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PERÚ PERÚ PERÚ PERÚ PERÚ A continuación encontrará la lista de la legislación de seguridad social de su país disponible en NATLEX, la base de la OIT de datos que contiene legislación nacional sobre trabajo, seguridad social y derechos humanos conexos, administrada por el Departamento de Normas Internacionales del Trabajo. Esta legislación se remite a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR), con el fin de preparar el Estudio general sobre los instrumentos de seguridad social. Con el fin de proporcionar la CEACR con la legislación la más actualizada, por favor, completa esta lista con legislación nueva o modificada e indica cualquier otra corrección a realizar.

PERÚ - ilo.org · legal vigente en materia previsional. El Peruano, 2004-02-17, núm. 8640, pág. 26241 (INFORM P60596) ... l Institución pública descentralizada del sector trabajo

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PERÚPERÚPERÚPERÚPERÚ

A continuación encontrará la lista de la legislación de seguridad social de su país disponible en NATLEX, la base de la OIT de datos que contiene legislación nacional sobre trabajo, seguridad social y derechos humanos conexos, administrada por el Departamento de Normas Internacionales del Trabajo. Esta legislación se remite a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR), con el fin de preparar el Estudio general sobre los instrumentos de seguridad social. Con el fin de proporcionar la CEACR con la legislación la más actualizada, por favor, completa esta lista con legislación nueva o modificada e indica cualquier otra corrección a realizar.

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SEGURIDAD SOCIAL

P E R - 2 0 0 4 - L - 6 6 6 9 3

2 0 0 4 - 0 2 - 1 6

Ley núm. 28171 que crea la ComisiónE s p e c i a l r e v i s o r a e n c a r g a d a d erevisar y ordenar la normatividadlegal vigente en materia previsional.

El Peruano, 2004-02-17, núm. 8640,pág. 26241 (INFORM P60596)Constituye una Comisión Especial encargada de revisar y ordenar la normatividad legal vigente en materia previsional, a fin de elaborar “Anteproyectos de Textos Unicos Ordenados de los Regímenes Previsionales”, existentes en el país. Dispone que la Comisión se encuentra facultada para coordinar con los diversos sectores, instituciones o personas que tuvieran interés en hacer conocer sus opiniones o sugerencias.

Fecha de entrada en vigor: 2004-02-18

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 5 1 5 9

1 9 9 9 - 1 2 - 0 2

Acuerdo núm. 59-22-ESSALUD-99 porel que se aprueba el Reglamento dep res tac iones económicas .

El Peruano, 1999-12-09, núm. 7108,págs. 181215-181218. (INFORM)Se reglamenta el pago de los subsidios por incapacidad temporal, maternidad, lactancia y las prestaciones por sepelio. Determina las definiciones, el alcance, los benecifiarios, las condiciones generales para otorgar las prestaciones económicas y el procedimiento de pago.

P E R - 1 9 9 9 - L - 5 4 2 4 9

1 9 9 9 - 0 9 - 1 6

L e y n ú m . 2 7 1 7 7 , p o r l a q u e s eincorpora como afi l iados regularesdel seguro social de salud a lospescadores y procesadores pesquerosa r tesana les i ndepend ien tes .

El Peruano, 1999-09-25, núm. 7033,págs. 178595-178596. (INFORM)

P E R - 1 9 6 5 - R - 2 9 3 5 4

1 9 6 5 - 0 1 - 2 2

Decreto supremo núm. 01 por el ques e c r e a l a C a j a d e B e n e f i c i o sSociales del pescador.

Legislación de seguridad social en elPerú, 1980, Instituto Peruano deSeguridad Social, Lima, págs. 297-298(SECSOC)

P E R - 1 9 7 2 - L - 2 9 3 5 2

1 9 7 2 - 0 7 - 2 5

Decreto ley núm 19479 por el que secrea el fondo de derechos socialesdel Ar t is ta.

Legislación de seguridad social en elPerú, 1980, Instituto Peruano deSeguridad Social, Lima, págs. 178-183(SECSOC)

P E R - 1 9 8 0 - L - 2 9 0 1 8

1 9 8 0 - 0 7 - 1 6

Decreto ley núm. 23161 por el que secrea el Instituto Peruano de Seguridads o c i a l

Legislación de seguridad social en elPerú, 1980, Instituto Peruano deSeguridad Social, Lima, págs. 8-10(SECSOC)

Texto(s) modificador(es): (PER-1980-L-29019) 1980-07-31. Decreto supremonúm. 26/80-PM por el que se introduce modificaciones en la estructuraorgánica del seguro social.

P E R - 1 9 9 1 - L - 2 6 3 8 3

1 9 9 1 - 1 1 - 0 8

Decreto legislativo núm. 763, por elque se prohibe toda incorporación or e i n c o r p o r a c i ó n a l r é g i m e n d e ldecreto ley núm. 20530 [, de 1974,régimen de pensiones y compensacionespor servicios prestados al Estado nocomprendidos en el decreto-ley núm.19990, de 1974] que se haya efectuadoo s e e f e c t ú e c o n v i o l a c i ó n d e lartículo 14 de la citada norma.

El Peruano, 1991-11-15, núm. 4133,págs. 101845-101846 (INFORM)Los trabajadores que prestán servicios en las empresas del Estado no están comprendidos en la carrera administrativa, por lo que se declara improcedente su incorporación o reincorporación al régimen de pensiones del decreto-ley núm. 20530. El artículo 14 del decreto-ley núm. 20530 afirma que no son acumulables los servicios prestados al sector público con los prestados al sector no público, salvo excepciones expresamente contempladas en la legislación. El decreto ley núm. 19990, de 1974, estableció el Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social (texto consolidado en Serie Legislativa, 1974-Per. 2).

Texto(s) básico(s): (PER-1974-L-26388) 1974-02-26. Decreto-ley núm.20530 por el que se establece el régimen de pensiones y compensacionespor servicios civiles prestados al Estado no comprendidos en el decreto-ley núm. 19990.

P E R - 1 9 9 1 - R - 2 1 8 7 1

1 9 9 1 - 0 3 - 0 6

Decreto Supremo núm. 013-91-TR, porel que se esclarece el carácter deasegurados facultativos de los sociosde las cooperativas de trabajadores.

El Peruano, 1991-03-08, No. 3871, p.95054 (COOP)No existiendo una relación de dependencia entre la Cooperativa de Trabajadores y los socios-trabajadores de la misma, no puede considerarse a éstos últimos como asegurados obligatorios sino como asegurados facultativos, por cuanto tienen la condición de trabajadores independientes asociados.

P E R - 1 9 7 1 - L - 1 7 1 7 4

1 9 7 1 - 1 0 - 1 2

Decre to- ley 18982 por e l que semodifican artículos de la ley 8433[SL 1936-Per. 2, 1937-Per. 1] sobreprestaciones otorgadas por el segurosocial y de la ley 13724 [SL 1961-Per. 3A, 1962-Per. 3B] de 18 nov.1961 sobre seguro social del empleado.

El Peruano, 1971-10-13 (INFORM)Modifica los arts. 7 y 8 de la ley 8433 y los arts. 14, 17, 55 y 56 de la ley 13724.

P E R - 1 9 7 3 - L - 1 5 7 7 2

1 9 7 3 - 1 1 - 0 6

Decreto 20212 por el que se crea elseguro social del Perú.

El Peruano, 1973-11-07 (INFORM)Institución pública descentralizada del sector trabajo con personería jurídica de derecho público interno con base a la Caja Nacional de Seguro Social, al Seguro Social del Empleado y a la Caja Nacional de Pensiones, instituciones que quedan fusionadas. Quedan derogados en particular los arts. 11, 55 a 58 y 65 a 68 de la ley 8433 (de 12 agosto 1936 : SL 1936-Per. 2) de seguro social obligatorio; los arts. 1.° a 13, 42, 49 a 54, los incisos a), e) y f) del art. 75 y los arts. 76 a 78 de la ley 13724 (de 18 nov. 1961 : SL 1961-Per. 3A) de seguro social del empleado, y los decretos-leyes 18830, 19415, 19992 (que creó la Caja Nacional de Pensiones) y 20111.

P E R - 1 9 7 4 - L - 1 5 1 6 4

1 9 7 4 - 0 8 - 2 7

Decreto-ley 20707 sobre el seguro decon t inu idad facu l ta t i va .

El Peruano, 1964-08-28 (INFORM)Los que cesen como asegurados obligatorios del seguro social del Perú podrán acogerse el seguro de continuidad facultativa si son mayores de 53 años (mujeres) o de 58 (hombres) y hayan estado asegurados obligatoriamente 24 meses. Quedan derogados el art. 5 de la ley 8433 (SL 1936-Per. 2) y el art. 19 de la ley 13724 (SL 1961-Per. 3A).

P E R - 1 9 7 4 - R - 1 5 1 6 2

1 9 7 4 - 0 8 - 0 5

Resolución suprema 234-74-TR por laque se ampl ían a los pescadoresa r t e s a n a l e s o i n d e p e n d i e n t e sded icados a la pesca de consumohumano d i rec to los benef ic ios deseguridad social que otorga la Cajade beneficios sociales del pescador.

El Peruano, 1974-08-07 (INFORM)

P E R - 1 9 7 9 - L - 1 2 2 3 9

1 9 7 9 - 0 5 - 1 5

Decreto- ley 22533 que aprueba e lI n s t r u m e n t o A n d i n o d e S e g u r i d a dS o c i a l .

El Peruano, 1979-05-16 (INFORM)

P E R - 1 9 8 8 - L - 6 0 8 0

1 9 8 8 - 0 3 - 2 9

Ley núm. 24796 por la que se modificael art. 1 de la ley núm. 24522.

El Peruano, 1988-03-30, No. 2745, p.63357 (INFORM)

3

Crea el seguro obligatorio para periodistas sujetos a ciertos regímenes.

P E R - 1 9 8 7 - L - 4 6 6 0

1 9 8 7 - 1 2 - 2 8

Ley general núm. 24786 del InstitutoPeruano de Seguridad Social.

El Peruano, 1987-12-29, No. 2637, p.60729-60736 (INFORM)El Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS), que tiene por objeto desarrollar las acciones de seguridad social orientadas a la prevención, promoción, desarrollo y bienestar personal y colectivo ofreciendo protección frente a los riegos y contingencias sociales, mediante otorgamiento de prestaciones de salud, prestaciones económicas y prestaciones sociales, tiene en particular las funciones de administrar los regímenes de prestaciones de salud, de pensiones y prestaciones sociales y los que la ley le encargue, e inscribir a los asegurados y empleadores recaudando y fiscalizando las aportaciones, determinar los períodos de calificación para el otorgamiento de prestaciones de salud de acuerdo con las modalidades de trabajo, desarrollar programas de prevención de la salud, ocupaciones y riesgos profesionales mediante la organización de servicios sobre seguridad e higiene ocupacional en coordinación con otros organismos públicos. Su ámbito de aplicación personal comprende a los trabajadores que realizan actividades dependientes y sus familiares, a los trabajadores que realizan actividades independientes y sus familiares, a los trabajadores del campo y del mar y sus familiares, a los impedidos físicos y mentales, a las personas que se afilien voluntariamente, a los trabajadores que presten servicios al Estado en el extranjero, a las personas dedicadas exclusivamente a las tareas de su hogar. Se prevé asimismo la incorporación progresiva de los sectores aún no protegidos. La ley trata en su cap. III de la organización y administración del IPSS, y en su cap. V trata del régimen económico y financiero. Quedan derogados los decretos leyes 20212 y 23161 y el decreto supremo 26-80-PM.

P E R - 1 9 8 7 - L - 3 7 7 6

1 9 8 7 - 0 7 - 1 6

Direct iva núm. 007-PE- IPSS-87 de lInstituto Peruano de Seguridad Socialrelativa a la incorporación de lasamas de casa y/o madres de familiaa la segur idad soc ia l ( ley núm.2 4 7 0 5 ) .

El Peruano, 1987-07-23, No. 2464, p.56393 (INFORM)Uniforma criterios para el tratamiento que debe darse a la inscripción de las interesadas por parte del Instituto Peruano de Seguridad Social.

Asistencia médica yprestaciones monetarias deenfermedad

P E R - 2 0 0 4 - R - 6 6 6 6 0

2 0 0 4 - 0 2 - 0 5

Dec re to Sup remo núm. 002 -2004 -TRpor el que se modifica el Reglamentode la Ley núm. 27056 de Creación delSeguro Social de Salud (ESSALUD),aprobado por Decreto Supremo núm.0 0 2 - 9 9 - T R .

El Peruano, 2004-02-06, núm. 8629,págs. 261509-261511 (INFORM P60596)Modifica los artículos 1, 14, 16, 24 y 26 del citado Reglamento en lo relativo a la persona jurídica, las competencias del Consejo Directivo y del Presidente Ejecutivo, la responsabilidad en la aplicación de recursos y las inversiones reales y financieras. Asimismo, se adicionan ciertos literales a los artículos 2 (Definiciones) y 32 (Ejercicio de la autonomía de ESSALUD).

Fecha de entrada en vigor: 2004-02-07

P E R - 2 0 0 2 - R - 6 2 0 0 2

2 0 0 2 - 0 8 - 2 1

Dec re to Sup remo núm. 013 -2002 -TRpor el que se aprueba el Texto Unicode P roced im ien tos Admin i s t ra t i vosdel Seguro Social de Salud-ESSALUD.

El Peruano, 2002-08-23, núm. 8098,págs. 228690-228710 (INFORM P60596)Aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Seguro Social de Salud. Se aplica a los procedimientos de competencia del Seguro Social de salud a nivel nacional.

P E R - 2 0 0 2 - L - 6 0 5 5 1

2 0 0 2 - 0 1 - 2 7

Ley núm. 27656 de creación del Fondointangible sol idario de salud.

El Peruano, 2002-01-29, núm. 7891,págs. 216516-216517 (INFORM P60596)Tiene por objeto la creación del Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL) destinado únicamente a favorecer el acceso a prestaciones de salud de calidad de la población excluida de las mismas. Los recursos complementan el financiamiento del Seguro Integral de Salud. Dispone, asimismo, que los recursos del FISSAL podrán ser destinados a infraestructura o equipamiento, solamente en el caso de que el Seguro Integral de Salud haya alcanzado la totalidad de su meta de cobertura de salud.

P E R - 2 0 0 1 - R - 5 9 1 3 8

2 0 0 1 - 0 2 - 0 2

Resolución de superintendencia núm.0 1 4 - 2 0 0 1 - S E P S / C D p o r l a q u e s ee s t a b l e c e i n f o r m a c i ó n s o b r ep r e s t a c i o n e s d e s a l u d q u e l a sEntidades Prestadoras de Salud debenpresentar a la Superintendencia deEntidades Prestadoras de Salud.

Actualidad Laboral, 2001-02-01, núm.296, págs. 65-70 (INFORM P48761)

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 9 1 3 5

2 0 0 0 - 0 7 - 2 4

Resolución de superintendencia núm.0 4 3 - 2 0 0 0 - S E P S - C D p o r l a q u e s eaprueban normas sobre condic ionesgenerales del contrato de prestaciónde servicios de seguridad social ensalud para af i l iados regulares.

Actualidad Laboral, 2001-02-15, núm.296, págs. 44-57 (INFORM P48761)

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 7 0 8 6

2 0 0 0 - 0 6 - 0 8

Acuerdo núm. 8-10-ESSALUD-2000 porel que se aprueba el Reglamento deprocedimientos no t r ibutar ios de lSeguro Social de Salud.

Actualidad Laboral, 2000-06, núm.288, págs. 30-41 (INFORM)Se aplica a las impugnaciones presentadas por las entidades empleadoras, los asegurados u otras personas que consideren afectados sus derechos respecto de aquellos actos de la Administración vinculados a la recaudación de ingresos no tributarios, otorgamiento y reconocimiento de prestaciones de Seguridad Social en salud. Tiene por finalidad establecer el régimen aplicable para la debida actuación de la Adminsitración en los procedimientos de carácter no tributario, con sujeción a la Constitución, las leyes y la normatividad aplicable; garantizando los derechos e intereses de los administrados. En sus tres títulos regula, respectivamente, el Procedimiento Contencioso Administrativo, el Procedimiento No Contencioso Administrativo y la Demanda Contencioso-Administrativa ante el Poder Judicial.

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 6 5 4 0

2 0 0 0 - 0 6 - 0 1

Dec re to Sup remo núm. 004 -2000 -TRpor el cual se modifican artículosd e l R e g l a m e n t o d e l a L e y d eModernización de la Seguridad Socialen Salud

El Peruano, 2000-06-02, núm. 7284,págs. 187444-187445 (INFORM)Modifica los artículos núms. 37 y 38 del Decreto Supremo núm. 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, en lo relativo al derecho a las prestaciones médicas de los afiliados regulares en caso de desempleo o suspensión perfecta de labores.

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 2 8 1 2

1 9 9 9 - 0 4 - 2 6

Decreto Supremo núm. 002-99-TR porel que se aprueba el Reglamento dela Ley núm. 27056, de creación delseguro social de salud (ESSALUD).

El Peruano, 1999-04-27, núm. 6881,págs. 172555-172558. (INFORM)Aborda la personalidad jurídica, el objeto y las funciones del ESSALUD, su organización y administración, las contribuciones y las prestaciones, el régimen económico y financiero, y el régimen del personal.

Texto(s) básico(s): (PER-1999-L-52239) 1999-01-09. Ley núm. 27056, decreación del seguro social de salud (ESSALUD).

Texto(s) modificador(es): (PER-2004-R-66660) 2004-02-05. DecretoSupremo núm. 002-2004-TR por el que se modifica el Reglamento de laLey núm. 27056 de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD),aprobado por Decreto Supremo núm. 002-99-TR.

P E R - 1 9 9 9 - L - 5 2 2 3 9

1 9 9 9 - 0 1 - 0 9

Ley núm. 27056, de c reac ión de lseguro social de salud (ESSALUD).

El Peruano, 1999-01-30, núm. 6794,págs. 169327-169331. (INFORM)Crea, sobre la base del Instituto Peruano de Seguridad Social, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) como organismo público descentralizado, con personalidad jurídica de derecho público interno, adscrito al Sector Trabajo y Promoción Social, cuya finalidad es el dar cobertura a los asegurados y a sus derechohabientes, através del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al régimen contributivo de la seguridad social en salud, así como otros seguros de riesgos humanos. La ley establece: i) sus funciones; ii) tipo de prestaciones que otorga; iii) el ámbito de aplicación; iv) su estructura orgánica y administrativa; v) su régimen económico y financiero; y vi) el régimen del personal.

Texto(s) básico(s): (PER-2000-R-57086) 2000-06-08. Acuerdo núm. 8-10-ESSALUD-2000 por el que se aprueba el Reglamento de procedimientosno tributarios del Seguro Social de Salud.

P E R - 1 9 9 8 - R - 4 8 6 4 9

1 9 9 8 - 0 1 - 1 6

Decreto Supremo núm. 002-98-AG porel cual se aprueba el Reglamento del a L e y d e P r o m o c i ó n d e l S e c t o rA g r a r i o .

El Peruano, 1998-01-17, núm. 6415,págs. 156497-156503 (INFORM)Reglamenta la ley núm. 885, ley de promoción del sector agrario, modificada por el Decreto Legislativo núm. 26865 que establece beneficios tributarios a favor del sector. Para acogerse a los beneficios establecidos en la ley, los beneficiarios deberán entregar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) una declaración jurada señalando que la actividad principal a la que se dedican es el cultivo y/o crianza (los ingresos netos por actividades complementarias no pueden sobrepasar el 20 por ciento del total). Para acogerse al Seguro de Salud Agrario se deberá presentar copia de dicha declaración. Se regulan beneficios tributarios especiales para la inversión en tierras eriazas -tierras no cultivadas por falta o exceso de agua- con aptitud agropecuaria. Asimismo se reglamenta el régimen de recuperación anticipada.

Texto(s) básico(s): (PER-1996-L-45591) 1996-11-10. Decreto legislativonúm. 885 por el que se dicta la Ley de Promoción del Sector Agrario.

P E R - 1 9 9 8 - R - 4 8 4 5 4

1 9 9 8 - 0 1 - 1 4

Decreto Supremo núm. 001-98-SA pore l cua l p rec isan o torgamiento desubsidio por lactancia y modificane l R e g l a m e n t o d e l a L e y d eModernización de la Seguridad Socialen Salud.

El Peruano, 1998-01-15, núm. 6413,págs. 156425-156425 (INFORM)El subsidio por lactancia se otorga a favor del recién nacido cuyo padre o madre es afiliado regular. Los trabajadores del hogar son considerados afiliados regulares siempre que laboren cuatro horas diarias como mínimo. Se limitan las prestaciones de salud (sillas de ruedas, anteojos) y no se financiarán ciertos tratamientos tales como periodoncia y ortodoncia. Contiene normas sobre cobertura del seguro en trabajo de riesgo, y dispone que en un plazo que no excederá del 31 de marzo de 1998, serán aprobadas las normas técnicas complementarias sobre el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.

4

P E R - 1 9 9 7 - R - 4 7 8 3 2

1 9 9 7 - 0 9 - 0 8

Decreto Supremo núm. 009-97-SA porel cual se dicta el Reglamento de laLey de Modernización de la SeguridadSocial en Salud.

El Peruano, 1997-09-09, núm. 6283,págs. 152493-152532 (INFORM)Contiene 11 capítulos: 1.-Generalidades; 2.-Del Seguro Social de Salud; 3.-Prestaciones; 4.-De los Asegurados Potestativos; 5.-De los Asegurados Regulares; 6.- De los Planes de Salud y del Crédito; 7.- De las Entidades Prestadoras de Salud; 8.-De los Seguros Complementarios de Trabajo de Riesgo; 9.- Sistema de Referencias; 10.- Solución de Controversias; 11.- Infracciones y Sanciones. Trata en anexo las exclusiones de la Seguridad Social en Salud.

Texto(s) básico(s): (PER-1997-L-46887) 1997-05-15. Ley núm. 26790, leyde modernización de la seguridad social en salud.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-R-56540) 2000-06-01. DecretoSupremo núm. 004-2000-TR por el cual se modifican artículos delReglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-R-66393) 1998-04-13. DecretoSupremo núm. 003-98-SA por el que se aprueban normas técnicas delSeguro Complementario de Trabajo de Riesgo.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-R-48454) 1998-01-14. DecretoSupremo núm. 001-98-SA por el cual precisan otorgamiento de subsidiopor lactancia y modifican el Reglamento de la Ley de Modernización dela Seguridad Social en Salud.

P E R - 1 9 9 7 - L - 4 6 8 8 7

1 9 9 7 - 0 5 - 1 5

Ley núm. 26790, ley de modernizaciónde la seguridad social en salud.

El Peruano, 1997-05-17, núm. 6166,págs. 149283-149286 (INFORM)El Estado promueve los sistemas de previsión para la salud y la integración de esfuerzos de las entidades que brindan servicios de salud, cualquiera que sea su naturaleza. El Ministerio de Salud tiene a su cargo el Régimen Estatal que brinda atención a la población de escasos recursos que no tiene acceso a otros regímenes o sistemas. El Seguro Social de Salud otorga cobertura a sus asegurados y está a cargo del Instituto Peruano de Seguridad Social -IPSS- y se complementa con los planes y programas de salud brindados por las Entidades Prestadoras de Salud debidamente acreditadas. Son asegurados del Seguro Social de Salud los afiliados regulares o potestativos y sus derechohabientes. Son afiliados regulares los trabajadores bajo relación de dependencia, o en calidad de socios de cooperativas de trabajadores, y los pensionistas que reciban pensión de jubilación, incapacidad o sobrevivencia. En caso de desempleo los afiliados regulares y sus derechohabientes tendrán derecho a las prestaciones de salud siempre que cuenten con, al menos, 30 meses de aportación durante los tres años precedentes. Regula el subsidio por incapacidad temporal y el subsidio por maternidad y lactancia. Las entidades empleadoras que otorguen cobertura de salud a sus trabajadores mediante servicios propios o contratados con Entidades Prestadoras de Salud gozarán de un crédito respecto de las aportaciones de los afiliados regulares en actividad. Se crea la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud -SEPS-. Se regula el seguro complementario de trabajo de riesgo.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-R-56034) 2000-02-22. Decreto deurgencia núm. 008-2000, por el que se modifica artículo de la Ley demodernización de la Seguridad Social en Salud, referido al derecho especialde cobertura por desempleo.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-L-54249) 1999-09-16. Ley núm.27177, por la que se incorpora como afiliados regulares del seguro socialde salud a los pescadores y procesadores pesqueros artesanalesindependientes.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-L-52239) 1999-01-09. Ley núm.27056, de creación del seguro social de salud (ESSALUD).

P E R - 1 9 9 6 - L - 4 5 5 9 3

1 9 9 6 - 1 1 - 0 8

Decreto legislativo núm. 887, por elque se dicta la Ley de Modernizaciónde la Seguridad Social en Salud.

El Peruano, 1996-11-11, núm. 5977,págs. 144233-144236 (INFORM)La Seguridad Social en Salud está integrada por entidades públicas, estatales y mixtas. El Ministerio de Salud tiene a cargo el régimen estatal con el objeto principal de otorgar atención a la población de escasos recursos que no tiene acceso a otros sistemas. El Seguro Social de Salud está a cargo del Instituto Peruano de Seguridad Social-IPSS- y se complementa con los planes y programas de Entidades Presadoras de Salud debidamente acreditadas. Se dispone sobre los subsidios por incapacidad temporal y por maternidad y lactancia. Se crea la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud -SEPS- con el objeto de autorizar, regular y supervisar el funcionamiento de las entidades prestadoras de salud y cautelar el uso correcto de los fondos por éstas administradoras. Se regula el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo el cual es obligatorio y por cuenta del empleador, etc.

P E R - 1 9 9 6 - L - 4 5 5 9 1

1 9 9 6 - 1 1 - 1 0

Decreto legislativo núm. 885 por elque se dicta la Ley de Promoción delSector Agrar io .

El Peruano, 1996-11-10, núm. 5975,págs. 144213-144214 (INFORM)Tiene por objeto aumentar la productividad y generar empleo. El título III, “del régimen Laboral y de la seguridad social” exonera a los empleadores del pago de tasas administrativas al Ministerio de Trabajo y a las remuneraciones de los empleados del sector, de las contribuciones al FONAVI. Crea el seguro de salud para los trabajadores de la actividad agraria en sustitución del régimen de prestaciones de salud.

Texto(s) vinculado(s): (PER-2000-L-58076) 2000-10-30. Ley núm. 27360que aprueba las normas de promoción del sector agrario.

P E R - 1 9 9 5 - R - 4 1 3 5 6

1 9 9 5 - 0 7 - 0 6

Decreto Supremo núm. 40-95-PCM porel cual se establece la modalidad depago de aportaciones por diversosconceptos que deben e fec tuar lasS A I S y l a s c o o p e r a t i v a s d etrabajadores a que se ref iere elDecreto Supremo núm. 030-91-TR.

El Peruano, 1995-07-08, núm. 5477,pág. 133033 (INFORM)Las entidades precitadas que hayan brindado prestaciones de salud en su propia infraestructura asistencial pagarán las aportaciones que se encontraran adeudando por concepto de los regímenes de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y de prestaciones de salud, a la fecha de acogimiento, conforme a lo siguiente: A) a su valor histórico, más un recargo del 10 por ciento, B) mediante la dación en pago al acreedor de un número de acciones representativas del capital social de la empresa, equivalente al monto de la deuda reestructurada según lo previsto en el inciso anterior.

P E R - 1 9 9 3 - L - 3 3 6 7 2

1 9 9 3 - 0 5 - 1 1

L e y n ú m . 2 6 1 8 3 p o r l a q u e s erestablece la vigencia del decretol e y n ú m . 1 8 8 4 6 s o b r e s e g u r o d eaccidentes de trabajo y enfermedadesp r o f e s i o n a l e s

El Peruano, 1993-05-13, núm. 4695,pág. 114831 (DOC.NORMES)Se modifica la décimosexta disposición final y transitoria del decreto ley núm. 25897, que queda como sigue: “Derógase el decreto legislativo núm. 724, así como todas las demás disposiciones que se opongan a la presente ley”. En el plazo de un año el Instituto Peruano de Seguridad Social deberá asumir las pensiones y prestaciones de salud correspondientes al régimen de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales previsto en en el decreto ley núm. 18846, a cuyo efecto se incrementará en un porcentaje único el monto de las aportaciones que abona el empleador para el régimen de prestaciones de salud y sistema nacional de pensiones.

Texto(s) básico(s): (PER-1971-L-29347) 1971-04-28. Decreto-ley núm.18846 de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Texto(s) modificador(es): (PER-1997-L-46887) 1997-05-15. Ley núm.26790, ley de modernización de la seguridad social en salud.

P E R - 1 9 9 3 - L - 3 3 6 7 1

1 9 9 3 - 0 5 - 1 1

L e y n ú m . 2 6 1 8 2 , p o r l a q u e s erestituye la vigencia del artículo11° de l decre to leg is la t ivo núm.6 8 8 , l e y d e c o n s o l i d a c i ó n d ebenef i c ios soc ia les

El Peruano, 1993-05-12, núm. 4694,pág. 114808 (DOC.NORMES)Se deroga el inciso d) del artículo 8° del decreto ley núm. 25897 y su décimo segunda disposición final y transitoria y se restituye la plena vigencia del artículo 11° del decreto legislativo núm. 688, que quedará redactado en los términos siguientes: “El pago de las primas correspondientes a los trabajadores obreros las efectuará el empleador deduciendo el porcentaje respectivo de la aportación que deba efectuar para el régimen del decreto ley núm. 18846 seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y abonándolas directamente a la compañía de seguros contratada”.

Texto(s) básico(s): (PER-1971-L-29347) 1971-04-28. Decreto-ley núm.18846 de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

P E R - 1 9 7 7 - L - 2 9 3 5 6

1 9 7 7 - 0 9 - 0 3

Decreto ley núm. 21933 por la que sed i s p o n e l a i n c o r p o r a c i ó n d e l o sestibadores, del sistema asistencialdel Callao al régimen de prestacionesde salud de seguro social.

Legislación de seguridad social en elPerú, 1980, Instituto Peruano deSeguridad Social, Lima, págs. 357-359(SECSOC)

P E R - 1 9 8 0 - R - 2 9 0 2 0

1 9 8 0 - 0 7 - 1 7

Decreto supremo núm. 013-80-TR porel que se incorpora a los pensionistasd e l f o n d o d e r e t i r o d e l c h o f e rprofesional independiente al régimende prestaciones de salud del decretoley núm. 22482.

Legislación de seguridad social en elPerú, 1980, Instituto Peruano deseguridad social, Lima, pág. 43 (SECSOC)

P E R - 1 9 9 1 - L - 2 6 3 7 6

1 9 9 1 - 1 1 - 0 8

Decreto legislativo núm. 718, por elque se crea el sistema privado desalud, el cual tendrá carácter dec o m p l e m e n t a r i o a l s i s t e m aadministrado por el IPSS.

El Peruano, 1991-11-10, núm. 4128,págs. 101589-101592 (DOC.NORMES)Los trabajadores pueden elegir el sistema de salud de su preferencia: el del Instituto Peruano de Seguridad Social o el privado. El empleador aporta al IPSS y el trabajador afiliado al sistema privado aporta a éste, menos una deducción destinada al IPSS.

P E R - 1 9 7 9 - L - 1 2 2 3 8

1 9 7 9 - 0 3 - 2 7

Decreto-ley 22482 que establece elrégimen de prestaciones de salud deSeguro Social del Perú.

El Peruano, 1979-03-28 (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1980-R-29020) 1980-07-17. Decreto supremonúm. 013-80-TR por el que se incorpora a los pensionistas del fondo deretiro del chofer profesional independiente al régimen de prestaciones desalud del decreto ley núm. 22482.

5

Texto(s) modificador(es): (PER-1995-L-40987) 1995-07-08. Ley núm.26504 por la que modifican el régimen de prestaciones de salud, el SistemaNacional de Pensiones, el Sistema Privado de Fondos de Pensiones y laestructura de contribuciones al FONAVI.

Texto(s) modificador(es): (PER-1984-L-29024) 1984-09-06. Ley núm.23908 por la que se fijan el monto mínimo de las pensiones de invalidez,jubilacion, viudez y las de orfandad y de ascendientes.

P E R - 1 9 8 0 - R - 1 1 8 2 1

1 9 8 0 - 0 4 - 3 0

Decreto supremo 08-80-TR por el quese aprueba el reglamento del decreto-ley 22482 [de 27 marzo 1979] queestablece el régimen de prestacionesde salud de Seguro Social del Perú.

El Peruano, 1980-05-01 (INFORM)

P E R - 1 9 8 7 - R - 4 4 6 5

1 9 8 7 - 1 0 - 3 0

Decreto supremo núm. 013-87-ED porel que se dictan disposiciones parap r o m o v e r e l a r t i s t a n a c i o n a lasegurándole fuentes de trabajo yg a r a n t i z a n d o s u b i e n e s t a r y s uderecho a la seguridad social.

El Peruano, 1987-10-31, No. 2568, p.58684-58685 (INFORM)Dispone que en toda producción o espectáculo artístico realizado en el territorio nacional, la proporción de Peruanos no será inferior al 80 por ciento del total de participantes y que todo trabajador artista que, dependiendo de un empresario, preste servicios artísticos es asegurado obligatorio de los regímenes de prestaciones de salud y pensiones del Instituto Peruano de Seguridad Social, debiendo acreditar, para tener derecho a las prestaciones asistenciales, cuando menos una semana de trabajo durante los tres meses anteriores a la fecha de la contingencia.

P E R - 1 9 8 6 - L - 3 1 2 9

1 9 8 6 - 1 2 - 2 9

Ley núm. 24645 por la que se disponeq u e l o s t r a b a j a d o r e s d e l c a m p oi n t e g r a n t e s d e l o s g r u p o s ,p a r c i a l i d a d e s , c o m u n i d a d e sc a m p e s i n a s y d e m á s q u e d a nc o m p r e n d i d o s c o m o a s e g u r a d o so b l i g a t o r i o s e n e l r é g i m e n d eprestaciones de salud previsto en eldecreto- ley núm. 22482.

El Peruano, 1987-01-09, N. 2254, p.51164 (INFORM)El mencionado decreto-ley núm. 22482 se publicó en la Serie Legislativa con la signatura 1979 - Perú 2.

Prestaciones de vejez,invalidez y supervivencia

P E R - 2 0 0 8 - M - 7 8 1 8 8

2 0 0 8 - 0 3 - 1 2

Reso luc ión M in i s te r i a l núm. 081 -2 0 0 8 - T R p o r l a q u e s e f i j a l aequivalencia remunerativa aplicablea los ex-trabajadores beneficiariosde la Ley núm. 27803 que optaron pore l b e n e f i c i o d e j u b i l a c i ó nadelantada, en caso que la plaza, eln i v e l , l a c a t e g o r í a , e l r é g i m e nlaboral, la empresa o la entidad noe x i s t a n .

El Peruano (Separata), 2008-03-14,núm. 10167, págs. 368717-368722(INFORM)El Peruano, Búsqueda de Normas, PerúFija la equivalencia del cargo y la remuneración de referencia que servirán de base para obtener el monto de la pensión de jubilación de los trabajadores beneficiarios de la Ley núm. 27803 que optaron por el beneficio de jubialción adelantada, conforme a lo previsto en el artículo 7 del Decreto Supremo núm. 013-2007-TR.

Fecha de entrada en vigor: 2008-03-15

Texto(s) básico(s): (PER-2002-L-62692) 2002-07-28. Ley núm. 27803 queimplementa las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadaspor las Leyes núms. 27452 y 27586, encargadas de revisar los cesescolectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos depromoción de la inversión privada y en las entidades del sector públicoy gobiernos locales.

P E R - 2 0 0 7 - R - 7 6 0 0 0

2 0 0 7 - 0 2 - 2 8

Decreto de Urgencia núm. 007-2007por el que se dictan medidas sobree l o t o r g a m i e n t o d e p e n s i o n e scomplementarias a los pensionistasdel Sistema Privado de Administraciónde Fondos de Pensiones.

El Peruano, 2007-03-01, núm. 9757,págs. 300698-300699 (INFORM P60596)Dispone la concesión de una pensión complementaria a aquellos pensionistas pertenecientes al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones que, al momento de la entrada en vigencia de la Ley núm. 27617, cumplían con los requisitos previstos para acceder a la pensión mínima, conforme a lo dispuesto por el artículo 8 de dicha ley y hoy perciben una pensión de jubilación menor a ésta. Otorga también una pensión complementaria por labores de riesgo.

Fecha de entrada en vigor: 2007-03-02

Texto(s) básico(s): (PER-2001-L-60260) 2001-12-18. Ley núm. 27617 quedispone la reestructuración del sistema nacional de pensiones del decreto-ley núm. 19990 y modifica el decreto-ley 20530 y la ley del sistema privadode administración de fondos de pensiones.

P E R - 2 0 0 7 - L - 7 5 8 8 0

2 0 0 7 - 0 3 - 2 6

Ley núm. 28991 de libre desafiliacióni n f o r m a d a , p e n s i o n e s m í n i m a ycomplementarias, y régimen especialde jubi lac ión ant ic ipada.

El Peruano, 2007-03-27, núm. 9784,págs. 342221-342224 (INFORM P60596)El Peruano, Búsqueda de Normas, PerúEstá organizada en torno a los siguientes Títulos: Título I: Libre desafiliación al sistema privado de pensiones y retorno al sistema nacional de pensiones Título II: Garantía de pensiones mínima y complementaria Título III: Derecho a información oportuna y suficiente Título IV: Régimen especial de jubilación anticipada en el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones Título V: Promoción de aportes voluntarios con fin Previsional Título VI: Información de empresas morosas en relación a la seguridad social Disposiciones Transitorias y Finales

P E R - 2 0 0 6 - L - 7 4 3 9 3

2 0 0 6 - 0 7 - 1 4

L e y n ú m . 2 8 7 8 9 q u e p r e c i s a l atercera disposición transitoria dela Ley núm. 28449, Ley que establecenuevas reglas del régimen de pensionesdel decreto-Ley núm. 20530.

El Peruano, 2006-07-19, núm. 9532,pág. 324171 (INFORM PP60596)S e r e f i e r e a l a a d e c u a c i ó n d e l a s p e n s i o n e s m e n s u a l e s a l t o p e .

Texto(s) básico(s): (PER-2004-L-71062) 2004-12-23. Ley núm. 28449 queestablece las nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto-Leynúm. 20530.

P E R - 2 0 0 6 - L - 7 4 2 7 6

2 0 0 6 - 0 5 - 1 8

L e y n ú m . 2 8 7 3 8 q u e m o d i f i c a e lartículo 14 de la ley núm. 27803,s o b r e l a s c o n d i c i o n e s p a r a l ajub i lac ión adelantada de l rég imenespecial de la Ley núm. 25009.

El Peruano, 2006-05-19, núm. 9471,pág. 319005 (INFORM P60596)Establece quiénes podrán acceder al beneficio de jubi lación adelantada.

Texto(s) básico(s): (PER-1989-L-7944) 1989-01-24. Ley núm. 25009 porla que se promulga la ley de jubilación de trabajadores mineros.

P E R - 2 0 0 6 - L - 7 3 2 6 0

2 0 0 5 - 1 2 - 1 5

L e y n ú m . 2 8 6 6 6 q u e o t o r g ab o n i f i c a c i ó n p e r m a n e n t e a l o spens ion is tas de l derecho der ivadode viudez que sean mayores de 70 añosen el régimen del decreto-ley núm.1 9 9 9 0 .

El Peruano, 2006-01-11, núm. 9341,pág. 309890 (INFORM P60596)Dispone que la bonificación permanente es de hasta 25 % del monto que actualmente se esté percibiendo como pensión.

Fecha de entrada en vigor: 2006-01-01

Texto(s) básico(s): (PER-1973-L-15770) 1973-04-24. Decreto-ley 19990por el que se crea el sistema nacional de pensiones de la seguridad social,en substitución de los sistemas de pensiones de las cajas de pensionesde la Caja Nacional del Seguro Social y del Seguro Social del Empleadoy del Fondo especial de jubilación de empleados particulares.

6

P E R - 2 0 0 4 - L - 7 1 0 6 2

2 0 0 4 - 1 2 - 2 3

Ley núm. 28449 que establece lasnuevas reglas del régimen de pensionesdel Decreto-Ley núm. 20530.

El Peruano, 2004-12-30, núm. 8961,págs. 283647-283649 (INFORM P60506)Tiene por objeto establecer las nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto-Ley núm. 20530 de conformidad con la reforma constitucional de los artículos 11 y 103 y la Primera Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú.

Fecha de entrada en vigor: 2004-12-31

Fecha de entrada en vigor parcial: 2005-01-01

Texto(s) básico(s): (PER-2004-C-69502) 2004-11-16. Ley núm. 28389 dereforma de la Constitución Política del Perú.

P E R - 2 0 0 3 - L - 6 6 2 6 1

2 0 0 3 - 1 2 - 0 4

Ley núm. 28115 que amplía y precisalos alcances de la Ley núm. 27719,Ley de reconocimiento, declaracióny c a l i f i c a c i ó n d e l o s d e r e c h o spens iona r ios l ega lmen te ob ten idosal amparo del Decreto-ley núm. 20530y s u s n o r m a s m o d i f i c a t o r i a s yc o m p l e m e n t a r i a s .

El Peruno, 2003-12-06, núm. 8566,págs. 256589-256590 (INFORM P60596)Contempla el reconocimiento, declaración, calificación y pago de derechos pensionarios y la representación procesal del Estado en los procesos judiciales relativos al régimen del Decreto-ley núm. 20530 de las entidades privatizadas, liquidadas, desactivadas y/o disueltas.

Fecha de entrada en vigor: 2003-12-07

Texto(s) básico(s): (PER-1974-L-26388) 1974-02-26. Decreto-ley núm.20530 por el que se establece el régimen de pensiones y compensacionespor servicios civiles prestados al Estado no comprendidos en el decreto-ley núm. 19990.

P E R - 2 0 0 3 - L - 6 5 7 2 0

2 0 0 3 - 0 9 - 2 5

L e y n ú m . 2 8 0 7 1 q u e m o d i f i c a e lD e c r e t o - L e y n ú m . 1 9 9 9 0 - L e y d e lSistema Nacional de Pensiones.

El Peruano, 2003-09-26, núm. 8496,pág. 252009 (INFORM P60596)Modifica el artículo 69 de la mencionada ley en lo relativo al monto que podrá alcanzar el Capital de Defunción.

P E R - 2 0 0 3 - L - 6 4 4 8 8

2 0 0 3 - 0 7 - 3 0

Ley núm. 28046 que crea el Fondo yla Contr ibución Sol idaria para laAs is tenc ia P rev i s iona l .

El Peruano, 2003-07-31, núm. 8439,págs. 248997-248998 (INFORM P60596)Crea el mencionado Fondo cuyos recursos son intangibles y se destinarán a financiar, en la parte corrrespondiente a la recaudación de la contribución señalada en el artículo 4, el pago de las pensiones y la nivelación de los pensionistas comprendidos en el régimen del decreto-ley núm. 20530. Dispone, asimismo, que la administración del Fondo estará a cargo del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales.

Texto(s) básico(s): (PER-1974-L-26388) 1974-02-26. Decreto-ley núm.20530 por el que se establece el régimen de pensiones y compensacionespor servicios civiles prestados al Estado no comprendidos en el decreto-ley núm. 19990.

P E R - 2 0 0 3 - L - 6 4 1 3 2

2 0 0 3 - 0 6 - 0 2

Ley núm. 27988 modi f ica tor ia de lD e c r e t o S u p r e m o n ú m . 0 5 4 - 9 7 - E F ,Texto Unico Ordenado de la Ley delS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones.

El Peruano, 2003-06-04, núm. 8381,págs. 245366-245369 (INFORM P60596)Modifica los artículos 18, 19, 20 y 25 e incorpora los artículos 18-A, 18-B, 18-C, 25-A, 25-B, 25-C y 25-D al Decreto Supremo núm. 054-97-EF en lo relativo a las AFP y administración de fondos, tipos de fondos, inscripción de los fondos en el registro, patrimonios y contabilidades separados, constitución del Fondo, inembargabilidad del Fondo, instrumentos de inversión de las AFP, categorización de los instrumentos, límites de inversión por tipo de fondo, política de inversiones y límites de inversión generales.

P E R - 1 9 9 8 - R - 6 3 8 4 2

1 9 9 8 - 0 1 - 1 9

Decreto Supremo núm. 004-98-EF porel que se aprueba el Reglamento delTexto Unico Ordenado de la Ley delS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones.

http://www.sbs.gob, Superintendenciade Banca y Seguros, Perú, 45 págs.El Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) tiene como objeto contribuir al desarrollo y fortalecimiento del sistema de previsión social en el área de pensiones. Establece los requisitos de constitución, organización y funcionamiento de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), los requisitos y limitaciones de su gestión y las características de las prestaciones que otorgan a sus afiliados.

Texto(s) modificador(es): (PER-2003-R-63619) 2003-03-18. DecretoSupremo núm. 034-2003-EF por el que se modifica el artículo 65 delReglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado deAdministración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremonúm. 004-98-EF.

P E R - 2 0 0 3 - R - 6 3 6 1 9

2 0 0 3 - 0 3 - 1 8

Dec re to Sup remo núm. 034 -2003 -EFpor el que se modifica el artículo65 del Reglamento del Texto UnicoO r d e n a d o d e l a L e y d e l S i s t e m aPrivado de Administración de Fondosde Pensiones, aprobado por DecretoSupremo núm. 004-98-EF.

El Peruano, 2003-03-19, núm. 8304,pág. 240997 (INFORM P60596)La modificación se refiere a las cuotas de participación de fondos mutuos y de fondos de inversión dentro del portafolio de inversiones de los fondos de pensiones.

Texto(s) básico(s): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. Decreto Supremonúm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenado de la leydel sistema privado de administración de fondos de pensiones.

P E R - 2 0 0 2 - L - 6 3 5 6 5

2 0 0 2 - 1 2 - 1 3

Ley núm. 27883 que es tab lece latransferencia de fondos previsionalesentre el sistema privado de pensionesy otros sistemas previsionales dele x t e r i o r .

El Peruano, 2002-12-15, núm. 8211,pág. 235146 (INFORM P60596)Contempla, entre otros aspectos, la transferencia de fondos previsionales de cuentas individuales de capitalización al exterior, la transferencia de fondos previsionales del exterior y los convenios.

Fecha de entrada en vigor: 2003-01-01

P E R - 2 0 0 2 - R - 6 2 0 3 2

2 0 0 2 - 0 6 - 1 3

Dec re to Sup remo núm. 100 -2002 -EFque modifica el Reglamento del TextoUnico Ordenado (TUO) de la Ley delS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones.

Actualidad Laboral, 2002-06, núm.312, págs. 75-82 (INFORM P48761)Incorpora al Reglamento del TUO de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo núm. 004-98-EF, el Título VII: “Pensión Mínima, Régimen Especial de Jubilación Anticipada en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) y Jubilación Adelantada del Decreto-Ley núm. 19990 para afiliados al SPP”.

Texto(s) básico(s): (PER-2001-L-60260) 2001-12-18. Ley núm. 27617 quedispone la reestructuración del sistema nacional de pensiones del decreto-ley núm. 19990 y modifica el decreto-ley 20530 y la ley del sistema privadode administración de fondos de pensiones.

Texto(s) básico(s): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. Decreto Supremonúm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenado de la leydel sistema privado de administración de fondos de pensiones.

Texto(s) básico(s): (PER-1973-L-15770) 1973-04-24. Decreto-ley 19990por el que se crea el sistema nacional de pensiones de la seguridad social,en substitución de los sistemas de pensiones de las cajas de pensionesde la Caja Nacional del Seguro Social y del Seguro Social del Empleadoy del Fondo especial de jubilación de empleados particulares.

P E R - 2 0 0 2 - L - 6 2 0 3 0

2 0 0 2 - 0 5 - 3 0

L e y n ú m . 2 7 7 4 7 q u e r e g u l a e lo torgamiento de las pens iones deg r a c i a .

Actualidad Laboral, 2002-06, núm.312, págs. 58-59 (INFORM P48761)Regula, entre otros aspectos, el otorgamiento de las pensiones de gracia, su monto y carácter y la conformación de la Comisión Calificadora de Merecimiento de Pensiones de Gracia.

P E R - 2 0 0 2 - R - 6 2 0 2 5

2 0 0 2 - 0 1 - 0 4

Dec re to Sup remo núm. 004 -2002 -EFque modifica el Reglamento del TextoUnico Ordenado (TUO) de la Ley delS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones.

Actualidad Laboral, 2002-01, núm.307, págs. 23-24 (INFORM P48761)Sustituye el último párrafo del artículo 102 del Reglamento del TUO de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Decreto Supremo núm. 004-98-EF. Dicho párrafo se refiere a la retribución de la AFJP, así como a la estructura y la modalidad de cobro.

7

P E R - 2 0 0 2 - L - 6 1 2 0 2

2 0 0 2 - 0 5 - 1 1

Ley núm. 27719 de reconocimiento,declaración y cal i f icación de losd e r e c h o s p e n s i o n a r i o s l e g a l m e n t eobtenidos al amparo del Decreto-Leynúm. 20530 y sus normas modificatoriasy complementar ias .

El Peruano, 2002-05-12, núm. 7994,pág. 222872 (INFORM P60596)Contempla, entre otras cuestiones, el reconocimiento, declaración y pago de los derechos pensionarios del Decreto-Ley núm. 20530, las instancias administrativas, la información de las resoluciones, las reprogramaciones presupuestales, las entidades privatizadas o disueltas, la nivelación y pago de las pensiones y la continuidad del pago.

Texto(s) básico(s): (PER-1974-L-26388) 1974-02-26. Decreto-ley núm.20530 por el que se establece el régimen de pensiones y compensacionespor servicios civiles prestados al Estado no comprendidos en el decreto-ley núm. 19990.

Texto(s) modificador(es): (PER-2003-L-66261) 2003-12-04. Ley núm.28115 que amplía y precisa los alcances de la Ley núm. 27719, Ley dereconocimiento, declaración y calificación de los derechos pensionarioslegalmente obtenidos al amparo del Decreto-ley núm. 20530 y sus normasmodificatorias y complementarias.

P E R - 2 0 0 2 - L - 6 1 1 9 2

2 0 0 2 - 0 4 - 1 8

L e y n ú m . 2 7 7 0 0 q u e p r e c i s a e ld e r e c h o d e l o s t r a b a j a d o r e s q u ecesan de mantener su seguro de vida.

El Peruano, 2002-04-20, núm. 7972,pág. 221630 (INFORM P60596)Precisa que los trabajadores que dejen de desempeñar un empleo o cargo por causas no incluidas dentro del supuesto del artículo 18 del Decreto Legislativo núm. 688 y decidan mantener su seguro de vida, asumirán por su cuenta el pago de la prima que se calculará aplicando la tasa establecida en el artículo 10 del Decreto Legislativo núm. 688.

Fecha de entrada en vigor: 2002-04-21

Texto(s) básico(s): (PER-1991-L-29357) 1991-11-04. Decreto legislativonúm. 688 por el que se crea la ley de consolidación de beneficios sociales.

P E R - 2 0 0 2 - L - 6 0 5 5 2

2 0 0 2 - 0 1 - 2 3

Ley núm. 27655 que precisa el montode la pensión mínima en el régimendel decreto-ley núm. 19990.

El Peruano, 2002-01-29, núm. 7891,pág. 216516 (INFORM P60596)Precisa que el monto de la Pensión Mínima en el Régimen del decreto-ley núm. 19990 a que se refiere la única disposición transitoria de la Ley núm. 27617 recae sobre las pensiones percibidas con un mínimo de 20 años de aportación al Sistema Nacional de Pensiones. Dispone que los valores mínimos aplicables a las pensiones que no cumplan con el requisito de años de aportación señalado serán determinados con arreglo a los dispuesto por el artículo 7 del decreto legislativo núm. 817.

Texto(s) básico(s): (PER-1973-L-15770) 1973-04-24. Decreto-ley 19990por el que se crea el sistema nacional de pensiones de la seguridad social,en substitución de los sistemas de pensiones de las cajas de pensionesde la Caja Nacional del Seguro Social y del Seguro Social del Empleadoy del Fondo especial de jubilación de empleados particulares.

P E R - 2 0 0 1 - L - 6 0 2 5 7

2 0 0 1 - 1 1 - 2 4

L e y n ú m . 2 7 5 6 2 q u e m o d i f i c a e lartículo 80 de la ley del SistemaNacional de Pensiones de la SeguridadSocial, sobre adelanto del trámitede pensión de jubilación.

El Peruano, 2001-11-25, núm. 7826,págs. 213063-213064 (INFORM P60596)El artículo modificado se refiere al derecho a la prestación, la cual se genera en la fecha en que se produce la contingencia.

P E R - 2 0 0 1 - L - 6 0 2 5 6

2 0 0 1 - 1 1 - 2 4

L e y n ú m . 2 7 5 6 1 q u e p r e c i s a l aa p l i c a c i ó n d e l d e c r e t o - l e y n ú m .19990 para el otorgamiento de laspensiones de jubi lac ión.

El Peruano, 2001-11-25, núm. 7826,pág. 213063 (INFORM P60596)Regula, entre otros aspectos, el plazo para expedición de pensión de jubilación, la revisión de oficio de pensiones de jubilación y la inclusión de trabajadores en el procedimiento del Decreto-ley núm. 19990.

P E R - 2 0 0 1 - R - 6 0 2 5 2

2 0 0 1 - 0 5 - 0 3

Dec re to Sup remo núm. 086 -2001 -EFp o r e l c u a l s e e s t a b l e c e nd i s p o s i c i o n e s r e l a t i v a s a l o st r á m i t e s a d m i n i s t r a t i v o s q u e s erealicen para acceder a la prestaciónde r i vada de l r ég imen pens iona r i odel Decreto-Ley núm. 20530.

Actualidad Laboral, 2001-05-01, núm.299, págs. 52-54 (INFORM P48761)Tiene por objeto precisar y unificar la normatividad pensionaria relacionada con las dependencias ante las cuales se iniciarán, proseguirán y resolverán las solicitudes y reclamaciones de los administrados en los diversos trámites administrativos que realicen con el propósito de acceder a una prestación derivada del régimen del decreto-ley núm. 20530.

P E R - 2 0 0 1 - R - 6 0 2 5 1

2 0 0 1 - 0 5 - 0 3

Dec re to Sup remo núm. 082 -2201 -EFp o r e l c u a l s e e s t a b l e c e ndisposiciones para la acreditaciónde años de aportación al s istemanacional de pensiones.

Actualidad Laboral, 2001-05, núm.299, págs. 45-47 (INFORM P48761)Establece que para efecto de acreditar los años de aportación al Sistema Nacional de Pensiones, se deberá tener en cuenta los documentos a que hace referencia el artículo 54 del Reglamento del decreto-ley núm. 19990, aprobado mediante Decreto Supremo núm. 011-74-TR. Dispone, asimismo, sobre el período máximo de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones.

P E R - 2 0 0 1 - M - 5 9 1 3 9

2 0 0 1 - 0 1 - 3 1

Circular núm. AFP-004-2001 por laq u e s e e s t a b l e c e n d i s p o s i c i o n e spara el otorgamiento de pensiones des o b r e v i v e n c i a e n e l á m b i t o d e lsistema privado de pensiones.

Actualidad Laboral, 2001-02-01, núm.296, págs. 77-78 (INFORM P48761)

Fecha de entrada en vigor: 2001-02-05

Texto(s) básico(s): (PER-1998-M-50823) 1998-06-17. Resolución núm.232-98-EF/SAFP, del 17 de junio de 1998, por la que se aprueba el TítuloVII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias delSistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido aPrestaciones.

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 9 1 3 7

2 0 0 0 - 1 2 - 2 8

Resolución SBS núm. 939-2000 por laque se modifica el anexo del títuloV d e l c o m p e n d i o d e n o r m a s d es u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o aaf i l iación y aportes.

Actualidad Laboral, 2001-02-01, núm.296, pág. 58 (INFORM P48761)Modifica el Anexo XXIV del Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolución núm. 080-98-EF/SAFP.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-M-49278) 1998-03-05. Resolución núm.080-98-EF/SAFP por la cual se aprueba el Título V del Compendio deNormas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado deAdministración de Fondos de Pensiones, referido a Afiliación y Aportes.

P E R - 2 0 0 1 - R - 5 9 1 3 4

2 0 0 1 - 0 1 - 1 5

Dec re to Sup remo núm. 009 -2001 -EFpor el que se aprueba el Reglamentode las leyes núms. 27358 y 27389, querestablecen vigencia del régimen dereprogramación de aportes al fondode pens iones.

Actualidad Laboral, 2001-02-01, núm.296, págs. 36-39 (INFORM P48761)Dispone, entre otras cuestiones, sobre los empleadores que han perdido los beneficios del Régimen de Reprogramación de Aportes al Fondo de Pensiones- REPRO-AFP-, los empleadores que nunca se acogieron a dicho régimen, los requisitos para el acogimiento, los factores de actualización, los pagos a cuenta, los pagos al contado, el factor de financiamiento, el interés moratorio, la cobranza judicial de las cuotas, la cancelación y acreditación, el efecto cancelatorio de pagos efectuados en programas de fraccionamiento anteriores y las normas aplicables. En sus cuatro disposiciones finales contempla los empleadores que no han perdido los beneficios del REPRO-AFP, el alcance del efecto cancelatorio, la conciliación de deuda del Sector Público y las Normas complementarias.

Texto(s) básico(s): (PER-1999-L-53481) 1999-05-31. Ley núm. 27130 queestablece el régimen de reprogramación de aportes al fondo de pensiones(REPRO-AFP).

8

P E R - 2 0 0 0 - L - 5 7 1 3 4

2 0 0 0 - 0 1 - 1 7

Dec re to Sup remo núm. 004 -2000 -EFpor el que se establecen l ímitespara inversiones que realicen fondosde pensiones en acciones de empresascomprendidas en proceso de promociónde la inversión privada.

Actualidad Laboral, 2000-01, núm.283, págs. 46-47 (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. Decreto Supremonúm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenado de la leydel sistema privado de administración de fondos de pensiones.

P E R - 2 0 0 0 - L - 5 7 0 8 5

2 0 0 0 - 0 1 - 0 6

Ley núm. 27252 que es tab lece e lde recho de j ub i l ac i ón an t i c i padap a r a t r a b a j a d o r e s a f i l i a d o s a ls is tema pr ivado de pens iones querealizan labores que implican riesgopara la vida o la salud.

Actualidad Laboral, 2000-06, núm.288, págs. 19-20 (INFORM)Prescribe que los trabajadores afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que realicen labores en condiciones que impliquen riesgo para la vida o la salud proporcionalmente creciente a su edad y cuenten con los requisitos mínimos que señale el Reglamento de la presente Ley, podrán acceder a los beneficios de jubilación anticipada en el ámbito del sistema Privado de Pensiones. Con esta finalidad se crea el Bono de Reconocimiento Complementario, emitido por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

P E R - 2 0 0 0 - L - 5 6 7 0 5

2 0 0 0 - 0 7 - 1 3

Ley núm. 27328 que incorpora bajo elc o n t r o l y s u p e r v i s i ó n d e l asuperintendencia de banca y segurosa las administradoras pr ivadas defondos de pensiones.

El Peruano, 2000-07-24, núm. 7336,págs. 190835-190836 (INFORM)

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 6 5 4 3

2 0 0 0 - 0 3 - 0 6

Dec re to Sup remo núm. 018 -2000 -EFpor el que se modifica el reglamentodel texto único ordenado de la leydel sistema privado de administraciónde fondos de pensiones

Actualidad Laboral. Revista Informativade Trabajo, 2000-02, núm. 284, págs.33-34 (INFORM)

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 6 1 4 8

2 0 0 0 - 0 3 - 2 9

R e s o l u c i ó n n ú m . 1 2 3 - 2 0 0 0 - E F / S A F Ppor la que se aprueba el subcapítulocorrespondiente al capítulo III deltítulo IX del compendio de normas des u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o ac a l i f i c a c i ó n y c l a s i f i c a c i ó n d ei n v e r s i o n e s .

El Peruano, 2000-03-31, núm. 7221,págs. 185258-185259. (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1998-M-50225) 1998-07-24. Resolución núm.284-98-EF/SAFP por la cual se aprueba el Título X del Compendio deNormas Reglamentarias del Sistema Privado de Fondos de Pensiones,referido a Definiciones y Equivalencias de las Categorías de Riesgo.

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 6 1 4 7

2 0 0 0 - 0 3 - 2 9

R e s o l u c i ó n n ú m . 1 2 2 - 2 0 0 0 - E F / S A F Ppor la que se modifica el título VId e l c o m p e n d i o d e n o r m a s d es u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o ai n v e r s i o n e s .

El Peruano, 2000-03-31, núm. 7221,págs. 185256-185258 (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1998-M-50822) 1998-02-10. Resolución núm.052-98-EF/SAFP, del 10 de febrero de 1998, por la que se aprueba el TítuloVI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias delSistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones referido aInversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53482) 1999-06-01. Resoluciónnúm. 188-99-EF/SAFP por la que se modifica artículo del Título VI delCompendio de Normas de Superintendencia, referido a inversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-52541) 1999-03-30. Resoluciónnúm. 097-99-EF/SAFP por la que se sustituye disposición transitoria delTítulo VI del Compendio de normas de superintendencia reglamentarias delsistema privado de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-51036) 1998-10-02. Resoluciónnúm. 390-98-EF/SAFP por la que se modifica el Título VI del Compendiode Normas del Sistema Privado de Pensiones, sobre tasas de encaje ycarta de fianza.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-50825) 1998-08-07. Resoluciónnúm. 302-98-EF/SAFP, del 7 de agosto de 1998, por la que se modificaresolución que aprobó título de compendio de normas de Superintendencia,referido a Inversiones.

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 5 5 7 9

2 0 0 0 - 0 1 - 2 1

Reso luc ión núm. 041 -2000-EF /SAFP,por la que se modifica el Título VIId e l C o m p e n d i o d e n o r m a s d es u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o ap r e s t a c i o n e s .

El Peruano, 2000-01-25, núm. 7155,págs. 183016-183020. (INFORM)

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 5 5 7 8

2 0 0 0 - 0 1 - 1 1

R e s o l u c i ó n n ú m . 0 2 8 - 2 0 0 0 - E F / S A F Ppor la que se modifica el Compendiod e n o r m a s d e s u p e r i n t e n d e n c i areglamentarias del sistema privadod e a d m i n i s t r a c i ó n d e f o n d o s d ep e n s i o n e s .

El Peruano, 2000-01-15, núm. 7145,págs. 182768. (INFORM)

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 5 1 6 0

1 9 9 9 - 1 2 - 0 2

Resolución núm. 379-99-EF/SAFP porla que se establecen disposicionesa p l i c a b l e s a l R é g i m e n d eReprogramación de Aportes al Fondod e P e n s i o n e s R E P R O - A F P , s o b r eacredi tación de pagos.

EL Peruano, 1999-12-04, núm. 7103,págs. 180952-180955. (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1999-L-53481) 1999-05-31. Ley núm. 27130 queestablece el régimen de reprogramación de aportes al fondo de pensiones(REPRO-AFP).

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 4 5 3 7

1 9 9 9 - 1 1 - 2 6

Resolución núm. 375-99-EF/SAFP, de26 de noviembre de 1999, por la quese modifica el Título VI del Compendiod e n o r m a s d e s u p e r i n t e n d e n c i a ,refer ido a inversiones.

El Peruano, 1999-11-30, núm. 7099,págs. 180785-180786. (INFORM)Las enmiendas hacen referencia al déficit y superavit de encaje, al déficit de encaje por reducción en la clasificación de riesgo y a la carta fianza.

9

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 4 5 3 6

1 9 9 9 - 1 1 - 1 8

Resolución núm. 374-99-EF/SAFP, del18 de noviembre de 1999, por la quese modifican artículos del Título VId e l C o m p e n d i o d e n o r m a s d es u p e r i n t e n d e n c i a r e f e r i d o ai n v e r s i o n e s .

El Peruano, 1999-11-21, núm. 7090,pág. 180461. (INFORM)Las enmiendas hacen referencia a la clasif icación de riesgo credit icio.

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 3 7 9 8

1 9 9 9 - 0 8 - 0 6

Resolución núm. 269-99-EF/SAFP porla que se aprueba el Capítulo XV delTítulo VII del Compendio de normasd e s u p e r i n t e n d e n c i a r e f e r i d o a lreg is t ro de las ins t i tuc iones decus tod ia ex t ran je ras .

El Peruano, 1999-08-08, núm. 6985,págs. 176613-176614. (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1998-M-49495) 1998-03-24. Resolución núm.115-98-EF/SAFP por la cual se aprueba el Título VIII del Compendio deNormas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado deAdministración de Fondos de Pensiones, referido a Registro.

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 3 7 9 5

1 9 9 9 - 0 7 - 2 2

Resolución núm. 251-99-EF/SAFP, porla que se modifica el Título XII delC o m p e n d i o d e n o r m a s d es u p e r i n t e n d e n c i a r e f e r i d o as a n c i o n e s .

El Peruano, 1999-07-23, núm. 6969,págs. 176117-176118. (INFORM)L a e n m i e n d a h a c e r e f e r e n c i a a l a p u b l i c a c i ó n d e l a s s a n c i o n e s .

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 3 4 8 7

1 9 9 9 - 0 6 - 2 4

Resolución núm. 222-99-EF/SAFP porla que se establece los procedimientoscomplementar ios y operat ivos paral a a p l i c a c i ó n d e l R é g i m e n d ereprogramación de aportes al Fondode pensiones REPRO-AFP.

El Peruano, 1999-06-26, núm. 6941,págs. 174681-174692. (INFORM)Aborda, entre otras cuestiones, el pago de las obligaciones corrientes, el factor de actualización, la determinación de la deuda, los pagos a cuenta a considerar, el pago al contado, el factor de financiamiento, los cupones, el pago de cuotas, y la perdida del beneficio.

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 3 4 8 5

1 9 9 9 - 0 6 - 1 6

Resolución núm. 211-98-EF/SAFP porla que se modifica el Título X delC o m p e n d i o d e N o r m a s d eS u p e r i n t e n d e n c i a r e f e r i d o ac a l i f i c a c i ó n y c l a s i f i c a c i ó n d ei n v e r s i o n e s .

El Peruano, 1999-06-18, núm. 6933,págs. 174395-174398. (INFORM)

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 3 4 8 3

1 9 9 9 - 0 6 - 0 8

Resolución núm. 185-99-EF/SAFP porla que se modifican artículos delTítulo V del Compendio de Normas deS u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o af i l iación y aportes.

El Peruano, 1999-06-10, núm. 6925,págsa. 174082-174095. (INFORM)

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-L-57085) 2000-01-06. Ley núm.27252 que establece el derecho de jubilación anticipada para trabajadoresafiliados al sistema privado de pensiones que realizan labores que implicanriesgo para la vida o la salud.

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 3 4 8 2

1 9 9 9 - 0 6 - 0 1

Resolución núm. 188-99-EF/SAFP porla que se mod i f i ca a r t ícu lo de lTítulo VI del Compendio de Normas deS u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o ai n v e r s i o n e s .

El Peruano, 1999-06-03, núm. 6918,pág. 173877. (INFORM)L a e n m i e n d a a f e c t a l a s o p e r a c i o n e s d e e n d e u d a m i e n t o .

P E R - 1 9 9 9 - L - 5 3 4 8 1

1 9 9 9 - 0 5 - 3 1

Ley núm. 27130 que es tab lece e lrégimen de reprogramación de aportesal fondo de pensiones (REPRO-AFP).

El Peruano, 1999-06-02, núm. 6917,págs. 173795-173797. (INFORM)La presente ley se aplica a los empleadores que mantengan deuda pendiente con el Sistema Privado de Pensiones. Entre otras cuestiones, la ley aborda: el plazo para el acogimiento, la actualización de la deuda, las formas de pago, la pérdida del beneficio, y su vigencia.

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 2 8 1 1

1 9 9 9 - 0 4 - 1 4

Resolución núm. 119-99-EF/SAFP porla que se aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones de la SAFP(Superintendencia de AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones)

El Peruano, 1999-04-23, núm. 6877,págs. 172427-172432. (INFORM)El reglamento contempla la naturaleza, finalidad, objetivos y funciones generales de organización de la SAFP, así como sus funciones específicas, sus facultades, sus atribuciones y su régimen laboral y económico.

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 2 5 4 1

1 9 9 9 - 0 3 - 3 0

Resolución núm. 097-99-EF/SAFP porl a q u e s e s u s t i t u y e d i s p o s i c i ó nt r a n s i t o r i a d e l T í t u l o V I d e lC o m p e n d i o d e n o r m a s d esuperintendencia reglamentarias delsistema privado de pensiones.

El Peruano, 1999-03-31, núm. 6854,págs. 171551-171552. (INFORM)Dicha disposición hace referencia a la aplicación de normas de custodia.

P E R - 1 9 9 9 - M - 5 2 2 3 7

1 9 9 9 - 0 2 - 0 8

Resolución núm. 044-99/EF-SAFP, porla que se modifica el Título V delC o m p e n d i o d e n o r m a s d eSuperindendencia reglamentarias dels is tema pr ivado de admin is t rac iónde fondos de pensiones.

El Peruano, 1999-02-10, núm. 6805,págs.169705-169706. (INFORM)I n t r o d u c e v a r i a s e n m i e n d a s a l t e x t o d e l T í t u l o V .

P E R - 1 9 9 9 - M - 5 2 2 3 6

1 9 9 9 - 0 2 - 0 4

Resolución núm. 042-99/EF/SAFP, porla que se sustituyen artículos delTítulo IV del Compendio de normas deS u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o ainformación al afiliado y al públicoen general .

El Peruano, 1999-02-10, núm. 6805,págs. 169704-169705. (INFORM)Aporta varias enmiendas en materia de definiciones, función informativa, y observaciones sobre el material informativo.

P E R - 1 9 9 9 - M - 5 2 2 3 3

1 9 9 9 - 0 2 - 1 9

Resolución núm. 053-99-EF/SAFP, porla que se modifica el Título V delC o m p e n d i o d e n o r m a s d e l S i s t e m aprivado de administración de fondosde pensiones, referido a afiliacióny aportes.

El Peruano, 1999-02-20, núm. 6815,págs. 170074-170075. (INFORM)Enmienda el artículado de dicho título en materia de nulidad de contrato.

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P E R - 1 9 9 8 - L - 5 1 3 9 7

1 9 9 8 - 1 2 - 2 3

Ley núm. 27023, de 22 de diciembre,por la que se modifica el artículo26° de la Ley del Sistema Nacionald e P e n s i o n e s , r e f e r i d a a l adeclaración de inval idez.

El Peruano, 1998-12-24, núm. 6756,pág. 167903. (INFORM)Establece la necesidad de presentar un certificado médico de invalidez emitido por el Instituto Peruano de Seguridad Social en el momento de la solicitud de una pensión de invalidez. En los casos de enfermedad terminal o irreversible, se exhime de la obligación de presentar una comprobación periódica del estado de invalidez.

P E R - 1 9 9 8 - R - 5 1 3 9 6

1 9 9 8 - 1 2 - 0 9

Resolución núm. 538-98-EF/SAFP, de9 de diciembre, por la que se apruebael Título XI del Compendio de Normasdel Sistema Privado de Pensiones,r e f e r i d o a f u s i ó n , d i s o l u c i ó n yliquidación de las AFP y la fusiónde los fondos que administran.

El Peruano, 1998-12-12, núm. 6744,págs. 167173-167177. (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-R-55578) 2000-01-11. Resoluciónnúm. 028-2000-EF/SAFP por la que se modifica el Compendio de normasde superintendencia reglamentarias del sistema privado de administraciónde fondos de pensiones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 1 3 6 9

1 9 9 8 - 1 2 - 0 4

Resolución núm. 530-98-EF/SAFP porla que se sustituye el anexo delTítulo X del Compendio de normas des u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o adefiniciones y equivalencia de lascategorías de r iesgo.

El Peruano, 1998-12-08, núm. 6740,págs. 166996-166997. (INFORM)El anexo sustituido (el núm. 8) versa sobre las Equivalencias de acciones preferentes.

P E R - 1 9 9 8 - R - 5 1 3 3 0

1 9 9 8 - 1 1 - 1 2

Resolución núm. 470-98-EF/SAFP, del12 de noviembre de 1998, por la quese modifica el Compendio de normasdel sistema Privado de Pensiones enlo relat ivo al procedimiento paradeclarar la nulidad del contrato dea f i l i a c i ó n .

El Peruano, 1981-11, núm. 6717, págs.165825-165827. (INFORM)

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 1 0 3 6

1 9 9 8 - 1 0 - 0 2

Resolución núm. 390-98-EF/SAFP porla que se modifica el Título VI delC o m p e n d i o d e N o r m a s d e l S i s t e m aPrivado de Pensiones, sobre tasas deencaje y carta de fianza.

El Peruano, 1998-10-03, núm. 6674,págs. 164652-164653. (INFORM)

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 1 0 3 2

1 9 9 8 - 0 9 - 2 5

Resolución núm. 376-98-EF/SAFP, porla que se mod i f i ca a r t ícu lo de lTítulo VII del compendio de Normasdel Sistema Privado de Pensiones,aprobado por Res. N° 232-98-EF/SAFP

El Peruano, 1998-09-30, núm. 6671,págs. 164540-164541. (INFORM)Determina el tipo de cambio que hay que utilizar a efectos del cálculo de las pensiones de Renta Vitalicia Familiares y de Renta Vitalicia Diferida en dólares.

P E R - 1 9 9 8 - R - 5 0 8 4 7

1 9 9 8 - 0 9 - 2 5

Resoluc ión Jefatura l núm. 083-98-JEFATURA/ONP, del 25 de septiembrede 1998, por la que se aprueba ladirectiva que establece el trámiteanticipado de jubilación del sistemaNacional de Pensiones.

El Peruano, 1998-10-01, núm. 6672,págs. 164585-164591. (INFORM)Establece las normas y procedimientos administrativos a seguir a efectos que el asegurado obligatorio a través de su empleador o asegurado facultativo, pueda acogerse al Trámite Anticipado de Jubilación del Sistema nacional de Pensiones, desde seis meses antes de la fecha en que el asegurado desee jubilarse. Aborda la finalidad, la base legal, el alcance y el procedimiento. Adjunta diversos anexos: hoja de documentos, carta poder para el tramite anticipado de jubilación, y carta compromiso para asegurados facultativos.

Texto(s) básico(s): (PER-1973-L-15770) 1973-04-24. Decreto-ley 19990por el que se crea el sistema nacional de pensiones de la seguridad social,en substitución de los sistemas de pensiones de las cajas de pensionesde la Caja Nacional del Seguro Social y del Seguro Social del Empleadoy del Fondo especial de jubilación de empleados particulares.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 8

1 9 9 8 - 0 9 - 1 1

Resolución núm. 358-98-EF/SAFP, del11 de diciembre de 1998, por la quese Aprueba el Título XII del Compendiode Normas del Sistema Privado dePensiones, refer ido a sanciones.

El Peruano, 1998-09-15, núm. 6656,págs. 163966-163978. (INFORM)Establece las sanciones que se impondrán a los agentes que intervienen en el SPP (Sistema Privado de Pensiones) por las infracciones a la Ley, su Reglamento, al Compendio de Normas Reglamentarias del SPP y las disposiciones de carácter general o particular emitidas por la Superintendencia. Incorpora dos anexos: I) Infracciones pasibles de sanción a personas jurídicas; II) Infracciones pasibles de sanción a personas naturales.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53795) 1999-07-22. Resoluciónnúm. 251-99-EF/SAFP, por la que se modifica el Título XII del Compendiode normas de superintendencia referido a sanciones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 7

1 9 9 8 - 0 9 - 0 7

Resolución núm. 344-98-EF/SAFP, del7 de septiembre de 1998, por la quese Modifican títulos del Compendiode Normas del Sistema Privado deP e n s i o n e s .

El Peruano, 1998-09-10, núm. 6651,págs. 163808-163809. (INFORM)Aporta modificaciones a los Títulos: III referido a Gestión Empresarial, V referido a Afiliación y Aportes, y VII referido a Prestaciones.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 6

1 9 9 8 - 0 8 - 2 1

Resolución núm. 319-98-EF/SAFP, del21 de agosto de 1998, por la que seAprueba el Título IV del Compendiode Normas Reglamentarias del SistemaPrivado de Administración de Fondosde Pensiones, referido a Informaciónal Afiliado y Público en General.

El Peruano, 1998-08-28, núm. 6638,págs. 163439-163441. (INFORM)Indica el material informativo que debe ser difundido por la Superintendencia y por la Administradora Privada de Fondos de Pensiones.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-M-52236) 1999-02-04. Resoluciónnúm. 042-99/EF/SAFP, por la que se sustituyen artículos del Título IV delCompendio de normas de Superintendencia, referido a información alafiliado y al público en general.

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P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 5

1 9 9 8 - 0 8 - 0 7

Resolución núm. 302-98-EF/SAFP, del7 de agosto de 1998, por la que semodifica resolución que aprobó títulod e c o m p e n d i o d e n o r m a s d eS u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o aI n v e r s i o n e s .

El Peruano, 1998-08-10, núm. 6620,págs. 162937-162939. (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 4

1 9 9 8 - 0 7 - 3 0

Resolución núm. 291-98-EF/SAFP, del30 de julio de 1998, por la que seModifica resolución que aprobó títulod e l C o m p e n d i o d e N o r m a s d eS u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o aP r e s t a c i o n e s .

El Peruano, 1998-07-31, núm. 6610,págs. 162650-162654. (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 3

1 9 9 8 - 0 6 - 1 7

Resolución núm. 232-98-EF/SAFP, del17 de junio de 1998, por la que seaprueba el Título VII del Compendiod e N o r m a s d e S u p e r i n t e n d e n c i aReglamentarias del Sistema Privadod e A d m i n i s t r a c i ó n d e F o n d o s d ePensiones, referido a Prestaciones.

El Peruano, 1998-06-19, núm. 6568,págs. 160873-160927. (INFORM)Contempla: 1) Prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio: i) Aspectos generales, ii) Modalidades de pensión, iii) Pensión de jubilación, iv) Pensión de invalidez, v) Pensión de sobrevivencia, vi) Gastos de sepelio, vii) Pensiones preliminares, y viii) Régimen temporal. 2) Los procedimientos de evaluación y calificación del grado de invalidez y los organismos participantes (encargados de los mismos): i) La comisión técnica médica, ii) Comité médico de las AFP, iii) Comité médico de la Superintendencia, iv) Procedimientos administrativos de evaluación y calificación de invalidez, v) Procedimiento de evaluación de solicitudes de calificación de preexistencias en el SPP, vi) Procedimientos para la calificación de la exclusión de la cobertura del seguro por alcoholismo, drogadicción y suicidio. 3) Procedimiento de concurso de selección y ámbito de participación de las empresas de seguros en la administración de riesgos de invalidez sobrevivencia, gastos de sepelio y en el otorgamiento de prestaciones por productos básicos a adicionales en el SPP: i) Participación de las empresas de seguros en la administración de riesgos de invalidez, sobrevivencia a gastos de sepelio, ii) Convocatoria y bases del concurso, iii) Comité de adjudicación de la AFP, iv) Presentación de propuestas, v) Acto público de adjudicación, vi) Contrato de administración de riesgos de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, vii) Participación de las empresas de seguros. Incluye 14 anexos.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-R-55579) 2000-01-21. Resoluciónnúm. 041-2000-EF/SAFP, por la que se modifica el Título VII del Compendiode normas de superintendencia, referido a prestaciones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53487) 1999-06-24. Resoluciónnúm. 222-99-EF/SAFP por la que se establece los procedimientoscomplementarios y operativos para la aplicación del Régimen dereprogramación de aportes al Fondo de pensiones REPRO-AFP.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-51032) 1998-09-25. Resoluciónnúm. 376-98-EF/SAFP, por la que se modifica artículo del Título VII delcompendio de Normas del Sistema Privado de Pensiones, aprobado porRes. N° 232-98-EF/SAFP

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-50827) 1998-09-07. Resoluciónnúm. 344-98-EF/SAFP, del 7 de septiembre de 1998, por la que seModifican títulos del Compendio de Normas del Sistema Privado dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-50824) 1998-07-30. Resoluciónnúm. 291-98-EF/SAFP, del 30 de julio de 1998, por la que se Modificaresolución que aprobó título del Compendio de Normas de Superintendencia,referido a Prestaciones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 2

1 9 9 8 - 0 2 - 1 0

Resolución núm. 052-98-EF/SAFP, del10 de febrero de 1998, por la que seaprueba el Título VI del Compendiod e N o r m a s d e S u p e r i n t e n d e n c i aReglamentarias del Sistema Privadod e A d m i n i s t r a c i ó n d e F o n d o s d ePensiones refer ido a Inversiones.

El Peruano, 1998-02-11, núm. 6440,págs. 157221-157242. (INFORM)Contempla: 1) Disposiciones generales; 2) Mecanismos de negociación; 3) Condiciones específicas para la inversión de los recursos de las carteras administradas; 4) Valorización de las inversiones; 5) Rentabilidad; 6) Limites, restricciones, prohibiciones y excesos; 7) Garantías; 8)Custodia; 9)Política de inversiones; 10) Información a la superintendencia. Igualmente incluye doce (12) anexos.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-R-56147) 2000-03-29. Resoluciónnúm. 122-2000-EF/SAFP por la que se modifica el título VI del compendiode normas de superintendencia, referido a inversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-54537) 1999-11-26. Resoluciónnúm. 375-99-EF/SAFP, de 26 de noviembre de 1999, por la que se modificael Título VI del Compendio de normas de superintendencia, referido ainversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-54536) 1999-11-18. Resoluciónnúm. 374-99-EF/SAFP, del 18 de noviembre de 1999, por la que semodifican artículos del Título VI del Compendio de normas de superintendenciareferido a inversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53482) 1999-06-01. Resoluciónnúm. 188-99-EF/SAFP por la que se modifica artículo del Título VI delCompendio de Normas de Superintendencia, referido a inversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-52541) 1999-03-30. Resoluciónnúm. 097-99-EF/SAFP por la que se sustituye disposición transitoria delTítulo VI del Compendio de normas de superintendencia reglamentarias delsistema privado de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-51036) 1998-10-02. Resoluciónnúm. 390-98-EF/SAFP por la que se modifica el Título VI del Compendiode Normas del Sistema Privado de Pensiones, sobre tasas de encaje ycarta de fianza.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-50825) 1998-08-07. Resoluciónnúm. 302-98-EF/SAFP, del 7 de agosto de 1998, por la que se modificaresolución que aprobó título de compendio de normas de Superintendencia,referido a Inversiones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 6 5 0

1 9 9 8 - 0 8 - 2 1

Resolución ministerial núm. 070-98-TR por la que se regula la aplicaciónde la fianza a que se refieren losArtículos 5° y 7° del D.S. Núm. 004-9 8 - T R

El Peruano, 1998-08-24, núm. 6634,págs. 163338-163340.Regula la aplicación de la fianza que garantiza el pago de los derechos de los socios trabajadores de las coperativas de trabajadores y de los trabajadores de las empresas especiales de servicios, destacados a las empresas de usuarios. Con respecto a la carta de fianza, determina sus modalidades, el monto, su vigencia, renovación, reajuste, presentación, recepción, custodia, ejecución y pago.

Texto(s) básico(s): (PER-1999-R-53794) 1999-07-13. Resolución ministerialnúm. 107-99-TR que precisa el campo de aplicación de las cooperativasde trabajadores y empresas especiales de servicios de obtener fianzasolidaria en garantía de los derechos laborales de sus socios trabajadoresy trabajadores.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 2 2 5

1 9 9 8 - 0 7 - 2 4

Resolución núm. 284-98-EF/SAFP porla cual se aprueba el Título X delCompendio de Normas Reglamentariasdel Sistema Privado de Fondos dePensiones, referido a Definicionesy Equivalencias de las Categorías deR i e s g o .

El Peruano, 1998-07-28, núm. 6607,págs. 162615-162618 (INFORM)Determina los instrumentos de inversión en los cuales se invierten los recursos de las Carteras Administradas (Anexo I:Instrumentos de corto plazo, Anexo II: Instrumentos de largo plazo, Anexo III: Acciones preferentes, Anexo IV: Acciones y valores representativos de derechos sobre acciones en depósitos inscritos en bolsa de valores y certificados de suscripción preferente y, Anexo V: Cuotas de participación de fondos mutuos de inversión en valores y fondos de inversión) y las equivalencias aplicables para las calificaciones que emiten las empresas clasificadoras de riesgo (Anexos VI a X).

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Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53485) 1999-06-16. Resoluciónnúm. 211-98-EF/SAFP por la que se modifica el Título X del Compendiode Normas de Superintendencia referido a calificación y clasificación deinversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-51369) 1998-12-04. Resoluciónnúm. 530-98-EF/SAFP por la que se sustituye el anexo del Título X delCompendio de normas de superintendencia, referido a definiciones yequivalencia de las categorías de riesgo.

Texto(s) vinculado(s): (PER-1998-M-49495) 1998-03-24. Resoluciónnúm. 115-98-EF/SAFP por la cual se aprueba el Título VIII del Compendiode Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado deAdministración de Fondos de Pensiones, referido a Registro.

Texto(s) vinculado(s): (PER-1998-M-49278) 1998-03-05. Resoluciónnúm. 080-98-EF/SAFP por la cual se aprueba el Título V del Compendiode Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado deAdministración de Fondos de Pensiones, referido a Afiliación y Aportes.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 2 2 4

1 9 9 8 - 0 4 - 3 0

Resolución núm. 175-98-EF/SAFP porla cual se aprueba el Reglamento deOrganización y Funcionamiento de laSuperintendencia de AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones

El Peruano, 1998-05-16, núm. 6534,págs. 159896-159900 (INFORM)Determina la estructura orgánica de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SAFP), así como la composición, funciones, facultades y atribuciones de los órganos que la integran (Organos de alta dirección, de control interno, de asesoramiento, de apoyo y, de línea). También determina el régimen laboral y económico de la SAFP.

Fecha de entrada en vigor: 1998-05-16

Texto(s) básico(s): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. Decreto Supremonúm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenado de la leydel sistema privado de administración de fondos de pensiones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 4 9 4 9 5

1 9 9 8 - 0 3 - 2 4

Resolución núm. 115-98-EF/SAFP porla cual se aprueba el Título VIII delC o m p e n d i o d e N o r m a s d eSuperintendencia Reglamentarias delS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones, referido aR e g i s t r o .

El Peruano, 1998-03-26, núm. 6483,págs. 158476-158486 (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) vinculado(s): (PER-1998-M-50225) 1998-07-24. Resoluciónnúm. 284-98-EF/SAFP por la cual se aprueba el Título X del Compendiode Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Fondos de Pensiones,referido a Definiciones y Equivalencias de las Categorías de Riesgo.

P E R - 1 9 9 8 - M - 4 9 2 7 8

1 9 9 8 - 0 3 - 0 5

Resolución núm. 080-98-EF/SAFP porla cual se aprueba el Título V delC o m p e n d i o d e N o r m a s d eS u p e r i n t e n d e n c i a R e g l a m e n t a r i a sdel Sistema Privado de Administraciónde Fondos de Pensiones, referido aAf i l iación y Aportes.

El Peruano, 1998-03-05, núm. 6462,págs. 157876-157902 (INFORM)Regula la incorporación al SPP y el contrato de afiliación, las disposiciones a que debe ajustarse el archivo de afiliados así como la carpeta individual del afiliado y los traspasos; regula las causales de los contratos de afiliación, la multiafiliación, los aportes, la cuenta individual de capitalización, y los aportes voluntarios, entre otros. Asimismo, dispone sobre el pago y recaudación de aportes correspondientes a trabajadores dependientes.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-L-57085) 2000-01-06. Ley núm.27252 que establece el derecho de jubilación anticipada para trabajadoresafiliados al sistema privado de pensiones que realizan labores que implicanriesgo para la vida o la salud.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53486) 1999-06-18. Resoluciónnúm. 213-99-EF/SAFP por la que se incorporan artículos a los Títulos IIIy V del Compendio de Normas de Superintendencia y aprueban el“Reglamento de Inspección a empleadores”.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53483) 1999-06-08. Resoluciónnúm. 185-99-EF/SAFP por la que se modifican artículos del Título V delCompendio de Normas de Superintendencia, referido a filiación y aportes.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-M-52232) 1999-02-23. Resoluciónnúm.055-99/EF/SAFP, por la que se modifican los títulos III y V delCompendio de normas de Superintendencia reglamentarias del sistemaprivado de administración de fondos de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-M-52233) 1999-02-19. Resoluciónnúm. 053-99-EF/SAFP, por la que se modifica el Título V del Compendiode normas del Sistema privado de administración de fondos de pensiones,referido a afiliación y aportes.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-M-52237) 1999-02-08. Resoluciónnúm. 044-99/EF-SAFP, por la que se modifica el Título V del Compendiode normas de Superindendencia reglamentarias del sistema privado deadministración de fondos de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-R-51330) 1998-11-12. Resoluciónnúm. 470-98-EF/SAFP, del 12 de noviembre de 1998, por la que se modificael Compendio de normas del sistema Privado de Pensiones en lo relativoal procedimiento para declarar la nulidad del contrato de afiliación.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-50827) 1998-09-07. Resoluciónnúm. 344-98-EF/SAFP, del 7 de septiembre de 1998, por la que seModifican títulos del Compendio de Normas del Sistema Privado dePensiones.

Texto(s) vinculado(s): (PER-1998-M-50225) 1998-07-24. Resoluciónnúm. 284-98-EF/SAFP por la cual se aprueba el Título X del Compendiode Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Fondos de Pensiones,referido a Definiciones y Equivalencias de las Categorías de Riesgo.

P E R - 1 9 9 8 - R - 4 8 6 4 8

1 9 9 8 - 0 1 - 1 9

Decreto Supremo núm. 004-98-TR porel cual se aprueba Reglamento delTexto Unico Ordenado de la Ley delS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones.

El Peruano, 1998-01-21, núm. 6419,págs. 156614-156629 (INFORM)Establece los requisitos de constitución, organización y funcionamiento de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), los requisitos y limitaciones de su gestión y las características de las prestaciones que otorgan a sus afiliados. Pueden afiliarse los trabajadores dependientes, autónomos y los peruanos que trabajan en el exterior los cuales serán considerados autónomos. Las pensiones por invalidez y sobrevivencia no se podrán devengar si la muerte o invalidez hubiesen sido causadas por accidente de trabajo, enfermedad profesional, actos voluntarios o uso de sustancias alcohólicas o estupefacientes o de preexistencia. Corresponde al Comité Médico de las AFP (COMAFP), en primera instancia, la calificación de la invalidez y sus causas y la determinación de los casos excluídos. El Comité Médico de la Superintendencia, COMEC, califica en segunda y última instancia sobre la invalidez, causas y exclusiones. Los gastos correspondientes a los exámenes y procedimientos médicos requeridos a efectos de calificar la invalidez estarán a cargo del trabajador asegurado en un 20 por ciento.

Texto(s) básico(s): (PER-1999-R-53794) 1999-07-13. Resolución ministerialnúm. 107-99-TR que precisa el campo de aplicación de las cooperativasde trabajadores y empresas especiales de servicios de obtener fianzasolidaria en garantía de los derechos laborales de sus socios trabajadoresy trabajadores.

Texto(s) básico(s): (PER-1999-R-57442) 1999-07-13. Resolución Ministerialnúm. 059-98-TR por la cual se crea el registro de cooperativas detrabajadores.

Texto(s) básico(s): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. Decreto Supremonúm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenado de la leydel sistema privado de administración de fondos de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2002-R-62032) 2002-06-13. DecretoSupremo núm. 100-2002-EF que modifica el Reglamento del Texto UnicoOrdenado (TUO) de la Ley del Sistema Privado de Administración deFondos de Pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2002-R-62025) 2002-01-04. DecretoSupremo núm. 004-2002-EF que modifica el Reglamento del Texto UnicoOrdenado (TUO) de la Ley del Sistema Privado de Administración deFondos de Pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-R-56543) 2000-03-06. DecretoSupremo núm. 018-2000-EF por el que se modifica el reglamento del textoúnico ordenado de la ley del sistema privado de administración de fondosde pensiones

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P E R - 1 9 9 7 - R - 4 6 8 9 7

1 9 9 7 - 0 5 - 1 3

Decreto Supremo núm. 054-97-EF, porel que se aprueba el texto únicoo r d e n a d o d e l a l e y d e l s i s t e m aprivado de administración de fondosde pens iones.

El Peruano, 1997-05-14, núm. 6163,págs. 149171-149182 (INFORM)Se incorporan las modificaciones efectuadas a la ley núm. 25897, ley de creación del sistema privado de administración de fondos de pensiones, por las leyes núms. 26336 y 26504 y el decreto legislativo núm. 874. y se adecúan disposiciones al decreto legislativo núm. 861, ley del mercado de valores y al decreto legislativo núm. 862, ley de fondos de inversión. Título I: objeto, derecho de afiliación, cuentas individuales de capitalización. Título II:incorporación al SPP. Título III: Las AFP: constitución, organización, administración, inversiones, aportes, prestaciones. Las prestaciones en favor de los trabajadores incorporados al SPP son exclusivamente las de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio y no incluyen prestaciones de salud ni riesgos de accidentes de trabajo. Los pensionistas del SPP se encuentran comprendidos como asegurados obligatorios del régimen de prestaciones de salud establecido por el decreto núm. 22482. Además de las pensiones citadas, regula el control de las AFP, disolución y liquidación.

Texto(s) modificador(es): (PER-2005-L-70451) 2005-02-24. Ley núm.28470 que modifica el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privadode Administración de Fondos de Pensiones, aprobado mediante DecretoSupremo núm. 54-97-EF.

Texto(s) modificador(es): (PER-2003-L-64132) 2003-06-02. Ley núm.27988 modificatoria del Decreto Supremo núm. 054-97-EF, Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2003-R-63619) 2003-03-18. DecretoSupremo núm. 034-2003-EF por el que se modifica el artículo 65 delReglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado deAdministración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremonúm. 004-98-EF.

Texto(s) modificador(es): (PER-2001-L-60260) 2001-12-18. Ley núm.27617 que dispone la reestructuración del sistema nacional de pensionesdel decreto-ley núm. 19990 y modifica el decreto-ley 20530 y la ley delsistema privado de administración de fondos de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-L-55162) 1999-12-23. Ley núm.27242, por la que se modifica la Ley del sistema privado de administraciónde fondos de pensiones, Ley procesal del trabajo y la Ley orgánica del poderjudicial.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-L-53481) 1999-05-31. Ley núm.27130 que establece el régimen de reprogramación de aportes al fondo depensiones (REPRO-AFP).

P E R - 1 9 9 6 - L - 4 5 7 6 8

1 9 9 6 - 1 1 - 0 4

Decreto Legislativo núm. 874 por elcual se dictan normas modificatoriasy complementar ias a l Rég imen de lSistema Privado de Pensiones.

El Peruano, 1996-11-05, núm. 5971,págs. 144061-144062 (INFORM)Trata de la afiliación y cotizaciones al Sistema Privado de Pensiones(SPP). Dispone, entre otros, que cuando un trabajador no afiliado al SPP ingrese a laborar a un centro de trabajo el empleador deberá obligatoriamente afiliarlo a una AFP de su elección. El trabajador puede manifestar dentro de un plazo de 10 días su deseo de permanecer o incorporarse en el Sistema Nacional de Pensiones. El empleador que contrate como independiente a quien por la naturaleza de los servicios prestados tiene la calidad de dependiente, será responsable de regularizar todos los aportes al SPP. Los afiliados al SPP se encuentran facultados a efectuar aportes voluntarios con y sin fin previsional.

Texto(s) modificador(es): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. DecretoSupremo núm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenadode la ley del sistema privado de administración de fondos de pensiones.

P E R - 1 9 9 6 - R - 4 5 2 7 4

1 9 9 6 - 0 7 - 2 9

Decreto Supremo núm. 074-96-EF porel cual modifican el reglamento delS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones.

El Peruano, 1996-07-04, núm. 5846,págs. 140866-140867 (INFORM)

Texto(s) vinculado(s): (PER-1992-L-31569) 1992-11-27. Decreto ley núm.25897, por el que se crea el sistema privado de administración de fondosde pensiones (SPP) conformado por las administradoras privadas defondos de pensiones (AFP).

P E R - 1 9 9 6 - R - 4 4 7 5 7

1 9 9 6 - 0 7 - 2 5

Decreto Supremo núm. 079-96-EF porel cual autorizan a la Oficina deNormal izac ión Prev is ional , emis iónde bonos de reconocimiento a fin dea t e n d e r r e q u e r i m i e n t o s d etrabajadores que se incorporen alS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones.

El Peruano, 1996-07-26, núm. 5868,pág. 141413 (INFORM)

P E R - 1 9 9 6 - R - 4 4 4 2 6

1 9 9 6 - 0 6 - 2 9

Decreto Supremo núm. 073-96-EP, porla que apreuban el reglamento de laley del régimen previsional a cargodel Estado.

El Peruano, 1996-06-30, núm. 5842,págs. 140722-140724 (INFORM)

P E R - 1 9 9 6 - L - 4 4 4 2 3

1 9 9 6 - 0 6 - 1 5

Ley núm. 26645 por la que modificanla Ley de Consolidación de BeneficiosS o c i a l e s .

El Peruano, 1996-06-27, núm. 5839,pág. 140602 (INFORM)Se permite emitir pólizas colectivas por grupos de empleadores para cubrir el seguro de vida.

P E R - 1 9 9 6 - M - 4 3 2 5 3

1 9 9 6 - 0 1 - 2 9

Resolución núm. 047-96-EF/SAFP porla cual se precisan alcances de laexclusión de afiliados de la coberturad e l s e g u r o d e i n v a l i d e z ,sobrevivencia y gastos de sepelio.

El Peruano, 1996-02-02, núm. 5690,págs. 137244-137245 (INFORM)Opera la exclusión en siniestros de invalidez cuando haya sido causada por el alcoholismo o drogadicción del afiliado o cuando el afiliado se cause a sí mismo invalidez, voluntariamente y en estado de conciencia normal. Asimismo, en siniestros de sobrevivencia en el supuesto de suicidio del afiliado dentro del año posterior a su incorporación al SPP. En los casos de invalidez o fallecimiento posterior a la vigencia de esta resolución para que las mismas sean causa de exclusión el tiempo transcurrido entre la fecha de incorporación al SPP y la fecha de ocurrencia de la invalidez o fallecimiento deberá ser menor de seis meses.

P E R - 1 9 9 5 - M - 4 2 6 3 9

1 9 9 5 - 1 2 - 0 5

Resolución núm. 484-95-EF/SAFP porla cual se aprueba y modifica normasde super in tendencia reglamentar iasdel Sistema Privado de Administraciónde Fondos de Pensiones, en materiade otorgamiento de prestaciones y deregistro de empresas de seguros.

El Peruano, 1995-12-10, núm. 5634,págs. 136012-136032 (INFORM)

P E R - 1 9 9 5 - M - 4 2 3 9 9

1 9 9 5 - 1 1 - 0 7

Resolución núm. 448-95-EF/SAFP porla cual se sustituyen tablas de laresolución núm. 058-94-EF/SAFP, quea p r o b ó n o r m a s r e f e r i d a s a l aevaluación y calificación del gradode inva l idez.

El Peruano, 1995-11-17, núm. 5612,págs. 135515-135540 (INFORM)

P E R - 1 9 9 5 - M - 4 2 3 9 8

1 9 9 5 - 0 9 - 2 2

Resolución núm. 376-95-EF/SAFP porla cual se crea en el registro de laSAFP la Sección “Registro de Accionese m i t i d a s p o r p e r s o n a s j u r í d i c a sconst i tuídas en el extranjero”.

El Peruano, 1995-09-24, núm. 5557,págs. 134366-134367 (INFORM)

P E R - 1 9 9 5 - M - 4 2 3 9 7

1 9 9 5 - 0 8 - 2 3

Resolución núm. 335-95-EF/SAFP porl a c u a l s e d i c t a n d i s p o s i c i o n e sreferidas al traspaso de los afiliadosque decidan cambiar de AFP.

El Peruano, 1995-08-26, núm. 5527,págs. 133829-133845 (INFORM)Se deberá haber cotizado al menos durante los seis meses anteriores a la solicitud de traspaso y pagado la compensación por traspaso la cual constituye una contraprestación a los gastos originados por el procedimiento de traspaso y será una cantidad fija e igual para todos los afiliados al SPP.

Fecha de entrada en vigor: 1995-11-01

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-49278) 1998-03-05. Resoluciónnúm. 080-98-EF/SAFP por la cual se aprueba el Título V del Compendiode Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado deAdministración de Fondos de Pensiones, referido a Afiliación y Aportes.

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P E R - 1 9 9 5 - M - 4 1 3 5 7

1 9 9 5 - 0 7 - 1 8

Resolución núm. 297-95-EF/SAFP porla cual modif ican el formato delcon t ra to de a f i l i a c i ón , ap robadopor la Resolución núm. 035-93-EF/S A F P .

El Peruano, 1995-07-19, núm. 5488,págs. 133191-133193 (INFORM)

Texto(s) modificador(es): (PER-1995-M-42397) 1995-08-23. Resoluciónnúm. 335-95-EF/SAFP por la cual se dictan disposiciones referidas altraspaso de los afiliados que decidan cambiar de AFP.

P E R - 1 9 9 5 - M - 4 1 3 5 5

1 9 9 5 - 0 7 - 2 6

R e s o l u c i ó n n ú m . 3 0 9 - 9 5 - E F / S A F P(Superintendencia de AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones) porla cual se establecen los requisitosque deben cumplir los valores en quepueden invertir las AFP los recursosde los fondos que administran.

El Peruano, 1995-07-27, núm. 5496,págs. 133357-133358 (INFORM)Simplifica el procedimiento de compra o venta de valores mobiliarios que efectúen las AFP, con los recursos del Fondo que administren cuando se trate de operaciones que se realicen con pagarés avalados, con la finalidad de agilizar estas transacciones.

P E R - 1 9 9 5 - L - 4 0 9 8 7

1 9 9 5 - 0 7 - 0 8

Ley núm. 26504 por la que modificanel régimen de prestaciones de salud,el Sistema Nacional de Pensiones, elSistema Privado de Fondos de Pensionesy la estructura de contribuciones alF O N A V I .

El Peruano, 1995-07-18, núm. 5487,págs. 133163-133164 (A22 A22/C102)Los pensionistas del sistema privado de pensiones (SPP) se encuentran comprendidos como asegurados obligatorios en el régimen de prestaciones de salud, en las mismas condiciones que los afiliados al sistema nacional de pensiones (SNP). Se eleva a 65 años la edad mínima de jubilación en el SNP, equiparándose las diferencias con el SPP y entre hombres y mujeres. Se regulan las posibilidades de cambiar de AFP. Se prevé que, por decreto supremo, se establecerán los requisitos y condiciones que permitan al SPP garantizar una pensión mínima de jubilación a sus afiliados. Se reduce -entre el 1.o de agosto de 1995 y el 31 de diciembre de 1996- el porcentaje de aporte básico a las AFP; y se aumenta (a partir del 1.o de enero de 1997) el aporte de los afiliados al SNP. Los trabajadores que ingresen por primera vez a la actividad laboral deberán informar a su empleador si optan por incorporarse al SNP o al SPP, debiendo el empleador, en defecto de ello, considerar que optaron por el SPP.

P E R - 1 9 9 2 - R - 3 2 6 4 3

1 9 9 2 - 1 2 - 0 6

Decreto supremo núm. 206-92-EF porel que se aprueba el reglamento deldecreto ley núm. 25897 que regula els is tema pr ivado de admin is t rac iónde fondos de pensiones - SPP.

El Peruano, 1992-12-07, págs. 110960-110970 (DOC.NORMES ; SECSOC)El presente reglamento establece los requisitos de constitución, organización y funcionamiento de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP); los requisitos y limitaciones de su gestión y las características de las prestaciones que ortogan a sus afiliados.

Texto(s) básico(s): (PER-1992-L-31569) 1992-11-27. Decreto ley núm.25897, por el que se crea el sistema privado de administración de fondosde pensiones (SPP) conformado por las administradoras privadas defondos de pensiones (AFP).

Texto(s) modificador(es): (PER-1996-R-45274) 1996-07-29. DecretoSupremo núm. 074-96-EF por el cual modifican el reglamento del SistemaPrivado de Administración de Fondos de Pensiones.

P E R - 1 9 9 3 - M - 3 2 4 3 1

1 9 9 3 - 0 2 - 2 4

Resolución núm. 019-93-EF-SAFP, porel que se aprueba el Título II delc o m p e n d i o d e n o r m a s d esuperintendencia reglamentarias dels is tema pr ivado de admin is t rac iónde fondos de pensiones.

El Peruano, 1993-02-26, núm. 4618,pág. 113147 (INFORM)Conforme a lo dispuesto por el artículo 54, inciso b) del decreto ley núm. 25897, corresponde a la Superintendencia de administradoras privadas de fondos de pensiones, autorizar la organización y el funcionamiento de las administradoras privadas de fondos de pensiones.

Texto(s) básico(s): (PER-1992-L-31569) 1992-11-27. Decreto ley núm.25897, por el que se crea el sistema privado de administración de fondosde pensiones (SPP) conformado por las administradoras privadas defondos de pensiones (AFP).

P E R - 1 9 9 3 - M - 3 2 4 3 0

1 9 9 3 - 0 2 - 2 4

Resolución núm. 018-93-EF-SAFP, porla que se aprueban los títulos delc o m p e n d i o d e n o r m a s d esuperintendencia reglamentarias dels is tema pr ivado de admin is t rac iónde fondos de pensiones.

El Peruano, 1993-02-26, núm. 4618,pág. 113-147 (INFORM)Conforme al artículo 54 del decreto ley núm. 25897, la Superintendencia está facultada a reglamentar el funcionamiento de la administradoras privadas del fondo de pensiones, su fiscalización, así como regular el otorgamiento de las prestaciones que brinden.

Texto(s) básico(s): (PER-1992-L-31569) 1992-11-27. Decreto ley núm.25897, por el que se crea el sistema privado de administración de fondosde pensiones (SPP) conformado por las administradoras privadas defondos de pensiones (AFP).

P E R - 1 9 9 2 - L - 3 1 5 6 9

1 9 9 2 - 1 1 - 2 7

Decreto ley núm. 25897, por el ques e c r e a e l s i s t e m a p r i v a d o d eadministración de fondos de pensiones( S P P ) c o n f o r m a d o p o r l a sadministradoras privadas de fondosde pensiones (AFP).

El Peruano, 1992-12-06, núm.4532(sepa ra ta ) , págs . 110939 -110952(DOC.NORMES)La incorporación al SPP se efectúa a través de la afiliación a una AFP, que es voluntaria para todos los trabajadores dependientes o independientes. Se establecen las condiciones de ingreso al SPP y de eventual retorno al IPSS, la forma de constitución, organización y administración del fondo de pensiones de las AFP, etc. El fondo de pensiones está constituído por los aportes obligatorios y voluntarios de los trabajadores y los aportes voluntarios de los empleadores.

Texto(s) modificador(es): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. DecretoSupremo núm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenadode la ley del sistema privado de administración de fondos de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1996-R-45272) 1996-09-25. DecretoLegislativo núm. 856 por el cual precisan alcances y prioridades de loscréditos laborales.

Texto(s) modificador(es): (PER-1995-L-40987) 1995-07-08. Ley núm.26504 por la que modifican el régimen de prestaciones de salud, el SistemaNacional de Pensiones, el Sistema Privado de Fondos de Pensiones y laestructura de contribuciones al FONAVI.

Texto(s) modificador(es): (PER-1994-L-38247) 1994-07-22. Ley núm.26336 por la que se modifican diversos artículos del decreto ley núm.25897, mediante el cual se crea el Sistema Privado de Administración deFondos de Pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1993-L-33671) 1993-05-11. Ley núm.26182, por la que se restituye la vigencia del artículo 11° del decretolegislativo núm. 688, ley de consolidación de beneficios sociales

Texto(s) modificador(es): (PER-1993-L-33672) 1993-05-11. Ley núm.26183 por la que se restablece la vigencia del decreto ley núm. 18846 sobreseguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Texto(s) vinculado(s): (PER-1996-R-45274) 1996-07-29. Decreto Supremonúm. 074-96-EF por el cual modifican el reglamento del Sistema Privadode Administración de Fondos de Pensiones.

P E R - 1 9 9 2 - L - 3 1 5 4 7

1 9 9 2 - 1 0 - 1 4

Decreto ley núm. 25773 por el que seautoriza a suscribir contratos depublicidad destinados a difundir els is tema pr ivado de admin is t rac iónde fondos de pensiones.

El Peruano, 1992-10-17, núm. 4480,págs. 109859-109860 (INFORM)

P E R - 1 9 7 9 - L - 2 9 3 5 3

1 9 7 9 - 0 6 - 3 0

Decreto ley núm. 22595 por el que semodifica el porcentaje de aportaciónpara el fondo de pensiones.

Legislación de seguridad social en elPerú, 1980, Instituto Peruano deSeguridad Social, Lima, págs. 246-247(SECSOC)

15

P E R - 1 9 9 0 - L - 2 9 3 5 0

1 9 9 0 - 0 7 - 0 6

L e y n ú m . 2 5 2 7 3 p o r l a q u e s er e i n c o r p o r a e n l o s a l c a n c e s d e ldecreto núm. 20530, a los servidoresque ingresaron a prestar serviciosal sector público bajo el régimen dela ley núm. 11377 antes del 12 juliode 1962.

Sistema de pensiones de la seguridadsocial, 1992, Editorial El Carmen,Lima (SECSOC)

Texto(s) básico(s): (PER-1950-L-35954) 1950-05-29. Decreto ley núm.11377 por el que se dicta el Estatuto y escalafón del servicio civil

P E R - 1 9 8 6 - L - 2 9 3 4 8

1 9 8 6 - 0 6 - 0 6

Ley núm. 24527 por la que se crea quelos periodistas que laboren en lasempresas pe r iod i s t í cas , rad ia les ,d e t e l e v i s i ó n o e n a g e n c i a snoticiosas, tienen derecho a percibirpensión de jubilación, a partir delos 55 ó 50 años de edad, según setrate de varones o mujeres.

Sistema de pensiones de la seguridadsocial, 1992, Editorial El Carmen,Lima (SECSOC)

P E R - 1 9 6 6 - R - 2 9 3 4 6

1 9 6 6 - 0 8 - 2 5

Decreto supremo núm. 013 por el quese crea el reglamento de la ley núm.1 6 1 2 4 .

Sistema de pensiones de la seguridadsocial, 1992, Editorial El Carmen,Lima, págs. 123-130 (SECSOC)

P E R - 1 9 6 6 - L - 2 9 3 4 5

1 9 6 6 - 0 5 - 0 6

Ley núm. 16124 por la que se crea elFondo de retiro del chofer profesionali n d e p e n d i e n t e .

Sistema de pensiones de la seguridadsocial, 1992, Editorial El Carmen,Lima, pág. 123 (SECSOC)

P E R - 1 9 8 5 - L - 2 9 3 4 4

1 9 8 5 - 1 1 - 2 0

Decreto ley núm. 23466 por el que seestab lece que los func ionar ios yservidores públicos que a la fechade la dación del decreto ley núm.20530, contaban con 7 o más años dese rv i c i os , es tan f acu l t ados pa raquedar comprendidos en el régimen depensiones del Estado.

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, págs. 114 (SECSOC)

P E R - 1 9 7 9 - R - 2 9 3 4 3

1 9 7 9 - 0 6 - 3 0

Decreto ley núm. 22595 por el que sem o d i f i c a e l p o r c e n t a j e d eaportaciones para fondo de pensiones.

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, págs. 113-114 (SECSOC)

P E R - 1 9 7 8 - R - 2 9 3 4 2

1 9 7 8 - 1 2 - 2 0

Decreto supremo núm. 001-78-PM/INAPpor el que se establecen las normaspara el pago de pensión provisionalde of ic io.

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, págs. 109-110 (SECSOC)

P E R - 1 9 8 3 - R - 2 9 3 4 1

1 9 8 3 - 0 6 - 2 4

Decreto supremo núm. 18-83-ED por elque se establecen las disposicionessobre la nivelación de pensiones delm a g i s t e r i o c e s a n t e d e l s e c t o re d u c a c i ó n .

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, pág. 107 (SECSOC)

P E R - 1 9 8 3 - R - 2 9 3 4 0

1 9 8 3 - 0 3 - 1 8

Dec re to sup remo núm. 0015 -83 -PCMp o r e l q u e s e d i c t a n o r m a s ydisposiciones relat ivas al regimende pens iones de l persona l de laadmin i s t rac ión púb l i ca .

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, págs. 102-105 (SECSOC)

P E R - 1 9 8 2 - L - 2 9 3 3 9

1 9 8 2 - 1 1 - 1 9

L e y n ú m . 2 3 4 9 5 p o r l a q u e s eestablece la nivelación progresivade las pensiones de los cesantes conmás de 20 años de servicio y de losj u b i l a d o s d e l a a d m i n i s t r a c i ó npúb l ica somet idos a l rég imen de ls e g u r o s o c i a l u o t r o s r e g í m e n e sespec ia les ; se e fec tuará con loshaberes de los servidores públicose n a c t i v i d a d l a s r e s p e c t i v a sc a t e g o r í a s .

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, págs. 99-101 (SECSOC)

P E R - 1 9 8 2 - R - 2 9 3 3 8

1 9 8 2 - 0 7 - 2 2

Decreto supremo núm. 018-82-TR pore l q u e s e e s t a b l e c e q u e l o st r a b a j a d o r e s d e l a i n d u s t r i a d econstrucción civil podrán jubilarsecon 55 años de edad.

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, págs. 79-80 (SECSOC)

Texto(s) básico(s): (PER-1973-L-15770) 1973-04-24. Decreto-ley 19990por el que se crea el sistema nacional de pensiones de la seguridad social,en substitución de los sistemas de pensiones de las cajas de pensionesde la Caja Nacional del Seguro Social y del Seguro Social del Empleadoy del Fondo especial de jubilación de empleados particulares.

P E R - 1 9 8 4 - L - 2 9 3 3 7

1 9 8 4 - 0 8 - 3 1

Ley núm. 23905 por la que se modificael artículo 3 de la ley núm. 23587.

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, pág. 78 (SECSOC)Los jubilados cobrarán las pensiones a part ir del cese de su trabajo.

16

P E R - 1 9 8 3 - L - 2 9 3 3 6

1 9 8 3 - 0 3 - 0 2

L e y n ú m . 2 3 5 8 7 p o r l a q u e s eestab lece la renta v i ta l i c ia queperciben los estibadores y jubiladosde l ex-s is tema de as is tenc ia de lPuerto de Callao; es independientede la pens ion de jub i lac ión queperciben del Inst i tuto Peruano deSegur idad Soc ia l .

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, págs. 76-77 (SECSOC)

P E R - 1 9 8 4 - R - 2 9 3 3 5

1 9 8 4 - 0 5 - 2 5

Decreto supremo núm. 034-84-PCM porel que se ajusta el monto de laremuneración máxima asegurable parael pago de aportaciones al sistemanacional de pensiones y al régimende prestaciones de salud.

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, págs. 70-71 (SECSOC)

P E R - 1 9 8 4 - R - 2 9 3 3 4

1 9 8 4 - 1 1 - 3 0

Decreto supremo núm. 077-84-PCM porel que se reajusta el porcentaje deaportacion mensual para el sistemanac iona l de pens iones y para e lregimen de prestaciones de salud.

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, págs. 73-74 (SECSOC)

P E R - 1 9 8 4 - L - 2 9 0 2 4

1 9 8 4 - 0 9 - 0 6

Ley núm. 23908 por la que se fijanel monto mínimo de las pensiones deinvalidez, jubilacion, viudez y lasde orfandad y de ascendientes.

Sistemas nacional de pensiones deseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, págs. 68-69 (SECSOC)

P E R - 1 9 7 9 - L - 2 9 0 2 3

1 9 7 9 - 1 2 - 2 6

Decreto ley núm. 22847 por el que see s t a b l e c e l a n u e v a r e m u n e r a c i ó nmaxima y minima asegurables y montomaximo de pensiones a partir del 1de enero de 1981.

Sistema nacional de pensiones deseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, págs. 66-67 (SECSOC)

P E R - 1 9 8 4 - R - 2 9 0 2 2

1 9 8 4 - 0 2 - 0 7

Decreto supremo núm. 007-84-PCM porel que se substituyen los arts. 66y 67 del reglamento del decreto leynúm. 19990, aprobado por el decretosupremo núm. 011-74-TR.

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, Editorial ElCarmen, Lima, págs. 65 (SECSOC)

P E R - 1 9 7 4 - L - 2 9 0 2 1

1 9 7 4 - 0 5 - 0 7

Decreto ley núm. 20604 por el que semodifica el decreto ley núm. 19990s o b r e e l s i s t e m a n a c i o n a l d ep e n s i o n e s .

Sistema nacional de pensiones de laseguridad social, 1992, págs. 46-47(SECSOC)

Texto(s) básico(s): (PER-1973-L-15770) 1973-04-24. Decreto-ley 19990por el que se crea el sistema nacional de pensiones de la seguridad social,en substitución de los sistemas de pensiones de las cajas de pensionesde la Caja Nacional del Seguro Social y del Seguro Social del Empleadoy del Fondo especial de jubilación de empleados particulares.

P E R - 1 9 8 0 - R - 2 9 0 2 0

1 9 8 0 - 0 7 - 1 7

Decreto supremo núm. 013-80-TR porel que se incorpora a los pensionistasd e l f o n d o d e r e t i r o d e l c h o f e rprofesional independiente al régimende prestaciones de salud del decretoley núm. 22482.

Legislación de seguridad social en elPerú, 1980, Instituto Peruano deseguridad social, Lima, pág. 43 (SECSOC)

P E R - 1 9 7 4 - L - 2 6 3 8 8

1 9 7 4 - 0 2 - 2 6

Decreto-ley núm. 20530 por el que seestablece el régimen de pensiones ycompensaciones por servicios civilesprestados al Estado no comprendidosen el decreto-ley núm. 19990.

Principales disposiciones en materiade trabajo, 1974, Perú, Ministerio deTrabajo, Lima, Perú, núm. 23, págs.39-58 (INFORM P60595)Mediante el decreto-ley núm. 1990, de 1974, se estableció el Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social (texto consolidado en Serie Legislativa, 1974-Per.2). El decreto-ley núm. 20530 contempla las prestaciones por desempleo, vejez y sobrevivientes, así como los mecanismos para obtenerlas.

Texto(s) básico(s): (PER-2001-R-60252) 2001-05-03. Decreto Supremonúm. 086-2001-EF por el cual se establecen disposiciones relativas a lostrámites administrativos que se realicen para acceder a la prestaciónderivada del régimen pensionario del Decreto-Ley núm. 20530.

Texto(s) modificador(es): (PER-2004-L-71062) 2004-12-23. Ley núm.28449 que establece las nuevas reglas del régimen de pensiones delDecreto-Ley núm. 20530.

Texto(s) modificador(es): (PER-2001-L-60260) 2001-12-18. Ley núm.27617 que dispone la reestructuración del sistema nacional de pensionesdel decreto-ley núm. 19990 y modifica el decreto-ley 20530 y la ley delsistema privado de administración de fondos de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-R-50477) 1998-07-06. DecretoSupremo núm. 070-98-EF por el que se aprueba el Texto Unico Ordenadodel Régimen Pensionario del Estado.

Texto(s) modificador(es): (PER-1990-L-29350) 1990-07-06. Ley núm.25273 por la que se reincorpora en los alcances del decreto núm. 20530,a los servidores que ingresaron a prestar servicios al sector público bajoel régimen de la ley núm. 11377 antes del 12 julio de 1962.

Texto(s) modificador(es): (PER-1989-L-7815) 1989-01-20. Ley núm.25008 por la que se modifican varios artículos del decreto-ley núm. 20530referido a la pensión de sobrevivientes.

Texto(s) modificador(es): (PER-1985-L-29344) 1985-11-20. Decreto leynúm. 23466 por el que se establece que los funcionarios y servidorespúblicos que a la fecha de la dación del decreto ley núm. 20530, contabancon 7 o más años de servicios, estan facultados para quedar comprendidosen el régimen de pensiones del Estado.

Texto(s) modificador(es): (PER-1983-R-29340) 1983-03-18. Decretosupremo núm. 0015-83-PCM por el que se dicta normas y disposicionesrelativas al regimen de pensiones del personal de la administración pública.

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P E R - 1 9 9 1 - L - 2 6 3 8 0

1 9 9 1 - 1 1 - 0 8

Decreto legislativo núm. 724, por elque se crea el sistema privado depensiones, complementario al sistemanacional de pensiones a cargo delI P S S .

El Peruano, 1991-11-11, núm. 4129,págs. 101613-101618 (DOC.NORMES)El sistema privado estará a cargo de Administradoras de Fondos de Pensiones, constituídas como sociedades anónimas. Los trabajadores podran optar por el sistema de su preferencia. Las prestaciones del sistema privado deberán ser mejores que las del IPSS o adicionales a éstas. El Estado y el IPSS responderán solidariamente por el pago de los beneficios sociales generados por el sistema privado. El fondo de pensiones estará constituído por las cotizaciones obligatorias y por los aportes adicionales de los afiliados y por las inversiones y las rentas que generen, deducidas la cuota de administración y la comisión de la Administradora del Fondo de Pensiones. El patrimonio de esta última es independiente y distinto del fondo de pensiones. En el sistema privado el empleador aporta el 1 por ciento y el trabajador el 8 por ciento más los aportes voluntarios. El aporte del empleador y un porcentaje que se deduce del aporte del trabajador están destinados al IPSS como aporte de solidaridad. Se contemplan las prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivencia.

P E R - 1 9 9 1 - R - 2 5 4 9 9

1 9 9 1 - 0 5 - 1 5

Dec re to Sup remo núm. 008 -91 -JUS,por el que se dictan normas para lacorrecta aplicación del régimen depensiones establecido por el decreto-ley núm. 20530.

El Peruano, 1991-05-16, núm. 3040,págs. 96783-96784 (INFORM)Consolida diversas disposiciones que han modificado la cobertura del decreto ley núm. 20530, de 26 de febrero de 1974.

Texto(s) básico(s): (PER-1974-L-26388) 1974-02-26. Decreto-ley núm.20530 por el que se establece el régimen de pensiones y compensacionespor servicios civiles prestados al Estado no comprendidos en el decreto-ley núm. 19990.

P E R - 1 9 9 1 - M - 2 1 8 7 4

1 9 9 1 - 0 2 - 2 1

Resolución Suprema núm. 002-91-TR,por la que sustituyen el artículo 2de la Resolución Suprema núm. 036-9 0 - T R .

El Peruano, 1991-02-23, No. 3858, p.94810 (DOC.NORMES)Se suprime la referencia al artículo 68 de la Resolución Suprema de 22 de junio de 1928 (Série Législative, Pérou 1(A) al no ser necesaria la renovación cuatrienal del sistema de contratación de seguro de vida una vez que el trabajador cumple cuatro años de servicios. Los trabajadores con no menos de cuatro años ininterrumpidos de servicios, adquieren automáticamente el derecho de ser incorporados al régimen del seguro de vida (que incluye la invalidez total y permanente Los empleadores quedan facultados a contratar dicho seguro antes que los trabajadores cumplan cuatro años de servicios interrumpidos.

P E R - 1 9 9 0 - L - 2 1 6 3 8

1 9 9 0 - 1 2 - 1 9

Decreto Supremo núm. 078-90-TR, porel que se dictan dispositivos conr e l a c i ó n a l f a l l e c i m i e n t o d e lempleado cubierto por el seguro devida a que se refiere la ley núm. 4916y la resolución superma núm. 036-90-T R .

El Peruano, 1990-12-21, 3792, p.92390-92391 (DOC.NORMES)

Texto(s) básico(s): (PER-1990-M-21215) 1990-11-27. Resolución Supremanúm. 036-90-TR, por la que modifican dispositivo y establecen la obligaciónde los empleadores de contratar pólizas por la modalidad de seguro de vidaen grupo, a favor de los empleados comprendidos en la ley núm. 4916.

Texto(s) básico(s): (PER-1924-L-21219) 1924-02-07. Ley núm. 4916 enfavor de los empleados de comercio.

P E R - 1 9 9 0 - M - 2 1 2 1 5

1 9 9 0 - 1 1 - 2 7

Resolución Suprema núm. 036-90-TR,por la que modifican dispositivo ye s t a b l e c e n l a o b l i g a c i ó n d e l o semp leado res de con t ra ta r pó l i zaspor la modalidad de seguro de vidaen grupo, a favor de los empleadoscomprendidos en la ley núm. 4916.

El Peruano, 1990-11-30, núm. 3771, p.91742-91743 (INFORM)El artículo 3 de la ley núm. 4916, de 7 de febrero de 1924, en favor de los empleados de comercio [Série Législative, Perou 1(A), fue reglamentada por la Resolución Suprema de 22 de junio de 1928, estableciendo que las pólizas del seguro de vida que deben contratar los empleadores deben ser individuales. La Resolución Suprema núm. 036-90-TR, de 1990, viene a modificar la modalidad de seguro individual por la de seguro de grupo, incluyendo el caso de invalidez total y permanente.

Texto(s) básico(s): (PER-1924-L-21219) 1924-02-07. Ley núm. 4916 enfavor de los empleados de comercio.

Texto(s) modificador(es): (PER-1991-M-21874) 1991-02-21. ResoluciónSuprema núm. 002-91-TR, por la que sustituyen el artículo 2 de laResolución Suprema núm. 036-90-TR.

P E R - 1 9 6 8 - L - 1 8 4 0 2

1 9 6 8 - 1 1 - 2 9

Decreto ley núm. 17262 por el que secrea el Fondo Especial de Jubilaciónde Empleados Par t icu lares.

El Peruano, 1968-12-03 (INFORM)

P E R - 1 9 7 2 - R - 1 6 7 1 0

1 9 7 2 - 0 6 - 2 0

Resolución suprema 423-72-TR por laque se aprueba el reglamento delFondo de Jubilación del Pescador.

El Peruano, 1972-06-20 (INFORM)Dicho Fondo garantiza pensión de jubilación, de viudez, de orfandad y capital de defunción.

P E R - 1 9 7 3 - R - 1 5 7 7 3

1 9 7 3 - 1 1 - 2 6

Decreto supremo 019-73-TR por el quese dicta el reglamento de organizacióny funciones de los órganos ejecutivos,de cont ro l , de asesoramiento , delíneas irracionales de seguro socialdel Perú.

El Peruano, 1973-11-30 (INFORM)

P E R - 1 9 7 3 - L - 1 5 7 7 0

1 9 7 3 - 0 4 - 2 4

Decreto-ley 19990 por el que se creael sistema nacional de pensiones dela seguridad social, en substituciónde los sistemas de pensiones de lasc a j a s d e p e n s i o n e s d e l a C a j aNacional del Seguro Social y delSeguro Social del Empleado y delF o n d o e s p e c i a l d e j u b i l a c i ó n d eemp leados pa r t i cu la res .

El Peruano, 1973-04-30 (INFORM)Quedan derogados en particular los arts. 39 a 50, 52 a 54 de la ley 8443 (SL 1936-Per. 2), de la ley 13640 (SL 1961-Per. 1A), los arts. 79 y siguientes y el cap. VIII del título IV de la ley 13724 (SL 1961-Per. 3).

Texto(s) básico(s): (PER-2001-L-60256) 2001-11-24. Ley núm. 27561 queprecisa la aplicación del decreto-ley núm. 19990 para el otorgamiento delas pensiones de jubilación.

Texto(s) modificador(es): (PER-2007-L-75880) 2007-03-26. Ley núm.28991 de libre desafiliación informada, pensiones mínima ycomplementarias, y régimen especial de jubilación anticipada.

Texto(s) modificador(es): (PER-2003-L-65720) 2003-09-25. Ley núm.28071 que modifica el Decreto-Ley núm. 19990- Ley del Sistema Nacionalde Pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2001-L-60257) 2001-11-24. Ley núm.27562 que modifica el artículo 80 de la ley del Sistema Nacional dePensiones de la Seguridad Social, sobre adelanto del trámite de pensiónde jubilación.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-L-51397) 1998-12-23. Ley núm.27023, de 22 de diciembre, por la que se modifica el artículo 26° de la Leydel Sistema Nacional de Pensiones, referida a la declaración de invalidez.

Texto(s) modificador(es): (PER-1995-L-40987) 1995-07-08. Ley núm.26504 por la que modifican el régimen de prestaciones de salud, el SistemaNacional de Pensiones, el Sistema Privado de Fondos de Pensiones y laestructura de contribuciones al FONAVI.

Texto(s) modificador(es): (PER-1984-L-29024) 1984-09-06. Ley núm.23908 por la que se fijan el monto mínimo de las pensiones de invalidez,jubilacion, viudez y las de orfandad y de ascendientes.

Texto(s) modificador(es): (PER-1984-R-29022) 1984-02-07. Decretosupremo núm. 007-84-PCM por el que se substituyen los arts. 66 y 67 delreglamento del decreto ley núm. 19990, aprobado por el decreto supremonúm. 011-74-TR.

P E R - 1 9 7 4 - L - 1 5 1 6 3

1 9 7 4 - 0 8 - 0 7

Decreto Supremo 014-74-TR por el quese publica el texto único concordadodel decre to- ley 19990 acerca de lsistema nacional de pensiones de las e g u r i d a d s o c i a l , c o n l a ss u s t i t u c i o n e s d i s p u e s t a s p o r e ldecreto-ley 20604 de 7 mayo 1974.

El Peruano, 1974-08-12 (INFORM)

18

Texto(s) modificador(es): (PER-2001-L-60257) 2001-11-24. Ley núm.27562 que modifica el artículo 80 de la ley del Sistema Nacional dePensiones de la Seguridad Social, sobre adelanto del trámite de pensiónde jubilación.

Texto(s) modificador(es): (PER-1984-R-29022) 1984-02-07. Decretosupremo núm. 007-84-PCM por el que se substituyen los arts. 66 y 67 delreglamento del decreto ley núm. 19990, aprobado por el decreto supremonúm. 011-74-TR.

P E R - 1 9 7 4 - R - 1 5 1 6 1

1 9 7 4 - 0 7 - 3 1

Decreto Supremo 011-74-TR por el quese nota el reglamento del decreto-l e y 1 9 9 9 0 r e l a t i v o a l s i s t e m anacional de pensiones de seguridads o c i a l .

El Peruano, 1974-08-03 (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-2001-R-60251) 2001-05-03. Decreto Supremonúm. 082-2201-EF por el cual se establecen disposiciones para laacreditación de años de aportación al sistema nacional de pensiones.

P E R - 1 9 7 8 - L - 1 2 7 7 9

1 9 7 8 - 1 0 - 2 4

Decre to- ley 22323 por e l que sed i c t a n m e d i d a s p a r a a g i l i z a rpréstamos a t rabajadores cesantesen aplicación de la ley 22265.

El Peruano, 1978-10-25 (INFORM)

P E R - 1 9 8 9 - R - 7 9 8 6

1 9 8 9 - 0 8 - 2 2

Decreto supremo núm. 029-89-TR porel que se aprueba el reglamento dela ley núm. 25009 sobre la jubilaciónde los trabajadores mineros.

El Peruano, 1989-08-24, No. 3296, p.77064-77072 (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1989-L-7944) 1989-01-24. Ley núm. 25009 porla que se promulga la ley de jubilación de trabajadores mineros.

P E R - 1 9 8 9 - L - 7 9 4 7

1 9 8 9 - 0 6 - 1 6

Ley núm. 25048 por la que se disponeque para fines del sistema nacionalde pensiones, decreto-ley núm. 19990,y régimen de pensiones del decreto-l e y n ú m . 2 0 5 3 0 , s e c o n s i d e r a nr e m u n e r a c i o n e s a s e g u r a b l e s ypensionables, las asignaciones porr e f r i g e r i o , m o v i l i d a d , s u b s i d i of a m i l i a r , g r a t i f i c a c i o n e s , q u ep e r c i b a n o q u e p e r c i b í a n l o sp e n s i o n i s t a s , f u n c i o n a r i o s ys e r v i d o r e s d e l a a d m i n i s t r a c i ó np ú b l i c a .

El Peruano, 1989-06-18, No. 3228, p.75315 (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1974-L-26388) 1974-02-26. Decreto-ley núm.20530 por el que se establece el régimen de pensiones y compensacionespor servicios civiles prestados al Estado no comprendidos en el decreto-ley núm. 19990.

P E R - 1 9 8 9 - L - 7 9 4 4

1 9 8 9 - 0 1 - 2 4

Ley núm. 25009 por la que se promulgala ley de jubilación de trabajadoresm i n e r o s .

El Peruano, 1989-01-25, No. 3075, p.71868-71869 (INFORM)En particular, el artículo 1 dispone que los trabajadores que laboren en minas subterráneas o los que realicen labores directamente extractivas en las minas a tajo abierto tienen derecho a percibir jubilación a los 45 y 50 años de edad, respectivamente. Además, los trabajadores que laboran en centros de producción minera tienen derecho a percibir pensión de jubilación entre los 50 y 55 años de edad, siempre que en la realización de sus labores estén expuestos a los riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad.

P E R - 1 9 8 9 - R - 7 8 2 1

1 9 8 9 - 0 3 - 1 6

Decreto supremo núm. 052-89-EF, porel que se establece el proceso dehomologación de las remuneracionesy p e n s i o n e s d e l o s t r a b a j a d o r e ssujetos al régimen de la actividadp ú b l i c a .

El Peruano, 1989-03-17, No. 3130, p.73117-73118 (INFORM)

P E R - 1 9 8 9 - L - 7 8 1 5

1 9 8 9 - 0 1 - 2 0

L e y n ú m . 2 5 0 0 8 p o r l a q u e s em o d i f i c a n v a r i o s a r t í c u l o s d e ldecreto-ley núm. 20530 referido a lapensión de sobreviv ientes.

El Peruano, 1989-01-25, No. 3075, P.71867-71868 (INFORM)En particular, el nuevo artículo 25 dispone que la pensión de sobrevivientes, cuando existiera minusvalía, que cause el trabajador que fallezca encontrándose en servicio, será igual al 100 por ciento de la pensión de cesantía a que tenga derecho. El artículo 27 dispone que la pensión de sobrevivientes que causa el pensionista será el 100 por ciento de la pensión que percibía a su fallecimiento. El artículo 33 prevé los casos en que el trabajador no genera pensión de viudez, el artículo 34 dispone que los hijos minusválidos del trabajador en estado de incapacidad física o mental serán acreedores a pensión de orfandad, y el artículo 36 versa sobre la pensión de ascendientes.

P E R - 1 9 8 8 - L - 6 4 3 0

1 9 8 8 - 0 6 - 0 2

Ley núm. 24827 que incorpora a lrégimen de prestaciones del InstitutoPeruano de Seguridad Social a losc h o f e r e s p r o f e s i o n a l e sindependientes y a los pensionistasde la ley núm. 16124.

El Peruano, 1988-06-03, No. 2818, p.65443-65444 (INFORM)

P E R - 1 9 8 8 - L - 6 2 5 4

1 9 8 8 - 0 5 - 1 3

Ley núm. 24804 por la que se derogala ley núm. 24245, que reestablecee l r é g i m e n l e g a l d e j u b i l a c i ó nregu lado por e l decre to- ley núm.1 7 2 6 2 .

El Peruano, 1988-05-14, No. 2797, p.64805-64806 (INFORM)

P E R - 1 9 8 8 - L - 6 0 7 9

1 9 8 8 - 0 3 - 2 2

Ley núm. 24795 por la que se modificael artículo 1.o de la ley núm. 24527.

El Peruano, 1988-03-23, No. 2735, p.63133 (INFORM)Derecho a pensión de jubilación de periodistas profesionales a partir de los 55 o 50 años, según se trate de varones o mujeres.

P E R - 1 9 8 6 - R - 3 0 1 6

1 9 8 6 - 1 1 - 1 3

Decreto supremo núm. 17-86-ED por elque se aprueba el reglamento de larama Un ivers i ta r ia .

El Peruano, 1986-11-24, N. 2201, p.49672-49675 (INFORM)La Derrama Universitaria creada de conformidad con el art. 88 de la ley universitaria como fondo obligatorio formado por los aportes de los profesores y personal administrativo y de servicios de las universidades públicas destinado a proporcionar ayuda económica a los aportantes, está basada en los principios de obligatoriedad, cooperación mutua, solidaridad y autofinanciación.

P E R - 1 9 8 6 - R - 2 5 7 4

1 9 8 6 - 0 9 - 2 6

Decreto supremo núm. 022-86-TR pore l q u e s e d i s p o n e q u e q u e d a ncomprendidos en la ley núm. 24527,p e r i o d i s t a s p r o f e s i o n a l e s ,reporteros gráf icos y camarógrafosque laboren en forma permanente enempresas pe r iod ís t i cas , rad ia les ,d e t e l e v i s i ó n o e n a g e n c i a s d enoticias, con contrato de trabajosujeto al régimen de la ley núm. 4916[SL 1924 - Perú 1A].

El Peruano, 1986-09-28, N. 2133, p.48070-48071 (INFORM)Prevé que el asegurado para acogerse a la pensión adelantada a que se refiere la ley núm. 4916 deberá cumplir los requisitos siguientes: a) si es varón, deberá acreditar como mínimo 55 años de edad, y si es mujer, 50 años; b) haber aportado al Instituto Peruano de Seguridad Social un mínimo de 15 años los varones y 13 las mujeres; c) acreditar como periodistas 15 o más años en la profesión a la fecha de jubilación o 5 años continuos como periodistas, inmediatamente anteriores a la fecha de su jubilación.

19

P E R - 1 9 8 6 - L - 2 5 7 3

1 9 8 6 - 0 9 - 2 6

Decreto supremo núm. 021-86-TR pore l q u e s e d i s p o n e q u e q u e d a ncomprendidos en el seguro obligatoriode riesgos profesionales creado porl e y n ú m . 2 4 5 2 2 , l o s p e r i o d i s t a sprofes ionales, repor teros gráf icosy camarógrafos, que laboren en formapermanente en empresas periodísticas,radiales, de televisión o agenciasnoticiosas, sujetos al régimen de laley núm. 4916 [SL 1924 - Perú 1A].

El Peruano, 1986-09-28, N. 2133, p.48069-48070 (INFORM)El seguro obligatorio de riesgos profesionales cubre las contingencias de invalidez total o permanente para la profesión y de muerte.

Texto(s) básico(s): (PER-1986-L-29349) 1986-06-05. Ley núm. 24522 porla que se crea el seguro obligatorio de riesgos profesionales paraperiodistas, reporteros gráficos y camarógrafos varones o mujeres.

P E R - 1 9 8 6 - L - 2 4 2 0

1 9 8 6 - 0 5 - 0 7

Ley núm. 24504 por la que se disponeque los empleados y obreros sujetosal régimen de la actividad privadat i e n e n d e r e c h o a p e r c i b i rb o n i f i c a c i o n e s d e l 2 5 y 3 0 p o rciento, al cumplir 25 y 30 años deservicios, de la remuneración quep e r c i b a n .

El Peruano, 1986-05-14, N. 1972, p.44339 (INFORM)Son acreedoras a la bonificación que forma parte de la pensión de jubilación las trabajadoras empleadas y obreras que se indican.

P E R - 1 9 8 5 - L - 1 7 7 2

1 9 8 5 - 0 7 - 1 9

L e y n ú m . 2 4 2 4 5 p o r l a q u e s er e s t a b l e c e e l r é g i m e n l e g a l d ejubilación regulado por el decreto-ley núm. 17262, a cargo del InstitutoPeruano de Seguridad Social (IPSS),con las modificaciones que esta leye s t a b l e c e .

El Peruano, 1985-07-20, N. 1662, p.36718 (INFORM)

P E R - 1 9 8 4 - R - 8 4 5

1 9 8 4 - 1 0 - 0 4

Resoluc ión min is ter ia l núm. 0263-8 4 - S A / D V M p o r l a q u e s e o t o r g apensión definitiva de cesantía, o ens u c a s o d e i n v a l i d e z o d esobreviviente, sin que previamentes e a n e c e s a r i o o t o r g a r p e n s i ó np r o v i s i o n a l n i c a l c u l a r l o sdescuentos cor respondientes a lasremunerac iones respec t i vas .

El Peruano, 1984-10-06, núm. 1372,págs. 29259-29260 (INFORM)

Prestaciones por accidentes detrabajo y enfermedadesprofesionales

P E R - 1 9 9 8 - R - 6 6 3 9 3

1 9 9 8 - 0 4 - 1 3

Decreto Supremo núm. 003-98-SA porel que se aprueban normas técnicasdel Seguro Complementario de Trabajode Riesgo.

El Peruano (Separata), 1998-04-14,págs. 158968-158981 (DOC.NORMES)Aprueba el Reglamento denominado “Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo” compuesto por siete capítulos, cuarenta y dos artículos, cuatro disposiciones transitorias y cuatro disposiciones finales. El citado seguro otorga coberturas por accidente de trabajo y enfermedad profesional a los trabajadores empleados y obreros que tienen la calidad de afiliados regulares del Seguro Social de Salud y que laboran en un centro de trabajo en el que la Entidad Empleadora realiza las actividades descritas en el Anexo 5 del Decreto Supremo núm. 009-97-SA, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. Contempla, entre otras cuestiones, las prestaciones de salud, prestaciones económicas y cobertura de invalidez y sepelio por tabajo de riesgo, regímenes especiales de seguro complementario de trabajo de riesgo y afiliados potestativos.

Fecha de entrada en vigor: 1998-04-15

Texto(s) básico(s): (PER-1997-L-46887) 1997-05-15. Ley núm. 26790, leyde modernización de la seguridad social en salud.

P E R - 1 9 9 3 - L - 3 3 6 7 2

1 9 9 3 - 0 5 - 1 1

L e y n ú m . 2 6 1 8 3 p o r l a q u e s erestablece la vigencia del decretol e y n ú m . 1 8 8 4 6 s o b r e s e g u r o d eaccidentes de trabajo y enfermedadesp r o f e s i o n a l e s

El Peruano, 1993-05-13, núm. 4695,pág. 114831 (DOC.NORMES)Se modifica la décimosexta disposición final y transitoria del decreto ley núm. 25897, que queda como sigue: “Derógase el decreto legislativo núm. 724, así como todas las demás disposiciones que se opongan a la presente ley”. En el plazo de un año el Instituto Peruano de Seguridad Social deberá asumir las pensiones y prestaciones de salud correspondientes al régimen de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales previsto en en el decreto ley núm. 18846, a cuyo efecto se incrementará en un porcentaje único el monto de las aportaciones que abona el empleador para el régimen de prestaciones de salud y sistema nacional de pensiones.

Texto(s) básico(s): (PER-1971-L-29347) 1971-04-28. Decreto-ley núm.18846 de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Texto(s) modificador(es): (PER-1997-L-46887) 1997-05-15. Ley núm.26790, ley de modernización de la seguridad social en salud.

P E R - 1 9 9 3 - L - 3 3 6 7 1

1 9 9 3 - 0 5 - 1 1

L e y n ú m . 2 6 1 8 2 , p o r l a q u e s erestituye la vigencia del artículo11° de l decre to leg is la t ivo núm.6 8 8 , l e y d e c o n s o l i d a c i ó n d ebenef i c ios soc ia les

El Peruano, 1993-05-12, núm. 4694,pág. 114808 (DOC.NORMES)Se deroga el inciso d) del artículo 8° del decreto ley núm. 25897 y su décimo segunda disposición final y transitoria y se restituye la plena vigencia del artículo 11° del decreto legislativo núm. 688, que quedará redactado en los términos siguientes: “El pago de las primas correspondientes a los trabajadores obreros las efectuará el empleador deduciendo el porcentaje respectivo de la aportación que deba efectuar para el régimen del decreto ley núm. 18846 seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y abonándolas directamente a la compañía de seguros contratada”.

Texto(s) básico(s): (PER-1971-L-29347) 1971-04-28. Decreto-ley núm.18846 de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

P E R - 1 9 6 5 - L - 2 9 3 5 5

1 9 6 5 - 1 1 - 1 9

Ley núm. 15739 por la que se otorgapensión íntegra a los est ibadoresd e l C a l l a o i n c a p a c i t a d o s p o raccidente de trabajo.

Legislación de seguridad social en elPerú, 1980, Instituto Peruano deSeguridad Social, Lima, págs. 352-353(SECSOC)

P E R - 1 9 8 6 - L - 2 9 3 4 9

1 9 8 6 - 0 6 - 0 5

Ley núm. 24522 por la que se crea els e g u r o o b l i g a t o r i o d e r i e s g o sp r o f e s i o n a l e s p a r a p e r i o d i s t a s ,reporteros gráf icos y camarógrafosvarones o mujeres.

Sistema de pensiones de la seguridadsocial, 1992, Editorial El Carmen,Lima, pág. 172 (SECSOC)

Texto(s) modificador(es): (PER-1988-L-6080) 1988-03-29. Ley núm.24796 por la que se modifica el art. 1 de la ley núm. 24522.

P E R - 1 9 7 1 - L - 2 9 3 4 7

1 9 7 1 - 0 4 - 2 8

Decreto-ley núm. 18846 de accidentesd e t r a b a j o y e n f e r m e d a d e sp r o f e s i o n a l e s .

El Peruano, 1971-04-29, núm. 9013,pág. 3

P E R - 1 9 8 9 - R - 8 4 4 1

1 9 8 9 - 0 9 - 0 2

Decreto supremo núm. 033-89-TR porel que se substituye el artículo 36del decreto supremo núm. 002-72-TRsobre indemnización por accidentesd e l t r a b a j o y e n f e r m e d a d e sprofesionales (SL 1972-Per. 2A).

El Peruano, 1989-09-06, núm. 3309, p.77403 (INFORM)

20

El nuevo artículo 36 dispone que la incapacidad temporal da derecho a un subsidio diario equivalente al 100 por ciento de la remuneración determinada en el artículo 30.

P E R - 1 9 8 7 - R - 3 2 7 4

1 9 8 7 - 0 3 - 1 7

Decreto supremo núm. 029-87-PCM pore l q u e s u b s t i t u y e e l t e x t o d e lartículo 32 del decreto supremo núm.0 0 2 - 7 2 - T R .

El Peruano, 1987-03-18, N. 2328, p.52963 (INFORM)Se trata del decreto supremo por el que se dicta reglamento de aplicación del decreto ley núm. 18846, de 28 abril 1971, de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, ambos publicados en la Serie Legislativa, respectivamente con las signaturas SL 1972 - Per. 1A y SL 1972 - Per. 1B. El citado art. 31 reza: “La remuneración computable para el otorgamiento de las prestaciones económicas no podrá exceder del monto de seis ingresos mínimos diarios asegurables de un trabajador no calificado de la provincia de Lima.”.

Prestaciones por desempleoP E R - 2 0 0 8 - R - 7 8 8 1 3

2 0 0 8 - 0 6 - 2 3

Decreto de urgencia núm. 025-2008q u e e s t a b l e c e d i s p o s i c i o n e scomplementarias para la apl icaciónde la Ley núm. 27803 y la Ley núm.2 9 0 5 9 s o b r e r e v i s i ó n d e c e s e sc o l e c t i v o s .

El Peruano (Separata), 2008-06-24,núm. 10272, págs. 37463-374625 (INFORM)Tiene por objeto dejar sin efecto la reserva de plazas presupuestadas y vacantes que fueron informadas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en cumplimiento del artículo 4 de la Ley núm. 28299, referidas a profesionales de la salud.

Fecha de entrada en vigor: 2008-06-25

Texto(s) básico(s): (PER-2002-L-62692) 2002-07-28. Ley núm. 27803 queimplementa las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadaspor las Leyes núms. 27452 y 27586, encargadas de revisar los cesescolectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos depromoción de la inversión privada y en las entidades del sector públicoy gobiernos locales.

P E R - 2 0 0 6 - M - 7 5 2 3 7

2 0 0 6 - 1 1 - 1 4

Reso luc ión M in i s te r i a l núm. 386 -2006-TR por la que se aprueba elprocedimiento y formato para que extrabajadores cesados irregularmentea que se refiere la Ley núm. 27803,puedan so l ic i ta r la var iac ión deb e n e f i c i o d e r e i n c o r p o r a c i ó n or e u b i c a c i ó n l a b o r a l a l d ecompensac ión económica .

El Peruano, 2006-11-15, núm. 9650,págs. 332821-332822 (INFORM P60596)Dispone, entre otras cuestiones, que para acceder al cambio de beneficio se requiere que el ex trabajador se desista del beneficio inicialmente elegido, lo cual se hace constar expresamente en la solicitud.

Texto(s) básico(s): (PER-2002-L-62692) 2002-07-28. Ley núm. 27803 queimplementa las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadaspor las Leyes núms. 27452 y 27586, encargadas de revisar los cesescolectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos depromoción de la inversión privada y en las entidades del sector públicoy gobiernos locales.

P E R - 2 0 0 5 - M - 7 1 6 7 8

2 0 0 5 - 0 8 - 2 3

Reso luc ión M in i s te r i a l núm. 231 -2005-TR por la que se establecendisposic iones complementar ias paral a e j e c u c i ó n d e l P r o g r a m aExtraordinario de Acceso a beneficiosa que se refiere la Ley núm. 27803.

El Peruano, 2005-08-24, núm. 9199,pág. 299084 (INFORM P60596)Las normas complementarias se refieren al deber general de información, a las entidades y/o empresas infractoras, a las obligaciones de las demás entidades y empresas del Estado y a los beneficiarios de la compensación económica.

P E R - 2 0 0 5 - M - 7 0 4 5 3

2 0 0 5 - 0 2 - 0 8

Reso luc ión M in i s te r i a l núm. 024 -2005-TR por la que se aprueba el PlanOperativo de Ejecución (POE) de losbeneficios establecidos en la Leyn ú m . 2 7 8 0 3 , q u e i m p l e m e n t a l a srecomendac iones de r i vadas de l asComis iones creadas por las Leyesnúms. 27452 y 27586, encargadas der e v i s a r l o s c e s e s c o l e c t i v o se f e c t u a d o s e n l a s e m p r e s a s d e lEstado sujetas a procesos de promociónde la inversión privada y en lase n t i d a d e s d e l s e c t o r p ú b l i c o ygob ie rnos loca les .

El Peruano, 2005-02-11, núm. 9005,págs. 286852-286855 (INFORM P60596)El POE tiene por objeto regular la ejecución de los beneficios establecidos por la Ley núm. 27803 a favor de los ex-trabajadores que fueron cesados irregularmente durante la década pasada. Dicho plan es de aplicación para todas la entidades del Sector Público, Gobiernos Locales y Empresas del Estado que fueron sometidas a procesos de promoción de la inversión privada, en las que el Estado continúe teniendo participación accionaria mayor de 50%.

Texto(s) básico(s): (PER-2002-L-62692) 2002-07-28. Ley núm. 27803 queimplementa las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadaspor las Leyes núms. 27452 y 27586, encargadas de revisar los cesescolectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos depromoción de la inversión privada y en las entidades del sector públicoy gobiernos locales.

P E R - 2 0 0 2 - L - 6 2 6 9 2

2 0 0 2 - 0 7 - 2 8

Ley núm. 27803 que implementa lasrecomendac iones de r i vadas de l asComis iones creadas por las Leyesnúms. 27452 y 27586, encargadas der e v i s a r l o s c e s e s c o l e c t i v o se f e c t u a d o s e n l a s e m p r e s a s d e lEstado sujetas a procesos de promociónde la inversión privada y en lase n t i d a d e s d e l s e c t o r p ú b l i c o ygob ie rnos loca les .

El Peruano, 2002-07-29, núm. 8073,págs. 227344-227346 (INFORM P60596)Instituye un Programa Extraordinario de Acceso a Beneficios, cuyos destinatarios serán los ex-trabajadores cesados mediante procedimientos de ceses colectivos llevados a cabo ante la Autoridad Administrativa de Trabajo en el marco del proceso de promoción privada y que, conforme a lo establecido por la Comisión Especial creada por Ley núm. 27452 han sido considerados irregulares, aquéllos cuyos ceses colectivos en el sector público y gobiernos locales han sido igualmente irregulares en función de los parámetros determinados por la Comisión Multisectorial creada por la Ley núm. 27586 y aquéllos que mediante coacción fueron obligados a renunciar en el marco del referido proceso o dentro del marco de los ceses colectivos de personal al amparo del Decreto-Ley núm. 26093 o procesos de reorganización a que se refiere el artículo 3 de la Ley núm. 27487.

Texto(s) modificador(es): (PER-2006-L-74276) 2006-05-18. Ley núm.28738 que modifica el artículo 14 de la ley núm. 27803, sobre lascondiciones para la jubilación adelantada del régimen especial de la Leynúm. 25009.

Texto(s) modificador(es): (PER-2005-M-71678) 2005-08-23. ResoluciónMinisterial núm. 231-2005-TR por la que se establecen disposicionescomplementarias para la ejecución del Programa Extraordinario de Accesoa beneficios a que se refiere la Ley núm. 27803.

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 6 0 3 4

2 0 0 0 - 0 2 - 2 2

Decreto de urgencia núm. 008-2000,por el que se modifica artículo del a L e y d e m o d e r n i z a c i ó n d e l aSeguridad Social en Salud, referidoal derecho especial de cobertura pord e s e m p l e o .

El Peruano, 2000-02-23, núm. 7184,pág. 184027. (INFORM)

21

Asistencia y serviciossociales

P E R - 2 0 0 6 - R - 7 3 8 1 7

2 0 0 6 - 0 4 - 1 9

Dec re to Sup remo núm. 006 -2006 -TRp o r e l q u e s e m o d i f i c a D e c r e t oSupremo núm. 013-2003-TR por el quese aprueba el Reglamento de la Leyn ú m . 2 8 0 5 1 d e P r e s t a c i o n e sAl imentar ias en Benef ic io de losT r a b a j a d o r e s s u j e t o s a l R é g i m e nLaboral de la Actividad Privada.

El Peruano, 2006-04-20, núm. 9442,págs. 316995-316996 (INFORM P60596)Modifica los artículos 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16 y 19 del citado Decreto Supremo en lo relativo al procedimiento de registro de las empresas administradoras, los cupones o vales o documentos análogos, las características de las empresas proveedoras de alimentos y establecimientos afiliados, el funcionamiento y requisitos de las empresas proveedoras de alimentos, la relación entre las empresas administradoras y las empresas clientes y los convenios suscritos por el empleador.

Fecha de entrada en vigor: 2006-04-20

P E R - 2 0 0 3 - R - 6 6 0 8 4

2 0 0 3 - 1 0 - 2 7

Dec re to Sup remo núm. 013 -2003 -TRpor el que se aprueba el Reglamentode la Ley núm. 28051 de PrestacionesAl imentar ias en Benef ic io de losT r a b a j a d o r e s s u j e t o s a l R é g i m e nLaboral de la Actividad Privada.

El Peruano, 2003-10-28, núm. 8528,págs. 253982-253987 (INFORM P60596)Establece que el beneficio de las prestaciones alimentarias es de carácter voluntario, previo acuerdo individual o colectivo entre los trabajadores y empleadores, y se materializa a través de la entrega de bienes de consumo alimentario, en cualquiera de las modalidades previstas en la citada Ley o en el presente Reglamento. Asimismo, prohíbe el otorgamiento de la prestación en dinero.

Fecha de entrada en vigor: 2003-10-29

Texto(s) básico(s): (PER-2003-L-64840) 2003-07-31. Ley núm. 28051 deprestaciones alimentarias en beneficio de los trabajadores sujetos alrégimen laboral de la actividad privada.

Texto(s) modificador(es): (PER-2006-R-73817) 2006-04-19. DecretoSupremo núm. 006-2006-TR por el que se modifica Decreto Supremo núm.013-2003-TR por el que se aprueba el Reglamento de la Ley núm. 28051de Prestaciones Alimentarias en Beneficio de los Trabajadores sujetos alRégimen Laboral de la Actividad Privada.

P E R - 2 0 0 3 - L - 6 4 8 4 0

2 0 0 3 - 0 7 - 3 1

L e y n ú m . 2 8 0 5 1 d e p r e s t a c i o n e sa l imentar ias en benef ic io de lost r a b a j a d o r e s s u j e t o s a l r é g i m e nlaboral de la actividad privada.

El Peruano, 2003-08-02, núm. 8441,págs. 249114-249115 (INFORM P60596)Establece el beneficio de prestaciones alimentarias con fines promocionales en favor de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, con el objeto de mejorar sus ingresos, mediante la adquisición de bienes de consumo alimentario suministrados por su empleador con la participación de terceros en condiciones adecuadas. Las prestaciones alimentarias podrán ser objeto de convención colectiva de trabajo o contrato individual.

Fecha de entrada en vigor: 2003-08-03

P E R - 1 9 9 8 - L - 4 8 4 5 5

1 9 9 8 - 0 1 - 0 9

Ley núm. 26918, de c reac ión de lSistema Nacional para la Poblaciónen Riesgo.

El Peruano, 1998-01-23, núm. 6421,págs. 156701-156702 (INFORM)Tiene la finalidad de dirigir las actividades del Estado a la promoción, atención y apoyo a niños, adolescentes, mujeres, jóvenes y ancianos, y en general toda persona en situación de riesgo. El Instituto Nacional de Bienestar Familiar (INABIF) es el órgano rector del sistema.

P E R - 1 9 6 5 - M - 3 0 8 7 7

1 9 6 5 - 0 9 - 1 3

Resolución Suprema núm. 337 por laque se dispone que las empresas dela actividad privada con más de 300t r a b a j a d o r e s c o n t a r á n c o n l o sservicios de una asistencia social.

Manual de relaciones colectivas detrabajo, 1992, págs. C-27 - C-28(DOC.NORMES)

P E R - 1 9 9 1 - R - 2 1 8 8 2

1 9 9 1 - 0 3 - 2 5

Decreto Supremo núm. 063-91-EF, porel que se establece la participaciónf inanc iera de los t raba jadores yempleadores al FONAVI (Fondo Nacionalde V iv ienda) .

El Peruano, 1991-03-21, No. 3889, p.95418-95419 (INFORM)La participación financiera de los trabajadores y empleadores al Fondo Nacional de la Vivienda debe calcularse sobre el total de las remuneraciones y gratificaciones que por todo concepto perciba el trabajador.

P E R - 1 9 9 1 - R - 2 1 6 9 7

1 9 9 1 - 0 1 - 2 5

Decreto Supremo núm. 006-91-TR, porel que se dictan normas reglamentariasde la ley núm. 25249, que crea la Cajad e P r o t e c c i ó n y A s i s t e n c i a d eTrabajadores Lustradores de Calzadodel Perú.

El Peruano, 1991-01-29, No. 3833, p.93845-93847 (INFORM)

P E R - 1 9 9 1 - L - 2 1 6 9 4

1 9 9 1 - 0 1 - 2 8

Ley núm. 25307, por el que declarande prioritario interés nacional lalabor que real izan los Clubes deMadres, Comités de Vaso de Leche,C o m e d o r e s P o p u l a r e sA u t o g e s t i o n a r i o s , C o c i n a sF a m i l i a r e s , C e n t r o s M a t e r n oInfant i les y demás organizac ionessociales de base, en lo referido alservicio de apoyo al imentario quebrindan a las familias de menoresr e c u r s o s .

El Peruano, 1991-02-15, No. 3850, p.94615-94616 (DOC.NORMES)

P E R - 1 9 6 9 - L - 1 7 8 0 8

1 9 6 9 - 0 3 - 1 8

Decreto- ley 17505 por el cual sepromulga el Código Sanitario.

El Peruano, 1969-03-20 (INFORM)Título sexto, sección octava : De la salud en el trabajo; sección novena : De la asistencia social.

P E R - 1 9 8 9 - R - 9 5 2 7

1 9 8 9 - 1 1 - 1 6

Decreto supremo núm. 029-89-SA pore l que se aprueba e l reg lamentoo r g á n i c o d e l a s s o c i e d a d e s d eb e n e f i c e n c i a y j u n t a s d epar t i c ipac ión soc ia l .

El Peruano, 1989-11-26, núm. 3393, p.79635-79642 (INFORM)

P E R - 1 9 8 9 - R - 8 4 2 2

1 9 8 9 - 0 7 - 1 3

Decreto supremo núm. 016-89-SA pore l que se aprueba la es t ruc turaorgánica y reglamento de organizacióny funciones del Consejo Nacional deB e n e f i c e n c i a y J u n t a s d ePar t i c ipac ión Soc ia l .

El Peruano, 1989-07-20, núm. 3261, p.76134-76140 (INFORM)

P E R - 1 9 8 9 - R - 7 8 1 9

1 9 8 9 - 0 4 - 0 7

Decreto supremo núm. 023-89-PCM pore l que se c rea e l “Programa deCompensac ión Soc ia l ” .

El Peruano, 1989-04-08, No. 3153, p.73616-73617 (INFORM)El Programa de Compensación Social tiene por finalidad mejorar las medidas de protección a los sectores de menores recursos, facilitando así su acceso a los alimentos de primera necesidad, a las medicinas sociales, a los útiles y alimentación escolar y a los servicios básicos, promoviendo programas de empleo temporal productivo en los ámbitos urbano y rural, de producción agropecuaria, de educación no escolarizada y otros que contribuyan a aliviar la pobreza urbana y rural. Se crea el Fondo de Compensación Social destinado a administrar y financiar el Programa. Mediante decreto supremo núm. 021-92-PCM se dispuso la desactivación del Programa de Compensación Social.

22

P E R - 1 9 8 5 - R - 1 4 4 1

1 9 8 5 - 0 5 - 1 5

Decreto supremo núm. 013-85-EM/VMque modif ica varios art ículos delreg lamento de la ley genera l dem i n e r í a .

El Peruano, 1985-05-16, N. 1597, p.34920-34921 (INFORM)

Administración y financiaciónP E R - 2 0 0 5 - L - 7 0 4 5 1

2 0 0 5 - 0 2 - 2 4

Ley núm. 28470 que modifica el TextoUnico Ordenado de la Ley del SistemaPrivado de Administración de Fondosd e P e n s i o n e s , a p r o b a d o m e d i a n t eDecreto Supremo núm. 54-97-EF.

El Peruano, 2005-02-26, núm. 9019,págs. 287982-287983 (INFORM P60596)Modifica los artículos 37 y 38 del Texto Unico Ordenado de la citada Ley y elimina la exoneración de tasas, aranceles y derechos judiciales a favor de las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones).

Fecha de entrada en vigor: 2005-02-27

P E R - 2 0 0 3 - L - 6 4 4 9 1

2 0 0 3 - 0 6 - 1 7

L e y n ú m . 2 8 0 0 6 s o b r e S e g u r i d a dS o c i a l .

El Peruano, 2003-06-18, núm. 8396,págs. 246159-246160 (INFORM P60596)Tiene por objeto restituir y garantizar la intangibilidad de los fondos y reservas de la seguridad social, así como restituir la autonomía administrativa, económica, financiera y presupuestal de EsSalud, conforme lo establece la Constitución Política de Perú y la Ley núm. 27056 que crea el Seguro Social de Salud (EsSalud).

Texto(s) básico(s): (PER-1999-L-52239) 1999-01-09. Ley núm. 27056, decreación del seguro social de salud (ESSALUD).

P E R - 2 0 0 3 - L - 6 4 1 3 2

2 0 0 3 - 0 6 - 0 2

Ley núm. 27988 modi f ica tor ia de lD e c r e t o S u p r e m o n ú m . 0 5 4 - 9 7 - E F ,Texto Unico Ordenado de la Ley delS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones.

El Peruano, 2003-06-04, núm. 8381,págs. 245366-245369 (INFORM P60596)Modifica los artículos 18, 19, 20 y 25 e incorpora los artículos 18-A, 18-B, 18-C, 25-A, 25-B, 25-C y 25-D al Decreto Supremo núm. 054-97-EF en lo relativo a las AFP y administración de fondos, tipos de fondos, inscripción de los fondos en el registro, patrimonios y contabilidades separados, constitución del Fondo, inembargabilidad del Fondo, instrumentos de inversión de las AFP, categorización de los instrumentos, límites de inversión por tipo de fondo, política de inversiones y límites de inversión generales.

P E R - 1 9 9 8 - R - 6 3 8 4 2

1 9 9 8 - 0 1 - 1 9

Decreto Supremo núm. 004-98-EF porel que se aprueba el Reglamento delTexto Unico Ordenado de la Ley delS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones.

http://www.sbs.gob, Superintendenciade Banca y Seguros, Perú, 45 págs.El Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) tiene como objeto contribuir al desarrollo y fortalecimiento del sistema de previsión social en el área de pensiones. Establece los requisitos de constitución, organización y funcionamiento de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), los requisitos y limitaciones de su gestión y las características de las prestaciones que otorgan a sus afiliados.

Texto(s) modificador(es): (PER-2003-R-63619) 2003-03-18. DecretoSupremo núm. 034-2003-EF por el que se modifica el artículo 65 delReglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado deAdministración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremonúm. 004-98-EF.

P E R - 2 0 0 3 - R - 6 3 6 2 0

2 0 0 3 - 0 3 - 2 7

Dec re to Sup remo núm. 043 -2003 -EFpor el que se dictan disposicionespara e l reg is t ro de ob l igac ionesprevisionales del Régimen Pensionariode l Decre to-Ley núm. 20530, cuyof i n a n c i a m i e n t o n o p r o v i e n e d erecursos del Tesoro Público.

El Peruano, 2003-03-28, núm. 8313,pág. 241727 (INFORM P60596)Establece el cálculo actuarial, el reconocimiento y registro de reservas pensionarias y la constitución de fondos para financiar obligaciones previsionales. Deroga los artículos 2 y 3 del Decreto Supremo núm. 106-2002-EF.

Texto(s) básico(s): (PER-1974-L-26388) 1974-02-26. Decreto-ley núm.20530 por el que se establece el régimen de pensiones y compensacionespor servicios civiles prestados al Estado no comprendidos en el decreto-ley núm. 19990.

P E R - 2 0 0 3 - R - 6 3 6 1 9

2 0 0 3 - 0 3 - 1 8

Dec re to Sup remo núm. 034 -2003 -EFpor el que se modifica el artículo65 del Reglamento del Texto UnicoO r d e n a d o d e l a L e y d e l S i s t e m aPrivado de Administración de Fondosde Pensiones, aprobado por DecretoSupremo núm. 004-98-EF.

El Peruano, 2003-03-19, núm. 8304,pág. 240997 (INFORM P60596)La modificación se refiere a las cuotas de participación de fondos mutuos y de fondos de inversión dentro del portafolio de inversiones de los fondos de pensiones.

Texto(s) básico(s): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. Decreto Supremonúm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenado de la leydel sistema privado de administración de fondos de pensiones.

P E R - 2 0 0 2 - L - 6 3 5 6 5

2 0 0 2 - 1 2 - 1 3

Ley núm. 27883 que es tab lece latransferencia de fondos previsionalesentre el sistema privado de pensionesy otros sistemas previsionales dele x t e r i o r .

El Peruano, 2002-12-15, núm. 8211,pág. 235146 (INFORM P60596)Contempla, entre otros aspectos, la transferencia de fondos previsionales de cuentas individuales de capitalización al exterior, la transferencia de fondos previsionales del exterior y los convenios.

Fecha de entrada en vigor: 2003-01-01

P E R - 2 0 0 2 - R - 6 2 0 3 2

2 0 0 2 - 0 6 - 1 3

Dec re to Sup remo núm. 100 -2002 -EFque modifica el Reglamento del TextoUnico Ordenado (TUO) de la Ley delS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones.

Actualidad Laboral, 2002-06, núm.312, págs. 75-82 (INFORM P48761)Incorpora al Reglamento del TUO de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo núm. 004-98-EF, el Título VII: “Pensión Mínima, Régimen Especial de Jubilación Anticipada en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) y Jubilación Adelantada del Decreto-Ley núm. 19990 para afiliados al SPP”.

Texto(s) básico(s): (PER-2001-L-60260) 2001-12-18. Ley núm. 27617 quedispone la reestructuración del sistema nacional de pensiones del decreto-ley núm. 19990 y modifica el decreto-ley 20530 y la ley del sistema privadode administración de fondos de pensiones.

Texto(s) básico(s): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. Decreto Supremonúm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenado de la leydel sistema privado de administración de fondos de pensiones.

Texto(s) básico(s): (PER-1973-L-15770) 1973-04-24. Decreto-ley 19990por el que se crea el sistema nacional de pensiones de la seguridad social,en substitución de los sistemas de pensiones de las cajas de pensionesde la Caja Nacional del Seguro Social y del Seguro Social del Empleadoy del Fondo especial de jubilación de empleados particulares.

P E R - 2 0 0 2 - R - 6 2 0 3 1

2 0 0 2 - 0 6 - 1 2

Dec re to Sup remo núm. 099 -2002 -EFpor el que se establecen disposicionespara la determinación del monto depensiones de jubilación en el SistemaNacional de Pensiones.

Actualidad Laboral, 2002-06, núm.312, págs. 73-75 (INFORM P48761)Establece, entre otras cuestiones, las bases sobre las cuales determinar los montos de las pensiones, la remuneración de referencia, el incremento por cónyuge e hijos, la pensión máxima y los requisitos para modificación de criterios.

P E R - 2 0 0 2 - R - 6 2 0 2 5

2 0 0 2 - 0 1 - 0 4

Dec re to Sup remo núm. 004 -2002 -EFque modifica el Reglamento del TextoUnico Ordenado (TUO) de la Ley delS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones.

Actualidad Laboral, 2002-01, núm.307, págs. 23-24 (INFORM P48761)Sustituye el último párrafo del artículo 102 del Reglamento del TUO de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Decreto Supremo núm. 004-98-EF. Dicho párrafo se refiere a la retribución de la AFJP, así como a la estructura y la modalidad de cobro.

23

P E R - 2 0 0 2 - R - 6 2 0 0 2

2 0 0 2 - 0 8 - 2 1

Dec re to Sup remo núm. 013 -2002 -TRpor el que se aprueba el Texto Unicode P roced im ien tos Admin i s t ra t i vosdel Seguro Social de Salud-ESSALUD.

El Peruano, 2002-08-23, núm. 8098,págs. 228690-228710 (INFORM P60596)Aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Seguro Social de Salud. Se aplica a los procedimientos de competencia del Seguro Social de salud a nivel nacional.

P E R - 2 0 0 1 - L - 6 0 2 6 0

2 0 0 1 - 1 2 - 1 8

L e y n ú m . 2 7 6 1 7 q u e d i s p o n e l areestructuración del sistema nacionalde pensiones del decreto- ley núm.1 9 9 9 0 y m o d i f i c a e l d e c r e t o - l e y20530 y la ley del sistema privadod e a d m i n i s t r a c i ó n d e f o n d o s d ep e n s i o n e s .

El Peruano, 2002-01-01, núm. 7863,págs. 214980-214982 (DOC.NORMES)Dispone sobre las remuneraciones de referencia, porcentajes de pensiones en el Sistema Nacional de Pensiones y Pensión Mínima, la incorporación de la bonificación FONAHPU y la modificación del artículo 17 del decreto legislativo núm. 817 sobre intangibilidad y personería jurídica del fondo consolidado de reservas previsionales. Modifica asimismo el régimen del decreto-ley núm. 20530 en lo relativo a la pensión de sobrevivientes, de viudez, de orfandad y la cobertura de pensiones de viudez y de orfandad. Por último, las reformas al decreto supremo núm. 054-97-EF-Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones se refieren, entre otras cuestiones, al Derecho a bono de reconocimiento, a la pensión mínima, al régimen especial de jubilación anticipada para desempleados y a la jubilación adelantada del decreto-ley núm. 19990.

Texto(s) básico(s): (PER-1973-L-15770) 1973-04-24. Decreto-ley 19990por el que se crea el sistema nacional de pensiones de la seguridad social,en substitución de los sistemas de pensiones de las cajas de pensionesde la Caja Nacional del Seguro Social y del Seguro Social del Empleadoy del Fondo especial de jubilación de empleados particulares.

P E R - 2 0 0 1 - R - 5 9 4 4 8

2 0 0 1 - 0 7 - 2 0

Dec re to Sup remo núm. 024 -2001 -TRpor el que se precisan y reglamentand i s p o s i c i o n e s d e l a L e y d eConsolidación de Beneficios Sociales.

El Peruano, 2001-07-22, núm. 7700,págs. 207254-207255 (INFORM P60596)Precisa el artículo 18 del Decreto Legislativo núm. 688 en el sentido de que en los casos de suspensión de la relación laboral, sea por enfermedad, invalidez o cualquiera de las causales previstas en el artículo 12 del Texto Unico ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo núm. 003-97-TR, a excepción del caso del inciso j), el empleador está obligado a continuar pagando las primas correspondientes.

Texto(s) modificador(es): (PER-2002-L-61192) 2002-04-18. Ley núm.27700 que precisa el derecho de los trabajadores que cesan de mantenersu seguro de vida.

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 9 1 3 7

2 0 0 0 - 1 2 - 2 8

Resolución SBS núm. 939-2000 por laque se modifica el anexo del títuloV d e l c o m p e n d i o d e n o r m a s d es u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o aaf i l iación y aportes.

Actualidad Laboral, 2001-02-01, núm.296, pág. 58 (INFORM P48761)Modifica el Anexo XXIV del Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolución núm. 080-98-EF/SAFP.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-M-49278) 1998-03-05. Resolución núm.080-98-EF/SAFP por la cual se aprueba el Título V del Compendio deNormas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado deAdministración de Fondos de Pensiones, referido a Afiliación y Aportes.

P E R - 2 0 0 0 - L - 5 7 1 3 4

2 0 0 0 - 0 1 - 1 7

Dec re to Sup remo núm. 004 -2000 -EFpor el que se establecen l ímitespara inversiones que realicen fondosde pensiones en acciones de empresascomprendidas en proceso de promociónde la inversión privada.

Actualidad Laboral, 2000-01, núm.283, págs. 46-47 (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. Decreto Supremonúm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenado de la leydel sistema privado de administración de fondos de pensiones.

P E R - 2 0 0 0 - L - 5 6 7 0 5

2 0 0 0 - 0 7 - 1 3

Ley núm. 27328 que incorpora bajo elc o n t r o l y s u p e r v i s i ó n d e l asuperintendencia de banca y segurosa las administradoras pr ivadas defondos de pensiones.

El Peruano, 2000-07-24, núm. 7336,págs. 190835-190836 (INFORM)

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 6 5 4 3

2 0 0 0 - 0 3 - 0 6

Dec re to Sup remo núm. 018 -2000 -EFpor el que se modifica el reglamentodel texto único ordenado de la leydel sistema privado de administraciónde fondos de pensiones

Actualidad Laboral. Revista Informativade Trabajo, 2000-02, núm. 284, págs.33-34 (INFORM)

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 6 1 4 7

2 0 0 0 - 0 3 - 2 9

R e s o l u c i ó n n ú m . 1 2 2 - 2 0 0 0 - E F / S A F Ppor la que se modifica el título VId e l c o m p e n d i o d e n o r m a s d es u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o ai n v e r s i o n e s .

El Peruano, 2000-03-31, núm. 7221,págs. 185256-185258 (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1998-M-50822) 1998-02-10. Resolución núm.052-98-EF/SAFP, del 10 de febrero de 1998, por la que se aprueba el TítuloVI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias delSistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones referido aInversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53482) 1999-06-01. Resoluciónnúm. 188-99-EF/SAFP por la que se modifica artículo del Título VI delCompendio de Normas de Superintendencia, referido a inversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-52541) 1999-03-30. Resoluciónnúm. 097-99-EF/SAFP por la que se sustituye disposición transitoria delTítulo VI del Compendio de normas de superintendencia reglamentarias delsistema privado de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-51036) 1998-10-02. Resoluciónnúm. 390-98-EF/SAFP por la que se modifica el Título VI del Compendiode Normas del Sistema Privado de Pensiones, sobre tasas de encaje ycarta de fianza.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-50825) 1998-08-07. Resoluciónnúm. 302-98-EF/SAFP, del 7 de agosto de 1998, por la que se modificaresolución que aprobó título de compendio de normas de Superintendencia,referido a Inversiones.

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 5 5 7 9

2 0 0 0 - 0 1 - 2 1

Reso luc ión núm. 041 -2000-EF /SAFP,por la que se modifica el Título VIId e l C o m p e n d i o d e n o r m a s d es u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o ap r e s t a c i o n e s .

El Peruano, 2000-01-25, núm. 7155,págs. 183016-183020. (INFORM)

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 5 5 7 8

2 0 0 0 - 0 1 - 1 1

R e s o l u c i ó n n ú m . 0 2 8 - 2 0 0 0 - E F / S A F Ppor la que se modifica el Compendiod e n o r m a s d e s u p e r i n t e n d e n c i areglamentarias del sistema privadod e a d m i n i s t r a c i ó n d e f o n d o s d ep e n s i o n e s .

El Peruano, 2000-01-15, núm. 7145,págs. 182768. (INFORM)

24

P E R - 2 0 0 0 - R - 5 5 5 7 6

2 0 0 0 - 0 1 - 0 5

Reso luc ión núm. 009 -2000-EF /SAFP,por la que se modifica el Reglamentode inspección a empleadores en elámbito del SPP.

El Peruano, 2000-01-08, núm. 7138,pág. 182519. (INFORM)

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 4 5 3 7

1 9 9 9 - 1 1 - 2 6

Resolución núm. 375-99-EF/SAFP, de26 de noviembre de 1999, por la quese modifica el Título VI del Compendiod e n o r m a s d e s u p e r i n t e n d e n c i a ,refer ido a inversiones.

El Peruano, 1999-11-30, núm. 7099,págs. 180785-180786. (INFORM)Las enmiendas hacen referencia al déficit y superavit de encaje, al déficit de encaje por reducción en la clasificación de riesgo y a la carta fianza.

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 4 5 3 6

1 9 9 9 - 1 1 - 1 8

Resolución núm. 374-99-EF/SAFP, del18 de noviembre de 1999, por la quese modifican artículos del Título VId e l C o m p e n d i o d e n o r m a s d es u p e r i n t e n d e n c i a r e f e r i d o ai n v e r s i o n e s .

El Peruano, 1999-11-21, núm. 7090,pág. 180461. (INFORM)Las enmiendas hacen referencia a la clasif icación de riesgo credit icio.

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 4 2 5 4

1 9 9 9 - 1 0 - 1 8

Resolución núm. 359-99-EF/SAFP porla que se modifica el Título IX delC o m p e n d i o d e N o r m a s d eSuper in tendenc ia re fer ido a l P lancontable de cartera administrada yde AFP

El Peruano, 1999-10-21, núm. 7059,págs. 179536-179539. (INFORM)

P E R - 1 9 9 9 - L - 5 4 2 4 9

1 9 9 9 - 0 9 - 1 6

L e y n ú m . 2 7 1 7 7 , p o r l a q u e s eincorpora como afi l iados regularesdel seguro social de salud a lospescadores y procesadores pesquerosa r tesana les i ndepend ien tes .

El Peruano, 1999-09-25, núm. 7033,págs. 178595-178596. (INFORM)

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 3 7 9 5

1 9 9 9 - 0 7 - 2 2

Resolución núm. 251-99-EF/SAFP, porla que se modifica el Título XII delC o m p e n d i o d e n o r m a s d es u p e r i n t e n d e n c i a r e f e r i d o as a n c i o n e s .

El Peruano, 1999-07-23, núm. 6969,págs. 176117-176118. (INFORM)L a e n m i e n d a h a c e r e f e r e n c i a a l a p u b l i c a c i ó n d e l a s s a n c i o n e s .

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 3 7 9 4

1 9 9 9 - 0 7 - 1 3

Resolución ministerial núm. 107-99-TR que precisa el campo de aplicaciónde las cooperativas de trabajadoresy empresas especiales de serviciosd e o b t e n e r f i a n z a s o l i d a r i a e ngarantía de los derechos laboralesd e s u s s o c i o s t r a b a j a d o r e s yt r a b a j a d o r e s .

El Peruano, 1999-07-16, núm. 6962,págs. 175812-175813. (INFORM)

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 3 4 8 6

1 9 9 9 - 0 6 - 1 8

Resolución núm. 213-99-EF/SAFP porla que se incorporan artículos a losTítulos III y V del Compendio deNormas de Superintendencia y apruebane l “ R e g l a m e n t o d e I n s p e c c i ó n ae m p l e a d o r e s ” .

El Peruano, 1999-06-19, núm. 6934,págs. 174427-174428. (INFORM)Las enmiendas hacen referencia a la información relativa a deudas previsionales y al deber de comunicación a la Superintendencia. El reglamento de inspección a empleadores en el ámbito del sistema privado de pensiones aborda, entre otras cuestiones, el alcance de la función de inspección; las facultades, obligaciones y prohibiciones a que están sujetos los inspectores; y el régimen de infracciones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-R-55576) 2000-01-05. Resoluciónnúm. 009-2000-EF/SAFP, por la que se modifica el Reglamento deinspección a empleadores en el ámbito del SPP.

P E R - 1 9 9 9 - R - 5 2 5 4 1

1 9 9 9 - 0 3 - 3 0

Resolución núm. 097-99-EF/SAFP porl a q u e s e s u s t i t u y e d i s p o s i c i ó nt r a n s i t o r i a d e l T í t u l o V I d e lC o m p e n d i o d e n o r m a s d esuperintendencia reglamentarias delsistema privado de pensiones.

El Peruano, 1999-03-31, núm. 6854,págs. 171551-171552. (INFORM)Dicha disposición hace referencia a la aplicación de normas de custodia.

P E R - 1 9 9 9 - M - 5 2 2 3 7

1 9 9 9 - 0 2 - 0 8

Resolución núm. 044-99/EF-SAFP, porla que se modifica el Título V delC o m p e n d i o d e n o r m a s d eSuperindendencia reglamentarias dels is tema pr ivado de admin is t rac iónde fondos de pensiones.

El Peruano, 1999-02-10, núm. 6805,págs.169705-169706. (INFORM)I n t r o d u c e v a r i a s e n m i e n d a s a l t e x t o d e l T í t u l o V .

P E R - 1 9 9 9 - M - 5 2 2 3 6

1 9 9 9 - 0 2 - 0 4

Resolución núm. 042-99/EF/SAFP, porla que se sustituyen artículos delTítulo IV del Compendio de normas deS u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o ainformación al afiliado y al públicoen general .

El Peruano, 1999-02-10, núm. 6805,págs. 169704-169705. (INFORM)Aporta varias enmiendas en materia de definiciones, función informativa, y observaciones sobre el material informativo.

P E R - 1 9 9 9 - M - 5 2 2 3 3

1 9 9 9 - 0 2 - 1 9

Resolución núm. 053-99-EF/SAFP, porla que se modifica el Título V delC o m p e n d i o d e n o r m a s d e l S i s t e m aprivado de administración de fondosde pensiones, referido a afiliacióny aportes.

El Peruano, 1999-02-20, núm. 6815,págs. 170074-170075. (INFORM)Enmienda el artículado de dicho título en materia de nulidad de contrato.

P E R - 1 9 9 9 - M - 5 2 2 3 2

1 9 9 9 - 0 2 - 2 3

Resoluc ión núm.055-99/EF/SAFP, porla que se modifican los títulos IIIy V de l Compend io de normas deSuperintendencia reglamentarias dels is tema pr ivado de admin is t rac iónde fondos de pensiones.

El Peruano, 1999-02-25, núm. 6820,págs. 170260-170261. (INFORM)A p o r t a d i v e r s a s e n m i e n d a s a l a r t i c u l a d o d e d i c h o s t í t u l o s .

25

P E R - 1 9 9 8 - R - 5 1 3 9 6

1 9 9 8 - 1 2 - 0 9

Resolución núm. 538-98-EF/SAFP, de9 de diciembre, por la que se apruebael Título XI del Compendio de Normasdel Sistema Privado de Pensiones,r e f e r i d o a f u s i ó n , d i s o l u c i ó n yliquidación de las AFP y la fusiónde los fondos que administran.

El Peruano, 1998-12-12, núm. 6744,págs. 167173-167177. (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-R-55578) 2000-01-11. Resoluciónnúm. 028-2000-EF/SAFP por la que se modifica el Compendio de normasde superintendencia reglamentarias del sistema privado de administraciónde fondos de pensiones.

P E R - 1 9 9 8 - R - 5 1 3 3 0

1 9 9 8 - 1 1 - 1 2

Resolución núm. 470-98-EF/SAFP, del12 de noviembre de 1998, por la quese modifica el Compendio de normasdel sistema Privado de Pensiones enlo relat ivo al procedimiento paradeclarar la nulidad del contrato dea f i l i a c i ó n .

El Peruano, 1981-11, núm. 6717, págs.165825-165827. (INFORM)

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 1 0 3 6

1 9 9 8 - 1 0 - 0 2

Resolución núm. 390-98-EF/SAFP porla que se modifica el Título VI delC o m p e n d i o d e N o r m a s d e l S i s t e m aPrivado de Pensiones, sobre tasas deencaje y carta de fianza.

El Peruano, 1998-10-03, núm. 6674,págs. 164652-164653. (INFORM)

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 1 0 3 2

1 9 9 8 - 0 9 - 2 5

Resolución núm. 376-98-EF/SAFP, porla que se mod i f i ca a r t ícu lo de lTítulo VII del compendio de Normasdel Sistema Privado de Pensiones,aprobado por Res. N° 232-98-EF/SAFP

El Peruano, 1998-09-30, núm. 6671,págs. 164540-164541. (INFORM)Determina el tipo de cambio que hay que utilizar a efectos del cálculo de las pensiones de Renta Vitalicia Familiares y de Renta Vitalicia Diferida en dólares.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 8

1 9 9 8 - 0 9 - 1 1

Resolución núm. 358-98-EF/SAFP, del11 de diciembre de 1998, por la quese Aprueba el Título XII del Compendiode Normas del Sistema Privado dePensiones, refer ido a sanciones.

El Peruano, 1998-09-15, núm. 6656,págs. 163966-163978. (INFORM)Establece las sanciones que se impondrán a los agentes que intervienen en el SPP (Sistema Privado de Pensiones) por las infracciones a la Ley, su Reglamento, al Compendio de Normas Reglamentarias del SPP y las disposiciones de carácter general o particular emitidas por la Superintendencia. Incorpora dos anexos: I) Infracciones pasibles de sanción a personas jurídicas; II) Infracciones pasibles de sanción a personas naturales.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53795) 1999-07-22. Resoluciónnúm. 251-99-EF/SAFP, por la que se modifica el Título XII del Compendiode normas de superintendencia referido a sanciones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 7

1 9 9 8 - 0 9 - 0 7

Resolución núm. 344-98-EF/SAFP, del7 de septiembre de 1998, por la quese Modifican títulos del Compendiode Normas del Sistema Privado deP e n s i o n e s .

El Peruano, 1998-09-10, núm. 6651,págs. 163808-163809. (INFORM)Aporta modificaciones a los Títulos: III referido a Gestión Empresarial, V referido a Afiliación y Aportes, y VII referido a Prestaciones.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 6

1 9 9 8 - 0 8 - 2 1

Resolución núm. 319-98-EF/SAFP, del21 de agosto de 1998, por la que seAprueba el Título IV del Compendiode Normas Reglamentarias del SistemaPrivado de Administración de Fondosde Pensiones, referido a Informaciónal Afiliado y Público en General.

El Peruano, 1998-08-28, núm. 6638,págs. 163439-163441. (INFORM)Indica el material informativo que debe ser difundido por la Superintendencia y por la Administradora Privada de Fondos de Pensiones.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-M-52236) 1999-02-04. Resoluciónnúm. 042-99/EF/SAFP, por la que se sustituyen artículos del Título IV delCompendio de normas de Superintendencia, referido a información alafiliado y al público en general.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 5

1 9 9 8 - 0 8 - 0 7

Resolución núm. 302-98-EF/SAFP, del7 de agosto de 1998, por la que semodifica resolución que aprobó títulod e c o m p e n d i o d e n o r m a s d eS u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o aI n v e r s i o n e s .

El Peruano, 1998-08-10, núm. 6620,págs. 162937-162939. (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 4

1 9 9 8 - 0 7 - 3 0

Resolución núm. 291-98-EF/SAFP, del30 de julio de 1998, por la que seModifica resolución que aprobó títulod e l C o m p e n d i o d e N o r m a s d eS u p e r i n t e n d e n c i a , r e f e r i d o aP r e s t a c i o n e s .

El Peruano, 1998-07-31, núm. 6610,págs. 162650-162654. (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

26

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 3

1 9 9 8 - 0 6 - 1 7

Resolución núm. 232-98-EF/SAFP, del17 de junio de 1998, por la que seaprueba el Título VII del Compendiod e N o r m a s d e S u p e r i n t e n d e n c i aReglamentarias del Sistema Privadod e A d m i n i s t r a c i ó n d e F o n d o s d ePensiones, referido a Prestaciones.

El Peruano, 1998-06-19, núm. 6568,págs. 160873-160927. (INFORM)Contempla: 1) Prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio: i) Aspectos generales, ii) Modalidades de pensión, iii) Pensión de jubilación, iv) Pensión de invalidez, v) Pensión de sobrevivencia, vi) Gastos de sepelio, vii) Pensiones preliminares, y viii) Régimen temporal. 2) Los procedimientos de evaluación y calificación del grado de invalidez y los organismos participantes (encargados de los mismos): i) La comisión técnica médica, ii) Comité médico de las AFP, iii) Comité médico de la Superintendencia, iv) Procedimientos administrativos de evaluación y calificación de invalidez, v) Procedimiento de evaluación de solicitudes de calificación de preexistencias en el SPP, vi) Procedimientos para la calificación de la exclusión de la cobertura del seguro por alcoholismo, drogadicción y suicidio. 3) Procedimiento de concurso de selección y ámbito de participación de las empresas de seguros en la administración de riesgos de invalidez sobrevivencia, gastos de sepelio y en el otorgamiento de prestaciones por productos básicos a adicionales en el SPP: i) Participación de las empresas de seguros en la administración de riesgos de invalidez, sobrevivencia a gastos de sepelio, ii) Convocatoria y bases del concurso, iii) Comité de adjudicación de la AFP, iv) Presentación de propuestas, v) Acto público de adjudicación, vi) Contrato de administración de riesgos de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, vii) Participación de las empresas de seguros. Incluye 14 anexos.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-R-55579) 2000-01-21. Resoluciónnúm. 041-2000-EF/SAFP, por la que se modifica el Título VII del Compendiode normas de superintendencia, referido a prestaciones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53487) 1999-06-24. Resoluciónnúm. 222-99-EF/SAFP por la que se establece los procedimientoscomplementarios y operativos para la aplicación del Régimen dereprogramación de aportes al Fondo de pensiones REPRO-AFP.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-51032) 1998-09-25. Resoluciónnúm. 376-98-EF/SAFP, por la que se modifica artículo del Título VII delcompendio de Normas del Sistema Privado de Pensiones, aprobado porRes. N° 232-98-EF/SAFP

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-50827) 1998-09-07. Resoluciónnúm. 344-98-EF/SAFP, del 7 de septiembre de 1998, por la que seModifican títulos del Compendio de Normas del Sistema Privado dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-50824) 1998-07-30. Resoluciónnúm. 291-98-EF/SAFP, del 30 de julio de 1998, por la que se Modificaresolución que aprobó título del Compendio de Normas de Superintendencia,referido a Prestaciones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 8 2 2

1 9 9 8 - 0 2 - 1 0

Resolución núm. 052-98-EF/SAFP, del10 de febrero de 1998, por la que seaprueba el Título VI del Compendiod e N o r m a s d e S u p e r i n t e n d e n c i aReglamentarias del Sistema Privadod e A d m i n i s t r a c i ó n d e F o n d o s d ePensiones refer ido a Inversiones.

El Peruano, 1998-02-11, núm. 6440,págs. 157221-157242. (INFORM)Contempla: 1) Disposiciones generales; 2) Mecanismos de negociación; 3) Condiciones específicas para la inversión de los recursos de las carteras administradas; 4) Valorización de las inversiones; 5) Rentabilidad; 6) Limites, restricciones, prohibiciones y excesos; 7) Garantías; 8)Custodia; 9)Política de inversiones; 10) Información a la superintendencia. Igualmente incluye doce (12) anexos.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-R-56147) 2000-03-29. Resoluciónnúm. 122-2000-EF/SAFP por la que se modifica el título VI del compendiode normas de superintendencia, referido a inversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-54537) 1999-11-26. Resoluciónnúm. 375-99-EF/SAFP, de 26 de noviembre de 1999, por la que se modificael Título VI del Compendio de normas de superintendencia, referido ainversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-54536) 1999-11-18. Resoluciónnúm. 374-99-EF/SAFP, del 18 de noviembre de 1999, por la que semodifican artículos del Título VI del Compendio de normas de superintendenciareferido a inversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53482) 1999-06-01. Resoluciónnúm. 188-99-EF/SAFP por la que se modifica artículo del Título VI delCompendio de Normas de Superintendencia, referido a inversiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-52541) 1999-03-30. Resoluciónnúm. 097-99-EF/SAFP por la que se sustituye disposición transitoria delTítulo VI del Compendio de normas de superintendencia reglamentarias delsistema privado de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-51036) 1998-10-02. Resoluciónnúm. 390-98-EF/SAFP por la que se modifica el Título VI del Compendiode Normas del Sistema Privado de Pensiones, sobre tasas de encaje ycarta de fianza.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-50825) 1998-08-07. Resoluciónnúm. 302-98-EF/SAFP, del 7 de agosto de 1998, por la que se modificaresolución que aprobó título de compendio de normas de Superintendencia,referido a Inversiones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 6 5 0

1 9 9 8 - 0 8 - 2 1

Resolución ministerial núm. 070-98-TR por la que se regula la aplicaciónde la fianza a que se refieren losArtículos 5° y 7° del D.S. Núm. 004-9 8 - T R

El Peruano, 1998-08-24, núm. 6634,págs. 163338-163340.Regula la aplicación de la fianza que garantiza el pago de los derechos de los socios trabajadores de las coperativas de trabajadores y de los trabajadores de las empresas especiales de servicios, destacados a las empresas de usuarios. Con respecto a la carta de fianza, determina sus modalidades, el monto, su vigencia, renovación, reajuste, presentación, recepción, custodia, ejecución y pago.

Texto(s) básico(s): (PER-1999-R-53794) 1999-07-13. Resolución ministerialnúm. 107-99-TR que precisa el campo de aplicación de las cooperativasde trabajadores y empresas especiales de servicios de obtener fianzasolidaria en garantía de los derechos laborales de sus socios trabajadoresy trabajadores.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

P E R - 1 9 9 8 - M - 5 0 2 2 4

1 9 9 8 - 0 4 - 3 0

Resolución núm. 175-98-EF/SAFP porla cual se aprueba el Reglamento deOrganización y Funcionamiento de laSuperintendencia de AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones

El Peruano, 1998-05-16, núm. 6534,págs. 159896-159900 (INFORM)Determina la estructura orgánica de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SAFP), así como la composición, funciones, facultades y atribuciones de los órganos que la integran (Organos de alta dirección, de control interno, de asesoramiento, de apoyo y, de línea). También determina el régimen laboral y económico de la SAFP.

Fecha de entrada en vigor: 1998-05-16

Texto(s) básico(s): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. Decreto Supremonúm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenado de la leydel sistema privado de administración de fondos de pensiones.

P E R - 1 9 9 8 - R - 4 9 7 4 2

1 9 9 8 - 0 5 - 0 8

Decreto Supremo núm. 005-98-SA porel cual se aprueba el Reglamento deO r g a n i z a c i ó n y F u n c i o n e s d e l aS u p e r i n t e n d e n c i a d e E n t i d a d e sPrestadoras de Salud.

El Peruano, 1998-05-17, núm. 6535,págs. 159905-159908 (INFORM)Establece la naturaleza, misión, funciones generales, estructura orgánica, atribuciones, así como el régimen económico -financiero y laboral de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud.

Texto(s) básico(s): (PER-1997-L-46887) 1997-05-15. Ley núm. 26790, leyde modernización de la seguridad social en salud.

P E R - 1 9 9 8 - M - 4 9 2 7 8

1 9 9 8 - 0 3 - 0 5

Resolución núm. 080-98-EF/SAFP porla cual se aprueba el Título V delC o m p e n d i o d e N o r m a s d eS u p e r i n t e n d e n c i a R e g l a m e n t a r i a sdel Sistema Privado de Administraciónde Fondos de Pensiones, referido aAf i l iación y Aportes.

El Peruano, 1998-03-05, núm. 6462,págs. 157876-157902 (INFORM)Regula la incorporación al SPP y el contrato de afiliación, las disposiciones a que debe ajustarse el archivo de afiliados así como la carpeta individual del afiliado y los traspasos; regula las causales de los contratos de afiliación, la multiafiliación, los aportes, la cuenta individual de capitalización, y los aportes voluntarios, entre otros. Asimismo, dispone sobre el pago y recaudación de aportes correspondientes a trabajadores dependientes.

Texto(s) básico(s): (PER-1998-R-48648) 1998-01-19. Decreto Supremonúm. 004-98-TR por el cual se aprueba Reglamento del Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-L-57085) 2000-01-06. Ley núm.27252 que establece el derecho de jubilación anticipada para trabajadoresafiliados al sistema privado de pensiones que realizan labores que implicanriesgo para la vida o la salud.

27

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53486) 1999-06-18. Resoluciónnúm. 213-99-EF/SAFP por la que se incorporan artículos a los Títulos IIIy V del Compendio de Normas de Superintendencia y aprueban el“Reglamento de Inspección a empleadores”.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-R-53483) 1999-06-08. Resoluciónnúm. 185-99-EF/SAFP por la que se modifican artículos del Título V delCompendio de Normas de Superintendencia, referido a filiación y aportes.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-M-52232) 1999-02-23. Resoluciónnúm.055-99/EF/SAFP, por la que se modifican los títulos III y V delCompendio de normas de Superintendencia reglamentarias del sistemaprivado de administración de fondos de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-M-52233) 1999-02-19. Resoluciónnúm. 053-99-EF/SAFP, por la que se modifica el Título V del Compendiode normas del Sistema privado de administración de fondos de pensiones,referido a afiliación y aportes.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-M-52237) 1999-02-08. Resoluciónnúm. 044-99/EF-SAFP, por la que se modifica el Título V del Compendiode normas de Superindendencia reglamentarias del sistema privado deadministración de fondos de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-R-51330) 1998-11-12. Resoluciónnúm. 470-98-EF/SAFP, del 12 de noviembre de 1998, por la que se modificael Compendio de normas del sistema Privado de Pensiones en lo relativoal procedimiento para declarar la nulidad del contrato de afiliación.

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-50827) 1998-09-07. Resoluciónnúm. 344-98-EF/SAFP, del 7 de septiembre de 1998, por la que seModifican títulos del Compendio de Normas del Sistema Privado dePensiones.

Texto(s) vinculado(s): (PER-1998-M-50225) 1998-07-24. Resoluciónnúm. 284-98-EF/SAFP por la cual se aprueba el Título X del Compendiode Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Fondos de Pensiones,referido a Definiciones y Equivalencias de las Categorías de Riesgo.

P E R - 1 9 9 8 - R - 4 8 6 4 8

1 9 9 8 - 0 1 - 1 9

Decreto Supremo núm. 004-98-TR porel cual se aprueba Reglamento delTexto Unico Ordenado de la Ley delS is tema Pr ivado de Admin is t rac iónde Fondos de Pensiones.

El Peruano, 1998-01-21, núm. 6419,págs. 156614-156629 (INFORM)Establece los requisitos de constitución, organización y funcionamiento de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), los requisitos y limitaciones de su gestión y las características de las prestaciones que otorgan a sus afiliados. Pueden afiliarse los trabajadores dependientes, autónomos y los peruanos que trabajan en el exterior los cuales serán considerados autónomos. Las pensiones por invalidez y sobrevivencia no se podrán devengar si la muerte o invalidez hubiesen sido causadas por accidente de trabajo, enfermedad profesional, actos voluntarios o uso de sustancias alcohólicas o estupefacientes o de preexistencia. Corresponde al Comité Médico de las AFP (COMAFP), en primera instancia, la calificación de la invalidez y sus causas y la determinación de los casos excluídos. El Comité Médico de la Superintendencia, COMEC, califica en segunda y última instancia sobre la invalidez, causas y exclusiones. Los gastos correspondientes a los exámenes y procedimientos médicos requeridos a efectos de calificar la invalidez estarán a cargo del trabajador asegurado en un 20 por ciento.

Texto(s) básico(s): (PER-1999-R-53794) 1999-07-13. Resolución ministerialnúm. 107-99-TR que precisa el campo de aplicación de las cooperativasde trabajadores y empresas especiales de servicios de obtener fianzasolidaria en garantía de los derechos laborales de sus socios trabajadoresy trabajadores.

Texto(s) básico(s): (PER-1999-R-57442) 1999-07-13. Resolución Ministerialnúm. 059-98-TR por la cual se crea el registro de cooperativas detrabajadores.

Texto(s) básico(s): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. Decreto Supremonúm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenado de la leydel sistema privado de administración de fondos de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2002-R-62032) 2002-06-13. DecretoSupremo núm. 100-2002-EF que modifica el Reglamento del Texto UnicoOrdenado (TUO) de la Ley del Sistema Privado de Administración deFondos de Pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2002-R-62025) 2002-01-04. DecretoSupremo núm. 004-2002-EF que modifica el Reglamento del Texto UnicoOrdenado (TUO) de la Ley del Sistema Privado de Administración deFondos de Pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-R-56543) 2000-03-06. DecretoSupremo núm. 018-2000-EF por el que se modifica el reglamento del textoúnico ordenado de la ley del sistema privado de administración de fondosde pensiones

P E R - 1 9 9 7 - R - 4 6 9 0 6

1 9 9 7 - 0 6 - 0 3

Decreto Supremo núm. 002-97-SA porel cual se dictan medidas a fin degarant izar la cont inu idad de losservicios que brinda la seguridads o c i a l .

El Peruano, 1997-06-04, núm. 6185,pág. 149749 (INFORM)Contiene normas de transición en relación a la aplicación de la ley de modernización de la seguridad social en lo que se refiere a beneficios de los empleadores por concepto de aportaciones al régimen de prestaciones de salud creado por el decreto ley núm. 22842, y a la administración de las reservas y obligaciones por prestaciones económicas del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales creado por el decreto ley núm. 18846.

Texto(s) básico(s): (PER-1979-L-12238) 1979-03-27. Decreto-ley 22482que establece el régimen de prestaciones de salud de Seguro Social delPerú.

Texto(s) básico(s): (PER-1971-L-29347) 1971-04-28. Decreto-ley núm.18846 de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

P E R - 1 9 9 7 - R - 4 6 8 9 7

1 9 9 7 - 0 5 - 1 3

Decreto Supremo núm. 054-97-EF, porel que se aprueba el texto únicoo r d e n a d o d e l a l e y d e l s i s t e m aprivado de administración de fondosde pens iones.

El Peruano, 1997-05-14, núm. 6163,págs. 149171-149182 (INFORM)Se incorporan las modificaciones efectuadas a la ley núm. 25897, ley de creación del sistema privado de administración de fondos de pensiones, por las leyes núms. 26336 y 26504 y el decreto legislativo núm. 874. y se adecúan disposiciones al decreto legislativo núm. 861, ley del mercado de valores y al decreto legislativo núm. 862, ley de fondos de inversión. Título I: objeto, derecho de afiliación, cuentas individuales de capitalización. Título II:incorporación al SPP. Título III: Las AFP: constitución, organización, administración, inversiones, aportes, prestaciones. Las prestaciones en favor de los trabajadores incorporados al SPP son exclusivamente las de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio y no incluyen prestaciones de salud ni riesgos de accidentes de trabajo. Los pensionistas del SPP se encuentran comprendidos como asegurados obligatorios del régimen de prestaciones de salud establecido por el decreto núm. 22482. Además de las pensiones citadas, regula el control de las AFP, disolución y liquidación.

Texto(s) modificador(es): (PER-2005-L-70451) 2005-02-24. Ley núm.28470 que modifica el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privadode Administración de Fondos de Pensiones, aprobado mediante DecretoSupremo núm. 54-97-EF.

Texto(s) modificador(es): (PER-2003-L-64132) 2003-06-02. Ley núm.27988 modificatoria del Decreto Supremo núm. 054-97-EF, Texto UnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-2003-R-63619) 2003-03-18. DecretoSupremo núm. 034-2003-EF por el que se modifica el artículo 65 delReglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado deAdministración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremonúm. 004-98-EF.

Texto(s) modificador(es): (PER-2001-L-60260) 2001-12-18. Ley núm.27617 que dispone la reestructuración del sistema nacional de pensionesdel decreto-ley núm. 19990 y modifica el decreto-ley 20530 y la ley delsistema privado de administración de fondos de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-L-55162) 1999-12-23. Ley núm.27242, por la que se modifica la Ley del sistema privado de administraciónde fondos de pensiones, Ley procesal del trabajo y la Ley orgánica del poderjudicial.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-L-53481) 1999-05-31. Ley núm.27130 que establece el régimen de reprogramación de aportes al fondo depensiones (REPRO-AFP).

P E R - 1 9 9 7 - L - 4 6 8 8 7

1 9 9 7 - 0 5 - 1 5

Ley núm. 26790, ley de modernizaciónde la seguridad social en salud.

El Peruano, 1997-05-17, núm. 6166,págs. 149283-149286 (INFORM)El Estado promueve los sistemas de previsión para la salud y la integración de esfuerzos de las entidades que brindan servicios de salud, cualquiera que sea su naturaleza. El Ministerio de Salud tiene a su cargo el Régimen Estatal que brinda atención a la población de escasos recursos que no tiene acceso a otros regímenes o sistemas. El Seguro Social de Salud otorga cobertura a sus asegurados y está a cargo del Instituto Peruano de Seguridad Social -IPSS- y se complementa con los planes y programas de salud brindados por las Entidades Prestadoras de Salud debidamente acreditadas. Son asegurados del Seguro Social de Salud los afiliados regulares o potestativos y sus derechohabientes. Son afiliados regulares los trabajadores bajo relación de dependencia, o en calidad de socios de cooperativas de trabajadores, y los pensionistas que reciban pensión de jubilación, incapacidad o sobrevivencia. En caso de desempleo los afiliados regulares y sus derechohabientes tendrán derecho a las prestaciones de salud siempre que cuenten con, al menos, 30 meses de aportación durante los tres años precedentes. Regula el subsidio por incapacidad temporal y el subsidio por maternidad y lactancia. Las entidades empleadoras que otorguen cobertura de salud a sus trabajadores mediante servicios propios o contratados con Entidades Prestadoras de Salud gozarán de un crédito respecto de las aportaciones de los afiliados regulares en actividad. Se crea la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud -SEPS-. Se regula el seguro complementario de trabajo de riesgo.

Texto(s) modificador(es): (PER-2000-R-56034) 2000-02-22. Decreto deurgencia núm. 008-2000, por el que se modifica artículo de la Ley demodernización de la Seguridad Social en Salud, referido al derecho especialde cobertura por desempleo.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-L-54249) 1999-09-16. Ley núm.27177, por la que se incorpora como afiliados regulares del seguro socialde salud a los pescadores y procesadores pesqueros artesanalesindependientes.

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-L-52239) 1999-01-09. Ley núm.27056, de creación del seguro social de salud (ESSALUD).

P E R - 1 9 9 6 - M - 4 4 7 5 6

1 9 9 6 - 0 7 - 0 4

Reso luc ión Gerenc ia Gene ra l núm.177-96/ONP-GG de aprobación de ladirectiva núm. 001-96-ONP/GG por lacual se establecen criterios y formade cálculo de la pensión mensualc o r r e s p o n d i e n t e a l o s d i v e r s o sregímenes prev is iona les a que serefiere el Decreto Legislativo núm.8 1 7 .

El Peruano, 1996-07-09, núm. 5851,págs. 141029-141030 (INFORM)

Texto(s) básico(s): (PER-1996-R-44426) 1996-06-29. Decreto Supremonúm. 073-96-EP, por la que apreuban el reglamento de la ley del régimenprevisional a cargo del Estado.

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P E R - 1 9 9 6 - M - 4 4 4 2 4

1 9 9 6 - 0 6 - 2 1

Resolución núm. 282-96-EF/SAFP, porl a q u e c r e a n e l P r o g r a m a d eF r a c c i o n a m i e n t o d e D e u d a sPrevisionales el cual permite a losempleadores regularizar sus aportesi m p a g o s .

El Peruano, 1996-06, núm. 5839, págs.140618-140627 (INFORM)

P E R - 1 9 9 5 - M - 4 2 3 9 7

1 9 9 5 - 0 8 - 2 3

Resolución núm. 335-95-EF/SAFP porl a c u a l s e d i c t a n d i s p o s i c i o n e sreferidas al traspaso de los afiliadosque decidan cambiar de AFP.

El Peruano, 1995-08-26, núm. 5527,págs. 133829-133845 (INFORM)Se deberá haber cotizado al menos durante los seis meses anteriores a la solicitud de traspaso y pagado la compensación por traspaso la cual constituye una contraprestación a los gastos originados por el procedimiento de traspaso y será una cantidad fija e igual para todos los afiliados al SPP.

Fecha de entrada en vigor: 1995-11-01

Texto(s) modificador(es): (PER-1998-M-49278) 1998-03-05. Resoluciónnúm. 080-98-EF/SAFP por la cual se aprueba el Título V del Compendiode Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado deAdministración de Fondos de Pensiones, referido a Afiliación y Aportes.

P E R - 1 9 9 5 - M - 3 9 8 3 5

1 9 9 5 - 0 2 - 2 0

Resolución núm. 080-95-EF/SAFP, del a S u p e r i n t e n d e n c i a d eAdministradoras Privadas de Fondosde Pensiones, por la cual se establecerégimen único para la clasificacióne s p e c i a l d e l o s i n s t r u m e n t o s d ei n v e r s i ó n .

El Peruano, 1995-02-24, núm. 5353,págs. 130120-130121 (INFORM)

P E R - 1 9 9 4 - L - 3 8 2 4 7

1 9 9 4 - 0 7 - 2 2

L e y n ú m . 2 6 3 3 6 p o r l a q u e s emod i f i can d i ve rsos a r t í cu los de ldecreto ley núm. 25897, mediante elcual se crea el Sistema Privado deA d m i n i s t r a c i ó n d e F o n d o s d eP e n s i o n e s .

El Peruano, 1994-07-23, núm. 5134,págs. 124845-124846 (INFORM)Se modifican los artículos 35, 36 y 37, que se refieren a la mora del empleador en el pago de los aportes, a la retención oportuna que debe efectuar de los aportes de los trabajadores, al cobro ejecutivo de la deuda, etc.

Texto(s) modificador(es): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. DecretoSupremo núm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenadode la ley del sistema privado de administración de fondos de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1996-L-45768) 1996-11-04. DecretoLegislativo núm. 874 por el cual se dictan normas modificatorias ycomplementarias al Régimen del Sistema Privado de Pensiones.

P E R - 1 9 9 3 - R - 3 5 4 2 5

1 9 9 3 - 1 0 - 0 8

Resolución núm. 266-93-EF/SAFP porla que se modifica resolución queap robó no rmas reg lamen ta r i as de lsistema privado de AFP referido al a s n o r m a s d e e v a l u a c i ó n ycalificación del grado de invalidezy sus organismos part ic ipantes

El Peruano, 1993-12-09, núm. 4908,pág. 119406 (INFORM)Se modifica el artículo 177 y se establece que actuará como titular de la secretaría del COMEC el representante de la Superintendencia, quien tendrá la condición de fedatario respecto de sus actuaciones, de las deliberaciones y acuerdos adoptados, con derecho de voz y voto.

P E R - 1 9 9 3 - R - 3 5 4 2 3

1 9 9 3 - 1 1 - 2 5

Decreto supremo extraordinario núm.204-PCM/93 por el que se dejan ensuspenso las a f i l iac iones de lost r a b a j a d o r e s d e l s e c t o r p ú b l i c onacional en las AFP.

El Peruano, 1993-12-01, núm. 4900,págs. 119275-119276 (INFORM)Las a f i l i ac iones se de jan en suspenso has ta e l 31 de mayo de 1994

P E R - 1 9 9 3 - M - 3 4 9 5 8

1 9 9 3 - 1 0 - 2 2

Resolución núm. 177-93-EF/SAFP porl a q u e s e a p r u e b a n n o r m a s d eevaluación y calificación del gradod e i n v a l i d e z y s u s o r g a n i s m o sp a r t i c i p a n t e s p a r a l a sA d m i n i s t r a c i o n e s d e F o n d o s d ePens iones (AFP) .

El Peruano, 1993-10-25, núm. 4863,págs. 118445-118464 (INFORM)Se aprueba el Subtítulo II del Título VII del Compendio de Normas de Superintendencia, reglamentarias del sistema privado de administración de fondos de pensiones, referido a las normas de evaluación y calificación del grado de invalidez y a los organismos participantes.

Texto(s) básico(s): (PER-1992-R-32643) 1992-12-06. Decreto supremonúm. 206-92-EF por el que se aprueba el reglamento del decreto ley núm.25897 que regula el sistema privado de administración de fondos depensiones - SPP.

P E R - 1 9 9 3 - M - 3 3 1 6 8

1 9 9 3 - 0 3 - 1 9

Resolución SAFP núm. 027-93-EF/SAFPpor la que se aprueba el Título IIId e l C o m p e n d i o d e n o r m a s d esuperintendencia reglamentarias delS A F P , r e f e r i d o s a l a g e s t i ó nempresarial de las AFP.

Análisis Laboral, 1993-04, Lima, Perú,págs. 17-23 (INFORM)Conforme a lo dispuesto por el artículo 54 del decreto ley núm. 25897 corresponde a la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, entre otras atribuciones, supervisar, controlar y fiscalizar a las administradoras privadas de fondos de pensiones.

Texto(s) básico(s): (PER-1992-L-31569) 1992-11-27. Decreto ley núm.25897, por el que se crea el sistema privado de administración de fondosde pensiones (SPP) conformado por las administradoras privadas defondos de pensiones (AFP).

Texto(s) modificador(es): (PER-1999-M-52232) 1999-02-23. Resoluciónnúm.055-99/EF/SAFP, por la que se modifican los títulos III y V delCompendio de normas de Superintendencia reglamentarias del sistemaprivado de administración de fondos de pensiones.

P E R - 1 9 9 3 - M - 3 2 4 3 0

1 9 9 3 - 0 2 - 2 4

Resolución núm. 018-93-EF-SAFP, porla que se aprueban los títulos delc o m p e n d i o d e n o r m a s d esuperintendencia reglamentarias dels is tema pr ivado de admin is t rac iónde fondos de pensiones.

El Peruano, 1993-02-26, núm. 4618,pág. 113-147 (INFORM)Conforme al artículo 54 del decreto ley núm. 25897, la Superintendencia está facultada a reglamentar el funcionamiento de la administradoras privadas del fondo de pensiones, su fiscalización, así como regular el otorgamiento de las prestaciones que brinden.

Texto(s) básico(s): (PER-1992-L-31569) 1992-11-27. Decreto ley núm.25897, por el que se crea el sistema privado de administración de fondosde pensiones (SPP) conformado por las administradoras privadas defondos de pensiones (AFP).

P E R - 1 9 9 2 - L - 3 1 5 6 9

1 9 9 2 - 1 1 - 2 7

Decreto ley núm. 25897, por el ques e c r e a e l s i s t e m a p r i v a d o d eadministración de fondos de pensiones( S P P ) c o n f o r m a d o p o r l a sadministradoras privadas de fondosde pensiones (AFP).

El Peruano, 1992-12-06, núm.4532(sepa ra ta ) , págs . 110939 -110952(DOC.NORMES)La incorporación al SPP se efectúa a través de la afiliación a una AFP, que es voluntaria para todos los trabajadores dependientes o independientes. Se establecen las condiciones de ingreso al SPP y de eventual retorno al IPSS, la forma de constitución, organización y administración del fondo de pensiones de las AFP, etc. El fondo de pensiones está constituído por los aportes obligatorios y voluntarios de los trabajadores y los aportes voluntarios de los empleadores.

29

Texto(s) modificador(es): (PER-1997-R-46897) 1997-05-13. DecretoSupremo núm. 054-97-EF, por el que se aprueba el texto único ordenadode la ley del sistema privado de administración de fondos de pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1996-R-45272) 1996-09-25. DecretoLegislativo núm. 856 por el cual precisan alcances y prioridades de loscréditos laborales.

Texto(s) modificador(es): (PER-1995-L-40987) 1995-07-08. Ley núm.26504 por la que modifican el régimen de prestaciones de salud, el SistemaNacional de Pensiones, el Sistema Privado de Fondos de Pensiones y laestructura de contribuciones al FONAVI.

Texto(s) modificador(es): (PER-1994-L-38247) 1994-07-22. Ley núm.26336 por la que se modifican diversos artículos del decreto ley núm.25897, mediante el cual se crea el Sistema Privado de Administración deFondos de Pensiones.

Texto(s) modificador(es): (PER-1993-L-33671) 1993-05-11. Ley núm.26182, por la que se restituye la vigencia del artículo 11° del decretolegislativo núm. 688, ley de consolidación de beneficios sociales

Texto(s) modificador(es): (PER-1993-L-33672) 1993-05-11. Ley núm.26183 por la que se restablece la vigencia del decreto ley núm. 18846 sobreseguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Texto(s) vinculado(s): (PER-1996-R-45274) 1996-07-29. Decreto Supremonúm. 074-96-EF por el cual modifican el reglamento del Sistema Privadode Administración de Fondos de Pensiones.

P E R - 1 9 9 1 - L - 2 9 3 5 7

1 9 9 1 - 1 1 - 0 4

Decreto legislativo núm. 688 por elque se crea la ley de consolidaciónde benef ic ios socia les.

El Peruano, 1991-11-05, págs. 101432-101434 (SECSOC)

Texto(s) básico(s): (PER-2001-R-59448) 2001-07-20. Decreto Supremonúm. 024-2001-TR por el que se precisan y reglamentan disposiciones dela Ley de Consolidación de Beneficios Sociales.

Texto(s) modificador(es): (PER-1996-L-44423) 1996-06-15. Ley núm.26645 por la que modifican la Ley de Consolidación de Beneficios Sociales.

P E R - 1 9 9 2 - R - 2 9 0 8 7

1 9 9 2 - 0 2 - 2 2

Decreto supremo núm. 036-92-EF porel que se establece que los fondosd e r e s e r v a s d e r e g í m e n e s q u eadministra el IPSS se invert i rán,cuando menos en un 50 por ciento, enmoneda ex t ran je ra

El Peruano, 1992-02-23, págs. 104529-104530 (SECSOC)

P E R - 1 9 8 0 - L - 2 9 0 1 9

1 9 8 0 - 0 7 - 3 1

Decreto supremo núm. 26/80-PM por elque se introduce modificaciones enla estructura orgánica del seguros o c i a l .

Legislación de seguridad social en elPerú, 1980, Instituto Peruano deSeguridad Social, Lima, págs. 12-17(SECSOC)

P E R - 1 9 7 4 - L - 1 5 1 6 5

1 9 7 4 - 1 1 - 2 6

Decre to- ley 20808 por e l que seestablece el sistema de pago únicode aportaciones al seguro social delP e r ú .

El Peruano, 1974-11-27 (INFORM)