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03 Guanajuato, Gto., a 15 de junio de 2015 Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato Informe de Resultados Revisión de Cuenta Pública Del primer y segundo trimestres de 2013

Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato Informe de …Registro Estatal 125/02 Banco Banobras 147/05 Banco Banobras 124/02 Banco del Bajío 128/03 Banco del Bajío 192/09 Banco del

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  • 03

    Guanajuato, Gto., a 15 de junio de 2015

    Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato

    Informe de

    Resultados Revisión de Cuenta Pública Del primer y segundo trimestres de 2013

  • 03

    ÍNDICE

    Descripción Página

    Introducción 1

    I Conclusiones del proceso de fiscalización

    2

    II Cumplimiento de los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental y

    ordenamientos legales correspondientes

    16

    III Pliego de Observaciones y Recomendaciones

    19

    IV Diligencias y acciones para aclaración y solventación

    64

    V Informe sobre la situación que guardan las recomendaciones y observaciones no

    atendidas o no solventadas

    65

    VI Señalamiento de las irregularidades detectadas

    65

    VII Observaciones y comentarios del Auditor General

    65

    VIII Dictamen de daños y perjuicios a la hacienda pública o al patrimonio del sujeto de

    fiscalización

    67

    IX Dictamen técnico jurídico

    77

    X Anexo

    93

  • 03 1

    1. INTRODUCCIÓN

    Con fundamento en los artículos 63 fracción XVIII y 66 de la Constitución Política para el Estado de

    Guanajuato; 230 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de

    Guanajuato; 2, 7, 8 fracciones I, II, V, VI y IX, 23, 57 fracciones XI y XV, 66 Fracciones I, III y X

    de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato; 1, 5 fracciones IV y VII y 8 fracciones

    III, IV, VII y XII del Reglamento Interior del Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del

    Estado de Guanajuato; artículo 49 fracción III de la Ley de Coordinación Fiscal, así como el Convenio

    de Coordinación y Colaboración celebrado entre el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de

    Guanajuato y la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación

    del 02 de junio de 2010, se practicó la revisión de cuenta pública de las operaciones realizadas por

    el Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, correspondiente al primer y segundo trimestres del

    ejercicio fiscal 2013.

    La elaboración y presentación de la información contable y presupuestal contenida en las cuentas

    públicas, es responsabilidad de la administración del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato.

    Nuestra responsabilidad consiste en emitir las observaciones y recomendaciones originadas por la

    revisión de la información proporcionada por el ente fiscalizado, así como dar seguimiento a su

    correcta aplicación con base en la respuesta del mismo, y proceder a presentar el Informe de

    Resultados al Congreso del Estado.

    El objetivo de la revisión fue examinar las cifras que muestran las cuentas públicas, del primer y

    segundo trimestres del ejercicio fiscal 2013, y comprobar que la administración, control, utilización

    y destino de los recursos financieros, humanos y patrimoniales a cargo del Poder Ejecutivo del Estado

    de Guanajuato, fueron aplicados con transparencia atendiendo a criterios de racionalidad, austeridad,

    disciplina presupuestal propiciando su óptimo aprovechamiento. Asimismo, verificar que la actividad

    financiera se haya realizado con estricto apego al presupuesto de ingresos y egresos autorizados, así

    como a los reglamentos y demás ordenamientos legales y normativos aplicables.

    El Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, en lo general, debe preparar su información contable y

    presupuestal atendiendo a lo dispuesto por la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y las bases

    y criterios establecidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable, Ley del Presupuesto

    General de Egresos del Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal de 2013 y Ley para el Ejercicio

    y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

    Asimismo, corresponde a la administración del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato,

    determinar, aprobar y divulgar las medidas de control interno y sus objetivos. Los controles deben

    ser apropiados, completos, razonables y estar integrados con los objetivos generales del ente

    fiscalizado. Los objetivos de control interno deben:

    Promover la efectividad, eficiencia y economía de las operaciones y calidad en los servicios. (Gestión pública);

    Proteger y conservar los recursos contra cualquier pérdida, dispendio, uso indebido, irregularidad o acto ilegal. (Lucha anticorrupción);

    Cumplir las leyes, reglamentos y normas gubernamentales. (Legalidad); y

  • 03 2

    Elaborar información financiera válida y confiable, presentada con oportunidad. (Rendición de cuentas y acceso a la información pública).

    La revisión, iniciada el 06 de diciembre de 2013, se efectuó de acuerdo con las normas emitidas por

    el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, que son aplicables al sector público, las que requieren

    que la auditoría sea planeada, realizada y supervisada para obtener una seguridad razonable de que la

    información contenida en las cuentas públicas, no contiene errores importantes y que está integrada

    de acuerdo a las bases contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

    Se verificó con base en pruebas selectivas la evidencia que respalda las transacciones realizadas que

    soportan las cifras y revelaciones de las cuentas públicas, atendiendo a lo establecido en Ley General

    de Contabilidad Gubernamental, y las bases y criterios establecidos por el Consejo Nacional de

    Armonización Contable, Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato para el

    ejercicio fiscal de 2013 y Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y

    los Municipios de Guanajuato y demás disposiciones aplicables. Lo anterior conforme lo disponen

    los ordenamientos aplicables en la materia, incluyendo sus bases contables, utilizadas de acuerdo a

    los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental; la presentación de la información financiera;

    las variaciones presupuestales; las estimaciones significativas hechas por la administración; los

    resultados de la gestión financiera, y la incidencia de sus operaciones en la hacienda pública del ente

    fiscalizado.

    La revisión y fiscalización de la información proporcionada por el sujeto de fiscalización se realizó

    observando las disposiciones contenidas en el Título Segundo Capítulo Primero y Segundo, de la Ley

    de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato y ofrece una base razonable para sustentar nuestro

    Informe de Resultados.

    I. CONCLUSIONES DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN

    a) Resultados de la gestión financiera

    a.1) INGRESOS

    El 21 de diciembre de 2012 en la tercera parte del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de

    Guanajuato número 204, fue publicada la Ley de Ingresos para el Estado de Guanajuato para el

    Ejercicio Fiscal del año 2013, estimándose ingresar un importe de $ 47,551,668,990.00, se realizaron

    modificaciones al presupuesto por un importe de $◦9,241,091,158.00, resultando en un total

    modificado de $ 56,792,760,148.00

    Los recursos obtenidos al 30 de junio de 2013 ascendieron a $◦31,910,525,512.00, importe que

    representa el 56 % respecto del pronóstico modificado.

    a.2) EGRESOS

    La Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato para el Ejercicio Fiscal de

    2013, aprobada por el H. Congreso del Estado y publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del

    Estado de Guanajuato de número 204 del 21 de diciembre de 2012, contempló recursos para la

    totalidad del Gobierno del Estado por la cantidad de $ 47,551,668,990.00. Al 30 de junio de 2013

    tuvo ampliaciones y reducciones líquidas compensadas que representan una variación neta por la

  • 03 3

    cantidad de $ 7,686,966,807.00 quedando un presupuesto modificado de $ 55,238,635,799.00 lo que

    significa que hubo un aumento del 16% en cuanto a los egresos originalmente autorizados.

    Los egresos aplicados al 30 de junio de 2013 ascendieron a $26,530,895,908.00, importe que

    representa un 48% del presupuesto modificado, de los cuales corresponden al Poder Ejecutivo, la

    cantidad de $ 19,460,244,616.00

    a.3) RESULTADO DEL EJERCICIO

    Considerando los ingresos y egresos del periodo, se determina al 30 de junio de 2013, un ahorro de

    la gestión por $5,379,629,604.00.

    a.4) DEUDA PÚBLICA Y CRÉDITOS POR PAGAR

    I. Al 30 de junio de 2013, el Gobierno del Estado de Guanajuato tiene deuda pública contratada, la

    cual fue autorizada por el Congreso del Estado en fechas: 18 de julio de 2002, 18 de marzo de 2005,

    18 de julio de 2002, 10 de junio de 2005, 24 de octubre de 2008, 29 de noviembre de 2007, 21 de

    agosto de 2009, 11 de junio de 2010, 29 de noviembre de 2007, 24 de octubre de 2008, 22 de

    diciembre de 2003, 7 de diciembre de 2010, 19 de agosto de 2011 y se integra como sigue:

    Al 30-jun-13 Moneda Nacional: Pesos

    Deuda contratada con con

    vencimiento el 31/03/2023; tasa de interés Tasa FOAEM nominal + 1.5.

    $ 197,748,570.00

    Deuda contratada con con

    vencimiento el 01/02/2022; tasa de interés Cetes 182 + sobretasa1.

    703,607,484.00

    Deuda contratada con . con vencimiento el 26/12/2017; tasa de interés

    TIIE + 1.00.

    74,939,141.00

    1 Sobretasa: Equivale a “spread” por calificación más el Costo de Fondeo

    Registro Estatal

    125/02 Banco Banobras

    147/05 Banco Banobras

    124/02 Banco del Bajío

    128/03 Banco del Bajío

    192/09 Banco del Bajío

    170/07 Banco BBVA Bancomer

    194/09 Banco BBVA Bancomer

    212/11 Banco BBVA Bancomer

    171/07 Banco Banamex

    202/10 Banco Banamex

    211/11 Banco Banamex

    172/08 Banco Scotiabank Inverlat

    203/10 Banco HSBC

    226/12 Banco Banamex

  • 03 4

    Al 30-jun-13

    Deuda contratada con con vencimiento el 27/04/2013; tasa de interés

    TIIE + 0.9.

    0.00

    Deuda contratada con con vencimiento el 30/09/2019; tasa de interés

    TIIE + 1.60.

    1,066,972,730.00

    Deuda contratada con . con vencimiento el 26/12/2022; tasa de interés

    TIIE + 0.3

    319,449,500.00

    Deuda contratada con con vencimiento el 31/12/2024; tasa de interés

    TIIE + 1.60.

    1,065,667,350.00

    Deuda contratada con con vencimiento el 26/12/2021¸tasa de interés

    TIIE + 0.70.

    418,147,315.00

    Deuda contratada con con vencimiento el 26/12/2022; tasa

    de interés TIIE + 0.3.

    316,666,667.00

    Deuda contratada con con vencimiento el 26/12/2020; tasa

    de interés TIIE + 1.00.

    1,022,460,218.00

    Deuda contratada con con vencimiento el 26/01/2022; tasa

    de interés TIIE + 0.68.

    286,211,753.00

    Deuda contratada con con vencimiento el 27/06/2022, tasa

    de interés TIIE + 0.66

    279,620,998.00

    Deuda contratada con con vencimiento el 20/02/2015; tasa de interés

    TIIE + 0.25.

    25,631,323.00

    Deuda contratada con con vencimiento el 26/12/2020; tasa de interés TIIE +

    1.06.

    150,000,020.00

    Subtotal $ 5,927,123,069.00

    Menos porción circulante del pasivo a largo plazo 391,323,587.00 Total pasivo a largo plazo $ 5,535,799,482.00

    II. El pasivo a largo plazo al 30 de junio de 2013, presenta los vencimientos

    siguientes2:

    2014 731,610,242.90

    2015 719,404,850.76

    2016 716,963,772.33

    2017 715,549,692.74

    2017 y posteriores 2,652,270,923.27

    Total pasivo a largo plazo $ 5,535,799,482.00

    IV. El gasto por intereses sobre préstamos, durante el periodo terminado al 30 de junio de 2013 fue

    de $◦164,322,605.00.

    V. La deuda del ente público al 30 de junio de 2013, representa el 12% de los ingresos presupuestados

    en el periodo.

    2 Derivado de que el crédito 1467 contratado con Banobras se conforma la mitad en pesos mexicanos y la mitad en

    Unidades de Inversión (UDI), para la determinación del saldo e importe de las amortizaciones se consideró el valor de la

    UDI al 30 de junio de 2013, correspondiente a $ 4.951754.

  • 03 5

    VI. Las garantías otorgadas por los créditos contratados son: Participaciones federales e ingresos

    presentes y futuros resultantes del impuesto sobre nóminas.

    VII. Adicionalmente se ha otorgado aval por deuda a:

    Administración Pública Municipal.

    Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C.

    Municipio Número de crédito Saldo al 30 de junio de 2013

    Abasolo 7196 $ 6,336,134.00

    Acámbaro 1863 0.00

    5464 8,903,634.00

    Apaseo el Grande 8232 4,591,636.00

    Cuerámaro 8088 1,199,827.00

    Doctor Mora 8270 3,780,466.00

    Guanajuato 9854 10,899,646.00

    Jerécuaro 7073 749,320.00

    7080 1,087,474.00

    Tarandacuao 7491 4,110,193.00

    Tarimoro 1489 0.00

    4470 1,454,550.00

    8262 3,102,723.00

    Uriangato 10490 13,120,829.00

    Villagrán 4914 2,240,741.00

    8274 1,624,413.00

    Yuriria 9040 7,017,228.00

    Banca Comercial

    Municipio Acreedor Saldo al 30 de junio de 2013

    Allende $ 29,966,661.00

    27,155,155.00

    Celaya 25,056,391.00

    Comonfort 12,953,875.00

    Cuerámaro 5,437,000.00

    Guanajuato 26,802,295.00

    Irapuato 288,602,596.00

    León 211,962,976.00

    5,829,264.00

    Pénjamo 28,194,446.00

    Salamanca 28,283,000.00

    San Francisco del Rincón 26,833,338.00

    Silao 38,688,160.00

    19,166,684.00

    Valle de Santiago 1,113,592.00

    5,659,235.00

    Administración Pública Paramunicipal.

    Municipio Número de crédito Saldo al 30 de junio de 2013

    Celaya Organismo (JUMAPA) $ 32,108,877.00

  • 03 6

    Salvatierra Organismo (SAPA) 832,648.00

    San Francisco del Rincón Organismo (SAPA) 2,276,553.00

    Organismos Acreedor Saldo al 30 de junio de 2013

    Irapuato Organismo (JAPAMI) $ 9,375,000.00

    Salamanca Organismo (CMAPAS) 24,522,670.00

    Los avales otorgados por Gobierno del Estado al 30 de junio de 2013 totalizan $ 921,084,230.00.

    VIII. El Poder Ejecutivo ha recibido las siguientes calificaciones crediticias

    de las empresas calificadoras respectivamente, estas

    calificaciones fueron ratificadas en noviembre, diciembre y julio de 2012 respectivamente, son las

    vigentes en el periodo que terminó al 30 de junio de 2013.

    b) Evaluación y comprobación de los ingresos y gastos.

    Mediante la aplicación de procedimientos de auditoría y con base en pruebas selectivas, se efectuó la

    revisión de los ingresos y egresos, con el alcance mencionado en el inciso e) de este apartado, para

    emitir el presente informe, respecto a la aplicación adecuada de los recursos recaudados y asignados,

    durante el primer y segundo trimestres, así como su justificación.

    Los recursos obtenidos durante el periodo revisado son los siguientes:

    Cuenta Pronóstico Ingresos al

    Variación Autorizado Modificado 30-jun-13

    Ingresos Estatales Impuestos $ 2,077,375,152.00 $ 2,077,566,734.00 $ 1,163,523,861.00 ($ 914,042,873.00)

    Derechos 1,228,211,180.00 1,228,916,581.00 795,855,879.00 (433,060,702.00)

    Productos 130,451,453.00 140,073,786.00 95,061,257.00 (45,012,529.00)

    Aprovechamientos 1,331,990,764.00 5,744,188,815.00 5,196,073,177.00 (548,115,638.00)

    Subtotal: $ 4,768,028,549.00 $ 9,190,745,916.00 $ 7,250,514,174.00 ($ 1,940,231,742.00)

    Ingresos Federales

    Participaciones 19,604,882,106.00 20,122,123,059.00 10,037,012,395.00 (10,085,110,864.00)

    Aportaciones 21,798,808,175.00 22,605,038,589.00 11,222,874,793.00 (11,382,163,796.00)

    Convenios 3,494,902,424.00 3,400,124,150.00 (94,778,274.00)

    Subtotal: $ 41,403,690,281.00 $ 47,222,064,072.00 $ 24,660,011,338.00 ($ 21,562,052,934.00)

    Ingresos Derivados de

    Financiamientos 1,379,950,160.00 1,379,950,160.00 (1,379,950,160.00)

    Total $ 47,551,668,990.00 $ 56,792,760,148.00 $ 31,910,525,512.00 ($ 24,8822,34836.00)

    Por su parte los egresos efectuados durante el periodo revisado son los siguientes:

    Cuenta Presupuesto Ejercido al

    Autorizado Modificado 30-jun-13 Variación

    Gasto Corriente

    Servicios Personales $19,972,562,258.00 $20,658,760,595.00 $8,657,362,891.00 $12,001,397,704.00

    Materiales y Suministros 363,707,085.00 504,750,130.00 263,420,738.00 241,329,392.00

    Servicios Generales 1,508,639,347.00 2,087,902,877.00 1,092,045,532.00 995,857,345.00

    Transferencias, Asignaciones,

    Subsidios y Otras Ayudas 10,158,455,546.00 13,544,963,207.00 8,099,599,071.00 5,445,364,136.00

  • 03 7

    Cuenta Presupuesto Ejercido al

    Autorizado Modificado 30-jun-13 Variación

    Inversiones Financieras y Otras

    Provisiones 2,119,896,836.00 1,191,901,447.00 18,000,000.00 1,173,901,447.00

    Subtotal: $34,123,261,072.00 $37,988,278,256.00 $18,130,428,232.00 $19,857,850,024.00

    Gasto de Capital 0.00

    Inversión Física 7,261,601,525.00 11,080,025,537.00 5,412,544,166.00 5,667,481,371.00

    Transferencias, Asignaciones,

    Subsidios y Otras Ayudas 1,822,244,040.00 2,949,669,973.00 1,544,764,369.00 1,404,905,604.00

    Bienes Muebles, Inmuebles e

    Intangibles 567,434,966.00 1,028,706,692.00 216,091,792.00 812,614,900.00

    Inversión Pública 645,447,422.00 2,678,179,458.00 1,262,671,093.00 1,415,508,365.00

    Aportaciones a Municipios 4,226,475,097.00 4,423,469,415.00 2,389,017,912.00 2,034,451,503.00

    Inversión Financiera 26,000,000.00 29,250,000.00 25,000,000.00 4,250,000.00

    Transferencias, Asignaciones,

    Subsidios y Otras Ayudas 26,000,000.00 26,800,000.00 25,000,000.00 1,800,000.00

    Inversiones Fianancieras y Otras

    Provisiones 2,450,000.00 2,450,000.00

    Subtotal: $7,287,601,525.00 $11,109,275,538.00 $5,437,545,166.00 $5,671,730,372.00

    0.00

    Amortización de la Deuda y

    Disminución de Pasivos 0.00

    Deuda pública 877,348,822.00 877,348,822.00 353,030,218.00 524,318,604.00

    Subtotal: $877,348,822.00 $877,348,822.00 $353,030,218.00 $524,318,604.00

    0.00

    Gasto No Programable 0.00

    Participaciones 4,711,856,167.00 4,712,131,779.00 2,443,614,023.00 2,268,517,756.00

    Costo Financiero de la Deuda 551,601,404.00 551,601,404.00 166,278,269.00 385,323,135.00

    Subtotal $5,263,457,571.00 $5,263,733,183.00 $2,609,892,292.00 $2,653,840,891.00

    Total Gobierno del Estado: $47,551,668,990.00 $55,238,635,799.00 $26,530,895,908.00 $28,707,739,891.00

    0.00

    Transferencias a Otros Entes 0.00

    Poder Legislativo 382,759,593.00 386,693,506.00 199,899,611.00 186,793,895.00

    Poder Judicial 1,167,007,030.00 1,167,007,030.00 540,764,029.00 626,243,001.00

    Organismos Autónomos 1,039,473,861.00 1,995,189,525.00 1,497,355,717.00 497,833,808.00

    Municipios (Participaciones y

    Aportaciones) 8,938,331,264.00 9,135,601,194.00 4,832,631,935.00 4,302,969,259.00

    Total Poder Ejecutivo: $36,024,097,242.00 $42,554,144,544.00 $19,460,244,616.00 $23,093,899,928.00

    c) Información técnica, financiera y contable que sirvió de apoyo a la evaluación.

    La información técnica, financiera y contable, que sirvió de apoyo a la revisión practicada, se refiere

    a la cuenta pública que menciona el artículo 20 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de

    Guanajuato, así como la documentación soporte, correspondiente al periodo comprendido entre el

    primer y segundo trimestres, listando entre ellas las siguientes:

    I. Información contable, con la desagregación siguiente:

    a) Estado de situación financiera; b) Estado de actividades; c) Estado de cambios en el patrimonio; d) Estado de flujos de efectivo; e) Informe sobre pasivos contingentes; f) Notas a los estados financieros; g) Estado analítico del activo; h) Nómina de personal ejercida;

  • 03 8

    i) Tabulador de sueldos y salarios; j) Plantilla de personal autorizada; k) Estado analítico de la deuda y otros pasivos, del cual derivarán las siguientes clasificaciones:

    1. Corto y largo plazo; y 2. Fuentes de financiamiento;

    II.- Endeudamiento neto, financiamiento menos amortización;

    III.- Intereses de la deuda;

    IV.- Información presupuestaria, con la desagregación siguiente:

    a) Estado analítico de ingresos, del que se derivará la presentación en clasificación económica por fuente de financiamiento y concepto;

    b) Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos, del que derivarán las siguientes clasificaciones:

    1. Administrativa; 2. Económica y por objeto del gasto; y 3. Funcional-programática

    c) Un flujo de fondos que resuma todas las operaciones y los indicadores de la postura fiscal;

    V.- Información programática, con la desagregación siguiente:

    a) Gasto por categoría programática; b) Programas y proyectos de inversión; c) Indicadores de resultados; y d) Información complementaria para generar las cuentas nacionales y atender otros

    requerimientos provenientes de organismos internacionales de los que México es miembro;

    VI.- Análisis cualitativo de los indicadores de la postura fiscal, estableciendo su vínculo con los

    objetivos y prioridades definidas en la materia, en el programa económico anual, con la

    desagregación siguiente:

    a) Ingresos presupuestarios; b) Gastos presupuestarios; c) Postura fiscal; y d) Deuda pública.

    d) Análisis sintético del proceso de evaluación.

    La revisión fue realizada conforme a las normas y procedimientos de auditoría, así como a las leyes

    y normativa vigentes, por lo que consistieron en exámenes, con base en pruebas selectivas, de la

    evidencia que soporta las cifras y revelaciones de la cuenta pública; asimismo, incluyó la evaluación

    del control interno y de la gestión financiera, del cumplimiento de las bases contables utilizadas de

    acuerdo a los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental y de los ordenamientos legales

    aplicables al ente fiscalizado, con el fin de emitir un Informe de Resultados, respecto del uso y

    aplicación de los recursos, durante el periodo del primer y segundo trimestres de 2013.

  • 03 9

    Mediante el oficio OFS-2784/13, se emitió la orden de visita al ente fiscalizado con el que se dio

    inicio el proceso de fiscalización, quedando consignados los hechos en las siguientes actas:

    Fecha Motivo

    06-dic-13 Acta de inicio

    04-mar-14 Acta de incorporación de auditores

    25-mar-14 Acta de incorporación de auditores

    30-abr-14 Acta de incorporación de auditores

    28-abr-14 Acta Parcial

    29-abr-14 Acta parcial

    21-may-14 Acta de cierre de actividades de fiscalización en campo

    Concluida la fiscalización y como parte del proceso de revisión se dio vista de las observaciones y

    recomendaciones a titulares del ente fiscalizado, para que en su caso aportara las pruebas que

    consideraran suficientes para aclarar, atender o solventar las observaciones determinadas en la

    auditoría o revisión practicada y que le fueron notificadas con fecha 04 de septiembre de 2014,

    mediante oficio OFS-1643/2014.

    e) Propuesta de aprobación o desaprobación de los conceptos fiscalizados.

    Con base en los resultados de la revisión realizada al Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, a

    continuación se presenta el detalle de los conceptos fiscalizados:

    Los rubros sujetos a revisión fueron los siguientes:

    1. Derechos a recibir efectivo y equivalentes

    Cuentas por cobrar a corto plazo.- Se revisaron las siguientes cuentas:

    Cuenta Contable Alcance

    Número Denominación Cargos Abonos

    Cuentas por Cobrar Convenios 24% 24%

    Préstamos otorgados a corto plazo.- Se revisaron las siguientes cuentas:

    Cuenta Contable Alcance

    Número Nombre Cargos Abonos

    Préstamos a Municipios y Paramunicipales (A) (A) Préstamos a sector privado personas morales 67% 8%

    (A) Esta cuenta no tuvo movimientos sin embargo, se efectúo un análisis a los saldos de los deudores que integran esta cuenta.

    Otros activos diferidos.- Se revisó la siguiente cuenta:

    Cuenta Contable Alcance

    Número Nombre Cargos Abonos

    Gastos de difusión 76% 0%

    2. Bienes inmuebles, infraestructura y construcciones en proceso

    Terrenos.- Se revisaron las siguientes cuentas:

  • 03 10

    Cuenta Contable Alcance

    Número Nombre Cargos

    Terrenos 2 51%

    Terrenos en Proceso de Regularización 52%

    División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización 8%

    3. Cuentas por pagar a corto plazo.

    Proveedores por pagar a corto plazo.

    Cuenta Contable Saldo al

    30-Jun-13

    Alcance

    Cargos Número Denominación

    Proveedores del ejercicio anterior $ 0.00 18.33%

    4. Porción a corto plazo de la deuda pública a largo plazo. Porción a corto plazo de la deuda pública interna.- Se revisaron las siguientes cuentas:

    Cuentas Contables Alcance

    Número Nombre Cargos

    2131201001 100%

    2131201002 100%

    2131201003 100%

    2131201004 100%

    2131201005 100%

    2131201006 100%

    2131201007 100%

    2131201009 100%

    2131201010 100%

    2131201011 100%

    2131201012 100%

    2131201013 1 100%

    2131201015 100%

    2131201016 100%

    5. Deuda pública a largo plazo.

    Préstamos de la deuda pública interna por pagar a largo plazo.- Se revisaron las siguientes cuentas:

    Cuentas Contables

    Alcance Número Nombre

    2233001001 100%

    2233001002 100%

    2233001003 100%

    2233001004 100%

    2233001005 100%

    2233001006 100%

    2233001007 100%

    2233001009 100%

    2233001010 100%

    2233001011 100%

    2233001012 100%

    2233001013 100%

    2233001015 100%

    2233001016 100%

    6. Hacienda Pública/Patrimonio Generado

  • 03 11

    Resultados de ejercicios anteriores.- Se analizó la disposición de recursos de la siguiente cuenta:

    Cuenta Contable Alcance

    Número Nombre Cargos

    3220000002 Aplicación remanentes presupuestales del ejercicio anterior 18%

    7.- Ingresos.- Se revisaron las partidas que se enlistan a continuación:

    Derechos

    Cuenta Contable

    Alcance Nota Número Denominación

    Derechos por prestación de servicios

    4143431001 Por expedición de permisos de alcoholes 29% (A) 4143431002 Por refrendo anual de la autorización de Licencias 100% (B) 4143430201 Por concesión para la explotación del servicio público 100% (C) 4143430202 Por refrendo anual de concesiones para explotación del

    servicio público de transporte

    93% (D)

    4143430203 Por traspasos de concesiones por explotación de servicio

    público

    100% (E)

    (A) Se aplicaron pruebas sustantivas a detalle y se verificó que los cobros por los derechos de expedición de licencias se

    realizaran conforme a las tarifas establecidas en la Ley de Ingresos para el Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal

    2013, las claves revisadas fueron:

    Clave Concepto 48-02 Expedición licencia de funcionamiento servi-bar 48-06 Expedición licencia de funcionamiento de bebidas bajo contenido alcohólico envase abierto 48-07 Expedición licencia de funcionamiento de bebidas alcohólicas al copeo con alimento

    48-09 Expedición licencia de funcionamiento salón fiestas con venta de bebidas alcohólicas

    48-10 Expedición licencias de funcionamiento cantina 48-11 Expedición licencias de funcionamiento bar

    48-12 Expedición licencia de funcionamiento discoteca con venta de bebidas alcohólicas 48-15 Expedición licencias de funcionamiento vinícola

    48-16 Expedición licencia de funcionamiento centro nocturno 48-18 Cesión o transferencia derechos entre ascendientes/descendientes

    48-20 Expedición de duplicado de licencia funcionamiento

    48-22 Cambio de giro de licencia de funcionamiento 48-23 Expedición licencia de funcionamiento productor de bebidas alcohólicas

    48-25 Duplicado licencia de funcionamiento bajo contenido alcohólico botella cerrada

    (B) Se aplicaron pruebas sustantivas a detalle de las claves de ingreso 49-01 «Refrendo licencia de funcionamiento venta

    de bebidas de bajo contenido alcohólico», 49-02 «Refrendo licencia de funcionamiento venta de bebidas de alto contenido

    alcohólico» y 49-03 « Refrendo licencia de funcionamiento venta de bebidas alcohólicas en centro nocturno», verificando

    que los cobros por los refrendo anual de estas licencias se realizaran conforme a las tarifas establecidas en la Ley de

    Ingresos para el Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal 2013

    (C) Se revisaron todas las claves de ingreso que integran esta cuenta aplicando pruebas sustantivas analíticas, y se verificó

    que los cobros por concesiones de servicios públicos de transporte se realizaran conforme a las tarifas establecidas en la

    Ley de Ingresos para el Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal 2013.

    (D) Se aplicaron pruebas sustantivas a detalle de las claves de ingreso 13-05 «Refrendo anual de concesión para la

    explotación del servicio público de transporte de alquiler sin ruta fija», 13-06 «Refrendo concesión para la explotación

    del servicio público de transporte de carga en general y materiales para la construcción» y 13-10 «Refrendo anual de

    concesión para la explotación del servicio público de transporte de carga grúas», verificando que los cobros por los

  • 03 12

    refrendo anual de estas licencias se realizaran conforme a las tarifas establecidas en la Ley de Ingresos para el Estado de

    Guanajuato para el ejercicio fiscal 2013

    (E) Se revisaron todas las claves de ingreso que integran esta cuenta aplicando pruebas sustantivas analíticas, y se verificó

    que los cobros por traspasos de concesiones de servicios públicos de transporte se realizaran conforme a las tarifas

    establecidas en la Ley de Ingresos para el Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal 2013.

    Participaciones y aportaciones

    Cuenta Contable

    Alcance Número Denominación

    Participaciones

    4211810101 Participaciones en el Fondo General 100%

    4211810102 Participaciones en el Fondo de Fomento Municipal 100%

    4211810103 Participaciones en los Imptos. de Producción. y Servicios 100%

    4211810104 Fondo de Fiscalización 100%

    4211810105 Fondo de Compensación Isan 100%

    Aportaciones

    4212820101 Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal 100%

    4212820102 Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud 100%

    4212820103 Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Estatal 100%

    4212820104 Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal 100%

    4212820105 Fondo de Aportaciones Múltiples 100%

    4212820106 Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica FAETA 100%

    4212820107 Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública 100%

    4212820108 Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades

    Federativas

    100%

    4212820109 Fondo para el Fortalecimiento de los Municipios y D.F. 100%

    4212820201 Fideicomiso para la Infraestructura de los Estados 100%

    4212820202 Fondo de Estabilización de los Ingresos de Entidades Federativas 100%

    4212820203 Fondo de Inversión para las Entidades Federativas 100%

    Convenios

    4213830101 Salud 95%

    4213830102 Educación 76%

    4213830103 Comunicaciones y transportes 92%

    4213830104 Económico 100%

    4213830105 Social y Humano 100%

    4213830106 Seguridad 98%

    4213830107 Programas federales no regularizables buen gobierno 99%

    4213830201 Socorro de Ley, alimentación, reos federales 100%

  • 03 13

    8. Gastos y otras pérdidas.- Se revisaron las cuentas y partidas que se enlistan a continuación.

    Servicios personales:

    Partida de Gasto Ramo(s) Alcance Alcance

    Administrativo(s) Ramo(s) Poder

    Número Denominación Seleccionado(s) Seleccionado(s) Ejecutivo

    1210 Honorarios Asimilables a Salarios 05, 06, 10, 17 y 27 10% 4%

    1370 Honorarios Especiales 6 9% 9%

    1530 Prestaciones y Haberes de Retiro 02, 04, 06, 08, 10,

    17, 20 y 21

    18% 4%

    Servicios Generales:

    Partida de Gasto Ramo(s)

    Administrativo(s)

    Seleccionado(s)

    Alcance

    Ramo(s)

    Seleccionado(s)

    Alcance

    Poder

    Ejecutivo Número Denominación

    Servicios básicos: 5131316000 Servicios de telecomunicaciones y satélites 17 66% 30%

    Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos y Otros Servicios: 5133332000 Servicios de diseño, arquitectura, ingeniería

    y actividades relacionadas

    10 97% 87%

    5133339000 Servicios profesionales, científicos y

    técnicos integrales

    21 55% 26%

    Servicios de Instalación, Reparación, Mantenimiento y Conservación: 5135351000 Conservación y mantenimiento menor de

    inmuebles

    17, 07 72% 40%

    5135353000 Instalación, reparación y mantenimiento de

    equipo de cómputo y tecnolg de la inform.

    11, 17, 07 78% 72%

    Servicios de Traslado y Viáticos:

    5137371000 Pasajes Aéreos 02, 10, 21 31% 15%

    5137376000 Viáticos en el extranjero 02, 21 31% 30%

    Servicios oficiales: 5138383000 Congresos y convenciones 4 100% 64%

    5138385000 Gastos de representación 02, 10 11% 5%

    Servicios de Comunicación Social y Publicidad 5136361100 Difusión por radio, televisión y prensa

    sobre programas y actividades

    gubernamentales

    2 44% 38%

    5136361200 Difusión por medio alternativos sobre

    programas y actividades gubernamentales

    2 27% 10%

    Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas:

    Partida de Gasto Ramo(s)

    Administrativo(s)

    Seleccionado(s)

    Alcance

    Ramo(s)

    Seleccionado(s)

    Alcance

    Poder

    Ejecutivo Número Denominación

    Transferencias a entidades paraestatales: 5221421100 Transferencias de Gasto Corriente 10 100% 11%3

    Transferencias a entidades federativas y municipios:

    3 La revisión se efectúo únicamente al fondo Deuda Pública

  • 03 14

    Partida de Gasto Ramo(s)

    Administrativo(s)

    Seleccionado(s)

    Alcance

    Ramo(s)

    Seleccionado(s)

    Alcance

    Poder

    Ejecutivo Número Denominación

    5222424200 Transferencias a Gasto de Capital 29 67% 3%

    Subsidios 5231433000 Subsidio a la inversión 10 y 21 71% 71%

    Ayudas Sociales a Instituciones

    5243445000 Ayudas sociales a instituciones culturales

    sin fines de lucro

    21 78% 23%

    Participaciones a Municipios

    Partida de Gasto Ramo(s)

    Administrativo(s)

    Seleccionado(s)

    Alcance

    Ramo(s)

    Seleccionado(s)

    Alcance

    Poder

    Ejecutivo Número Denominación

    Transferencias a entidades paraestatales: 5312813100 Fondo General de Participaciones. 28 100% 100%

    5312813200 Fondo de Fomento Municipal. 28 100% 100%

    5312813300 Impuesto sobre tenencia y uso de vehículos. 28 100% 100%

    5312813400 Impuesto especial sobre producción y

    servicios. 28 100% 100%

    5312813500 Impuesto sobre automóviles nuevos 28 100% 100%

    5312813600 Derechos por expedición y refrendo de

    licencias de alcoholes 28 100% 100%

    5312813700 IEPS- Gasolina y diesel. 28 100% 100%

    5312813800 Fondo de fiscalización (FOFIES) 28 100% 100%

    Intereses, Comisiones y Otros Gastos de la Deuda Pública:

    Partida de Gasto Ramo(s)

    Administrativo(s)

    Seleccionado(s)

    Alcance

    Ramo(s)

    Seleccionado(s)

    Alcance

    Poder

    Ejecutivo Número Denominación

    Intereses de la deuda pública interna: 5411921000 Intereses de la Deuda Interna con

    Instituciones de Crédito

    24 100% 100%

    Costo por coberturas: 5441951000 Costo por Cobertura de la Deuda Pública

    Interna

    24 100% 100%

  • 03 15

    9.- Adquisiciones.

    Se revisaron los procesos de adjudicación y/o los pagos de las adquisiciones que se detallan a continuación:

    Cuenta Descripción Modalidad Invitación Importe Ce. Ge. Revisado Alcance Notas

    5127273000 Artículos

    Deportivos

    Directa con

    invitación a mínimo

    tres proveedores

    M3 46000351 $ 3,037,318.20 C3001 $ 3,037,318.20 100%

    M3 49000175 383,191.85 C0711, C0712,

    C0713,C3001

    383,191.85 100%

    1241951900 Otros Mobiliarios

    y Equipos de

    Administración

    Directa Simple 44001030-B 2,500,000.00 C0711 2,500,000.00 100% *

    Directa de Comité 49000124 10,995,000.00 C0712 y 703 10,995,000.00 100% **

    Directa de Comité 44001249-A Primera 494,758.90 C0712 494,758.90 100% *

    1244154100 Automóviles y

    Camiones

    Licitación

    Restringida

    LRGTO-002-2013 6,480,491.98 C0409, C0602, C3004,

    C3017, C3027, C3041

    6,480,491.98 100%

    5128283000 Prendas de

    Protección para

    Seguridad

    Pública

    Directa de Comité 44001108-A 2,259,215.75 C0711, C0712 2,259,215.75 100% *

    44001110-A 4,140,276.00 C0711 4,140,276.00 100% *

    44001108-D 2,549,030.40 C0712 2,549,030.40 100% *

    44001110-C 3,596,987.20 C0712, C0714 3,596,987.20 100% *

    44001255-A 3,041,500.00 C0712, C0703 3,041,500.00 100% *

    1246356300 Maquinaria y

    Equipo

    Licitación Pública

    Nacional

    40051001-012-13

    Segunda Convocatoria

    13,879,400.00 C0801 13,879,400.00 100%

    5132327000 Arrendamiento de

    Activos

    Intangibles

    Directa Simple 43500121 233,520.00 C0605 233,520.00 100%

    Directa Simple 58000281 Segunda 3,459.53 C0614 3,459.53 100%

    Directa Simple 42500179 Primera 806,710.39 C0614 806,710.39 100%

    Directa con

    invitación a mínimo

    tres proveedores

    46000358 Tercera 2,666,219.39 C0409, C0614, C3011,

    C3038, C3049

    2,666,219.39 100%

    Notas: Notas:

    * De estas adquisiciones solamente se revisó la entrega de los bienes y el pago realizado mediante refrendo tramitado en 2013, ya que el proceso de adquisición se realizó

    en el segundo semestre del 2012.

    ** Del pedido 4580000701 del 10 de marzo del 2013, correspondiente a esta invitación, solamente se investigó su estatus a la fecha de revisión porque no se ha realizado

    su pago y de acuerdo a contrato la fecha límite para entrega de bines fue 01 de julio de 2013.

  • 05 16

    10.- Obra pública.

    ALCANCE.

    El detalle de las acciones seleccionadas para revisión se describe:

    Contrato Obra Importe

    Secretaría de Seguridad Pública

    DI-2012-11 Trabajos de mantenimiento consiste en el mejoramiento integral a

    las instalaciones del Instituto Estatal de Ciencias Penales

    (INECIPE). $ 1,519,922.92

    DI-2012-27 Adecuación y mantenimiento de carpeta asfáltica y concreto

    hidráulico en rondín interior en el CERESO León. 2,282,325.08

    DI-2012-28 Impermeabilización acrílica elastomerica color terracota en azoteas

    del edificio del CERESO León, dirección, subdirección, área

    técnica, aduana de ingresos y dormitorios CERESO León. 1,175,300.86

    DI-2012-29 Adecuación y ampliación de cocina en área de procesados,

    sustitución y adecuación de falso plafón en áreas administrativas en

    el CERESO de León. 2,233,753.57

    Total revisado $ 7,211,302.43

    II. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

    GUBERNAMENTAL Y ORDENAMIENTOS LEGALES CORRESPONDIENTES.

    a) Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.

    En esta materia, que se refiere al cumplimiento de los fundamentos básicos que sustentan el correcto registro

    de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los estados financieros con información

    suficiente y de importancia relativa, el Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, cumplió con las bases

    contables aplicables a la institución y parcialmente con los Postulados Básicos de Contabilidad

    Gubernamental.

    Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental con los que el Poder Ejecutivo del Estado de

    Guanajuato, cumplió son los siguientes:

    Sustancia Económica:

    Es el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan

    económicamente al ente público y delimitan la operación del Sistema de Contabilidad Gubernamental

    (SCG).

    Entes Públicos:

    El ente público es establecido por un marco normativo específico, el cual determina sus objetivos, su ámbito

    de acción y sus limitaciones; con atribuciones para asumir derechos y contraer obligaciones.

  • 05 17

    Existencia Permanente:

    La actividad del ente público se establece por tiempo indefinido, salvo disposición legal en la que se

    especifique lo contrario.

    Registro e Integración Presupuestaria:

    La información presupuestaria de los entes públicos se integra en la contabilidad en los mismos términos

    que se presentan en la Ley de Ingresos y en el Decreto del Presupuesto de Egresos, de acuerdo a la naturaleza

    económica que le corresponda.

    El registro presupuestario del ingreso y del egreso en los entes públicos se debe reflejar en la contabilidad,

    considerando sus efectos patrimoniales y su vinculación con las etapas presupuestarias correspondientes.

    Consolidación de la Información Financiera:

    Los estados financieros de los entes públicos deberán presentar de manera consolidada la situación

    financiera, los resultados de operación, el flujo de efectivo o los cambios en la situación financiera y las

    variaciones a la Hacienda Pública, como si se tratara de un solo ente público.

    Devengo Contable:

    Los registros contables de los entes públicos se llevarán con base acumulativa. El ingreso devengado, es el

    momento contable que se realiza cuando existe jurídicamente el derecho de cobro de impuestos, derechos,

    productos, aprovechamientos y otros ingresos por parte de los entes públicos. El gasto devengado, es el

    momento contable que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la

    recepción de conformidad de bienes, servicios y obra pública contratados; así como de las obligaciones que

    derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas.

    Valuación:

    Todos los eventos que afecten económicamente al ente público deben ser cuantificados en términos

    monetarios y se registrarán al costo histórico o al valor económico más objetivo registrándose en moneda

    nacional.

    Dualidad Económica:

    El ente público debe reconocer en la contabilidad, la representación de las transacciones y algún otro evento

    que afecte su situación financiera, su composición por los recursos asignados para el logro de sus fines y

    por sus fuentes, conforme a los derechos y obligaciones.

    Consistencia:

    Ante la existencia de operaciones similares en un ente público, debe corresponder un mismo tratamiento

    contable, el cual debe permanecer a través del tiempo, en tanto no cambie la esencia económica de las

    operaciones.

  • 05 18

    Con base en nuestra revisión, observamos que el Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, en la

    preparación de su información financiera y presupuestal, incumplió los siguientes Postulados Básicos de

    Contabilidad Gubernamental:

    Revelación Suficiente:

    Los estados y la información financiera deben mostrar amplia y claramente la situación financiera y los

    resultados del ente público.

    Importancia Relativa:

    La información debe mostrar los aspectos importantes de la entidad que fueron reconocidos contablemente.

    b) Disposiciones legales

    El Órgano de Fiscalización Superior, se encargó de comprobar, con base en pruebas selectivas que la

    recaudación, administración, manejo y aplicación de los recursos públicos se hayan ajustado a la legalidad

    y en general, que todos aquellos actos de gobierno se haya apegado a derecho y a la normativa administrativa

    aplicable; en su caso, en relación con los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, señalados en

    el apartado anterior, en su caso en el dictamen técnico jurídico se señalan las inconsistencias, producto de

    la falta de evidencia documental y/o incumplimiento de la norma legal por el periodo del primer y segundo

    trimestres del ejercicio fiscal 2013.

  • 05 19

    2.- OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES

    1. Préstamos sector privado personas morales.

    En la cuenta contable 1126201001 denominada «Préstamos sector privado personas morales» se observó

    que el deudor número PPM0000006 denominado « R» tiene un saldo

    pendiente de recuperar al 30 de junio de 2013 de $11,380,553.48 derivado del Convenio de Reconocimiento

    de Adeudo y Reestructura suscrito con Gobierno del Estado de Guanajuato a través de la entonces Secretaría

    de Finanzas y Administración, y División Fiduciaria respecto al Fideicomiso

    identificado con el número 109207 denominado » el 14 de noviembre de 2007, el cual a su

    vez, se deriva del Convenio de Mutuo suscrito entre las partes con fecha 10 de julio de 1997, con el

    Fideicomiso denominado » para la adquisición del bien

    inmueble conocido como fracción “A” del Establo, ubicado en Puentecillas, Guanajuato.

    Esta situación infringe lo establecido en la cláusula segunda del Convenio de Reconocimiento de Adeudo y

    Reestructura, el cual menciona lo siguiente:

    «SEGUNDA.- “El Fiduciario se obliga a pagar con cargo al patrimonio del fideicomiso y hasta donde este

    alcance, citado en el antecedente I primero romano de este convenio a “El Gobierno” las 2,745,837.81

    Unidades de Inversión UDI´S, conforme a la cotización que publique el en el Diario

    Oficial de la Federación que corresponda al día de pago, a más tardar el 31 treinta y uno del mes de junio

    de 2010 dos mil diez.»

    Respecto al adeudo anterior se solicitó a la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, proporcionar

    evidencia de las gestiones de cobro realizadas, remitiendo mediante oficio 042/14 del 05 de marzo de 2014,

    suscrito por la Subprocuraduría Fiscal de Consultoría y Normatividad, la documentación detallada a

    continuación, mediante la cual formuló diversos requerimientos de pago:

    Oficio 2649/04 del 04 de junio de 2004 Oficio 188/2013 del 16 de abril de 2013 y Oficio 427/2013 del 22 de agosto de 2013.

    Mediante oficio JARR/EJ-13/13 se solicitó a la Coordinación de Seguimiento a la Fiscalización de la

    Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración indicara si contaba con información adicional respecto

    a las gestiones de cobro efectuadas manifestadas en el párrafo anterior, proporcionando la misma

    información mediante oficio 075/14 del 09 de abril de 2014 suscrito también por la Subprocuraduría Fiscal

    de Consultoría y Normatividad. Lo anterior a efecto de confirmar que no se tuvieran gestiones de cobro

    adicionales a las proporcionadas inicialmente.

    Se solicita aclarar, atender o solventar la falta de recuperación del adeudo derivado del incumplimiento al

    convenio de reconocimiento de adeudo y reestructura referenciado, en su caso realizar las acciones

    correspondientes para la recuperación del importe pendiente, así como remitir a este órgano fiscalizador la

    evidencia documental que acredite la atención a esta observación.

  • 05 20

    Respuesta:

    «Se anexa copia del oficio No. 5039/2014 emitido por la Subprocuraduría Fiscal de Asuntos Contenciosos

    y Resoluciones.»

    En el oficio señalado en el párrafo anterior el Encargado de la Subprocuraduría Fiscal de Asuntos

    Contenciosos y Resoluciones manifiesta:

    «… se informa que derivado de diversas gestiones y requerimientos de pago efectuados por esta

    Procuraduría Fiscal, el Comité Técnico del «

    ( )», en su acuerdo 02-20/11/2013, del acta VI, de la sesión ordinaria de fecha 20 de noviembre

    de 2013, determinó la extinción del fideicomiso de referencia y otorgar en pago a Gobierno del Estado con

    motivo del adeudo referido en el párrafo anterior, la propiedad de un inmueble de su patrimonio, quedando

    de esta forma saldado el adeudo que se tenía pendiente.

    Es importante señalar que mediante oficios 341/2014 y 402/2014 de fechas 19 de agosto y 6 de octubre de

    2014, respectivamente, esta Procuraduría Fiscal informó a la Dirección General de Contabilidad

    Gubernamental de esta dependencia, sobre la extinción del fideicomiso y la recuperación del importe

    adeudado por el fideicomiso en mención, a efecto de que se llevaran a cabo los ajustes contables,

    administrativos y financieros correspondientes (Se anexa copia de los oficios).

    Finalmente, a través del oficio 812/2014 de fecha 7 de octubre de 2014, la Dirección de Consultoría y

    Procedimientos Administrativos de esta Procuraduría Fiscal, remitió a la Dirección de Control Patrimonial

    de esta Secretaría, el primer testimonio de la escritura pública número 9,553 de fecha 13 de agosto de

    2014, protocolizada ante la fe del Notario Público número 21, en legal ejercicio

    dentro del partido judicial de Guanajuato, Gto., mediante la cual se formaliza la extinción del fideicomiso

    y la dación en pago del inmueble, para efecto de llevar a cabo su registro correspondiente (Se anexa copia

    del oficio y de la escritura pública).»

    Valoración:

    La observación se considera solventada, en virtud de que el sujeto fiscalizado proporciona copia de la

    escritura pública número 9,553 del 13 de agosto de 2014, mediante la cual se instrumentó el convenio de

    terminación de contrato de mutuo y convenio de extinción total del Fideicomiso Promotor del Desarrollo

    Integral de Marfil (FIPRODIMA), por medio del cual se otorga al Estado de Guanajuato la propiedad del

    inmueble que integraba el patrimonio del Fideicomiso con un valor fiscal de $35,442,138.25, inscrito bajo

    los folios reales R15*54278, R15*54279 y R15*54280.

    2. Contratación de personal por honorarios asimilables a salarios.

    Con la revisión a la cuenta 5112121000 denominada «Honorarios asimilables a salarios», se observó la

    contratación de personal por honorarios en el Centro Gestor C2703, cuyos pagos exceden la remuneración

    ordinaria mensual de la plaza presupuestal establecida en el tabulador de sueldos del Poder Ejecutivo para

    el ejercicio 2013, el detalle se muestra a continuación:

  • 05 21

    Núm. Contrato Núm.

    Empleado

    Periodo

    de pago

    Importe

    mensual

    pagado

    Importe según

    tabulador Diferencia

    2013/DGECO/RAPCE/05 24874 Enero $ 30,781.14* $ 27,622.96** $ 3,158.18

    Febrero 31,843.14 27,622.96 4,220.18

    Marzo 31,843.14 27,622.96 4,220.18

    Abril 31,843.14 28,727.88 3,115.26

    Mayo 31,843.14 28,727.88 3,115.26

    Junio 31,843.14 28,727.88 3,115.26 2013/DGECO/RAPCE/01 16533 Enero 30,781.14* 27,622.96** 3,158.18

    Febrero 31,843.14 27,622.96 4,220.18

    Marzo 31,843.14 27,622.96 4,220.18

    Abril 31,843.14 28,727.88 3,115.26

    Mayo 31,843.14 28,727.88 3,115.26

    Junio 31,843.14 28,727.88 3,115.26

    Totales $ 379,993.68 $ 41,888.64

    * La remuneración de enero es por un importe menor debido a que se considera el pago a partir del 2 de enero de 2013.

    ** En los primeros tres meses del año 2013 se continúa aplicando el tabulador de sueldos y salarios del Poder Ejecutivo del

    ejercicio 2012.

    Esta situación contraviene lo establecido en el artículo 31 fracción IV de la Ley de Presupuesto General de

    Egresos del Estado de Guanajuato para el Ejercicio Fiscal 2013, que especifica lo detallado a continuación:

    «Artículo 31.- Las Dependencias y Entidades deberán abstenerse de cubrir gastos por concepto de

    honorarios, salvo que se cumpla con los siguientes requisitos:

    » (…)

    » IV. Que el monto mensual de los honorarios asimilados a salarios a cubrir a las personas físicas que se

    contraten, no rebase la remuneración ordinaria mensual que corresponda a la de la plaza presupuestal o

    puesto con el que guarde mayor semejanza.»

    Asimismo, es de mencionar que ambos prestadores, tanto el empleado 24874, como el empleado 16533,

    laboraron bajo el puesto de «Visitador regional», para la «Dirección General de Evaluación de Obras» del

    centro gestor C2703. No obstante que en los contratos de servicios por honorarios asimilables a sueldos no

    se especifica el puesto de cada prestador, la descripción de su puesto se pudo constatar a través de los

    informes mensuales entregados al área donde realizaron sus actividades.

    De acuerdo al tabulador de sueldos proporcionados por la Dirección General de Recursos Humanos de la

    SFIA y de la descripción del puesto denominado «Visitador regional», le corresponde un nivel 10, cuya

    remuneración mensual bruta es de $ 28,727.88

    Por lo anterior se solicita atender, aclarar o solventar el pago de honorarios asimilados a salarios de los

    empleados 24874 y 16533 por un importe mayor al establecido en el tabulador de sueldos y salarios del

    Poder Ejecutivo para el ejercicio 2013, correspondiente al puesto de «Visitador regional» y remitir la

    evidencia documental que lo acredite.

  • 05 22

    Respuesta:

    «En atención a la observación número 2 denominada Contratación de personal por Honorarios Asimilables

    s Salarios, derivada de la revisión a la 5112121000 denominada “Honorarios Asimilables a salarios” en

    el Centro Gestor C2703, me permito hacer los siguientes comentarios con la finalidad de solventar la

    observación:

    El auditor señala la existencia de la contravención a lo establecido en el artículo 31 fracción IV de la Ley

    del Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal 2013, debido a que

    los prestadores de servicios con número de empleado y el

    a con número de laboraron bajo el puesto de Visitador Regional,

    para la Dirección de Evaluación y Control del Obras, cuya remuneración asciende a $31,843.14 (treinta y

    un mil ochocientos cuarenta y tres 14/100 M.N.).

    Sin embargo, en virtud de que el contrato de prestación de servicios no estipula el cargo a desempeñar por

    los trabajadores, el auditor lo deduce de los informes mensuales a que se refiere la cláusula tercera del

    mismo.

    Ahora bien, para efectos operativos la Dirección General de Evaluación y control de Obras determinó que

    la y el a estructuralmente se les denominó

    como visitador regional y/o Coordinador del Departamento de Topografía, por ello la razón que suscriben

    los informes mensuales con tal denominación, sin que desempeñen funcionalmente las actividades relativas

    al mencionado cargo.

    Lo anterior, tomando en cuenta la descripción y perfil del puesto Visitador Regional emitido por la

    Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, en el cual señalan las funciones correspondientes a la

    plaza presupuestal (…) mismas que difieren con las actividades a que obliga el Contrato de Prestación de

    Servicios por Honorarios Asimilables a Sueldos, las cuales de su lectura se desprende que las actividades

    no guardan semejanza entre si, al tener un grado de responsabilidad de mayor relevancia y alcance, así

    como un número de actividades superiores al de visitador regional (...).

    Por otra parte, es de destacar que tomando en cuenta las actividades que desempeñan la

    y el , sus funciones corresponderían a un Coordinador

    Operativo o Coordinador de Proyectos, sin embargo se acordó con los prestadores cubrir el importe

    mensual de $31,843.14 (treinta y un mil ochocientos cuarenta y tres 14/100 M.N.), por sus servicios.»

    Valoración:

    La observación se considera solventada, pues si bien se realizaron las actividades por parte del personal

    por honorarios asimilables a salarios y en consecuencia el pago resulta procedente, también lo es que se

    desprende de los contratos de personal por honorarios asimilables a salarios, no estipulan el cargo a

    desempeñar por los trabajadores en comento, tal y como lo admite en su respuesta el sujeto fiscalizado. Lo

    anterior con independencia de la presunta responsabilidad administrativa.

  • 05 23

    3. Pagos de honorarios asimilables a sueldos y salarios.

    Con la revisión a la cuenta 5112121000 denominada «Honorarios asimilables a salarios», se observó el pago

    por la prestación de servicios, al quien se desempeñó como auxiliar de

    vigilante en la Dirección General de Ingresos de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, cuyo

    pago por el periodo sujeto a revisión excedió en $º10,757.90 de acuerdo a lo establecido en la segunda

    cláusula del contrato de prestación de servicios, el detalle se muestra a continuación:

    Núm.

    Empleado Prestador del Servicio

    Periodo

    de pago

    Importe

    mensual

    pagado

    Importe

    según

    contrato

    Diferencia

    Enero $ 8,331.62* $ 6,588.72* $ 1,742.90

    Febrero 8,618.92 6,815.92 1,803.00

    Marzo 8,618.92 6,815.92 1,803.00 Abril 8,618.92 6,815.92 1,803.00 Mayo 8,618.92 6,815.92 1,803.00 Junio 8,618.92 6,815.92 1,803.00

    Totales $ 51,426.22 $º40,668.32 $ 10,757.90

    * La remuneración del mes de enero es por un importe menor debido a que se considera el pago a partir del 2 de enero de 2013.

    La segunda cláusula del contrato indica:

    «Segunda.- De la contraprestación. La Secretaría se obliga a pagar a El Prestador, por concepto de los

    servicios descritos en la cláusula primera, la cantidad total de $º40,668.26 misma que se cubrirá de la

    siguiente forma: un primer pago de $º3,180.76 y once pagos quincenales de $º3,407.97 cada uno, cantidades

    que serán pagadas los días 15 y último de cada mes mediante depósito bancario en la tarjeta número 5177

    1262 4370 3195 en la institución financiera .»

    Mediante oficio número JCLGL/EJ-32/13 de fecha 7 de abril de 2014 se solicitó a la Coordinación de

    Seguimiento a la Fiscalización de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, aclarar la diferencia

    entre los importes establecidos como pago en el contrato de servicios y los pagos aplicados por medio de la

    nómina.

    La Coordinación de Seguimiento a la Fiscalización, en fecha 10 de abril de 2014 mediante oficio

    CSF/322/2014 informó lo siguiente: « (…) le comparto información proporcionada por la Dirección General

    Administrativa de la SFIyA que textualmente cita lo siguiente: En atención y seguimiento a su oficio No.

    CSF/303/2014 de fecha 7 abril de 2014 dirigido a la , quien a su vez lo

    turna a la Dirección de Recursos Humanos adscrita a esta Dirección General Administrativa por considerarlo

    asunto de nuestra competencia mediante oficio no. 291/2014 de fecha 8 de abril de 2014 y recibido el 9 de

    abril de 2014, con motivo de la revisión que realiza el Órgano de Fiscalización Superior, a la Cuenta Pública

    del Poder Ejecutivo correspondiente al primer y segundo trimestre del ejercicio fiscal 2013, en relación al

    requerimiento de información JCLGL/EJ-32/13, me permito informar a Usted que se encuentra en proceso

    de revisión por parte de esta unidad administrativa a mi cargo, el motivo por el cual existe diferencia entre

    el contrato y el pago al , del cual solicita aclaración el Ente Fiscalizador»

    A la fecha de emisión del presente pliego de observaciones y recomendaciones no fue proporcionada la

    respuesta e información aclaratoria al respecto.

  • 05 24

    Asimismo la falta de entrega de información constituye un incumplimiento a lo establecido en el cuarto

    párrafo del artículo 66 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y 23 fracción III de la Ley

    de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato que establecen:

    Artículo 66.- «Los sujetos de fiscalización están obligados a suministrar al Congreso del Estado, por

    conducto de su órgano de apoyo, los datos, documentos, antecedentes o cualquier otra información que éste

    les solicite, relacionados con el ejercicio de la función fiscalizadora».

    «Artículo 23.- El proceso de fiscalización de las cuentas públicas a que se refiere el artículo anterior,

    constará de las siguientes fases.

    »(…) III. El Órgano de Fiscalización Superior iniciará la fiscalización de las cuentas públicas, conforme a

    las disposiciones de esta ley, de sus reglamentos y de los manuales de procedimientos aplicables.

    »El Órgano de Fiscalización Superior podrá requerir información a los sujetos de fiscalización, otorgándoles

    un término de cinco días hábiles para que la remitan, contado a partir de que se les notifique el requerimiento.

    Cuando dicha información no se encuentre en su poder, deberán informar al Órgano de Fiscalización

    Superior la dependencia o unidad administrativa que la tenga. En caso de omitir la entrega de la información

    solicitada, dicha situación se considerará como observación dentro del informe de resultados.»

    Es importante mencionar que se corroboró el pago de estos honorarios, mediante cuestionario aplicado al

    prestador de servicios, quién confirmó haber recibido todos los pagos mediante transferencias bancarias

    durante el periodo de enero a junio de 2013.

    Se solicita aclarar, atender o solventar el pago de honorarios durante el periodo de enero a junio de 2013,

    por un importe que excedió en $10,757.90 al establecido en la segunda cláusula del contrato de prestación

    de servicios y remitir a este órgano fiscalizador la información que acredite la atención a la presente

    observación.

    Respuesta:

    « (…) se informa que por error en la captura en el sistema SAP/R3, se pagó en exceso al prestador de

    servicios s, siendo el error imputable a la ex trabajadora de esta

    Dependencia la (sic) , quien reintegró la cantidad de $°10,757.90 mediante descuento realizado en el pago de su finiquito.

    Se adjunta al presente archivos electrónicos mediante los cuales se acredita el reintegro en mención.

    Oficio de solicitud de creación de cuenta por cobrar a nombre de la .

    Oficio de respuesta de creación de cuenta por cobrar.

    Oficio de solicitud de aplicación de cuenta por cobrar.

    Pantalla del sistema SAP/R3 en la cual se refleja el descuento efectuado a la .»

  • 05 25

    Valoración:

    La observación se considera solventada en virtud de que fue proporcionada la evidencia documental que

    acredita la recuperación de $°10,757.90 pagados en exceso al .

    4. Servicios de Telecomunicaciones y Satélites.

    En la cuenta contable 5131316000 denominadas « », se observó

    la falta de validación técnica y autorización para la contratación de los servicios especiales de enlaces de

    comunicación de Uninet que el proveedor « » proporcionó a la

    Dirección de Información, Sistemas y Telecomunicaciones de la Procuraduría General de Justicia cuyos

    pagos durante el periodo de enero a junio de 2013 fueron por $ 4,167,657.54 tal y como se indica a

    continuación:

    Documento de pago Comprobante

    Número Fecha Número Fecha Concepto Importe

    21-marzo-13 EST 1972601 07-marzo-13 Pago realizado por la prestación de servicios especiales de uninet correspondientes a los

    enlaces del mes de Febrero 2013.

    $ 1,003,235.18

    29-abril-13 EST 2017464 05-abril-13 Pago realizado por la prestación de servicios especiales de uninet correspondientes a los

    enlaces del mes de Marzo 2013.

    1,022,989.54

    27-mayo-13 EST 2062331 07-mayo-13 Pago realizado por la prestación de servicios especiales de uninet correspondientes a los

    enlaces del mes de Abril 2013.

    1,061,603.28

    27-junio-13 EST 2107318 05-junio-13 Pago realizado por la prestación de servicios especiales de uninet correspondientes a los

    enlaces del mes de Mayo 2013.

    1,079,829.54

    Total Revisado: $ 4,167,657.54

    Con oficio número JCLGL/EJ-12/13 se solicitó a la Dirección General de Tecnologías de la Información y

    Telecomunicaciones proporcionar la validación técnica y autorización de la contratación de los enlaces de

    comunicación de los servicios especiales de Uninet con dicho proveedor para la Dirección de Información,

    Sistemas y Telecomunicaciones de la Procuraduría General de Justicia.

    Mediante oficio de respuesta DGTIT/122/2014 de fecha 20 de marzo de 2014, la Dirección General de

    Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones informó:

    «Esta Dirección General no cuenta con validación técnica.»

    »Cabe hacer mención que la normatividad vigente al momento de la contratación del servicio del cual se

    solicita información no contemplaba el requerimiento de validación técnica por la partida en el clasificador

    por objeto del gasto en la cual se estableció (3160).»

    »Por lo que respecta a la autorización de contratación, no es atribución de esta Dirección General emitir ese

    tipo de autorizaciones.»

    Si bien, el contrato se suscribió con el prestador de servicios, el 1 de febrero de 2013 estableciendo una

    duración que comprende del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013, la falta de la validación técnica y

    autorización de los servicios contratados incumple lo señalado en los artículos 34 y 36 de los Lineamientos

    Generales de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal de la Administración Pública Estatal

    para el Ejercicio Fiscal de 2012, que establecen:

  • 05 26

    «Artículo 34. La adquisición de bienes y servicios informáticos y de telecomunicaciones, «software» y

    desarrollo de sistemas, deberá contar con la validación técnica de la Dirección General de Tecnologías de

    la Información y Telecomunicaciones de la Secretaría.»

    »Artículo 36.- La contratación o arrendamiento de enlaces de comunicación, se autorizará por la Dirección

    General de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones de la Secretaría, la que en su caso

    gestionará el trámite correspondiente ante la DGRMySG.»

    Normativa aplicable conforme a lo dispuesto en la circular número 03/2013 del 15 de enero de 2013 emitida

    por el Secretario de Finanzas, Inversión y Administración que establece lo siguiente:

    «(…) en el ejercicio del Presupuesto del año 2013 y para no retrasar los procesos administrativos de

    contratación y adquisición de bienes, por parte de esa dependencia o entidad paraestatal, se deberá de aplicar

    la Ley del Presupuesto General del Egresos del Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal de 2013, la

    Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, y

    demás disposiciones normativas aplicable en la materia, así como en lo conducente a las Disposiciones

    Administrativas vigentes para el ejercicio fiscal 2012, hasta en tanto se emitan las disposiciones

    administrativas correspondientes para el año 2013, por ésta dependencia. (…)»

    Se solicita aclarar, atender o solventar la falta de validación técnica y autorización para la contratación de

    los servicios especiales de Uninet del proveedor remitiendo a este

    órgano fiscalizador la documentación que acredite la atención a esta observación.

    Respuesta:

    «Se solicita reconsiderar la observación, ya que si bien los Lineamientos Generales de Racionalidad,

    Austeridad y Disciplina Presupuestal de la Administración Pública Estatal para el Ejercicio Fiscal de 2012,

    en su artículo 34, señalan la necesidad de contar con validación técnica de la Dirección General de

    Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones de la Secretaría, para la adquisición de bienes y

    servicios informáticos y de Telecomunicaciones, dicha validación está expresamente contemplada en la

    Política de Informática de la Administración Pública Estatal para el Ejercicio Fiscal de 2012, aplicable

    para 2013 en su artículo 28 donde cita “Las partidas del Clasificador por Objeto del Gasto que estén sujetas

    a la validación técnica que en su caso emita la DGTIT, son las siguientes…” no mencionando la partida

    3160 que fue la que realizó el cargo contable del servicio observado. No obstante en las citadas Políticas

    Informáticas además de lo mencionado, establecen diversas disposiciones y requisitos para poder contratar

    adquirir o contratar bienes, servicios informáticos y de Telecomunicaciones.»

    Valoración:

    La observación se considera no solventada, ya que los Lineamientos Generales de Racionalidad, Austeridad

    y Disciplina Presupuestal de la Administración Pública Estatal para el ejercicio Fiscal de 2012, y aplicables

    para la observación en comento refiere en su artículo 34 de manera imperativa que en la adquisición de

    bienes y servicios informáticos y de telecomunicaciones, «software» y desarrollo de sistemas, deberá contar

    con la validación técnica de la Dirección General de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones

    de la Secretaría. Bajo ese tenor, resulta inherente cumplir con dicha obligación la Dirección en comento. En

    virtud de que la circular número 03/2013 del 15 de enero de 2013 emitida por el Secretario de Finanzas,

    Inversión y Administración, los hace aplicables dichos Lineamientos. De tal modo que se incumple con los

    artículos 34 y 36 de los Lineamientos en comento.

  • 05 27

    5. Estudio de diagnóstico para proyecto Alpes.

    En la cuenta contable 5133332000 denominada «Servicios de diseño, arquitectura, ingeniería y actividades

    relacionadas» ejercida por la Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable (SDES) se revisó la erogación

    correspondiente al servicio de «Estudio de diagnóstico de las condiciones geotécnicas, ambientales y geo

    hidrológicas en predio al sur de León para proyecto Alpes», en lo sucesivo «el estudio», del que no se

    proporcionó evidencia de que fuera necesario como parte de un proyecto de atracción de inversiones.

    Se suscribió el convenio número SAI-08/13 de fecha 28 de enero de 2013 por un importe de $°15,960,818.16

    y convenio modificatorio número SAI-53/13 de fecha 6 de febrero de 2013 celebrados con el proveedor

    ).

    Los pagos efectuados en el periodo sujeto de revisión son los siguientes:

    documento Fecha

    Factura Importe

    Número Fecha 21-feb-13 6 05-feb-13 $ 4,788,245.45 04-abr-13 8 08-mar-13 5,586,286.35

    Total $ 10,374,531.80

    De acuerdo al informe final del proveedor el objetivo de «el estudio» es: «realizar una investigación

    geotécnica de los materiales del subsuelo y determinar los parámetros de resistencia y compresibilidad de

    los materiales que permitan diseñar la cimentación de futuras construcciones del proyecto».

    Con base en declaraciones emitidas por el Director de Seguimiento de Resultados de SDES y el tipo de

    trabajo desarrollado por el proveedor se presume que «el estudio» forma parte de un proyecto de

    inversión automotriz denominado «Alpes», gasto que podría considerarse de pre inversión, sin embargo, no

    proporcionó documentación que demostrara que las erogaciones realizadas correspondieran a un proyecto

    de atracción de inversión formalizado.

    Con el objeto de verificar la existencia del proyecto «Alpes» y asegurar que los gastos se realizaron para la

    consecución del mismo, mediante oficio GRM/EJ-19/13 se solicitó al Director de Seguimiento de

    Resultados de SDES información detallada del proyecto a lo cual dio respuesta en oficio DSR/162/14 de

    fecha 25 de marzo de 2014, informando: «La administración del Estado desarrolla el programa de atracción

    de inversiones en beneficio de inversionistas, proyectos de inversión productiva y desarrollos económicos

    mediante la atracción, inducción, orientación, gestión y apoyos a proyectos, empresas o industrias para su

    instalación, desarrollo, capacitación y operación; buscando la generación de empleos directos y

    permanentes, la derrama económica en la zona o municipios, el fortalecimiento de la infraestructura

    industrial, comercial y de servicios; así como el desarrollo económico equilibrado en todas las regiones del

    Estado».

    «Por lo que como resultado de las acciones de promoción realizadas en eventos especializados e

    internacionales por la atracción de inversiones para proyectos extranjeros, interesados en invertir en México,

    se derivó la potencial instalación de un nuevo proyecto automotriz de gran importancia para el Estado de

    Guanajuato, consistente en una armadora de automóviles.»

    Asimismo señaló: «El potencial inversionista aún no se ha pronunciado por alguno de los sitios para la

    ubicación de su proyecto, ya que se compite con otras entidades dentro de territorio nacional.»

  • 05 28

    Mediante el oficio GRM/EJ-30/13 se solicitó al Director de Seguimiento de Resultados de SDES que

    indicara los nombres de los propietarios del predio denominado «Puma» y señalara el posible inversionista

    a instalarse en el predio, a lo cual respondió mediante oficio DSR/206/14 de fecha 08 de abril de 2014: «La

    atracción de inversión extranjera directa (IED) y su análisis previo para la selección de espacio geográfico,

    entorno económico y condiciones sociales para el desarrollo de una nueva planta, ampliación y/o cambio

    de las existentes, implica un cúmulo de información legal, técnica, comercial, estratégica y financiera básica

    que, para el logro del fin primordial, requiere de un tratamiento especial».

    «Es así que la competencia nacional e internacional por la atracción de inversiones, requiere de una guarda

    absoluta de confidencialidad y reserva durante la vigencia de la relación y/o negociación correspondiente,

    so pena de ser responsable por la totalidad de los daños directos, perjuicios, gastos y costas que la violación

    de dicha confidencialidad ocasione».

    «En tal sentido, la identificación y localización de predios de interés y sus titulares, cuanto más el

    señalamiento de probable inversionista, repercute en un detrimento sobre las ventajas competitivas que

    forman parte del estricto acompañamiento ofertado hasta lograr un anuncio formal de inversión, por lo que

    su divulgación, entre otras consecuencias acarrearía especulación en perjuicio de los fines de gobierno

    poniendo en riesgo, inclusive, al proyecto mismo. Amén de que no se cuenta con los nombres de los

    propietarios dado que se trata de procesos preliminares de análisis integral sobre las potenciales ubicaciones

    del proyecto al margen del inicio de un proceso de adquisición de tierras».

    Hay que destacar que no forma parte de las actividades de este órgano fiscalizador realizar algún tipo de

    divulgación respecto a la información solicitada, solamente es utilizada para llevar a cabo la función de

    fiscalización encomendada desde la Constitución Política para el Estado de Guanajuato aunado a que de

    acuerdo al artículo 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato señala: «Los servidores

    públicos del Órgano de Fiscalización Superior, así como los prestadores de servicios profesionales externos

    que contrate, deberán guardar estricta reserva y confidencialidad, sobre las actuaciones, observaciones

    e información de que tengan conocimiento, excepto en los casos en que sean requeridos expresamente por

    la autoridad competente. La violación a esta disposición se sancionará en los términos que disponga esta ley

    y demás disposiciones aplicables».

    Con la finalidad de obtener mayor información y acreditar la existencia del proyecto automotriz así como

    que cumpliera con dichos requerimientos, se solicitó el expediente en cuestión, con base en la fracción XIII

    del numeral 3 de las Políticas para el otorgamiento de incentivos y apoyos a inversionistas para proyectos

    de inversión productiva y de desarrollos económicos en donde se establecen los elementos que deberán

    contener los expedientes de los Perfiles de Proyectos, mediante oficio GRM/EJ-39/13 de fecha 08 de abril

    de 2014, a lo que el Director de Seguimiento de Resultados de SDES indicó mediante oficio DSR/228/14

    de fecha 22 de abril de 2014, lo siguiente:

    «Como lo señalado en oficio DSR/206/14 de fecha 8 de abril de 2014, la competencia nacional e

    internacional por la atracción de inversiones, requiere de una guarda absoluta de confidencialidad y reserva

    durante la vigencia de la relación y/o negociación correspondiente, so pena de ser responsable por la

    totalidad de los daños directos, perjuicios, gastos y costas que la violación de dicha confidencialidad ocasión

    (sic)».

    «Por lo anterior no fue proporcionado el perfil del proyecto automotriz, dado que esto repercute en un

    detrimento sobre las ventajas competitivas que forman parte del estricto acompañamiento ofertado hasta

  • 05 29

    lograr un anuncio formal de inversión, por lo que su divulgación, entre otras consecuencias acarrearía

    especulación en perjuicio de los fines de gobierno poniendo en riesgo, inclusive, al proyecto mismo».

    De las respuestas del sujeto fiscalizado se desprende que se trata presuntamente de un proyecto de inversión

    que aún no se concreta, por lo que se investigó si existen disposiciones en materia de gastos de pre inversión

    para la factibilidad de nuevos desarrollos económicos; mediante oficio DSR/206/14 de fecha 08 de abril de

    2014, el Director de Seguimiento de Resultados de SDES informó que no existen estas disposiciones.

    La ausencia de disposiciones en materia de gastos de pre inversión para la factibilidad de nuevos desarrollos

    económicos propicia una falta de control al no existir delimitaciones en cuanto a los montos máximos a

    otorgar y los conceptos en los que se podrán aplicar pudiendo generarse gastos sin la debida planificación

    y se vea disminuida la posibilidad de atraer futuros inversionistas al Estado.

    Adicionalmente, se identificó que el terreno en donde se llevó a cabo «el estudio» no es propiedad de

    Gobierno del Estado de acuerdo a lo expresado por el Director de Seguimiento de Resultados de SDES

    mediante oficio DSR/162/14 de fecha 25 de marzo de 2014: «No se cuenta con escrituras públicas del predio

    “puma”, dado que la propiedad del mismo pertenece a un particular».

    Por la falta de entrega de información el sujeto fiscalizado incumplió al no atender a la atribución otorgada

    a este órgano fiscalizador por el artículo 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato

    que indica: «El Órgano de Fiscalización Superior podrá requerir a los sujetos de fiscalización y a las

    contralorías, la información y documentación de que dispongan por el ejercicio de sus funciones y que se

    estime necesaria en la fiscalización».

    «La información y documentación que se proporcione estarán afectos exclusivamente al objeto de esta ley

    y demás ordenamientos aplicables».

    Además de lo que establece el segundo párrafo de la fracción III del artículo 23 de dicha Ley: «El Órgano

    de Fiscalización Superior podrá requerir información a los sujetos de fiscalización, otorgándoles un término

    de cinco días hábiles para que la remitan, contado a partir de que se les notifique el requerimiento. Cuando

    dicha información no se encuentre en su poder, deberán informar al Órgano de Fiscalización Superior la

    dependencia o unidad administrativa que la tenga. En caso de omitir la entrega de la información

    solicitada, dicha situación se considerará como observación dentro del informe de resultados».

    Al no haber proporcionado evidencia de la existencia del perfil del proyecto automotriz para el cual se

    contrató «el estudio», el sujeto fiscalizado no justificó el pago por la realización de trabajos, ni demostró

    con documentación las circunstancias de confidencialidad señaladas que justifiquen la falta de entrega de la

    información.

    Se solicita aclarar, atender o solventar documentalmente que las erogaciones realizadas en «el estudio»

    efectivamente corresponden a la implementación de un nuevo proyecto de inversión automotriz, o en su

    defecto demostrar el fundamento legal y correspondiente acuerdo por el que se clasifica la información

    respecto al mismo como reservada o confidencial.

    Se recomienda la elaboración de disposiciones en materia de gastos de pre inversión para la factibilidad de

    nuevos desarrollos económicos en las que se establezcan los casos en los cuales se podrán realizar

    erogaciones previas a la formalización e instalación de proyectos de atracción de inversiones, así como el

    tipo de gasto autorizados para estos fines.

  • 05 30

    Respuesta:

    En oficio DSR/485/14 del 14 de octubre de 2014 el Director de Seguimiento de Resultados de SDES señala:

    «El Estado de Guanajuato participo en el concurso para la instalación de la nueva armadora del grupo

    , la cual analizo la factibilidad de instalarse en el predio de naturaleza privada denominada PUMA

    y localizada al sur de León, Gto.

    La empresa solicito al Gobierno del Estado de Guanajuato, realizar un Estudio de diagnóstico de las

    condiciones geotécnicas, ambientales y geo hidrológicas en predio elegido para su instalación, a fin de que

    el terreno cumpliera los estándares señalados por la empresa, dicho estudio para efectos internos de

    Gobierno del Estado, se denominó proyecto Alpes, en este ejercicio la empresa solicito que todos los

    trabajos estuvieran bajo la supervisión de los representantes de la n.

    La empresa , como ya se comentó en oficio DSR/162/14 de esta revisión, “es de origen Alemán

    especialista en la realización y evaluación de estudios de ingeniería ambientales, diagnostico de

    condiciones geotécnicas y geohidrológicas; y fue seleccionado por el potencial inversionista como asesor

    técnico, para analizar y validar los procedimientos y resultados de los estudios presentados por los

    diferentes estados para elegir el sitio de instalación del proyecto en México.”

    Ahora bien los primeros acercamientos que se tuvieron con la empresa, fue a través del

    asesor de la Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable, lo cual se sustenta mediante

    el informe final del contrato DCHO 009/08 con fecha de término 2012 de este prestador de servicios, el

    cual fue revisado en la auditoría financiera del ejercicio 2012; donde se muestra una síntesis de las

    acciones promocionales más relevante emprendidas por la Oficina de Promoción de Inversiones de la

    Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable en Chicago, a fin de apoyarla a cumplir con las metas de

    inversión establecidas para el 2012, en específico a las gestiones de acercamiento que se han tenido con

    grupo el cual a la letra dice:

    Extracto del informe Pag. 12 y 13

    Durante el 2011 esta empresa alemana líder a nivel mundial en la fabricación de vehículos de lujo, llevo a

    cabo un par de visitas exploratorias en las cuales se contó con la presencia del Gobernador. Durante dichas

    visitas se logró despertar el interés de la empresa por considerar a Guanajuato como un sitio potencial

    para el establecimiento de una nueva planta ensambladora para la fabricación de SUV´S destinados al

    mercado norteamericano. Actualmente la empresa compra en México casi el 25% de los componentes

    usados para la fabricación de series X5 y X3 que ensambla en su planta de Carolina del Sur EUA.

    A principios de marzo del presente tuvimos la visita de uno de los directivos de la empresa en la cual se

    anunció al Gobernador que Guanajuato había sido pre-seleccionado como una opción para localizar su

    nueva planta. En esa fecha el Secretario me encomendó asumir la coordinación y liderazgo del equipo para

    atender el proyecto.

    La naturaleza altamente demandada de este tipo de proyectos ha exigido cientos de horas de trabajo por

    parte del equipo para atender uno de los procesos de “due dilgence” más extensos y complejos que

    hayamos atendido. Al margen de la investigación inicial sobre el sitio conducida directamente por

    miembros de su equipo, fuimos notificados del envió de un grupo de consultores independientes que nos

    visitaran por un par de semanas para validar toda la información necesaria para la toma de decisiones.

  • 05 31

    Al margen de la fuerte competencia por el proyecto, nuestros grandes retos en este momento serán pode