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18 y 19 de mayo de 2017 Campus de Guajara Universidad de La Laguna, Tenerife

Presentación de PowerPoint - fg.ull.es · en los procesos de Mediación. ... vínculos afectivos sanos, un entorno estructurado en rutinas, una adecuada estimulación, apoyo y oportunidades

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18 y 19 de mayo de 2017 Campus de Guajara

Universidad de La Laguna, Tenerife

• La mediación familiar se entiende como un tipo de relación de ayuda que se orienta hacia el

cambio.

• La gran mayoría de las mediaciones se caracterizan por su alta toxicidad, es decir, por un

conjunto de relaciones y emociones tóxicas que afectan a todos los partícipes de la mediación.

Esta incluso puede manifestarse de manera fisiológica.

• El ejercicio de la Mediación familiar provoca un desgaste en el mediador. Sería asimilable a un

riesgo laboral.

• Fatiga por Compasión es “el resultado final del proceso progresivo y acumulativo consecuencia

del contacto prolongado, continuado e intenso con pacientes, el uso de uno mismo y la

exposición al estrés. La empatía no sale gratis.

CONCLUSIONES PRINCIPALES (1) El mediador ante sí mismo: Fatiga por compasión y auto cuidado del mediador.

Distorsiones Cognitivas en la Negociación y en la Mediación

• La formación actual en mediación se formula con poco rigor y disparidad, no hay criterios

unificados sobre contenidos, competencias determinadas, horas de prácticas, etc. Sí existen

determinados niveles de especialización que son adecuados y completan perfiles de mediación.

• En necesario homogeneizar más contenidos y prácticas.

• La formación debe partir de las Universidades pero en los Colegios Profesionales es oportuno

incidir en la parte práctica, por medio de convocatoria de talleres. Los cursos de Mediación

deben ir dirigidos fundamentalmente a la práctica.

CONCLUSIONES PRINCIPALES (2) ¿Son adecuados los programas de formación en mediación? ¿Qué competencias

debe adquirir un/a profesional de la mediación? Hacia un sello de calidad. ¿Qué

papel juegan las universidades y los colegios profesionales?

• El modelo de familia ha variado enormemente, pues hay mayor longevidad, mayor dependencia,

cambio de roles de hombres y mujeres, la conciliación de la vida laboral y familiar, etc.

• La Mediación Familiar en España ha sido el campo donde la Mediación debuta. Hay muchas

mediaciones que no están asociadas a los procesos judiciales, por ejemplo mediaciones entre

familias adoptivas y adoptantes, o de acogida, conflictos interfamiliares con los suegros,

conflictos entre familias reconstituidas, las herencias y la mediación entre empresas familiares,

entre otros.

• Si no se gestionan bien los sentimientos, se cronifica el conflicto. El mediador debe inculcar a

las partes la obligación de velar por el interés de los menores. El menor tiene derecho a ser oído

en los procesos de Mediación.

CONCLUSIONES PRINCIPALES (3) ¿Hay que redefinir la mediación familiar? Más allá de las separaciones y el divorcio.

¿Necesitan los mediadores familiares una formación específica?

La Promoción de la Parentalidad

Positiva.

Los/as menores en los procesos de

mediación. Protección de sus

derechos

Mediación Familiar y Justicia

Terapéutica

• Es imprescindible fomentar el Equipo

Parental.

• La parentalidad positiva se basa en

vínculos afectivos sanos, un entorno

estructurado en rutinas, una adecuada

estimulación, apoyo y oportunidades

de aprendizaje, y libre de violencia

física, verbal y emocional.

• La corresponsabilidad social es

fundamental. La conyugalidad puede

terminar pero la coparentalidad debe

permanecer a lo largo de la vida.

• Debería existir perspectiva de

infancia en la ley.

• La mediación gana terreno por las

deficiencias del sistema judicial. Este

debe ser la resolución alternativa y la

mediación el medio natural de

resolución de conflictos.

• No existe conciencia ni cultura de

mediación, por ello hay que empezar

desde la infancia a inculcar la

resolución pacífica de los conflictos.

• La mediación es una herramienta de

la Justicia Terapéutica. No es terapia.

• La Justicia Terapéutica es

interdisciplinar, consta con

psicólogos, trabajadores sociales,

sociólogos, pedagogos.

• No solo tiene como meta la resolución

de los casos judiciales sino también la

causa que los motiva.

• Los mediadores/as de justicia

terapéutica deben tener una formación

específica.

CONCLUSIONES PRINCIPALES (4)

CONCLUSIONES PRINCIPALES (5)

Mediación comunitaria e intercultural en un macro proyecto de convivencia en

barrios de alta diversidad. Aprendizajes del Proyecto de Intervención

Comunitaria Intercultural en Taco

• En la Intervención Comunitaria a través de la escucha activa detecta necesidades y protagonistas

dentro de la realidad comunitaria. Además será necesario conocer los elementos estructurales y

observar las deficiencias, y así concienciar a las instituciones.

• El Proyecto de Intervención Comunitaria Intercultural (ICI) en Taco apuesta por la convivencia y la

cohesión social a partir de la consolidación del proceso comunitario.

• La ciudadanía tiene el protagonismo y el equipo debe ser interdisciplinar con capacidad de mediar, de

generar espacios de participación, donde se implique a la administración y a diferentes a

organizaciones

• En el ámbito comunitario la mediación adquiere una función preventiva a favor de una convivencia en

paz.

CONCLUSIONES PRINCIPALES (6) “La Mediación Intrajudicial: Realidad Y Proyecto”

¿Mediación intrajudicial y/o mediación extrajudicial? ¿Cuál es el desarrollo previsible

de la mediación en el futuro? ¿Qué medidas se podrían implementar para incentivar y

desarrollar la mediación?

• La Mediación intrajudicial abre un nuevo horizonte a la justicia de calidad. Es necesario formar a los

abogados en el proceso de mediación.

• El juez no es un mediador pero debe y puede favorecer la Mediación de las partes, que puede ser

voluntaria o no. En sí mismo, no retrasa el procedimiento.

• La derivación implica protagonismo del juez y debe ser tratada con especial cuidado, huyendo de

automatismos. Debe estar motivada y argumentada, y de esa manera el índice de éxito aumenta.

• La sesión informativa de la mediación debería ser de carácter obligatorio.

• Desde el CGPJ se ha aumentado la oferta formativa y se han realizado Convenios con Instituciones,

Registros, Ayuntamientos, etc. Hay motivos para la esperanza porque las instituciones comienzan a

movilizarse.

• Los diferentes sistemas de gestión de conflictos pueden coexistir, no hay un sistema único.

Equipo de relatores de:

GRACIAS POR SU ASISTENCIA

ENTIDADES COLABORADORAS

ORGANIZADORES