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UNIDAD EDUCATIVA LICEO MATOVELLE Resolución Nº 1575 del 5 de enero de 2007 1 REGLAMENTO INTERNO DE LA UNIDAD EDUCATIVA LICEO MATOVELLE El Consejo Ejecutivo de la Unidad Educativa Liceo Matovelle en uso de las atribuciones que le confiere el siguiente Precepto CAPITULO I Datos informativos: NOMBRE DE LA INSTITUCION EDUCATIVA: Unidad Educativa Liceo Matovelle CODIGO AMIE: 17H00742 UBICACIÓN GEOGRAFICA: Centro Histórico.- La Basílica Quito ZONA: 3 DISTRITO: 4 Centro Histórico CIRCUITO: 3 TIPO DE INSTITUCION EDUCATIVA: Particular NIVELES EDUCATIVOS: Educación Inicial.-Educación General Básica Bachillerato General Unificado CAPITULO II De la representación Legal. Art. 1.- El Representante Legal de la Unidad Educativa Liceo Matovelle será un miembro de la Comunidad de Misioneros Oblatos, para el presente suscribe Padre Ernesto Leon Superior General de Misioneros Oblatos, la representación Legal de la Institución al Hno. Leonel Porfirio Recalde Arteaga quien estará en correlación con el Rector(a) del plantel quienes profesarán las máximas autoridades del plantel. CAPITULO III De los objetivos. Art. 2.- Son objetivos del presente reglamento los siguientes. a. Reglamentar el cumplimiento de las labores específicas de los organismos y dependencias del plantel. b.- Servir como fuente permanente de consulta en los asuntos jurídicos que regula la educación de nuestra Institución,

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UNIDAD EDUCATIVA LICEO MATOVELLE

Resolución Nº 1575 del 5 de enero de 2007

1

REGLAMENTO INTERNO DE LA UNIDAD EDUCATIVA LICEO MATOVELLE

El Consejo Ejecutivo de la Unidad Educativa Liceo Matovelle en uso de las atribuciones

que le confiere el siguiente Precepto

CAPITULO I

Datos informativos:

NOMBRE DE LA INSTITUCION EDUCATIVA: Unidad Educativa Liceo Matovelle

CODIGO AMIE: 17H00742

UBICACIÓN GEOGRAFICA: Centro Histórico.- La Basílica Quito

ZONA: 3

DISTRITO: 4 Centro Histórico

CIRCUITO: 3

TIPO DE INSTITUCION EDUCATIVA: Particular

NIVELES EDUCATIVOS: Educación Inicial.-Educación General Básica

Bachillerato General Unificado

CAPITULO II

De la representación Legal.

Art. 1.- El Representante Legal de la Unidad Educativa Liceo Matovelle será un miembro

de la Comunidad de Misioneros Oblatos, para el presente suscribe Padre Ernesto Leon

Superior General de Misioneros Oblatos, la representación Legal de la Institución al

Hno. Leonel Porfirio Recalde Arteaga quien estará en correlación con el Rector(a) del

plantel quienes profesarán las máximas autoridades del plantel.

CAPITULO III

De los objetivos.

Art. 2.- Son objetivos del presente reglamento los siguientes.

a. Reglamentar el cumplimiento de las labores específicas de los organismos y

dependencias del plantel.

b.- Servir como fuente permanente de consulta en los asuntos jurídicos que regula la

educación de nuestra Institución,

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UNIDAD EDUCATIVA LICEO MATOVELLE

Resolución Nº 1575 del 5 de enero de 2007

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Vicerrector

Coordinador general de

disciplina

Secretaria

P R O F E S O R E S

GRUPOS DEPORTIVOS

LABORATORIOS

BIBLIOTECA

AUDIOVISUALES

COMISIONES ESPECIALES

TUTORES DE CURSO

ASOCIACIÓN ESTUDIANTIL

COMUNIDAD

PADRES DE FAMILIA

ALUMNOS

COMITÉ CENTRAL

GOBIERNO ESCOLAR

Ministerio de Educación

Dirección Distrital N°4

Circuito educativo

Rector

PERSONAL ADMINISTRATIVO

PERSONAL DE APOYO

CONSEJO DIRECTIVO

DECE

CONSEJO DE ORIENTACIÓN

JUNTA GENERAL DE PROFESORES

ÁREAS

COLECTURÍA

ALMACÉN

BAR

ASAMBLEA GENERAL DE

DIRECTORES Y PROFESORES

COMISIÓN DE GESTIÓN

COMISIÓN PERMANENTES

COMISIÓN TÉCNICA PEDAGÓGICA

COMITÉ DE AÑO

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Resolución Nº 1575 del 5 de enero de 2007

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CAPITULO IV

De la organización

El organigrama estructural de la Unidad Educativa es el siguiente

DE LAS AUTORIDADES

Art.3 Son autoridades de la Unidad Educativa Particular Liceo Matovelle:

a) Representante Legal

b) Rector(a)

c) Vicerrector(a)

d) Inspector General

Art.4 Son organismos de la Unidad Educativa Particular Liceo Matovelle:

a) Consejo Ejecutivo

b) Gobierno Escolar

c) Junta General de Directivos y Profesores

d) Departamento de Consejería Estudiantil DECE

e) Junta de Profesores de Curso

f) Junta Académica

g) Comisiones Permanentes

DEL RECTOR (A)

Art 5.- Son atribuciones del Rector(a) a más de las contempladas en el Art 44 del

Reglamento General de la LOEI los siguientes.

a) Identidad

Es la primera Autoridad de la Unidad Educativa, administra todos los actos educativos de la

Institución.

b) Rol Específico

* Administra la Unidad Educativa y los procesos educativos programados.

* Ejecuta y dirige las políticas educativas institucionales y lo establecido por el Consejo

Ejecutivo y las diferentes instancias del Establecimiento.

c) Perfil

* Título de cuarto nivel, profesional en Educación

* Conocimiento de las políticas educativas del establecimiento.

COMITÉ DE AÑO

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* Capacidad de liderazgo y trabajo en equipo.

* Alto sentido de pertenencia al centro educativo.

* Conocimiento sobre administración y legislación educativa.

* Amplia experiencia de trabajo educativo

d) Designación

El Superior General de la Congregación de Misioneros Oblatos elige al candidato y lo

presenta a la Dirección Distrital para que se elabore el respectivo nombramiento según

estipula la LOEI

e) Duración

De conformidad con las normas que rigen a la Congregación de Misioneros Oblatos.

f) Funciones

Junto a las señaladas en el Art. 44 del Reglamento General de Educación LOEI, las

establecidas en las normas internas de la Institución serán los siguientes:

1. Cumplir y hacer cumplir las normas legales, reglamentarias y más disposiciones

impartidas por las autoridades competentes;

2. Administrar el establecimiento y responder por su funcionamiento y por la disciplina,

dentro del plantel y fuera de él;

3. Ejercer o delegar la supervisión pedagógica, de conformidad con el reglamento interno;

4. Permanecer en el establecimiento durante el desarrollo de la jornada de trabajo

5. Vincular la acción del establecimiento con el desarrollo de la comunidad;

6. Presidir el Consejo Ejecutivo y la junta general;

7. Promover y participar en acciones de mejoramiento de la educación, actualización y

desarrollo profesional del personal docente y administrativo;

8. Presentar al Distrito Educativo el plan institucional, el informe anual de labores y el

cuadro de distribución de trabajo;

9. Responsabilizarse solidariamente con el colector, del manejo de los fondos del

establecimiento;

10. Conceder licencia al personal del establecimiento, hasta por treinta días, en el transcurso

del año lectivo, por causas debidamente justificadas;

11. Legalizar los documentos oficiales que son de su responsabilidad y suscribir,

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conjuntamente con el secretario, los títulos que confiere el establecimiento;

12. Admitir nuevos alumnos, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias

correspondientes;

13. Declarar aptos para presentarse a los exámenes de grado, a los alumnos que hubieres

cumplido con los requisitos correspondientes;

14. Autorizar las matrículas extraordinarias y la recepción de exámenes, de conformidad

con este reglamento;

15. Asignar al personal las comisiones ocasionales que fueren necesarias;

16. Designar tribunales para la defensa de los trabajos de investigación o demostración de

los trabajos prácticos y para la recepción de los exámenes de grado;

17. Tener un mínimo de cuatro y un máximo de ocho horas semanales de clase

18. Dar a conocer a la junta general de directivos y profesores, en su última sesión, el

informe anual de labores;

19. Estimular y sancionar al personal docente, administrativo y de servicio de acuerdo con

las normas legales y reglamentarias pertinentes;

20. Suministrar oportunamente al Distrito , la información estadística del establecimiento y

más datos solicitados por las autoridades;

21. Aprobar la distribución de trabajo y el horario elaborado por una comisión especial,

designada por el consejo ejecutivo

22. Organizar actividades culturales, sociales, deportivas y de defensa del medio ambiente y

de educación para la salud, con la participación del establecimiento y la comunidad;

23. Desempeñar sus funciones en relación permanente con el Padre General de Misioneros

Oblatos;

24. Nombrar al Personal Docente, al Personal de Secretaría, Colecturía y Auxiliar;

25. Señalar la orientación general de la obra educativa y definir las prioridades del proceso

educativo;

26. Asumir las directrices orientativas del Consejo Ejecutivo;

27. Custodiar la documentación del personal y extender certificaciones cuando la situación

lo amerite;

28. Velar por el cumplimiento de las obligaciones laborales y afiliación al Seguro Social de

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todo el personal;

29. Ordenar la organización de la documentación técnico contable;

30. Conceder anticipos de sueldos al Personal docente;

31. Cuidar el patrimonio y todos los recursos de la Institución;

32. Gestionar el reconocimiento oficial de ciclos, funcionamiento de cursos, reformas al

currículo, entre otros

33. Asignar becas a los mejores estudiantes de cada curso y/o paralelo;

34. Disponer que, al menos las dos primeras reuniones de padres de familia, se destinen a la

difusión de los lineamientos educativos de la Institución y del presente reglamento

35. Prohibir cualquier participación que considere inconveniente para el prestigio del

Plantel;

36. Orientar en base de un instructivo el trabajo de las comisiones especiales, encargadas de

elaborar la distribución de trabajo y el horario general de la Unidad Educativa

Delegaciones: En caso de vacaciones, enfermedad, viaje o cualquier otro tipo de ausencia

temporal, deberá buscar un reemplazo interno que cumpla con sus actividades en el tiempo de

ausencia.

Guía Inmediato: Representante de la Congregación de Oblatos

Observa : Todo el personal de Liceo Matovelle

DEL VICERRECTOR (A)

Art. 6.- A más de los contemplados en el Art 45 de del Reglamento General de la LOEI los

siguientes:

a) Identidad

Es la segunda autoridad académica y de gestión educativa, el Vicerrector para el BGU

(Bachillerato General Unificado) y la EGB (Educación General Básica) El cargo es de

libre remoción a criterio de la Comunidad de Misioneros Oblatos y del Rector del

establecimiento y se regirá por el Art. 45 del Reglamento General de Educación.

b) Rol específico

Responsable de la planificación, ejecución y evaluación del currículo, en coordinación con

el rector.

c) Perfil

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* Identificación con la propuesta educativa institucional

* Reconocidos méritos morales.

* Experiencia en planificación y evaluación curricular.

* Conocimientos sobre administración y legislación educativa.

* Capacidad de comunicación y trabajo en equipo.

d) Designación

Son seleccionados por el rector y designados por la Comunidad de Misioneros Oblatos.

e) Duración

Su cargo es de libre remoción.

f) Funciones

El Vicerrector junto a las establecidas en el Art. 45 del Reglamento General de Educación,

se estipulan las siguientes:

1. Asumir el rectorado en ausencia del titular

2. Responsabilizarse de la planificación, evaluación, y desarrollo académico y

pedagógico del establecimiento, en coordinación con el Rector (a)

3. Permanecer en el establecimiento durante el desarrollo de las actividades de la

jornada estudiantil,

4. Presidir la junta de coordinadores de área,

5. Asesorar al Rector(a) en asuntos técnicos y administrativos,

6. Coordinar y supervisar el trabajo de las comisiones especiales designadas por el

rector o el consejo ejecutivo

7. Informar periódicamente al Rector (a) y al consejo ejecutivo del cumplimiento de

sus funciones,

8. Ejecutar otras acciones delegadas, reglamentarias y más disposiciones impartidas por

el Rector (a)y los organismos competentes; y,

9. Tener un mínimo de ocho horas y una máximo de 12 horas según sea el

requerimiento

10. Trabajar coordinadamente con el Rector, Inspector General Organismos Internos del

Plantel.

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11. Al iniciar el año, elaborar el calendario escolar y hacer conocer el mismo a toda la

comunidad educativa.

12. Presentar quimestralmente al Rectorado y miembros del Consejo Ejecutivo el

cronograma de actividades para su respectiva aprobación.

13. Evaluar periódicamente la situación Académica del Plantel a través de Juntas

ampliadas de Área o de curso

14. Planifica y coordina con la comisión pertinente, las jornadas pedagógicas y

formativas para el personal.

15. Apoya eficazmente las actividades programadas por el departamento de consejería

estudiantil

16. Apoya a los departamentos de coordinación general e inspección, garantizando un

clima de familiaridad, respeto y responsabilidad.

17. Fomenta y coordina el funcionamiento de los clubes estudiantiles.

18. Fomenta y coordina el funcionamiento de los clubes estudiantiles.

19. Conoce y aprueba al inicio del año la programación didáctica anual, por unidades, las

pruebas de diagnóstico y los instrumentos de evaluación.

20. Elaborar y presentar al Rectorado el informe anual de labores hasta una semana antes

de la Junta General de Directivos y Profesores.

Delegaciones: En caso de vacaciones, enfermedad, viaje o cualquier otro tipo de ausencia

temporal, deberá buscar un reemplazo externo que cumpla con sus actividades en el tiempo

de ausencia.

Guía Inmediato: Rector (a)

Observa :Los docentes de la institución

DEL INSPECTOR GENERAL

Art. 7.- A más de los contemplados en el Art 46 de del Reglamento General de la LOEI los

siguientes:

a) Identidad

Es la autoridad de la Unidad Educativa encargada de la disciplina en la Unidad Educativa

b) Rol específico

Ejercer una presencia amigable, cercana a la realidad juvenil. Cultivar la familiaridad basada

en la acogida, el respeto y la libertad con responsabilidad. Su intervención incide en los

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niños, niñas jóvenes, docentes, directivos y padres de familia.

c) Perfil

Poseer una alta madurez humana e identificarse con las vivencias educativas de la

Institución.

*Sintonía con la comunidad educativa.

*Aptitudes de líder.

*Criterios humanos acerca de la disciplina

*Buena preparación psicopedagógica.

*Excelentes relaciones humanas

*Título profesional educativo

d) Designación

De conformidad con las normas que rigen a la Congregación de Misioneros Oblatos.

e) Duración

De conformidad con las normas que rigen a la Congregación de Misioneros Oblatos,

expresada por el Rector de la institución

f) Funciones

Con las específicas señaladas en el Reglamento General de Educación, serán las siguientes:

1. Participar en La ejecución del plan institucional;

2. Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y más disposiciones impartidas por

las autoridades del establecimiento;

3. Mantener el orden y disciplina de los alumnos;

4. Organizar y controlar la labor de los docentes

5. Laborar durante toda la jornada estudiantil;

6. Controlar la asistencia del personal docente, administrativo y de servicio e

informar diariamente al rector de las novedades que se presentaren;

7. Desarrollar acciones tendientes a asegurar el bienestar social y la formación moral

y cívica de los alumnos;

8. Tener buenas relaciones con autoridades del personal administrativo y de servicio,

padres de familia, alumnos y miembros de la comunidad;

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9. Comunicar oportunamente las disposiciones impertidas por las autoridades

superiores, al personal docente, alumnado y padres de familia;

10. Cumplir las comisiones y disposiciones impartidas por las autoridades del

establecimiento;

11. Llevar el registro de la asistencia de los profesores, personal administrativo y de

servicio, así como organizar y controlar los de asistencia y disciplina de los

alumnos;

12. Orientar al personal docente en el manejo de libros, formularios y más

documentos concernientes a la actividad escolar;

13. Conceder permiso a los estudiantes por causa debidamente justificadas, hasta por

tres días consecutivos;

14. Justificar la inasistencia de los estudiantes, cuando ésta exceda de dos días

consecutivos;

15. Ser el responsable y Coordinar del Departamento de Inspección;

a. Vigilar la disciplina, aseo, ornato y buena conservación de las dependencias de la

Institución por parte de los educandos;

16. Trabajar coordinadamente con el Rector, Vicerrector y demás autoridades de la

Institución;

17. Elaborar el plan anual de trabajo de la Inspección y presentar al Vicerrectorado en

la segunda semana de septiembre;

18. Ofrecer una presencia preventiva, amigable y oportuna a todo el personal,

estudiantes y padres de familia;

19. Ayudar a los jóvenes a descubrir sus potencialidades y vulnerabilidades

proponiendo alternativas de crecimiento personal;

20. Arbitrar las medidas necesarias para asegurar el inmediato ingreso de los alumnos

al interior del Plantel;

21. Organizar al alumnado para el acceso al bar escolar, biblioteca, sala de

audiovisuales, entre otras.

22. Colaborar con el DECE en el desarrollo de acciones tendientes a asegurar el

bienestar de los estudiantes y su formación moral y cívica;

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23. Disponer y/o acompañar a los estudiantes en las aulas o patio utilizando

eficazmente el tiempo libre, en posible ausencia del profesor;

24. Controlar la asistencia de profesores y alumnos a los diferentes actos cívicos y

extracurriculares y comunicar oportunamente a las autoridades;

25. Comunicar a los docentes y directivos los aspectos positivos y situacionales de

conflicto, con la debida privacidad. En la Institución, velar por una información

fluida y oportuna;

26. Controlar el cumplimiento del trabajo de los Auxiliares de Servicio, en las tareas

de aseo y disciplina;

27. Autorizar la concurrencia de los alumnos a los Servicios Médico y al DECE

previa petición de otros funcionarios;

28. Mantener el contacto y diálogo permanentes con todas las instancias de la

comunidad educativa;

29. Comunicar oportunamente con los padres de familia de la situación de sus hijos, en

asuntos tales como: rendimiento, atrasos, inasistencias, situaciones de disciplina y

estímulos; y

30. Elaborar el informe anual de trabajo y presentar al Rectorado y Vicerrectorado una

semana antes de la última Asamblea General

Delegaciones: En caso de vacaciones, enfermedad, viaje o cualquier otro tipo de ausencia

temporal, deberá buscar un reemplazo externo que cumpla con sus actividades en el

tiempo de ausencia.

Guía Inmediato: Rector

Observa: Personal docente, Administrativo y de Apoyo, estudiantes

DE LOS PROFESORES

Art. 8.- A más de los contemplados en la ley de carrera docente, Reglamento General de la

LOEI los siguientes:

a) Identidad

Hombres y mujeres que desde la condición de personas formadas, son signos de madurez

humana y cristiana. Realizan con competencia profesional el proceso formativo y de

enseñanza-aprendizaje. Se constituyen en referentes significativos de identificación y

pertenencia a la institución. Están llamados a dar ejemplo con su testimonio de vida y con

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el estilo del Padre Matovelle, desde el desempeño de su cátedra, la capacitación técnica, la

educación moral, la orientación y asistencia a los jóvenes.

De acuerdo al tipo de relación laboral, docentes con contratos y docentes con una

remuneración adicional a su salario por responsabilidades especiales.

b) Perfil

* Compromiso con la educación matovellana.

* Competencia profesional de acuerdo al área requerida.

* Sintonía con el mundo de la niñez y la juventud.

* Testimonio de responsabilidad.

c) Designación

*Para la designación de docentes será el Rector y Comunidad de Misioneros Oblatos quien

es autoricen en última instancia todos los contratos

d) Derechos

* Los docentes tienen el respaldo y el estímulo de la Comunidad Oblata y de las

autoridades de la Institución, por el destacado servicio educativo que prestan.

* Participan en eventos de actualización profesional, encuentros de formación permanente y

vivencias comunitarias.

* Reciben una bonificación especial por los años de servicio y los grados académicos

alcanzados, según la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio,

e) Rol específico

Ofrecen asistencia académica, investigativa y orientación en el desarrollo de habilidades en

el trabajo profesional. Su testimonio personal y profesional es el medio más eficaz para

ayudar a tomar conciencia del valor dignificante de la expresión, ciencia y virtud

f) Funciones

Con las específicas señaladas en el Reglamento General de Educación, serán las siguientes

1. Asistir puntualmente al establecimiento y dirigir el proceso de aprendizaje, con

sujeción al horario y programas vigentes, a las orientaciones de las autoridades, de los

organismos internos y de la supervisión;

2. Constituirse en ejemplo de probidad, disciplina y trabajo;

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3. Responsabilizarse ante las autoridades de educación y padres de familia por el buen

rendimiento de los alumnos;

4. Elaborar la planificación didáctica, desarrollando los planes de clase y bloques

curriculares , utilizar técnicas y procesos que permitan la participación activa de los

estudiantes; emplear materiales y otros recursos didácticos para objetividad el

aprendizaje y evaluar permanentemente el progreso alcanzado por los estudiantes en

función de los objetivos propuestos;

5. Realizar acciones permanentes para su mejoramiento profesional;

6. Aprovechar toda circunstancia favorable para la práctica del civismo, las normas de

salud, los principios morales, las buenas costumbres y las relaciones humanas de los

estudiantes;

7. Respetar la dignidad e integridad personal de los estudiantes;

8. Participar en las sesiones y jornadas de trabajo de las juntas de área, juntas de curso y

cumplir las comisiones asignadas por los organismos y autoridades del

establecimiento;

9. Controlar y participar activamente en el mantenimiento del orden y la disciplina de los

estudiantes, en el establecimiento y fuera de él;

10. Mantener el respeto y las buenas relaciones con las autoridades, compañeros y

estudiantes;

11. Llevar al día los registros de planificación didáctica, asistencia, comportamiento y

evaluación de los alumnos;

12. Revisar, con los estudiantes, trabajo individuales , grupales, pruebas, lecciones y

exámenes corregidos y calificados y presentar los cuadros de calificaciones

quimestrales en las juntas de curso;

13. Asistir a las sesiones y más actos convocados por las autoridades competentes;

14. Atender e informar a los padres de familia sobre los asuntos relacionados con sus

labores;

15. Coordinar con el profesor guía y resolver las dificultades y problemas que se

presentaren en sus actividades docentes;

16. Cooperar activamente en el desarrollo de las acciones programadas por el DECE;

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17. Cumplir con las demás obligaciones determinadas en el reglamento interno y las

disposiciones de las autoridades;

18. Planificar, desarrollar y evaluar las clases que imparten;

19. Dar testimonio de puntualidad encontrándose en el aula, laboratorio, audiovisuales

minutos antes de la hora señalada, esto hará que los estudiantes cuenten con la

presencia formativa del docente;

20. Respetar el horario de clase, salvo caso de excepción, ya que cada profesor necesita

cumplir con la planificación de su asignatura;

21. Llenar con responsabilidad los casilleros señalados en los leccionarios y certificar la

información con la respectiva firma;

22. No permitir la salida de los estudiantes en horas de clase, sin la coordinación del

Departamento de Inspección;

23. Dejar el aula limpia y ordenada al término de sus horas de clase, incluido el pizarrón

esto como una norma básica de limpieza y respeto;

24. No abandonar el aula dejando solos a los estudiantes durante el período de clases a no

ser por causa mayor la misma que debe conocer el Departamento de Inspección;

25. Colaborar con los dirigentes de curso y estudiantes para cuidar y mantener el buen

estado de los bienes materiales existentes en el aula de clases, laboratorio entre otros

26. Verificar la presencia de los estudiantes al iniciar la clase; en caso de ausencia,

informar de inmediato al Departamento de Inspección, el mismo que se comunicará

con los representantes;

27. Recibir de los alumnos atrasados o que hubieran faltado, la papeleta de justificación

dada por el Departamento de Inspección;

28. No expulsar de clase a los estudiantes, debiendo utilizar esto como último recurso y de

así hacerlo enviará al estudiante al Departamento de Inspección acompañado del

presidente del curso;

29. No pedir dinero a los estudiantes ni padres de familia sabiendo que es una falta

demasiadamente grave;

30. Asistir con los estudiantes a los diferentes actos programados por la institución de

acuerdo a las horas de clase establecida según horario;

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31. Atender a los padres de familia durante el receso u horas destinadas para el efecto

para que no se vean interrumpidas las mismas. Cuando un profesor requiera la

presencia de los padres de familia coordinará debidamente con el Departamento de

Inspección;

32. Acatar toda justificación o permiso extendida a los estudiantes por el Departamento de

Inspección o el Rectorado sin interpretación alguna;

33. Participar respetuosamente de la vida institucional sin hacer proselitismo si tienen un

credo distinto; y

34. Somos responsables de la disciplina de los estudiantes, por tanto se involucrarán en el

ambiente educativo matovellano de manera que puedan formar personas moralmente

buenas.

35. Actualizar periódicamente las estrategias metodológicas para desarrollar un

aprendizaje

teórico-práctico;

36. Mantener actualizado y al día el inventario de los recursos puestos a su disposición;

37. Corresponsabilizar a los estudiantes en el cuidado de los materiales, equipos,

herramientas, y demás recursos existentes en el aula ; Establecen las normas esenciales

a cumplirse dentro del aula con la autorización del responsable;

38. Participar en jornadas de formación permanente, actualización profesional y vivencias

humanas, sin restricción de horario

39. Promover y colaborar en proyectos de actualización y mejoramiento del aula.

40. Cumplir con las obligaciones y deberes de todo docente, según estipula el Reglamento

General de Educación y las normas institucionales; y

41. Encontrar soluciones adecuadas en casos especiales de acuerdo con el coordinador

Delegaciones: En caso de vacaciones, enfermedad, viaje o cualquier otro tipo de ausencia

temporal, deberá buscar un reemplazo externo que cumpla con sus actividades en el tiempo de

ausencia.

Jefe Inmediato:Vicerrector

Observa : Los estudiantes

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DE LOS PROFESORES TUTORES

Art. 9.- A más de los contemplados en el Art 56 de del Reglamento General de la LOEI los

siguientes:

a) Rol específico

Trabajan en coordinación con el Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil.

Cultivan las relaciones de familiaridad y corresponsabilidad entre educadores, educandos y

padres de familia. Aportan eficazmente al proceso de orientación escolar.

b) Perfil

* Alto sentido de pertenencia a la institución

* Testimonio de vida humana y familiar

* Capacidad para establecer buenas relaciones humanas.

* Sintonía con el mundo juvenil.

* Disponibilidad a la formación permanente, académica, psicopedagógica y técnica.

c) Designación

Son designados por el rector al inicio del año lectivo de acuerdo con el Vicerrector, DECE.

Las horas de dirigencia tienen el mismo valor económico que las horas de clase.

d) Funciones

Son atribuciones y deberes de los Profesores Guías a más de los señalados en el Art. 54,

los siguientes:

1. Presidir necesariamente las juntas de curso;

2. Coordinar las labores de los profesores y estudiantes del curso/ grado y la

participación del DECE, padres de familia y personal de inspección, para alcanzar

los mejores resultados en el proceso educativo;

3. Planificar, ejecutar y evaluar su trabajo con la colaboración del DECE y la

inspección;

4. Cooperar con el desarrollo de las actividades de asociación de clase y estimular la

participación de los estudiantes en actividades académicas, deportivas y sociales;

5. Colaborar en la solución de dificultades estudiantiles;

6. Establecer mecanismos de comunicación con los padres de familia para tratar

asuntos relacionados con la disciplina y el aprovechamiento de los alumnos;

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7. Se preocuparán por aquellos alumnos que necesitan alcanzar un nivel académico

acorde con la mayoría del curso.

Con los estudiantes

8. Conocer la realidad familiar de todos los estudiantes a su cargo;

9. Colaborar con las comisiones establecidas para realizar el diagnóstico de las

10. Interpretar el rendimiento académico e identificar dificultades en el proceso de

enseñanza-aprendizaje;

11. capacidades de los estudiantes;

12. Acompañar y estimular el trabajo escolar de los estudiantes;

13. Actualizar la información personal de los estudiantes;

Con el curso

14. Promover la integración para una sana convivencia;

15. Generar procesos de auto-evaluación y superación grupal;

16. Asesorar la aplicación de estrategias de estudio y recuperación;

17. Acompañar la realización de actividades curriculares y extracurriculares;

18. Asesorar a la directiva de curso y a los padres de familia del mismo;

19. Mantener un contacto permanente con los padres de familia;

20. Optimizar la disciplina, asistencia y rendimiento del curso;

21. No promover actividades tendientes a recaudar fondos por ningún concepto ni

dentro ni fuera del establecimiento; y

22. Cumplir el Reglamento General de Educación en la parte pertinente.

Con los docentes

23. Coordinar las reuniones con los docentes de curso para analizar la situación del

mismo y aplicar estrategias de superación o rectificación.

Con las autoridades

24. Comunicar iniciativas y propuestas de los alumnos, padres de familia y docentes.

25. Elaboran el plan de trabajo anual y presentan al DECE

Con los padres de familia

26. Informar sobre el crecimiento integral de los jóvenes.

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27. Canalizar las propuestas y sugerencias de los padres de familias.

Delegaciones: En caso de vacaciones, enfermedad, viaje o cualquier otro tipo de ausencia

temporal, deberá buscar un reemplazo externo que cumpla con sus actividades en el

tiempo de ausencia.

Guía Inmediato: Vicerrector

Observa : Todos los estudiantes a su cargo

DE LOS ORGANISMOS

CONSEJO EJECUTIVO

Art. 10.- Son deberes y atribuciones del Consejo Ejecutivo, los contemplados en el Art.

50,51,52,53 del Registro oficial de la LOEI, los siguientes:

a) Identidad

Es el organismo interno de asesoría al Rector para la toma de decisiones importantes en la

Unidad Educativa Particular “Liceo Matovelle”

b) Rol específico

Actualiza los principios de la educación contemporánea y comunica mediante procesos de

formación conjunta para elevar la calidad de enseñanza aprendizaje y formación integral

social y competitiva

c) Perfil

Los miembros del Consejo Ejecutivo tendrán:

* Los títulos exigidos por las autoridades de educación

* Perfil profesional orientado a velar por el beneficio del plantel

d) Designación

Los vocales serán nombrados por el Rector

e) Duración

Durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos después de un período, según los

principios emitidos por el registro oficial.

f) Integrantes

El Consejo Ejecutivo está integrado por:

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* Rector

* Vicerrector

* Un primer vocal

* Dos vocales

* Actuará como secretario (a) el titular de la institución, tendrá voz pero no voto.

g) Funciones

Son atribuciones del Consejo Ejecutivo,

1. Elaborar el plan institucional del establecimiento, en el período de matrículas, y

dar a conocer a la junta general;

2. Evaluar periódicamente el PEI y realizar los reajustes que sean necesarios.

3. Elaborar el Código de Convivencia del establecimiento, Aprobar sus reformas y

remitirlo a la Dirección Distrital correspondiente para su aprobación

4. Designar la comisión encargada de elaborar el horario general y la distribución del

trabajo para el personal docente;

5. Conformar las comisiones permanentes, establecidas en el reglamento interno del

establecimiento;

6. Estudiar y resolver problemas de carácter disciplinario y profesional del personal

docente y disponer el trámite correspondiente, para los casos en que la solución

deba darse por otros niveles;

7. Promover la realización de actividades de mejoramiento docente y de desarrollo

institucional;

8. Crear estímulos e imponer sanciones a los estudiantes, de conformidad con las

normas de este reglamento y las del reglamento interno;

9. Responsabilizarse solidariamente con el rector por la administración financiera y

presupuestaria del establecimiento;

10. Conocer y aprobar los informes presentados por los responsables de los

departamentos, organismos técnicos y comisiones;

11. Designar a los directores de áreas y al jefe del departamento DECE, de entre los

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miembros del departamento.

12. Aprobar el calendario de actividades de la Unidad Educativa; y

13. Estudiar y aprobar el plan anual de trabajo de los diferentes estamentos de la

Institución.

Delegaciones: En caso de vacaciones, enfermedad, viaje o cualquier otro tipo de ausencia

temporal, de uno de sus miembros deberá buscar un reemplazo externo que cumpla con

sus actividades en el tiempo de ausencia.

Guía Inmediato: Rector

Observa: Los integrantes del Consejo Ejecutivo

DE LA JUNTA GENERAL DE DIRECTIVOS Y DOCENTES

Art. 11.- Son deberes y atribuciones de la junta de Directivos y docentes a más de los

contemplados en el Art. 49 Registro oficial de la LOEI, los siguientes:

1. Estudiar, analizar y resolver los asuntos que fueren sometidos a su consideración por uno

de sus miembros, siempre que se ciñan a las disposiciones legales.

2. Fomentar el dialogo como instrumento para la solución a las diferencias dentro de la

comunidad educativa.

DE LA JUNTA DE PROFESORES DE CURSO/GRADO

Art. 11.- Son deberes y atribuciones de la junta de profesores de curso/ grado a más de los

contemplados en el Art. 54 Registro oficial de la LOEI, los siguientes:

1.- Exigir al Profesor Guía la presentación del cuadro de calificaciones para la evaluación

del aprovechamiento.

2.- Solicitar al Rector(a) o al Consejo Ejecutivo, la separación del plantel a estudiantes con

dificultades comportamentales graves, y la observación de asistir a la resolución de

conflictos del Distrito si fuese necesario. Según estipula el Registro oficial de la LOEI

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3.- Analizar los casos especiales de comportamiento y proceder, para su sanción de

conformidad a lo dispuesto en el Art.330, Art. 331 del Registro Oficial de la LOEI.

4.- Implementar medidas de carácter técnico- pedagógico para mejorar el desempeño de

expresión, habilidades, agilidad mental y motriz de los niños y jóvenes.

5.- Conceder estímulos para los estudiantes que se hayan destacado en las actividades de

carácter académico, cultural, deportivo, y/o en cualquier disciplina música, teatro, danza,

entre otros.

DE LA JUNTA ACADEMICA

Art. 12.- Son deberes y atribuciones de la junta académica a más de los contemplados en

el Art. 87 Registro oficial de la LOEI, los siguientes:

1. Elaborar el documento inicial de distributivo de trabajo anual para los profesores

que integran el Área y presentarlo a la comisión respectiva nombrada por el

Consejo Ejecutivo ;

2. Revisar las pruebas de diagnóstico que se aplicarán a los estudiantes al inicio del

año;

3. Unificar criterios en lo referente a la elaboración, aplicación y desarrollo de los

programas en todos los paralelos;

4. Elaborar el informe al finalizar el año lectivo acerca del cumplimiento de los

programas para establecer la indispensable secuencia de un curso a otro;

5. Solicitar a la autoridad competente el asesoramiento necesario en lo didáctico,

pedagógico y científico;

6. Conocer, analizar y aprobar las pruebas de base estructurada cada parcial y

exámenes quimestrales de cada asignatura;

7. Presentar al Vicerrectorado el informe de cada sesión sobre los temas tratados,

conclusiones y recomendaciones y a la Inspección General lo concerniente a la

asistencia;

8. Analizar el uso de guías didácticas;

9. Hacer correctivos a los planes y programas cuando el caso lo amerite;

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10. Coordinar el trabajo con las demás áreas a través de su Director; y

11. Evaluar periódicamente el Plan de mejora del área.

Delegaciones: En caso de vacaciones, enfermedad, viaje o cualquier otro tipo de ausencia

temporal, deberá buscar un reemplazo externo que cumpla con sus actividades en el tiempo

de ausencia.

Guía Inmediato: Vicerrector

Observa : Personal docente

DE LA JUNTA DE PROFESORES DE AREA

Art. 13.- Son deberes y atribuciones de la junta de profesores de área a más de los

contemplados en el Registro oficial de la LOEI, los siguientes:

1.- Analizar los cuestionarios para los exámenes quimestrales, supletorios, remediales y

de gracia, poniendo en consideración a la junta académica para su aprobación.

2.- Solicitar a la autoridad respectiva la creación e implementación de laboratorios,

biblioteca, salas, videotecas, hemerotecas y demás materiales para el normal

desenvolvimiento de las actividades.

3.- Participar en las actividades académicas, sociales, deportivas, culturales entre otras

organizadas por el plantel.

DEL DEPARTAMENTO DE CONSEJERIA ESTUDIANTIL (DECE)

Art. 14.- Son deberes y atribuciones del Departamento de Consejería Estudiantil DECE a

más de los contemplados en el Art. 58. Art. 59. Art.60. del Registro oficial de la LOEI,

los siguientes:

a) Identidad

Un equipo de personas con madurez humana, que apliquen la psicología para potenciar en

los estudiantes el autoconocimiento integral a fin de que opten con libertad su vocación

futura al servicio de la sociedad. Comprendida entonces por un (a) psicóloga Educativa

un(a) psicólogo clínico, un(a) médicoy den ejemplo laboriosidad, comprensión, amor y

buen vibra de liderazgo

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b) Perfil

* Equilibrio emocional

* Testimonio de vida familiar y personal.

* Capacidad para mantener buenas relaciones con estudiantes, profesores y padres de

familia.

* En el ámbito profesional tiene la especialidad en psicopedagogía y psicología educativa,

saludable y familiar

* Disposición a tiempo completo.

c) Designación

Es designado (s) por el Rector.

d) Rol específico

Realizan un proceso de asistencia y orientación con estilo matovellano en la formación

humana y ciudadana. Su accionar tiene incidencia en los estudiantes, docentes, personal

directivo y de servicio y padres de familia. La orientación profesional y el bienestar

estudiantil son servicios educativos que se complementan con todo el proceso educacional.

e) Duración

A criterio el rector y de las autoridades de la institución.

f) Funciones

1. Generan directrices para coadyuvar la vivencia del espíritu institucional;

2. Coordinan con los profesores guías de curso la asistencia y orientación;

3. Proponen al rector, la realización de jornadas de capacitación relacionadas con su

área;

4. Organizan conferencias, talleres, seminarios, etc., con la participación de

profesionales en Psicología del adolescente, Educación para la sexualidad , salud,

etc.;

5. Realizan investigaciones en función de la realidad juvenil;

6. Proponen sugerencias psicopedagógicas en función de aprendizajes significativos;

7. Proponen al rector jornadas de vivencias con los padres de familia;

8. Proponen y realizar alternativas de apoyo al personal docente;

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9. Acompañan a los estudiantes en la clarificación del proyecto de vida;

10. Entrevistan al menos dos veces por año a todos los estudiantes de su

responsabilidad;

11. Elaboran en el primer mes, una ficha personal de acompañamiento;

12. Cooperan en las actividades generales de la institución; y

13. Presentan el informe anual del trabajo realizado por el departamento.

14. Elaborar el plan de trabajo del DECE presentarlo la Consejo Ejecutivo para su

revisión y aprobación.

15. Realizar estudio y seguimiento de casos especiales de estudiantes a petición de

autoridades, profesores o junta de profesores de curso.

16. Asesorar permanentemente a profesores guías en la ejecución de sus actividades

específicas.

17. Mantener una comunicación permanente con los padres de familia y/o representantes

legales de los estudiantes.

18. Aplicación de pruebas de aptitud y desempeño a los estudiantes al fin de direccionar

sus potencialidades profesionales.

19. Informar al vicerrector / Rector sobre novedades desarrolladas.

Delegaciones: En caso de vacaciones, enfermedad, viaje o cualquier otro tipo de ausencia

temporal, deberá buscar un reemplazo externo que cumpla con sus actividades en el tiempo

de ausencia.

Guía Inmediato: Vicerrector

Observa : Comunidad Educativa

DE LAS COMISIONES PERMANETES.

Art. 15.- El Consejo Ejecutivo conformara las siguientes comisiones.

1.- Comportamental, Estímulos y sanciones.

2.- Asuntos Sociales, culturales y deportes

3.- Pastoral – valores

4.- Distribución de trabajo y horarios

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5.- Código de convivencia

6.- Plan de Mejora y autoevaluación

7.- Asesora de Consejo Estudiantil

Art. 16.- Son deberes y atribuciones de las Comisiones permanentes las siguientes:

1.- Presentar a consideración del Consejo Ejecutivo el plan anual de sus actividades, con un

seguimiento y evaluación previo a un plan de mejora.

2,. Cumplir con eficacia, excelencia y responsabilidad las actividades señaladas en el plan

anual y las encomendadas por las autoridades del plantel.

3.- Presentar al vicerrector un informe de las labores cumplidas durante el año lectivo

DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO

De la Secretaria

Art. 16.- A más de los contemplados 57 del Registro oficial de la LOEI, los siguientes:

a) Identidad

Es un/a profesional en secretariado sujeto/a a la los reglamentos emitidos por el

Ministerio de relaciones laborales, debe mantener buenas relaciones de trabajo, de

comunicación y coordinación con Autoridades Educativas, el Rector, Vicerrector, Personal

Directivo, Docente, Alumnado, Padres de Familia y demás personas que visiten a la

Institución.

b) Rol específico

Dirige y asesora la gestión transparente, eficiente y eficaz de las personas, el patrimonio en

función de la realización del PEI, de acuerdo a las leyes y a la misión institucional.

c) Perfil

* Se identifica con las directrices del Rector.

* Honorabilidad y honradez reconocida.

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* Cordialidad en el trato y con buen nivel de autosuficiencia.

* Capacidad de relaciones humanas y trabajo en equipo.

* Cultiva la discreción y prudencia.

d) Designación

Es designada (o) por el Rector.

e) Duración

De libre remoción y según el contrato de trabajo y el buen criterio del Rector y autoridades.

f) Funciones

1. Realizar las convocatorias escritas, de acuerdo a las indicaciones del Rector;

2. Recopilar y conservar debidamente organizados, los instrumentos legales que regulan

la educación tales como: leyes, reglamentos, resoluciones, acuerdos, circulares,

planes y programas de estudio;

3. Desempeñar sus funciones con oportunidad, cortesía, responsabilidad y ética

profesional;

4. Laborar en jornada completa con un horario de 8 horas

5. Cumplir las demás obligaciones determinadas en la ley y los reglamentos y por las

autoridades del establecimiento;

6. Realizar todas las disposiciones dadas por Rector;

7. Implementar procedimientos rápidos, eficientes y eficaces en la atención a los

estudiantes y personal de la Institución, alumnos y padres de familia;

8. Mantener ordenada y al día toda la documentación institucional;

9. Extender certificados únicamente a solicitud y con el visto bueno del Rector;

10. Mantener la cartelera informativa;

11. Elaborar los informes de calificaciones y cuadros de promociones;

12. Llevar la ficha profesional del personal del Plantel.

13. Archivar documentación de carácter confidencial y documentación privada del

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plantel.

14. Elaborar nómina de los estudiantes por cursos y paralelos, las que se consideran

como listas oficiales para uso del personal docente y administrativo

15. Registrar notas en el sistema informático

16. Diseñar y elaborar cuadros de calificaciones en forma oportuna y entregar a las

autoridades y profesores para junta de cursos o cuando lo sean solicitadas por el

Rector

Delegaciones: En caso de vacaciones, enfermedad, viaje o cualquier otro tipo de ausencia

temporal, deberá buscar un reemplazo externo que cumpla con sus actividades en el tiempo

de ausencia.

Guía Inmediato: Rector

De los servicios generales

DE LA BIBLIOTECARIA (O)

Art. 17 En el establecimiento funcionará la Biblioteca para los estudiantes, personal

docente, administrativo, padres de familias y comunidad

a) Funciones

1. Atender al Personal Docente y alumnado; suministrar libros, revistas, periódicos o

mapas, previa la presentación de la cédula de identidad o carné estudiantil;

2. Llevar el registro de movimientos de libros, mapas y material didáctico;

3. Responder por la organización, registro y archivo de acuerdo con las normas de

bibliotecología moderna;

4. Procurar el incremento de libros mediante adquisiciones, donaciones, solicitudes

de Instituciones Nacionales e Internacionales, a través del Rectorado;

5. Comunicar periódicamente al Rectorado sobre las novedades de la biblioteca y las

cifras estadísticas de lectores y usuarios;

6. Llevar en registro de fotos y recortes de prensa relacionados con el plantel; y

7. Vigilar la observancia de normas de respeto y silencio sobre los usuarios.

8. Controlar el correcto y adecuado uso de equipos y materiales durante las prácticas

Delegaciones: En caso de vacaciones, enfermedad, viaje o cualquier otro tipo de ausencia

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temporal, deberá buscar un reemplazo externo que cumpla con sus actividades en el

tiempo de ausencia.

Guía Inmediato: Vicerrector

Supervisa a: No tiene ninguna persona a su cargo.

DE LOS LABORATORIOS

Art. 18.- En la Unidad Educativa Liceo Matovelle los laboratorios serán de

responsabilidad de los coordinadores de área quienes serán responsables de cumplir con

las siguiente deberes y atribuciones.

1.- solicitar al Consejo Ejecutivo la baja de bienes deteriorados.

2.- Establecer un horario de prácticas y colaborar de actividades extra clases debidamente

planificadas

3.- sugerir a los profesores y estudiantes la mejor manera de utilizar los implementos y

materiales del laboratorio

4.- Responsabilizarse por el buen uso y conservación del laboratorio

5.- Llevar un inventario de las pertenecías del laboratorio a su cargo actualizarlo

periódicamente

6.- Mantener el manual de uso en buen estado claro.

7.- Mantener la seguridad, orden y limpieza respectiva

Del BAR ESCOLAR

Art.19.- Dentro de los servicios generales la Unidad Educativa cuenta con un bar escolar el

mismo que debe cumplir categóricamente las disposiciones emitidas por el Ministerio de

Salud pública, Educación y Distrito Metropolitano de Quito.

Además de los contemplados en los anteriores los siguientes:

1.- La oferta aplicativa se llenara mediante concurso de oferta, lista de productos de

expendio, lista de precios, se publicara en la prensa y demás medios de comunicación, las

ofertas serán analizadas, definidas por el máximo representante de la Comunidad de

Misioneros oblatos.

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2.- El seleccionado deberá tramitar átonamente el debido permiso de funcionamiento

3.- Elevar un contrato de arrendamiento no más de dos años escolares

4.- Atención inmediata a los estudiantes y señores profesores aplicando normas de esmero,

cordialidad.

5.- Brindar atención durante los periodos de reuniones de los señores profesores, padres de

familia y actividades realizadas por los estudiantes.

6.- El local debe estar en óptimas condiciones de presentación e higiene

7.- Colaborar con la vigilancia del bar patrocinado por los profesores del plantel

8.- las adecuaciones, cuidado, mantenimiento y reparación de los daños que se produjeren

en el local son de exclusiva responsabilidad del arrendatario previo la autorización y visto

bueno del Representante de la Comunidad de Misioneros Oblatos,

9.- El mobiliarioque debe ser de propiedad del arrendatario será suficiente, cómodo y

mantenido en buenas condiciones.

10.- El manejo y distribucióndelos alimentos que se expendan en elbar se sujetara a las

estrictas normas de higiene para salvaguardar la salud de los estudiantes.

11.- Los alimentos deben ser de buena calidad, con sellos de expendio para el consumo

humano, fechas de caducidad claras

12.- deberá ofrecer una variedad de productos nutritivos, no debe expender productos con

exceso de azucares o sal, chicles y la denominada comida chatarra dando preferencia en

alimentos altos en proteínas y vitaminas, siguiendo el instructivo emitido por el Ministerio

de Salud publica.

13.- El menú diario debe exponerse en cartelera al igual que sus precios accesible a las

condiciones económicas de los estudiantes.

14.- Sera responsabilidad del arrendatario dejar totalmente limpio más instalaciones de su

local así como el patio de su alrededor

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DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

Del consejo estudiantil

Art. 20.- Son deberes y atribuciones de La organización de los estudiantes a más de los

contemplados en el Art 62. Art 63. Art. 64. Art. 65. Art 66. Art 67. Art 68. Art 69. Art 70.

Art 71. Art 72. Art 73. Art.74. Art 75 del Registro oficial de la LOEI, los siguientes:

1.- Mantener una relación cordial con los compañeros, docentes, autoridades, personal de

administrativo y de apoyo de la Institución.

2.- No proliferar acciones que generen actos de indisciplina entre sus compañeros.

3.- Relacionar ideas y propuestas conjuntamente con los integrantes de las de demás listas

participantes que no tuvieron el apoyo masivo de sus compañeros.

CAPITULO V

De los estudiantes

Art 21.- A demás de los contemplados en el Art 7, Art 8. De la LOEI Así como los

Art.330, Art 331 del Reglamento General de Educaciónson los siguientes

De los Derechos

1. Participar en el proceso educativo en un ambiente de calidad, amor calidez sin

presiones ni abusos físicos, psicológicos o verbales

2. Ser parte primordial de un excelente proceso de enseñanza-aprendizaje.

3. Gozar del respeto de nuestros derechos, sentimientos, individualidad y pertenencias

por parte de toda la comunidad educativa

4. Recibir la atención adecuada y oportuna por parte de la comunidad educativa, sin

ningún tipo de discriminación

5. Ser respetados en nuestra intimidad y que se mantenga en reserva las confidencias

6. Ser escuchados en nuestras peticiones y aspiraciones en el aspecto académico de

infraestructura y de convivencia

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7. Recibir oportunamente las calificaciones de los trabajos y evaluaciones para que

luego de conocerlas realizar las acciones necesarias para la recuperación académica.

8. Participar en todas las actividades programadas por la Institución para demostrar de

esa manera unidad institucional.

9. Contar con las oportunidades para demostrar talentos, habilidades y aficiones para

que nuestra educación y formación sea integral.

10. Recibir orientación, estímulo y motivación para solucionar dificultades académicas

y de comportamiento

11. Acceder a todos los servicios que brinda la Institución para nuestra mejor

formación.

De los Deberes

1.-Utilizar correctamente el uniforme, asistir puntualmente a clases y a los diferentes actos

programados por la Institución.

3.- Respetar a padres de familia, autoridades, docentes, administrativos, personal de apoyo,

dentro y fuera del establecimiento

3.-Ser solidarios y colaboradores en la solución de problemas dentro de la comunidad

educativa

4.-Presentar la justificación respectiva en caso de inasistencia con la presencia del padre de

familia o representante legal en un lapso de 24 hora

5.-Mantener un buen comportamiento dentro del aula

6.-Conservar limpio la Institución y el salón de clase al desarrollar la clase y al final de la

jornada

7.- Cuidar y mantener en buen estado, los recursos y bienes materiales de la Institución

8.- Responder por los daños causados intencionalmente a la infraestructura y bienes del

establecimiento

9.- Entregar en el departamento de inspección todo objeto que no sea de propiedad

particular

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10.- Entregar en su debido momento, a nuestros padres de familia la información que envía

al establecimiento

11.- Respetar los símbolos de la Patria y de la Institución

12.- Utilizar un vocabulario adecuado para dirigirnos a nuestros Compañeros, Autoridades,

Docentes, Administrativos, Personal de Apoyo y comunidad en general

13.-Alcanzar un buen rendimiento académico cumpliendo con responsabilidad las

obligaciones como estudiantes con la presentación oportuna de tareas, deberes, talleres, la

preparación de nuestras lecciones, pruebas y exámenes

14.- Practicar en normas de higiene, hábitos de estudio y urbanidad

15.-Velar por el prestigio y buen nombre del establecimiento

16.- Permanecer en la institución durante toda la jornada de estudio

17.- Mantener un comportamiento adecuado en actividades recreativas y sociales,

culturales y deportivas

18.- Prescindir del uso de celulares y otros objetos distractores.

19.- Estar dispuestos a asumir los compromisos que constan en el presente

20.-Cumplir con todas las disposiciones emanadas por las Autoridades

21.- Practicar normas de respeto y consideración dentro de la comunidad educativa

22.- Mantener hábitos de limpieza e higiene corporal para mejorar nuestra imagen

personal.

23.- Cumpliremos con los acuerdos señalados en el Código de Convivencia, Reglamento

Interno, Ley de Educación y su Registro oficial.

24.- Respetar y valorar las diferencias individuales

25.- Ser solidarios y colaborativos con el propósito de encontrar soluciones adecuadas a

situaciones que pudieren presentarse en determinado momento.

26.- Observaremos un comportamiento adecuado, en actividades recreativas y sociales,

dentro y fuera de la Institución, para velar por el buen nombre y prestigio de la misma.

De los padres- madres de familia / representantes legales

Art 22.- Son deberes y derechos de los padres- madres de familia / representantes legales,

además de los contemplados en capítulo V Art 12, Art 13 de la LOEI y su Reglamento

Oficial Art 76 son los siguientes.

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UNIDAD EDUCATIVA LICEO MATOVELLE

Resolución Nº 1575 del 5 de enero de 2007

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De los derechos

1.-Recibir información atenta y oportuna por parte de los distintos organismos y

dependencias de la Institución sobre educación sexual, riesgos sociales, la trata de personas

la drogadicción, etc.

2.-Cumplir con las disposiciones contempladas en la Ley Orgánica de Educación

Intercultural en todas nuestras acciones para que estas se desarrollen bajo normas, leyes y

reglamentos. Código de la Niñez y Adolescencia y Código de Convivencia.

3.-Elegir y ser elegidos, como integrantes de los organismos institucionales

4.-Recibir el apoyo de la comunidad educativa, para el desarrollo de proyectos que vayan en

beneficio de la Institución.

5.-Expresar nuestras inquietudes y sugerencias con libertad, pero enmarcada en el ámbito del

respeto y consideración.

6.- Conocer oportunamente las actividades académicas, culturales, sociales deportivas, recreativas,

planificadas y organizadas por la Institución para que nuestra participación sea eficiente, ágil,

adecuada y oportuna.

7.- Ser partícipes en la formación y educación integral de nuestros hijos porque ellos son

una parte esencial de nuestra familia.

De los Deberes

1.-Enviar a nuestros hijos con puntualidad y correctamente uniformados, y que lleguen

oportunamente a la Institución a cumplir con sus labores cotidianas

2.-Proporcionaremos los materiales necesarios a nuestros hijos

3.- Cumplir con lo prescrito en las Leyes y Reglamentos porque al ser parte una sociedad

organizada debemos observar las diferentes normas y disposiciones legales pertinentes.

4.- Acudir a la Institución, al llamado hecho por las autoridades y personal docente para ser

partícipes en la formación de nuestros hijos

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UNIDAD EDUCATIVA LICEO MATOVELLE

Resolución Nº 1575 del 5 de enero de 2007

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5.-Acudir a los departamentos correspondientes, con respeto y cordialidad, para solicitar

información respecto al comportamiento y al rendimiento académico

6.-Fomentar el diálogo, para la solución de conflictos, acudiendo a las dependencias

correspondientes y siguiendo el órgano regular

7.-Estar abiertos al diálogo permanente con nuestros hijos, especialmente sobre temas

relacionados con la sexualidad y afectividad para que no busquen información a veces

inadecuada en otros espacios.

8.-Dialogar con nuestros hijos, sobre los peligros que presenta nuestra sociedad para que no

sean víctimas propicias de la delincuencia través de los documentos legales.

CAPITULO VI

DE LA ADMISION Y MATRICULA DE LOS ALUMNOS

Art.23.-Se aplicara los contemplados en el Art 153, 154, 157, 158, 159, 160, 161, 162,163

del Reglamento General de la LOEI.

DEL LOS ABANDERADOS Y DEL JURAMENTO A LA BANDERA

Art 24.- Se ejecutara los contemplados en el Art 175,176, 177, 178,179,180,183de l

Reglamento General de la LOEI

Del certificado del termino del nivel y promoción y título de bachillere

Art.25.- Se aplicara los contemplados en el Art.197, 198,199, 200 del Reglamento General

de la LOEI

CAPITULO VII

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art.26.- Las dependencias que se crearen con posterioridad a la aprobación y publicación

de este Reglamento, estar a lo que disponga el Consejo Ejecutivo del Plantel.

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UNIDAD EDUCATIVA LICEO MATOVELLE

Resolución Nº 1575 del 5 de enero de 2007

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Art.26.- Todo lo que no contemple este Reglamento será resuelto por las autoridades y

organismos correspondientes, Ministerio de Educación, Distrito y Circuito respectivo en

base a las disposiciones legales.

DISPOSICION FINAL

Ar27.- Este reglamento entrara en vigencia a partir de su aprobación en el Distrito

correspondiente.

Para constancia de lo actuado firma el Consejo Ejecutivo conjuntamente con la Secretaria

del Plantel.

____________________ __________________

Msc. Myriam Caiza Lic. Margarita Iza

RECTORA DEL PLANTEL VICERRCTORA

_____________________ __________________

Lic. Marlene Anchapaxi Lic. Manuel Armas

PRIMER VOCAL SEGUNDO VOCAL

_______________________ __________________

Lic. María José Constante Srta. Diana Mejia

TERCER VOCAL SECRETARIA

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