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PROPUESTA PROTOCOLO VIGILANCIA SALUD SUBMARINISTAS Y MEDIO HIPERBÁRICOÁmbito Temático o Sectorial: Investigación, Desarrollo e Innovación en P.R.L. Categoría: Autor Principal Nombre: JOSÉ ANTONIO Apellidos: DÍAZ GARCÍA Organización: S.P. FREMAP Departamento: MED. TRABAJO Dirección de Contacto: COMPOSITOR LEHMBERG RUIZ Nº: 17 Código Postal: 29007 Localidad: MÁLAGA Provincia: MÁLAGA País: ESPAÑA Teléfonos: 952640514 Fax: 952281762 E-mail: [email protected]

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“PROPUESTA PROTOCOLO VIGILANCIA SALUD SUBMARINISTAS Y MEDIO HIPERBÁRICO”

Ámbito Temático o Sectorial: Investigación, Desarrollo e Innovación en P.R.L.

Categoría: Autor Principal Nombre: JOSÉ ANTONIO Apellidos: DÍAZ GARCÍA Organización: S.P. FREMAP Departamento: MED. TRABAJO Dirección de Contacto: COMPOSITOR LEHMBERG RUIZ Nº: 17 Código Postal: 29007 Localidad: MÁLAGA Provincia: MÁLAGA País: ESPAÑA Teléfonos: 952640514 Fax: 952281762 E-mail: [email protected]

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PROPUESTA PROTOCOLO VIGILANCIA SALUD SUBMARINISTAS Y MEDIO HIPERBÁRICO

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1. ABSTRACT

Revisión de bibliografía para elaborar un protocolo de vigilancia de la salud en submarinistas profesionales. Se analizan las pruebas a realizar según las evidencias científicas al respecto, estableciendo las más adecuadas. Se realiza una valoración de las posibles causas de no aptitud o aptitud con limitaciones según la patología que pueda presentar el trabajador.

Palabras Clave

Submarinismo, Hiperbárico, Vigilancia Salud, Protocolo, Aptitud

2. INTRODUCCIÓN

Esta propuesta pretende establecer las bases para la protección y la seguridad de los trabajadores que en función de su actividad laboral están sometidos a un ambiente hiperbárico y realizan actividades submarinas. Se pretende con ello llenar un vacío en relación con esta actividad a la espera de la publicación por parte de la Autoridad Sanitaria del Protocolo de Vigilancia Sanitaria Específica, actividad de alto riesgo y con evidentes peligros para la seguridad y salud de los trabajadores.

3. DESARROLLO EXPERIMENTAL

Se ha revisado bibliografía nacional e internacional al respecto usando 51 referencias bibliográficas para sugerir la realización de pruebas y aportar criterios de aptitud y no aptitud con evidencias científicas. Las pruebas a realizar en el examen de salud dependen de que el mismo sea previo o periódico (previo por existir riesgo de enfermedad profesional). Las pruebas seleccionadas han sido aquellas que causan las menores molestias para el trabajador y tienen una mayor evidencia de coste-beneficio para la protección de la salud de estos trabajadores.

4. RESULTADOS

PREVIO PERIÓDICO ANAMNESIS Historia laboral, personal y

familiar dirigida a antecedentes

Historia laboral, personal y familiar dirigida a antecedentes

EXPLORACIÓN ANALÍTICA B121+FCOL B121+FCOL AUDIOMETRIA SI SI C. VISION SI SI EKG SI SI ESPIROMETRIA SI SI

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RADIOLOGÍA Tórax PA sólo en los casos de buceadores de salvamento de submarinos Tórax PA en caso de que la historia o el examen físico lo justifiquen (p.e. para descartar patología respiratoria)

Tórax PA en caso de que la historia o el examen físico lo justifiquen (p.e. para descartar patología respiratoria) En caso de sospecha de disbarosteonecrosis están indicadas las radiografías y/o RMN de huesos largos

OTRAS En Galicia, Asturias y Aragón es obligatorio el test de compresión y tolerancia al oxígeno hiperbárico en los límites que se establezcan, excepto para el buceador en apnea Timpanometría en caso de duda sobre la normal movilidad del tímpano

Timpanometría en caso de duda sobre la normal movilidad del tímpano En el Reino Unido se realiza un test de tolerancia al ejercicio similar al del ANEXO II

PERIODICIDAD ANUAL

5. CONCLUSIONES

Actualmente no está clara la competencia del Médico del Trabajo a la hora de expedir los certificados médicos necesarios para desarrollar esta actividad, debido a que según la orden de 14 de octubre de 1997 el médico debe poseer un título, especialidad, diploma o certificado relacionado con actividades subacuáticas emitido por un organismo oficial. Pero esa titulación no está clara cuál es. Esto no ocurre en los países de nuestro entorno. Siguiendo estas pruebas y criterios sugeridos podemos estar seguros de que estaremos protegiendo a estos trabajadores según las pruebas científicas actuales.

6. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

1. Orden de 14 de octubre de 1997, publicada en el BOE nº 280 del 22 de noviembre de 1997, por la que se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas. 2. Orden de 27 de julio de 2000, publicada en el BOE nº 188 del 07 de agosto de 2000, por la que se modifican las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas, aprobadas por Orden del 14-10-1997 3. Decreto 28/2002 de 29 de enero publicado en el BOJA nº 24 de 26 de febrero de 2002. 4. Decreto 162/1999, de 17 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que establecen las condiciones para el ejercicio del buceo profesional en la Comunidad Valenciana, publicado el 01-01-1999 5. Decreto 73/2002, de 6 de junio, por el que se establecen las condiciones para el ejercicio del buceo profesional en el Principado de Asturias, publicado en el BOPA nº 142 del 20 de junio de 2002.

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6. Decreto 152/1998, de 15 de mayo, por el que se establecen las condiciones para el ejercicio del buceo profesional en la Comunidad Autónoma de Galicia, publicado en el DOG nº 106 de 4 de junio de 1998 7. Decreto 149/2004, de 8 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen los requisitos que habilitan para el ejercicio del buceo profesional. 8. Decreto 201/2004, de 13 de octubre, por el que se establecen las condiciones para el ejercicio del buceo profesional en la Comunidad Autónoma de País Vasco, publicado en el Boletín nº 2004212-05/11/2004 9. Gallar F. Examen de aptitud para el buceo. En: Gallar F. Medicina Subacuática e Hiperbárica. 3ª edición. Madrid: Instituto Social de la Marina;1995. 519-546 10. The European Diving Technology Committee. Fitness to Dive Standards. Guidelines for Medical Assessment of Working Divers. 2003. www.edtc.org/EDTC-Fitnesstodivestandard-2003.pdf 11. Health & Safety Executive. Diving Health and Safety in the Workplace.The Medical Examination and Assessment of Divers (MA1) May 2005. www.hse.gov.uk/diving/ma1.pdf 12. Balanza S. Reconocimientos Médicos de Aptitud para el Buceo. www.fct.ccoo.es/salud_laboral_docs/salud_laboral/ponencias_buzos/7.pdf 13. Géraut Ch., Simon C., Dupas D. et Bellec J.-M.- Risques de la plongée sous-marine et du travail en milieu hyperbare.- Editions Techniques.- Encycl. Méd. Chir. (Paris-France), Toxicologie-Pathologie professionnelle, 16-560-A-10, 1993, 8 p. 14. De la Hoz R.E. and Krieger B.P. Dysbarism en Environmental and Occupational Medicine 3rd Edition, edited by Rom W.N. Lippincott- Raven Publishers, Philadelphia 1998 15. Chessa M, Clai F, Vigna C, et al. Patent foramen ovale in scuba divers. A report of trwo cases and brief review of the literature. Ital Heart J Vol 6 January 2005 16. Scuba Schools International. Guidelines for Recreational Scuba Diver’s Physical Examination. www.ecdivers.com/forms/medexamguides.pdf 17. Divers Alert Network (DAN) United States, 6 West Colony Place, Durham, NC. www.diversalertnetwork.org/medical/fitnesstodive/fitnesstodive.asp 18. The Undersea & Hyperbaric Medical Society. Public Safety Medical Standards and ac hoc Committee. The Public Safety Diver Medical Standard. www.iadrs.org/PSD_Medical_Standard_Draft_7%5B1%5D.17.06.doc 19. Humboldt State University. Medical Evaluation of Fitness for Scuba, Surface-Supplied & Free Diving. www.humboldt.edu/marinelb/DSMAppendices. pdf 20. Bove F Diving Medicine 2003 www.scubamed.com/divmed.htm 21. Simon Fraser University. Diving Safety Manual for Open Water Diving, June 2005. www.sfu.ca/hr/ohs/sfu_dive_safety_manual.pdf 22. Slade JB, Hattori T, Ray C, et al. Pulmonary Edema Associated with Scuba Diving. Chest 2001; 120:1686-1694.

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www.westhershospital.nhu.uk/WHC/archive/evidence/20%20other/Pulm%20oedema%20when%20scuba%20divingcases% 20Chest%202001%20.pdf 23. Burcet J. Epilepsia y Profesiones Especiales. Sociedad Española de Neurología. 2005. www.epilepsia.sen.es/profesiones.htm 24. García-Cosío F, Alberca T, Rubio J; Guías de práctica clínica de la Sociedad Española de Cardiología sobre conducción de vehículos, pilotaje de aviones y actividades subacuáticas en cardiópatas. Rev Esp Cardiol 2001; 54: 476 – 490. www.resvespcardiol.org/cgibin/ wdbcgi.exe/cardio/mrevista_cardio.fulltext?pident=11000059 25. Carturan D, Boussuges A, Vanuxem et al, Ascent rate, age, maximal oxygen uptake, adiposity, and circulating venous bubbles after diving, J Appl Physiol 93: 1349-1356, 2002. 26. Coetmeur D, Briens E, Dassonville J et al, Asthma and scuba diving Absolute contraindication? In all astma patients?, Rev Mal Respir 2001 Sep; 18 (4 Pt 1): 381-6. 27. Davies MJ, Fisher LH, Chegini S et al. Asthma and the diver. Clin Rev Allergy Immunol 2005 Oct;29(2): 131-8 28. Reuter M, Tetzlaff K, Warninghoff V et al. Computed tomoraphy of the chest in diving-related pulmonary barotrauma. The British Journal of Radiology, 70 (1997), 440-445 29. Harrison D, Lloyd-Smith R, Khazei A, et al. Controversies in the medical clearance of recreational scuba divers: updates on asthma, diabetes mellitus, coronary artery disease, and patent foramen ovale. Curr Sports Med Rep 2005 Oct;4(5): 275-81 30. Diving Safety Manual. University of Miami Scientific Diving Program. www.rsmas.miami.edu/groups/dive/dive-manual.pdf 31. Muth CM, Kemmer A, Tetzlaff K. Diving fitness for scuba divers-what the primary care physician should know. MMW Fortschr Med. 2005 Jul 7;147(27-28):24-8 32. Uzun C. Evaluation of predive parameters related to eustachian tube dysfunction for symptomatic ear barotrauma in divers. Otol Neurotol. 2005 Jan;26(1):59-64. 33. KlingmannC, Wallner F. Health aspects of diving in ENT medicine. Part II: Diving fitness. HNO 2004 Sep;52(9):845-7;quiz 858-9 34. Glen S, White S, Douglas J. Medical supervision of sport diving in Scotland: reassessing the need for routine medical examinations. Br J Sports Med. 2000;34:375-378 35. Brandt MT. Oral and maxillofacial aspects of diving medicine. Mil Med. 2004 Feb;169(2):137-41 36. Sim RJ, Youngs RP. Otolaryngological requirements for recreational self-contained underwater breathing apparatus (SCUBA) diving. J Laryngol Otol. 2006 Jul 3;:1-6 37. Slade JB, Hattori T, Ray CS et al. Pulmonary Edema Associated with Scuba diving. Chest 2001;120:1686-1694 38. Simpson G, Roomes D. Scuba diving medical examinations in practice: a postal survey. Med J Aust 1999 Dec 6-20;171(11-12):595-8

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39. Edge CJ, St Leger Dowse M, Bryson P. Scuba diving with diabetes mellitus-the UK experience 1991-2001. Undersea Hyperb Med. 2005 Jan-Feb;32(1):27-28 40. Weiss M. Standards on medical fitness examinations for Navy divers. Int Marit Health. 2003;54(1-4):135-43. 41. Adir Y, Shupak A, Gil A, et al. Swimming-induced pulmonary edema. Chest 2004;126:394-399 42. Glen S. Three year follow up of a self certification system for the assessment of fitness to dive in Scotland. Br J Sports Med 2004;38:754-757 43. British Thoracic Society Fitness to Dive Group, a subgroup of the British Thoracic Society Standards of Care Committee. British Thoracic Society guidelines on respiratory aspects of fitness for diving. Thorax 2003;58:3-13 44. Di Piero V, Cappagli M, Pastena L et al. Cerebral effects of hyperbaric oxygen breathing: a CBF SPECT study on professional divers. European Journal of Neurology 2002 9(4): 419-421 45. Taylor LH. A few things your sport diving instructor may not have told you about deeper diving.www.scubaont.com/magazine/education/deep.htm 46. Diving dilemma. Expert Opinion: A woman experiences barotrauma after being declared fit to dive by her doctor. Dr Craig Lilienthal poses questions to the experts. www.australiandoctor.com.au 47. Michigan Department of Labor & Economic Growth. Director’s Office Occupational Health Standards. Part 504. Diving Operations. www.michigan.gov/documents/CIS_WSH_part_31_47158_7.pdf 48. McNicoll WD. Tympanic membrane mobility on otoscopy as an indicator of eustachian function. Laryngoscope. 1983 May;93(5):630-4. 49. Schuchman G, Joachims HZ. Tympanometric assessment of eustachian tube function of divers. Ear Hear. 1985 Nov-Dec;6(6):325-8. 50. Butler FK Jr, Knafelc ME. Screening for oxygen intolerance in U.S. Navy divers. Undersea Biomed Res. 1986 Mar;13(1):91-8. 51. Díaz F. Exploración del estado del sistema del tímpano y los huesecillos: Timpanometría. Aplicación a la patología subacuática. Med Mar. 1997 Dic;(1)5:239-243

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PROTOCOLO: BUCEO PROFESIONAL

Historia laboral. Historia personal y familiar. Exploración orientada:

o Patología otorrinolaringológica. o Patología neurológica y neuropsíquica. o Patología pulmonar. o Patología cardíaca. o Patología osteomuscular. o Patología dental. o Otras relacionadas con las actividades subacuáticas.

Analítica: o Previo y periódico: Glucosa, creatinina, colesterol total, HDL, LDL

y VLDL, GGT, GPT, GOT, ácido úrico, trigliceridos, urea, bilirrubina total, proteínas totales, fosfatasa alcalina, actividad de protrombina en %.

Control visión. Audiometría.

o Anual. Electrocardiografía.

o Anual. Espirometría.

o Anual. Radiografía:

o Tórax PA sólo en los casos de buceadores de salvamento de submarinos.

o Tórax PA en caso de que la historia o el examen físico lo justifiquen.

o En caso de sospecha de disbarosteonecrosis radiografías y/o RMN de huesos largos.

Otras: o En Galicia, Asturias y Aragón es obligatorio el test de compresión

y tolerancia al oxígeno hiperbárico en los límites que se establezcan.

o Timpanometría en caso de duda sobre la normal movilidad del tímpano.

PERIODICIDAD: ANUAL

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BUCEO PREVIO PERIÓDICO ANAMNESIS Historia laboral, personal y familiar dirigida a antecedentes

de bronquitis asmática y otros procesos respiratorios, pérdidas de conciencia, convulsiones, crisis vertiginosas, procesos otológicos recurrentes, infecciosos y supurativos, neumotórax espontáneo o secundario, traumas torácicos, enfermedades pulmonares incluso de la infancia, síntomas respiratorios actuales, dolor precordial relacionado con el esfuerzo, antecedentes psiquiátricos, trastornos de la personalidad, procesos osteomusculares crónicos, recurrentes o degenerativos, enfermedades crónicas, antecedentes quirúrgicos. Debe firmar el cuestionario de antecedentes(ANEXO I)

Historia laboral, personal y familiar dirigida a antecedentes de Bronquitis asmática y otros procesos respiratorios, pérdidas de conciencia, convulsiones, crisis vertiginosas, procesos otológicos recurrentes, infecciosos y supurativos, neumotórax espontáneo o secundario, traumas torácicos, enfermedades pulmonares incluso de la infancia, síntomas respiratorios actuales, dolor precordial relacionado con el esfuerzo, antecedentes psiquiátricos, trastornos de la personalidad, procesos osteomusculares crónico, recurrentes o degenerativos, enfermedades crónicas, antecedentes quirúrgicos.

EXPLORACIÓN Especial atención a: Otoscopia antes y después de maniobra de Valsalva,

con especial atención a: exostosis, eczemas, tapones de cera, perforación abierta o cicatrices de perforación timpánicas, brillo y vascularización del tímpano, depresión de la membrana timpánica, existencia de placas hialinas en la superficie del tímpano, niveles hidroaéreos, serosidad o mucosidad en oído medio.

Equilibrio: Romberg y marcha en estrella (Babinski-Weill).

Rinoscopia con atención a coloración de las mucosas, vascularización de mucosas, existencia de hipertrofia de cornetes, inferiores o medios, existencia de rinorrea, acuosa, mucosa o purulenta, existencia de dismorfia septal, verificando el paso de aire a través de las fosas nasales, la existencia de pólipos de origen alérgico o inflamatorio.

Especial atención a: Otoscopia antes y después de maniobra de Valsalva,

con especial atención a: exostosis, eczemas, tapones de cera, perforación abierta o cicatrices de perforación timpánicas, brillo y vascularización del tímpano, depresión de la membrana timpánica, existencia de placas hialinas en la superficie del tímpano, niveles hidroaéreos, serosidad o mucosidad en oído medio.

Equilibrio: Romberg y marcha en estrella (Babinski-Weill).

Rinoscopia con atención a coloración de las mucosas, vascularización de mucosas, existencia de hipertrofia de cornetes, inferiores o medios, existencia de rinorrea, acuosa, mucosa o purulenta, existencia de dismorfia septal, verificando el paso de aire a través de las fosas nasales, la existencia de pólipos de origen alérgico o inflamatorio.

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Valoración de la actitud y rasgos de la personalidad y posibilidad de la existencia de trastornos psicopatológicos.

Dentadura libre de caries o correctamente empastadas, integridad total de caninos, incisivos, y primeros premolares (con el fin de poder tener bien sujeto el

regulador en la boca) si hay prótesis serán fijas.

Valoración de la actitud y rasgos de la personalidad y posibilidad de la existencia de trastornos psicopatológicos.

Dentadura libre de caries o correctamente empastadas, integridad total de caninos, incisivos, y primeros premolares (con el fin de poder tener bien sujeto el

regulador en la boca) si hay prótesis serán fijas. ANALÍTICA B121+FCOL B121+FCOL AUDIOMETRÍA SÍ SÍ C. VISIÓN SÍ SÍ EKG SÍ SÍ ESPIROMETRÍA SÍ SÍ RADIOLOGÍA Tórax PA sólo en los casos de buceadores de salvamento

de submarinos. Tórax PA en caso de que la historia o el examen físico lo justifiquen (p.e. para descartar patología respiratoria).

Tórax PA en caso de que la historia o el examen físico lo justifiquen (p.e. para descartar patología respiratoria). En caso de sospecha de disbarosteonecrosis están indicadas las radiografías y/o RMN de huesos largos.

OTRAS En Galicia, Asturias y Aragón es obligatorio el test de compresión y tolerancia al oxígeno hiperbárico en los límites que se establezcan, excepto para el buceador en apnea. Timpanometría en caso de duda sobre la normal movilidad del tímpano. No hay evidencias de la utilidad sistemática de la prueba de tolerancia al oxígeno en cámara hiperbárica, a 18 metros durante 20 minutos, para descartar a los buceadores con sensibilidad y riesgo de intoxicación al oxígeno, ni de la timpanometría sistemática.

Timpanometría en caso de duda sobre la normal movilidad del tímpano.

PERIODICIDAD ANUAL

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NOTA LEGISLATIVA Según el art. 25 de la Orden de 14 de octubre de 1997 y publicada en el BOE nº 280 del 22 de noviembre de 1997, por la que se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuaticas, toda persona que se someta a un ambiente hiperbárico, deberá realizar previamente un examen médico especializado; este examen o posteriores reconocimientos deben ser realizados por médicos que posean título, especialidad, diploma o certificado, relacionado con actividades subacuáticas, emitido por un organismo oficial. Los reconocimientos periódicos serán obligatorios para acceder a cualquier título o certificado que habilite para someterse a un medio hiperbárico, aparte del examen inicial (éste debe figurar en un certificado médico oficial). Se repetirán anualmente en el caso de buceadores y buzos profesionales, este reconocimiento debe figurar en su libreta de actividades subacuáticas. En la normativa de las comunidades autónomas se recoge la necesidad de la obtención del certificado médico oficial de aptitud para la práctica de actividades subacuáticas según lo establecido en el art. 25 de Orden de 14 de octubre arriba mencionada. No queda en absoluto clara la competencia del Médico del Trabajo a la hora de expedir los citados certificados médicos, algo que no ocurre en los países de nuestro entorno, donde el especialista en Medicina del Deporte es el responsable de la realización de los reconocimientos para buceadores deportivos y es el Médico del Trabajo el encargado de los buceadores profesionales. Actualmente en la legislación española no está definida cual es la titulación, especialidad, diploma o certificado, emitidos por un organismo oficial que habilita para la realización de estos exámenes, en la práctica diaria se realizan diversos cursos o másteres sobre medicina subacuática e hiperbárica, siendo estos profesionales los que realizan estas labores, entre ellos se encuentran los profesionales que desarrollan su labor en cámaras hiperbáricas. CRITERIOS DE NO APTITUD:

RM PREVIO: no apto definitivo

AFECCIONES PULMONARES: o Abscesos pleuropulmonares crónicos. o Exéresis pulmonares parcial o total. o Tumores pleuropulmonares. o Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica. o Bronquiectasias, presencia de bullas. o Fibrosis quística. o Neumomediastíno.

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o Antecedentes de neumotórax espontáneo a no ser que sea tratado con pleurectomía bilateral y la función pulmonar y el TAC postcirugía sean normales.

o Los sujetos con asma desencadenado por ejercicio, frío o emociones no son aptos. o Aquellos trabajadores con asma pueden bucear si, con o sin agentes antiinflamatorios inhalados:

Están libres de síntomas asmáticos. Tiene una espirometría normal (VEMS > 80% y VEMS/CV > 70%) y Tiene un test de ejercicio negativo (<15% de disminución del VEMS después del ejercicio).

o Los asmáticos deben controlar su asma con dos mediciones al día del peak flow y deben abstenerse de bucear si tienen: Asma activo (síntomas que requieren ayuda de medicación en las 48 horas anteriores al buceo. PEF disminuido (más de un 10% de disminución respecto a los mejores valores). Incremento en la variabilidad del peak flow (más de un 20% de variación diurna).

o Sarcoidosis activa, en aquellos cuya sarcoidosis se ha resuelto y tienen una radiografía de tórax normal y un test de función pulmonar normal.

o Enfermedad fibrótica pulmonar. o Insuficiencia respiratorias restrictivas, obstructivas o mixtas, tomando como referencia valores inferiores al 75% de los

parámetros considerados normales para la CVF y el VEMS/CVF. o Colagenosis con fibrosis pulmonar. o Granuloma eosinófilo. o Antecedentes de hemorragia pulmonar. o Linfangioleiomiomatosis pulmonar. o Herida en tórax, especialmente, penetrantes con resultado de adherencias pleurales o cicatrices pulmonares. o Enfermedad inflamatoria de la pleura. o Grandes adenopatías calcificadas. o Procesos fibróticos antiguos.

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AFECCIONES CARDIOVASCULARES

La T.A. en reposo para un candidato joven no debe ser mayor de 140/80 en supino. Para candidatos mayores debe tenerse en cuenta el efecto de la edad. En cualquier caso no debe superar 160/100. La hipertensión severa no controlada.

La circulación periférica debe ser capaz de proveer una perfusión adecuada incluso en condiciones de frío. La existencia de pruebas clínicas de circulación dañada requiere una evaluación más profunda. La enfermedad vascular periférica puede predisponer a lesiones por frío. Son contraindicaciones las venas varicosas asociadas a lesiones circulatorias (por ejemplo, eczema varicoso, varices ulceradas), las varices con riesgo de tromboflebitis, la insuficiencia vascular arterial periférica, la arteritis de miembros inferiores y otras condiciones que se asocien a perfusión anómala de órganos.

Cualquier enfermedad orgánica del corazón es una causa para el rechazo a menos que sea considerada por un cardiólogo como hemodinámicamente sin importancia. Eso incluye todo tipo de cardiomiopatías, enfermedad cardiaca isquémica, enfermedad valvular hemodinámicamente importante, enfermedades cardíacas cianóticas y cualquier otro tipo de shunts o comunicaciones.

La necesidad de medicación para controlar un problema cardíaco es una contraindicación. Son también no aptos aquellos que son asintomáticos después de una cirugía coronaria de bypass. Sólo se aceptarán los soplos considerados fisiológicos. Donde exista la duda se precisa una exploración más profunda y

pruebas complementarias como la ecocardiografía, debe tenerse en cuenta. Los defectos de los tabiques auriculares o ventriculares son una contraindicación, al igual que la estenosis aórtica o mitral, también la coartación. Otros problemas valvulares, incluida la válvula aórtica bicúspide y prolapso de válvula mitral, necesitan valoración especializada.

Llevar a cabo pruebas en busca de la presencia de un shunt intracardiaco no es un requisito para el reconocimiento previo o el periódico anual. El foramen oval persistente es una condición innata que puede ser encontrada en un número significativo de submarinistas que nunca han sufrido enfermedad de descompresión. Sin embargo, debe realizarse un estudio de shunts derecha-izquierda en un submarinista que ha sufrido enfermedad neurológica, cutánea o cardiocirculatoria por descompresión, especialmente cuando la historia no aporta nada visiblemente o ha y antecedentes de migraña con aura, ya que puede contribuir a una valoración del riesgo total del submarinista para continuar con su actividad. Un hallazgo positivo no es necesariamente una causa de no aptitud, se recomienda la opinión de un cardiólogo y un especialista en medicina subacuatica. Algunos autores consideran su presencia como causa de no aptitud en cualquier caso.

Los trastornos del ritmo, excepto la arritmia sinusal, los extrasístoles ventriculares infrecuentes y el bloqueo incompleto de rama derecha, necesitan la valoración del cardiólogo y son probables causas de no aptitud (sobre todo taquiarritmias inducidas por ejercicio, taquicardia persistente, bradicardia extrema, bloqueo completo de rama derecha con hemibloqueo

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anterior izquierdo o con hemibloqueo posterior izquierdo, bloqueo completo de rama izquierda, bloqueo A-V, flutter o fibrilación auricular, descenso de ST) fundamentalmente en los reconocimientos previos. Cualquier disrritmia que incapacite en el agua también es causa de no aptitud.

En la mayoría de los casos la indicación de marcapasos es una contraindicación para el submarinismo. Es necesaria una valoración muy cuidadosa del tipo de submarinismo y del tipo de marcapasos, y si es necesario se requerirá el consejo de un cardiólogo.

Disecciones y aneurismas arteriales. Trabajador con cualquier intervención de corazón. Tratamiento con anticoagulantes. Tratamiento con betabloqueantes.

AFECCIONES NEUROPSÍQUICAS

Predisposición para alteraciones del lenguaje, visión o control motor o perturbaciones de la orientación y equilibrio. Estados que puedan simular enfermedad por descompresión o ponga en peligro la seguridad. Claustrofobia y/o agorafobia. Accidente cerebrovascular, esclerosis múltiple, enfermedad de Parkinson. Enfermedad severa del movimiento. Migraña si va acompañada de alteraciones visuales, motoras o sensoriales y somnolencia diurna excesiva. Cualquier pérdida de conocimiento no provocado, episodios de desvanecimiento recurrentes distintos de convulsiones

febriles y ocurridas con más de 5 años de edad. Cualquier forma de epilepsia está contraindicada. Sin embargo, en ciertas circunstancias cuando un trabajador ha sido dado

de alta con más de diez años sin tratamiento podría ser considerado apto. De cualquier forma es preciso el consejo del neurólogo.

Antecedentes de cualquier procedimiento intracraneal, fractura con hundimiento craneal o trauma intracraneal penetrante necesita de una cuidadosa valoración ya que aumentan el riesgo de epilepsia secundaria, sobre todo en el año siguiente. Un antecedente de trauma craneal puede ser aceptado si ha habido una perdida de conocimiento de menos de 30 minutos sin signos de focalidad, si el periodo de amnesia post traumática (definida como el tiempo hasta la vuelta a la memoria continua) es menor de una hora. Fracturas lineales menores son aceptables si se dan los criterios previos, después de 4

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semanas sin no aptitud temporal y tras una nueva evaluación. Otros casos de traumas craneales de leves a moderados, si son recurrentes, requieren de valoración neurológico.

La cirugía mayor oncológica intracraneal descalifica mientras que los procedimientos quirúrgicos menores (algunos meningiomas) podría ser compatible con el buco si el riesgo de accidente cerebrovascular no es elevado.

Trastornos psiquiátricos, aunque estén inactivos: Esquizofrenia, Trastornos afectivos bipolares, Depresión recurrente, Trastornos asintomático debido a la medicación.

Trastornos que, si son corregidos, y donde no haya habido episodios en 2 años o más, si permiten dar el apto para el buceo, siendo adecuado el informe de un especialista que confirme el diagnóstico y pronóstico: Reacciones de adaptación, Episodios únicos de depresión, Parasuicidio, Trastornos de ansiedad (algunas reacciones ansiosas pueden ser específicas del medio ambiente de buceo y su resolución en tierra no puede ser equiparable con su resolución en el agua), Desordenes disfóricos premenstruales (con la condición de no bucear si sufre de nuevo los efectos del síndrome premenstrual), Fobias (que no sean claustrofobia y/o agorafobia), Episodios psicóticos aislados.

El uso de medicación psicotrópica excluye la aptitud. El uso de esta medicación para el control del dolor crónico precisa de una valoración individualizada y es aconsejable la consulta con especialista en medicina hiperbárica.

AFECCIONES OTORRINOLARINGOLÓGICAS

Otitis media crónica supurada o no. Osteítis temporal incluso operada. Sordera unilateral. Laringocele. Traqueotomía o traqueostomía. Síndrome laberíntico. Signos de sospecha de trastorno del equilibrio de causa laberíntica, más aún si va acompañada de una hipoacusia

neurosensorial, unilateral o bilateral. Cicatrices de perforación timpánica antiguas y amplias, que nos hacen sospechar la existencia de procesos infecciosos

supurativos del oído medio, recurrentes en el pasado, ya que la mayoría de ellos siempre están asociados a procesos catarrales por disfunción tubárica , aunque según otros autores se puede emitir un apto con limitaciones a aquellos que tengan membranas timpánicas problemáticas, como por ejemplo el uso de casco si no hay otro riesgo para la inmersión.

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Exostosis en conducto auditivo externo amplias. En caso de duda sobre la movilidad normal de la membrana timpánica se realizará una timpanometría y si da curvas

compatibles con patología de la cadena osicular, obstrucción tubárica o líquido en el oído medio será no apto. Pérdidas de audición superiores a 30 dB en cualquiera de las frecuencias, aunque no todos los autores especifican los dB,

si no que indican que la audición debe ser suficiente para comprender una conversación normal. Cirugía de la oreja con colocación de prótesis. La presencia de perforaciones del ático o marginales posteriores indican una enfermedad del oído medio lo que contraindica

el buceo. Las complicaciones de la otitis media tales como la otitis media serosa, sordera, perforación y pus continuo son causas de

no aptitud. La aticotomía inhabilita, otras situaciones requieren consejo especializado. Mastoidectomía, a no ser que sea simple y haya curado sin complicaciones con una pared posterior intacta Otosclerosis. La cirugía del estribo es una contraindicación ya que le barotrauma puede hacer que la prótesis se desplace al interior

produciendo una sordera total, aunque es conveniente la valoración individual por parte de un otorrinolaringólogo. Enfermedad de Meniere. Lesión del órgano vestibular unilateral. La predisposición de venas en tabique con riesgo de sangrado espontáneo. Tubos nasales y paranasales obstruidos. Algunas deformidades del septo nasal pueden causar dificultades en el funcionamiento de las trompas de Eustaquio, pero

muchas de ellas se pueden corregir por medio de cirugía. Estados congestivos de las mucosas que dificulten el drenaje de los agujeros de comunicación de los senos paranasales

con las fosas nasales. Existencia de pólipos nasales de causa alérgica o inflamatoria. Evidentes signos de sospecha de la existencia de procesos inflamatorios crónicos de la rinofaringe que dificulten la

permeabilidad de la trompas de Eustaquio. Cualquier signo radiológico que evidencia la existencia de lesiones en las cavidades paranasales es motivo de no apto para

todos los que se quieren iniciar en el buceo. Sinusitis crónica. Imposibilidad para realizar maniobras voluntarias para equilibrar presiones en oído medio, tipo Valsalva.

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AFECCIONES DENTARIAS

Falta de integridad de los caninos, incisivos y premolares. Prótesis desadaptada. Prótesis móvil sobre los incisivos, caninos y premolares. Procesos e infecciones bucales que sean susceptible de causar barodontalgia

AFECCIONES MUSCULOESQUELÉTICAS

Defectos de integridad de los miembros como amputaciones, atrofias, parálisis. Los buzos con historia de dolor de espalda deben ser valorados muy cuidadosamente, teniendo presente que pueden tener

que realizar manejo de cargas pesadas fuera del agua. Además el dolor de tipo ciático puede simular la enfermedad descompresiva. Los episodios recurrentes de dolor de espalda incapacitante necesitan una valoración muy cuidadosa y pueden ser causa de no aptitud, tanto previa como el examen periódico. Otros autores consideran de entrada no aptos a los que sufren lumbalgias y lumbociáticas de repetición por hernia discal y discopatías intervertebrales con examen neurológico positivo.

La cirugía satisfactoria de lesiones vertebrales son aceptables si la exploración neurológica es normal y se ha recuperado una agilidad total.

Artropatías crónicas. Secuelas funcionales y dolorosas postquirúrgicas o traumáticas. Algunas incapacidades secundarias a lesiones del sistema locomotor pueden ser compatibles con algunos tipos de buceo,

puede ser apropiado en estos casos un apto con limitaciones. SISTEMA ENDOCRINO

• Diabetes: si se encuentra cualquier tipo de diabetes en el momento del reconocimiento previo, no debería convertirse en un buzo profesional al tener la certeza de que habrá una no aptitud posterior causada por las complicaciones. Sin embargo, en condiciones específicas podrían ser entrenados bajo supervisión médica y para operaciones de buceo limitadas. Además

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de los problemas agudos del diabético, son sus complicaciones la causa de preocupación y generarán no aptitud: arteriosclerosis, cardiomiopatía, cambios en la retina, enfermedad vascular periférica, síndrome del pie diabético, nefropatía y neuropatía. Otros autores consideran como contraindicación solo la diabetes severa, especialmente insulinodependiente.

Enfermedades tiroideas: la enfermedad tiroidea es una evidente contraindicación para el buceo pero, con el tratamiento sustitutivo, el hipotiroidismo puede ser compatible con el submarinismo profesional incluso cuando se olvidan una o dos dosis de tiroxina. De modo parecido, aunque la tirotoxicosis puede ser un obstáculo para el buceo, después del tratamiento con iodo radiactivo y terapia sustitutiva, la aptitud debe considerarse favorablemente, aunque hay que tener cuidado con el bocio retroesterenal.

El hipopituitarismo con terapia sustitutiva debe seguir los mismo principios, pero cuando sufren un accidente o están estresados, aquellos que siguen terapia sustitutiva con cortisol pueden llegar a sufrir un síncope, lo que constituye una cierta contraindicación.

Enfermedades suprarrenales. GENITOURINARIO

Insuficiencia renal. Riñón único. Los antecedentes de enfermedad renal o de infección del tracto urinario precisan de una cuidadosa valoración. El trabajador con infección recurrente por herpes debe ser aconsejado para que no haga submarinismo de saturación (más

de 12 horas). La presencia de enfermedad genito-urinaria o del tracto renal asociada a una función renal anormal es causa de no aptitud. Los casos de litiasis renal o cólicos deben ser juzgados de forma individualizada después de una valoración por el

especialista. DIGESTIVO

Enfermedad intestinal inflamatoria, patología de la vesícula biliar y pancreatitis.

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La dispepsia exigirá que sea investigada , la asociación de esofagitis de reflujo con predisposición a la úlcera duodenal puede comprometer la seguridad en el agua.

Antecedente de ulcera péptica con sangrado, perforación o necesitada de cirugía de urgencia constituye un no apto. Los episodios recurrentes de dolor abdominal deben ser investigados y seguramente sean causa de no aptitud debido a la

probabilidad de confusión diagnóstica cuando se presente un riesgo de enfermedad divarica. La enfermedad inflamatoria crónica intestinal es causa de no aptitud.

La presencia de estoma intestinal no afecta a la seguridad y no es causa de no aptitud, puede ser compatible con actividades limitadas de corta duración.

Las personas con pruebas de enfermedad crónica hepática deben ser valoradas por un especialista. OFTALMOLÓGICO

El glaucoma y cualquier proceso susceptible de producir hipertensión ocular. Retinopatías con alteraciones especiales del campo visual y desprendimientos de retina. Agudezas visuales corregidas inferiores a 6/9 en cada uno de los ojos. Las lentes de contacto gas permeables (semirrigidas) son aceptables para el buceo. Una posibilidad para los que así lo

requieran es una mascara de buceo con corrección óptica. Hay riesgo de infección con todas las lentes de contacto y puede ser difícil mantener la esterilidad en un ambiente de saturación. El uso de lentes desechables puede reducir este riesgo.

Aunque la visión cromática no es esencial para la seguridad del submarinista, puede ser un requisito profesional en algunas técnicas de buceo como los ensayos no destructivos. La agudeza visual y la visión cromática son fundamentales para otras tareas tales como la navegación en barco, sobre todo de noche (estribor color verde, babor color rojo).

Implante orbital. DERMATOLÓGICO

Las dermatosis que cursan con hipersensibilización a materiales y equipos de buceo. Las dermatosis que se agraven en contacto con el medio subacuático. Enfermedades exfoliativas severas.

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La urticaria es una situación transitoria, siempre que afecte solo a la piel y nunca a las membranas mucosas no debería ser una contraindicación, aunque puede ser causa de confusión con la enfermedad descompresiva cutánea, especialmente si quién desencadena la urticaria es el frío o la presión.

INFECCIÓN POR VIH E INMUNODEFICIENCIA

Un resultado positivo en el test de VIH no significa el fin de su actividad. La aparición de nuevas condiciones médicas en un individuo positivo requerirá una nueva evaluación. El desarrollo de signos y síntomas de SIDA conllevarán muy probablemente una no aptitud debido a los problemas físicos y a la necesidad de una medicación regular.

El buceador con inmunodeficiencia de otro tipo, como esplenectomizados, necesitan una muy cuidadosa valoración. Tales buceadores pueden necesitar limitaciones en función del tipo de trabajo que lleven a cabo. El riesgo de infección, incluso con el uso de antibióticos profilácticos y el acceso a cuidados médicos deben tenerse en cuenta en relación con viajes al extranjero, buceo en aguas contaminadas con riesgo biológico y el trabajo en condiciones de saturación.

HEPATOLOGÍA

Poliglobulias. Alteraciones de la coagulación. Disproteinemias. La drepanocitosis y la talasemia maior son una contraindicación. Los portadores de rasgo falciforme y talasemia no parecen

tener un riesgo superior para el buceo, por lo tanto estos candidatos no deben ser rechazados. ALCOHOL, DROGAS O SUBSTANCIAS DE ABUSO Son incompatibles con el buceo. Los antecedentes de este tipo deben hacernos dudar de la aptitud, como mínimo debe haber conseguido un largo periodo de estabilidad (al menos doce meses) sin ninguna medicación o recaída. Es apropiado un informe del especialista que confirme el diagnóstico y el pronóstico.

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OBESIDAD La obesidad es importante debido al riesgo de enfermedad descompresiva y enfermedades coexistentes como diabetes, hipertensión, apnea del sueño, etc. Se debe calcular el índice de masa corporal con el trabajador desnudo, en casos de IMC>27 hay que empezar a aconsejar dieta para no llegar a 30, que es cuando se estima deben hacerse restricciones. En casos de IMC por encima de 30 se debe estimar el contenido en grasa por medio de calibradores de piel, en casos de contenido en grasa superiores al 30% se debe considerar no apto hasta que se reduzca el peso. Una aptitud limitada a 6 meses de duración puede ser apropiado para alertar al buceador sobre la importancia del IMC y motivarle para realizar cambios en su dieta y estilo de vida. MINUSVALÍAS

Cada minusvalía se presentará con un único conjunto de características, las cuales necesitarán de una evaluación detallada e individual. Los casos complejos requerirán la aportación de un especialista en medicina hiperbárica. Hay que considerar tanto la seguridad del propio buzo minusválido como la de aquellos que puedan verse afectados por él, la envergadura del trabajo de buceo, la presencia de buzos de seguridad y la naturaleza del ambiente donde se desarrolla el buceo deben también ser considerados. Las limitaciones tales como de profundidad, frecuencia, tipo, lugar, etc. son justificadas desde el punto de vista funcional y de la seguridad.

Debido a la enorme gama de potenciales minusvalías y pérdidas funcionales que pueden presentarse en buceadores o potenciales buceadores es imposible dar un consejo definitivo. Los efectos de la medicación, la perdida funcional y las adaptaciones tanto si la patología es progresiva o se asocia a mejorías y recaídas deben tenerse en cuenta. La pérdida funcional en un buceador experimentado, que ha demostrado su capacidad para continuar buceando de forma segura, puede ser considerado aceptable debido a la adaptación comportamental y funcional, sin embargo es inaceptable en un reconocimiento previo en un aspirante a buzo.

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La decisión de la aptitud para el buceo profesional debe tomarse teniendo en cuenta no solo la seguridad del buzo (ya sea minusválido o no) si no también la de aquellos compañeros que participan en el mismo trabajo. Un buzo que tiene que ir a ayudar a otro con problemas puede poner en mayor riesgo su propia seguridad.

RM PERIÓDICO: no apto temporal. MEDICACIÓN

La aptitud para bucear mientras se está medicado depende de: los efectos de la medicación, las consecuencias del cese brusco de la medicación en caso de presentarse complicaciones durante el buceo, tipo de buceo y patología subyacente.

La valoración debe tener en cuenta en primer lugar la patología por la que se está tomando la medicación y esta debe ser la consideración más importante. La funcionalidad del órgano afectado y el control de los síntomas por la medicación debe ser valorado. Debe tenerse en cuenta cuanto tiempo lleva con el tratamiento (para valorar la adaptación a los efectos secundarios) y las consecuencias del cese del tratamiento en caso de pérdida del mismo. Hay que tener en cuenta los potenciales efectos inesperados de la interacción del medicamento con la presión o con una situación específica de trabajo. Cada caso debe ser valorado de forma individualizada.

DIGESTIVAS

La hernia de hiato sintomática y la úlcera péptica activa (incluido los casos en tratamiento) serán objeto de no aptitud hasta que no esté totalmente libre de síntomas.

Para el submarinismo de saturación el tratamiento quirúrgico de la ulcera péptica puede permitir la vuelta al trabajo tras una valoración cuidadosa.

La colitis distal o proctitis agudas deben esperar el resultado de su estudio y tratamiento. El submarinista con hemorroides sintomáticas debe ser remitido para tratamiento quirúrgico y se debe contraindicar su

actividad hasta que no sea tratado con éxito. La herniación de la pared abdominal es causa de no aptitud temporal hasta su reparación debido al riesgo de incarceración,

particularmente durante la descompresión.

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La pruebas de enfermedad hepática aguda y pancreatitis es un no apto. Una vez que el submarinista con hepatitis se ha recuperado de la fase aguda y está libre de síntomas y estable, puede volver a su trabajo.

GENITOURINARIAS Los buzos con infecciones genito-urinarias activas, incluido herpes, no pueden sumergirse hasta su adecuado tratamiento y desaparición de los síntomas. AFECCIONES ENDOCRINAS Cuando se diagnostica diabetes en un buzo que ya está trabajando, el no apto automático parece ser acertado, pero no es admisible. Los dos factores que debemos tener en cuenta son la naturaleza del trabajo que desarrolla y el grado de control conseguido por el tratamiento. Lo que es apropiado para un científico que trabaja en un laboratorio con tanque de olas puede no ser apropiado para un buzo de construcciones marítimas. Hay que tener en cuenta que las hipoglucemias en los que están en tratamiento con antidiabéticos orales son más difíciles de controlar que las que se producen en los tratados con insulina. ENFERMEDADES INFECCIOSAS

Puede comenzar de nuevo su actividad una vez que la enfermedad subyacente se haya resuelto. En casos de duda tales como la posibilidad de la presencia de complicaciones, el certificado de aptitud no deberá emitirse hasta que no se haya consultado con el médico responsable de su tratamiento.

Los instructores de buceo recreativo con una enfermedad infecciosa activa no deben tener permitida las prácticas, ni la realización de “buddy breathing” (técnica de rescate en la que se comparte aire con el compañero usando el mismo regulador).

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AFECCIONES PULMONARES

Enfermedad pulmonar aguda (como infección pulmonar). Abscesos pulmonares hasta su curación (informe de neumólogo). Tuberculosis pulmonar hasta su curación y después de pruebas funcionales satisfactorias y radiografía de tórax normal

(informe de neumólogo) El neumotórax, no espontáneo pero provocado por un estrés respiratorio excepcional o tras cirugía, hasta al menos 3 meses

después de la curación de la lesión. Previo al apto se debe comprobar por un neumólogo que la función respiratoria y el TAC son normales y no hay pruebas de obstrucción.

AFECCIONES CARDIOVASCULARES

Hipertensión esporádica hasta su control. La hipertensión leve (no más de 160/100) en el reconocimiento periódico no será una contraindicación siempre que: no se

requiera medicación o la medicación tomada no tenga implicaciones en la seguridad del buzo; y que no existan pruebas de lesiones orgánicas. En caso de necesidad puede ser necesaria una evaluación más detallada por medio de la “prueba en tabla basculante” solo en caso necesario. Cuando existan dudas, debe consultarse con el cardiólogo (sobre todo si tiene conocimiento sobre medicina subacuática).

La cirugía coronaria de by-pass inhabilita para el buceo a pesar de que el trabajador haya quedado sin síntomas. Si la intervención ha sido angioplastia coronaria transluminal percutánea o una cirugía de revascularización mínimamente invasiva, podría ser considerado apto si a los 6 meses después: se demuestra que el procedimiento ha producido revascularización, el trabajador no tiene ningún síntoma, la prueba de esfuerzo es negativa y puede asumir los requisitos físicos del trabajo. Estos trabajadores precisarán una valoración cuidadosa por el cardiólogo que valorará la necesidad de un seguimiento ulterior. En el reconocimiento anual, se realizará una evaluación cardiaca completa, incluyendo prueba de esfuerzo y otras si se estiman apropiadas (p.e. angiografía), para valorar el riesgo de un posible accidente durante el buceo.

Pericarditis aguda viral hasta después de un año.

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AFECCIONES OFTALMOLÓGICAS

Conjuntivitis y queratitis. Los riesgos asociados al buceo después de cirugía oftalmológica deben ser evaluados cuidadosamente y una valoración

individualizada de acuerdo con el cirujano. El globo ocular es incompresible y por eso no debería haber razones por las que el láser corneal u otra cirugía ocular sean una contraindicación para el buceo. En determinados procedimientos se instila gas dentro del globo ocular y no se debe bucear hasta que la bolsa de gas retenida en el ojo se ha reabsorbido y se ha finalizado la formación de la cicatriz y la agudeza visual es estable.

AFECCIONES OTORRINOLARINGOLÓGICAS

Malformaciones nasales hasta su corrección. Rinitis aguda o alérgica hasta su tratamiento. Sinusitis aguda o crónica hasta su tratamiento. Poliposis nasal o sinusal hasta su tratamiento. Obstrucción tubáricas hasta su tratamiento. Eritema de la membrana timpánica. Perforación timpánica hasta su revisión audiométrica tras el tratamiento. El 95% de las perforaciones timpánicas traumáticas

sanan espontáneamente y, para el resto, la reparación de la membrana no las descarta para seguir buceando. Según un autor pérdidas de audición superiores a 50 dB en las frecuencias agudas de 6.000 y 8.000 hzrs, en los exámenes

periódicos, cuando exista constancia documental que ha ocurrido como consecuencia del trabajo, pasarían a no apto definitivo.

Después de una reparación satisfactoria de una rotura de la ventana redonda o fístula perilinfática, el buceador podría retomar su actividad, pero debe tenerse en cuenta previamente la opinión de un ORL.

AFECCIONES DENTARIAS Caries hasta después del tratamiento

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AFECCIONES MUSCULOESQUELÉTICAS

Artropatías agudas. Hernias hasta su corrección quirúrgica La cirugía satisfactoria de lesiones vertebrales son aceptables si la exploración

neurológica es normal y se ha recuperado una agilidad total. Traumatismo craneal si ha habido una perdida de conocimiento de menos de 30 minutos sin signos de focalidad, si el

periodo de amnesia post traumática es menor de una hora, fracturas lineales menores si se dan los criterios previos, hasta normalidad después de tres meses.

Otros casos de traumas craneales de leves a moderados, si son recurrentes, requieren de valoración por el neurólogo. La necrosis ósea no significa necesariamente un no apto. Si la lesión está en la diáfisis (lesión tipo B), el buzo no tiene

riesgo de hundimiento de la articulación y no afecta a la seguridad bajo el agua. Una lesión yuxtaarticular es mas seria, pero, es poco probable que afecte a la seguridad bajo el agua y la descalificación médica no puede ser sólo por esta causa, depende del tipo de trabajo y si nos basamos en la necesidad de evitar la carga en la articulación afectada, sí es aconsejable el abandono de esta actividad.

AFECCIONES NEUROPSÍQUICAS Reacciones de adaptación, parasuicidio, desordenes disfóricos premenstruales, fobias y episodios psicóticos aislados, hasta su curación AFECCIONES DERMATOLÓGICAS

Cualquier infección cutánea, fúngica, bacteriana, parasitaria o vírica, debe ser controlada antes de permitir el buceo. El herpes simplex recurrente constituye un riesgo muy bajo para los compañeros y ninguno para el buzo. En relación con la higiene, las verrugas pueden ser un riesgo muy difícil de prevenir.

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Hay dermatosis relacionadas con el trabajo que deben tenerse en cuenta. El neopreno contiene antioxidantes y gomas que pueden contener alergenos. El lodo de perforación es un material complejo con una gran variedad de constituyentes pero parece no causar problemas de sensibilización. Los álcalis son irritantes y pueden desencadenar una reacción cutánea importante. También son irritantes los lodos que se basan en aceites. Se han dado casos de reacciones a taninos y cromo. Los que sean diagnosticados de dermatitis de contacto deben evitar todo contacto futuro con el alergeno, pero la mayoría de los casos son dermatitis irritantes que responden a un tiempo de descanso y a partir de entonces esa persona puede volver a realizar submarinismo.

ONCOLOGÍA El buzo con cáncer debe ser valorado de forma individualizada y contando con la información del oncólogo responsable. En el caso de que pueda seguir buceando debe seguirse un control con una frecuencia superior a la anual. EMBARAZO Debido a los posibles efectos perjudiciales sobre el feto de la exposición al aumento de presión, la buzo que esté embarazada o lo sospeche no debe bucear. AFECCIONES DISBÁRICAS Se deben buscar factores que predispongan a la EDC, sobre todo en los episodios neurológicos especialmente si se asocian a manifestaciones cutáneas. Se deben buscar shunts derecha-izquierda (como la persistencia de foramen oval y otros intracardiacos o intrapulmonares). Debe plantearse una exploración de la función pulmonar amplia incluyendo pruebas funcionales de volúmenes pulmonares estáticos y volumen de cierre. El tiempo mínimo hasta la nueva valoración después de la finalización del tratamiento adecuado y sin secuelas es:

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EDC leve con dolor de extremidades, erupción urticariforme, linfedema, dolor de cabeza, cansancio, etc.: Recuperación sin complicaciones: 24 horas. Repetición / Recaídas requiriendo recompresión adicional: 7 días.

EDC neurológica:

Sensibilidad anormal solo en extremidades: 7 días. Audiovestibular, motor: 28 días.

Otras:

EDC pulmonar: 28 días. Sin embargo, se recomienda que debido a la naturaleza de sus pautas de buceo y perfiles y la falta de supervisión, el tiempo sin buceo de los trabajadores en el sector recreativo debe ser mayor. La recomendaciones de la Red de Alerta de Buzos para los buzos en el sector recreativos aparecen en su página web: www.diversalertnetwork.org/medical/faq/faq.asp?faqid=137

Secuelas de patologías disbáricas (no apto definitivo). Enfermedad descompresiva de repetición no explicable (no apto definitivo). Sensibilidad acusada a la narcosis y a la hiperoxia (no apto definitivo).

VARIOS

Intervención quirúrgica reciente. Toma temporal de medicamentos mencionados previamente como causa de no aptitud. Fiebre de cualquier origen hasta su curación.

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BIBLIOGRAFÍA

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buceo profesional. 8. Decreto 201/2004, de 13 de octubre, por el que se establecen las condiciones para el ejercicio del buceo profesional en la Comunidad

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ANEXO I

CUESTIONARIO MÉDICO PARA TRABAJAR COMO BUZO O MEDIO HIPERBÁRICO

PREGUNTA SÍ NO Ha tenido alguna vez o tiene: Diabetes, problemas de tiroides, glándulas suprarrenales. Enfermedades del corazón y/o circulación, incluida hipertensión, angina o infarto de miocardio, dolores torácicos, arritmias, bloqueos, soplos, pericarditis, valvulopatías, varices.

Asma. Enfermedades del pulmón tales como Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica, enfisema, bronquitis crónica, absceso en pulmón, tuberculosis.

Neumotórax espontáneo o traumático. Cirugía o heridas en el tórax. Problemas de senos, oídos, nariz, laringe o garganta: otitis crónica, hemorragia o supuración por el oído, perforación timpánica, sordera o déficit auditivo, síndrome laberíntico, operación de oídos.

Déficit en la vista, mala distinción de colores, operaciones en los ojos, glaucoma, desprendimiento de retina, hemorragia en la retina, visión doble, pérdida brusca de la visión, visión borrosa, hemorragia vítrea, luxación del cristalino, usa gafas o lentillas.

Problemas dentales, caries, prótesis, falta de piezas. Hernia discal, lumbalgias, amputación, traumatismos en extremidades, dolores articulares, problemas en huesos de la cara o cráneo.

Problemas gastrointestinales importantes, úlceras. Enfermedades mentales: ansiedad, depresión, claustrofobia, esquizofrenia, paranoias.

Utiliza o ha utilizado: ansiolíticos, somníferos, antidepresivos, antiepilépticos. Mareos intensos o vértigos. Tendencia a caerse. Epilepsia. Migraña. Enfermedades neurológicas como hemorragias o infartos cerebrales, esclerosis múltiple, etc.

Síncopes o desvanecimientos recurrentes. Accidente con traumatismo craneal. Insuficiencia renal, le falta un riñón. Enfermedades de la piel. Anemia o enfermedades hematológicas (de la sangre). Alergias. Está embarazada. Está tomando alguna medicación. Accidente de descompresión grave, secuelas de accidente por descompresión.

Nombre: Certifico que las respuestas de arriba son ciertas Firma: Fecha: Comentarios: