con hijos menoresdedosaños,paraqueéstaspuedanali-mentarlos y tengan en donde dejarlosmientras se encuentren en su trabajo,FundaciónINTEGRA:

a)Pondráadisposicióndelatrabajado-raunasalacunainstitucional,delasquefuncionanenlamayoríadelosestableci-mientosalolargodelpaís.

b)Silaopciónanterior,noesposibledeimplementar,pondráadisposicióndelatrabajadora la opción de una sala cunaJUNJI,ubicadadentrodelamismaloca-lidad y a una distancia razonable de sulugardetrabajo.

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c)Si laopciónanteriortampocoesvia-ble,pondráadisposicióndelatrabajado-raunasalacunadelMunicipioodealgúnotroorganismopúblicodelacomuna,enconveniooenvíasdesuscribirconvenioconlaFundación.

d)Siningunadelasopcionesanterioresesfactible,pondráadisposicióndelatraba-jadoralaopcióndeunasalacunaparticularenconveniooenvíasdesuscribirconveniocon laFundación, laqueen loposiblede-beráubicarsedentrodelamismaáreageo-gráficaenlaquesesitúaelrespectivoJardínInfantiluOficinaAdministrativa.

Dichoestablecimientodeberácontarconempadronamientovigentedeacuerdoaloprescritoporlalegislaciónrespectiva.

e)Siningunadelasinstanciasseñaladasanteriormentefuereposibledeconcretar,enespecialpornoexistirestablecimien-tosenlalocalidadenquelatrabajadoradesempeñasusfunciones,FundaciónIN-TEGRA podrá pactar con la trabajadoraelotorgamientodeunbonocompensa-torioporunmontoqueresulteapropiadoparafinanciarelserviciodesalacunaatravésdelcuidadodelniñoensupropiacasaoeneldelacuidadora,siemprequela madre trabajadora no esté haciendouso del beneficio por medio de una delasalternativasconsignadasenloslitera-lesanteriores,opormotivosdesaluddelhijocertificadoporunmédico.

ARTÍCULO 72º De acuerdo a lo señalado en el CódigodelTrabajo,cuandolasaluddeunhijoohija,menorde18añosrequieraatenciónpersonaldesuspadresconmotivodeunaccidentegraveounaenfermedadtermi-nalensufasefinaloenfermedadgrave,agudayconprobableriesgodemuerte,la madre trabajadora tendrá derecho aunpermisoparaausentarsedesutraba-joporelnúmerodehorasequivalentesadiez (10) jornadasordinariasde trabajoalaño,distribuidasaeleccióndeellaenjornadas completas, parciales o combi-nacióndeambas,lasqueseconsideraráncomo trabajadas para todos los efectoslegales.Lascircunstanciasdelaccidenteo enfermedad deberán ser acreditadasmediantecertificadootorgadoporelmé-dicotratantedelniñooniña.

De este modo y cuando ambos padresson trabajadores dependientes, cual-quiera de ellos, a elección de la madre,podrá gozar del referido permiso. Contodo,dichopermisoseotorgaráalpadrequetuvierelatuicióndelniñooniñaporsentenciajudicialocuandolamadrehu-bierefallecidooestuvieseimposibilitadadehacerusodeélporcualquiercausa.Afaltadeambos,elpermisoseotorgaráaquienacreditesutuiciónocuidadodelniñoolaniña.

ARTÍCULO 73º Deacuerdoa loprescritoporelCódigodel Trabajo, el tiempo no trabajado envirtuddelpermisoseñaladoenelartícu-loprecedente,deberá ser restituidoporeltrabajadorolatrabajadora,enprimer

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ARTÍCULO 76º Duranteelperíododelicenciamédicacu-rativa, lostrabajadoresylastrabajadorasdeFundaciónINTEGRApodránpercibirelanticipodelsubsidiolegalrespectivo,porlos días que le correspondieren, debien-documplirparaelloconlosrequisitosdecotizaciónyantigüedadenelsistemadesaludylosprocedimientosdetramitación,establecidosporley.

término,medianteimputaciónasusdíasdepermisoadministrativo,yafaltaoin-suficienciadeéstos,alferiadolegalanualodíasdepermisoadministrativodelañosiguienteomediantecompensaciónho-raria,oatravésdecualquierotraformaqueconvenganlaspartes.

En la eventualidad de no ser posibleaplicar dichos mecanismos, FundaciónINTEGRA podrá descontar el tiempoequivalente al permiso obtenido, de lasremuneraciones mensuales del trabaja-dorolatrabajadora,enformadeundíapormes,loquedeberáfraccionarsecon-formealoacordadoporlaspartes,oenforma íntegrasiel trabajadoro trabaja-dora terminara su contrato de trabajoporcualquiercausa.

Tendránlosmismosderechoslatrabajadoraquetengalatuiciónoelcuidadopersonaldeunhijomayorde18añoscondiscapa-cidadmental,porcausapsíquicaointelec-tual,multidéficitodependenciasevera.

ARTÍCULO 74º Deacuerdoalanormativalaboralvigen-te,latrabajadoraoeltrabajadordeFun-daciónINTEGRAquetengaasucuidadounmenordeedad,porhabérseleotorga-do judicialmente la tuiciónoel cuidadopersonalcomomedidadeprotección,oenvirtuddeloprevistoenlosartículos19o24delaleyNº19.620,tendráderechoal permiso postnatal parental al que serefiereelartículo65delpresenteRegla-mento.Además,cuandoelniñoolaniñasea menor de seis meses, previamentetendráderechoaunpermisoysubsidiopordocesemanas.

A lacorrespondientesolicituddepermi-so,deberáacompañarsenecesariamentedeunadeclaración jurada suya de tenerbajosutuiciónocuidadopersonalalcau-santedelbeneficio,asícomouncertifica-dodeltribunalquehayaotorgadolatui-ciónocuidadopersonaldelniñoolaniñacomomedidadeprotección,oenvirtuddeloprevistoenlosartículos19o24delaleyNº19.620.

ARTÍCULO 75º Duranteelperíodolalicenciamédicaporenfermedadcomúnomaternal,acciden-te del trabajo o enfermedad profesional,INTEGRA no podrá exigir ni autorizar eltrabajo, tampoco poner término al res-pectivocontrato,poraplicacióndecual-quieradelascausalescontempladasenelartículoNº161delCódigodelTrabajo.

Título XIII. Del anticipo de subsidio por licencias médicas curativas y maternales

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ARTÍCULO 77º AquellostrabajadoresotrabajadorasdeFundación INTEGRA, con jornada com-pletaycontratoindefinidoyquehayaningresado a la Fundación con anterio-ridadal01deEnerodelaño2002,quehagan uso de licencia médica curativa,porunperíodo inferioraonce(11)días,podrán percibir, en forma íntegra susremuneracionesduranteelcitadoperio-do,concargoaunanticipodelsubsidiootorgadoporlosorganismosprevisiona-les respectivos, absorbiendo INTEGRAcomocostoinstitucional,elcostodelostres(3)primerosdías,anticipandoynodescontandoloscorrespondientesmon-tosquenosoncubiertosporelrespecti-vosubsidiosegúnlalegislaciónvigente.Enelcasodelostrabajadoresytrabaja-dorasquehaganusodelicenciamédicayquehayaningresadoalaFundaciónconposterioridadal1deEnerodelaño2002yqueposeancontratoindefinido,perci-biránunanticipodesusremuneracionesequivalente al monto total del subsidioalqueporleytuvierenderecho.Deigualformaseprocederáporperíodosde re-posodurantelosaccidentesdeltrabajo.

Los beneficios señalados, procederánsiempreycuandolaFundaciónmanten-gaconvenioconlasInstitucionesdeSa-ludparalarecuperaciónposteriordelosreferidossubsidiosyenloscasosenquelalicencianosearechazadaporunpe-riodomayoradosmesescontinuos.

Denomantenerseelconvenio,seráres-ponsabilidad de cada trabajador o tra-bajadora, efectuar en forma individual

y particular la recuperación de los sub-sidios ante los organismos de previsióncuandocorresponda.

ARTÍCULO 78º Tratándosedel rechazode licenciaporunperiodo inferioradosmesescontinuos,elbeneficiodelanticipodelsubsidioprocede-rácuandoeltrabajadorolatrabajadoraha-yanapeladoyperseveradoenlaapelación.

ARTÍCULO 79º Paraaccederalpagodelosanticiposdesubsidios médicos privados o estatales,respecto de las licencias maternales delascualeshagauso,elpersonaldeFun-daciónINTEGRA,deberácumplirconlosrequisitos de cotización mínima previaestablecidos, y también aquellos referi-dosa losdepermanenciaoantigüedadenelsistemaprevisional.

ARTÍCULO 80º CuandolalicenciamédicaseareducidaorechazadaporlarespectivaInstitucióndeSaludPrevisional,eltrabajadorotrabaja-doratendrálaobligacióndereintegrarlasremuneraciones o anticipos de subsidiopercibidos indebidao injustificadamente.Lomismoprocederácuandolaslicenciasseanrechazadasporhabersidoentrega-dasporeltrabajadorolatrabajadorafueradelplazolegal.Enamboscasos,laFunda-ciónpodrárecuperarlosmontosconcar-goalaspróximasremuneraciones.

Sielcontratoterminareantesderealizadaladevolucióndedichosmontos,laFunda-ciónpodrárecuperaréstosconcargoalasprestacionescontempladasenelfiniquito.

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apoya laexistencia,desarrolloy fortale-cimientodeunServiciodeBienestardecarácter autónomo, cofinanciado conaportesdelaInstituciónydesusafilia-dos,dirigidoporunConsejo.

ARTÍCULO 84º Todoelpersonalconcontrato indefinidodeFundaciónINTEGRA,tienederechoaafiliarsevoluntariamentealServiciodeBienestar,paralocualdeberácumplirconelprocedimientoylosrequisitosestablecidosparalaafiliación.

ElServiciodeBienestaresadministradoporunConsejoAdministrativo,quees,lainstanciaresolutivadetodosuaccionar.

EsresponsabilidaddelConsejoAdminis-trativofijar anualmenteel topeydistri-bucióndelatabladebeneficiosporafi-liado,asícomolosmontosmáximosporpersonaparapréstamosmédicos,subsi-diosypréstamospersonales.

En todos los beneficios, el Servicio deBienestarserá responsabledesuentre-ga, dependiendo de su disponibilidadpresupuestaria, por las causales y deacuerdoa lasmodalidadesestablecidasensunormativa.

El Servicio de Bienestar podrá suscribirconvenios con instituciones públicas oprivadasparaotorgarbeneficiosadicio-nalesasusafiliados,afiliadasyasusgru-posfamiliares.

ARTÍCULO 85º Fundación INTEGRA dispondrá anual-mente la celebración de la semana de

Título XIV. Del bienestar social de los trabajadores y trabajadoras

ARTÍCULO 81º FundaciónINTEGRApromueve,fomentae incentiva condiciones de bienestar ydesarrollodelpersonalysugrupofami-liar, a fin de contribuir al mejoramientodesucalidaddevidaydesuentornola-boral, familiar y social, con el propósitode comprometerlos, en sus actitudes yen sus capacidades con los objetivos yvaloresquesustentanlaFundación.

Los trabajadores participarán en esteprocesopreferentementeatravésdesusrepresentantes en el Consejo Adminis-trativodeBienestarysusSindicatos.

ARTÍCULO 82º Corresponderá a Fundación INTEGRA, através de la Dirección de Personas y suDepartamentodeBeneficiosyProgramasSocio Culturales diagnosticar, proponer,elaborar,implementar,yevaluartodacla-sedeprogramas,accionesoactividadesque promuevan condiciones de bienes-tarymejoramientodelacalidaddevidadel personal y sus grupos familiares, deacuerdoasusmúltiplesnecesidades.

ARTÍCULO 83º Como una forma de contribuir directa-mentealmejoramientode lacalidaddevidadelpersonaly sus familias, Funda-ción INTEGRA promueve, incentiva y

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Título XV. De la protección de la familia en caso de fallecimiento

ARTÍCULO 86º En caso de fallecimiento de un trabaja-dor o trabajadora, independiente de lacondición contractual o antigüedad enla institución, las remuneracionesquealafechadeldecesoseadeudaren,seránpagadasporlaFundaciónconformealalegislación vigente, a la persona que sehizocargodelosfunerales,hastaconcu-rrenciadelcostodelosmismos.El saldo si lo hubiere, y las otras pres-tacionespendientesa la fechadel falle-cimiento se pagarán al cónyuge, con-viviente civil (AUC), a los hijos o a lospadresdelfallecido,unosafaltadeotros,enelordenindicado.

LaDireccióndePersonasdeterminaráelbeneficiarioaquienserealizaráelpago

aniversario, dentro de la cual tambiénsefestejaráel“DíadelTrabajador(a)deFundación INTEGRA”, preferentementeelúltimodíahábildedichasemana,pro-gramandounaseriedeactividadesenlascualespodráparticipartodosupersonal.

Si algún trabajador o trabajadora, pormotivos personales, no quisiera partici-pardelasactividadesdeestedía,podrámarginarse voluntariamente de ellas ytomaresedíacomolibre.

de los haberes que se adeudaren, deacuerdoalosantecedentesfidedignosycalificadosque leproporcione la familiadirectadeltrabajadorotrabajadorafalle-cidaoquienlegalmentelesrepresente.

Elbeneficioseñaladoenesteartículo,esúnico,siendolasumaqueresulteaplica-ble,pagadaporunasolavez,atodosloseventuales beneficiarios, en conjunto, ynoindividualmenteaellos.

ARTÍCULO 87º Noobstanteloanterior,encasodequeseproduzcaeldecesodeun trabajadorotrabajadoraconcontratoindefinidovi-gente,Fundación INTEGRAefectuaráelpago de una indemnización voluntariaequivalenteaunmesdesueldoporcadaaño trabajado en la Fundación con untopedecuatro(4)meses.

Laindemnizaciónseñalada,sepagaráalcónyuge, conviviente civil (AUC), a loshijos,oalospadresdeltrabajadorotra-bajadorafallecida,unosafaltadeotros,en el orden indicado. En todo caso, eltrabajadorotrabajadorapodrámediantedeclaraciónjuradaanteNotariouOficialdelRegistroCivil,yregistradaantelaDi-rección de Personas haber señalado aunapersonadistintadelasanteriores,alacualleseapagadaestaindemnizaciónvoluntaria,eneleventodesufallecimien-to.LaDireccióndePersonasdetermina-rá el pago de la referida indemnizaciónporfallecimiento,deacuerdoalosante-cedentesfidedignosycalificadosque leproporcione lafamiliadirectadeloccisooquienlegalmentelesrepresente.

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Título XVI. De la capacitación y desarrollo

ARTÍCULO 89º Fundación INTEGRApromueve lacapa-citación,eldesarrolloyelmejoramientodel nivel educacional de su personal, afindecontarconlaspersonasmásade-cuadasyconequiposdetrabajoquepo-

seanlasherramientasnecesariasparaelcumplimientodesumisión,a travésdela utilización y desarrollo óptimo de lasaptitudesydestrezasdecadatrabajadorytrabajadoraacordeasufunción,ase-gurando que cada integrante de la Ins-titución se sienta parte y se identifiquecon ella, permitiéndoles mejores opor-tunidadesycondicionesdetrabajoydevidaprocurandoquesus interesese in-quietudesconverjanconlosobjetivosdelaFundación.

Paralosefectosdeestetítulo,seconsi-deran además todas las temáticas nor-madasenlaLey19.518,quefijaelnuevoEstatutodeCapacitaciónyEmpleo.

ARTÍCULO 90º Laimplementacióndeplanesoaccionesdecapacitaciónydesarrolloestádirigidaa todos los trabajadoresy trabajadorasque presten servicios en la Fundaciónconcontratovigente,tantoalinteriordelosestablecimientos,comoen losEqui-posRegionalesyCasaCentral.

En el caso de las actividades de pre ypostcontrato,seránregidaspor lodefi-nidoenlaLey19.518.

ARTÍCULO 91º Las acciones de capacitación y/o desa-rrollodeberánserrealizadaspreferente-mentedentrodelajornadalaboral,salvoque,porcircunstanciasextraordinariasynoprevisibleselloresultareimposible,encuyocasodeberácontarseconlaacep-tación del trabajador o trabajadora departiciparenellas.Lostrabajadoresylas

Eneleventodenoadeudarselosmon-tosalosqueserefiereelartículo86sepagaráconcargoaestaindemnizaciónvoluntarialoscostosdelosserviciosfu-nerariosaquienacreditehabersehechocargodedichosgastosdeltrabajadorotrabajadora, hasta la concurrencia delmontoestablecido.Elsaldosilohubie-re,sepagarádelaformaseñaladaenelincisoprecedente.

ARTÍCULO 88º Los costos del funeral del trabajadoro trabajadora se pagarán en principio,conlasremuneracionesqueseencon-trarenadeudadas.Encasodenoadeu-darse remuneraciones o si su montofueseinferioralcostodelosfunerales,el saldo se deducirá de la indemniza-ción voluntaria señalada en el artículo87. Con todo, si los deudos del traba-jador o trabajadora tuviesen derechoa cuota mortuoria emanada de algúnorganismo previsional, los gastos delfuneraldeberánenprimer términosersolventadoscondichacuota.

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trabajadoras beneficiarios de las accio-nes de capacitación ocupacional, man-tendrán íntegramente sus remuneracio-nes,cualquiera fuere lamodificacióndesusjornadasdetrabajo.Noobstante,lashorasextraordinariasdestinadasacapaci-taciónnodaránderechoaremuneración.

ARTÍCULO 92º Sieltrabajadorotrabajadorasufriereunaccidente,acausaoconocasióndees-tosestudios,quedarácomprendidoden-trodelconceptoestablecidoenelartícu-lo5ºdelaleyNº16.744ydaráderechoalasprestacionesconsiguientes.

Título XVII. De las organizaciones sindicales

ARTÍCULO 93ºFundaciónINTEGRAreconoceyrespeta,deacuerdoaloestablecidoenlalegisla-ciónlaboralvigenteyenlaConstituciónPolíticadelaRepública, elderechoquetienensustrabajadoresytrabajadorasaconstituir,sinautorizaciónprevia,lasor-ganizacionessindicalesqueestimecon-venientes,conlasolacondicióndesuje-tarsealaleyyasusestatutos.

ARTÍCULO 94º Fundación INTEGRA mantendrá rela-ciones laborales permanentes con lasorganizaciones sindicales existentes, enunambientedeconfianza,basadaseneldiálogo, la información, comunicacióny

participacióndemodoqueconverjanlosobjetivosinstitucionalesylosdelostra-bajadores y trabajadoras, generando unprocesoderetroalimentación,enambossentidos,quepermitaorientarlagestiónde personas hacia el desarrollo institu-cional, respetando la autonomía de lasorganizacionesdetrabajadores.

ARTÍCULO 95º Fundación INTEGRA no condicionarálapermanenciaenelempleodeningúntrabajadorotrabajadoraalaafiliaciónodesafiliaciónaunaorganizaciónsindical.De igualmodo,deacuerdoa la ley,es-taráprohibidade impedirodificultarsuafiliación, despedirle o perjudicarle encualquier forma, por causa de su afilia-ciónsindicalodesuparticipaciónenac-tividadessindicales.

ARTÍCULO 96º Los Directores Sindicales gozarán defuerolaboral,enelnúmeroyformaqueestablecelalegislaciónvigente,desdelafechadesuelecciónyhastaseismesesdespuésdesuceseenelcargo,siemprequelacesaciónenél,nosehubierepro-ducidoporcensuradelaasambleasindi-cal,porsanciónaplicadaporel tribunalcompetente,encuyavirtuddebanhacerabandonodelcargo,otérminodelaempresa.ARTÍCULO 97º Asimismo,duranteellapsoaquesere-fiere el artículo precedente, INTEGRAnopodrá,salvocasofortuitoodefuerzamayor,ejercerrespectodelosDirectoresSindicaleslasfacultadesqueestableceelartículoNº12delCódigodelTrabajo,esto

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es;alterarunilateralmente: lanaturalezadelosservicios,elsitioorecintoenqueellos deban prestarse y la distribucióndelajornadadetrabajoconvenida.Paraestosefectos, acordea lodispuestoenelartículo45delCódigoCivil,seentien-de por fuerza mayor o caso fortuito, elimprevisto que no es posible resistir,anticipar o evitar, por ejemplo: unaerupción volcánica, un terremoto olos actos de autoridad ejercidos porfuncionariospúblicos.

De esta manera, el caso fortuito o defuerzamayordebeserinimputable,valedecir,queprovengadeunacausaentera-menteajenaalavoluntaddelaspartes;imprevisible,estoes,quenosehayapo-didopreverdentrode loscálculosordi-nariosycorrientes;eirresistible,quenosehayapodidoevitar,niauneneleventode oponerse las defensas idóneas paralogrartalobjetivo.

ARTÍCULO 98º FundaciónINTEGRA,otorgarálospermi-sossindicalesestablecidosenlalegisla-ciónlaboralvigente.

ARTÍCULO 99°FundaciónINTEGRArealizaráeldescuen-to de las cuotas sindicales de las remu-neracionesdelostrabajadoresytrabaja-dorasafiliadosaestasorganizaciones,enconformidadalalegislaciónvigente.

Paraestosefectossedeberáacompañarcopiadelactasindicalenlaqueconstaelmontooporcentajedelacotizacióncuyo

descuentosesolicita,eindicarlacuentacorrienteodeahorroenquedeberánserdepositados estos descuentos cuandocorresponda,asimplerequerimientodelpresidente,presidenta,tesorerooteso-rera de la directiva de la organizaciónsindicalrespectiva.

Título XVIII. De las obligaciones básicas de Fundación Integra

ARTÍCULO 100º Son obligaciones básicas de FundaciónINTEGRA,lassiguientes:

a)Pagar las remuneracionesenconfor-midada lasestipulaciones legales,con-tractualesoconvencionales.b)Propenderhaciaelmejoramientodelacalidaddevidaeneltrabajo.c)Adoptar lasmedidasnecesariasparala protección de la vida y la salud delos trabajadores y trabajadoras con laprevención adecuada de riesgos y dehigiene laboral, además del cumpli-mientodelasnormasestablecidasporlosorganismoscompetentes.d)Instruiradecuadamenteyconlosme-dios a su alcance, sobre los beneficiosotorgados por los organismos deseguridadsocial.e)Colaborar en el perfeccionamientoprofesionaldesustrabajadoresy traba-jadoras,enconformidada la legislaciónsobrecapacitaciónprofesional.

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f) Cumplircon lasnormascontractua-les, laborales y protocolos o acuerdosquesesuscribanconlasorganizacionesdelostrabajadoresytrabajadoras.g)Confiarsurepresentacióna jefaturasintermedias idóneas, que junto con suspropias obligaciones y prohibicionesasumidas,dencumplimiento,alosdebe-resylimitacionesquetienelaFundacióncomoempleador.h)Oíryatenderlosrequerimientosquelas Directivas de los Sindicatos, los de-legados de personal, y los interesadosdirectos,quenopertenezcanalaorgani-zaciónsindical,leformulen.i) Escuchar lassugerenciasformuladasporlasDirectivasdelosSindicatos,ylasjefaturas y mandos intermedios, en loque corresponda al Comité Paritario deHigieneySeguridad.j) Dar a los trabajadores y las trabaja-doras ocupación efectiva en las laboresconvenidasy/otodasaquellastareasqueemanenosederivendesucargo.k)Promoverel respetomutuoentre lostrabajadoresytrabajadorasy,tratándosededenunciasquediganrelaciónconsi-tuacionesdeacososexualolaboral,ofre-cerunsistemadesolucióndeconflictosgratuito,quegaranticequetodadenun-cia presentada por cualquier trabajadoro trabajadoraseaacogidaa tramitacióneinvestigadadeacuerdoalanormativalegalvigente.l) Cumplir de manera permanente conlos coeficientes técnicos establecidospara INTEGRA en los distintos niveles,proveyendo los reemplazos que corres-pondaencadacaso.

m) Respetaryvelarporuntratodigno,imparcialyobjetivohacialostrabajado-resytrabajadoras,conformealoslinea-mientosyprotocolosinstitucionales,queesténinvolucradosorelacionadosenunainvestigación interna; reconociendo yrespetandoentodomomentosusdere-chosygarantíasconstitucionales.n) Instruir las investigaciones internasde acuerdo a lo señalado en el TítuloXXIIIdeesteReglamento.

Título XIX. De las obligaciones generales de los trabajadores y trabajoras

ARTÍCULO 101º Los trabajadores y las trabajadoras deFundaciónINTEGRAdeberáncumplirlasestipulacionescontenidasensuscontra-tosdetrabajo,enlasdisposicioneslega-lesyenelReglamentoInternodeOrden,HigieneySeguridad.

Serán obligaciones generales de todos lostrabajadoresytrabajadorasdelaFundación:

a)PresentarsepuntualmentealahoradeiniciodesujornadalaboralydespuésdelacolaciónymarcarsutarjetaenelRelojControlofirmarelLibrodeAsistenciaalaentradaysalidadesulugardetrabajo.b)Aquellostrabajadoresytrabajadorasque conforme a su contrato de trabajose encuentren en alguna de las hipóte-

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sis descritas en el artículo 22 inciso 2°del Código del Trabajo, excluidos dela limitación de jornada no registraránasistencia. No obstante, las DirectorasdeJardinesInfantilesseránresponsablesdel funcionamiento del establecimientoduranteeltranscursodesujornada.c)Presentarsealtrabajoencondicionesdesaludehigienepersonalquelesper-mitacumplirenformaeficientesulabor.d)Observarduranteeltranscursodelajornada laboralunapresentaciónperso-nal adecuada, y en los casos que co-rresponda,hacerusopermanenteyco-rrectodelosuniformesentregadosporla Fundación de acuerdo a lo precep-tuadoenelTítuloVIdelLibroPrimerodeesteReglamento.e) Respetar los conductos regulares in-ternos de la Fundación y en particularaquellosdecadaunidaddetrabajo.f) Cumplir las instrucciones y órdenesque recibade laautoridadde laFunda-ción, ya sea directamente o, por mediodequieneslarepresenten,desempeñan-docualquier trabajoquesusuperiordi-rectoleencomiende,relacionadoconlasfunciones generales para las cuales fuecontratadoo,queemanendelanatura-leza de sus funciones, resguardando entodomomentoquelafunciónencomen-dadanocausemenoscaboaltrabajadorotrabajadora.g)Observarbuencomportamiento,niveldecompromiso,orden,disciplinayde-dicar su actividad, competencia y cui-dado al desempeño del trabajo que leseaencomendado.h)RespetaralasautoridadesdelaFun-daciónyasusrepresentantes,jefaturas,

compañeros y compañeras de labores,asícomoasussubalternos,niños,niñasysusfamiliasyacualquierpersonaqueserelacioneconella.i) Guardarreservaabsolutaenelmedioexterior sobre los asuntos internospropiosdelaFundación,sinqueesto,en modo alguno signifique encubririrregularidades, faltas a la probidad oalatransparencia.j)Asistiralasactividadesdeformacióny capacitación que se desarrollen den-trodelajornadaordinariadetrabajoyaaquellasenqueindividualocolectivamen-tehayancomprometidosuasistencia.k) Informar a su jefatura directa, o aquiencorresponda,cualquierdeficienciaodesperfectoydetodaanormalidadqueobserveensu lugardetrabajooeneldesempeñodesusfunciones.l) Respetar y acatar las medidas queadoptelaFundaciónparaprevenirrobosyhurtos, las queseránsiempredeca-ráctergenerale impersonal, respetandoentodomomentolahonraydignidaddelostrabajadoresytrabajadoras.m) Ceñirse estrictamente a las normasdeseguridaddefinidasparasu lugardetrabajo,conformealalegislaciónvigen-teya lasnormascontenidas referentesaordenyseguridadenesteReglamento.n) En caso de inasistencia, dar avisooportunoalajefaturadirecta,quienavi-saráalainstanciaquecorresponda,in-formando el motivo. Si la inasistenciase debe a enfermedad, el trabajador ola trabajadora deberá justificar con li-cenciamédicadeacuerdoalasnormaslegalesvigentes.o) Comunicar oportunamente cualquier

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cambio en los antecedentes personalesqueobrenenpoderdelaFundación,deacuerdo a lo preceptuado en el artículo10delpresentereglamento.p)Prestarcolaboraciónyauxilioencasodeemergenciaopeligroenlasdependen-ciasdelaFundación,sinqueestosignifi-queenmodoalgunounriesgoparalainte-gridadfísicadeltrabajadorolatrabajadora.q) Contribuir en todo momento al usoeficiente de los materiales, artículos,equipos,vehículos,bienesmueblesodecualquier clase, que le sean entregadosparacumplirconlasfuncionesencomen-dadas, y colaborar permanentementeconlaFundación,enelahorrodelcon-sumodeenergía,aguapotable,teléfono.r)Observarunaconductacorrecta,ho-norable y desempeñar sus funcionesconresponsabilidad.

Título XX. De las obligaciones de los y las trabajadoras respecto al trato directo con los niños

ARTÍCULO 102º Los trabajadores y trabajadoras, inde-pendiente del cargo que desempeñen,cuyasfunciones impliquenpermanenteu ocasionalmente, trato directo con losniñosqueasistenalosjardinesinfan-tiles y salas cuna de Fundación INTE-GRA, deberán cumplir estrictamentelassiguientesdisposiciones:

a)Darbuentratoymantenerconductasadecuadas en su relación con los ni-ñosyniñasentendiéndosecomotales,realizarlaslaboresencomendadasconrespeto,cariño,cuidadoycomprensióndelosmismos.b) Preocupaciónpermanenteporlosni-ños y niñas mientras permanezcan enelestablecimiento.c)Cumplir loshorariosy rutinasfijadasporlaDireccióndelaFundaciónparaeltrabajodiarioconlosniñosyniñas.d)Atendera lospadres,madresoapo-deradosdelosniñosyniñasydarres-puesta de acuerdo a la responsabilidaddel cargo, a las consultas que realicensobresushijosohijas,enelhorarioesta-blecidoparaello.e) Informara lospadresde losniñosyniñassobrecualquierproblemadesalud,comportamiento,estadodeánimo,acci-dente uotro detectadoen el trabajodeatencióndirectaconniñosyniñas.f)Informarasujefaturadirecta,quienasuvezdeberá informar inmediatamentealaDirecciónRegionalrespectiva,sobreeldeteriorodejuegos,mobiliariosuotrosqueimpliquenpeligrodeaccidentesparalosniños,niñasy/oelpersonal.g)Informarasujefaturadirecta,lasde-nunciasdecualquiermaltratoy/oabusoaniñosoniñasdetectadoenelestableci-miento,noimportandosidichaagresiónha sido perpetrada por personal de laFundación,familiaresoextraños.Encasoqueladenunciarecaigaenlajefaturadi-recta,éstadebeserefectuadaantelaje-faturasuperiorjerárquicadeésta.h)Vigilarpermanentementealosniñosy niñas, incluyendo las horas de patio,

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siesta yhábitosdealimentaciónehigieneymantener lejosdel alcancedeniñosyniñasobjetosquepuedanimplicarriesgosparaellos.i) Avisar inmediatamente a la jefaturadirectacualquieraccidentedeunniñooniña en el establecimiento, por leve queparezca,adoptandolasmedidasestable-cidasenel“ManualMásSanosySeguros”yotroslineamientosoprotocolosdondese explicitan los procedimientos que seencuentranvigentesenlainstituciónre-feridaaaccidentesdeniñosyniñas.j) Evitar lasagresionesfísicasentre losniñosoniñasduranteeltiempoqueperma-nezcan en los Jardines Infantiles, resguar-dandopermanentementesuintegridad.k) Mantener preocupación permanenteporlaintegridadfísicaypsíquicadelosniñosyniñas,procurandoentodomomentotodalaseguridadposibledes-tinadaaresguardarlosdelpeligro.

Título XXI. De las obligaciones de los y las trabajadoras con responsabilidad de jefatura

ARTÍCULO 103º LaspersonasqueocupencargosdejefaturaenINTEGRAdeberáncumplir,conlasobli-gacionesgeneralesyderivadasdeloscargosquedetentan,entreéstas:

a) Lasjefaturasconatribucionesdesu-pervisión directa de personal, son res-ponsablesdelinicio,desarrolloytérminode la jornada laboral respectodequie-nesesténasucargo,debiendorespetary cumplir el horario de funcionamiento

establecidoporlaFundación.b) Ejercer las funcionesde jefaturaconel debido respeto por el personal sub-alterno, en forma cordial, velando porladignidadpor laspersonas,ejerciendounestilodeliderazgoorientadoentodomomento al trabajo en equipo y a laintegraciónconstantedesuscolabo-radores y colaboradoras, a través desuparticipaciónpermanente.c)Mantenercanalesabiertos,clarosyexpeditosdecomunicación,mantenien-dounadecuadoclimalaboralalinteriordelaunidaddetrabajo,incentivandolaretroalimentación constante y velandopermanentementeporalcanzarelmejo-ramiento continuo respecto del cumpli-mientodemetasyobjetivos.d) Organizar, coordinar, y supervisar eltrabajo del personal bajo su dependen-cia, evaluando periódicamente su des-empeño, informándolesrespectodesusfortalezas y debilidades, sugiriendo almismo tiempo las formas de mejorar oreforzardichasconductas.e) Prepararyrealizarreunionesperiódi-cas de coordinación y organización deltrabajo, conelobjetodemantenerper-manentemente informado al personal yescucharsusinquietudes,observacionesypropuestasde trabajo,debiendocadaDirecciónNacionaloRegionalrespectiva,convocarenformaquincenalcomomíni-mo,asuscolaboradoresmásdirectos.f) Hacer llegar la documentación einformaciónrequeridapor las instan-ciassuperioresdelaFundaciónenlosplazosestablecidos.g) Comprobar que la información téc-nicaqueemanadesuunidaddetrabajoseafidedigna.

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h) AplicarlareglamentaciónvigentedelaFundaciónparaelbuenfuncionamien-to de su unidad de trabajo, informandocon antelación cuando se vea afectadoel coeficiente técnico, afin dequeéstesemantengaconreemplazosquecubranoportunamentelasausencias.i) Otorgarautorizacionesypermisosalostrabajadoresdesudependencia,ve-landosiempreporeladecuadofunciona-mientodesuunidaddetrabajoylaaten-cióndirectadelosniñosyniñas.j) Informar al personal a su cargo, res-pectodeaquellasmateriasdeinterésge-neralparalostrabajadoresytrabajadoras,comonuevasnormas,beneficiosuotros,atravésdereuniones,circulares,cartasodiariomural,enelmásbreveplazo.k) Seleccionar al personal para capaci-taciones institucionales y extra institu-cionales,cuandocorresponda,conformea los criterios que Fundación INTEGRAdefina, colaborando activamente en losprocesos de detección de necesidadesquedebanseraplicados.l)Planificarconladebidaantelaciónlacontratación de personal de reemplazo,porausenciadeuntrabajadorotrabaja-dora.Paraello,deberáenconjuntoconlaDirección Regional o Nacional respecti-va,implementarunsistemadereempla-zosdeurgencia,encasodeausenciaim-previstadeun trabajadoro trabajadora,conelobjetodeasegurarlascondicionesadecuadas (los cuidados que se debentenernopuedensermínimosysiesasí,atentaconelconceptodecalidadeduca-tiva)decuidadodelosniñosyelnormalfuncionamientodelaunidaddetrabajo.m)Planificar,coordinar,yevaluarelde-

sarrollo de los programas de inducciónaplicados al personal que se incorporea la Fundación, así como supervisar elacompañamientoinicialdelostrabajado-resylastrabajadorasqueeventualmenteseanpromocionadosdesuspuestos.n) Apoyar el trabajo de atención a losniños y niñas, efectuando regularmentetareas de modelaje en sala, guiando yevaluandoalmismotiempolarealizaciónydesarrollodelasactividades.o)Velarporelcumplimientoestrictodelasnormas de Higiene y Seguridad contem-pladasenesteReglamento,y lasnormasreferidas al adecuado funcionamiento delosdistintosespaciosdetrabajo,encuan-tolesfuesenaplicables,alostrabajadoresexternosqueprestenserviciosocasiona-les endependencias de la Fundación, asícomodelpersonalsubcontratista.p)Corresponderáalosjefesinmediatos,a travésde lapermanentecoordinaciónconelDepartamentodePersonasRegio-nalolaDirecciónNacionaldePersonas,orientar y aclarar dudas que manifiestesupersonalenmateriasdelegislaciónla-boralydebeneficiosdelpersonal.q)Velarporelcumplimientodelasfuncio-nesyhorariosdecadaunodesussubordi-nados,deacuerdoasucontratodetrabajo.

Título XXII. De las prohibiciones al personal

ARTÍCULO 104º El personal de Fundación INTEGRA estaráafectoalassiguientesprohibicionesgenerales:

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1.Desobedecertotaloparcialmente,lasinstrucciones contenidas en este regla-mento o aquellas transmitidas por lasautoridades o jefaturas directas en for-maverbaloescritaenelmarcodesusatribucionesyenlorelacionadoconlasfunciones generales para las cuales fuecontratadoeltrabajadorolatrabajadoraqueemanendelanaturalezadesusfun-ciones,resguardandoentodomomentoque la función encomendada no causamenoscabo,talycomoloseñalaelartí-culo101letraf)deesteReglamento.2.Losatrasosreiteradoseinjustificadosenqueincurranlostrabajadoresotraba-jadorasalhorariodeiniciodelajornadalaboral pactada contractualmente, y laacumulacióndemásdedos(02)horasde atrasos continuos o esporádicos, in-justificadosduranteellapsodeunmes.3. Ejercer facultades, atribuciones o re-presentaciónqueno lecorrespondan,onolehayansidodelegadas.Estaprohibi-ciónsedebeentenderespecial,peronoúnicamentereferidaa:

a.Comprar,porcuentadelaFundación,cualquierclasedebienesoalimentossinlaautorizacióncorrespondiente.b.Retirarde lasdependenciasde laFun-dación,vehículos,implementosdetrabajoasignadosparaeldesempeñodesusfun-cionesuotrosbienesdecualquierespecie,salvoautorizaciónexpresadelaFundación,otorgadaporescritoaltrabajadorotraba-jadoraatravésdesujefaturadirecta.c.Sustraer,entregarovenderalimentos,ma-terialdidácticouotrotipodebienesinstitu-cionalesaparticularesuotrasinstituciones,sinautorizaciónexpresadelaFundación.

d.RevelardatosdelaFundaciónconoci-dosconmotivodelejerciciodesusfun-ciones,sinlaautorizacióndesujefaturadirecta,salvoenaquelloscasosenqueesto sea ordenado por la autoridad altratarse de una investigación policial ojudicialencurso.e.SacaromantenerensupodercopiasdellavesdecualquierdependenciadelaFundación sin la debida autorización ocomunicaciónalajefaturarespectiva.f. Hacer uso malicioso e indebido y enbeneficiopersonaldelaidentificaciónotar-jetapersonalentregadaporlaFundación.

4.Ejecutaractividades,ocupartiempodela jornada de trabajo o utilizar personal,material, recursostecnológicos, informa-ciónreservadaoconfidencialdelaFunda-ciónparafinesajenosalosinstitucionales.5.Solicitar,hacerseprometeroaceptarpropinas, regalos, donativos, ventajas oprivilegios,endinerooespecies,decual-quiernaturaleza,parasíoparaterceros,enretribuciónaserviciosrealizadosenelejercicio de sus funciones en la Funda-ciónoacambiodelapromesa,realono,derealizarlos.6. Efectuar requerimientos de índolesexualnoconsentidosporquienlosrecibeyqueamenacenoperjudiquendirectaoindirectamente,susituaciónlaboralosusoportunidadesenelempleo,locualcons-tituirá,unaconductadeacososexualqueserátratadaconarregloalasdisposicio-nesdelLibroIIdeesteReglamento.7.Incurrirenactosdeacosolaboral.Deacuerdo con lo establecido en el incisosegundo del art. 2º del Código del Tra-bajo,yenelLibroIIdeesteReglamento:

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Constituiráacosolaboral,todaconductaqueconstituyaagresiónuhostigamientoreiterados, ejercida por el empleador oporunoomástrabajadores,encontradeotro u otros trabajadores, por cualquiermedio,yquetengacomoresultadoparaél o los afectados su menoscabo, mal-tratoohumillación,obienqueamenaceo perjudique su situación laboral o susoportunidadesenelempleo.

Ante este tipo de conductas, el traba-jador o trabajadora deberá dirigir sudenuncia directamente a la Fundación,deacuerdoaloseñaladoenelart.131de este Reglamento, con el objeto dequeseadoptenlasmedidascorrespon-dientes, sin perjuicio de su derecho deconcurriralaInspeccióndelTrabajores-pectiva,afinquecitealaspartesaunaaudiencia de mediación para la prontaresolucióndelconflicto.

8. Difundir rumores,promoveroparti-ciparendisputas, riñasoagredir físicaoverbalmenteaotrotrabajadorotraba-jadora,aunsuperior,oaunapoderado.9. Realizar cualquier actividad de ca-rácterpolíticoodeproselitismoreligiosodentrodelasdependenciasdelaFunda-ción;ousarsuautoridad,cargo,bienesorecintosde la Fundaciónparafinesaje-nosasusfuncionesyquenohayansidodebidamenteautorizadosporlasautori-dadesrespectivas.10. Atentar contra los bienes de INTE-GRA, cometer actos que produzcan ladestruccióndemateriales, instrumentoso productos de trabajo que disminuyansuvalorocausensudeterioro,o incitar

adestruir, inutilizar, interrumpir instala-ciones de propiedad de la Fundación, oparticiparenhechosquelasdañen.11. Registrar el ingreso o salida de lainstituciónenlugardeotrotrabajadorotrabajadora, adulterar de cualquier for-malosregistroshorariosydeasistencia,ocultar inasistencia o atrasos propios odealgúnotrotrabajadorotrabajadora.12. Consumir alcohol, drogas u otrassustanciaspsicotrópicassinprescripciónmédica, durante las horas de trabajo opresentarseasuslaboresbajosusefec-tos.Yaunconlarespectivaprescripciónmédica introducir dichas sustancias uotrotipodemedicamentosdejándolosalalcancedelosniñosoniñas.13.Entregar informaciónfalsaomalicio-samente errónea a las autoridades res-pecto de datos tales como: matrícula,asistenciadeniños,racionesalimenticias,personal de los establecimientos, u otrapropia de su competencia. Esta prohibi-ción se extiende a entregar informaciónfalsaalospadresoapoderadosdeunniñooniñaqueseadesuincumbencia.14.Adulterarfacturas,boletasuotrosdocu-mentosjustificativosdegastoinstitucional.15. Atender o permitir el ingreso a lasdependencias de la Fundación a perso-nas no autorizadas por las autoridadesdeINTEGRAyquenotenganvinculaciónconsusfunciones.16. Introducir,instalary/outilizarenlosequiposinformáticosdepropiedaddelaFundación, o proporcionados por ésta,programas de cómputo (“software”)que no cuenten con la correspondientelicenciadeusoy ladebidaautorizaciónde la Dirección de Tecnología. Queda

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asimismoprohibidoalostrabajadoresytrabajadoras alterar, dañar o destruir lainformación contenida en los sistemascomputacionales y redes de comunica-ciónyapoderarseohaceruso indebidode estos sistemas o de la informacióncontenidaenellos.17.Dormirenhorasdetrabajo.18.Abandonarelpuestodetrabajoquelehayasidoasignado,sinautorizacióndelajefaturadirectaysincausajustificada,olanegativaatrabajarenlaslaborespropiasasignadaseneldesempeñodesucargo.19. Vender, comprar o comercializarcualquier regalía que otorgue la Funda-ción, puesto que tales compensacionestienenunfinsocialynocomercial.20. Conducir un vehículo de propiedadde la Fundación o proporcionado porésta,enformairresponsableytemerariaponiendo en riesgo la integridad físicadelpersonaly/odeterceros.21. Incumplir eldeberdeconfiden-cialidadyreservarespectodelosda-tos personales entregados tanto porlospostulantes,comoporelpersonaldelaFundación,porpartedelostra-bajadoresotrabajadorasconaccesoaestainformación.22.Presentarantecedentesodocumen-tosfalsosoadulteradosparaingresaralaFundaciónoparaoptaraalgúnbeneficio.23.FumarencualquierdependenciadelaFundación.24. Utilizar los establecimientos de laFundaciónparalarealizacióndeeventos,manifestaciones y/o actividades que nohayan sido expresamente autorizadasporlaDireccióndelaFundación.25.Facilitarelaccesoapersonasajenasa

lasdependenciasdeFundaciónINTEGRA.26.AdministrardinerosajenosalaFun-dación, correspondiente a actividadespropias de la comunidad educativa alinterior de un establecimiento, talescomo rifas, bingos u otros de similarnaturaleza;sinlaautorizaciónexpresayporescritodelDirectorRegionalodequien lo subrogue, de la jefatura deÁrea,Departamentooserviciossegúnseaelcaso.

Estaprohibiciónnoseaplicaráalosfon-dospropiosdelasactividadesdelasor-ganizacionessindicales.

27.Hacerusodeluniforme,logooimagencorporativa de Fundación INTEGRA parafinesajenosalosinstitucionales,sincontarconlasautorizacionesescritasrespectivas.

Elincumplimientodeestasprohibicionespor parte del personal de la FundaciónINTEGRA configurará causal de térmi-noinmediatodelcontratodetrabajo,deacuerdoaloqueseindicaacontinuación:

a) Faltadeprobidad:Configuraráncau-saldetérminoinmediatodecontratodetrabajo,sinderechoaindemnizaciónal-guna,establecidaenelartículo160Nº1letraa)delCódigodelTrabajo, lascon-ductasseñaladasenlosnumerales3,4,5,11,12,14,15,22,23,25,26,y27delpresenteartículo.b) IncumplimientoGravedelasObliga-ciones que Impone el Contrato: Confi-guraráncausaldetérminoinmediatodecontrato,sinderechoaindemnizaciónal-guna,establecidaenelartículo160Nº7

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delCódigodelTrabajo,lasconductasse-ñaladasenlosnumerales1,2,7,8(soloenlorelativoalosrumores),9,16,17,18y20deesteartículo.c) ConductaInmoralGrave:Lafaltase-ñalada en el Nº13 anterior, constituyecausaldetérminoinmediatodecontratodetrabajo,sinderechoa indemnizaciónalguna,establecidaenelartículo160Nº1letrae)delCódigodelTrabajo.d) Las faltas señaladas en el Nº8 an-terior, con excepción de la difusión derumores, configurarán las causales detérminoinmediatodelcontratodetraba-jo, sin derecho a indemnización alguna,establecidas en el artículo Nº160, Nº1,letrasc)od)delCódigodelTrabajo,se-gúnseaelcaso.e)LafaltaseñaladaenelNº6anterior,constituye causal de término inmedia-todecontratodetrabajo,sinderechoaindemnizaciónalguna,establecidaenelartículo160Nº1 letrab)delCódigodelTrabajo.Estoes,“AcosoSexual”.f)LafaltaseñaladaenelNº18anterior,constituye causal de término inmedia-todecontratodetrabajo,sinderechoaindemnizaciónalguna,establecidaenelartículo160Nº4,letraa)ob)delCódigodelTrabajosegúnseaelcaso.g) Actos, Omisiones o ImprudenciasTemerarias: Las faltas señaladas en losNº20yNº23anterior,configuraráncau-saldetérminoinmediatodecontrato,sinderecho a indemnización alguna, esta-blecidaenelartículo160Nº5,delCódi-godelTrabajo.

ARTÍCULO 105º Queda estrictamente prohibido al perso-naldeFundaciónINTEGRA,quetrabajeencontactodirectooindirectoconlosniñosoniñas,elcometerlassiguientesfaltas:

1.Atenderalosniñosoniñasbajolosefec-tos del alcohol, drogas o estupefacientesy/oconsumirdichassustanciasdentrodelosestablecimientosdelaFundación.2.Maltrataraniñosoniñasdepalabraodehe-cho;usarelcastigofísicoocastigopsicológico.3.Utilizarapodososobrenombresoha-cer referencia a situaciones familiaresquemenoscabenlaautoestimadelniñoolaniña.4. FumarenlassalasodependenciasdelaFundación.5. Enviar a los niños o niñas solos asuscasas.6. Utilizar a niños o niñas del jardín enactividades ajenas al proceso de ense-ñanzaaprendizaje.7. Castigar a niños o niñas suspen-diéndolos o expulsándolos de la salaodelestablecimiento.8.Realizar paseos u otras actividadesfuera del establecimiento, con niños oniñasysinlapreviaautorizaciónescritadelapoderado.9.Entregarunmenorqueasistealesta-blecimientoapersonasnoautorizadasenformaescritaporelpadreoapoderado.10.Administrarmedicamentosaunniñooniñasin recetamédicaoautorizaciónescritadeunmédicoodelapoderado.

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11. Inducir a un niño o niña a con-ductas reñidas con la moral y lasbuenascostumbres.12.Realizarcualquierotraactividadquevayaendesmedrodelaintegridadfísi-caopsicológicadelniñooniña.13.Permitirelaccesoa losJardinesIn-fantiles y salas cuna de la Fundación,de cualquier individuo ajeno a la Insti-tución,sinhaberverificadoyacreditadosu identificación y registrado debida-mentesuingreso.

Cualquier falta de las señaladas ante-riormente, por parte de un trabajadoro trabajadora de Fundación INTEGRA,configurará“incumplimientogravedelasobligacionesque imponeelcontratodetrabajo”,causaldetérminoinmediatodelcontrato,sinderechoaindemnizaciónal-guna,segúnloestablecidoenelartículoNº160,Nº7,delCódigodelTrabajo.

Título XXIII. “De las investigaciones internas”

ARTÍCULO 106º “La investigación internaesunprocedi-miento administrativo, que permite re-copilarantecedentesdeunasituacióndeconflictoconunoomástrabajadorotra-bajadora,suscitadoaraízdeunadenun-ciaoreclamo.Ésteprocedimientobuscadeterminarposiblesresponsabilidadesysoluciones ante hechos que revistar in-

fracción a la ley, al reglamento internoy/ocontratodetrabajo,mejorandoasílagestiónporpartedelainstitución”.

En virtud de los antecedentes recopi-lados se adoptarán las medidas condu-centesacorregir lascausasopaliar losefectosnegativosquesehubierenprovo-cado,esto,conelfindemejorarlages-tióndelaFundación.

Porloanterior,lasinvestigacionesinter-nas configuran un sistema que sin per-juiciodeencontrarsedebidamenteexpli-citado en el correspondiente ProtocoloInstitucional, no obstante, resulta im-prescindiblequeelReglamentoInterno,contengalosderechosyprincipiosfun-damentalesquelaguíanylasustentan.

ARTÍCULO 107º Principiosyderechosrectoresdeunain-vestigacióninterna:

1) El respetoa la integridad física,psí-quica,honraydignidadde laspersonasconstituyeparaFundación INTEGRAunejeesencialdelasrelacioneslaborales,noconstituyendounaexcepciónaelloelhechodequeuntrabajadorotrabaja-doraseencuentresometidoaunain-vestigacióninterna.2)FundaciónINTEGRA,garantizaato-dossustrabajadoresytrabajadorassinexcepción ni condición alguna, el res-peto a estos derechos fundamentalescomo a todos aquellos consagradosconstitucionalmente.

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3) En ese sentido, cabe precisar queFundación INTEGRA asegura a todotrabajadorytrabajadorainvolucradoenunainvestigacióninterna.

a)Elderechoaseroído.b)Elderechoatomarconocimientodeéloloshechosenlosqueseleatribu-yeresponsabilidad.c)Elderechoapresentarantecedentesque contribuyan a esclarecer los he-chosdenunciados.d)Elderechoaconocerelresultadodelainvestigacióninternaysusfundamentos.e) El derecho a recurrir fundadamentedelcierredelprocesoinvestigativoantelaautoridadquedecretólasanción,con-forme a lo establecido en artículo 115delReglamentoInterno.Encasoqueélo la trabajadoraapele la resoluciónquerechaza la reconsideración, la autoridadregionaldeberáremitirenunplazode3díashábiles,contadosdesdesupresen-tación,lainvestigacióncompletaalaDi-rección Jurídicaparaqueestaa suvez,enunplazode3díashábiles,sepronun-cieensegundainstancia,respectodelasancióncursadaporlaregión.

ARTÍCULO 108º Etapasdelasinvestigacionesinternas:

1.Puestaenconocimientoalospresun-tosinvolucradosdeliniciodeunainvesti-gacióninterna.2.Recopilacióndeantecedentesporpar-tedelaregiónresponsable.3.DirecciónRegional,asistidaporelEn-cargadodeRelacionesLaborales,deberáelaboraruninformeconsusconclusiones

enbasea los antecedentes levantados,sancionesaaplicarenel casoy lasmedidas administrativas adicionalesaimplementar.4.Cuandoelresultadodeunainvestiga-ciónInternaarrojesanciónparaélolosinvolucrados,seráenviadoparaservisa-doalaDirecciónJurídica,quienentrega-rálaorientaciónodecisiónjurídicamentemásidóneaalcasoinvestigado.5.Elresultadodelainvestigacióninternadebesernotificadopersonalmenteoporcartacertificadaalolosinvolucrados.Elresponsabledelinicio,desarrolloytér-minodeuna investigación internaeselDirector(a)Regional.

ARTÍCULO 109º Plazosdelasinvestigacionesinternas:

1. Habiendo tomado conocimiento laDirección Regional del hecho infractordeley,ReglamentoInternoocontratodetrabajo, tendráelplazode 1mesparadar inicio a la investigación interna. Noobstante, en relación a la gravedad delhechoy/osusimplicancias,elinicio,de-sarrolloycierredelainvestigacióninter-nadeberáefectuarsetanprontosehayatomadoconocimientodelhecho.2. Nose realizaráuna investigación in-ternacuandoentrelafechadeocurrenciadelhechoylatomadeconocimientoporpartede laregiónhantranscurridomásde2meses,debiendo la región recurriraotraformaderesolucióndelconflicto,comoporejemplolamediación.3.Asimismo,elplazoexistenteentre lafecha de inicio de una investigación in-ternayelcierrede lamisma,nopuede

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superar4meses.Noobstante,dema-nera excepcional y previa consulta a laDirección Jurídica, el plazo referido an-teriormentepodráextendersefundada,prudencialmenteyporunasolavezdeacuerdoalcasoenconcreto.4. Con todo, ninguna investigación in-ternapodráexcederlos6mesesconta-dosdesdelafechadeocurrenciade loshechos. En caso que a la trabajadora otrabajadorinvestigadoseleotorgueunalicenciamédica,seevaluarálanecesidaddecontarconsudeclaración,paralare-solucióndelcaso.5.Efectuadalainvestigacióninternaporpartedelaregiónresponsableyhabien-do culminado el informe investigativocon sanción para él o los involucrados,este deberá ser remitido a la DirecciónJurídica con todos los antecedentes re-copilados,enunplazode7díashábilescontadosdesdelafechaenquesetomala decisión regional. Una vez recibidoslos antecedentes la Dirección JurídicadeberáresponderalaDirecciónRegionalen un plazo máximo de 7 días hábiles,el cual será suspendido en caso de sernecesarioconsiderarotrosantecedentesparaelcierredelainvestigación.6. Habiendo tomado conocimiento lasDirecciones Regionales o Casa Central,de la ocurrencia de un hecho infractorde ley, Reglamento Interno o contratode trabajo, donde se encuentre involu-cradountrabajadorotrabajadoradesusoficinasyasolicituddeéstas, laDirec-ciónJurídicaevaluará laprocedenciadeiniciarunainvestigacióninterna,encasodeestimarseprocedente,lapropiaDirec-

ciónJurídicaseráresponsabledesude-sarrolloyconclusión.Contodo,lainves-tigacióninternanopodráexcederdedosmesesdesdeelhechodenunciadohastasucierre.

Título XXIV. De las sanciones y las multas

ARTÍCULO 110º El trabajador o trabajadora que infrin-ja las normas legales, contractuales oreglamentarias, o incumpliese sus obli-gaciones o deberes laborales podrá serobjetodesancionesporpartedelaFun-dación,segúnseaelcaso.

ARTÍCULO 111º Enaquelloscasosenquelastransgresio-nesdelostrabajadoresotrabajadorasnosecorrespondanconunacausaldetér-minodesusrespectivoscontratos,con-forme a lo establecido en la legislaciónlaboral vigente, podrán ser sancionadasporFundaciónINTEGRA,atravésdelassiguientesmedidasdisciplinarias:

a)Amonestación,quepodráseracordealagravedaddelafalta:

•Verbal:desusuperiorjerárquicoinme-diatooquienlosubrogue.• Escrita: estas pueden ser, simples oseveras. En la amonestación simple, seentregacopiaescritadelaamonestaciónaltrabajadorolatrabajadora.Enlaamo-

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nestaciónsevera,seentregarácopiadelaamonestacióntantoaltrabajadorcomoalaInspeccióndelTrabajorespectiva.

b)Multa,encasodefaltagrave,Funda-ción INTEGRA podrá aplicar una mul-tadehastael25%desuremuneracióndiaria.El trabajadoro trabajadorapodráreclamardesuaplicaciónantelaInspec-cióndelTrabajoquecorresponda,dentrodelplazoprevistoporlaley.

La amonestación escrita y la multa se-rán aplicadas por decisión del DirectoroDirectoraRegional, respectiva,previoinforme escrito del superior jerárquicoinmediato del trabajador o trabajadoraquehubiesecometidolainfracción.

Tratándose de personal dependiente delasDireccionesNacionales,seránlosDi-rectoresoDirectorasNacionalesrespec-tivosquienesapliquenestasmedidas.

Laaplicacióndealgunadelassancionesseñaladasanteriormenteyquefueranelresultado de una investigación internaderivadaalaDirecciónJurídica,setoma-ráconformea las instruccionesy linea-mientosentregadosporésta.

ARTÍCULO 112º Lassancionesdeberánseraplicadasconecuanimidad,tomandoenconsideraciónlanaturalezay trascendenciade la faltacometida,sugravedadeimportancia,losmóvilesquehayaninfluido,losagravan-tesyatenuantesqueconcurranenlaac-ciónuomisióncometida.

ARTÍCULO 113º Los dineros recaudados por conceptode multas, pasarán a incrementar losfondos del Servicio de Bienestar deFundaciónINTEGRA.

ARTÍCULO 114º FundaciónINTEGRA,enusodelasatri-bucionesseñaladasenelartículo111°,enningúncasopodráaplicaraltrabajadorotrabajadorainfractor,dossancionesres-pectoaunamismafalta.

Título XXV. Del procedimiento de reclamos

ARTÍCULO 115º Eltrabajadorotrabajadoraafectadosporalguna de las sanciones contenidas elartículo 111º de este Reglamento, podráefectuardescargosysolicitarporescritola reconsideración de la medida, acom-pañando nuevos antecedentes comoprueba, ante laautoridadqueaplicó lasanción,dentrodeloscincodíashábilessiguientesalafechaenqueleseacomu-nicadalaaplicacióndelasanción.Laau-toridadrequeridadeberáresolverenigualplazoyporescritolareconsideración.

Lasanciónnopodráseraplicadamien-trasseencuentresuspendidalarelaciónlaboral, la que deberá cursarse una vezquesereanude lamisma.Nose podrácursar una sanción si han transcurrido

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másde6mesesdesdelaocurrenciadelo los hechos que se reprochan, salvo,quelasuspensiónobedezcaainterrup-cionesdelarelaciónlaboralporlicenciasmédicasdecualquiernaturalezaoacausadepermisosotorgadosinstitucionalmente.

ARTÍCULO 116º El trabajador o trabajadora, a quien sehaya denegado la reconsideración dela sanción podrá apelar de tal decisiónante el Director Ejecutivo o DirectoraEjecutiva,dentrodelosdiezdíashábilessiguientesa lanotificaciónde laresolu-ción. El Director o Directora Ejecutiva,resolverá,sinmástrámitesobre laape-lacióndentrodeloscincodíashábilessi-guientesdesupresentación,osolicitarámayoresantecedentesparatomarsure-solución,pudiendoampliarelplazodelaresoluciónhastaporquincedíashábiles.Enamboscasos,reposiciónoapelación,laautoridadseveráobligadaaconside-raryaplicarlasatenuantesquesehayanalegadoyacreditado.

Título XXVI. De la terminación del contrato de trabajo

ARTÍCULO 117º Deacuerdoalalegislaciónlaboralvigen-te,elcontratode trabajo terminará,poralgunadelascausalesestablecidasenelartículoNº159delCódigodelTrabajo:

a.Mutuoacuerdodelaspartes.

b.Renunciadeltrabajadorotrabaja-dora,dandoavisoasuempleadorcontreintadíasdeanticipación,alomenos.c. Muertedeltrabajadorotrabajadora.d. Vencimiento del plazo convenido enel contrato de trabajo. La duración delcontratoaplazonopuedeexcederdeunaño.Tratándosededirectoresoperso-nas que tengan un título profesional otécnicootorgadoporuna institucióndeeducaciónsuperiordelEstadoorecono-cidaporéste,laduracióndelcontratonodeberáexcederdedosaños.e. Términodeltrabajoquedioorigenalcontrato.f. Casofortuitoofuerzamayor.

ARTÍCULO 118º 1.Algunadelasconductasindebidasdecaráctergrave,debidamentecomproba-das,queacontinuaciónseseñalan:

a.Faltadeprobidaddeltrabajadorotraba-jadoraeneldesempeñodesusfunciones.b.ConductasdeAcosoSexual.c.ConductasdeAcosoLaboral.d.Víasdehecho(fuerzaoviolenciafísi-caqueejerceunapersonaencontradeotra)ejercidasporeltrabajadorotraba-jadora en contra de quien represente aFundaciónINTEGRA,odecualquiertra-bajadorotrabajadoraquesedesempeñeenlaInstitución.e.InjuriasproferidasporeltrabajadorotrabajadoraencontradelasautoridadesdelaFundaciónINTEGRA.f. ConductainmoralqueafectealaIns-titución, serácausaldedespidocuandoel trabajador o trabajadora contraría deforma evidente y notoria las normas

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éticas y morales, con una actitud deofensaymenospreciohacialapersonade su empleador, compañeros de tra-bajo o de otras personas vinculadas asuquehacerlaboral.

2.Negociacionesqueejecuteeltrabaja-dorotrabajadora,dentrodelquehacerdelaFundaciónyquehubieransidoprohibi-dasporescritoenelcontrato.

3.Noconcurrenciadeltrabajadorotra-bajadoraasuslaboressincausajustifica-dadurantedosdíasseguidos,doslunesenelmes,ountotaldetresdíasduran-te igualperíododetiempo;asimismolafalta injustificada, o sin aviso previo departe del trabajador o trabajadora quetuviereasucargounaactividad,faenaomáquina cuyo abandono o paralizaciónsignifique una perturbación grave en lamarcha del jardín infantil, sala cuna, ounidad administrativa donde el trabaja-dorotrabajadorassedesempeñen.4. Abandono del trabajo por parte deltrabajadoro trabajadora,entendiéndosecomotal:

a. La salida intempestiva e injustificadadel trabajadorotrabajadoradesu lugardetrabajoydurantelashorasdetrabajo,sinpermisodelajefaturarespectiva,ob. Lanegativaatrabajarsincausajusti-ficadaenlasactividadesdefinidasenelcontrato.

5.Actos,omisionesoimprudenciaste-merariasqueafectenalaseguridadoalfuncionamientodelestablecimiento,oalaseguridadolasactividadesdelostra-

bajadoresotrabajadorasy/olosniñosylasniños,oalasaluddeéstos.6.Elperjuiciomaterialcausadointencio-nalmente en las instalaciones, equipos,herramientas, útiles de trabajo, produc-tosomercaderías.7. Incumplimiento grave de las obliga-cionesqueimponeelcontrato.

ARTÍCULO 119º VelandosiempreporlaaplicacióndelasBuenas Prácticas Laborales, FundaciónINTEGRA podrá de acuerdo a lo esta-blecido en el Código del Trabajo en suartículoNº161,ponertérminoalcontra-todetrabajo,invocandocomocausallas“necesidadesdelaempresa”o“desahu-cio”encuyocasopagará la indemniza-ciónporañosdeserviciosyavisopreviosi correspondiere. Se entenderán comonecesidadesde laempresa,entreotras,lassiguientes:

1. La racionalización o modernizacióninstitucional.2.Bajasenlaproductividad,coberturaocalidaddelosservicios.3.Cambiosenlascondicionessociales,presupuestarias,demercadoodelaeco-nomía, que hagan necesaria la separa-cióndeunoomástrabajadores.

ARTÍCULO 120º Lacausalseñaladaenelartículo119ºdeesteReglamento,nopodráserinvocadarespectoa trabajadoresque gocen delicenciaporenfermedadcomún,mater-nal,poraccidentedeltrabajooenferme-dadprofesional, otorgadadeacuerdoalasnormaslegalesvigentes.

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ARTÍCULO 121º Si el contrato de trabajo termina deacuerdoconlosnumerales4,5ó6delartículoNº159delCódigodelTrabajo,osiFundaciónINTEGRAlepusieretérmi-noporlaaplicacióndeunaomáscausa-les señaladas en los artículos Nº 160 óNº161delreferidocuerpolegal,sedebe-rácomunicarporescritoaltrabajadorotrabajadoradentrodelosplazoslegales,personalmente, para cuya constancia eltrabajador o trabajadora deberá firmarunacopiadelacomunicación,oporcar-tacertificadadirigidaaldomicilio regis-tradoensucontrato.

Paraprocederaldespidodeuntrabajadorotrabajadoraporalgunadelascausalesseñaladasenelincisoanterior,FundaciónINTEGRAdeberáinformarporescritoelestadodepagodelascotizacionesprevi-sionalesdevengadashastaelúltimodíadelmesanterioraldeldespidoolasquedeban estar pagadas en atención a losplazos administrativos, adjuntando loscomprobantesquelojustifiquen.

ARTÍCULO 122º Eltrabajadorotrabajadoracuyocontratoterminepor laaplicacióndeunaomásde lascausalesestablecidasen losartí-culosNº159,Nº160yNº161delCódigodel Trabajo, y que considere que dichaaplicaciónesinjustificada,indebidaoim-procedente, o que no se haya invocadoninguna causal legal, podrá recurrir aljuzgadocompetente,dentrodeplazodesesentadíashábiles,contadodesdelase-paración,afindequeésteasílodeclare.

Título XXVII. De las informaciones, peticiones, reclamos y sugerencias

ARTÍCULO 123º FundaciónINTEGRA,contribuyendoconel espíritu de colaboración permanenteque debe existir con sus trabajadoresy trabajadoras, en el marco de las rela-cioneslaborales,reconoceygarantizaelderechodeellosaformularsugerencias,consultasyreclamos.Enrazóndeloan-teriorlaFundación:

a) Sostendrá por intermedio de sus re-presentantes o personas idóneas quepara este efecto convoque, reunionesinformativas con los diversos órganosdecolaboraciónmutuaqueexistanosecreenenelfuturo,valedecir,Sindicatos,Delegados de Personal de TrabajadoresNo Sindicalizados y Comités ParitariosdeHigieneySeguridad.b) Cuando los antecedentes deban serconocidos por todos los trabajadoresy trabajadoras, Fundación INTEGRA yla directiva del órgano de colaboración,redactarán una comunicación escrita,conjunta, que será colocada en lugaresvisiblesdelaFundación.

ARTÍCULO 124º Fundación INTEGRAponeadisposicióndesus trabajadoresy trabajadoras todasuvoluntad,afindesatisfacersuscon-sultaseinquietudes.

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Las informaciones que deseen obtenerrespecto de sus derechos u obligaciones,deberánsersolicitadasasujefaturadirecta.Encasodepeticionesoreclamosdeca-rácter individual referidos a situacioneslaborales,el trabajadoro la trabajadora,deberápresentarlospor escrito enpri-mer lugara su jefaturadirecta, encasodequenohayarespuestaoéstaresulteincompletaoinsatisfactoria,podráinsis-tirantelajefaturasuperior,continuando,endichoordenhastalaDirecciónEjecu-tivadelaFundaciónsifuesenecesario.

Queda establecido que las jefaturas di-rectasysuperioresen loscasosqueseindican,son:

a)EnelNivelJardínInfantil:laDirectoradelJardínInfantil.b)EnelNivelRegional:elJefeoJefadeDepartamentoRegional;elDirectoroDi-rectoraRegional.c) En el Nivel Central: el jefe o jefa deUnidad,eljefeojefadeÁrea;lajefaturade Staff, Director o Directora Nacionalrespectivo.d)LaDirecciónEjecutiva.

ARTÍCULO 125º Las informaciones que los trabajadoreso trabajadoras deseen tener acerca demateriasrelacionadasconsusderechosy obligaciones podrán ser solicitadas alaDirecciónNacionaloRegionalcorres-pondiente,laqueasuvezcoordinarálarespuestaconelÁreadeRelacionesLa-boralesdelaDireccióndePersonas.

ARTÍCULO 126º Las peticiones, reclamos o apelacionesde carácter individual, serán hechos di-rectamenteporelinteresadoasujefatu-radirecta,paraeltrámitenecesarioanteelÁreadeRelacionesLaboralesdelaDi-reccióndePersonas,cuandocorrespon-da que ésta deba resolverlo, debiendoseguirelrespectivoconductoregular.

ARTÍCULO 127º Las disposiciones contenidas en elpresente Reglamento Interno y susmodificaciones deberán ponerse enconocimiento de los trabajadores y tra-bajadoras,treintadíasantesdelafechaenquecomiencenaregir,yfijarse,a lomenos, en dos sitios visibles del lugardelasfaenasconlamismaanticipación.Deberá tambiénentregarseunacopiaalos sindicatos, al delegado del personalya losComitésParitariosexistentesenlaempresa.

Además, el empleador deberá entre-gargratuitamentealostrabajadoresunejemplar impreso que contenga en untextoelreglamentointernodelaempre-sayelreglamentoaqueserefierelaLeyN°16.744.

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ARTÍCULO 128º Elacososexualesunaconductailícitanoacordeconladignidadhumanaycontra-riaalaconvivenciaalinteriordelaFun-dación.EnINTEGRAseránconsideradascomo conductas de este tipo, aquellosrequerimientosde índolesexualquesehagansinqueexistaaceptacióndeltra-bajador o trabajadora que recibe talesrequerimientos, ya sea se efectúen enforma verbal, por correos electrónicos,cartas, misivaspersonalesuotrosme-dios, que vayan aparejados de premios,recompensas o beneficios, o amenazasde despido u otras situaciones, quepuedan hacer peligrar el empleo o lascondiciones laboralesactualesofuturasdelavíctimadelacoso.

ARTÍCULO 129º Elacosolaboralesunaconductaatenta-toriacontralosderechosfundamentalesde la persona, constituida por la agre-sión u hostigamiento reiterados, ejerci-do porelempleadoroporunoomástrabajadores(as),encontradeotro(a)uotros(as)trabajadores(as),porcualquiermedio,yquetengacomoresultadome-noscabo,maltratoohumillaciónparaelolosafectados,oqueamenaceoperjudi-quesusituaciónlaboralosusoportuni-dadesenelempleo.

ARTÍCULO 130º Se considerarán como conductas deAcoso Laboral, la agresión u hostiga-mientoreiteradoentre laspersonasquetrabajanenFundaciónINTEGRA,dema-nerareferenciallassiguientes:

1. Aislar poraccionesuomisiones,demanera intencionada, a uno o más tra-bajadores o trabajadoras de sus otroscompañeros(as)detrabajo.2.Desprestigiaraunoomástrabajadoresotrabajadorasantesuscompañeros(as)detrabajo3. Desacreditar la capacidad profesio-naly laboraldeunoomástrabajadoresotrabajadorasdentrodelaorganización,entreotrasconductas4.Ejercer violencia psicológica, verbaly/omaterialcontraunoomástrabajado-res,unaomástrabajadoraspertenecien-tesaINTEGRA,entreotrasconductas.5. Cualquierotraacciónquepuedaaten-tarcontralapersonalidad,ladignidad,laintegridad física, psíquica o laboral deuno o más trabajadores o trabajadorasque no haya sido mencionada en lospuntosanteriores.

LIBRO II

DEL ACOSO SEXUAL Y ACOSO LABORAL

Título I. Normas generales

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Título II. Del procedimiento, de la investigación y sanción del acoso sexual y acoso laboral

ARTÍCULO 131º Todotrabajadorotrabajadoraafectado(a),tienederechoadenunciarelacososexualy/o laboral,porescritoa laFundaciónoantelaInspeccióndelTrabajo.

Sisedecideinterponer ladenunciaantelaFundación,yquiencometelaconductadeacososexualolaboralfueseuncom-pañeroocompañeradetrabajo,delmis-mooinferiorniveljerárquico,éstadeberádirigirse a la jefatura directa del afecta-dopor la conducta ilícita.Si encambio,elacososexualolaboralprovienedelajefatura directa o de otro compañero ocompañeradetrabajodemayorgradoje-rárquico,ladenunciadeberádirigirsealajefaturadirectadelsuperiordenunciado.Enamboscasos,quienrecibeladenunciadeberá comunicarla de inmediato y porlavíamásrápidaa laDirecciónJurídicadeINTEGRAyremitirlosantecedenteseldíahábilsiguiente,amástardar.

ARTÍCULO 132º Todadenunciarealizadaenlostérminosseñaladosenelartículoanterior,deberáser investigada por la Fundación en unplazomáximode30díashábiles.Sinper-juiciodeloanterior,FundaciónINTEGRAatravésdelaevaluaciónquerealicelaDi-

recciónJurídicaconlaDirecciónEjecutiva,podráderivarlosantecedentesalaInspec-cióndelTrabajorespectivadentrodequintodíahábilderecibidaladenuncia:

•Cuandosedeterminequeexisteninha-bilidades al interior de la propia Funda-ciónpara llevar a cabo la investigación,provocadasporeltenordeladenuncia;•CuandoseconsiderequelaFundaciónnocuentaconelpersonalcalificadoparadesarrollar la investigación, así comocuando la distancia o lejanía del lugardificulte el cumplimiento de los plazoslegales para realizar una investigacióninternao,• Cuando, por cualquier otra situaciónresulte aconsejable que la investigaciónseaefectuadaporlaInspeccióndelTra-bajo,decisiónquedeberáserdetermina-dacasoacasoyfundadamente.

ARTÍCULO 133º SilaFundaciónasumelainvestigacióndeacososexualo laboral, corresponderáalaDirecciónJurídicadesignar,amástar-dardentrodelquintodíahábilderecibi-da ladenuncia, aunprofesional idóneoe imparcial para asumir la responsabili-daddedesarrollaryejecutarelproceso,quienasumiráelroldeinvestigador.

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ARTÍCULO 134º La denuncia escrita deberá señalar losnombres, apellidos y número de céduladeidentidaddeldenunciantey/oafecta-do,elcargoqueocupaenlaFundaciónysu dependencia jerárquica; una relacióndetalladadeloshechosmateriadelade-nuncia,enloposibleindicandofechasyhoras,elnombredelpresuntoacosador,yfinalmente,fechayfirmadeldenunciante.

ARTÍCULO 135º El investigador, conforme a los antece-dentes iniciales dispondrá de algunasmedidasprecautorias,talescomolase-paración de los espacios físicos de losinvolucradosenelcaso,laredistribucióndeltiempodejornada,olaredestinacióndeunadelospartes,atendidalagrave-daddeloshechosdenunciadosylaspo-sibilidadesderivadasde lascondicionesdetrabajo.

ARTÍCULO 136º Siunodelosinvolucradosconsideraquealguna de las medidas señaladas en elartículoanteriores injustaodespropor-cionada, podrá utilizar el procedimientogeneraldeapelaciónquecontieneelRe-glamento Internoo recurrira la Inspec-cióndelTrabajo.

ARTÍCULO 137º Todo el proceso de investigación cons-tará por escrito, dejándose constanciade las acciones realizadas por el inves-tigador,de lasdeclaracionesefectuadasporlosinvolucrados,delostestigosylaspruebas que pudieran aportar. Se man-

tendráestrictareservadelprocedimien-toysegarantizaráaambaspartesqueseránoídas.

ARTÍCULO 138º Una vez que el investigador haya con-cluido la etapa de recolección de infor-mación,atravésdelosmediosseñaladosenelartículoanterior,procederáaemitirelinformesobrelaexistenciadehechosconstitutivosdeacososexualolaboral,dependiendodelcaso.

ARTÍCULO 139º Elinformecontendrálaidentificacióndelaspartes involucradas, lostestigosqueprestaron declaración, una relación delos hechos presentados, las conclusio-nesaquellegóelinvestigadorylasme-didasysancionesqueseproponenparaelcaso.

ARTÍCULO 140º Lasmedidasysancionesqueseaplica-ránirándesdeunaamonestaciónverbalo escrita al trabajador acosador, hastaeldescuentodeun25%de la remune-ración diaria del trabajador acosador,conformealodispuestoenelartículo111deesteReglamentoInterno,relativoalaaplicación general de sanciones. Lo an-terioressinperjuicioque la Fundaciónpudiera,atendidalagravedaddeloshe-chosaplicareldespidoenconformidadalodispuestoenelCódigodelTrabajo.

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ARTÍCULO 141º El informe con las conclusiones del in-vestigador, incluidas lasmedidasysan-ciones propuestas, deberá estar termi-nadoyentregadoalaDirecciónJurídica,a más tardar el trigésimo día, contadodesdelarecepcióndeladenuncia,conelcual se dará por concluida la investiga-ción,ydeberáser remitidoa la Inspec-ción del Trabajo correspondiente, el díahábilsiguiente.

ARTÍCULO 142º En caso que la Inspección del Trabajoefectúe observaciones al informe, éstasserán apreciadas conjuntamente por laDirecciónjurídicaylaDirecciónEjecuti-va,querealizaránlosajustespertinentes,elcualseránotificadoa laspartesden-trode5ºdíahábil desde la recepciónde las observaciones, personalmente oensudefecto,porcartacertificada.Lasmedidas y sanciones propuestas seránderesolución inmediataoen las fechasqueelmismoinformeseñale,elcualnopodráexcederde15díashábiles

ARTÍCULO 143º El afectado o afectada podrá utilizarel procedimiento de apelación generalcuando la sanción aplicada sea multa,esdecir,podráreclamardesuaplicaciónantelaInspeccióndelTrabajo.Silasan-ciónencambio,consistióeneldespidodeltrabajadorotrabajadora,podrárecu-rrir ante la Inspección del Trabajo o losTribunalesdelramo,siloestimareinjus-to,indebidooimprocedente,deacuerdoalasreglasgenerales.

ARTÍCULO 144º La Fundación se reserva el derecho deiniciar las medidas y acciones legalesque estime pertinentes, si la investiga-cióndeterminarequeloshechosdenun-ciadosnosonefectivosyqueladenunciaseefectuóconelpropósitodelesionarlahonradeldenunciadoy/oinvocadamali-ciosamente.

Sieltrabajadorhubieseinvocadolacau-saldelaletrab)yf)delartículo160delCódigodelTrabajo,falsamenteoconelpropósitodelesionarlahonradelaper-sona demandada y el tribunal hubieredeclaradosudemandacarentedemotivoplausible, estará obligado a indemnizarlosperjuiciosquecausealafectado.Eneleventoquelacausalhayasidoinvocadamaliciosamente,ademásde la indemni-zacióndelosperjuicios,quedarásujetoalasotrasaccioneslegalesqueprocedan.

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La información es un activo esencialpara la gestión de toda organización yrequiere en consecuencia una protec-ciónadecuada. Productode lacrecien-teinterconectividad, la informaciónestáahoraexpuestaaunnúmeromayoryaunavariedadmásampliadeamenazasyvulnerabilidades.

La informaciónsetransmitedediversasformas; impresa en papel, electrónica-mente,porcorreoomedioselectrónicos,en filmes o en una conversación. Cual-quierasealaformaolosmediosporlosque se comparta o almacene, siempredebeserprotegidaadecuadamente.

La seguridad de la información se con-sigue implantandounconjuntoadecua-do de controles, definiendo políticas,procesos, procedimientos, estructurasorganizativas y funciones de hardwarey software. Estos controles deben seractualizados y mejorados permanente-menteparaquecumplanconlosobjeti-vosdeseguridaddelaorganización.

Lasorganizaciones,sussistemasyredesdeinformaciónseenfrentanconamena-zasdeseguridaddeunaampliavariedadde fuentes, incluyendo fraudes informá-

ticos, espionaje, sabotaje, vandalismo,incendiosoinundaciones.

Enestecontexto,laFundaciónINTEGRAcuentaconunaPolíticadeSeguridaddelainformaciónacordeasusnecesidades,paraimplementarlosmecanismosdese-guridadadecuadosalaorganización.

Lasnormascontenidasenestetítulotie-nenporobjetivo:1.Optimizarlosrecursoshumanosyma-terialeshacialaeficienciadelossistemasdetecnologíasdelainformaciónydete-lecomunicacionesdisponiblesenFunda-ciónINTEGRA.2.Mejorarlagestióndelosprocesosdeinformación en Fundación INTEGRA demaneracorrecta,segurayeficiente.3. Optimizarlosrecursosfinancierosdes-tinadosalastecnologíasdeinformaciónytelecomunicaciones;ylaautomatizacióneficientede losprocesosadministrativosyoperativosdeFundaciónINTEGRA.4.Establecernormasespecíficasparaelusoyaprovechamientodelosrecursosyserviciosreferentesa lastecnologíasdeinformaciónytelecomunicaciones.5.Resguardarlaseguridaddelain-formación de propiedad de la Fun-daciónINTEGRA.

LIBRO III

SOBRE SEGURIDAD INFORMÁTICA

Título I. Seguridad de la información

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6. Garantizar al máximo la vida útil delosequiposcomputacionalesysistemas.7. Garantizar la calidad y continuidaddel servicio informático a los usuariosdelaFundación.

ARTÍCULO 145º Los trabajadores y trabajadoras de laFundación INTEGRA y terceros auto-rizados para acceder a los activos deinformación de la Fundación, deberánhacerusoresponsabledelosrecursosyserviciosreferentesa lastecnologíasdeinformación y telecomunicaciones queesténasudisposición,ydelosdatosqueprocesen, quedando prohibido realizarenellosactividadesajenasasucargo,asícomoelusomaliciosodelosdatosobte-nidosenelejerciciodeéstos.

ARTÍCULO 146ºLosusuarios,seránresponsablesde:

1. Elusoquerealicendelosmediosyser-viciosdecomunicaciónelectrónicos;2. Respetar los procedimientos para subuen uso, mantenimiento y conserva-ción de las tecnologías de informacióny de telecomunicaciones, establecidospor laDireccióndeTecnologíadeFun-daciónINTEGRA.

ARTÍCULO 147ºEs obligatorio el uso y actualización deprogramasantivirusentodoslosequiposinformáticosyservidores,seanestosdepropiedaddelaFundaciónodeprovee-doresexternos.

ARTÍCULO 148ºSololaDireccióndeTecnología,ounter-ceroautorizadoporésta,podránrealizaractividades de inspección en telecomu-nicaciones, redes, sistemas y bases dedatos, además de la instalación, ejecu-ción y uso de programas, aplicaciones,códigosocomponentesdispuestosparatalesefectos.

ARTÍCULO 149ºCada usuario de Jardines Infantiles esresponsable de efectuar los respaldosde la información contenida en los bie-nes informáticosqueestánbajosures-guardo.ParaellopodráasesorarseconlaMesadeAyudaInformática,odequienestadispongaparatalefecto.

CadausuariodeCasaCentraloRegionalesresponsabledeefectuarlosrespaldosdelainformacióncontenidaenlosbienesinformáticosqueestánbajosuresguar-do. Para ello, dispondrá de un servidorestablecidoporlaDireccióndeTecnolo-gía donde podrá almacenar la informa-ciónqueconsideremásimportanteparasusfunciones.

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ARTÍCULO 150ºCadausuarioseráresponsabledelosda-tosqueporsíoatravésdeotrapersonaregistreoproceseenlosdiferentessis-temasybasesdedatosdelaFundación,porloqueseconsideraráncomoincum-plimientogravede lasobligacionesqueimponeelcontratodetrabajo:

1. La captura, envío o entrega de infor-mación maliciosamente incompleta, in-correctaofalsay2.Ladilaciónintencionalenlacapturaoregistrodeinformaciónenlossistemasybasesdedatos;

ARTÍCULO 151ºFundaciónINTEGRAobservaráenmate-riadeseguridadlógicadelossistemasybasesdedatos,lassiguientesmedidas:

1.Losadministradoresdelossistemasybasesdedatosdeberánpreverpolíticasdeadministracióndeclavesdeaccesoyperfilesdeusuarios;2. Los usuarios en todo momento seránresponsables del uso de sus claves, lascualessondeusopersonaleintransferible;3. Losrespaldospreviosasualmacena-mientoyresguardo,deberánseranaliza-dosafindeverificarquenocontengan“virus”,“gusanos”o“códigosmaliciososinformáticos”;4.La Dirección de Tecnología podráadoptar los esquemas o medidas ade-cuadas,paraelóptimofuncionamientoycontinuidadensusservicioslocales.Enel caso que una actualización o mejoradeseguridadimpidao limitefuncionali-

dadesnocríticasenalgúnequipoosiste-madeinformación,tendrásiempreprio-ridadlaseguridaddelequipooservicio.

Título II. De la protección de los derechos autor

ARTÍCULO 152ºQuedaprohibidalautilizacióndeprogra-masdecómputo(“software”),sistemasoperativos o aplicaciones, sea esta enformadecódigofuenteodecódigoob-jeto,sinsulicenciadeusorespectiva.

a) Asimismo, queda prohibida la des-carga, almacenamiento, reproducción,transferenciaydistribucióndearchivos,quecontravenganylesionelosderechosde autor de cualquier obra protegida através de tecnologías de informaciónpropiedaddeFundaciónINTEGRA,enlostérminosdelalegislaciónaplicable.b) Quedaestrictamenteprohibidoqueelpersonalduplique,copie,venda,distribuya,o comercie de alguna forma con el soft-wareautorizadoanombredelaFundación.c) Corresponde a la Dirección de Tec-nología, el control y resguardo de laslicencias de programas de cómputo(“software”),porloquedeberáelaborarymanteneractualizadoellistadodePro-gramas(“software”)autorizados,distin-guiendoentre:

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1. Programas de cómputo (“software”)con“copyright”;2.Programasdecómputo(“Freeware”);3.Programasodistribucionesdecódigoabiertocon“copyleft”,y4.Programas o aplicaciones desarrolla-dos por la Fundación o especialmenteparaella.

d)La Dirección de Tecnología es la en-cargadaderealizar la instalaciónycon-figuración de “software” en los bienesinformáticos. Los usuarios no están au-torizadospararealizarinstalacióndenin-gúnsoftware.e)Quedaprohibidoelusodedispositi-vosdealmacenamientoyduplicadoresdemediosmagnéticos“Disquete”,“CDWriter”,“DVDWriter”,cintasmagnéti-cas,memoriaflash),parafinesdistin-tosalrespaldodedatose informaciónlaboral sin laautorizaciónde laDirec-cióndeTecnología.

Título III. Del correo electrónico

ARTÍCULO 153ºElpersonal tendráaccesoaunacuentadecorreoelectrónicosoloen lamedidaenqueexistadisponibilidadtécnicaparaproporcionarla. El tamaño máximo deenvíodecorreosnodebesuperareles-tablecidoparaestosefectosporlaDirec-cióndeTecnología.

ARTÍCULO 154ºLosusuariosdeben:

1.Abstenersedeenviarocontestaraca-denasdecorreo(mensajesmasivosconchistes, presentaciones, solicitudes deayuda,alertasdevirus,etc.)2.Emplearlacuentaasignadasoloparafineslaborales.Seránresponsablesdelainformaciónqueseaaccedida,procesa-daoenviada,atravésdesucuenta,porloquenodeberácompartirsucontrase-ñaconterceros.3.Al respondercomunicadosgeneralesoparaungrupoespecíficodepersonas,elusuarionodeberesponderaTODOSlosusuarios,salvocuandoéstasealafi-nalidaddelarespuesta.4.Son responsables de respetar la LeydeDerechosdeAutor,noabusandodeestemedioparadistribuirdeformailegalsoftware licenciado o reproducir infor-maciónsinconocimientodelautor.

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Título V. Restricciones de navegación en internet

ARTÍCULO 157ºDelasprohibicionesdelosusuarios:1.UsodeChat.2. Ingresar a páginas pornográficas, deviolenciaexcesiva,decontenidoilegalode descarga de programas no autoriza-dosporlaDireccióndeTecnología.3. Descargar de música y/o videos; dearchivosdeinstalacióno,sinquelaenu-meraciónseataxativa,dearchivoscuyaextensiónsean:.exe;.scr:.lnk;.bat;.vbs;.dll; .bin; .cmd, y en general aquelloscuya descarga sea prohibida por la Di-rección de Tecnología, por representarun riesgo para la seguridad informáticadelainstitución.4. Ver televisión o videos en línea(streaming).5. Escuchar radio o música en línea(streaming).6.RealizardescargardeltipoPeertoPeer(P2P,Torrent).7. Independientedeloindicadoanterior-mente,sielusuarionecesitaporrazonesdetrabajoaccederaalgunodelospuntosanteriores,elaccesodeberásersolicita-doalComitédeSeguridaddefinidoenlaPolíticadeSeguridaddelaInformación.

Título IV. Sobre los equipos computacionales

ARTÍCULO 155ºElequipodebeserusadosoloparafinesinstitucionalesyapoyodelasactividadeslaborales del usuario. Las únicas perso-nas que pueden desconectar, mover oabrir el equipoy suscomponentes, sonlostécnicosautorizadosporlaFundaciónolasempresasqueeventualmentepres-tenserviciosalaFundación.

Soloelpersonalautorizadopodráinsta-laryconfigurarsoftwareyhardware.Los daños ocasionados por: uso rudo,maltratogolpes,caídas,intervenciónsinautorización,derramedelíquidos,negli-genciaoaccidentesnoseránconsideradascomofallasdelequiposinoprovocadas.

Los usuarios podrán solicitar la instala-ción de los equipos periféricos necesa-riosparasulabor,locualsolopuedeserrealizadoporlaDireccióndeTecnología.

ARTÍCULO 156ºLostrabajadoresotrabajadorasquereci-banparasuusopersonalequiposcom-putacionales o de telecomunicacionescomo: computadores portátiles, teléfo-nos celulares u otros, deberán suscribirun anexo de contrato en el que se es-pecifican las condiciones generales deuso, devolución y las obligaciones quesuaceptaciónimplicaparaeltrabajadorotrabajadoraasignatario.

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Título VI. Uso de equipos de digitalización e impresión

ARTÍCULO 158ºEl uso de equipo de digitalización dedocumentos (scanners) e impresorases exclusivamente para actividades re-lacionadascon laFundación,quedando,sin que esta enumeración sea taxativa,estrictamenteprohibida ladigitalizaciónoimpresiónde:1.Todotipodebilletes.2.Todotipodemonedacirculantedepaísesextranjeros.3. Estampillas de correo y todo docu-mentoqueimpliquepagodeservicios.4.Pasaportes,licenciasydocumentosdeidentificación(salvoparaalgúntrámi-te,sóloenblancoynegro).5.Materialesfilmográficos,obras, folle-tos,diagramas,dibujos,pinturas impre-sas,etc.queinvolucrenderechodepro-piedadintelectual,respectodeloscualeslaFundaciónINTEGRAnotengaderechodedominio.6. Bonos, certificados, pagarés, billetesdelotería.

ARTÍCULO 159ºLos trabajadores y trabajadoras deFundación INTEGRA y los terceros au-torizados para acceder a los activos deinformación, de la Fundación deberánhacerusoresponsabledelosrecursosyserviciosreferentesa lastecnologíasdeinformación y telecomunicaciones queesténasudisposición,delosdatosqueprocesen, quedando prohibido realizarenéstosactividadesajenasasucargo,yhacerusomaliciosodelosdatosobteni-dosenelejerciciodeéstos.

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EncumplimientoalodispuestoporlaLeyN°16.744,lasempresasoentidadeses-taránobligadasamanteneraldía los reglamentos internosdehigieney seguridadeneltrabajoylostrabajadoresacumplirconlasexigenciasquelosreglamentoslesimpongan.Losreglamentosdeberánincluirlaaplicacióndemultasalostrabajadoresquenoutilicenloselementosdeprotecciónpersonalqueseleshayaproporcionadooquenocumplanlasobligacionesquelesimponganlasnormas,reglamentacionesoinstruccionessobrehigieneyseguridadeneltrabajo.LaaplicacióndetalesmultasseregiráporlodispuestoenelPárrafoIdelTítuloIIIdelLibroIdelCódigodelTrabajo.

LIBRO IV

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD

Título I. Disposiciones generales en materia de higiene y seguridad

ARTÍCULO 160ºDefiniciones. Para todos los efectos delpresenteReglamentoseentenderápor:1. EntidadEmpleadora:FundaciónEdu-cacional para el Desarrollo Integral delMenor, en adelante ‘Fundación INTE-GRA’,o‘LaFundación’.2.Trabajadorotrabajadora:Todaperso-naqueencualquiercarácter,prestaser-viciosaFundaciónINTEGRA,bajosubor-dinaciónodependencia,yporloscualesreciberemuneración.3.RiesgoProfesional:Aquellosalosqueestáexpuestoeltrabajadorotrabajadorayquepuedanprovocarleunaccidenteounaenfermedadprofesional.4. Peligro: Fuente, situación o acto conpotencial para causar daño en términodedañohumanoodeteriorodelasalud,ounacombinacióndeéstos.

5. Riesgo:Combinacióndelaprobabili-dad de que ocurra un suceso o exposi-ciónpeligrosay laseveridaddeldañoodeteriorodelasaludquepuedecausarelsucesooexposición.6. Accidente: Cualquier acontecimientono deseado que interrumpe el procesonormaldetrabajo,yprovocadañofísico,lesión o enfermedad ocupacional a unapersonaodañoalapropiedad.7.AccidentedelTrabajo:estodalesiónque una persona sufra a causa o conocasión del trabajo, y que le produzcaincapacidad o muerte. (Art. Nº5, LeyNº16.744).8. AccidentedeTrayecto:eselqueocu-rreeneltrayectodirectodeidaoregreso,entre lahabitacióndel trabajadoro tra-bajadoraysulugardetrabajo,yaquellosqueocurraneneltrayectodirectoentredos lugares de trabajo, aunque corres-pondanadistintosempleadores.Enesteúltimocaso,seconsideraraqueelacci-dentedicerelaciónconeltrabajoalquesedirigíaeltrabajadoralocurrirlaemer-gencia.(Art.Nº5,LeyNº16.744).

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9.EnfermedadProfesional:eslacausadadeunamaneradirectaporelejerciciodelaprofesiónoel trabajoquerealiceunapersonayqueleproduzcaincapacidadomuerte(Art.Nº7,LeyNº16.744).10. Organismo Administrador del Segu-ro: ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGU-RIDAD,delcual laFundación INTEGRAes adherente, por aplicación de la LeyNº16.74411. Normas de Seguridad: El conjun-to de reglas obligatorias emanadas deeste Reglamento, del (los) Comité(s)Paritario(s), del Organismo Administra-dor y del Departamento de PrevencióndeRiesgos.12. Condición Insegura:Condiciónocir-cunstancia física peligrosa que puedeocasionarunaccidente.13. AcciónInsegura:estodoacto,activi-dad,hechouomisiónhumanaqueposi-bilitaoproduceunaccidenteoenferme-dadprofesional.14. Investigación de Accidentes: Su ob-jetivoprincipalesdeterminarcuálessonlascondicionesyprácticasinsegurasdetrabajoquehanocasionadounacciden-te,conelpropósitodeevitarqueserepi-tanlascircunstanciasocondicionesqueposibilitanlosaccidentes.15. D.I.A.T. (Declaración Individual deAccidente del Trabajo): Formulario co-múnalosOrganismosAdministradores,aprobadoporelMinisteriodeSalud,des-tinadoaladenunciadeunaccidentedeltrabajooenfermedadprofesional.16.JefaturaDirecta:Personaacargodeltrabajoquesedesarrolla,talescomoDi-rector o Directora Nacional, Jefatura deDepartamentoaNivelNacional,Direc-

tor o Directora Regional, Jefaturas Re-gionales,DirectoroDirectoradeJardínInfantil.Enaquelloscasosenquedosomáspersonasrevistanestacategoría,seentenderáporjefaturadirectaaldema-yorjerarquía.17.ExamenOcupacional:Examenocon-juntodeexámenesmédicosopsicotéc-nicosa losquedebesometerseun tra-bajador o trabajadora, a requerimientodelaFundación,paraestablecerquesuscondicionesdesaludsonaceptablesenrelación a los riesgos o responsabilida-despropiasdelaslaboreshabitualesquerealiza.Estosexámenesseefectuaránenalgún establecimiento médico depen-diente del Organismo Administrador uotro organismo competente designadoporFundaciónINTEGRA.18.Equipo de Protección Personal: Elelemento o conjunto de elementos quepermitenaltrabajador(a)actuarencon-tactodirectoconunasustanciaoenunmediohostil,sindeteriorodesuintegri-dad física, como por ejemplo: guantesparaelpersonaldeaseo,etc.19. UnidaddeTrabajo:Oficina,JardínIn-fantil,Bodegauotrolugarfísicoendon-deserealiceeltrabajo.20. FuentesdeCalor:Todoelementoqueproduzcacalor,porejemplo:cocinas,es-tufasagas,interruptores,etc.

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Título II. De las obligaciones del empleador en materias de higiene y seguridad

ARTÍCULO 161ºDe acuerdo a las disposiciones legalesvigentes, laFundacióny lasDireccionesRegionales, los Departamentos o ÁreasdePersonasRegionalesylosJardinesIn-fantilesrespectivamente,estáobligadaaprotegeratodosupersonalde losries-gosdeltrabajo,entregándolealtrabaja-dorotrabajadoracuyalaborlorequiera,sincostoalguno, loselementosdepro-tecciónpersonaldelcaso,asumiendoeltrabajadorotrabajadora laresponsabili-dadpordichosimplementos.Delmismomodo,seráresponsabilidaddelaFunda-ción advertir a su personal respecto deprácticasohábitosquepudiesenatentarencontradesusaludoladelosdemás.

ARTÍCULO 162ºLaDirecciónEjecutivadeFundaciónIN-TEGRA, a través del Departamento dePrevencióndeRiesgos,ylasDireccionesRegionales,DepartamentodePromociónyProteccióndelaInfanciaRegionalyelorganismo administrador u otros espe-cializadosyacreditadosparatalesefec-tos, los Departamentos de PrevencióndeRiesgos,ÁreasdePersonasylosJar-dinesInfantilesrespectivamente,sepre-ocuparándemantenerprogramasdeca-pacitaciónenmateriasdePrevencióndeRiesgosademásdeconceptosbásicosde

prevenciónycontrolde incendiosyusodeextintores.

ARTÍCULO 163º Fundación INTEGRAa travésdelÁreadePrevencióndeRiesgos,debeproveera cada Unidad de Trabajo el materialnecesarioparaidentificaryseñalizarlasvías de circulación interna y/o evacua-ción,puescadaunadeellasdebecon-tar con zonas de seguridad internas yexternaspreestablecidasdemaneraderesguardaryfacilitarlasalidadelostra-bajadoresy trabajadoras,niñasyniñosencasodeemergencia.

ARTÍCULO 164º CadaUnidaddeTrabajodebecontarconunplanpreventivoydeemergencia,deacuerdo a sus necesidades y efectuarprácticasperiódicas,almenosde3ve-cesalañoparajardinesinfantilesysalascunasy1vezalañoparadireccionesre-gionalesydependenciasdecasacentral.

Título II. De las obligaciones del personal en materias de higiene y seguridad

ARTÍCULO 165ºElpersonaldeFundaciónINTEGRAque-da sujeto a las disposiciones de la LeyNº16.744ysusDecretoscomplementa-riosvigentesolosquesedictenenelfu-turo;alasdisposicionesdelpresenteRe-

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glamento;yalasnormasoinstruccionesemanadasdelOrganismoAdministradorydelosServiciosdeSalud.

ARTÍCULO 166ºLostrabajadoresytrabajadorasdeberáncumplir con las siguientes obligacionesenmateriadePrevencióndeRiesgos:

1.Tomarconocimientode lasnormasde Prevención de Riesgos y ponerlasenpráctica.2. Conocer el plan preventivo y el plande emergencia y evacuación de la Uni-dad de Trabajo en donde desempeñansusfuncionesycumplirconlasrespon-sabilidadesasignadas.3. Conocer los planes de emergencia,vías de evacuación, conceptos básicosde Prevención y Control de Incendios,saber usar los extintores y conocer suubicaciónencadaunidaddetrabajo.4.Informarasujefaturadirectadecual-quiersituaciónque,asujuicio,representeriesgosdeaccidentesy/oenfermedadesprofesionalestantoparalostrabajadorescomo para los niños y niñas de Funda-ciónINTEGRA.5.Velarpor laseguridadde losniñosyniñasdentrodelrecintodelJardínInfantilofueradeéste,siestánasucargo.6.PresentarseensuUnidaddeTrabajou otras dependencias de Fundación IN-TEGRAencondicionesfísicas,psíquicasyemocionalmentesatisfactorias.Encasodesentirseenfermodeberácomunicarloasujefaturadirecta.7. Cooperar en las Investigaciones deAccidenteseInspeccionesdeSeguridad,quellevenacaboelComitéParitario,el

ÁreadePrevencióndeRiesgos,elorga-nismo administrador, los Monitores y/oEncargadosdePrevencióndeRiesgos,ocualquier trabajador o trabajadora quehaya sido asignado para tal función deacuerdoalosprocedimientosinstitucio-nalesexistentes.8.ParticiparenCursosdeCapacitacióndeacuerdoa losprogramasdePreven-ción de Riesgos, tales como PrimerosAuxilios, Prevención del Daño a la Voz,participarensimulacros,entreotros,quela Fundación considere convenientespara la seguridad del personal, niños yniñasdeFundaciónINTEGRA.9. Darcuentadeinmediatodecualquieraccidente por superficial o poco impor-tantequeparezca,asu jefaturadirecta.Noinformaroportunamenteaquienco-rrespondaunaccidente,puedesignificarlanoaceptacióndelcasocomoacciden-te del trabajo por parte del OrganismoAdministrador, pues los antecedentesaportadosporelaccidentadopuedennoserconvincentesoverificables.10.Denunciarcualquieraccidente,seadetrabajoodetrayectoeneltranscursodelas24horashábilessiguientesdeacon-tecidoelhecho.Antelacircunstanciadehaberleocurridoauntrabajadorotraba-jadoraunaccidentedetrayectoquedarábajo su responsabilidad la acreditacióndel hecho mediante el respectivo Partede Carabineros u otros medios igual-mente fehacientes, como: declaraciónde testigos, certificado de atención deServicio de Urgencias u Hospital, entreotros, los que deberán ser presentadosante el respectivo Organismo Adminis-tradoracompañandoalaD.I.A.T.

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11. Cumplir con todas las indicacionesmédicas recibidasa travésdelOrganis-moAdministrador,especialmenteconelreposodomiciliario.12. Hacer entrega del “Certificado deAlta” o del certificado de atención co-rrespondiente a su jefe directo al mo-mentodereintegrarseasusactividadeslaboralesnormales,unavezrestablecidodelaccidenteoenfermedaddel trabajo.Enningúncasoseaceptaráelingresoaltrabajodeunapersonaquenocumplalaexigencia señalada, o que se encuentretodavíaconvaleciente.13. Usarloselementosdeprotecciónpersonalque leentregueFundación IN-TEGRA, adecuados a los riesgos a losquesevenexpuestosensulugardetra-bajo. En caso de pérdida, o de deterio-ro del elemento de protección personaldeberá comunicarlo de inmediato a sujefaturadirecta.Serásuresponsabilidadel cuidado y mantención de estos ele-mentos.14.Cerciorarse que los elementos deprotecciónpersonalqueleshansidoen-tregadosseencuentrenenbuenascondi-cionesdeuso.15.Tomarprecaucioneseneltrasladodemateriales que se efectúe al interior decadaUnidaddeTrabajoysolicitarayudasiesnecesario.16.Comunicaralajefaturadirectasobrecualquierfuentedecalor,decombustibleuotrasituaciónfueradecontrolquepue-dagenerarunincendiooaccidenteparaelpersonal,niñosyniñas.

17. Conocer y practicar periódicamenteel plan de emergencia y evacuación desuUnidaddeTrabajo,enelcasoespecífi-codelostrabajadoresotrabajadorasquemantienen tratodirectocon losniñosyniñas deben ser considerados perma-nentementeenelplan.18.Completarlafichamédicaocupacio-nal,colocandolosdatosquesesoliciten,sinomitiroalterarinformación,especial-menteenlorelacionadoconlostrabajosoactividadesdesarrolladasconanteriori-dadyconlasenfermedadesyaccidentesquehasufridoeneldesarrollodeéstos.19. Someterse a exámenes ocupacio-nales, cuando la Fundación lo conside-re, aceptar y recibir las indicaciones ytratamientos médicos prescritos por elpersonal médico del Organismo Admi-nistrador, hasta obtener su completarecuperación. Los trabajadores y traba-jadoras que efectúan trabajos sobre los3.000mts.,deberánademásefectuarseexámenes pre ocupacionales y ocupa-cionales,asimismo,lastrabajadorasqueefectúanlaboresdemudadeniñosyni-ñasdeberánsometerseaexámenespreocupacionales relacionados al manejomanualdepersonas.20.Si el accidentado, accidentada, en-ferma o enfermo se negare a seguir eltratamientoodificultareoimpidieredeli-beradamentesucuración,sepodrásus-penderelpagodelsubsidioapedidodelmédicotratante,conelvistobuenodelajefaturadirectacorrespondiente.

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Título IV. De las obligaciones de las jefaturas en materias de higiene y seguridad

ARTÍCULO 167ºAdemásde lasobligacionespropiasdelpersonaldelaFundación,serádeespe-cialresponsabilidaddeloscargosdeje-fatura,quienesrecibiráncolaboracióndelDepartamentodePrevencióndeRiesgos,PrevencionistasdeRiesgosRegionalesyJefaturasregionalesdePromociónyPro-teccióndelaInfancia:

1.Exigiralpersonaldesupervisióndirec-tacuandoproceda,elusocorrectodeloselementosdeprotecciónpersonalqueseentreguen para seguridadehigienene-cesariasenlasactividadesdelostraba-jadoresytrabajadoras.2. Investigar todo accidente de trabajo,que comprometa o no el bienestar físi-coypsíquicodelpersonaly/olosbienesdeFundaciónINTEGRA.Lainvestigaciónde accidentes se basa en el principioqueellosnosoncasuales,sinoquehaycausasprecisasparasuocurrencia.Contodo, durante la investigación de acci-dentesdel trabajo se tratadedescubrirfallashumanasomaterialesqueesne-cesario corregir o eliminar, sin perjuiciodelaseventualessancionesqueresultenaplicablesalolosresponsables.Parain-vestigarunaccidentedeltrabajoydeter-minarsuscausasseindicanlosprocedi-mientosmínimosaseguir:

a.Concurrirallugardelsucesoalabre-vedad de la ocurrencia del accidente,paraevitarolvidosopérdidadedatosyantecedentes de testigos o del propioafectadooafectada.b. Recorrer y observar cuidadosamenteellugardelaccidente,tratandodeiden-tificarlacondiciónoaccióninseguraqueloprodujo.c. Entrevistar y tomar declaración a lostestigosinquiriendodetalledelhechoydelpropioafectadooafectada,siesposible.d. Registrar y suscribir las observacio-nesefectuadasenelterrenoutilizandoelprocedimientoinstitucionalparaello.e. RedactarunInformedeInvestigacióndelAccidentedirigidoa lasautoridadespertinentesconcopiaalComitéParitariocorrespondiente,segúnelprocedimientoinstitucionaldefinidoparaejecutarestasinvestigaciones,detallandolosfactorescausantesdelaccidenteylasmedidasaadoptar con el objetivo de modificar lacondición o acción que originó el acci-denteoenfermedadprofesional.

3. Exigir la entrega del documento quecertificaelaltamédica,atodotrabajadoro trabajadora que accidentado, a causaoconocasióndesutrabajo,oenfermoacausadirectadelejerciciodelaprofesiónotrabajoquerealice,sehayarestableci-doyrecibidoelaltacorrespondiente.Enningúncasosepodráaceptarelingresoaltrabajodeunapersonaquenocumplalaexigenciaseñalada,oqueseencuentretodavíaconvaleciente.

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4. Inspeccionar regularmente, al menosunavezalmes,laUnidaddeTrabajoasucargo, informandoen esaoportunidadotodavezqueresultenecesario,aquienco-rresponda,deacuerdoalosprocedimien-tosestablecidos,delascondicionesencon-tradasquepuedangenerarunaccidente,enfermedadprofesionalounaemergenciaconelobjetoquesetomenlasmedidasdePrevenciónquecorrespondan.

Contodoysinoexistesituaciónirregularanotificar,sedebeemitirunavezalmesuninformequeindique“sinnovedad”.

5.RealizarperiódicamenteprácticasdelplandeemergenciayevacuacióndesuUnidaddeTrabajo.Enelcasoespecíficode los trabajadores y trabajadoras quemantienentratodirectoconlosniñosde-ben considerarlos permanentemente enelplan,conunmínimodetressimulacrosalañoparasalascunasyjardinesinfanti-lesyunavezalañoparaoficinasregio-nalesydependenciasdecasacentral.6. Considerar como parte fundamentaldelprocesodeinduccióndelostrabaja-doresytrabajadoraslainstrucciónyprác-ticadelplandeemergenciayevacuación.

ARTÍCULO 168ºLasimulacióndeunaccidentedeltraba-joodeunaenfermedadprofesionalserásancionadaconmulta,yharáresponsa-ble al trabajador o trabajadora que for-mulóladenuncia,delreintegroalOrga-nismo Administrador correspondiente,detodaslascantidadespagadasporéste,porconceptodeprestacionesmédicaso

pecuniariasalsupuestoaccidentadodeltrabajooenfermoprofesional.

Título V. De las prohibiciones

ARTÍCULO 169ºSeprohíbeejecutarlassiguientesaccio-nes,porconsiderarsepeligrosasdesdeelpuntodevistadelaseguridaddelperso-nal,delosniños,niñasybienesdeFun-daciónINTEGRA:

1.Desobedecerenformaparcialototallas instruccionesynormas impartidasatravésdelReglamentodeHigieneySe-guridadvigente.2.Reemplazarporpropiainiciativaores-ponsabilidad,aotrapersonaentrabajosespecializados, operar máquinas, siste-masomecanismosextrañosasutrabajohabitualyparaloscualesnoestácapaci-tadoniautorizado.3.Accionar,repararoalterarmecanismos,equipos,sistemaseléctricosoinstrumen-tos,sinestarexpresamenteautorizado.4. Ejecutar trabajos o actividades paraloscualesnoestácapacitado,yaseaporfaltadeespecializaciónocarecerdeles-tadofísicoodesaludrequerido,comoeselcasodelaboresquesignifiquengran-desesfuerzos,porejemplohacer traba-jos en altura padeciendo enfermedadestalescomoinsuficienciacardiaca,vértigooepilepsia.

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5. Permitir el ingreso de personas noautorizadasa lasdependenciasdeFun-dación INTEGRA, particularmente a losjardinesinfantilesysalascunas.6. Ingresaral lugarde trabajoo traba-jarenestadodeintemperanciaobajolainfluencia de drogas ilícitas, prohibién-dose terminantemente ingresar bebidasalcohólicasodrogasilícitasalestableci-miento;consumirlasodarlasaconsumiraterceros.7. Portar o introducir en dependenciasde Fundación INTEGRA, bajo ningunacircunstancia, armas de fuego, armasblancasuotrotipodeelementosofensi-vosy/ocontundentes.8. Encenderfuegoaexcepcióndelper-sonal autorizado para hacerlo en lascocinasconelpropósitodeprepararali-mentosyaccionarlossistemasdecale-facciónqueasílorequieran.9.Paradarcumplimientoalaley20.660,artículo10,seprohíbefumarentodaslasdependenciasdejardinesinfantiles,ofici-nasregionales,casacentralybodegasdeFundaciónINTEGRA.10. Realizar acciones que pongan enpeligro la integridad física propia o deotros,comocorrerybajarescalerasenformaapresuradaydistraída, empujar-se, reñirodiscutir endependenciasdeFundaciónINTEGRA.11.Permanecery/oingresaralasdepen-denciasdeFundaciónINTEGRAdespuésdelhorariodetrabajo,sinautorizacióndesujefaturadirecta.12.Negarseaproporcionar informaciónrelacionadacondeterminadascondicio-nesdetrabajoquepuedansercausadeenfermedades profesionales o acciden-

tesparaelpersonalolasniñasyniños.13.Romper,rayar,retirarodestruiravi-sos, afiches, instrucciones o reglamen-tos que tengan relación con la Preven-cióndeRiesgos.14.Negarseaparticiparensimulacrosysituacionesdeemergenciayevacuación.15. No usar los elementos correspon-dientes de protección personal que seleshayaentregadoparasuseguridadohacerunmalusodeellos.16.Efectuarreparacioneseléctricasodeotrotiposinestarautorizadoparaello.17. Dar mal uso, producir deterioro in-tencional o destruir bienes muebles oinmueblesdeFundación INTEGRAodeotrasentidadespúblicasoprivadasquepermanezcan en dependencias de laFundación, por ejemplo de los CentrosdePadresyApoderados.18.Permitirelingresodeniñosyniñasa bodegas o instalaciones que involu-crenriesgos.19. Ingresar a bodegas o instalacionesqueinvolucrenriesgossinlasupervisióndirectadeltrabajadorotrabajadorares-ponsabledeladependencia,quedeberápermanecer cerrada con llave cuandonoesténenuso.20.Usarcalzadocontacodealturama-yora3cm,conplantadeslizanteydura,yquedejealdescubiertodedos,talonesoexpuestolamayorpartedelpieyaquepuedeproducir golpes,resbalones,tor-ceduras o caídas, especialmente por elpersonaldeJardínInfantil.21.Nodenunciarenformaoportunaunaccidentedeltrabajoodetrayecto.22.Negarseaparticiparencursosdeca-pacitaciónenPrevencióndeRiesgos.

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23.Negarsealchequeomédicoquesepueda efectuar para detectar posiblesriesgos de enfermedades comunes odeltrabajo.24.NegarseacumplirlasnormasdePre-vencióndeRiesgosquedeterminenece-sariasFundaciónINTEGRA.25.Usarmaquinarias,equiposoinstala-ciones,sinestarcapacitadooautorizadoparaello.26.Almacenarmaterialcombustibleenáreasdealtoriesgode incendioodejaréstealalcancedelosniños.27.Noejecutarelprocedimientodeaseoadecuadodespuésdeusaragentes irri-tantes, que puedan producir dermatitis(tiza,desengrasantes,detergentes,etc.)odejaréstosalalcancedelosniños,tra-bajadoresytrabajadoras.

Título VI. De las sanciones, reclamos y multas

ARTÍCULO 170ºLasobligaciones,prohibicionesysancio-nes señaladas en este Reglamento, de-benentenderse incorporadasa loscon-tratos de trabajo individuales de todoslostrabajadoresytrabajadoras.

ARTÍCULO 171ºSinperjuiciodelodispuestoenelartículo118deesteReglamento,eltrabajadorola trabajadora que contravenga las nor-mascontenidasenélolasinstruccionesoacuerdosdelaFundación,losComités

Paritarios, el Departamento PrevencióndeRiesgosyelOrganismoAdministra-dor,podrásersancionadoconarregloalodispuestoenelartículo104delRegla-mento,conamonestaciónverbaloescri-ta(simpleosevera)omultadehastaun25%desuremuneracióndiaria,decuyaaplicacióneltrabajadorotrabajadorapo-dráreclamarante la InspeccióndelTra-bajoquecorresponda.

ARTÍCULO 172ºCuandose compruebequeunacciden-te o enfermedad profesional se debió anegligenciainexcusabledeltrabajadorola trabajadora, el Servicio de Salud res-pectivo, deberá aplicar una multa deacuerdoconelprocedimientoysancio-nes dispuestos en el Código Sanitario.Lacondicióndenegligenciainexcusable,será resueltapor elComitéParitariodeHigieneySeguridad,quienlocomunica-ráalServiciodeSaludrespectivoparalosefectospertinentes.

ARTÍCULO 173ºCuandoaltrabajadoro latrabajadora leseaaplicablelamultacontempladaenelartículo176ºdeesteTítulo,podráapelardesuaplicación,deacuerdoconlodis-puestoporelartículoNº157delCódigodelTrabajo,antelaInspeccióndelTraba-joquecorresponda.

ARTÍCULO 174ºParatodoloquenoestácontempladoenelpresenteReglamento,tantoFundaciónINTEGRA, los Comités Paritarios y elpersonal,seatendránalodispuestoenlaleyNº16.744yenelCódigodelTrabajo.

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Título VII. De los procedimientos, recursos y reclamaciones (ley nº 16.744 y D.S. 101 de 1968, del ministerio del trabajo y previsión social)

ARTÍCULO 175ºCorresponderá exclusivamente al Ser-viciodeSaludrespectivo ladeclaración,evaluación, reevaluación y revisión delasincapacidadesprovenientesdeenfer-medadesprofesionalesyalaAsociaciónChilenadeSeguridadladelosaccidentesdeltrabajo.

Lodispuestoenelincisoanteriorseen-tenderá sin perjuicio de los pronuncia-mientosquepuedaemitirelServiciodeSalud respectivo sobre otras incapaci-dades, como consecuencia del ejerciciodesusfuncionesfiscalizadorassobrelosserviciosmédicos.

ARTÍCULO 176ºLostrabajadores,lastrabajadorasosusderecho-habientes,asícomolosOrga-nismosAdministradorespodrán recla-mardentrodelplazode90díashábilesante laComisiónMédicadeReclamosde Accidentes del Trabajo y Enferme-dades Profesionales, de las decisionesdelServiciodeSaludrespectivoodelasMutualidades, recaídas en cuestionesdehechoqueserefieranamateriasdeordenmédico.

Las resoluciones de la Comisión seránapelables, en todos los casos, ante laSuperintendencia de Seguridad Socialdentro del plazo de 30 días hábiles, laqueresolveráconcompetenciaexclusivaysinulteriorrecurso.Sinperjuiciodelodispuesto en los párrafos precedentes,encontrade lasdemásresolucionesdelos organismos administradores podráreclamarse,dentrodelplazode90díashábiles, directamente a la Superinten-denciadeSeguridadSocial.

Losplazosmencionadosenesteartícu-lo, se contarán desde la notificación delaresolución,laquesecomunicaráme-diante carta certificada o por los otrosmedios que establezcan los respectivosreglamentos.

Sisehubiesenotificadoporcartacertifi-cada,elplazosecontarádesdeeltercerdíade recibida lamismaenelServiciodeCorreos.

El trabajador o la trabajadora afectadopor el rechazo de una licencia o repo-so médico por parte de los organismosdelosServiciosdeSalud,delasInstitu-cionesdeSaludPrevisionalodelasMu-tualidadesdeEmpleadores(OrganismosAdministradoresdelSeguro),basadoenquelaafeccióninvocadatieneonotieneorigenprofesional,segúnelcaso,deberáconcurriranteelorganismode régimenprevisional al que está afiliado, que noseaelquerechazólalicenciaoelreposomédico,quienestaráobligadoacursarladeinmediatoyaotorgarlasprestaciones

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médicasopecuniariasquecorrespondansinperjuiciodelosreclamosposterioresy reembolsos, si procedieren, que esta-bleceesteartículo.

En la situaciónprevistaenel incisoan-terior,cualquierpersonaoentidad inte-resada podrá reclamar directamente enlaSuperintendenciadeSeguridadSocialporelrechazodela licenciaodelrepo-so médico, debiendo ésta resolver, concompetencia exclusiva y sin ulterior re-curso, sobre el carácter de la afecciónquedioorigenaella,enelplazodetrein-ta días contado desde la recepción delosantecedentesrequeridoso,desdelafechaenqueeltrabajadorotrabajadoraafectadosehubieresometidoalosexá-menesquedispongadichoOrganismo,siéstosfuerenposteriores.

SilaSuperintendenciadeSeguridadSo-cialresuelvequelasprestacionesdebie-ran otorgarse con cargo a un régimenprevisional diferente de aquel conformealcualseproporcionaron,elServiciodeSalud,elInstitutodeNormalizaciónPre-visional, laMutualidaddeEmpleadores,o laInstitucióndeSaludPrevisional,se-gún corresponda, deberán reembolsarel valor de las licencias al organismoadministradordelaentidadquelassol-ventó, debiendo este último efectuar elrequerimiento respectivo. En dicho re-embolso se deberá incluir la parte quedebió financiar el trabajador o trabaja-doraenconformidadalrégimendesaludprevisionalalqueestáafiliado.

El valorde lasprestacionesque, confor-me al inciso precedente, correspondareembolsar, se expresará en unidadesde fomento, según el valor de éstas enelmomentodesuotorgamiento,máselinteréscorrienteparaoperacionesreajus-tablesalasqueserefierelaLeyNº18.010,desdedichomomentohastalafechadelrequerimiento del respectivo reembolso,debiendopagarsedentrodelplazodediezdíascontadosdesdeelrequerimiento,deacuerdo alvalorque laUF tengaenelmomentodelpagoefectivo.Sielpagoseefectúaconposterioridadalvencimientodelplazoseñalado,lassumasadeudadasdevengaránel10%deinterésanual,queseaplicarádiariamenteacontardel re-querimientodepago.

Eneleventoquelasprestacioneshayansidootorgadasconformealosregímenesdesaluddispuestosparalasenfermeda-des comunes, y la Superintendencia deSeguridad Social resolviere que la afec-ción es de origen profesional, el FondoNacionaldeSalud,elServiciodeSaludolaInstitucióndeSaludPrevisionalquelasproporcionó,deberádevolveraltrabaja-dorotrabajadoralapartedelreembol-socorrespondientealvalorde laspres-taciones que éste hubiere solventado,conformealrégimendesaludprevisionalalqueestéafiliadooafiliada,conlosre-ajustes e intereses respectivos. El plazoparasupagoserádediezdíascontadosdesde que se efectuó el reembolso. Si,porelcontrario,laafecciónescalificadacomocomúnylasprestacioneshubieren

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sido otorgadas como si su origen fuereprofesional,elServiciodeSaludolaIns-titucióndeSaludPrevisionalqueefectuóel reembolso deberá cobrar a suafilia-dolapartedelvalordelasprestacionesqueaéstelecorrespondesolventar,se-gúnelrégimendesaluddequesetrate,paralocualsóloseconsideraráelvalordeaquellas.

Para los efectos de los reembolsos dis-puestos en los incisos precedentes, seconsiderará como valor de las presta-cionesmédicas,elequivalentealque laentidadquelasotorgó,cobraporellasalproporcionarlasaparticulares.

ARTÍCULO 177ºLa Comisión Médica de Reclamos, escompetenteparaconocerreclamacionesencasodesuspensiónpor losOrganis-mos Administradores del pago de pen-siones,aquienessenieguenasometersealosexámenes,controlesoprescripcio-nesquelesseanordenadas.

Losreclamosyapelacionesquedebaco-noceresaComisiónseinterpondránporescrito,antelamismaComisiónMédicaoantelaInspeccióndelTrabajo.Enesteúltimocaso,elInspectordelTrabajoen-viarádeinmediatoelreclamooapelaciónydemásantecedentesalaComisión.

Se entenderá interpuesto el reclamo orecurso,alafechadelaexpedicióndelacarta certificada, enviada a la ComisiónMédicaoInspeccióndelTrabajo,ysise

haentregadopersonalmente,a la fechaenqueconstequeseharecibidoenlasoficinas de la Comisión o de la Inspec-ciónreferida.

ARTÍCULO 178ºLaSuperintendenciadeSeguridadSocialconocerá con competencia exclusiva ysinulteriorrecurso:

a) De las actuaciones de la ComisiónMédica de Reclamos y de los Organis-mosAdministradoresdelaLeyNº16.744enejerciciodelasfacultadesfiscalizado-rasconferidasporesamismaLeyyporlaLeyNº16.395.

b) Delosrecursosdeapelación,queseinterpusiesenencontradelasresolucio-nes que la Comisión Médica dictare enlasmateriasqueconozcaenprimerains-tancia,deacuerdoconloseñaladoenelartículo79delD.S.101de1968,delaSub-secretaríadelTrabajoyPrevisiónSocial.

ARTÍCULO 179ºLosOrganismosAdministradoresdebe-rán notificar todas las resoluciones quedicten mediante el envío de copia deellasalafectado,pormediodecartacer-tificada.

Elsobreenquesecontengadichareso-lución, seacompañaráa la reclamaciónparalosefectosdelcómputodeplazos.

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ARTÍCULO 180ºParalosefectosdelareclamaciónantelaSuperintendenciaaqueserefiereelinciso3°delartículo77delaLeyNº16.744,losOrganismos Administradores deberánnotificartodas lasresolucionesquedic-tenmedianteelenvíodecopiadeellasalafectado,pormediodecartacertificada.Elsobreenquesecontengadichareso-lución seacompañaráa la reclamación,para los efectos de la computación delplazo,aligualqueenloscasosseñaladosenlosartículos80y91delD.S.Nº101,de29deAbrilde1968,delaSubsecretariadePrevisiónSocial.

Título VIII. De la organización de la prevención de riesgos

ARTÍCULO 181ºLaLeyNº16.744,indicaque“Entodaem-presa,faena,sucursaloagencia,enquetrabajenmásde25personas, sedebenorganizarComitésParitariosdeHigieney Seguridad, compuestos por represen-tantespatronalesyrepresentantesdelostrabajadores; el Comité estará integra-doportrestitularesrepresentantesdelaempresa y tres titulares representantesdelostrabajadores.”

Para efectos del cálculo del número detrabajadores deberán sumarse aquellostrabajadores y trabajadoras que corres-

pondena laFundación INTEGRA,comoaquellosquetrabajanconserviciostran-sitorios o trabajen para empresas con-tratistasosubcontratistas,cuandocum-plan las condicionesestablecidasen laLeydeSubcontratación.

Fundación INTEGRA promueve, la for-mación de Comités Paritarios en todaslasunidadesconmásde25trabajadoresy trabajadoras y, de acuerdo al artículo14delDecretoSupremo54,otorgarálasfacilidades adoptará las medidas paraque los Comités Paritarios de Higieney seguridad puedan funcionar adecua-damente. Para facilitar su accionar delos Comités Paritarios, se definirán lostiemposparaquepuedansesionar,es-pecialmenteenJardinesInfantilesySa-lasCuna.

Por tanto, habrá tantos Comités Parita-rioscomoregionesadministrativasexis-tan, cada uno conformado por 3 repre-sentantes designados por la DirecciónEjecutivade la Fundación y3 represen-tantes elegidos en votación secreta y di-rectaporelpersonaldecadaregión,consusrespectivosrepresentantessuplentes.

ARTÍCULO 182ºLadesignaciónoeleccióndemiembrosintegrantesde losComitésParitariosseefectuará en la forma que establece elDecretoNº54delMinisteriodelTrabajoy Previsión Social, del 21 de Febrero de1969ysusmodificaciones,incluyendoloestablecidoenlaLeydeSubcontrataciónNº20.123,DSNº76.

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Los representantes del empleador queseandesignadosporlaFundación,debenser preferentemente personas vincula-dasalasactividadestécnicasquesede-sarrollen en la empresa, faena, sucursaloagencia.

Los representantes de los trabajadores,se elegirán mediante votación secretaydirecta.Elvotoseráescritoyenélseanotarántantosnombrescomopersonasdeban elegirse para miembros titularesy suplentes. Se considerarán elegidoscomo titulares aquellas personas queobtengan las tres más altas mayorías ycomosuplenteslostresquelossiganenordendecrecientedesufragios.

ARTÍCULO 183ºParaserelegidomiembrorepresentantedelostrabajadoresserequiere:1.Tenermásde18años.2.Saberleeryescribir.3.Encontrarse actualmente trabajandoenalgunadelasdependenciasdelaDi-recciónRegionaloCasaCentral (Ofici-na,JardínInfantiloSalaCuna).4.Tener como mínimo un año de anti-güedadenlaFundación.5. Acreditar haber asistido a un cursodeorientacióndePrevencióndeRiesgosProfesionales dictado por los Serviciosde Salud, el Organismo Administrador,uotrosOrganismosAdministradoresdelSegurocontrariesgosdeaccidentesdeltrabajoyenfermedadesprofesionales,oprestarohaberprestadoserviciosenelDepartamentodePrevencióndeRiesgos,entareasrelacionadasconlaprevención

de riesgos profesionales por lo menosduranteunaño.

ARTÍCULO 184ºCorresponderá al Inspector del Trabajorespectivo decidir, en caso de duda, sidebe o no constituirse Comité ParitarioenunaOficinaRegionaloJardínInfantil.Asimismo, este funcionario deberá re-solver,sinulteriorrecurso,cualquierre-clamooduda relacionadacon ladesig-nación o elección de los miembros delComitéParitario.

ARTÍCULO 185ºTanto laFundacióncomo los trabajado-resytrabajadoras,deberáncolaborarconel Comité Paritario proporcionándole lainformación relacionada con las funcio-nesquelescorrespondadesempeñar.

ARTÍCULO 186ºSonFuncionesdelosComitésParitariosdeHigieneySeguridad

1.Proponerlaadopcióndetodaslasmedi-dasdeHigieneySeguridadquesirvanparalaPrevencióndeRiesgosProfesionales.2.Daraconoceralostrabajadoresytraba-jadorasdeFundaciónINTEGRA,losries-gosqueentrañansuslabores,lasmedi-daspreventivasylosmétodoscorrectosderealizareltrabajo.3.Vigilarelcumplimiento,tantoporpar-te de la Fundación, como del personalde las medidas que se establezcan deacuerdoalNº2anterior.4.Asesorare instruira lostrabajadoresy trabajadoras en la correcta utilizacióndeloselementosdeprotecciónpersonal.

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5.Investigarlascausasdelosaccidentesdeltrabajoydelasenfermedadesprofesionales.6.Decidir,sielaccidenteoenfermedadprofesional sedebióanegligencia inex-cusabledeltrabajadorotrabajadora.7.Cumplir lasdemás funcionesque lesencomiende el Organismo Administra-dordelaLeyNº16.744.8.Promover la realizacióndecursosdeinstrucción,destinadosalacapacitaciónpro-fesionaldelostrabajadoresytrabajadoras.9. Resguardar la reincorporación ade-cuadadelostrabajadoresotrabajadorasdadosdealtaporlaACHSencasodees-tréslaboral.

ARTÍCULO 187ºLos Comités Paritarios se reunirán enforma ordinaria, una vez al mes; pero,podránhacerloenformaextraordinariaapeticiónconjuntadeunrepresentantedelostrabajadoresyunodelosdelaFun-dación, o cuando así lo requiera el De-partamento Prevención de Riesgos o elOrganismoAdministrador.Entodocaso,elComitédeberáreunirsecadavezqueenlarespectivasedeocurraunaccidentedeltrabajoquecauselamuertedeunoomástrabajadores,oque,ajuiciodelPre-sidenteoPresidentalepudieraoriginaraunoomásdeellosunadisminuciónper-manente de su capacidad de gananciasuperioraun40%.

Lasreunionesseefectuaránenhorasdetrabajo,considerándosecomotrabajadoeltiempoenellasempleado.

Pordecisiónde la Fundación, las sesio-nes podrán efectuarse fuera del horariode trabajo, pero, en tal caso, el tiempoocupadoenellasseráconsideradocomotiempoextraordinarioparalosefectosdesuremuneración.

Se dejará constancia de lo tratado encada reunión, mediante las correspon-dientesActas.

ARTÍCULO 188ºGozarádeFuerounrepresentantetitularde los trabajadoresy trabajadorasenelComité Paritario más antiguo, es decir,aquelqueprimero sehubiere constitui-dodentrodeFundaciónINTEGRA.EnelcasodeconstituirseunComitéParitariode Higiene y Seguridad Permanente detodalaInstitución,elfuerosetraspasaráaunrepresentantetitulardelostrabaja-doresdeesteComité.

Título IX. Del derecho a saber (D.S. nº 40 de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social)

ARTÍCULO 189ºFundación INTEGRA deberá informaroportuna y convenientemente a todossus trabajadores y trabajadoras, acercadelosriesgosqueentrañansuslabores,delasmedidaspreventivasydelosmé-todosdetrabajocorrectos.

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ARTÍCULO 190ºFundación INTEGRA tiene la obligaciónde mantener los equipos y dispositivostécnicamentenecesariosparareducirlosriesgosquepuedanpresentarseencadalugardetrabajo.

ARTÍCULO 191ºLaobligacióndeinformar,debesercum-plidaalmomentodecontrataralostra-bajadoresotrabajadoras,oalmomentode implementaractividadesquesupon-ganriesgos,yseharáatravésdelosCo-mitésParitariosdeHigieneySeguridadydelÁreadePrevencióndeRiesgosensucaso,duranteelprocesodeinducción.SienlasUnidadesdeTrabajonoexistenlosComitéso losDepartamentosmen-cionados, la Fundación debe proporcio-narlainformacióncorrespondienteenlaformamásconvenienteyadecuada.

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ARTÍCULO 192ºConelpropósitodeentregarorientacio-nes que faciliten el desarrollo cotidianode las tareas, se indicana continuación

algunos ejemplos de riesgos comunesenOficinas,Bodegas,JardinesInfantiles,SalaCunaydelpersonalquedesempeñasusfuncionesenterreno.

Área: Jardines Infantiles y Salas Cuna

Riesgo de Medida Preventiva

Caídasdemismoydistintonivel. •Mantenerelordenyaseoensu lugardetrabajo•Mantenerpisossecos,niveladosyenbuenestado.• Señalizar mediante pintura, de prefe-renciaamarilla,todaslaspartesdelpisoqueexponganalaspersonasalriesgodecaídayquenoseaposibleeliminar,aob-jetodedestacarsupresencia.•Verificarquelaszonasdetránsitoes-téncorrectamenteiluminadas.•Verificarquetodaslasescalerascuentencongomasantideslizantesensusgradas.•Quelasescalasdemanoesténenbuenestadomaterialyquecuentencongomaenlospeldaños.• Mantener las superficies de tránsitodelimitadasylibresdeobstáculos(esca-las,pasillos,etc.)•Nocorrerenpasillosyescaleras.•Nosubirobajarescalerasconlasdosmanosocupadas.• Utilizar calzado apropiado, en el casode los trabajadores y trabajadoras detrato directo con los niños y niñas, de-ben usar zapatos sin taco y con plantadegomaparaevitarcaídastorcedurasyresbalones.Mantenerbuenavisibilidad,alllevarcargaensusbrazos.

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Caídasdemismoydistintonivel. •Nousarcajonesabiertos,nimesasosi-llascomoescalaparaalcanzaralgomásaltoqueusted.•Nousarsillasgiratoriasparatranspor-tarseniemplearenformainclinada,tam-pococomoescala.•Verificarqueelmobiliarioseencuentreenbuenestado.Planificar las actividades antes de eje-cutarlasy realizaruna inspecciónvisualpreviadellugarydelaimplementación.

Golpesporocontraobjetosomateriales.

•Disponerdelugaresparausoexclusivode almacenamiento de materiales. Losobjetospesadosdebenseralmacenadosen los espacios inferiores y los de me-norpesoenlosespaciossuperiores.Losmueblesdebenestarfijadosalmuroafindeevitarsuvolcamiento.•Abrasolouncajóndearchivadoresalavezafindeevitarquesevuelquen.•Noempleeelcuerpoparacerraruncajón,hágaloconlamanopuestasobrelamanilla.• No deje abiertos cajones después dehaberlosusado.• No deje equipos de oficina cerca debordesdemesasoescritorios.

Sobreesfuerzopormanejodemateriales.

Las medidas preventivas para evitarlesiones o enfermedades producto desobreesfuerzossonlasqueseencuentranestablecidas en los Títulos X y XI, delpresenteLibro.

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Contactoconobjetoscortantesopunzantes.

•Alutilizarelementoscortantesopun-zantestalescomocortacartones,agujas,tijeras u otros similares, deberá tenerseel máximo cuidado durante su empleo,procurando además, mantenerlos aleja-dosde losniñosyniñas.Ademásestoselementos no deben ser guardados enbolsillos.• Para recoger vidrios rotos, se deberáutilizar siempre escobillón o escoba yunapalaparamanipularlos,NUNCAde-berán ser tomados directamente con lamano.Posteriormentesedebendisponerenvueltosencartonesy/odiariosoalin-teriordeunacaja,paraevitaraccidentescuandosemanipulen lasbolsasparaelretirodedesechos.

Heridasolesionesporcontactoconlíquidostóxicosocorrosivos.

•Loscontenedores,talescomobotellas,bidonesosimilaresquecontenganlíqui-dos tóxicos o corrosivos, deberán estarclaramenteidentificadosencuantoasucontenidoyel riesgopara laspersonas.Nuncasedeberánutilizarenvasesdebe-bida,jugouotrosdestinadosalconsumohumanoparaalmacenarlíquidostóxicos,combustiblesocorrosivos.

Además deberán ser almacenadosen lugares especialmente habilitadosparaesteefectoyfueradelalcancedelosniños.

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Área: Oficinas Regionales y Casa Central

Riesgo de Medida Preventiva

Golpesporocontraobjetosomateriales.

Noalmacenarmaterialesenalturaenlu-garesnohabilitados.

Almacenar y guardar adecuadamentemateriales,productosyotroselementos.Losobjetospesadosdebenseralmace-nadosenlosespaciosinferioresylosdemenorpesoenlosespaciossuperiores.

Losmueblesdebenestarfijadosalmuroafindeevitarsuvolcamiento.

Racionalizar los espacios disponiblesparaelalmacenamientodematerialesyproductos.

Abrasolouncajóndearchivadoresalavezafindeevitarquesevuelquen.

Noempleeelcuerpoparacerrarunca-jón,hágaloconlamanopuestasobrelamanilla.

Nodejeabiertoscajonesdespuésdeha-berlosusado.

Nodejeequiposdeoficinacercadebor-desdemesasoescritorios.

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Lesionesodolenciaspormaloshábitosposturales.

Informeasujefaturadirectasinocuentaconiluminaciónadecuadaensuplanodetrabajoositieneproblemasdedeslumbramiento.

Utilice losdispositivosde regulacióndesillas,escritoriosyaccesoriosprocuran-doadaptarlosdeacuerdoa susnecesi-dadesantropométricas.PuedeconsultardetallesconelDepartamentodePreven-ción.Noempleecubiertasdevidrio.

Lasdistanciassegurasysaludablesres-pecto del computador son, mínimo 50cm.Ymáximo70cm.Lapartesuperiordelmonitordebeestaralamismaalturaquesuvisión.

Ubiquesiempreelmonitorenformaper-pendicular a ventanas o tubos fluores-centesparaevitarlareflexióndirectadelaluzsobreestos.

Título X. De la manipulación manual de carga. “Ley 20.001 regula el peso máximo de carga humana”

ARTÍCULO 193ºLasnormasdelpresenteTítuloseaplica-rana lasmanipulacionesmanualesqueimpliquen riesgos a la salud de los tra-

bajadoresytrabajadoras,asociadosalascaracterísticasycondicionesdelacarga.

ARTÍCULO 194ºLa manipulación comprende toda ope-ración de transporte o sostén de cargacuyolevantamiento,colocación,empuje,tracción, porte o desplazamiento exijaesfuerzofísicodeunoovariostrabajado-resotrabajadoras.

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DeacuerdoalodefinidoenlaLey20.001,“carga”correspondea“cualquierobjeto,animado o inanimado, que se requieramoverutilizando fuerzahumanaycuyopesosuperelos3kilogramos”.

ARTÍCULO 195ºFundación INTEGRA velará -a travésde su Departamento de Prevención deRiesgos,DireccióndePersonasydesusComitésParitarios-paraqueen las ta-reasquerequierandemanipulaciónma-nual de carga y no tengan relación detrato con los niños y niñas, se utilicenmediosmecánicosparafacilitarlalabory evitar sobreesfuerzos: En las tareasquerequieranmanejomanualdeniñosyniñas,estasedeberealizarmanejan-dounniñooniñaa lavez,sindisposi-tivos mecánicos, pudiendo realizarseindividualmenteoenequiposirequiereayuda.Asimismo,laFundaciónprocura-ráqueeltrabajadorqueseocupeenlamanipulación manual de cargas recibaunaformaciónsatisfactoriarespectodelosmétodosdetrabajoquedebeutilizarafindeprotegersusalud.

ARTÍCULO 196ºSilamanipulaciónmanualesinevitable,soliciteayudasilacargaesmuypesada.Nosepermitiráqueseopereconcargassuperioresa50Kilogramos.

ARTÍCULO 197ºLos menores de 18 años y mujeres nopodrán llevar, transportar,cargar,arras-traroempujarmanualmenteysinayudamecánicacargassuperioresalos20Ki-

logramos. Las mujeres embarazadas nodebenrealizarmanejomanualdecargas.

ARTÍCULO 198ºLacargayeltransportemanualdemate-riales,puedenproducirnumerosasydo-lorosaslesiones(hernias,fracturas,con-tracturasmusculares,etc.),ypuedensercausade incapacidadprolongada,estosaccidentes pueden prevenirse aplican-do técnicas seguras de levantamiento,comolasqueseseñalanacontinuación:

1.Consideracionesgeneralesparaeltraba-joenbodegasyconcargasnoanimadas:

a.Seleccioneelrecorridomáscorto.b.Revíseloyeliminetodoobstáculoposible.c.Recuerdelaubicacióndelosobstácu-losquenopuedansermodificados.d. Pida ayuda siempre que la cargaexcedasucapacidadoquesupereelmáximopermitidoporlaley:50Kg.paraloshombresy20Kg.paralasmujeres.e. Lleve la carga con las palmas de lasmanos,noutilicelasyemasdelosdedos.f.Useguantescuandolacargaseacor-tante,conaristasvivas,etc.

2.Técnicaseguradelevantamiento:

a. Colóquese frente al objeto y lo máscercaposiblealmismo.b.Establezcaunbuenbalanceyseparelospieslevemente.c.Póngaseencuclillas,doblandolasrodillas.d. Mantenga la espalda lo más recta yerguidaposible.e.Agarreelobjetofirmemente.

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f.Contraigaelabdomen.g.Uselaspiernasparavolveralevantar-se,manteniendolaespaldaerguidah.Realiceellevantamientoconsuavidadyenformacontrolada.

3.Técnicadesostenimientoytranspor-tedecargas:

a.Sostengalacargaenformasimétrica(elmismopesoencadaladodelcuerpo)b. Mantengalosbrazoslomáspegadoposiblealcuerpo.c.Acerquelacargaalcuerpodemaneraquelepermitaverhaciadelante.d.Llevelacargamanteniéndosederecho.e.Realicegirosmoviendoelcuerpoylospiescompletamente.Evitegirosbruscosalniveldelacinturaquegenerentorsióndeespalda.

4.Deslizamientodematerialesa.Empujelacarga,notiredeella.b.Manténgasecercadelobjeto.c. Permanezcaderecho,noseinclinehaciadelante.d.Useambosbrazos.e.Seleccioneelrecorridomáscorto.f. Revíseloyeliminetodoobstáculoposible.g.Recuerdelaubicacióndelosobstácu-losquenopuedensermodificados.h.Evalúelascaracterísticasdelacarga:peso,dimensionesyladistanciaareco-rrer;siexcedesucapacidadnodudeenpedirayuda.

Las técnicas para un correcto manejomanual de niños se deberá realizar to-

mando uno cada vez y sin dispositivosmecánicos, pudiendo realizarse indivi-dualmenteoelequipo.

Título XI. Prevención de trastornos músculo esqueléticos de extremidades superiores según modificación ds 594

ARTÍCULO 199º AtravésdelaaplicacióndeestaNormaTécnica, Fundación INTEGRA buscadetectardemaneraprecozlosfactoresde riesgo presentes en los ambienteslaborales, de manera de controlarlosoportunamenteyevitarquesegenerenoagravenproblemasdesalud relacio-nadosconlasextremidadessuperioresproducto de la exposición a condicio-nes de trabajo que pudieran provocarestasituación.

Fundación INTEGRA debe implementarunprocesodegestiónquepermitaiden-tificar y evaluar los factores de riesgo,adoptarmedidasdecontrolyrealizarac-cionesdeseguimiento.

Paraaplicarlanormatécnica,enFunda-ción INTEGRA participarán las siguien-tespersonasoentidades:DepartamentodePrevencióndeRiesgos,organismoad-ministrador, la asesoría de un profesio-nal competente, elComitéParitariode

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HigieneySeguridadolosMonitoresdeSeguridadySaludeneltrabajo.

Laherramientaautilizarparaidentificarestosriesgosesunalistadechequeoquedeberáseraplicadaporelempleador,in-tegrando sus resultados a sus propiossistemas de gestión de prevención deriesgos, losquesonexigidospor laLeyN°16.744.

Título XII. Ley nº 19.404 del trabajo pesado y decreto supremo nº 71

ElsentidooriginaldelaLeyNº19.404ysuReglamento, apuntaaqueel trabajopesadoseaevitado.Enestaperspectiva,esta ley es un incentivo para identificaryevaluarlapresenciadecondicionesdetrabajo que aceleran el desgaste físico,intelectual o psíquico de las personas,promoviendolaeliminacióndelosfacto-resquelocausan.

EstaLeyotorgaunbeneficioqueconsisteenlarebajadelaedadparapensionarseporvejez,asociadaalarealizacióndetra-bajopesadoparatodoslostrabajadoresafiliadosalantiguosistemaadministradopor el ex - Instituto de Previsión Social(IPS)yalostrabajadoresincorporadosalsistema de pensiones administrado porlas Administradoras de Fondos de Pen-siones(AFP).

EnsuArtículo1ºestaLeyestableceque“constituyen trabajos pesados aquelloscuyarealizaciónaceleraeldesgastefísi-co, intelectual o psíquico en la mayoríadequieneslorealizanprovocandounen-vejecimientoprecoz,auncuandoellosnogenerenunaenfermedadlaboral”.

SeespecificaademásqueserálaComi-sión Ergonómica Nacional (CEN) quiendeterminarálaslaboresque,porsunatu-ralezaycondicionesenquesedesarro-llan, revistenelcarácterdetrabajospe-sados.Elrequerimientodecalificacióndeunalaborcomopesadapuedeserefec-tuado por el trabajador, el empleador,el sindicato o el delegado del personal;presentado una solicitud ante la Secre-taría Regional Ministerial (SEREMI) delTrabajoyPrevisiónSocialcorrespondien-teacadaregión.Asimismo,laComisiónErgonómicaNacionalestáfacultadaparaactuardeoficio.

La Comisión Ergonómica Nacional, alcalificar una labor como trabajo pesado,determina el porcentaje de la cotizaciónadicionalyaportepesado,quecorrespon-deenterarenlacuentadecapitalizaciónindividualdeltrabajador,loque,asuvez,determinaunarebajadelaedadlegalparapensionarse por vejez, en las siguientescondiciones:

a)Rebajade2añosporcada5años,conunmáximode10años,duranteloscua-les se haya realizado trabajo pesado y,porlotanto,elempleadoryeltrabajador

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hubierenefectuadounasobrecotizaciónde2%cadaunoenlacuentaobligatoriadecapitalizaciónindividualdeltrabajador.

b)Rebajade1añoporcada5años,conunmáximode5años,duranteloscualesse haya realizado trabajo pesado y, porlotanto,elempleadoryeltrabajadorhu-bierenefectuadounasobrecotizaciónde1%cadaunoenlacuentaobligatoriadecapitalizaciónindividualdeltrabajador.

SegúnlodispuestoenelArtículo68bisdelD.L.Nº3.500,paraacogerseaestebeneficio,eltrabajadordebetenerunto-taldeveinteañosdecotizacionesoser-vicioscomputablesencualquieradelossistemasprevisionalesydeacuerdoalasnormasdelrégimenquecorresponda.

Título XI. De la protección de los trabajadores expuestos a radiaciones ultravioleta (ley 20096 “establece mecanismos de control aplicables a las sustancias agotadoras de la capa de ozono”)

ARTÍCULO 200º De las medidas de difusión, evaluación, prevención y protección.Sinperjuiciodelasobligacionesestable-cidasenlosartículos184delCódigodelTrabajoy67delaLey16.744,FundaciónINTEGRA deberá adoptar las medidas

necesarias para proteger eficazmente alos trabajadores y trabajadoras cuandoesténexpuestosaradiacionesultraviole-tadeacuerdoa lasdefinicionesdeper-sonalocupacionalmenteexpuestodefini-dosenlaley20.096.Paraestosefectos,losContratosdeTrabajo,deberánespe-cificar el uso de los elementos protec-tores correspondientes, de conformidadcon las disposiciones del ReglamentosobreCondicionesSanitariasyAmbien-tales Básicas en los Lugares de Trabajo(Decreto Supremo 594 del MinisteriodeSalud.)SeentenderáportrabajadoresocupacionalmenteexpuestosaradiaciónUV aquellos trabajadores que ejecutanlabores sometidos a radiación solar di-recta en días comprendidos entre el 1°deseptiembreyel31demarzo,entrelas10.00y las 17.00horas,yaquellosquedesempeñan funciones habituales bajoradiación UV solar directa con un índi-ceUVigualosuperiora6,encualquierépocadelaño.

ARTÍCULO 201º Laexposicióna losrayosultravioletaesunriesgoconconsecuenciasdecortoylargoplazo.Entreotros,puedecausarlossiguientesproblemasdesalud:

1.Quemaduras.2.Alergias.3.CánceralaPiel.4.DañoalosOjos.5.Debilitacióndelsistemainmunológico.6.Envejecimientoprematurodelapiel.

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ARTÍCULO 202º El personal expuestoes todoaquel tra-bajador o trabajadora que deba realizaralaire libre la totalidaddesusactivida-des laboralesacausaoconocasióndesutrabajo,conexposicióndirectaalara-diaciónUVsolar.

Elpersonalquetrabajaenlaboresbajotechooalinteriordecabinasdevehí-culos con los vidrios cerrados, puedeser considerado a lo más como ex-puestopuntual.

Eltrabajadorotrabajadoradeberá,cuan-doexistanlascondicionesysuslaboreslo permitan y bajo su responsabilidad,guarecersedelaexposicióndelosrayosUV.Paraloanteriorpodráutilizartechos,oficinas,galponesocualquierotrainsta-laciónquelepermitaevitarlaexposicióndirectadelosRayosUV.

ARTÍCULO 203º Todo el personal que esté laboralmenteoeventualmenteexpuestos, a radiaciónultravioleta,deberáusareloloselemen-tosdeprotecciónsolarquelaempresaleotorgue, en conformidad con las dispo-sicionesdelD.S.594,ReglamentosobreCondiciones Sanitarias y AmbientalesBásicasenlosLugaresdeTrabajo.

Título XII. De la protección de los trabajadores expuestos a trabajo en gran altitud

ARTÍCULO 204º Delasmedidasdeprevenciónyprotección.DeacuerdoaloestipuladoenelDS594y Decreto 28, ambos del Ministerio deSalud, Fundación INTEGRAestáobliga-daamantenerenloslugaresdetrabajolascondicionessanitariasyambientalesnecesariasparaprotegerlavidaylasa-lud de los trabajadores que en ellos sedesempeñan,enestecasoaquellostra-bajadoresexpuestosagranaltitud.

Seconsiderarántrabajosengranaltitudaquellosqueserealizanentrelos3.000y5.500metrossobreelniveldelmar.

Las funcionarias de jardines infantilesubicadossobrelos3.000msnmsevenexpuestasdurantetodala jornadalabo-ralahipobaria(disminucióndelapresiónbarométrica, que puede producir algúntipodeenfermedadesreversiblesacortoy/oalargoplazo,principalmenteneuro-lógicas y cardiopulmonares) y aquellosfuncionariosquetrabajanenlasoficinasregionales y por temas laborales debenconcurrir a los jardines que se ubicansobre los3.000msnmseconsideraráncomoexpuestosesporádicosahipobaria.

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Las evaluaciones de salud para exposi-ción laboral sobre los 3.000 msnm serealizaránencualquiercentroasistencialdelorganismoadministradorquecuenteconlascondicionesyprofesionalesidó-neosparalarealizacióndelosexámenespreocupacionalesyocupacionales.

ARTÍCULO 205º Fundación INTEGRAdeberáadoptar lassiguientesmedidas:

a) Informara los trabajadoresy traba-jadorassobre los riesgosespecíficosdeexposiciónlaboralaaltitudehipobariab)Incorporaresteriesgoensusistemadegestióndeseguridadysaludeneltrabajo.c) Contar con un programa preventivode trabajadores expuestos ocupacional-mente a hipobaria intermitente crónica,porescrito,actualizadoen formaanual,elaborado en conformidad con lo esta-blecido en la Guía Técnica señalada enestanormativa.d) Impartir anualmente a los trabaja-dores instrucción teórico-práctica sobreel riesgo y consecuencias para la saludde la exposición ocupacional a hipoba-ria intermitentecrónicaporgranaltitudy las medidas preventivas a considerar,el cual tendrá una duración mínima de3 horas cronológicas y será impartidoporunprofesionaldelasalud,contítulootorgadoporunaentidaddeeducaciónsuperior reconocida por el Estado, conunmínimode8semestresdeestudioyformaciónenlostemasatratar.Estepro-gramadeberáconstarporescrito.

ARTÍCULO 206º Laaptituddelasfuncionariasparatra-bajar en jardines ubicados a gran alti-tud,antesdesuingreso,sedeterminarámediante exámenes pre ocupaciona-les, encuestas de salud, evaluacionesy contraindicaciones, efectuadas enconformidadconloseñaladoenlaGuíaTécnicaparatrabajoagranaltitud.Di-chosprocedimientosserándecargodeFundaciónINTEGRA.

ARTÍCULO 207º Paralaprevención,vigilanciaydiagnós-tico precoz de los efectos en la saludprovocados por la exposición a hipo-baria intermitente crónica, los trabaja-dores y trabajadoras expuestos debe-rán ser incorporados al Programa deVigilancia Ocupacional, realizándoselas evaluaciones de salud ocupacionaldevigilanciaperiódicaydepreegreso,según lo indica la Guía Técnica sobrelamateria.EstasevaluacionesdesaluddebenserrealizadasporlosrespectivosorganismosadministradoresdelsegurodelaleyN°16.744ydesucargo,conlafinalidad de determinar si el estado desaluddel trabajador lepermite trabajarbajoestascondiciones.

ARTÍCULO 208º Adicionalmentealoanterior,lostrabaja-doresquesedesempeñenengranaltituddebenrealizarseanualmenteelchequeopreventivo de salud común y el segui-miento de sus patologías crónicas, deconformidadconsu sistemaprevisionaldesalud,ypresentarlosalmomentode

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efectuarseelexamendesaludocupacio-nal,debiendomantenereltrabajadorensupoderlosresultadosdedichosexámenes.

ARTÍCULO 209º El médico examinador del programade vigilancia extenderá un certificadodeaptitudonoaptituddel trabajador,considerandoelresultadodelaevalua-ciónocupacionalydelexamendeme-dicinapreventiva.

ARTÍCULO 210º Los trabajadores que no cumplan conla definición de expuestos del presentereglamento,peroque realizan laboresamás de 3.000 msnm, en forma espo-rádica o puntual, deben realizarse unaevaluacióndesaludanual,laqueseefec-tuaráenconformidadconloseñaladoenlaGuíaTécnicareferidaen losartículosanteriores. Estas evaluaciones anualesserándecargodeFundaciónINTEGRA.

ARTÍCULO 211º Aquellos trabajadores considerados noaptos,deberánserreubicadosenotrata-reaquenoentrañeriesgoparasusalud.Dichasevaluacionesdesaluddebenserrealizadas por médicos que posean ca-pacitaciónensaludocupacionalymedi-cinademontaña.

ARTÍCULO 212º Las siguientes condiciones patológicascontraindican para trabajar a más de3.000MSNM:

1.Insuficienciacardiacadecualquierorigen(conosintratamiento).2.Bloqueocompletoderamaizquierda(BCRI), Bradicardia extrema (menor de40x´) o Extrasístoles ventriculares sinevaluacióncardiológica.3.BloqueoAVdesegundootercergra-do,sintratamiento.4.ArritmiaCompletaporFibrilaciónAuricularyFlutter, conosintratamiento.5.AnginainestableoSindromeanginosoconosintratamiento.6. SíndromedeWolf-Parkinson-Whitesintratamientoosintomático.7.SíndromedeBrugadatipoIIoIII.8.Miocardiopatíahipertróficaodilata-da,decualquierorigen.9.Bloqueobifascicularotrifascicular.10.Cardiopatíacongénitacianogénica.11.PortadordeMarcapasonocontrola-do,oconriesgodeexposiciónagrandescamposelectromagnéticos.12.Taquiarritmiasintratamiento.13.HipertensiónArterialsintratamien-toy/odescompensada.Cifras tensiona-les sobre 139/89 derivar a estudio co-rrespondienteparadiagnóstico.14.HipertensiónPulmonar.15. Taquicardiaparoxísticasupraventri-cularsintratamiento.16. Enfermedad Pulmonar ObstructivaCrónicaconinsuficienciarespiratoriay/ohipertensiónpulmonar.17. Diabetes Mellitus no compensada.Para Diabetes Mellitus Tipo I y II debecontar con informe que acredite trata-miento y control, más Hb Glicosiladamenora7%.

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18.InsuficienciarenalcrónicaconClea-rence calculado menor de 60 ml/min(fórmulaCockroft-Gault).19.Accidentevascularencefálicodeori-genisquémicootromboembólico.20.ApneadelSueñosintratamiento.21.Epilepsiaconcrisisenúltimoaño.22.Hemoglobinemiaabsolutamayorde18,5 gr/dl en hombres y mayor de 17,5gr/dlenmujeres.23.ObesidadconÍndicedeMasaCorporalmayorde35.24. Hipertrigliceridemia mayor de 500mg/dlnotratada.25. ÍndicederiesgocardiovascularbasadoenelíndicedeFraminghamigualomayorde10%sinTestdeEsfuerzoysintratamien-todefactoresderiesgocardiovascular.26.ÍndicederiesgocardiovascularbasadoenelíndicedeFraminghamen-tre6y9%eIMCentre30y35,sinTestdeEsfuerzo.27.Enfermedadbular.28. Patologías psiquiátricas mayorescomoEsquizofreniayAdicciones.29.AntecedentesdeEdemapulmonarocerebralagudogravedemontañasines-tudiodetoleranciaalahipoxiaposterioralevento.30. Enfermedadtromboembólica,conosintratamiento.31.Anemia,conHemogobinemiamenorde12gr/dlenhombresymenorde11gr/dlenmujeres.32.Anemiafalciforme.33. Infartoagudoalmiocardiocondis-funciónventricular.

Aquellas patologías susceptibles de sercompensadasotratadas,orequieranma-yor evaluación son contraindicacionestransitorias hasta que se haya realizadoelestudiootratamientocomplementario,loquedebeserdebidamenteverificadoycertificado frente al médico examinador.El costo de estas evaluaciones comple-mentariasserádecargodelaprevisióndesaludcomúndeltrabajadoro,encasodesospecharseunaenfermedadprofesional,delOrganismoAdministrador.

Sinperjuiciodelseñaladolistadodecon-traindicaciones, el médico examinadorpodráconsiderarotraspatologíasocon-dicionescomocontraindicacionestransi-toriasoabsolutasysolicitar lasevalua-cionescomplementariasqueameriten.

La condición natural de embarazo debeser considerada una contraindicaciónparaelascensoa3.000msnm.

Título XIV. De los riesgos psicosociales

Protocolo de vigilancia de riesgos psi-cosociales.Comenzó a regir el 01/09/2013, me-diante laresoluciónexenta336delMi-nisteriodeSalud.LaordenanzanúmeroB33/2307de17/07/2013refierelastresactividades económicas a ser fiscaliza-dasdurantelosprimerosdosaños.

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Esunprotocoloqueentregadirectricesparaquelasempresasmidanlaexisten-ciaymagnitudde los factoresde ries-go psicosociales, generando recomen-dacionesparadisminuir la incidenciayprevalenciadelestréslaboralyproble-masrelacionadosconlasaludmentaldelostrabajadores.

Esteprotocolocomenzóaregirenperio-dodemarchablancadesdeseptiembrede2013hastaseptiembrede2015,paralos rubros de transporte, banca y retaildesdeel1deseptiembrede2015regiráparatodoslossectoresdeChile.

Losriesgospsicosocialessonentendidoscomotodaslassituacionesycondicioneslaboralesqueserelacionanconeltipodeorganización,elcontenidodeltrabajoylaejecucióndelatarea.Estosfactorespue-denafectarenformanegativaelbienes-tar y la salud física, psíquica, y/o socialdeloscolaboradores,sucalidaddevidayeficienciaeneltrabajo.

Responsabilidadesdelempleador:

• Informar a los trabajadores sobreelprotocolo•EvaluarconelcuestionarioderiesgospsicosocialesSUSESOISTAS21• Intervenirlosriesgospsicosocialesencontradosenlaevaluación

Durante este proceso de implementa-ción lasSecretaríasRegionalesMiniste-rialesdeSalud(SEREMI)inspeccionarányfiscalizarán,solicitandoquelosriesgos

sean evaluados y auto gestionados porpartedecadaempleador.

Recomendaciones:

• Fomentar el apoyo entre las traba-jadorasytrabajadoresenlarealizacióndetareas.• Garantizarel respetoyel trato justoa laspersonas,garantizando laequidadylaigualdaddeoportunidadesentregé-nerosyetnias.•Fomentarlaclaridadylatransparenciaorganizativa• Facilitar la compatibilidad de la vidafamiliarylaboral• Adecuar la cantidad de trabajo altiempoqueduralajornada.

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Cargo Genérico Objetivos del cargo

Directores Nacionales Liderar los procesos de la Dirección Na-cionalasucargoylosrecursosasociados,para el cumplimiento de los objetivos ymetas,considerando las realidades regio-nalesenelmarcodeloslineamientosins-titucionales.

Jefatura de Área Lideraryorganizarlagestióndesuequipodetrabajoyadministrarlosrecursosasig-nados, para diseñar, planificar, organizar,controlar y coordinar los procesos de suárea,enelmarcodeloslineamientosins-titucionales.

Coordinador de Equipo Conducir y coordinar la gestión el trabajodelsuequipoasucargoyadministra losrecursosasignados,paraeldiseño,planifi-cación, implementación y seguimiento delos procesos de su competencia en cohe-renciaconloslineamientosinstitucionales.

Jefatura de Unidad Liderarlaplanificación,eltrabajodesuequipoylosrecursosasociados,paradarcumplimientoalosobjetivosdelaUnidadnacionalasucargo,enelmarcodeloslineamientosinstitucionales.

LIBRO V

OBJETIVOS DE CARGO

Título I. Objetivos de cargo casa central

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Cargo Genérico Objetivos del cargo

Profesionales Senior Asesorar en el diseño y ejecución de losprocesos de su área o unidad de desem-peño,proponiendoalternativasdesoluciónparasuimplementaciónenregiones,enelmarcodelamisióninstitucional.

Profesionales Implementar,analizaryhacerseguimientodelosprocesosdesuáreaounidadnacio-nal,medianteelapoyoexpertoydesarrollode iniciativasparaelmejoramientoconti-nuo,enelmarcodelamisióninstitucional.

Técnicos Apoyarlasejecucionesdelosprocesosdegestión administrativa, operacional y/o fi-nanciera,desuUnidadoÁreadedesem-peño,atravésdeacciones,reportesyaná-lisisdeprocesos,desdesuexperticia,enelmarcodeloslineamientosinstitucionalesynormativavigente.

Secretaria Apoyar en la administración de informa-ción, documentación, materiales y agendadelDirectoroDirectoraNacionaldesuDe-partamento, para facilitar el desarrollo desusfunciones,enelmarcodelosobjetivosinstitucionales.

Analista Recopilar,actualizar,analizaryproveerinformaciónparalagestióndelospro-cesosdesuáreaounidadyapoyarelseguimientodesuimplementación,enelmarcodelanormativayprocedimientosinstitucionales.

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Cargo Genérico Objetivos del cargo

Directores Regionales Liderar,coordinarconlaDirecciónEjecuti-vaelequipodetrabajoyadministrarlosre-cursosinstitucionalesasignadosalaOfici-naRegional,paralaimplementacióndelosprocesosdegestiónyentregadeasesoríaaniveldelosestablecimientos,atravésdesusdepartamentosoáreas,promoviendoelcumplimientodelosobjetivosymetas,enelmarcodelasdefinicionesinstitucio-nales, y coordinar y gestionar redes deapoyoconlacomunidad.

Jefatura de Área Regional Lideraryarticularlagestióndelosdepar-tamentos, recursos y equipo a su cargo,para la implementación de los procesos,servicios, asesoría y soporte a los esta-blecimientosyequipo regional, según lasdeclaracionesinstitucionalesynormativasvigentes,enelmarcodelaPolíticadeCa-lidadEducativa.

Jefatura de Departamento Regional Liderar en coordinación con la DirecciónRegional y Áreas de nivel central, la ges-tióndesuequipodetrabajoyadministrarlosrecursosasignadosparalaorganización,implementación, seguimientoy control delosprocesosdesudepartamentoanivelre-gionalylaentregadeapoyo,orientaciónyasesoríaa losestablecimientosensuáreadeexperticia,enelmarcodelasdeclaracio-nesinstitucionales.

Título II. Objetivos de cargo direccional regional

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Cargo Genérico Objetivos del cargo

Profesionales Regionales Gestionar o asesorar la implementación,análisis,seguimientoycontroldelospro-cesosdesuáreaoespecialidad,anivelre-gionaloterritorial,encoordinaciónconelnivelnacional,enelmarcodelasdeclara-cionesinstitucionales,paralaresolucióndelosrequerimientosdelosestablecimientosdelaOficinaRegional.

Técnicos Regionales Apoyar la ejecución de los procesos degestióndelÁreadeTecnologíasysudes-empeñoanivel regional, ya losestable-cimientosdesdesuexperticiaprofesional,generandoacciones,reportesuotrosinsu-mosparaelcontrolyanálisis,enelmarcode las declaraciones institucionales, nor-mativavigenteycumplimientodelasme-tasregionaleseinstitucionales.

Secretaria Regional Apoyarenlaadministracióndeinformación,documentación,materialesyagendadel(a)directora(a)RegionaldesuDepartamento,parafacilitareldesarrollodesusfunciones,en el marco de los objetivos regionales einstitucionales.

Analistas Regionales Recopilar,actualizar,analizaryproveerin-formación para la gestión de los procesosde su área y apoyar al seguimiento de suimplementación en regiones y jardines in-fantiles,enelmarcodelanormativaypro-cedimientosinstitucionales.

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Cargo Genérico Objetivos del cargo

Administrativos Regionales Recopilaryprocesarlassolicitudesydocu-mentaciónasociadaalagestiónadministra-tivadesuáreaanivelregional,parafacilitarelcumplimientolosobjetivosregionales,enelmarcodelasmetasinstitucionales.

Conductores Regionales Conducirelvehículoinstitucionalparaeltras-ladodebienesy/opersonalinstitucional,deacuerdo a requerimientos o programación,de las distintas áreas regionales. Colaboraryapoyarentareasadministrativas,trámitesvarios,uotroscuandonoseencuentrereali-zandolaborespropiasasucargo.

Auxiliares Regionales Realizarlaslaboresasociadasalosserviciosdeaseo,recepción,seguridad,controldema-terialesdebodega,reproduccióndeinforma-ciónotramitaciónenterreno,segúncorres-ponda,paraapoyarlagestióndesuunidadoáreaanivelregionalypromovereldesarrollodesusfunciones,enelmarcodelasdeclara-cionesinstitucionales.

Secretaria(o) Recepcionista Recepcionarydistribuirladocumentaciónycorrespondenciaque lleguea laoficinare-gionalyentregarinformaciónalaspersonasquelorequieransobrelosserviciosylafor-madeaccederaellos.

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Título III. Objetivos de cargo Jardín Infantil

Cargo Genérico Objetivos del cargo

Directora Liderarelproyectoeducativoinstitucional,enelmarcodelaPolíticadeCalidadEdu-cativa,gestionandoel trabajodelequipoylosrecursostécnicos,financierosyma-teriales del establecimiento a su cargo,enalianzacon las familiasycomunidad,paraellogrodeaprendizajesoportunosypertinentes, desarrollo pleno y bienestarintegraldelosniños,niñasytrabajadorasdelestablecimiento.

Educadora de Párvulos Liderar el proceso pedagógico de los ni-ñas y niñas del grupo(s) a su cargo, enalianzaconlasfamiliasycomunidad,enelmarcodelaPolíticadeCalidadeducativa,gestionandoasuequipoycolaborandoenel diseño e implementación del Proyec-to Educativo Institucional, para promoveraprendizajes oportunos y pertinentes, eldesarrolloplenoyelbienestarintegraldelosniñosyniñas.

Asistente de Párvulos Colaborar en el desarrollo del proceso pe-dagógicodelnivelasignado,enalianzaconlasfamiliasycomunidad,enelmarcodelaPolíticadeCalidadEducativa,parageneraraprendizajes significativos y contribuir albienestarintegraldelosniñosyniñas.

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Cargo Genérico Objetivos del cargo

Educadora de Párvulos Extensión Horaria

LiderarelprocesopedagógicodelosniñasyniñasquesedesarrolladuranteelProgra-ma de Extensión Horaria, en alianza conlasfamiliasycomunidad,enelmarcodelaPolíticadeCalidadeducativa,gestionandoasuequipoyparticipareneldiseñoeim-plementacióndelProyectoEducativoInsti-tucional,parapromoveraprendizajesopor-tunosypertinentes,eldesarrolloplenoyelbienestarintegraldelosniñosyniñas.

Asistente de Párvulos Extensión Horaria

Desarrollar, a partir del trabajo colaborati-vocon laEducadoradeExtensiónHoraria,lasprácticaspedagógicasyactividadesdelprograma,enalianzaconlasfamiliasyco-munidad,enelmarcodelaPolíticadeCali-dadEducativa,parapromoveraprendizajesoportunosypertinentes,eldesarrolloplenoyelbienestarintegraldelosniñosyniñas.

Asistente Administrativa Ejecutar y controlar los procesos adminis-trativos y operativos del establecimiento, deacuerdo a los lineamientos institucionales ynormativavigente,paraelcumplimientodelosobjetivosdelproyectoeducativoinstitucional.

Apoyo Administrativo Apoyarlaejecuciónycontroldelosproce-sosadministrativosyoperativosdelesta-blecimiento,deacuerdoconloslineamien-tos institucionales y normativa vigente,parael cumplimientode losobjetivosdelProyectoEducativoInstitucional.

Auxiliar de Servicios Mantenerlascondicionesdehigieneylim-piezadelasdependenciasinterioresyexte-rioresdelestablecimiento,deacuerdoconloslineamientosinstitucionalesynormativavigente,paraeldesarrollodelasactividadesyatenciónintegraldeniñosyniñas.

ComprobantedeRecepciónReglamentoInternodeOrden,HigieneySeguridadFundaciónINTEGRA

(Actualización2015)

dede20

Con esta fecha, el (la) trabajador(a) de Fundación Educacional para el DesarrolloINTEGRALdelMenor,‘INTEGRA’,Sr.(a)

CédulaNacionaldeIdentidadNº,reconocehaberrecibidounejemplardel “Reglamento InternodeOrden,HigieneySeguridad”ydehabertomadocabalconocimientodesucontenido.

FirmadelTrabajador(a)