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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO GADI CONFECCIONES Y ESTAMPADOS E.I.R.L. Domicilio : Av. Mcal. Santa Cruz 268 – Urb. El Pino, San Luis. Giro : Confecciones de Prendas de Vestir 1

Reglamento Interno Sst

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD YSALUD EN EL TRABAJO

GADI CONFECCIONES Y ESTAMPADOS E.I.R.L.

Domicilio : Av. Mcal. Santa Cruz 268 – Urb. El Pino, San Luis.

Giro : Confecciones de Prendas de Vestir

INTRODUCCION

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ESTE MANUAL BUSCA EN FORMA PERMANENTE ORIENTAR, CAPACITAR

Y EN ESPECIAL HACER QUE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA

EMPRESA GADI CONFECCIONES Y ESTAMPADOS E.I.R.L. TOMEN

CONCIENCIA SOBRE LA IMPORTANCIA DE LA IMPLEMENTACION DE LOS

PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD QUE CONTIENE EL

PRESENTE REGLAMENTO Y QUE SU CUMPLIMIENTO Y APLICACIÓN

OBLIGATORIA TIENE COMO UNICO FIN PREVENIR ACCIDENTES Y

ENFERMEDADES OCUPACIONALES, SIENDO UN APOYO PARA ACTUAR

CON SENTIDO DE COMPROMISO EN EL DESENVOLVIMIENTO LABORAL

ADECUADO DE SUS TRABAJADORES, BUSCANDO OBTENER

ESTANDARES DE OPTIMIZACION DENTRO DE SU LINEA DE

PRODUCCION Y LA PREVENCION CONTRA SUCESOS IMPREVISTOS.

SUMARIO GENERAL DEL REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

De acuerdo a:.D.S. 42 F del 22.06.64.D.S. N° 29 –65-DGS del 03-02-65.R.D.N° 1472-IC-DGI del 28.08.72.R.S. N° 009-2005-TR del 28-09-2005

I.-RESUMEN EJECUTADO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA.

La empresa GADI CONFECCIONES Y ESTAMPADOS E.I.R.L. con RUC Nº 20503017700 ubicado en la Av. Mcal. Santa Cruz Nº 268, Urb. El Pino del distrito de San Luis, provincia y departamento de Lima, es una empresa dedicada a la actividad de confección de prendas de vestir, estampado y

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comercialización a nivel nacional, nuestros productos se fabrican bajo un estricto control de calidad, cumpliendo con las normas de seguridad La estrategia de GADI CONFECCIONES Y ESTAMPADOS E.I.R.L. es presentar un producto de calidad, a precio justo, que pueda competir en el mercado.

II.- OBJETIVOS Y ALCANCES A.- OBJETIVOS.

Art.1.- Garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo salvaguardando la vida, salud e integridad física y bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de las causas de accidentes.

Art.2.- Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de seguridad y salud Ocupacional entre todos los trabajadores para que toda actividad sea hecha de manera segura. Art.3.- Proteger las instalaciones y propiedad de la empresa, con el objetivo de garantizar la fuente de trabajo y mejorar la productividad.

Art.4.- Desarrollar nuevos planes de adiestramiento, ya que existen nuevas formas de higiene y seguridad industrial, y así lograr reducir la cantidad de accidentes de trabajo.

Art.5.- Permite al dirigente, la consecución de los objetivos esenciales de la empresa industrial en la forma más eficiente y el mínimo de esfuerzos, a través de un grupo de trabajo y una fuerza dirigida.

Art.6.- Eliminar la duplicidad del trabajo.

Art.7.- Asignar a cada miembro de la organización, una responsabilidad y autoridad para ejecución eficiente de sus tareas o actividades y que cada persona dentro de la organización sepa de quien depende y quienes dependen de él.

Art.8.- Una organización moderna permite el establecimiento de canales de comunicación adecuados para que los objetivos y políticas establecidas se logren eficientemente, hasta los niveles más bajos de la organización.

B.- ALCANCES.

Art.9.- Cultivar un ambiente donde todos sus trabajadores sean capacitados y motivados a desarrollar más u más alto potencial de productividad y creatividad, para que, quienes laboren en ella mantengan compromiso, lealtad y orgullo, alcanzando así más alta satisfacción en el trabajo.

Art.10.- Ser una empresa capaz de alcanzar retos con una estructura

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dinámica que promueva inversiones con potencial de desarrollo y rentabilidad.

Art.11.- Administrar adecuadamente sus recursos, orientándolos hacia el respecto por el medio ambiente y al mejoramiento de la sociedad.

Art. 12.- Contribuir con el desarrollo del país mediante su permanencia en el marco económico nacional y su participación en el mercado internacional, actuando conforme a principios éticos y disposiciones legales.

III.- LIDERAZGO COMPROMISO.La Gerencia se compromete a:

Art. 13.- A liderar y apoyar todas las actividades en la organización, desarrollo y aplicación del sistema de Gestión de seguridad y salud a fin de lograr su éxito en la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

Art.14.- Asumir la responsabilidad de la prevención de accidentes ya la seguridad de su personal y lograr el compromiso de cada trabajador mediante el estricto cumplimiento de disposiciones y reglas que contiene el presente documento.

Art.15.- Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable.

Art.16.- Establecer programas de seguridad industrial claramente definidos y medir el desempeño en la seguridad y salud. Llevando a cabo las mejoras que se justifiquen.

Art.17.- Operar en concordancia con las prácticas aceptables de la industria, y con pleno cumplimiento de las leyes y reglamentos de seguridad y salud.

Art.18.- Investigar las causas de accidentes e incidentes y desarrollar acciones preventivas en forma efectiva.

Art.19.- Capacitar a sus trabajadores en el desempeño seguro y productivo de sus trabajos.

Art.20.- Mantener un alto nivel de alistamiento para actuar en casos de emergencia.

Art.21.- Exigir que los proveedores y contratistas cumplan con todas las normas aplicables de seguridad y salud.

IV.-POLÍTICAS DE SEGURIDAD Y SALUD.

Art.22.- Tiene como política garantizar la seguridad, la salud y el desarrollo

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personal en nuestra empresa, a través del control de riesgos y accidentes en nuestras instalaciones, a través de la mejora continua de la seguridad industrial en todas las actividades que se desarrollan, en ella, en especial en la prevención de riesgos locativos, mecánicos, físicos, químicos, ergonómicos y psicosociales en concordancia con la normativa pertinente. Art.23.- Nuestra Organización considera que su capital más importante es su personal y por ello es prioritario el cuidado de su seguridad, salud y del ambiente de trabajo, para el mejor desarrollo de sus actividades buscando mejorar en forma continua y sostenida las actitudes y condiciones de seguridad, salud ocupacional y ambiente de trabajo de su personal, proyectando sus programas hacia su personal, su familia y la comunidad.

Art. 24.- Nuestra Organización para ello reconoce que, la prevención y el control de accidentes y de eventos indeseados es responsabilidad de todos.

Art.25.- Identificar los peligros, evaluar y controlar los riesgos significativos de seguridad, salud ocupacional y ambiente de trabajo es una prioridad.

Art.26.- Mantener las condiciones de higiene y limpieza en los servicios de bienestar contribuye al cuidado de la salud y comodidad de quienes lo usan.

Art.27.- Cumplir con la normativa legal aplicable favorece la seguridad de su personal.

V.- ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR, DE LOS SUPERVISORES Y/ O COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES.

A.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES.

A.1 De la Empresa.

Art.28.- La empresa se responsabiliza por la provisión y conservación adecuada de los locales de trabajo.

Art.29.- La empresa brindará entretenimiento e instrucción adecuada a sus trabajadores respecto a los riesgos propios del trabajo diario.

Art.30.- La empresa cuidará constantemente de colocar avisos y afiches en lugares visibles destinados a promover el cumplimiento por los trabajadores de las normas de Seguridad Industrial.

Art.31.- La empresa remitirá el parte de accidente de trabajo que llegará a incurrir a la identidad del estado correspondiente.

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Art.32.- La empresa proporcionará a sus trabajadores los equipos de protección personal de acuerdo a la labor que realizan y dotará de resguardos y dispositivos de seguridad necesaria a las máquinas a fin de evitar accidentes.

Art.33.- La empresa deberá dar las facilidades y estímulos al Supervisor de Seguridad e Higiene Ocupacional para el cumplimiento de sus funciones.

Art.34.- Consultará ala Supervisor de Seguridad sobre todas aquellas materias relacionadas con la seguridad de la empresa, a fin que se cumpla.

A.2 De los Trabajadores.

Art.35.- Todos los trabajadores de la empresa cualquiera sea su relación laboral incluyendo contratistas si los hubiera están obligados a cumplir las normas contenidas en ese reglamento y otras disposiciones complementarias que puedan añadirse para su mejor aplicación así como de los manuales y folletos que de él deriven.

Art.36.- Los trabajadores harán uso adecuado de todos los resguardos, dispositivos de seguridad y además medios suministrados de acuerdo con este reglamento, para su protección o la de las personas y obedecerán todas las instrucciones de seguridad procedentes o aprobadas por la autoridad competente relacionadas al trabajo.

Art.37.- Deben de informar a su jefe inmediato y a su vez a la Gerencia de los accidentes e incidentes ocurridos por menores que sean.

Art.38.- Ningún trabajador intervendrá, cambiará, desplazará, dañará o destruirá los dispositivos de seguridad u aparatos destinados para su protección, o la de tercera, ni cambiará los métodos o procedimientos adoptados por la empresa.

Art.39.- Están prohibidas las bromas. Juegos bruscos y bajo ninguna circunstancia trabajar bajo el efecto de alcohol o estupefacientes.

A.3.- DE LAS SANCIONES.

Art.40.- Los trabajadores que no cumplan con lo establecido en el presente Reglamento serán sancionados por la empresa de acuerdo a la gravedad de la falta, previa evaluación del comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo)

Art.41.- Las sanciones a las que se harán acreedores los trabajadores que incumplan las normas a las que se refiere el artículo anterior son:

- Amonestación verbal.- Amonestación escrita.

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- Suspensión.- Las que se deriven del artículo 25 de la ley de Productividad

y Competitividad Laboral Dl. N-728.

B.- ORGANIZACIÓN INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

Art.42.- La empresa contará con un Comité de Seguridad e Higiene Industrial (o Supervisor de Seguridad e Higiene Industrial) y este es responsable de la debida aplicación del presente Reglamento en el centro de trabajo.

B.1 Funciones del Supervisor o Comité.

Art.43.- El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, llevará el libro de actas donde se tome nota de los acuerdos tomados en cada sesión y el cumplimiento de las mismas en el plazo previsto, para ser integrante

del comité de Seguridad y Salud en el trabajo se requiere: Ser Trabajador a tiempo completo de la empresa Tener 21 años de edad como mínimo Poseer cuanto menos 5to. Año de instrucción pimaria y/o dotes

personales que lo destaquen de los demás trabajadores.

Art.44.- Es función del Supervisor de Seguridad e Higiene Ocupacional:

Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los accidentes que ocurran en la empresa.

Hacer las recomendaciones pertinentes para evitar la repetición de accidentes.

Hacer inspecciones periódicas de las instalaciones, maquinarias y equipos con fines de seguridad e higiene.

Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones relacionadas con la seguridad.

Asimismo velar porque se lleven en efecto las medidas adoptadas y examinar su eficiencia.

Procurar la colaboración de todos los trabajadores en el fomento de seguridad.

Estudiar las estadísticas de los accidentes de trabajo en la empresa. Cuidar que todos los nuevos trabajadores conozcan los Reglamentos

Oficiales, instrucciones, avisos y demás, material escrito o gráfico relativo a la seguridad.

Recomendar las sanciones a que se refiere el Art. 11 del presente Reglamento.

Lograr la participación de todos los trabajadores en el fomento de la seguridad mediante concursos, simulacros, entrenamientos, etc.

Llevar el Libro de Actas en control minucioso de toda sanción aplicada, motivo, nombre del sancionado, consecuencia de la falta y sanción.

B.2 Organigrama.

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B.3 Programas.

Art.45.- El Supervisor de Seguridad programará actividades para difundir lo principios y prácticas de Seguridad e Higiene ya sea mediante simulacros, conferencias, etc.

Art.46.- El Supervisor de Seguridad e Higiene efectuará prácticas asistenciales de Primeros Auxilios con los trabajadores para casos de emergencia.

Art.47.- El Supervisor de Seguridad e Higiene efectuará prácticas del uso apropiado de los equipos de extinción de incendios con el personal.

B.4 Cronogramas.

Art.48.- El Supervisor de Seguridad e Higiene Ocupacional elaborará un programa de actividades que desarrollará a lo largo del año en curso dichos programas serán entregados a la Gerencia, al primer mes de cada año.

B.5 Supervisión y Evaluación.

Art.49.- El Supervisor de Seguridad e Higiene Ocupacional supervisará y evaluará los resultados obtenidos de todas las actividades realizadas en el mejoramiento de las condiciones de Seguridad e Higiene Ocupacional, así como dictará las medidas correctivas

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SUPERVISOR DE SEGURIDADSIMON ROQUE OTAROLA

ZEVALLOS

SECRETARIOJUAN CARLOS ALMESTAR

MIEMBRO 1ROANTONY QUISPE ARECHE

MIEMBRO 2DO.RONALD YUPANQUI VILCA

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correspondientes.

B.6 Mapa de Riesgos.

Art.50.- El Mapa de Riesgos consisten una representación gráfica a través de símbolos de uso general o adoptado indicando el nivel de exposición ya sea bajo, mediano o alto, de acuerdo a la información recopilada en archivos y los resultados de las mediciones de los factores de riesgos presentes, con el cual se facilita el control y seguimiento de los mismos, mediante las implantación de programas de prevención.

Art.51.- El uso de una simbología permite representar los agentes generadores de riesgos de Higiene Industrial tales como ruido, iluminación , calor, radiaciones ionizantes y no ionizantes, sustancias químicas y vibración, para lo cual se utiliza una representación gráfica.

Art.52.- La periodicidad de la formulación del Mapa de Riesgos está en función de los siguientes factores:

Tiempo estimado para el cumplimiento de las propuestas de las mejoras.

Situaciones críticas. Documentación insuficiente. Modificaciones en el proceso. Nuevas tecnologías.

Descripción Riesgo Medidas de ControlAlmacen - Tropiezos al momento - Colocar letreros de usos y deberesde Insumos del transporte de los insumos - Señalizar el área de tránsito    - Identificación de los insumos a utilizarAlmacen de - Peligro de caída - Apilamiento seguroSustancias - Riesgo electrico - Ubicación visible de extintores

Inflamables- Peligro de escape de liquidos - Llaves de cuchillas dentro de cajas

  inflamables y/o tóxicos- Conductores eléctricos dentro de ductos

    - Identificación de los insumos    - Señalización de las áreas de trabajoArea de los - Peligro de objetos que - Mantener libres las áreas de libre pasopasadizos puedan obstaculizar el libre - Señalizar en lo posible las rutas de   paso evacuación.

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Area de las - Peligro de riesgos eléctricos. - Llaves de cuchillas dentro de cajas

Máquinas de - Peligro de aspirar y gases - Conductores eléctricos dentro de ductos

estampados tóxicos, irritación de los ojos - Uso de respiradores con filtros contra  y la piel gases tóxicos    - Señalización de las áreas de trabajoArea de las - Peligro de riesgos eléctricos. - Llaves de cuchillas dentro de cajas

Máquinas de - Peligro de quemaduras por - Conductores eléctricos dentro de ductos

Secado contacto con equipos - Señalización de las áreas de trabajo

C.- IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN.

Art.53.- El registro de accidentes contendrá:

Datos del trabajador. Datos del empleador. Datos de la empresa usuaria. Datos del accidente de trabajo, fecha, turno, lugar del accidente, labor que

realizaba al momento del accidente, descripción del accidente, testigo del accidente, forma del accidente y agente del accidente.

Art.54.- El registro de enfermedades ocupacionales en lo referido a los datos contendrá lo siguiente:

Nombre y naturaleza de la enfermedad ocupacional. Labor que realizaba al momento del diagnóstico. Descripción del trabajo. Tiempo de exposición al agente.

Art.55.- El registro de exámenes médicos contendrá:

Amnesia ocupacional. Exploración física completa por órganos y sistemas. Rayos X Audiometría. Espirometría. Diagnóstico de enfermedades ocupacionales

Art.56.- El registro de las investigaciones y medidas correctivas adoptadas en cada caso contendrá (de ser el caso):

Causas del accidente o incidente. Causas inmediatas. Actos inseguros, por ejemplo:

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Manipuló equipo en movimiento/ energizado /presurizado.

No usó equipo protector disponible. No cumplió procedimiento o método establecido. Jugando en el trabajo. Uso inapropiado de equipos y de herramientas. Caso omiso a los avisos de seguridad. Realizó el trabajo sin la capacitación necesaria.

Art.57.- El registro de inspecciones y evaluaciones de salud y seguridad contendrá las visitas a las diferentes áreas de trabajo a fin de localizar condiciones inseguras, acciones.

C.1 PREPARACIÓN.

- Planificación ruta, plano.- Lista de chequeo.

C.2 INSPECCIONAR.

- Seguir el plan.- Utilizar lista de chequeo.- Tomar medidas inmediatas si es necesario.

C.3 INFORMAR.

- Describir y localizar cada punto.- Clasificar los riesgos encontrados (leves, graves…).- Determinar las causas básicas.

C.4 DESARROLLAR MEDIDAS CORRECTORAS.

- Encontrar lasa causas reales.- Ver medidas alternativas.- Determinar el coste.- Establecer responsable y plazo de ejecución.

C.5 SEGUIMIENTO.

- Controlar el progreso y la finalización.- Analizar la eficacia de las medidas.- Establecer índices.

Art.58.- Las estadísticas de seguridad y de salud contendrán: los índices de frecuencias y de gravedad mensuales (accidentes y días perdidos durante el mes) y acumulativas (suma de accidentes ocurridos y días no trabajados durante el año transcurrido.)

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Art.59.- El registro de incidentes y sucesos peligrosos contendrá: Datos de la empresa y/ o de la empresa usuaria, datos del incidente peligroso (fecha, hora, turno, lugar del incidente, circunstancia en que se produjo, descripción del incidente, testigo del incidente y de la investigación y las medidas correctivas adoptadas para evitar su repetición.

Art.60.- El registro de equipos de seguridad o de emergencia contendrá:

Los cargos de entrega de los implementos de protección personal a los trabajadores.

El listado de los equipos de extinción de incendios (extintores, hidrates, etc.)

Art.61.- El registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia contendrá:

Todas las charlas dadas y la relación con la firma de los trabajadores asistentes.

Mecanismos realizados para comprobar si los trabajadores han comprendido el contenido de la charla.

D.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN SERVICIOS.

Art.62.- Toda empresa de servicios está obligada a cumplir los estándares de seguridad y salud en el trabajo.

Art.63.- Que se apliquen en la empresa de acuerdo con el presente reglamento y deberá coordinar con la gerencia de manera eficaz y eficiente la gestión de prevención de riesgos laborales, la seguridad y la salud de los trabajadores que deba implementar y la contratación de los seguros de acuerdo a la normativa vigente.

VI.- ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN OPERACIONES.

Art.64.- Evaluación periódica anual o semestral de los Agentes Ocupacionales y condiciones de seguridad en todas las instalaciones y cumplir con las recomendaciones de control que deriven de estos estudios.

Art.65.- Examen médico ocupacional periódico anual o semestral a todo el personal que laboran en las instalaciones fabriles.

Art.66.- Mantenimiento anual general y específico constante a los equipos y maquinarias.

Art.67.- Señalización de seguridad e higiene industrial mediante la ubicación de carteles en todos los espacios laborales y de tránsito de la planta y de servicios administrativos.

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Art.68.- Mantenimiento anual general y específico constante del sistema de distribución de energía eléctrica, en todas las instalaciones.

Art.69.- La prohibición de fumar debe constituirse como una norma que debe ser acatada por todo el personal sin excepción.

Art.70.- Capacitación al personal anual mediante charlas y cursos básicos en materia de prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.

A.- SEGURIDAD EN EL PROCESO DE PRODUCCIÓN.

Art.71.- APLICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LAS OPERACIONES Y PROCESOS DE PRODUCCIONGeneralidades:

- La principal regla de seguridad en esta área es el orden y la limpieza, a fin de facilitar el buen trabajo del personal, minimizando los riesgos de accidentes de trabajo.

- Los productos almacenados se colocaran en lugares donde no obstruyan, ni obstaculicen el tránsito, ni oculten las señales de seguridad.

- Evitar en todo momento el amontonamiento desordenado y sin seguridad de los materiales almacenados.

- Evitar la existencia de basura en el piso del almacén de productos terminados, debiendo ser barrido frecuentemente.

- La alimentación y manipuleo de materias primas se debe efectuar en forma adecuada, evitando caídas y derrames de materiales.

- Todo trabajador usará los equipos de protección personal adecuado según su tipo de labor.

- Esta terminante prohibido fumar en forma general dentro de la empresa.

AREA DE PRODUCCION AREA DE CORTE

Las máquinas cortadoras solo serán operadas por personal entrenado y autorizado, debiendo los trabajadores asignados utilizar máscara contra el polvillo.

La máquina cortadora cuenta con un tablero de seguridad que detiene sus funciones.

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Cuando se usa la máquina cortadora se tiene que usar máscarilla contra el polvo, lentes para protegerse la vista y el protector de oídos.

Si observa cualquier falla en la máquina , no intente repararla por su cuenta, apáguela y avise a su jefe de inmediato. Para realizar cual ajuste primero se tiene que apagar y desconectar la máquina.

AREA DE CODIFICACION

El trabajador en esta sección deberá codificar y habilitar los moldes de telas para enviarlos a confección (servicio de terceros) para efectuar su labor deben usar obligatoriamente una mascarilla que lo protejan contra el polvillo de las prendas.

AREA DE ESTAMPADOS MAQUINAS DE ESTAMPADOS MANUALES

Los trabajadores de esta sección observan lo siguiente:

Solo el personal calificado y capacitado podrá operar la máquina de estampados en su proceso de producción.

Antes de poner en marcha la máquina, se revisará que los dispositivos funcionen correctamente y que no haya nada que impida su normal funcionamiento y que el material a trabajar sea el correcto.

Evitar cualquier distracción que pudiera causar alguna falta de atención al trabajador durante la labor que este realizando en el área.

Las conexiones eléctricas deben estar debidamente aisladas y correctamente instaladas

Cada vez que se tenga que hacer algún mantenimiento o reparación esto se realizará cuando la maquina haya dejado de operar.

El Supervisor de Seguridad indicará al operario cuales son los mecanismos de parada automática para su protección personal al momento de operar el equipo.

El dispositivo de puesta en marcha y parada debe estar situado fácilmente al alcance del operado y de tal modo que resulte imposible ponerse en marcha accidentalmente

La persona encargada del trabajo de reparación será responsable de que los dispositivos de protección hayan sido apropiadamente reinstalados antes de permitir que el equipo se ponga de nuevo en operación.

Todo trabajador asignado al área debe usar obligatoriamente ropa de trabajo adecuada al momento de manipular ó limpiar la máquina.

Luego de terminar de trabajar, dejar limpiar la zona de trabajo y el equipo.

HORNO ELECTRICO Los trabajadores que operan el horno eléctrico para el secado respectivo

deben ser personal calificado y capacitado para su manejo correcto, teniendo presente las medidas de seguridad establecidas.

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Antes de poner en marcha la máquina, se revisará que los dispositivos funcionen correctamente y que no haya nada que impida su normal funcionamiento como:

- Contar con una llave térmica de corte de fluido eléctrico.- Contar con un reloj de alarma programable para su proceso

de producción.- Contar con la pala de brazo largo a fin de ingresar y sacar

los insumos y productos, etc.

Evitar cualquier distracción que pudiera causar alguna falta de atención al trabajador durante la labor que este realizando en el área.

Las conexiones eléctricas deben estar debidamente aisladas y correctamente instaladas

Cada vez que se tenga que hacer algún mantenimiento o reparación esto se realizará cuando la maquina ha dejado de operar.

El Supervisor de Seguridad indicará al operario cuales son los mecanismos de parada automática para su protección personal al momento de operar el equipo.

El dispositivo de puesta en marcha y parada debe estar situado fácilmente al alcance del operado y de tal modo que resulte imposible ponerse en marcha accidentalmente

La persona encargada del trabajo de reparación será responsable de que los dispositivos de protección hayan sido apropiadamente reinstalados antes de permitir que el equipo se ponga de nuevo en operación.

Todo trabajador asignado al área debe usar obligatoriamente ropa de trabajo adecuada al momento de manipular ó limpiar la máquina.

Luego de terminarse la jornada de trabajo, se apagara las llaves de control del horno como la llave térmica del mismo, asimismo dejar limpiar la zona de trabajo y el equipo

En caso de emergencia activar el bloqueador automático y el botón de alarma.

AREA DE CONTROL Y CONTEO DE PRENDAS TERMINADAS

El trabajador asignado a esta área se encarga del control y conteo de las prendas que llegan del área de confección y/o estampado, para efectuar su labor deben usar obligatoriamente una mascarilla que lo protejan contra el polvillo de las prendas.

AREA DE CONTROL DE CALIDAD

Los trabajadores asignados en esta área se encarga de seleccionar y revisar las prendas, desmanchar y embolsar, para efectuar su labor deben usar obligatoriamente una mascarilla que los protejan contra el polvillo de las prendas, utilizar un gorro para mantener la higiene y limpieza de las prendas.

Para desmanchar las prendas el trabajador deberá utilizar mascarilla y guantes para protegerse de la sustancia toxica.

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AREA DE VENTAS - TIENDA

Los trabajadores asignados en esta área se encargan de la atención al cliente, para efectuar su labor deben usar correctamente el uniforme proporcionado por la empresa.

CARTILLA DE SEGURIDAD PARA EL PERSONAL DE OFICINA

Los empleados de oficina deberán conocer y practicar las siguientes reglas:

No se apoye o siente en los extremos de los escritorios, use las sillas Mantenga cerrados los cajones de los escritorios mientras no la use. Levante los objetos del suelo (clip, ligas, pedazos de lápices, etc.) y

mantenga los pisos limpios. Informe al Supervisor de Seguridad de toda condición insegura que

exista en su oficina No hacer ninguna conexión eléctrica, comunicar al área de

mantenimiento. No sobrecargue los tomacorrientes Al terminar su tarea diaria, deje apagado y desconectado las máquinas

de escribir, computadoras, ventiladores, cafeteras, y todo aquello que funcione con energía eléctrica.

No guarde comida en los escritorios No correr por los pasadizos o subir y/o bajar las escaleras del mismo

modo.

OTRAS MEDIDAS GENERALES DE SEGURIDAD

INGRESO A LA EMPRESA

Los trabajadores y personas que ingresen a la empresa observarán las siguientes medidas:

Todo trabajador debe identificarse, lo mismo para marcar su ingreso y salida de la empresa

Toda persona que ingrese o salga de las instalaciones de la empresa portando maletas, maletines o paquetes esta obligado a mostrar el contenido del mismo cuando sea requerido.

Esta prohibido el ingreso de las personas en estado etílico o bajo influencia de drogas o sustancias alucinógenas.

Todo será inspeccionado al ingresar y salir de la empresa por el personal de seguridad.

Toda persona que visite las instalaciones de la empresa transitará únicamente por las áreas a las cuales fue autorizado. Si por motivos de trabajo tuviera que transitar por otras áreas distintas a las cuales fue autorizado, deberá comunicar n el control de seguridad.

B.- PROTECCIÓN PERSONAL.

B.1 ROPAS DE TRABAJO.

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Art.71.- Cuando se seleccione ropa de trabajo se deberán tomar en consideración los riesgos a los cuales el trabajador puede estar expuesto y se seleccionará aquellos tipos que reducen los riesgos mismos.

Art.72.- No se usarán prendas de vestir sueltas, desgarradas o rotas, no corbatas, ni cadenas de llaveros o de relojes cerca de maquinaria en movimiento.

Art.73.- No se deberá llevar en los bolsillos objetos afilados, o con puntas, ni materiales explosivos o inflamables.

Art.74.- Es obligatorio del personal el uso de ropa de trabajo dotado por la empresa, para ingresar a trabajar y mientras dure la jornada de trabajo.

B.2 OTRAS PROTECCIONES ESPECÍFICAS.

Protección a la vista

Art.75.- Todos los trabajadores que ejecute cualquier operación que pueda poner en peligro sus ojos dispondrán de protección apropiada para estos órganos.

Art.76.- Los anteojos protectores para trabajadores ocupados en operaciones de picado, remachado, recalcado y operaciones similares que puede producir el desprendimiento de partículas en forma violenta estarán provistos de lunas resistentes a cada tipo de impactos y en conformidad con las normas de la autoridad competente.

Art.77.- Los anteojos protectores para trabajadores ocupados en operaciones que requieran el empleo de sustancias químicas corrosivas o similares serán fabricados de material blando que se ajuste a la cara. Resistente al ataque de dichas sustancias, incombustibles y construidos de tal manera que impida el ingreso por cualquier lado de las sustancias indicadas.

Art.78.- Los anteojos protectores para los trabajadores ocupados en operaciones en donde se pueda producir o produzca gases o emanaciones peligrosas serán de material flexible, resistente a dichos gases deberán tener aberturas de ventilación.

Art.79.- Los trabajadores cuya vista requiere el empleo de lentes correctores y necesiten protectores, serán provistos de anteojos que puedan ser supuestos a sus lentes correctores.

Protección de manos y brazos

Art.80.- Los guantes que se doten a los trabajadores serán seleccionados de

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acuerdo a los riesgos a los cuales el usuario expuesto y a la necesidad de movimiento libre de los dedos.

Art.81.- Los guantes y mangas protectoras para las personas ocupadas en trabajos de soldadura serán confeccionados de asbesto u otro material apropiado para trabajos eléctricos se dotará de guantes de material aislante.

Protección para los pies y las piernas

Art.82.- Se dotará de calzado de seguridad tales como botas de jebe, calzado con punteras de metal, de acuerdo a la labor que realice el trabajador y al riesgo que esté expuesto.

Art.83.- El calzado de seguridad que se dote a los trabajadores que realizan trabajos eléctricos será de suela aislante y no tendrá ningún elemento metálico.

Protección del Sistema Respiratorio

Art.84.- Todo trabajador será protegido con respiradores de flitro contra los riesgos del aparato respiratorio originados polvos y gases o vapores tóxicos.

C.- HIGIENE DE LOCALES: CONDICIONES AMBIENTALES.

RUIDOS Y VIBRACIONES

Art. 85.- En los lugares de trabajo se evitarán en lo posible los ruidos y vibraciones desde su mismo punto de origen.

Art.86.- Las máquinas que produzcan ruido o vibraciones se cimentarán o anclarán fuertemente al piso.

Art.87.- Cuando el nivel e ruido exceda los 90 decibeles, siempre que no se logre su disminución, se dotará obligatoriamente de dispositivos de protección auditiva a los trabajadores expuestos.

TEMPERATURA

Art.88.- En todas las instalaciones de la empresa se mantendrá durante las horas de labor una temperatura que no sea perjudicial para la salud de los trabajadores ya sea por medios naturales o artificiales.

VENTILACIÓN.

Art.89.- Las emanaciones de polvo, gases, vapores producidos o desprendidos de procedimientos industriales serán extraídos en lo posible en su lugar de origen y no se permitirá que se difundan a la atmósfera del local de trabajo.

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Art.90.- En los locales de trabajos se mantendrá por medios naturales y/o artificiales, condiciones atmosféricas adecuadas para evitar el insuficiente suministro de aire, el aire viciado y las corrientes dañinas.

Art.91.- En los lugares de trabajo por naturaleza del proceso o por razones de producción sea necesario mantener las ventanas o puertas cerradas durante el trabajo, se proveerá de un sistema mecánico de ventilación que asegure la evacuación del aire viciado y la introducción de aire fresco.

Art.92.- En las áreas de trabajo que se produzcan polvos, gases y/o vapores, el personal deberá usar protección respiratoria.

SUSTANCIAS PELIGROSAS U OFENSIVAS.

Art.93.- Todos los cilindros cargados de sustancias peligrosas y corrosivas serán almacenados al aire libre, siempre y cuando estén adecuadamente protegidos contra cambios excesivos de temperatura, los rayos directos del sol o la unidad permanente.

Art.94.- Cuando dichos cilindros están almacenados, el espacio que sirva de depósito deberá estar aislado por paredes o tabiques resistentes al calor y al fuego.

Art.95.- Todas las áreas de trabajo, patios, escaleras, pasillos y pisos se mantendrán limpios y libres de obstáculos que dificulten el libre tránsito y/o pudieran representar peligro de incendio. Art.96.- En las acciones donde hay presencia de polvos y /o pelusas, el personal deberá usar obligatoriamente máscaras de filtro.

Art.97.- Los servicios higiénicos deben conservarse en todo momento en buen estado de limpieza y conservación siendo obligación del personal contribuir a ello.

Art.98.-Esta terminantemente prohibido rayar o dibujar en las paredes, puertas, separadores de los servicios higiénicos.

Art.99.-Asimismo está prohibido fumar en las áreas de producción, Almacenes, talleres sin excepción de persona.

Art.100.-Es obligación de los trabajadores usar y mantener en perfecto estado de funcionamiento del equipo de producción que le suministre.

Art.101.-El personal está obligado a cumplir con las prácticas sanitarias que para la protección de la salud dicte la empresa.

Art.102.-Todo el personal está obligado a cuidar de la conservación de los avisos, señales u otros medios de difusión que se coloquen para la divulgación de las prácticas de higiene y seguridad.

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C.1 Conservación de los locales

Art.103.-Todos los lugares de trabajo y en general los espacios interiores de la fábrica estarán provistos de iluminación artificial cuando la natural sea insuficiente.

Art.104.-La iluminación artificial tendrá una intensidad uniforme, adecuado y distribuido de manera que cada máquina, equipo, banco de trabajo o lugar donde se efectúa una labor estén separadamente iluminadas y en todo caso no proyecten sombras o produzcan deslumbramientos o lesión a la vista de los trabajadores, origine apreciables cambios de temperatura.

Art.105.-En todos los lugares donde se trabaje o transiten personas o donde se tenga que trabajar o transitar en caso de urgencias habrá durante el tiempo que estén en uso, una iluminación adecuada natural o artificial, o amabas apropiadas para las operaciones y para el tipo de trabajo que se ejecuta.

Art.106.-En los locales de trabajo se mantendrá por medios naturales y/o artificiales a condiciones atmosféricas adecuadas para evitar así el ineficiente suministro de aire contenido o viciado, las corrientes dañinas.

Art.107.-Para evitar las irradiaciones de las tuberías de vapor o agua caliente, o de cualquier otra fuente de calor o de frío, se les protegerá por medio de aislamiento del equipo u otro medio adecuado

Agua y desagüe.

Art.108.-La empresa garantizará el suministro de agua potable, para ser utilizado tanto en la limpieza y el aseo de sus trabajadores, y en la producción el desagüe estará conectado a la red pública (SEDAPAL).

Art.109.-La empresa contará con un tanque subterráneo y aéreo para el almacenamiento de agua.

Limpieza de los sitios de trabajo.

Art.110.-Los trabajadores antes de finalizar la jornada de trabajo, deberán dejar limpios y ordenados sus puestos de trabajo.

Art.111.-Limpieza de mantenimiento de base de máquinas, paredes, techos, lunas de ventanas, etc. Se efectuará periódicamente.

Art.112.-Está prohibido arrojar basura al suelo.

C2.- Higiene del personal. Servicios Higiénicos

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Art.113.-La empresa dotará de servicios higiénicos adecuados y separados para cada sexo, la relación mínima que se mantendrá entre el número de trabajadores y el de servicios higiénicos será:

Trabajadores W. C Lavatorios Duchas Urinarios Bebedores 01 a 09 1 2 1 1 110 a 24 2 4 2 1 125 a 49 3 5 3 2 1 50 a 100 5 10 6 4 2Más de 100...... 1 por cada 30 personas.

Art.118.-Los artefactos sanitarios serán de loza a excepción de los turcos que Serán de hierro enlozado.

Art.119.-Las duchas para el aseo del personal dispondrá de agua fría y Caliente.

C3.- Servicios especiales. 01 Vestuario.

Art.114.-La empresa proporcionará de ambientes dotados de casilleros Unipersonales, debidamente separados para trabajadores de uno y otro sexo, para ser utilizados como vestuarios.

Art.115.-El área del vestuario será adecuado al número de trabajadores que Simultáneamente lo utilicen.

Art.116.-Está prohibido guardar alimentos y / o bebidas en los vestuarios.VII.- ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS

A.- RECIPIENTES A PRESION SIN FUEGO

A.1 COMPRESORAS.- Instalación, funcionamiento y conservación de aire comprimido.

Art.117.-Las compresoras se instalarán sobre bases sólidas y aseguradas Firmemente en su lugar.

Art.118.-Las compresoras estarán equipadas de mecanismos automáticos que detendrán la compresión antes que la presión de descarga exceda la presión máxima permitida. Art.119.-El mecanismo de control automático, el sistema de enfriamiento del aire y la válvula de seguridad de las compresoras se revisarán y harán funcionar frecuentemente para mantenerlos en óptimas Condiciones de trabajo.

Art.120-Los cilindros de las compresoras de aire se lubricarán con aceite del

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tipo apropiado y con suficiente cantidad para permitir una lubricación perfecta.

Art.121.-Las tomas de aire estarán situadas en un lugar donde el aire sea tan puro y limpio como sea posible y libre de gases y emanaciones Inflamables.

Art.122.-Se dotará a las compresoras de manómetros apropiados de presión de Lectura directa.

B.- MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN.

Art.123.-Para los trabajadores de reparación o mantenimiento se dispondrá de iluminación adecuada.

Art.124.-Es de responsabilidad del personal asignada a trabajos de mantenimiento y reparación, utilizar calzado o ropa de trabajo en general adecuada a la naturaleza del trabajo que realicen, evitando el empleo de bolsillos o corbatas sueltas y peligrosas.

Art.125.-Las escaleras se conservan siempre en buenas condiciones y serán inspeccionadas por personal competente, a intervalos regulares.

Art.126.-Las escaleras portátiles deberán usarse a un ángulo tal que la distancia horizontal del apoyo inferior al pie de la escalera sea ¼ del largo de la misma.

Art.127.-Se usarán escaleras limpias, secas y libres de larguero y travesaños rajados o rotos.

Art.128.-No se subirán escaleras cuando los zapatos o manos estén engrasados o resbalosos.

B.2.- OTRAS MEDIDAS DE SEGURIDAD.

Art.129.-Para las obras de mantenimiento o reparación de un edificio o estructura que no puedan efectuarse con seguridad desde una escalera portátil o plataforma se originan cuando sea necesario andamiaje, plataformas de trabajo entablado escalerillas y demás construcciones fijas, provisionales, adecuadas y seguras.

Mantenimiento y reparación en el equipo y maquinaria.

Art.130.-Cuando se realice el mantenimiento de cualquier máquina de la empresa, se deberá dejar en la puerta del ambiente donde ésta funcione un aviso que indique el motivo, fecha, nombre del responsable, tipo de máquina o equipo.

Mantenimiento, reparaciones eléctricas.

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Art.131.- Se tomarán las medidas de seguridad para proteger a las personas empleadas en trabajos de mantenimiento y reparaciones eléctricas estarán provistos de los siguientes dispositivos de seguridad. Art.132.-Para trabajos eléctricos de cualquier índole solo se utilizarán alicates, destornilladores, saca-fusibles, y demás herramientas manuales similares que se encuentren debidamente aisladas.

C.- HERRAMIENTAS MANUALES Y HERRAMIENTAS PORTÁTILES ACCIONADOS POR LA FUERZA MOTRIZ

Art.133.-Las herramientas manuales y portales se emplearán para los fines que fueron construidas y se mantendrán en buen estado de conservación.

Art.134.-Las cabezas de las herramientas deberán mantenerse sin deformaciones ni agrietamiento.

Art.135.-Se tendrá especial cuidado en el almacenamiento de las herramientas con filos y puntas agudas con el fin de evitar lesiones al personal.

Art.136.-Los mangos para herramientas de toda clase, se mantendrán en buen estado de conservación y firmemente asegurados.

Art.137.-Los trabajadores que empleen herramientas tales como martillos, cinceles, barretas, etc. y las accionadas por fuerza motriz tales como taladros, esmeriles, etc. que por acción de trabajo puedan desprender partículas, deberán estar provistos de anteojos de prueba de impacto.

Art.138.-No se usarán tubos u otros elementos con el fin de extender o aumentar brazo de palanca de las herramientas manuales con el objeto de no sobrepasar la resistencia mecánica de estas a menos que dicho elemento esté especialmente diseñadas o preparadas para estos efectos.

Art.139.-Al cortar remaches con las herramientas neumáticas deberán colocarse canastas de alambre para recoger las cabezas de los mismos y los trabajadores deberán protegerse la cabeza y los ojos.

Art.140.-Se dispondrá de gabinetes, portaherramientas o estantes adecuados y convenientemente situadas en los bancos o en las máquinas para las herramientas en uso.

Art.141.-Los operarios serán instruidos y adiestrados en el empleo y seguridad de sus herramientas de mano.

Art.142.-Los mangos de las herramientas portátiles eléctricas serán aisladas o estarán construidos de material aislante.

Art.143.-Las herramientas eléctricas portátiles estarán provistas de un conmutador incorporado a ellas , el cual estará:

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Sometido a la acción de un resorte de manera que obligue al operario a mantener la manilla del conmutador constantemente a presión para su posición y funcionamiento.

Situado de tal manera que reduzca al mínimo el riesgo de puesta en marcha accidental.

Art.144.-Cuando las herramientas eléctricas sean usadas en emplazamientos al aire libre, y en efecto en su aislamiento o en su continuidad a tierra puede provocar una conmoción eléctrica grave, la tensión de la corriente alterna alimentación de las herramientas no será mayor de 250 voltios.

Art.145.-Las herramientas eléctricas portátiles estarán conectadas por tomacorrientes y clavijas de un modelo tal que disponga de una clavija y un contacto suplementario para el conductor a tierra.

Art146.-Siempre que sea factible se deberá suspender los cables de las herramientas eléctricas portátiles a una altura suficiente para permitir el libre paso por debajo de ellos.

C1.- SISTEMAS DE MANIPULACION DE MATERIALES ALZADO, CONDUCCION, APILAMIENTO Y ALMACENAJE DE MATERIAL Para el almacenamiento se cumplirá las siguientes recomendaciones:

- No fumar en los almacenes- Mantener en todo momento un extintor operativo- Evitar el almacenamiento desordenado y sin seguridad de

los materiales.- Contar con depósitos y anaqueles debidamente distribuidos

para sus necesidades de almacenamiento- No almacenar materiales en las puertas de acceso que

impidan el libre tránsito del personal.- Evitar la existencia de basura en los pisos de los almacenes,

los cuales deberán ser barridos y retirados de inmediato.- Los trabajadores encargados de levantar cargas a mano,

tendrán presentes las siguientes reglas:- Agacharse junto a la carga- Mantener la espalda recta- Doblar las rodillas- Poner en juego los músculos de piernas y brazos, nunca los

de las espalda.

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D.- PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS ELÉCTRICOS.

D.1.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE INSTALACIONES.

Art.147.-Todos los equipos e instalaciones eléctricas, serán de una construcción tal y estarán instalados y conservados de manera que provenga a la vez el peligro de contacto con los elementos a tensión y riesgo de incendio.

Art.148.-Se evitará en lo posible efectuar instalaciones eléctricas provisionales, las que en todo caso se instalarán en forma definitiva y en la brevedad posible.

Art.149.-Los conductores eléctricos susceptibles de deteriorarse deberán estar empotrados y / o protegidos con una cubierta de caucho duro u otro material equivalente.

Art.150.-El material para todos los equipos eléctricos se seleccionarán con relación a la tensión de trabajo, la carga y todas las condiciones particulares de su utilización.

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Art.151.-Cuando se lleven a cabo reparaciones estructurales, extensiones o trabajo de pintado de los ambientes de la empresa, se adoptará las medidas para la protección.

Art.152.-Sólo podrá obtenerse energía eléctrica de tomacorrientes, empleándose para tal fin enchufes adecuados, sólidos y aislados, quedando terminantemente prohibido efectuar conexiones directamente de los tableros de distribución, llaves generales y / o emplear alambres sueltos para dichas conexiones.

D2.- PELIGROS DERIVADOS DEL USO DE LA CORRIENTE ELECTRICA.

Art.153.-Todos los equipos e instalaciones eléctricas, serán de una construcción tal y estarán instalados y conservados de manera que prevenga a la vez el peligro de contacto con los elementos a tensión y riesgo de incendio.

Art.154.-Se evitará de todo lo posible efectuar instalaciones eléctricas provisionales, las que en todo caso se instalarán en forma definitiva en la brevedad posible.

Art.155.-Los conductores eléctricos susceptibles de deteriorarse deberán estar empotrados.

Art.156.-Sólo podrá obtenerse energía de tomacorrientes, empleándose para tal fin enchufes adecuados, sólidos y aislados; quedando terminantemente prohibido efectuar conexiones directamente de los tableros de distribución, llaves generales y / o emplear alambres sueltos para dichas conexiones.

E.- ACCIDENTES DE TRABAJO.

Art.157.-Se considera accidentes de trabajo a toda lesión orgánica o funcional que en forma violenta o repentina sufran los trabajadores, debido a causas externas a la víctima o al esfuerzo realizado por esta y que origina una reducción temporal o permanente en su capacidad de trabajo o produzca su fallecimiento.

E.1 CAUSALIDAD DE LOS ACCIDENTES

- Causas Naturales.

Art.158.-El que sobreviene al trabajador en la ejecución de órdenes de empleador aún fuera de lugar y las horas de trabajo.

- Nube causal.

Art.159.-El que se sobrevenga antes, durante ye n las interrupciones de trabajo si el trabajador se hallase por razón de sus obligaciones laborales en

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el lugar de trabajo o en los locales de la empresa.

- Causas principales.

Art.160.-El que sobrevenga por acción de tercera persona o por acción del empleador o de otro trabajador durante la ejecución del trabajo.

E.2.- FACTORES TÉCNICOS ( FT) Y FACTORES HUMANOS ( FH) EN LA CAUSA DE LOS ACCIDENTES

Art.161.-Dentro de los factores técnicos se tomará en cuenta:

El agente u objeto defectuoso relacionado con el accidente. La parte del agente que produce el accidente.

Art.162.-Los factores humanos son las omisiones o faltas a un método de trabajo establecido, por parte del trabajador establecido, por parte del trabajador ya sea por negligencia o por característica mental o física del individuo, dentro de estos casos se tomarán en cuenta:

Operar sin permiso. Trabajar en maquinas a velocidad inseguras. Usar equipos inseguros, usar las manos en lugar de equipo o

herramientas. Utilizar los implementos de seguridad. Trabajar con equipos en movimiento. Distraer a un compañero de trabajo

E.3.- INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES.

Fundamentos.

Art.163.-La investigación de un accidente o en alguna ocurrencia tendrá como fin determinar responsabilidad y descubrir las prácticas y condiciones peligrosas existentes a fin de que aquellos otros accidentes que puedan llegar a pasar por causas similares sean prevenidas.

¿Qué accidentes investigar?

Art.164.-Se deberá investigar toda clase de accidentes, con el lesionado o con los testigos.

¿Cómo efectuar la encuesta y toma de datos de la investigación?

Art.165.-Se deberá de hacer:

Como ocurrió el accidente Porque ocurrió el accidente. Que causó el accidente.

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Análisis de los datos obtenidos.

Art.166.-El análisis de los datos obtenidos servirá para suministrar la información necesaria para el adiestramiento del personal.

Aprovechamiento de la información.

Art.167.-El aprovechamiento de esta información nos brinda todo el material necesario para poner todos los elementos o zonas peligrosas e indicando las precauciones que deben tomarse, así como la protección específica que requiere cada operación.

E.4.- NOTIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES.

Art.168.-La Notificación de accidentes que ocasionen incapacidad temporal o permanente al trabajador, así como daño al patrimonio de la empresa, se efectuará para fines de conocimiento de las autoridades oficiales competentes y de los ejecutivos de la empresa, a fin de que se tome las medidas correctivas para evitar que se repita y proceder de acuerdo a las normas legales respecto a la indemnización del accidentado y otros relativos al patrimonio empresarial

Fundamentos.

Art.169.-Todo accidente de trabajo por más leve que este sea deberá ser informado a la brevedad posible al jefe de área y al comité ( o Supervisor) de Seguridad e Higiene Industrial.

¿ Cómo hay que notificar ?

Art.170.-Se notificarán de la ocurrencia del accidente, describiendo de manera clara y resumida posible, precisándose en él las siguientes informaciones:

Lugar y fecha del accidente. Horario de trabajo del accidentado. Nombre del accidentado. Edad del accidentado. Experiencia o antigüedad del accidentado.} Calificación del accidente. Se indica además los causales del accidente, como: Agente, tipo de accidente, condiciones inseguras y el acto inseguro.

¿Quién debe notificar?

Art.171.- Cuando un trabajador de SERVICIOS Y PROMOCIONES VIVACES.A. sufra un accidente, se debe proceder de la siguiente manera.

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Se dará aviso de inmediato a su jefe inmediato, al jefe de Seguridad e Higiene Ocupacional, para la elaboración del parte y trasladar al accidentado a la enfermería.

En caso de accidentes leves, la curación se hará en este tópico, de ser grave se le trasladara al IPSS, posterior a los primeros auxilios.

Se efectuará la notificación del accidente, a la entidad bancaria. Se efectuará la investigación de las causas, a fin de evitar posteriores

incidentes. La víctima luego de su recuperación total, dará su manifestación al jefe

de seguridad de los pormenores del accidente.

E5.- ESTADISTICAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO

Fundamentos

Art.172.- Todo accidente que ocurriese en la planta que ocasione lesiones de cualquier índole, será debidamente registrado, de acuerdo a los ítems que se indican:

Agente Parte del agente Condiciones inseguras Actitud insegura Lugar de lesión Naturaleza de la lesión Calificación de la incapacidad Hora del accidente Horario de trabajo del accidentado Día de la semana Mes del año Edad del accidentado

Análisis estadísticos de accidentes

Art.173.-Las estadísticas de los accidentes de trabajo que ocurren en la empresa servirán para evaluar la efectividad de los programas de seguridad trazados, así como para planificar las futuras actividades.

Índice estadístico de accidentes

Art.174.-Se definirá como índice de frecuencia al número de lesiones ocurridas en el trabajo, por un millón de horas de exposición a horas de trabajo.

F=Número de lesiones x 1´000,000 horas-----------------------------------------------

Horas de exposición de trabajo

Art.175.-Se definirá como índice de gravedad al total tiempo perdido por un millón de horas trabajadas.

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G= Número de días perdidos x 1´000,000 horas-----------------------------------------------------

Horas de trabajo

F.- ENFERMEDADES OCUPACIONALES

Art.176.-Se considera Enfermedad Ocupacional a todo estado patológico crónico que sufra el trabajador y que sobrevenga como consecuencia de la clase de trabajo que desempeñe o hubiese desempeñado.

Art.177.-No se considera enfermedad ocupacional a las enfermedades de carácter endémico que prevalecen de acuerdo a la temporada o estación por ejemplo: gripe, cólera, pulmonía, etc. Y se adquieren en el lugar donde se presta el trabajo.

F1.- ENFERMEDADES CAUSADAS POR EL MEDIO AMBIENTE FISICO.

Art.178.-Entre las enfermedades causadas por el ambiente físico tenemos: Por ruido: Los daños producidos por el ruido generalmente no tiene cura y originan hipoacusia y afecciones de los músculos, tendones de los huesos, etc. Por temperatura: La exposición del trabajador a situaciones termo

ambientales extremas, ocasiona deshidratación, neumonía, agotamiento, insolación, etc.

Por radiaciones luminosas: Puede ocasionar al trabajador cataratas, dilatación de las pupilas, irritación visual, etc.

F2.- ENFERMEDADES CAUSADAS POR EL AMBIENTE QUIMICO. ALERGIA.-Art.179.-Se entiende la alergia como una reacción adversa inmunológico del organismo debido a una sobrecarga de ciertas sustancias llamadas alergenos. Existen muchos tipos de alergias y el trabajador alérgico tiene la obligación de dar a conocer esto al supervisor de Seguridad Higiene Ocupacional, para que en la ubicación del puesto de trabajo no esté expuesto a alergenos que desencadenan una reacción alérgica.

DERMATITIS.-Art.180.-Otro tipo de enfermedades ocupacionales producidas por sustancias que aparte de ejercer efectos tóxicos sobre el organismo al entrar en contacto con la piel causan cambios en el sistema produciéndose la dermatitis.

Art.181.-Las causas de dermatitis laboral son: agentes químicos como ácidos, álcalis, gases y vapores irritantes, agentes físicos como el calor, frío,

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agentes mecánicos, plantas venenosas y agentes biológicos. La dermatitis por sensibilización en el resultado de una reacción alérgica a una sustancia determinada

F3.- ENFERMEDADES CAUSADAS POR EL AMBIENTE BIOLOGICO.

Art.182.-Los agentes biológicos causan afecciones a la salud como dermatitis alérgicas entre otras cosas por hongos, bacteria, parásitos, etc. Para ello cada ambiente deberá regularmente analizar su estado microbiológico mediante placas, petrimuestreos, directamente a productos para sus análisis, etc.

Art.183.-La higiene del local, instalaciones, como personal será la más importante para combatir el riesgo biológico.

F4.- DAÑOS PROFESIONALES.

Art.184.-Fatiga

Art.185.-Insatisfacción

Art.186.-Envejecimiento prematuro

VIII.-PREPARACION Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIAS

OBJETIVO:

Art.187.-El presente plan procura elevar el nivel adecuado de seguridad y control, supervisión y la ejecución de ejercicios necesarios para una constante seguridad en las instalaciones del local facilitando y proponiendo los mejores cursos de acción para el cumplimiento de la misión.

.-OBJETIVO GENERAL

Art.188.-Organizar y proteger al personal o público asistente al local a los desastres que puedan ocurrir en cualquier momento.

.-MISION:

Art.189.-La misión del plan tiene por finalidad proteger la vida, salud de los trabajadores y público en general, así como las instalaciones del local, establecimiento el estado de confianza y seguridad que cada uno de los miembros debe conocer de su local protegiéndose y desempeñando su rol participativo en el desarrollo de los planes de emergencia y contingencia establecidos.

.-FINALIDAD:

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Art.190.-El presente plan tiene por finalidad dictar las Normas y Procedimientos de Seguridad para el eficiente funcionamiento del servicio de seguridad que deberán ser cumplidos por los trabajadores y del personal de seguridad y vigilancia que se encuentre laborando en el local, igualmente se establecen en este documento procedimientos de detalle, fundamentándose esta finalidad en las siguientes consideraciones:

Art.191.-D1.-Velar por la seguridad física y psicológica del personal administrativo y de servicio, así como del público asistente y proveedores que asisten al local.

Art.192.-D2.-Resguardar en todo momento el patrimonio, instalaciones, material, equipos, mobiliario del local.

Art.193.-D3.-Prevenir, detectar, eliminar, administrar en forma eficiente los hechos y actos que puedan comprometer la seguridad interna y externa de las instalaciones y el ámbito del local.

Art.194.-D4.-Organización, capacitación y conformación de brigadas operativas.

Art.195.-D5.-Identificación de las zonas de peligro y seguridad de los locales.

IX.-ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE INCENDIO

A.-CONDICIONES GENERALES

Art.196.-Con la finalidad de estar prevenido ante cualquier situación crítica que pueda presentarse: incendio conato, recalentamiento de cables, etc. Y actuar en forma rápida y eficiente para controlar la emergencia, se dictan las siguientes recomendaciones:

.-Si se encuentra en un ambiente cerrado (servicios higiénicos, cocina, etc.) evacue rápidamente..-De producirse un incendio corte el fluido eléctrico, cierre las llaves de agua..-Si esta capacitado en el manejo de extintores, úselo cuando se produzca un amago o al inicio de un incendio..-Si la persona que se encuentra atrapado por el humo, debe permanecer lo más cerca al suelo, donde el aire es mejor, la respiración debe ser corta y por la nariz..-Cuando el humo es muy denso, debe cubrirse la boca y la nariz con un pañuelo y permanecer cerca del suelo..-Abra completamente las ventanas que dan al exterior a fin de ventilar el ambiente..-Si evacua las instalaciones no regrese al mismo lugar, sería una trampa mortal.B.-RECOMENDACIONES PARA EVITAR INCENDIOS

.-No sobrecargue los tomacorrientes ni realice conexiones clandestinas.

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.-No exponga líquidos combustibles cerca de fuentes de calor

.-Si siente algún escape de gas, no encienda la cocina, no apague ni prenda las luces, ya que eso podría producir una chispa e inflamar el gas en forma violenta..-No obstaculice la visibilidad de los equipos contra incendios, parapetos, mobiliario u otro artículo. Por ningún motivo deberá almacenarse, líquidos combustibles y materiales inflamables sin correcta medida de seguridad..-De producirse un incendio en almacenes de productos o materiales sólidos, combata el foco de incendio con extintores y/o agua; de esta forma le quitará el oxígeno o enfriará los materiales inflamables..-Si se produce en el área de instalaciones eléctricas es preferible utilizar extintores tipo C.O.2.

C.-DATOS UTILES—TELEFONOS EMERGENCIAS

1. Comisaría de San Luis 323-8837 /323-885/ 323-88572. Serenazgo de San Luis 793-4742 / 796-16153. Emergencias Policía Nacional 475-29954. UDEX (Unidad Desactivación de Explosivos) 433-33335. Escuadrón de Emergencia PNP 431-30406. DIROVE (Robo de Vehículos) 328-02077. Bomberos 222-0222 / 116 /274-60668. Municipalidad de San Luis 435-60709. Hospital Casimiro Ulloa 445-509610.Cruz Roja Peruana 265-878311.Alerta Medica (Ambulancias) 225-404012.Falta de Fluido Eléctrico 517-171713.Falta de Agua 317-8000

D.-ACCIONES A SEGUIR FRENTE A UN MOVIMIENTO TELÚRICO O PROCEDIMIENTOS DE EVACUACION

D1.-CASOS EN QUE DEBE REALIZARSE UNA EVACUACION

Pueden ser: sismos, incendios, explosivos por atentado, sabotajes, etc.

D2.-PROCEDIMIENTOS

Art.197.-Para la evacuación se deberá tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

Evacuar las oficinas y ambientes en forma rápida y ordenada. Evitar correr, gritar o empujarse. No regresar por ningún motivo al sector evacuado. Las damas deberán quitarse los zapatos de tacón alto. No deberán fumar en la evacuación. En caso de producirse humo por amagos de incendio deberán desplazarse agachados y de ser el caso rampeando. Abrir las puertas para evitar que estas se traben, productos de movimientos telúricos o por efectos de una exposición (atentado)

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Así mismo, se dará cumplimiento a las recomendaciones del Instituto Nacional de Defensa Civil:

D11.-Normas generales de conducta en casos de emergencia:

Art.198.-Conserve la serenidad, evite el pánico, piense y luego actúe, emplee cualquier medio de comunicación para dar la voz de alerta. Tenga los teléfonos de defensa civil, bomberos, policía, cruz roja, etc.

Art.199.-Procure tener en manos elementos necesarios para atender emergencias, sacos de arena, baldes, mantas, radio a pilas, etc.

Art.200.-Disponga de un botiquín de primeros auxilios.

Art.201.-Si está en buenas condiciones físicas, preste auxilio a las personas que resulten heridas.

D12.-Acciones en caso de sismos:

Art.202.-Los sismos por características y eventualidad, son fenómenos que se presentan en forma repentina, su intensa magnitud es el claro reflejo de los daños que pueden producir. Ante dicho evento y por su infraestructura de la edificación se debe tener en cuenta los siguientes pasos en la operatividad del plan.

E.-ANTES

Art.203.-Se debe revisar la estructura de las instalaciones, reforzando o señalizando las zonas vulnerables (superficie, vidriales), identifique las zonas de seguridad, rutas de escape (pasadizos, patios, escaleras, columnas, umbrales de puertas, etc.) señalizándolas adecuadamente.

Art.204.-Efectué con el personal los simulacros respectivos con la continuidad que sea necesaria, estos los mantendrán preparados para hacer frente a la emergencia.

Art.205.-Efectué charlas de capacitación y entrenamiento de evacuación.

Art.206.-Conozcan como cerrar las llaves principales de agua y electricidad, procure dar el mantenimiento debido y hacer conocer su ubicación al personal de seguridad y servicio.

Art.207.-Mantenga libre de obstáculos las rutas de escape, asigne responsabilidades a todo el personal. La buena distribución y ubicación de muebles y enseres es una medida de prevención que debe tomarse en cuenta a fin de minimizar los riesgos.

Art.208.-Elimine los adornos innecesarios u otros elementos en los corredores, ingresos y salidas.

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Art.209.-Identifique las zonas de seguridad interna de los salones de juegos, pasadizos, así como los exteriores del local.

F.-DURANTE

Art.210.-Controle, sus emociones, no corra desesperadamente, no grite; estas actitudes son contagiosas y crean pánico.

Art.211.-Trate de calmarse, salga sin cosas u objetos, portarlos constituye riesgo de seguridad diríjase a las zonas de seguridad en el período de evacuación. En los ambientes donde exista la presencia de ventanas, es preferible alejarse de las zonas vidriadas, tejadas y ventanales.

Art.212.-Si se encuentra en la vía pública aléjese de las edificaciones, postas, paredes, busque un lugar libre y abierto.

Art.213.-Siga las instrucciones del personal de seguridad.

G.-DESPUES

Art.214.-Verifique los daños de la edificación, si presenta daños muy serios, no ingrese.

Art.215.-Coordinar con las instituciones de apoyo de acuerdo a su competencia en atención de la emergencia.

Art.216.-Supervisar las acciones de los encargados de seguridad, recopilando información de los afectados, así como daños en la edificación.

Art.217.-Que la brigada de primeros auxilios informe de cuantas personas han recibido atención, así como de la gravedad para su respectiva evacuación a centros hospitalarios.

SEÑALES DE SEGURIDAD.

Art.218.-El objeto de las señales de seguridad será el hacer conocer, con la mayor rapidez posible, la posibilidad de accidente y el tipo de accidente y también la existencia de circunstancias particulares.

DIMENSIONES DE LAS SEÑALES DE SEGURIDAD.

Art.219.-Las señales de seguridad serán tan grandes como sea posible y su tamaño será congruente con el lugar en que se colocan o el tamaño de los objetos, dispositivos o materiales a los cuales se fijan, en todos los casos, el símbolo de seguridad, debe ser identificado desde una distancia segura.

Art.220.-Las dimensiones de las señales de seguridad serán las siguientes:

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Círculo : 20 cm. De diámetro Cuadrado : 20 cm. de alto Rectángulo : 20 cm. De altura y 30 cm. de base Triángulo : 20 cm. De lado

Estas dimensiones pueden multiplicarse por las series siguientes: 1.25. 1.75. 2.25. y 3.5. según sea necesario ampliar el tamaño.

CLASIFICACION DE LOS COLORES

CLASIFICACION COLOR PREDOMINANTE

Equipos de prevención de Incendios

Rojo

Materiales Peligroso Amarillo Naranja

Materiales de SeguridadVerde o Colores Acromáticos, Blanco, Negro, Gris o Aluminio

Materiales de Protección Azul Brillante

Materiales de ProtecciónNegro, Blanco ó Combinación de

ambos

X.- PRIMEROS AUXILIOS

ART.221.-Las acciones de Primeros Auxilios buscan necesariamente cubrir las posibilidades de riesgo, tomando acciones correctas y sencillas que conlleven al mejor manejo de la emergencia, para salvaguardar la vida evitando causa daños y lesiones irreversibles en personas accidentadas o en situaciones de emergencia médica. A.-NORMA BASICA DE LOS PRIMEROS AUXILIOS

Art.222.-Inmovilizar al personal afectado, sobre todo si se trata de heridas y fracturas (los movimientos pueden complicar su estado de salud), salvo que su condición haga urgente su traslado a un puesto asistencial para recibir atención especializada.

Art.223.-Utilizar compresas, vendajes o tabillas, según sea el caso para movilizar al accidentado.

Art.224.-Utilizar solo medidas y técnicas apropiadas para brindar los primeros auxilios. No debe realizarse maniobras forzadas que puedan causar daños irreparables.

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Art.225.-Evite comentarios con otras personas en el lugar del accidente y abstenerse de diagnóstico de cualquier naturaleza que resulte contraproducente. B.- PRIMEROS AUXILIOS EN CASOS ESPECIFICOS

Art.226.-Primeros auxilios en caso de quemaduras. Evitar la infección de la piel cuando esta ha sido destruida. Administrar plasma ya que la víctima esta en estado de shock. Sumergir la parte quemada en agua durante un tiempo prolongado, luego cubrir la parte quemada en agua durante un tiempo prolongado, luego cubrir la parte quemada con vendas estériles o limpias para sumergirlas en agua fría o helada. Secar las heridas con cuidado pero sin frotarlas. No cortar ampollas, por allí se genera la infección. Cuando las quemaduras han afectado los miembros inferiores o

superiores, se buscará tenerlos en alto y sin contacto con agentes infecciosos.

Primeros auxilios en hemorragias.

Art.227.-Las hemorragias son la pérdida de sangre por efectos de caídas o del impacto de elementos cortantes, punzantes o punzo cortantes, que producen heridas en el cuerpo humano, cuando se produce una hemorragia debe procederse de inmediato a corta el fluido sanguíneo, los métodos de presión directa de la arteria, elevando el miembro afectado.

Art.228.-Método de presión directa.-Consiste en presionar con gasa o pañuelo limpio, por un tiempo prolongado, la alerta afectada. Puede realizarse con la mano o apretando con venda. Es preciso cuidar que no se desprendan los coágulos formados en las heridas.

Art.229.-Método de elevación de miembros.-Consiste en poner en alto los miembros superiores o inferiores lesionados, luego de ser vendados, el brazo debe elevarse a una altura mayor que el corazón del accidentado.

Art.230.-Si la presión no resulta, debe buscarse la ubicación del trayecto de la arteria sangrante y presionarla fuertemente contra el hueso. En el brazo, la arteria se localiza entre el canal formado entre el Bíceps y el Tríceps. En los miembros inferiores se localiza en la zona del despliegue en la ingle, así se cruza con el hueso Pelviano.

Primeros auxilios en asfixias.

Art.231.-Cuando nos encontramos frente a un asfixiado es preciso aplicar la respiración artificial (RCP) hasta que comience a respirar sin ayuda, o hasta que sea atendido con equipos especializados, o en caso declarado clínicamente fallecido por un médico.

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Art.232.-Los métodos más utilizados son la respiración boca a boca o boca a nariz, compresión toráxico (RCP) o respiración asistida.

Art.233.-Actuar con rapidez y tranquilidad, teniendo en cuenta que la falta oxígeno al cerebro tiene consecuencias irreparables.

Art.234.-Verificar utilizando los dedos que no exista que no exista ningún cuerpo extraño dentro de la cavidad bucal, caso contrario extraerlo inmediatamente.Art.235.-Inmovilizar a la víctima sobre una superficie plana, con la finalidad de inclinar su cabeza hacia atrás, para que el mentón quede levantado y permita la ventilación de las vías respiratorias.

Art.236.-Para abrir más la cavidad bucal, empuje la mandíbula hacia adelante. Presione con el pulgar e índice de la mano derecha las alas de la nariz, para obstruirla y conseguir que el aire no escape y vaya a los pulmones. Soplar lentamente pero con fuerza la cavidad bucal de la víctima, a fin de oxigenar los pulmones (dos soplos cada 5 segundos) en cada intervalo realizar 15 compresiones en el extremo inferior del esternón.

Art.237.-En cada proceso de soplo verificar que el pecho se hinche, esto será indicativo que el aire está ingresando a los pulmones, y prosiga con la etapa de reanimación cardiaca pulmonar.

Art.238.-Si al insuflar se hincha el estómago es el síntoma que el aire no está llegando a los pulmones.

Art.239.-Mientras se realiza la animación, el personal de apoyo llamará a las unidades de emergencia y personal especializado.

Primeros auxilios en fracturas.

Art.240.-Proteger al accidentado de otras posibles lesiones, estableciendo un perímetro de seguridad y ubicarlo en un lugar seguro y no moverlo.

Art.241.-Inmovilizar la parte del segmento fracturado mediante entablillado y vendaje, hasta que pueda ser trasladado a un puesto asistencial.

Art.242.-Nunca debe tratar de colocar los huesos en su sitio, es peligroso y se pueden causar otros daños.

Art.243.-Sólo movilice al accidentado si hay peligro de explosión, derrumbe, o si existen otros peligros en el ambiente o lugar donde se encuentra la víctima.

Primeros auxilios en caso de atragantamiento.

Art.244.-Puede producirse tanto con alimentos con otros objetos que se llevan

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a la boca. Principalmente los niños. Cuando ocurre este accidente, se manifiesta con asfixias y con intento desesperado por tomar aire. Frente a un atragantamiento debe actuarse rápidamente, para ello la persona atragantada debe sentarse cómodamente a estar calmada para que pueda toser y expulsar el cuerpo extraño.

Art.245.-Si la respiración se altera, debe tratarse de extraer el objeto si es posible con los dedos, pero con mucho cuidado o colocar a la víctima en una posición adecuada a fin de aplicarle ligeros golpes en la base de la nuca para que arroje el objeto atragantado.

Primeros auxilios en caso de ataque al corazón.

Art.246.-Frente a la persona que ha tenido cardíaco debe tenerse en cuenta algunas normas importantes:

Art.247.-Ponerlo en una posición cómoda (sentada o semi-sentada) para no agravar la insuficiencia respiratoria, de lo contrario estabilizarlo sobre una superficie plana (piso) a fin de permeabilizar las vías respiratorias con el proceso correspondiente.

Art.248.-De ser el caso llevarlo a un área libre u aireado y de ser el caso proporcionarle respiración artificial.

Art.249.-Mientras se practican los primeros auxilios, comunicar de inmediato al médico y a la ambulancia más cercana.

Art.250.-No deberá movilizarse a la víctima a oro lugar, debe tenerse en cuenta las indicaciones del facultativo.

ORGANIZACIÓN DE LAS BRIGADAS DE DEFENSA CIVIL

Art.251.- Corresponde al Jefe de Protección y Seguridad, organizar al trabajador en brigadas las que se constituyen en los elementos operativos de Defensa Civil del local. El jefe de Protección y Seguridad nombrara a un Jefe General de Brigadas, un Jefe de Brigada y Sub-Jefe, quienes nombraran a los brigadistas.Las brigadas a formar son: 1.- Brigadas de Seguridad y Evacuación. 2.- Brigada de Señalización y Protección. 3.- Brigada de Primeros Auxilios. 4.- Brigada de Servicios Especiales.

E.-Función y Acciones del Personal

F.- ANTES DE UNA EMERGENCIA

F1.- Seguridad y Evacuación.

Art.252.-Recibe instrucción y charlas sobre seguridad, reconoce las zonas

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seguras de riesgo, zonas de peligro y las rutas de evacuación señaladas en el Plan de Protección Seguridad y Evacuación del local.

F2.- Señalización y Protección.

Art.253.-Con el apoyo profesional y técnico, planos y otros documentos procederá a señalizar todas las áreas de seguridad externa e internas y las rutas de evacuación, empleando los símbolos normados por Defensa Civil.

F3.- Primeros Auxilios.Art.254.-Capacitación en funciones de primeros auxilios y organización del botiquín de emergencia del local.

F4.- Servicios Especiales.

Art.255.-Recibe la instrucción sobre manejo de extintores, primeros auxilios, conoce la ubicación de las llaves para el corte de fluido eléctrico y también recibe conocimientos básicos de búsqueda y rescate.

G.-DURANTE UNA EMERGENCIA

G1.-Seguridad y Evacuación.

Art.256.-Despejarán las salidas del local en caso de estar bloqueadas y al iniciarse la evacuación, dirigirán a los clientes del local hacia las zonas de seguridad externa encabezando la acción.

G2.- Señalización y Protección.

Art.257.-Responsable de lograr que sus compañeros mantengan la calma y de acuerdo a la emergencia producida, hacer que se ubiquen en las zonas de seguridad interna(al costado de columnas, bajo dinteles, alejados de ventanas). Al evacuar colaborara con las brigadas de primeros auxilios.

G3.- Primeros Auxilios.

Se instalarán en zona de seguridad y se dirigirán a proporcionar los primeros auxilios, trasladando a los heridos a la zona de atención e identificando a través del estado que se le determine, dando cuenta inmediata al jefe de protección de la acción tomada.

H.- DESPUÉS DE LA EMERGENCIA. H1.-Seguridad y Evacuación. H2.-Señalización y Protección.

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Con la ayuda de trabajadores y amigos vecinos verificará la posible existencia de heridos en ambientes, cocinas, etc., si los hubiera serán llevados al puesto de socorro instalados por las Brigadas de Servicios Especiales

H3.-Primeros Auxilios.Se instalarán en la zona de seguridad y se dirigirán a proporcionar los miembros auxilio, trasladando a los heridos a la zona de atención e identificando a través del estado que se le determine.

Si aún no lo han hecho, procederán a cortar el fluido eléctrico y cerrar las llaves de agua y gas.

Recorrerán las instalaciones del local para localizar al personal que no haya podido evacuar debido a que fue herido o quemado atrapado.

De acuerdo al plan, abrirá o mantendrá cerrada la puerta principal.

Instalarán un puesto de socorro donde se atenderá al personal que haya sufrido lesiones.

Formará parte integrante del Centro de Operaciones de Emergencias.

VOCABULARIO

Definiciones. Las siguientes definiciones serán utilizadas en el presente reglamento:

Accidente de trabajo: Toda lesión que sufra el trabajador a causa del trabajo que le produzca incapacidad.

Acto Inseguro:Acción u omisión cometida por el trabajador que pone en riesgo su salud e integridad física.

Condición Insegura:Situación de riesgo, derivada por condiciones inadecuadas defectuosas.

Jefe de Seguridad:

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Persona encargada de asesorar y recomendar el campo de la seguridad e Higiene Ocupacional.

Higiene Ocupacional:Acciones que preservan la salud del trabajador y la limpieza y orden en el trabajo.

Lesión:Daño personal que sufre el trabajador como consecuencia o durante su trabajo.

Prevención y Protección contra Siniestros:Conjunto de actividades, medos y recursos que desarrollan o emplean para prevenir, minibar y/o controlar el riesgo controlado.

Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional:Conjunto de reglas de cumplimiento obligatorio por el personal de la empresa. Y de terceros mientras permanezcan en las instalaciones de la empresa.

Riesgo:Posibilidad de ocurrencia de hechos, acciones que atenten contra los bienes y recursos.

Salud:Estado normal de organismos vivos.

Vigilancia:Cuidado y atención.

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