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FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD TITULO: INFLUENCIA DE LA EVASION TRIBUTARIA E INFORMALIDAD EN PERJUICIO DEL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DEL PERÚ. PERÍODO 2012. INFORME DE TESIS PARA OPTAR EL TITULO DE CONTADOR PÚBLICO. AUTOR: BACH. NICOLAS FRANK LEGUIA ARIAS ASESOR: Dr. CPCC YURI GAGARIN GONZALES RENTERIA CHIMBOTE - PERU 2014

TESIS INFORMALIDAD

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Page 1: TESIS INFORMALIDAD

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS

ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

TITULO:

INFLUENCIA DE LA EVASION TRIBUTARIA E INFORMALIDAD EN PERJUICIO DEL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DEL PERÚ. PERÍODO 2012.

INFORME DE TESIS PARA OPTAR EL TITULO DE CONTADOR PÚBLICO.

AUTOR:

BACH. NICOLAS FRANK LEGUIA ARIAS

ASESOR:

Dr. CPCC YURI GAGARIN GONZALES RENTERIA

CHIMBOTE - PERU

2014

Page 2: TESIS INFORMALIDAD

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS

ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

TITULO:

INFLUENCIA DE LA EVASION TRIBUTARIA E INFORMALIDAD EN PERJUICIO DEL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DEL PERÚ. PERÍODO 2012.

INFORME DE TESIS PARA OPTAR EL TITULO DE CONTADOR PÚBLICO.

AUTOR:

BACH. NICOLAS FRANK LEGUIA ARIAS

ASESOR:

Dr. CPCC YURI GAGARIN GONZALES RENTERIA

CHIMBOTE - PERU

2014

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iii

HOJA DE FIRMA DEL JURADO EVALUADOR

Dr. CPCC Ezequiel Eusebio Lara Presidente

Dr. CPCC Luis Torres García Secretario

Mg. CPCC Patricia Osorio Pascacio Miembro

Page 4: TESIS INFORMALIDAD

iii4

AGRADECIMIENTO

A las personas; familiares,

amigos, profesionales y

compañeros de trabajo con

quienes compartimos y

comparamos experiencias de

la vida y del trabajo,

permitiendo obtener un grano

de arena para la

implementación de este

informe de tesis.

Al Dr. CPCC Yuri Gonzales

Rentería por su magnífico

apoyo en la construcción del

informe de tesis y sus

acertados aportes en la

elaboración y redacción del

informe de tesis.

Page 5: TESIS INFORMALIDAD

i

DEDICATORIA

Con mucho cariño, a mi

MADRE y a mis hijos, por su

amor, cariño y tiempo; porque

contribuyeron en lograr mi

superación como persona y

como profesional responsable

y consciente de los restos

cotidianos.

Page 6: TESIS INFORMALIDAD

el

v6

RESUMEN

La investigación tuvo como objetivo general, describir la influencia en la evasión

tributaria e informalidad en el desarrollo económico y social del Perú 2012. El

tipo

cualitativo y el nivel descriptiva, para v ojo de información se utilizó la técnica

de elaboración de fichas bibliográficas. El diseño de la investigación es

documental, consistente en la revisión bibliográfica y documental. Los resultados

son: La evasión tributaria en todo su contexto, proviene de una discutida

estructura tributaria que no asegura a que todos paguen tributos de acuerdo a su

capacidad económica. La informalidad entendida como una alternativa en el

entorno empresarial dependiente y creciente en desorden técnico, laboral y

tributario contribuye a desestabilizar las proyecciones económicas del estado. Por

otro lado el paquete de medidas anuales tendientes a mejorar la recaudación e

incentivar la formalización, cada vez son menos riesgosas para los practicantes

del ejercicio al margen de las normas. Las principales conclusiones son: sería larga

la relación de rubros empresariales en donde se practica la evasión tributaria y la

informalidad, sin embargo se asegura que en el 2012 los sectores con mayor

aumento de informalidad es en servicios con un 35%, intermediación laboral con

un 18% y en comercio es constante 10%;

Palabras clave: Conciencia tributaria, empresas y elusión.

Page 7: TESIS INFORMALIDAD

vvii

ABSTRACT

The overall objective research was to describe the influence on tax evasion and

informality in economic and social development in Peru 2012.'s Qualitative and

descriptive level, to the gathering of information processing technique used index

cards. The research design is documentary, consistent with the literature and

document review. The results are: Tax evasion in its full context, comes from a

disputed tax structure that ensures that everyone pays taxes according to their

economic capacity. Informality understood as an alternative in the business

environment and growing dependent on technical, labor and fiscal disorder

contributes to destabilize the economic projections of the state. Moreover package

aimed at improving recovery and encourage formalization annual measures are

becoming less risky for practitioners to exercise outside the rules. The main

conclusions are: the relationship would be long in business areas where tax

evasion and informality is practiced, however ensures that in 2012 the sectors with

greater increase in informality is services at 35%, a labor intermediation 18% and

10% of trade is constant;

Keywords: tax Consciousness , enterprises and avoidance.

Page 8: TESIS INFORMALIDAD

vii

CONTENIDO

Título de tesis……………………………………………………………………...ii

Hoja de firma del jurado y asesor………………………………………………...iii

Hoja de

agradecimiento…………………………………………………………...iv Hoja

de dedicatoria………………………………………………………………...v

Resumen…………………………………………………………………………..vi

Abstract…………………………………………………………………………..vii

Contenido………………………………………………………………………..viii

I. INTRODUCCIÓN………………………………………………………..1

II. REVISIÓN DE LITERATURA…………………………………………6

III. METODOLOGÍA………………….……………………………………22

III.1. Diseño de la investigación………………………………………….22

III.2. Población y muestra………………………………………………..24

III.3. Técnicas e instrumentos……………………………………………24

IV. RESULTADOS……………………………………………………….…25

V. CONCLUSIONES……………………………………………………. 28

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS………………………………………...30

ANEXOS………………………………………………………………………...31

Page 9: TESIS INFORMALIDAD

viii

Page 10: TESIS INFORMALIDAD

1

I. INTRODUCCIÓN

Nima & Bobadilla (2,008), en nuestro país, la recaudación tributaria, está compuesta

por los impuestos, aranceles y tasas, que cobra el estado a sus ciudadanos y

empresas, que forman parte de la economía nacional. Los tributos tienen, entre otros

el principio de quien más tiene, debe pagar más y quienes tienen menos deben pagar

menos, que es un principio de equidad y de justicia social.

El Impuesto a la Renta (IR), que es un impuesto directo, que cumple con el principio

de buscar la equidad y tiene efectos redistributivos, llega tan solo al 30%, cuando en

otros países llega hasta el 50%, con el agravante que producto de los llamados

Contratos de Estabilidad Tributaria.

Lo que contribuye a la evasión es la desigualdad ante el tributo. El Principio

Tributario de IGUALDAD, no se cumple, porque todos los que deben tributar no lo

hacen y los que tributan no lo realizan de acuerdo a su capacidad económica.

La clonación de placas, los comisionistas, las contabilidades dudosas, la ausencia de

domicilios conocidos, entre otros, son mecanismos empleados por las empresas para

evadir el impuesto a la renta.

Manifiesta Ediciones Caballero Bustamante (2012), según las estructuras de costos

de empresas analizadas, las empresas de transporte interprovincial de pasajeros

enfrentan las cargas tributarias y aportes que están afectan las empresas formales del

sector; como son los impuestos indirectos: IGV, ISC y aranceles, siguen las cargas

laborales y sociales del personal, los peajes, el impuesto a la renta y otros.

La administración tributaria aprueba disposiciones relativas al Beneficio de

devolución del Impuesto Selectivo al Consumo dispuesto por la Ley N° 29518, Ley

que establece medidas para promover la formalización del Transporte Público

interprovincial de pasajeros y de carga.

Page 11: TESIS INFORMALIDAD

2

Manifiesta Ediciones Caballero Bustamante (2012), en el Perú, del total de

contribuyentes que deberían pagar tributos solo el 50% lo hace; En la renta de tercera

categoría, la evasión en este tributo es significativa. La SUNAT descuidó la

fiscalización del Impuesto a la renta de 3era., debido a la falta de especialista, pues

los mismos fueron separados durante la dictadura de Fujimori. Recién a partir del

2007 están fiscalizando, pero desconocen la auditoría de este tributo.

En el caso de los principales contribuyentes la SUNAT manifiesta que los tiene

controlados, pero indicaremos en lo que declaran, pero en lo que no declaran no

pueden controlarlos, pues muchas veces compran sin factura y venden sin factura.

Falta fiscalización.

Actualmente la evasión tributaria en el país es propiciada por las empresas

informales, como se evidencia en el sector minero en el interior del país, sostuvo

Miguel Mur, socio principal de Payet Rey Cauvi Abogados.

Existe una mayor evasión en la zona de la selva del país y en la minería clandestina

principalmente motivada por las pequeñas y microempresas no formales.

A la fecha, el Perú cuenta con una alta evasión tributaria, tanto es así que solo se

registran unos 200 contribuyentes principales, los que concentran el 60% de la

recaudación total.

El porcentaje restante está conformado por medianas y pequeñas empresas, aunque

se debe resaltar que se muestra una gran cantidad de firmas que no tributan, pero sí

mantienen activa su actividad productiva.

En el país, la evasión tributaria asciende a un 10% del Producto Bruto Interno (PBI),

es decir, aproximadamente se deja de tributar S/.20 mil millones, estimó el ejecutivo.

Page 12: TESIS INFORMALIDAD

3

Se debe precisar que la recaudación tributaria en el Perú bordea el 16 % del Producto

Bruto Interno. En el 2012, subió 7,4%, al totalizar los S/. 84.131 millones al año.

(Diario La República, 2013, pág. 1)

La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria de Perú

(Sunat) informó hoy que en los últimos días ha sancionado a 3,152 administradores

de gasolineras, hostales y concesionarios de universidades de Lima por no entregar

comprobantes de pago por las ventas y servicios realizados.

El castigo se dio por haber incurrido en una modalidad de evasión, al no haber

declarado la totalidad de sus ingresos y, en algunos casos, se aplicó a un mismo

contribuyente por cuarta vez consecutiva, precisó en un comunicado.

Las empresas privadas no tienen conciencia tributaria, es una utopía, la situación real

es alarmante, cuatro de cinco contribuyentes deben a la SUNAT, aquí tenemos

también el contrabando, subvaluación, la piratería informática, los paraísos fiscales,

etc. El Estado se ha visto imponente para combatir con más agresividad a los

defraudadores; por otro lado la aparición de nuevas modalidades para evadir los

tributos en perjuicio de la economía del país. La generación de conciencia tributaria

es un objetivo imprescindible en toda estrategia orientada al promover de manera

sostenida el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de las

empresas privadas, los cuales consideran que pagar tributos responde a una

obligación impuesta por el Estado y que no los beneficiará.

Todos sabemos que el Estado por el solo hecho de serlo brinda servicios a la

población, por ello los impuestos constituyen su principal, y no su única fuente de

ingresos debido a ello y para elevar hoy en día la recaudación tributaria no se necesita

simplemente aumentar las tasas de los impuestos, sino crear en el contribuyente una

conciencia tributaria. Luego de los cambios que han sufrido tanto la normatividad

tributaria como la misma Administración Tributaria (SUNAT) en los últimos

tiempos, surge la interrogante respecto a si los contribuyentes han asumido

realmente una conciencia tributaria. Una respuesta afirmativa a esta pregunta podría

parecer aventurada, dado

Page 13: TESIS INFORMALIDAD

4

que no existen en el país mecanismos que procuren fomentar una conciencia

tributaria entre los contribuyentes. (Mehl, 1964, p.311)

La Sunat indicó que intervino grifos, y que ordenó el cierre temporal de varios de

ellos tras descubrir la transferencia de sus comprobantes a otras empresas, en una

simulación de compras que no se hicieron.

Las intervenciones son parte de una estrategia para combatir la evasión del pago de

Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto a la Renta (IR) en el sector

transporte, donde se ha detectado a contribuyentes que adquieren comprobantes que

los grifos dejan de entregar a taxistas y vehículos particulares para incrementar, de

manera indebida, sus gastos.

Aunque no ofreció montos precisos, la Sunat informó a inicios de este mes que la

recaudación tributaria creció un 6.6% en agosto, gracias al dinamismo de los sectores

vinculados a la demanda interna, que permitió compensar los menores ingresos por

las exportaciones mineras. (Diario Perú 21, 2013, pág. 5)

Según (económica, 2013), cerca de 62 mil contribuyentes estarían generando una

evasión de Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas por S/. 1.000

millones. Del total, 26% pertenecen a la actividad industrial; 18% al comercio; 5%

en construcción y 1% en otras actividades, según un estudio de la SUNAT.

Por otro lado la información periodística según Grupo RPP (2012) hace conocer que

la evasión tributaria no es ajena en nuestro país por lo que el ministro de Economía y

Finanzas Luis Miguel Castiila, señaló hoy que la tasa de evasión tributaria en el Perú

está por encima de lo observado en América Latina, ya que asciende a 50% en el

Impuesto a la Renta y a 35% en el Impuesto General a las Ventas (IGV). Por ello,

consideró que dados esos altos índices es muy importante reducir esta práctica y ser

más eficaces en la lucha contra la evasión. Manifestó que esta iniciativa se suma

también al deseo de racionalizar las exoneraciones tributarias que representan el

1.5% del Producto Bruto Interno (PBI), que es un monto significativo. Asimismo,

señaló

Page 14: TESIS INFORMALIDAD

5

que el gobierno aprobará en las próximas semanas un paquete de medidas para

incrementar la base tributaria y que será enviada al congreso, a fin de acabar con los

evasores. ¨Anticipó que en las siguientes semanas estaremos aprobando un paquete

de normas en el Consejo de Ministros y lo entregaremos al Congreso de la República

para su amplia discusión¨, indicó el titular del MEF.

Cuando la corrupción hace uso indebido y sistemástico de los fondos del Estado en

beneficio de funcionarios públicos o de terceros llega a remecer el sentir de la

población ya que todos somos consientes que dichos fondos llegan a las cajas

fiscales productos de los tributos que los contribuyentes pagan al fisco en fiel

cumplimiento de las normas establecidas por el Estado. Ante esta realidad urge la

necesidad de realizar un análisis desde la óptica de la tributación a fin de establecer

la relación o correlación existente entre la informalidad y la evasión tributaria, ya

que los efectos de estos fenómenos van a influir en el desarrollo económico y social

del Perú en su conjunto. Cuando en un país la informalidad se apodera,

automáticamente se debilita el sistema tributario.

Por lo antes caracterizado, el enunciado del problema es: ¿Cuál es la influencia en la

evasión tributaria e informalidad en el desarrollo económico y social del Perú,

2012.A fín de dar respuesta al problema, se plantearon los siguientes objetivos:

Objetivo General: Describir la influencia en la evasión tributaria e informalidad en el

desarrollo económico y social del Perú 2012., y los objetivos específicos siguientes: -

identificar las formas de evasión tributaria ocurridas en el Perú, 2012., - conocer la

informalidad en el Perú y - describir y explicar la influencia de la evasión tributaria e

informalidad en el desarrollo económico y social del Perú, 2012. Finalmente, Es una

investigación que responde a la necesidad de realizar un enfoque de las principales

causas e influencias que origina la evasión tributaria, para contribuir a buscar

alternativas de solución, la cual es de suma importancia debido a que permite

mediante la información recolectada de los documentos demostrar que en realidad la

evasión, la informalidad de cualquier tipo de tributo influye y afecta

considerablemente en el aspecto económico y social de un país y en consecuencia en

la gestión de los gobernantes.

Page 15: TESIS INFORMALIDAD

6

El Gobierno como una gran empresa necesita de la obtención de recursos

económicos para la atención de diversas necesidades, por tal motivo los ingresos

mediante el aporte de los contribuyentes con tributos es un elemento esencial en la

gestión gubernamental y por ende el desarrollo del país. País que no satisface las

necesidades básicas está considerado como subdesarrollado. Así mismo permitirá

revisar normas de carácter tributario a fin de concluir con la vigencia o no en la

aplicación de la empresa en estudio y finalmente porque los resultados de la

presente investigación servirán como antecedente para futuros trabajos de naturaleza

similar o a fin.

Page 16: TESIS INFORMALIDAD

7

II. REVISIÓN DE LITERATURA

2.1 Antecedentes

Alva, 1995) en su artículo sobre “Definición de Conciencia Tributaria y los

mecanismos para crearla” señala que la conciencia tributaria es la interiorización de

las empresas privadas frente a los deberes tributarios fijados por las leyes, para

cumplirlos de una manera voluntaria, conociendo que su cumplimiento acarreará un

beneficio común para la sociedad en la cual ellos están insertados”, ésta definición

incluye varios elementos: El primero, es la interiorización de los deberes tributarios.

Este elemento alude necesariamente a que las empresas privadas (contribuyentes)

poco a poco y de manera progresiva, busquen conocer de antemano qué conductas

deben realizar y cuáles no, que estén prohibidas respecto del sistema tributario. Aquí

es donde normalmente se percibe el factor de riesgo. El segundo, consiste en que las

empresas privadas deben cumplir de manera voluntaria con sus obligaciones

tributarias, sin necesidad de coacción, verificar cada una de las obligaciones

tributarias que les impone la Ley. Lo importante es que el contribuyente, en ejercicio

de sus facultades, desea hacerlas. La coacción no debe intervenir aquí. Esto es aún

extraño en nuestra sociedad. Tercero, cuando las empresas privadas cumplan con

pagar sus tributos conscientemente acarreará un beneficio común para la sociedad.

(Hernández, 2012) en su artículo titulado, “Cultura tributaria”, señala que cultura

tributaria es el comportamiento que adoptan las empresas privadas, la manifestación

frente a la administración tributaria, la forma como enfrentan sus deberes y derechos

frente a la administración tributaria. La cultura tributaria es el epílogo de un proceso.

Dicho proceso se inicia con la educación tributaria, continua con la generación de

conciencia tributaria y termina en la cultura tributaria, es decir con la manifestación

de una forma de vida frente al sistema tributario del país. No es fácil tener cultura

tributaria, es más algunos países no logran tenerlo.

Page 17: TESIS INFORMALIDAD

8

En nuestro medio la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria tiene

un plan para la generación de cultura tributaria. Gran parte del plan ya se ha

ejecutado, con no tan buenos resultados en la manifestación de los contribuyentes

frente a los tributos. La generación de cultura tributaria tiene una contrapartida, se

ha determinado que los contribuyentes dejarían de eludir y evadir, si el estado

utilizara correctamente sus tributos. Frente a un Estado con visos de corrupción, la

generación de cultura no avanza, se encuentra estancada. La cultura tributaria es el

corolario del desarrollo de conciencia de empresas privadas para el cumplimiento

voluntario de las obligaciones tributarias.

(Quispe, 2012) en su tesis titulada: “La Política Tributaria y su influencia en la

Cultura Tributaria de los comerciantes del Mercadillo Bolognesi de la ciudad de

Tacna, año 2011” llegó a las siguientes conclusiones: La Política Tributaria tiene una

influencia poco adecuada en la Cultura Tributaria de los comerciantes del mercadillo

Bolognesi de la ciudad de Tacna, debido a una inadecuada Política Tributaria,

carencia de medidas para enfrentar la Evasión Tributaria y deficiente Programa de

Educación Tributaria; la comprensión de los lineamientos de Política Tributaria

que se realiza tiene una influencia poco adecuada en la Cultura Tributaria de los

comerciantes del mercadillo Bolognesi de la ciudad de Tacna debido a que no

están de acuerdo a la realidad económica del país, se basan en el incremento de los

impuestos y al ataque agresivo al sector formal; la evaluación del control de la

Evasión Tributaria que se realiza tiene una influencia poco adecuada en la Cultura

Tributaria de los comerciantes del mercadillo Bolognesi de la ciudad de Tacna,

debido a la inequidad y complejidad del Sistema Tributario; la implementación de

Programas en Educación Tributaria que se realiza tiene una influencia poco adecuada

en la Cultura Tributaria de los comerciantes del mercadillo Bolognesi de la ciudad de

Tacna, debido a que la SUNAT no divulga, educa ni promociona la Cultura

Tributaria como debe de ser.

(Aquino, 1959) en su Artículo titulado “la Ley” sostiene que hay que entender que la

conciencia tributaria constituya parte de una tradición que debe ser inculcada en toda

Page 18: TESIS INFORMALIDAD

9

las personas en general. Como toda tradición, ésta no puede resultar fruto de la

improvisación, por tanto, se requerirá también la colaboración del tiempo, de

circunstancias propicias, de la paz, además de toda una serie de condiciones que el

Estado puede fomentar, que son necesarias pero insuficientes para asegurar el

nacimiento de lo que sólo el hombre puede engendrar, si está colocado en un

ambiente social favorable.

Consideramos que la educación cívica no debe culminar sólo en el colegio, sino que

debe manifestarse a través de toda la vida del individuo; aunque es en la etapa escolar

que debe darse mayor importancia a este tema. No sólo a través de inculcar los

deberes tributarios puede forjarse la conciencia tributaria, sino tambien buscando

crear en todos la idea de grupo y su pertenencia a él. Santo Tomás de Aquino en la

edad media lo expresa de la siguiente manersa: “En efecto. Siendo cada hombre nada

más que una parte de la multitud, se debe a sí y a todas las cosas de esa multitud,

pues siempre la parte se debe al todo, como lo demuestra la misma naturaleza al

inferir perjucio a la parte persiguiendo el bien de todo.

(Cortázar, 2000) en su Artículo publicado Estrategias educativas para el desarrollo de

una “Cultura Tributaria” en América Latina, nos señala que la lucha contra la evasión

tributaria y el contrabando constituye hoy en día un tema central en las agendas

políticas de los países latinoamericanos, debido a su elevado impacto en la

sostenibilidad económica, en las estrategias de desarrollo y en la gobernabilidad en

general. Aunque las estrategias de control o fiscalización tributaria son

fundamentales en dicha lucha, resulta claro que el esfuerzo por controlar el

cumplimiento tributario y generar un riesgo creíble ante el incumplimiento no basta

por sí solo para vencer las prácticas de evasión. Es necesario desarrollar una cultura

tributaria, que permita a las empresas privadas concebir las obligaciones tributarias

como un deber sustantivo, acorde con los valores democráticos.

Page 19: TESIS INFORMALIDAD

1

Un mayor nivel de conciencia cívica respecto al cumplimiento tributario, junto a una

percepción de riesgo efectivo por el incumplimiento, permitirá a los países de la

región disminuir los elevados índices de evasión y contrabandos existentes.

Desarrollar dicha cultura no es sin embargo, una tarea fácil, pues requiere la

convergencia de políticas de control con politicas de carácter educativo.

(Gaona, W. & Tumbaco, P. 2009) en su tesis titulado “La Educación Tributaria como

medida para incrementar la recaudación fiscal en Ecuador” llegaron a las siguientes

conclusiones: Es dificil poder afirmar que al incluir una Educación Tributaria dentro

de los planes de estudio del nivel básico en Ecuador ayudaría a incrementar el pago

de impuestos; se tendría que esperar años para analizar los resultados que se hayan

obtenido; seria necesario realizar un estudio dirigido a conocer qué tanto ayudó a

modificar la percepción y estímulo a las personas para el pago de impuestos; con

nuestra propuesta intentamos fomentar cultura tributaria en el Ecuador desde la

adolescencia, por medio de recopilación de datos del SRI nos hemos dado cuenta que

sí hay un interés por parte de los alumnos en nivel de educación básica por conocer

más de los impuestos, tenemos que aprovechar una arma como lo son los libros del

Estado que se reparte en forma gratuita, para hacer llegar la “Educación Tributaria” a

todos y cada uno de los rincones del país, de esta manera, se podrá dotar a los

alumnos de una verdader educación cívica; aún cuando los alumnos tienen un

rechazo a los impuestos, mantienen un ineterés por conocer lo que son estos, que se

ve disminuido conforme pasa el tiempo; ambos resultados tienen el común

denominador, conforme pasa el tiempo el interés disminuye, lo que nos muestra que

el mejor periodo para enseñarles acerca de esto es en el nivel básico, puesto que si se

mantuviera esta tendencia, en el nivel medio y superior, sería muy bajo el interés por

conocer la importancia de los impuestos; todas aquellas acciones que realiza el

Estado deben de ser vistas hacia futuro, sin olvidar nunca el pasado; en Ecuador

siempre se ha tenido el problema que, el gobierno ha visto la solución de los

problemas a corto plazo, por ejemplo en lugar de aumentar los contribuyentes a los

que se les cobra aumenta las tasas olvidándose de buscar acciones en otras áreas que

no han sido tomados en cuenta; Es necesario tomar en cuenta que el capital humano

más precioso es la niñez y la

Page 20: TESIS INFORMALIDAD

1

juventud. Transitando su periodo de formación, constituyen la permanente

oportunidad de la sociedad para mejorar el futuro en la medida que ella misma lo

logre, ofrecer mejores condiciones de educación, de desarrollo y de civismo.

(Roca, Simabuko, & Dyer, 2008) en el trabajo de investigación: “IMPACTO

TRIBUTARIO EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE

INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS”, llegaron a las siguientes conclusiones:

El servicio de transporte terrestre interprovincial de pasajeros soporta una

elevada carga tributaria –estimada en 26% de los ingresos– que afecta,

fundamentalmente, a las empresas formales del sector. La actividad es

especialmente sensible a los impuestos indirectos, como el IGV (aplicado a

las compras de materias primas, insumos y bienes de capital) y el ISC a los

combustibles.

Se estima que con la eliminación de la exoneración del IGV a los pasajes

interprovinciales, el íntegro del IGV sería asumido por los transportistas

formales, por lo que esta medida sería perjudicial no solo para estas empresas,

sino también para los usuarios e incluso para el Estado –sería

contraproducente para la recaudación fiscal–. Únicamente saldrían

beneficiadas las empresas informales del sector.

De acuerdo con las simulaciones realizadas en el estudio, las cuatro empresas

formales evaluadas perderían, en conjunto, 1,88 millones de dólares –en

comparación con la situación inicial, de exoneración del IGV–, escenario que

pondría en riesgo la continuidad del negocio formal.

Las empresas informales tienen claras ventajas derivadas de la evasión y

elusión de tributos, por lo que podrían afrontar con cierta holgura la

aplicación del IGV, si es que lo pagan.

Page 21: TESIS INFORMALIDAD

1

En este contexto de mercado, la aplicación del IGV al servicio de transporte

interprovincial de pasajeros se convertiría en la práctica en una medida

confiscatoria, ya que esta carga tributaria sería asumida por el productor.

En la medida en que el IGV sería asumido por los ofertantes del servicio, el

presupuesto de las familias no sería afectado. No obstante, si se consideran

criterios más amplios de evaluación, es decir, que incluyan no sólo los

criterios netamente monetarios sino también aspectos cualitativos, como la

calidad del servicio, el riesgo y la seguridad, entre otros elementos, sí habría

un marcado perjuicio al usuario, debido a la mayor informalidad prevista en

el sector.

Las empresas informales han trazado una estrategia de precios bajos, ya que su

«ventaja competitiva» reside, esencialmente, en su capacidad de evadir la

mayoría de los impuestos, aportes sociales y controles técnicos que afronta la

actividad formal. Lamentablemente, esta estrategia va en detrimento de la

calidad, seguridad y eficiencia del servicio, por lo que genera una solución de

mercado perversa y ruinosa socialmente.

En resumen, a pesar de que el servicio de transporte es una actividad clave

para el desarrollo de la competitividad del país, no se aprecia un sistema

tributario, ni un ordenamiento legal e institucional coherente con este

propósito.

(Córdova, 2010), en su trabajo de investigación: ‘’CAUSAS QUE ORIGINA LA

EVASION TRIBUTARIA EN LOS COMERCIANTES DEL MERCADO

FERROCARRIL EN EL SECTOR FERRETER-2009’’, se llegó a las siguientes

conclusiones:

El enfoque principal de la evasión de los impuestos, es debido al nivel

económico muy bajo que tienen los comerciantes, que pertenecen al sector

comercial de la ciudad de Chimbote.

Page 22: TESIS INFORMALIDAD

1

Los comerciantes de dicho sector, dan a conocer que las leyes o normas, no

son de fácil comprensión, al hacerlos tan confusas e inexplicables.

La mayor parte de los comerciantes, piensan que la causa más importante para

ellos es el elevado porcentaje que tiene los impuestos y que por lo tanto estos

los lleva a no cumplir con ellas.

No existe el mínimo interés de los comerciantes, de que se plante una medida

adecuada, que los ayude al problema de la evasión de su sector.

La realidad de los comerciantes es muy difícil ya que estos no son

considerados de acuerdo con sus ingresos; y a razón de eso les exige a

cumplir con el pago de sus tributos.

Las capacitaciones que otorga la SUNAT, no son tomados en cuenta por los

comerciantes, que pertenecen al sector comercial de Chimbote.

Los comerciantes para salir del problema de evasión, serían capaces de recibir

asesoramiento para que les ayude a ser buenos contribuyentes con la entidad

que los recaude.

La gran mayoría de los comerciante, desconocen para donde va todo el dinero

que se recauda lo que generalmente son distribuidos según presupuesto de la

república, a las diferentes zonas de nuestro país.

(Evaristo, 2013), en su tesis para optar el título profesional de Contador Público con

su informe titulado: El comercio informal y evasión de tributos en la Av. Raimondi,

Huaraz 2011, llega a la conclusión: 1. Se ha descrito la relación entre el comercio

informal y la evasión tributaria de los comerciantes de la Av. Antonio Raimondi de la

ciudad de Huaraz, es sus aspectos, la aplicación de los lugares estables donde

comercializar en un 58% (cuadro Nº 10), el no conocimiento de la gestión,

estrategias y crecimiento económico de su actual alcalde en un 67% (cuadro

Nº 12), la

Page 23: TESIS INFORMALIDAD

1

independencia de su trabajo en un 58% (cuadro Nº 14), el conocimiento de la

obligación tributaria en un 50% (Cuadro Nº 18).

3.1 Bases teóricas.

Constitución Política del Perú – Promulgada el 29 de diciembre de 1993.

Respecto al tema tributario, la Constitución Política del Perú en su Artículo 74°

establece que los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una

exoneración exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de

facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto

supremo. Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear,

modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su

jurisdicción, y con los límites que señala la ley. El Estado, al ejercer la potestad

tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto

de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter

confiscatorio.

Las leyes de presupuesto y los decretos de urgencia no pueden contener normas sobre

materia tributaria. Las leyes relativas a tributos de periodicidad anual rigen a partir

del primero de enero del año siguiente a su promulgación. No surten efecto las

normas tributarias dictadas en violación de lo que establece el presente artículo.

(Ruiz, 2013)

Código Tributario

Aprobado por el Decreto Legislativo N° 816, el cual entró en vigencia el día 22 de

abril de 1996 vigente hasta la actualidad. El Código Tributario es la norma rectora de

los principios, instituciones y normas jurídicas que inspiran al Derecho Tributario

Peruano. Nuestro Código Tributario Nacional se encuentra dividido en varias

seccionnes: (i) el Título Preliminar que señala los principios generales o máximas de

aplicación general, ya sea de cumplimiento obligatorio como de recomendación al

legislador y que constituyen en muchos casos garantías de seguridad jurídica para el

contribuyente; (ii) el libro primero, destinado a explicar lo relativo a la relación

jurídico tributaria, describiendo a los sujetos acreedor y deudor tributario y el objeto

de dicha relación; el tributo (iii) el libro que describe a los órganos de la

Administración Tributaria, así como las facultades de la Administración; (iv) el Libro

Page 24: TESIS INFORMALIDAD

1

Tercero, que explica lo relativo a los procedimientos tributarios, y finalmente (v) el

Libro Cuarto, que trata sobre las infracciones, sanciones y delitos en materia

tributaria. (Caballero, 1999)

La Política Tributaria

(Luna, 1991. P. 123) nos dice que Política tributaria o política fiscal, es la disciplina

que determina las caracterícas generales del impuesto, en función de los datos

económicos y psicológicos. La política fiscal cumple su rol intervencionista en el

aumento o disminución de la presión tributaria, en la elección de determinados

impuestos que beneficien ciertas actividades en la distribución de la riqueza, etc.

Estas concepciones tienen su antecendente más remoto en la tesis de Adolgo Wagner

quien sostuvo que los impuestos no solo tienen fines fiscales, sino que también

tienen injerencia en la distribución de los ingresos y del patrimonio nacional.

LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA (DECRETO SUPREMO Nº 179-2009-EF)

Que mediante Decreto Legislativo Nº 774 se aprueba la Ley del Impuesto a la Renta;

Que a través del Decreto Supremo N° 054-99-EF se aprobó el Texto Único Ordenado

de la Ley del Impuesto a la Renta; habiéndose aprobado con posterioridad a su

vigencia diversos dispositivos legales que han complementado y/o modificado el

texto de la Ley del Impuesto a la Renta;

Que la Disposición Final Única del Decreto Legislativo N° 949 establece que por

Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se expedirá el

nuevo Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta;

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Única del Decreto

Legislativo N° 949.

DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1º.- El Impuesto a la Renta grava:

Page 25: TESIS INFORMALIDAD

1

a) Las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de

ambos factores, entendiéndose como tales aquellas que provengan de una fuente

durable y susceptible de generar ingresos periódicos.

b) Las ganancias de capital.

c) Otros ingresos que provengan de terceros, establecidos por esta Ley.

d) Las rentas imputadas, incluyendo las de goce o disfrute, establecidas por esta Ley.

Están incluidas dentro de las rentas previstas en el inciso a), las siguientes:

• Las regalías.

• Los resultados de la enajenación de:

(i) Terrenos rústicos o urbanos por el sistema de urbanización o lotización.

(ii) Inmuebles, comprendidos o no bajo el régimen de propiedad horizontal,

cuando hubieren sido adquiridos o edificados, total o parcialmente, para

efectos de la enajenación.

3) Los resultados de la venta, cambio o disposición habitual de bienes.

TEORIA DEL IMPUESTO A LA RENTA

Según Francisco Javier Ruiz de Castilla Ponce de León establece las siguientes

teorías:

Teoría renta-producto.

Para la Política Fiscal esta teoría considera renta gravable al ingreso periódico,

siempre que provenga de la explotación de fuentes permanentes, tales como: capital,

trabajo o la aplicación conjunta de capital y trabajo. El art. 1.a de la ley del Impuesto

a la Renta del Perú ha recogido con amplitud los alcances de esta concepción teórica.

Notamos que la ley describe de modo expreso y detallado a la renta gravable (aspecto

objetivo), pero guarda silencio sobre los sujetos que obtienen dicha renta (aspectos

subjetivos).

Page 26: TESIS INFORMALIDAD

1

En la medida que para la Política Fiscal la teoría renta-producto está diseñada para

gravar con el Impuesto a la Renta a todos aquellos ingresos corrientes de las personas

naturales (entre otros casos); entonces somos del parecer que esta clase de sujeto se

encuentra comprendido dentro de los alcances del art. 1.a de la LIR. (Ley del

Impuesto a la Renta)

El ejemplo puede ser precisamente el caso donde María arrienda un predio de su

propiedad, a cambio de una retribución mensual de 100.

Aquí nos encontramos ante un ingreso corriente, que es obtenido por una persona

natural; de tal modo que este caso se encuentra dentro del ámbito de aplicación del

Impuesto a la Renta.

Teoría flujo de riqueza.

En el campo de la Política Fiscal esta teoría considera renta gravable a todo beneficio

económico que fluya hacia un sujeto. Pasando al terreno legal peruano, el tema es

más complicado. No existe un artículo de la LIR que consagre de modo general todos

los alcances de la teoría flujo de riqueza. Nuestro legislador recoge algunos casos que

se encuentran comprendidos dentro de la teoría flujo de riqueza. En este sentido la

ley peruana tiene que proceder con la descripción de cada uno de estos casos por

separado.

Por ejemplo el art. 1.b de la LIR señala que la ganancia de capital se encuentra afecta

al Impuesto a la Renta. En este caso la LIR señala de modo expreso el aspecto

objetivo del hecho generador (ganancia de capital).

Con relación al aspecto subjetivo apreciamos que -por regla general- la LIR guarda

silencio. En cambio, por excepción, la LIR se refiere de modo expreso a la persona

natural cuando por ejemplo el último párrafo del art. 2 de la LIR señala que no

constituye una ganancia de capital gravable el resultado de la enajenación de la casa-

Page 27: TESIS INFORMALIDAD

1

habitación por parte de una persona natural. Es verdad que en este caso la LIR se

refiere a una renta inafecta. Pero, indirectamente, nos da a entender que constituye

una renta gravada con el Impuesto a la Renta el resultado de la enajenación de

predios tales como una casa de playa –inicialmente adquirida para recreo personal y

familiar- cuando es realizada por una persona natural.

Teoría del consumo más incremento patrimonial.

Para la Política Fiscal esta teoría entiende que la renta gravable es toda variación del

patrimonio. Pasando al campo legal entendemos que no existe un artículo en la LIR

que adopte de modo general todos los casos que se encuentran comprendidos por la

teoría del consumo más incremento patrimonial. Nuestro legislador recoge solamente

algunos casos que están alcanzados por la teoría que venimos examinando. En este

sentido la LIR contiene la descripción de cada uno de estos casos.

Por regla general la descripción legal de los aspectos objetivos del hecho generador

se lleva a cabo de manera expresa. En cambio es de notar que la LIR no suele hacer

referencia expresa a los aspectos subjetivos del referido hecho generador. En la

medida que la teoría del consumo más incremento patrimonial apunta a gravar, entre

otros casos, a las variaciones del patrimonio de las personas naturales; entonces cabe

la posibilidad que la ley peruana contemple esta clase de sujetos.

Por ejemplo el art. 1.d de la LIR establece que se encuentran sometidas al Impuesto a

la Renta las rentas imputadas (atribuidas) que detalla la LIR a lo largo de su texto.

Uno de estos casos aparece en el art. 23.d de la LIR, según el cual se configura una

renta (ficta) cuando el propietario de un predio cede su uso a título gratuito.

Definitivamente este dispositivo legal se refiere a la persona natural que cede el

indicado predio.

TEORÍA DE LA UTILIDAD

Page 28: TESIS INFORMALIDAD

1

La utilidad es el nivel de la satisfacción de las necesidades cuando se consumen

bienes y servicios. Todas las personas cuando consumen bienes y servicios

satisfacen sus necesidades. La teoría del consumidor define el nivel de la satisfacción

de las necesidades como la “utilidad”. Esta palabra tiene realmente muchos

significado como por ejemplo la utilidad que obtiene una empresa en su gestión

propia. En la teoría del consumidor la utilidad es una medida abstracta para medir

de manera cualitativa el nivel de la satisfacción de las necesidades. Sin embargo, no

es posible tener una medida exacta de la utilidad así como se mide la distancia, o el

calor.

La teoría del consumidor nos brinda muchas alternativas de cómo se comportaría un

consumidor representativo y como variaría su utilidad cuando se presentan

variaciones en los precios relativos, ingreso real, gustos y preferencias, entre muchas

variables que serán desarrolladas en el presente documento. Esta teoría no nos da

respuestas exactas del comportamiento de las personas antes variaciones en los

precios, pero si es una guía para la comprensión de cómo reaccionaría un grupo de

consumidores y sobretodo como se vería afectada su utilidad. En tal sentido, la

teoría del consumidor nos dará respuestas tales como: “el consumidor estará mejor o

peor”, “aumentará o disminuirá el consumo ante cambios en los precios relativos o

el ingreso real”, “el consumidor valora más un bien que el otro”.

Políticas fiscales aplicadas en el Perú

(Luna, 1991) Las políticas fiscales aplicadas en el Perú han tenido resultados más

favorables que las aplicadas en Estados Unidos y en la mayoría de países de Europa

Ocidental y de America Latina, debido a su manejo disciplinado y prudente. El Plan

de Estímulo Económico (PEE) implementado por Perú ha sido menos agresivo y

mucho más disciplinado que en otros países, y con mayor efecto social lo cual es

positivo. Estados Unidos, por ejemplo, gastó grandes sumas de dinero en sus

paquetes de estímulo económico, lo que se muestra en el tamaño de su deuda, y eso

le va a costar mucho, pues tendría que aplicar mayores impuestos y enfrentar

dificultades en el manejo de otros gastos.

Page 29: TESIS INFORMALIDAD

2

El Perú ha evitado las dificultades derivadas de la crisis financiera global debido a su

fuerte posición fiscal y sus mayores ingresos provenientes de las exportaciones

impulsadas por mejores precios de los commodities. El Perú ha sido capaz de

manejar sus finanzas adecuadamente, algunos países ricos en recursos naturales no

han podido hacerlo incluso en épocas en que los precios de los commodities están

altos, porque no tienen políticas razonables que acompañen este entorno. La

apertura comercial de Perú, y los tratados de libre comercio (TLC) suscritos con

Estados Unidos y los países de Asia, contribuirán al crecimiento económico y al

fortalecimiento de su posición en el mundo. Perú consiguió que Estados Unidos

ratifique el TLC que ambos habían suscrito, lo cual es un gran logro. Lo que

hacen Perú y otros países como Chile la apertura comercial, es promover su

crecimiento económico e ir contra la corriente, que se mueve más hacia el

proteccionismo, incluyendo al propio Estados Unidos.

3.2 Marco Conceptual

LOS TRIBUTOS

Son las prestaciones pecuniarias, y excepcional mente en especie que, establecidas

por Ley, deben ser cumplidas por los deudores tributarios a favor de los entes

públicos para el cumplimiento de sus fines, y que no constituya sanción por acto

ilícito.

Jurídicamente se define al tributo como una prestación que es el contenido de la

obligación jurídica pecuniaria ex lege, que no constituye sanción por acto ilícito,

cuyo sujeto activo es en principio una persona pública, y cuyo sujeto pasivo es

alguien puesto en esa situación por la voluntad de la Ley.

CLASIFICACIÓN:

a. Impuesto

Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en

Page 30: TESIS INFORMALIDAD

2

favor del contribuyente por parte del Estado.

Page 31: TESIS INFORMALIDAD

2

Es unánime aquí la doctrina al señalar que la características primordial de los

impuestos es que no existe relación entre lo que se paga y el destino de estos

fondos, denominados, por ese motivo, como tributo no vinculados, por cuanto

a su exigibilidad es independiente de cualquier actividad estatal y/o privada

referida al contribuyente.

b. Contribución

Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios

derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales.

c. Tasa

Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación

efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el

contribuyente. En este sentido, a diferencia de los precios públicos, las tasas

tienen, en tanto tributo, como fuente la Ley, por lo que, no se considera tasa al

pago que se recibe por un servicio de origen contractual.

A su vez dentro del concepto tasa, entre otras, encontramos la siguiente sub-

clasificación:

• Arbitrios: son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de

un servicio público. Como ejemplo se puede citar al arbitrio por

mantenimiento de parques y jardines.

• Derechos: son tasas que se pagan por la prestación de un servicio

administrativo público o por el uso o aprovechamiento de bienes

públicos. Un ejemplo de esta clase de tributo, es el monto que se paga

por la obtención de una partida de nacimiento.

• Licencias: son tasas que gravan la obtención de autorizaciones

específicas para la realización de actividades de provecho particular

sujetas a control o fiscalización. La constitución de 1993 considera

expresamente a las licencias dentro del poder tributario originario de las

Municipales.

Page 32: TESIS INFORMALIDAD

2

NATURALEZA Y CARACTERISTICAS DE LA TRIBUTACIÓN

Los tributos básicamente se caracterizan por lo siguiente:

Naturaleza pecuniaria de la prestación.

Los tributos se pagan general mente en dinero; sin embargo, en algunos países, si

concurren los demás elementos caracterizantes del tributo y la legislación pertinente

no dispone lo contrario, basta que la prestación sea pecuniariamente evaluable para

considerarla un tributo.

Producto de la potestad tributaria del Estado.

El elemento primordial del tributo es la coacción que el Estado ejerce en virtud de su

poder de imperio o poder tributario, el cual es de naturaleza política y expresión de

soberanía. Se trata, pues, de una prestación obligatoria y no facultativa que se

manifiesta, especialmente, en la prescindencia de la voluntad del obligado en cuanto

a la creación del tributo que le será exigible.

Creado en virtud de una ley.

No hay tributo sin una ley que lo establezca, según aforismo del Derecho romano. La

norma tributaria es un lí mite formal a la coacción y imprescindible para su

existencia, porque se trata de crear una obligación prescindiendo de la voluntad del

obligado y esta creación, dentro de la concepción del Estado de Derecho

contemporáneo, sólo puede ser resuelta mediante la ley.

Para cubrir los gastos que demanda el cumplimiento de los fines del Estado.

El fin esencial del tributo es fiscal, es decir, la obtención de ingresos por parte del

Estado para cubrir gastos que le demanda la satisfacción de las necesidades públicas.

Page 33: TESIS INFORMALIDAD

2

LA OBLIGACION TRIBUTARIA

Es la relación de Derecho Público, consistente en el vínculo entre el acreedor (sujeto

activo) y el deudor tributario (sujeto pasivo) establecido por Ley, que tiene por objeto

el cumplimiento de la prestación tributaria por parte de este último a favor del

primero, siendo exigible coactivamente.

ELEMENTOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA:

Sujeto Activo o Acreedor Tributario:

Es aquel en favor del cual debe realizarse la prestación tributaria. Son acreedores de

la obligación tributaria el Gobierno Central, los Gobiernos Regionales, los

Gobiernos Locales, así como las entidades de Derecho Público con personería

jurídica propia, cuando la Ley les asigne esa calidad expresamente. La

Superintendencia de Administración Tributaria – SUNAT – en su calidad de

órgano administrador, es competente para la administración de tributos internos y de

los derechos arancelarios; esto es, Impuesto General a la Ventas, Impuesto a la

Renta, Impuesto de Promoción Municipal e Impuesto Selectivo al Consumo, entre

otros.

Sujeto Pasivo o Deudor Tributario

Es aquella persona designada por Ley como obligada al cumplimiento de la

prestación tributaria como contribuyente o responsable. Al respecto debe entenderse

por:

a. Contribuyente

Aquel que realiza, o respecto del cual se produce el hecho generador de la

obligación tributaria. Es un deudor por cuenta propia, en tanto éste realiza

el hecho imponible.

b. Responsable

Aquel que sin realizar el hecho imponible, se encuentra obligado a

cumplir con la obligación tributaria. Es un deudor por cuenta ajena. Éstos

pueden ser

Page 34: TESIS INFORMALIDAD

2

• Agentes de Retención: Sujeto que por razón de su actividad, función o

posición contractual este en posibilidad de percibir el tributos y

entregarlos al acreedor tributario.

PERSONAS NATURALES

Se presume, sin admitir prueba en contrario, que es el de su residencia habitual

(permanencia en lugar mayor a seis meses), o donde desarrolla sus actividades civiles

o comerciales, o donde se encuentran los bienes relacionados con los hechos que

generen las obligaciones tributarias, o el declarado ante el Registro Nacional de

Identificación y Estado Civil (RENIEC).

PERSONAS JURÍDICAS

Se presume, sin admitir prueba en contrario, que es aquel donde se encuentra su

dirección o administración efectiva, el del centro principal de su actividad, donde se

encuentran los bienes relacionados con los hechos que generan las obligaciones

tributarias o el de su representante legal, entendiéndose como tal, su domicilio fiscal.

EVASIÓN TRIBUTARIA

Es cuando el contribuyente declara y/o paga menos tributos por errores materiales y/o

desconocimiento, transgrediendo la Ley.

DELITO TRIBUTARIO

Es cuando en beneficio propio o de terceros mediante ardid, astucia y/o engaño el

contribuyente declara y/o paga menos tributos.

ELUSIÓN TRIBUTARIA Son los medios que utiliza el contribuyente para reducir

los tributos, sin transgredir la ley.

PRESCRIPCIÓN

Page 35: TESIS INFORMALIDAD

2

Modo de adquirir o de extinguir un derecho no ejercitado, de adquirir o de liberarse

de una obligación, en un determinado lapso de tiempo, legalmente establecido. Las

acciones y derechos de la Administración Tributaria para exigir el cumplimiento de

la obligación tributaria sustantiva, el cobro de multas y demás accesorios se

extinguen por la prescripción, por no haberse ejercido las acciones y derechos

establecidos en este Código. La prescripción a que se refiere este artículo no opera

en los casos de Agentes de Retención que no han enterado las cantidades retenidas.

El principio de causalidad

Alva Matteucci, en su artículo “El principio de causalidad y su implicancia en el

sustento de los gastos en el Impuesto a la Renta” 2009, señala que para establecer la

renta neta de tercera categoría se deducirá de la renta bruta los gastos necesarios para

producirla y mantener su fuente, en tanto la deducción no esté expresamente

prohibida por esta Ley. Se apoya en García Mullín: que acota “En forma genérica, se

puede afirmar que todas las deducciones están en principio regidas por el principio

de causalidad, o sea que sólo son admisibles aquellas que guarden una relación

causal directa con la generación de la renta o con el mantenimiento de la fuente en

condiciones de productividad”, y Dentro de la doctrina nacional, en palabras de

Picón Gonzales, 2007, Deducciones del Impuesto a la Renta Empresarial: ¿Quién se

llevó mi gasto? La ley, la SUNAT o lo perdí yo, se considera a la causalidad como

“(…) la relación existente entre un hecho (egreso, gasto o costo) y su efecto deseado

o finalidad (generación de rentas gravadas o el mantenimiento de la fuente). Debe

tenerse presente que este principio no se considerará incumplido con la falta de

consecución del efecto buscado con el gasto o costo, es decir, se considerará que

un gasto cumplirá con el principio de causalidad, aun cuando no se logre la

generación de la renta”.

Para el desarrollo normal de una actividad se requiere necesariamente la existencia

de desembolsos de dinero que estén vinculados a la adquisición de bienes y servicios,

los cuales estarán destinados de manera necesaria a la generación de rentas y/o al

mantenimiento de la fuente generadora de rentas de tipo empresarial. Éste es quizás

la manifestación más clara del principio de causalidad. Si se observa se deberá

recurrir

Page 36: TESIS INFORMALIDAD

2

al análisis de cada caso concreto toda vez que quizás un gasto puede ser aceptable

para un determinado contribuyente y para otro quizás no.

Si se observa el texto del artículo 44º de la LIR se aprecia que de manera expresa se

prohíbe la deducción de determinados gastos, los cuales están señalados en los

incisos

a) hasta el literal q). Los conceptos indicados en los incisos señalados constituyen

una verdadera lista cerrada, ello en términos jurídicos configuran lo que se denomina

en latín numerus clausus.

Se debe mencionar que no basta con el sólo hecho de contar con el comprobante

emitido por el vendedor del bien o en el caso del proveedor del servicio ofrecido,

sino que al comprobante de pago le debe seguir de la mano todos aquellos

documentos que permiten justificar una operación, tales como: Orden de compra o de

servicio, proformas, cartas de aceptación, ofertas, guía de remisión, documento de

salida de almacén, kárdex, informes de conformidad de servicios, conformidad de la

adquisición de la mercadería, entre otros.

“Cabe indicar que mientras mayor sea el monto del gasto, mayor debe ser la

preocupación de la empresa en formalizar y conservar la documentación que

justifique el gasto, en particular, tomando en cuenta la enorme informalidad que rige

en nuestro medio. Asimismo, debe señalarse que la exigencia y evaluación de

documentación por la Administración Tributaria, deben enmarcarse dentro del campo

de la razonabilidad, debiendo ser particularmente rigurosas en aquellas situaciones en

que la norma legal ha determinado las pruebas sin las cuales se deberá desconocer el

gasto.

En Los Principios Generales de los Gastos Deducibles según Huapaya Garriazo,

(2011) sostiene que, frente a la deducción de un gasto debemos recurrir a los

supuestos establecidos en el artículo 37° del TUO de la LIR; sin embargo,

debemos tener en cuenta que la dinámica de todo gasto debe estar relacionada con

una serie de principios que escapan de lo netamente establecido en dicho artículo.

Para ello se debe tener en consideración en lo establecido no sólo en la LIR, sino

además de otras normas como en TUO de la Ley de Bancarización, el

Reglamento de Comprobantes de Pago e incluso la NIC.

Page 37: TESIS INFORMALIDAD

2

Superintendencia Nacional Tributaria (SUNAT):

Es una institución pública descentralizada del Sector Economía y Finanzas, creada

por Ley Nº 24829, y conforme a su Ley aprobada por Decreto Legislativo Nº 501.

Tiene por finalidad administrar, recaudar y fiscalizar los tributos internos, así como

proponer y participar en la reglamentación de las normas tributarias.

Código Tributario:

Es el conjunto de normas que establecen el ordenamiento jurídico-tributario de un

país o estado.

Obligación tributaria:

Es el vínculo entre el acreedor y deudor tributario, establecido por Ley y de derecho

público. Tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria y es exigible

coactivamente.

Normatividad:

Conjunto de normas y disposiciones legales/administrativas que forman medidas de

cumplimiento con los objetivos o metas.

Doctrina contable:

como enseñanza contable, es el conjunto de normas técnicas y de normas legales

establecidas para que la información contable materializada a través de los EE FF,

que es el resultado final del proceso contable se encuentren confeccionados de

acuerdo a los principios y normas técnicas contables generalmente aceptados.

Unidad Impositiva Tributaria (UIT):

Índice sobre el cual se establece la escala imponible del impuesto a la renta,

determinar reajustes remunerativos, mantener en valores constantes las bases

imponibles, deducciones, límites de afectación y demás aspectos de los tributos que,

considere conveniente el legislador.

Page 38: TESIS INFORMALIDAD

2

III. METODOLOGÍA

3.1 Tipo y Nivel de la Investigación de la Tesis

Teniendo en cuenta la complejidad para la recolección de información de carácter

económico y financiero en las entidades, debido a que algunas empresas guardan en

absoluta reserva la información de sus actividades, el método de investigación

aplicado fue la Revisión Bibliográfica y Documental.

El tipo de investigación es cualitativo descriptivo debido a que solo se limitó a la

investigación de datos de las fuentes de información originales, sin entrar en detalle

de cantidades.

El nivel de estudio es descriptivo debido a que se realizó un estudio de

características, cualidades y atributos del tema de investigación sin entrar a los

grados de análisis cuantitativos del problema.

3.2. Diseño de la Investigación

Según Trochim un diseño de investigación es: “El diseño de investigación puede ser

pensado como la estructura de la investigación, es el pegamento que sostiene juntos a

todos los elementos en el proyecto de investigación.”

Arias (2004), considera a la investigación documental como el proceso basado en la

búsqueda y análisis de datos secundarios, es decir, datos registrados por otros

investigadores en fuentes documentales, impresas, audiovisuales o electrónicas.

La investigación a realizar buscara la información proveniente de propuestas,

comentarios, análisis de temas parecidos al nuestro las cuales de analizaran al

determinar los resultados.

El diseño de investigación aplicado es no experimental debido a que la información

recolectada se encuentra en las fuentes de información documental.

3.3. El Universo o Población

Page 39: TESIS INFORMALIDAD

2

De acuerdo al Método de Investigación Bibliográfica y Documental no es aplicable a

alguna población ni muestra.

3.4. Plan de Análisis

De acuerdo a la naturaleza de la investigación el análisis de los resultados se realizó

teniendo en cuenta la comparación a los comentarios o estudios realizados en las

informaciones recolectadas.

3.5. Técnicas e instrumentos de recolección de información

La técnica que se aplicó en la investigación es la de Revisión Bibliográfica y

Documental, mediante la recolección de información de fuentes de información

como textos, revistas, tesis, artículos periodísticos e información de Internet.

A continuación damos el aporte de algunos autores con respecto a la aplicación de

esta técnica:

Según Fidias G. Arias (2006, Pág.31: Metodología de la Investigación) "La

investigación documental es un proceso basado en la búsqueda, recuperación,

análisis, crítica e interpretación de datos secundarios, es decir, los obtenidos y

registrados por otros investigadores en fuentes documentales: impresas,

audiovisuales o electrónicas”.

Amador (1998) afirma que el proceso de revisión bibliográfica y documental

comprende las siguientes etapas: consulta documental, contraste de la información y

análisis histórico del problema.

En cambio Latorre, Rincón y Arnal (2003, pág. 58) a partir de Ekman (1989) definen

a la revisión documental como el proceso dinámico que consiste esencialmente en la

recogida, clasificación, recuperación y distribución de la información.

Como salvedad al proceso de recolección de información Lorenzo, Martínez y

Martínez, 2004, advierte que no resulta funcional que un investigador utilice un

número excesivo de fuentes de información, sino que debe ser capaz de seleccionar

aquellas que mejor respondan a sus necesidades e intereses, es decir tienen que estar

relacionados al tema de investigación.

Page 40: TESIS INFORMALIDAD

3

En cuanto a los instrumentos a utilizados, teniendo en cuenta las fuentes de

información documentaria y bibliográfica como textos, tesis, páginas de internet

entre otros se elaboraron fichas bibliográficas como instrumento de ubicación de la

información.

Al aplicar la Técnica de la Recolección de Información se recurrió a las fuentes de

información de origen para la obtención de datos las cuales permitieron formular

resultados y las conclusiones.

Page 41: TESIS INFORMALIDAD

3

IV. RESULTADOS

La evasión tributaria y la informalidad en conjunto representan un fenómeno

que en el corto, mediano y largo plazo erosiona los ingresos del Estado

principalmente porque deteriora la estructura económica y social del país,

vulnera la legitimidad de los gobiernos debido a que la evasión invalida las

propiedades de neutralidad económica de las mejores estructuras tributarias,

provocando una asignación ineficiente de recursos en el sentido el accionar

del organismo recaudador ( SUNAT) que trabaja de manera aislada y con

grandes limitaciones, difícilmente de no contar con mayor apoyo y

organización puede atacar las causas de la evasión fiscal y de sus efectos

negativos. Como dato referencial tenemos que el Impuesto a la Renta que

pagan las empresas mineras representó el 39,27 % del total de la recaudación

por este tributo, cuyo 50 % se destina como Canon Minero; así mismo por

conceptos de derecho de vigencia y penalidad, canon minero y regalía

minera son transferidos por el Gobierno Nacional a los Gobiernos

Regionales y Locales. Estos sumaron S/. 4 973 millones en el año 2008, lo

que representó el 60 % de lo destinado a las regiones y el 39 % a los

municipios, siendo aún más importante la participación en las zonas con

presencia de actividad minera, donde en algunos casos, los montos

generados por la minería superan el 90 % del total de lo transferido

En el Perú se registra indicadores de evasión fiscal ya sea porque se incumple

el compromiso de pagar los impuestos al Estado en forma directa, reflejados

por el hecho de utilizar formas ilícitas como: No facturación de compras y

ventas de bienes económicos, Por la venta de servicios, inclusive por la

aplicación de normas especiales que exoneran a los contribuyentes del pago

de sus impuestos, Este hecho que pareciera una conducta habitual, puede

también vincularse con las formas ilícitas que utilizan personas naturales o

jurídicas para acumular riqueza, se asocia con las variables de producción,

consumo, exportaciones y servicios utilizando métodos lícitos, como es el

caso de empresas dedicadas a la venta servicios educativos, turísticos,

transporte, “comidas rápidas” entre otras, son exoneradas del pago de

impuestos. Según

Page 42: TESIS INFORMALIDAD

3

boletines informativos se estima que el nivel de desconfianza de los

contribuyentes está estrechamente vinculado al porcentaje de presión

tributaria que para este período se estimó en un 12,35%, un 9% más que

el período anterior. Luego al cuantificar la incidencia de la evasión y la

informalidad en el desarrollo del Perú, ésta se refleja en altos porcentajes de

desigualdad en la transferencia de recursos, como es: para el 2012, los

gobiernos regionales que experimentaron variación negativa fue Ancash con

un 13,35% con respecto al 2011, Arequipa con un 11,90% y La Libertad con

un 9,25%.

La práctica de la informalidad es muy común y reiterativa es permitida por las

leyes tributarias y trae consigo la evasión en el mayor de los casos, los

contribuyentes se abstienen de usar productos gravados para citar algo. el

contrabando que no es más que la introducción ilegal de mercancías por los

puntos ciegos o por transacciones aduaneras, delitos que existen, se observan

y hasta se registran y se vuelven aplicables muy parcialmente o en su defecto

ignorados por los responsables de su tratamiento a pesar de su señal amiento

y

/o denuncia.

Se ha podido identificar las formas y actuar de los fenómenos evasión e

informalidad, siendo éstas las siguientes: Según las diferentes leyes tributarias

la Evasión Fiscal en el Perú se presenta por las siguientes vías: - Falta de

inscripción en los registros fiscales, - Falta de presentación de declaraciones

juradas, - Falta de pago del impuesto declarado o liquidad (omisión de pago,

morosidad), - Declaración jurada incorrecta (ocultamiento de la base

imponible, defraudación, y contrabando), otras.

Estas formas de evadir se dan aunque las leyes tributarias expresen los

instrumentos que deberá disponer cada persona natural o jurídica para

contrarrestarlos, la mayoría de empresas se valen de prácticas como la doble

contabilidad de algunas para presentar sus declaraciones juradas falsas,

librándose así de parte de sus obligaciones. Seguramente, esta aseveración

puede considerarse como una mera especulación pero se confirma cuando las

autoridades de la SUNAT reconocen que los auditores resultan insuficientes

Page 43: TESIS INFORMALIDAD

3

para ejecutar un verdadero control a nivel nacional.

Page 44: TESIS INFORMALIDAD

3

La carencia de la educación tributaria: Se relaciona íntimamente con el

objetivo de mediano plazo: mejorara la actitud de los contribuyentes frente a

sus obligaciones tributarias.

La desconfianza en el gobierno: Está referida al crédito que merece el

gobierno, tanto de los criterios utilizados para determinar las formas de

capacitación sobre esos recursos, como en lo relativo al empleo que se hace

de los recursos recaudados. El sistema tributario poco transparente: Se refleja

en la falta de definición de las funciones del impuesto y de la

administración tributaria en relación a las exigencias, subsidios, promociones

industriales, etc., donde la función de una surge como el problema de otro. El

bajo riesgo de ser detectado: Es un factor de desestabilización social, la

percepción por parte de los contribuyentes y el ciudadano común de esta

situación, desmoralizan a quienes cumplen adecuadamente con su obligación

tributaria.

Lo que contribuye a la evasión es la desigualdad ante el tributo. El Principio

Tributario de IGUALDAD, no se cumple, porque todos los que deben tributar

no lo hacen y los que tributan no lo realizan de acuerdo a su capacidad

económica.

La estructura tributaria actual no permite que todos paguen tributos de

acuerdo a su capacidad económica. El nuevo Sistema Tributario Nacional,

deberá ser sencillo y entendible por todos los contribuyentes y no solo por los

contadores. El Impuesto a la Renta de 4ta., el RUS y el RER, deben ser

entendibles por todos los contribuyentes y no complejos y difíciles como es

actualmente.

Page 45: TESIS INFORMALIDAD

3

ANÁLISIS DE RESULTADOS

Los ingresos provenientes de impuestos del sector minero por concepto de: Derecho

de Vigencia y Penalidad, Canon Minero y Regalía Minera son transferidos por el

Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales. Estos sumaron S/. 4 973

millones en el año 2008, lo que representó el 60 % de lo destinado a las regiones y el

39 % a los municipios, siendo aún más importante la participación en las zonas con

presencia de actividad minera, donde en algunos casos, los montos generados por la

minería superan el 90 % del total de lo transferido. Este resultado es coherente con la

teoría de la contribución cuando refiere a quienes obtienen mayores ganancias de

capital, sus aportes al desarrollo económico y social de un país son uniformes e

importantes.

El Impuesto a la Renta que pagan las empresas mineras representó el 39,27 % del

total de la recaudación por este tributo, cuyo 50 % se destina como Canon Minero.

Aunque la cifra global descendió en comparación al año 2007, por efecto del

desencadenamiento de la crisis financiera internacional que impactó en el precio de

los metales, en el 2008, siguió constituyéndose en una de las principales fuentes de

Page 46: TESIS INFORMALIDAD

3

recursos del Estado Peruano. Tal afirmación se sustenta en lo manifestado por los

antecedentes quienes afirman la importancia de recabar oportunamente los impuestos

para el desarrollo económicos de un país.

Si bien es cierto, la desconfianza en el gobierno: Está referida al crédito que merece

el gobierno, tanto de los criterios utilizados para determinar las formas de

capacitación sobre esos recursos, como en lo relativo al empleo que se hace de los

recursos recaudados. El sistema tributario poco transparente: Se refleja en la falta de

definición de las funciones del impuesto y de la administración tributaria en relación

a las exigencias, subsidios, promociones industriales, etc., donde la función de una

surge como el problema de otro. El bajo riesgo de ser detectado: Es un factor de

desestabilización social, la percepción por parte de los contribuyentes y el ciudadano

común de esta situación, desmoralizan a quienes cumplen adecuadamente con su

obligación tributaria. Esta concepción es considerada como oportunidad para dejar de

contribuir con el estado y por tanto perjudicarlo económica y socialmente,

estimándose que el nivel de desconfianza de los contribuyentes está estrechamente

vinculado al porcentaje de presión tributaria que para este período se estimó en un

12,35%, un 9% más que el período anterior. Luego al cuantificar la incidencia de

la evasión y la informalidad en el desarrollo del Perú, ésta se refleja en altos

porcentajes de desigualdad en la transferencia de recursos, como es: para el 2012,

los gobiernos regionales que experimentaron variación negativa fue Ancash con un

13,35% con respecto al 2011, Arequipa con un 11,90% y La Libertad con un 9,25%.

Page 47: TESIS INFORMALIDAD

3

V. CONCLUSIONES

1. La evasión de los tributos nacionales trae como consecuencia, déficit fiscal,

que origina nuevos tributos, mayores tasas o créditos externos. Perjudica al

desarrollo económico del país, no permitiendo que el estado pueda

redistribuir el ingreso a partir de la tributación.

2. La evasión es la desigualdad que produce en la distribución de la carga

tributaria, al reducirse la cantidad de contribuyentes, lo cual determina que

ésta además de gravar a un número pequeño de personas, se distribuya de

manera distinta y más costosa.

3. Se da generalmente en los sectores de servicios, intermediación laboral, taxis,

seguridad. Entre otros

4. Las empresas comerciales solicitan comprobantes de pago por operaciones no

vinculadas directa e indirectamente.

5. En nuestro país existe un alto porcentaje de evasión tributaria por parte de las

empresas privadas, éstas tienen un comportamiento evasor, para que ello no

ocurra o vaya disminuyendo progresivamente, es indispensable generar

conciencia tributaria en las empresas privadas, indicándoles que deben de

asumir sus responsabilidades de pagar sus tributos porque al hacerlo cumplen

con el país, y que la evasión es una actividad ilícita y habitualmente está

contemplado como delito. Es importante tomar en cuenta algunos factores

que permita crear conciencia tributaria en las empresas privadas, entre los

cuales planteo como estrategias: la cultura tributaria y educación tributaria.

6. La evasión del impuesto a la renta es una problemática que inquieta y afecta a

la Administración tributaria: Las formas de evasión son múltiples y en la

primera década del siglo XXI el avance tecnológico materializado a través

del comercio electrónico produce un mayor grado de complejidad en lo

referente al control de la verificación y cobro de los tributos, bien sea en el

país de origen

Page 48: TESIS INFORMALIDAD

3

o en el de destino, particularmente cuando se refieren a regímenes especiales:

si no se establecen criterios que permitan identificar notoriamente las partes

que intervienen, las jurisdicciones afectados.

7. La conformación de bloques comerciales que permite mediante acuerdos

bilaterales que los países miembros que comercian entre sí se beneficien de

un marco de mayor flexibilidad a fin de que las rentas de fuentes

extranjeras ingresen y se afecten al país de destino.

8. El contrabando abierto es el delito aduanero cuyo nivel de evasión es mayor,

diariamente aumentan las incautaciones y decomisos este delito. El

contrabando técnico y la subvaluación también registran cifras altas de

evasión: el fraude fiscal sólo puede combatirse mediante la acción conjunta a

nivel internacional de los Estados interesados; la comparación entre la base

imponible de los acuerdos bilaterales constituye una medida para contrarrestar

a nuevas formas de evasión y la elusión.

Page 49: TESIS INFORMALIDAD

3

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Córdova, O. (2010). Causas que originan la evasión tributaria en los comerciantes del mercado ferrocarril en el sector ferretero 2009. Chimbote: s/e.

Diario La República. (09 de Julio de 2013). La evasión tributaria es propiciada por empresas mineras informales. La República.pe/economía, pág. 1.

Diario Perú 21. (11 de Setiembre de 2013). Sunat sanciona a más de 3,000 locales en Lima por evasión. Perú21.pe/economía, pág. 5.

económica, a. (27 de Setiembre de 2013). Alerta@económica. Obtenido de http://alertaeconomica.com/estado-peruano-pierde-s-1-000-millones-por- evasion-de-impuestos-a-la-renta-e-igv/

Ediciones Caballero Bustamante SAC. (2010). Fiscalización Tributaria. Lima: Editorial Yinco S.A.

Ediciones Caballero Bustamante SAC. (2011). Riesgos tributarios. Guía para afrontarlos. Lima: Editorial Tinoco S.A.

Estudio Rebaza Abogados. 2011.

Evaristo, R. (2013). El comercio informal y evasión de tributos en la Av. Raimondi, Huaraz 2011. Huaraz: s/e.

- Mehl, L. (1964,p.311 y 312). Elementos de Ciencia Fiscal. Barcelona: Bosh.

“Minería Peruana: Contribución al Desarrollo Económico y Social, IIMP, enero 2010, Lima, Perú”.

Nima, E., & Bobadilla, M. (2008). Impuesto a la Renta de empresas. Lima: Imprenta Editorial El Búho EIRL.

Roca, S., Simabuko, L., & Dyer, J. (2008). Impacto tributario en el servicio de transporte terrestre interprovincial de pasajeros. Lima: s/e.

Page 50: TESIS INFORMALIDAD

4

ANEXOS

FICHAS BIBLIOGRÁFICAS

Page 51: TESIS INFORMALIDAD

4

TEMA: MINERIA PERUANA: CONTRIBUCION AL DESARROLLO

ECONOMICO Y SOCIAL

Escrito por

Instituto de Ingenieros de Minas del Perú

Extraído de:

http://www.minem.gob.pe/minem/archivos/file/Mineria/PUBLICACIONES/LIBRO

S/CONTRIBUCION2.pdf

Citado de:

“Minería Peruana: Contribución al Desarrollo Económico y Social, IIMP, enero

2010, Lima, Perú”.

La política macroeconómica de nuestro país, favorecida por el desarrollo y

exportaciones de la actividad minera, generó que la Balanza Comercial, a diferencia

de otros países, registrase superávit, pese a que la crisis financiera internacional se

acentuó a partir de setiembre del 2008.

Los recursos provenientes del sector minero por concepto de: Derecho de Vigencia y

Penalidad, Canon Minero y Regalía Minera son transferidos por el Gobierno

Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales. Estos sumaron S/. 4 973 millones

en el año 2008, lo que representó el 60 por ciento de lo destinado a las regiones y el

39 por ciento a los municipios, siendo aún más importante la participación en las

zonas con presencia de actividad minera, donde en algunos casos, los montos

generados por la minería superan el 90 por ciento del total de lo transferido.

El Impuesto a la Renta que pagan las empresas mineras representó el 39,27 por ciento

del total de la recaudación por este tributo, cuyo 50 por ciento se destina como Canon

Minero. Aunque la cifra global descendió en comparación al año 2007, por efecto del

desencadenamiento de la crisis financiera internacional que impactó en el precio de

los metales, en el 2008, siguió constituyéndose en una de las principales fuentes de

recursos del Estado Peruano.

Page 52: TESIS INFORMALIDAD

4

TEMA: LA EVASION TRIBUTARIA EN EL PERÚ

Escrito por

CPC Luis Alberto Latínez Carpio

Ex Superintendente Nacional de Administración

Tributaria Past Decano del Colegio de Contadores

Público de Lima Extraído de

http://www.diariolaprimeraperu.com/online/especial/evasion-tributaria-en-el-

peru_80660.html.

Primero debemos diferenciar los conceptos de ELUSIÓN TRIBUTARIA, EVASIÓN

TRIBUTARIA y DELITO TRIBUTARIO.

Elusión Tributaria, son los medios que utiliza el contribuyente para reducir los

tributos, sin transgredir la ley.

Evasión Tributaria, es cuando el contribuyente declara y/o paga menos tributos por

errores materiales y/o desconocimiento, transgrediendo la Ley.

Delito Tributario, es cuando en beneficio propio o de terceros mediante ardid,

astucia y/o engaño el contribuyente declara y/o paga menos tributos, ejemplo:

compra de facturas para pagar menos IGV.

“La evasión tributaria en el Perú es un deporte nacional, porque del total de

contribuyentes que deberían pagar tributos solo el 50% lo hace”

La Evasión Tributaria se da en todos los tributos, así tenemos:

Page 53: TESIS INFORMALIDAD

4

Renta de 1era. Categoría: La mayoría que alquila inmuebles no paga mensualmente

el Impuesto a la Renta y los que alquilan bienes muebles tampoco pagan, ejemplo los

que alquilan diario los autos para los taxis.

Renta de 2da. Categoría: Los que ganan intereses por préstamos efectuados no

tributan y menos los que ceden en uso Patentes, Marcas, Inventos, etc.

Renta de 3era. Categoría: La evasión en este tributo es significativa. La SUNAT

descuido la fiscalización del IRTA de 3era., debido a la falta de especialista, pues los

mismos fueron separados durante la dictadura de Fujimori. Recién a partir del 2007

están fiscalizando, pero desconocen la auditoría de este tributo.

En el caso de los principales contribuyentes la SUNAT manifiesta que los tiene

controlados, pero indicaremos en lo que declaran, pero en lo que no declaran no

pueden controlarlos, pues muchas veces compran sin factura y venden sin factura.

Falta fiscalización.

Renta de 4ta. Categoría: La mayoría no declara todos sus ingresos, solo declaran

parcialmente. Unos por desconocimiento y otros no quieren declarar. Este impuesto

es muy poco entendible por la mayoría de los contribuyentes, la legislación es muy

compleja, siendo entendida solo por los contadores.

Renta de 5ta. Categoría: Muchos trabajadores que deberían estar en planilla, por el

trabajo que realizan, en las empresas los obligan a obtener su RUC para que emitan

recibo de honorarios profesionales. No solo hay evasión en el Impuesto a la Renta de

5ta categoría, sino también en ESSALUD y en ONP (Sistema Nacional de

Pensiones).

Impuesto General a las Ventas (IGV): La evasión tributaria es significativa, a

pesar que la SUNAT desde que se creó en 1989 se dedicó a fiscalizarlo.

SENATI. La mayoría de empresas industriales no tributa por concepto de SENATI.

Page 54: TESIS INFORMALIDAD

4

Como podrá apreciarse en todos los tributos hay Evasión Tributaria.

Lo que contribuye a la evasión es la desigualdad ante el tributo. El Principio

Tributario de IGUALDAD, no se cumple, porque todos los que deben tributar no lo

hacen y los que tributan no lo realizan de acuerdo a su capacidad económica.

Otra causa de la Evasión Tributaria son las Exoneraciones Tributarias, pero no tanto

las referidas al agro y a las zonas de frontera, sino a las exoneraciones del IGV que

tienen los bancos, pues ninguna de sus operaciones están gravadas con el IGV; igual

gozan de exoneraciones las operaciones de las Administradoras de Fondos de

Pensiones (AFP). También están exoneradas del IGV y del IRTA de 3era. las

Asociaciones sin fines de lucro (educación particular), pues no tributan, a pesar que

la educación es una actividad bien lucrativa.

Las asociaciones sin fines de lucro (clubes privados) están exoneradas del IGV y del

Impuesto a la Renta (IRTA) en cuanto a las cuotas mensuales que pagan los socios;

pero no están exoneradas si realizan actividades comerciales, como son alquiler de

las canchas deportivas, academia de natación, fulbito, y otras disciplinas. De igual

manera los Colegios y Universidades particulares organizadas como asociaciones sin

fines de lucro. La SUNAT no las fiscaliza.

Otro de los motivos que ocasiona Evasión Tributaria son los Convenios de

Estabilidad Tributaria, por el cual el inversionista extranjero al firmar estos

convenios, les congelan las tasas de los impuestos y toda creación de nuevo tributo

no los afecta. El inversionista nacional no tiene ningún beneficio. Sabemos que los

convenios de Estabilidad Tributaria da garantías a la inversión extranjera, porque no

invertiría en un país que constantemente se cambian las normas tributarias.

Análisis y conclusión:

Para erradicar la Evasión Tributaria que en nuestro país es muy compleja, deberá

implementarse las siguientes medidas correctivas:

Page 55: TESIS INFORMALIDAD

4

1. Implementar una REFORMA TRIBUTARIA INTEGRAL, para que todos

paguen tributos de acuerdo a su capacidad económica. El nuevo Sistema

Tributario Nacional, deberá ser sencillo y entendible por todos los

contribuyentes y no solo por los contadores. El Impuesto a la Renta de 4ta., el

RUS y el RER, deben ser entendibles por todos los contribuyentes y no

complejos y difíciles como es actualmente.

Eliminar el ITAN

2. Teniendo en cuenta que una de las atribuciones fundamentales de la SUNAT

es erradicar la Evasión Tributaria, tal como se específica en el Código

Tributario, deberá:

3. Implementar el operativo VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, que consiste en visitar por distrito, casa

por casa, para detectar a los que no declaran y de esta manera formalizarlos.

Este operativo es de fácil ejecución y es rápido. La SUNAT tiene información de

los lugares donde existe alta informalidad.

4. Fiscalizaciones integrales de Renta de 3era. Categoría en forma rápida y

Oportuna. Al fiscalizarse integralmente se detectará ventas sin factura;

compra de factura para pagar menos IGV; compra de bienes sin factura y las

ventas de dichas compras sin factura; y la Evasión en otros tributos.

5. Si existe indicios de Delito Tributario, el auditor debe agotar todos los

procedimientos hasta evidenciarlo, tal como se indica en el Código Tributario.

Page 56: TESIS INFORMALIDAD

4

6. Fiscalizar a los clubes privados y colegios particulares, porque sus

operaciones mercantiles no están exoneradas del Impuesto a la Renta y del

IGV (alquiler de la piscina, y de las áreas deportivas, venta de uniformes y

buzos, etc.,)

En cuanto a la política fiscal del gobierno, debe eliminarse la exoneración del IGV:

A las operaciones de los Bancos e Instituciones Financieras.

A las AFP

A los Colegios, Universidades e Institutos privados.

También debe eliminarse los Convenios de Estabilidad Tributaria, para que exista

igualdad ante el Tributo, para lo cual debemos respetar los convenios ya firmados; y

para garantizar la inversión extranjera, las normas tributarias deben permanecer en el

tiempo, es decir no cambiarlas todos los años.

Debemos crear Conciencia Tributaria, para lo cual debe adoptarse entre otras

medidas las siguientes:

Incluir como parte de la currícula escolar temas sobre Tributación,

especificándose, entre otros, la importancia de los tributos.

Los funcionarios del Estado deberán demostrar honestidad y transparencia en

sus actos.

Explicar e informar a la población sobre los Tributos que recaudamos y cómo

se aplican en beneficio de la ciudadanía.

Sancionar con carcelería a los que están inmerso en Delitos Tributarios. Hasta

la fecha nadie es preso por delito tributario.

Adicionalmente, debo comentar que existe un proyecto de Ley sobre la Auditoria

Tributaria Independiente que el Colegio de Contadores Público de Lima lo presentó

al Congreso de la República el año 2003, donde se propone la colaboración de los

contadores para erradicar la evasión tributaria. Este proyecto fue archivado.

Page 57: TESIS INFORMALIDAD

4

LA CULTURA DEL NO PAGO Estudio REBAZA Abogados – (2011).

Juan es un padre de familia bastante metódico y responsable, cumple siempre de

manera puntual con todas sus obligaciones económicas, cancela oportunamente la

pensión del colegio de sus dos hijos Nicolás y Luciana, deposita la cuota del

préstamo hipotecario dos días antes de su vencimiento, paga sus tarjetas de crédito

vía internet, entre otras obligaciones mensuales, nunca su nombre figuró en

ninguna central de riesgo. En relación a sus impuestos, su responsabilidad es aún

mayor, cumpliendo con pagar sus obligaciones tributarias, tanto a SUNAT como a la

Municipalidad donde se ubica su casa. Este mes sin embargo, a raíz de la compra de

su auto nuevo, se ha visto bastante preocupado, sabe que como todos los meses sus

compromisos económicos no esperarán y quizás no le alcance para asumir todos. En

ese momento se encuentra con Pedro, un vecino que le debe plata desde hace mucho

tiempo, pero que lo tiene dando largas, “no tengo…” “para la próxima semana..”;

entre otras excusas usuales. Mientras se brindan los mutuos y acostumbrados

saludos, Juan piensa si es buen momento para nuevamente exigirle el pago de su

deuda, pero le es difícil vencer la vergüenza, siempre ha pensado que es feo cobrar;

pese a ello se atreve con una sonrisa forzada y le dice: - cuando me cancelas la

arruguita que me tienes. Pedro le contesta en forma evasiva e incluso con cierto

grado de enojo: - Mira Juan no creas que no te voy a pagar, sólo estoy esperando la

gratificación de fiestas patrias y te cancelo hasta el último centavo. Juan, indignado

por la respuesta, no sabe que hacer… sólo atina a confesarle a Pedro el motivo de su

exigencia - Pedro tengo que pagar el segundo trimestre del impuesto predial y los

arbitrios municipales de mi casa y el dinero no me alcanza. Pedro lo interrumpe

diciéndole - Juan no seas tonto, sólo a ti se te ocurre pagar puntualmente los tributos

municipales. Y le sugiere que haga como él, que siempre espera la amnistía de fin de

año, en la que paga sus tributos, incluso aquellos que por descuido olvidó pagar el

año pasado y lo mejor de todo, sin intereses y en forma fraccionada. Juan no

puede creerlo y ante la sugerencia de su deudor, decide intentarlo este año, de esa

forma hará “caja” para pagar su auto. El caso de Juan grafica claramente lo que le

ocurre a bastantes contribuyentes municipales, ya que las Municipalidades por el

hecho de incrementar temporalmente sus ingresos para una determinada época del

año, recurren a la fórmula de la mal llamada “amnistía”, la que en realidad es una

condonación, es decir, el ejercicio de la facultad que tiene la

Page 58: TESIS INFORMALIDAD

4

Administración Tributaria de perdonar todo o parte las multas e intereses. Estas

medidas sólo incentivan la cultura del no pago, tan vigente y arraigada en nuestro

país. La vergüenza que pasa Juan para exigir a Pedro el pago de su deuda, es usual en

los acreedores peruanos, que muy por el contrario debiera ser vergüenza del deudor

por no pagar a tiempo su obligación, resultando ser para el acreedor un suplicio

exigir la cancelación. A ello denomino la Cultura del no pago, porque en nuestro

país más vergüenza tiene el acreedor en pedirle dinero al deudor, que este último en

que le exijan la deuda. Y en el caso específico de las Municipalidades, considerando

los antecedentes de poca conciencia tributaria de los contribuyentes, esta cultura se

ve premiada o hasta gratificada, al permitir que estas obligaciones se puedan pagar

en diferentes épocas del año, sin pagar intereses ni multas, sin percatarse las

Municipalidades que, éste “arreglo” para conseguir recursos temporales, será sólo un

arreglo provisional, porque le rebotará en un problema mayor, que cada vez sean

menos los contribuyentes puntuales y más los contribuyentes que esperen las

amnistías para “ver si de ponen al día en sus obligaciones”, a esto le denomina

“arreglos que rebotan”.

Page 59: TESIS INFORMALIDAD

4

CAUSAS DE LA EVASIÓN TRIBUTARIA Calderón E.; Bejarano Jesús:

Según Chávez (2008),

Las causas determinantes de la evasión son: la carencia de la educación tributaria, la

desconfianza en el gobierno, el sistema tributario poco transparente y el bajo riesgo

de ser detectado.

- La educación tributaria

Se relaciona íntimamente con el objetivo de mediano plazo: mejorar la actitud de los

contribuyentes frente a sus obligaciones tributarias Se trataría de determinar si es

conveniente dirigir los esfuerzos hacia la mejora de la conducta tributaria o, hacia la

determinación de la psicología tributaria predominante en los contribuyentes y, a

partir de allí, diseñar una estrategia que nos permita sortear los principales puntos de

resistencia a la tributación. Con relación a la falta de educación tributaria, procede

formular una reflexión adicional. La conducta de la evasión tributaria, cuando se

presenta con un cierto grado de generalidad, no tiene el carácter de un fenómeno

aislado. No se trata de que las personas observen un determinado comportamiento

con relación a ciertos deberes, en este caso frente a las normas tributarias, y otro

muy distinto con relación a otras obligaciones legales. Deberíamos entender como la

falta de educación cívica, proyectada en el campo de los tributos.

- La desconfianza en el gobierno

Otra de las causas de la evasión tributaria, está referida al crédito que merece el

gobierno, tanto en lo relativo al empleo que se hace de los recursos recaudados, como

de los criterios utilizados para determinar las formas de capacitación sobre esos

recursos. Debemos imaginar que cuanto mayor sea la participación de la sociedad

como un todo en las decisiones referentes a cuanto, de quienes y como recaudar y, al

mismo tiempo, en cómo aplicar estos recursos, las actitudes de resistencia a la

tributación podrían verse disminuidas.

Page 60: TESIS INFORMALIDAD

4

- El sistema tributario poco transparente

La manera de que un sistema tributario contribuye al incremento de una mayor

evasión impositiva, se debe básicamente al incumplimiento de los requisitos

indispensables para la existencia de un sistema como tal. Así que la definición

general de sistemas menciona que, es el conjunto armónico y coordinado de parte de

un todo que interactúan dependiendo una de las otras recíprocamente para la

consecución de un objetivo común. En este respecto decimos que la apreciación de

un sistema tributario que se manifiesta como poco transparente, se refleja en la

falta de definición de las funciones del impuesto y de la administración tributaria en

relación a las exigencias, subsidios, promociones industriales, etc., donde la función

de una surge como el problema de otro. Además no escapa a la conciencia

generalizada, que donde existe una promoción o liberalización de impuestos,

rápidamente surgen planteos claros de elusión y evasión fiscal. Por ello es que una

gestión tributaria eficiente es tan importante como el desarrollo de un esquema

tributario acorde con la realidad circundante. Si bien la falta de un adecuado

sistema tributario puede constituir una causa de evasión, sin lugar a dudas que ésta

no puede ser endilgada como la causa principal y exclusiva, si nos ajustamos a esta

explicación simplista, bastaría con modificar el sistema tributario y todos los

problemas estarían resueltos. Este principio exige que las leyes tributarias, los

decretos reglamentarios, circulares, etc., sean estructurados de manera tal, que

presente técnica y jurídicamente el máximo posible de inteligibilidad, que el

contenido de las mismas sea tan claro y preciso, que no permitan la existencia de

ningún tipo de dudas para los administradores.

- Bajo riesgo de ser detectado

El contribuyente al saber que no se lo puede controlar se siente tentado a incurrir en

esa conducta de tipo fiscal, ésta produce entre otras consecuencias la pérdida de la

equidad horizontal y vertical. Resulta de ello que contribuyentes con ingresos

similares pagan impuestos muy diferentes en su cuantía, o en su caso, empresas de

alto nivel de ingresos potenciales, podrían ingresar menos impuestos que aquellas

firmas de menor capacidad contributiva. Esta situación indeseable desde el punto de

vista tributario, es un factor de desestabilización social, la percepción por parte de los

contribuyentes y

Page 61: TESIS INFORMALIDAD

5

el ciudadano común de esta situación, desmoralizan a quienes cumplen

adecuadamente con su obligación tributaria. En este sentido, los esfuerzos de la

Administración Tributaria deben, entonces estar orientados a detectar la brecha de

evasión y tratar de definir exactamente su dimensión, para luego, analizar las

medidas a implantar para la corrección de las conductas detectadas. El efecto

demostrativo de la evasión es difícil de contrarrestar si no es con la erradicación de la

misma, en un ámbito de evasión es imposible competir sin ubicarse en un ritmo

similar a ella, aparece así la evasión como autodefensa ante la inacción del Estado y

la aquiescencia de la sociedad. Es decir que lo que se debe hacer es aumentar el

peligro de ser detectado por aquellos que tienen esta conducta, en tal sentido

pensamiento de que, debe por lo tanto desterrarse la falta de presencia del organismo

recaudador, incrementando así el riesgo del evasor de ser detectado. Este accionar

tiene efecto sobre el resto de los contribuyentes. El organismo debe marcar una

adecuada presencia en el medio a través de una utilización correcta de la información

que posee, exteriorizar en la sociedad la imagen de que el riesgo de ser detectado es

muy elevado, y de que el costo de no cumplir correctamente sus obligaciones

fiscales por parte del contribuyente podrá ser excesivamente oneroso.

Page 62: TESIS INFORMALIDAD

5

CAUSAS DE EVASIÓN TRIBUTARIA Yacolca D. (2010).

Causas de evasión de naturaleza económica.

Cuando se considera el peso de la carga tributaria y las deducciones que no

funcionan.

En Perú las deducciones y exoneraciones en la Selva del IGV (IVA peruano)

que no funcionan.

Causas técnicas, tiene que ver con la creación de tributos anti-técnicos. Un impuesto

que grava renta y tiene una opción que grava patrimonio. Perú el Impuesto Mínimo a

la Renta.

Causas políticas, tiene que ver con la corrupción de funcionarios públicos, pueden

constituir estímulos negativos en el comportamiento del contribuyente. Cuando se

crean beneficios con influencia política. Exoneración de un restaurante del

Aeropuerto de Perú.

Causas jurídicas, sobre todo con relación a la forma en que el derecho positivo

regula la relación jurídico-impositiva y las violaciones de la ley fiscal. o Por ejemplo

cuando se crea sujetos pasivos o alícuotas en normas infra legales, violando la

reserva de ley. Impuesto a la Renta al crear agentes de retención. o También con

normas poco claras que regula infracciones y delitos. En la Infracción y Delito no se

establece un umbral.

Page 63: TESIS INFORMALIDAD

5

CONSECUENCIAS DE LA EVASIÓN TRIBUTARIA Calderón E.; Bejarano

Jesús:

Según Camargo (2008) las consecuencias de la evasión tributarias con los

siguientes: Influye en la generación de un déficit fiscal, que origina nuevos tributos,

mayores tasas o créditos externos.

Perjudica al desarrollo económico del país, no permitiendo que el estado pueda

redistribuir el ingreso a partir de la tributación.

Otro efecto de la evasión es la desigualdad que produce en la distribución de la carga

tributaria, al reducirse la cantidad de contribuyentes, lo cual determina que ésta

además de gravar a un número pequeño de personas, se distribuya de manera

distinta y más costosa. Quienes realizan actividades económicas cancelando todos

los impuestos, se hallan en situación adversa frente a quienes evaden.

- Beneficios de la formalización La propiedad formal proporcionará a los

comerciantes del mercado de Ceres, y a sus familias una base socioeconómica sólida

que le permitirá fortalecer sus identidades y participar de manera activa en la

sociedad. Además, les proporcionarán posibilidades de acceso a los servicios

públicos y a los recursos financieros y se constituirá en una herramienta contra la

exclusión social, en la media que son los propios comerciantes quienes deciden,

participar y conquistar sus propios desarrollos socioeconómicos y personales. La

formalización es no sólo formalismo legal sino también el aprovechamiento de todos

los beneficios subyacentes a ella. Estos beneficios van más allá de la seguridad que

brinda a los propietarios el reconocimiento formal de sus respectivas propiedades

por parte del estado, pues también incluyen otros aspectos tales como: seguridad

jurídica, beneficios económicos y sociales, acceso a fuentes financieras y conservar

clientes, herencia familiar, eliminación de conflictos a la inversión.

- Seguridad jurídica Sabiendo que los empresarios serios y responsables no

intercambian bienes y servicios con empresas que no cuentan con respaldo legal, la

Page 64: TESIS INFORMALIDAD

5

formalización permitirá a los comerciantes informales asegurar que los derechos de

propiedad sean cuestionables, obtener valor al constituirse legalmente y al 42

registrarse en las diferentes organizaciones públicas dará mayores oportunidades de

participar en el mercado y expandirse en el futuro. Así como abrir nuevas filiales en

otras regiones del país sin problemas legales, evitar riesgos de cierre de su empresa

por no cumplir con la ley.

- Creación de Sociedades Operar en el mercado en sociedades les facilitará a los

comerciantes disponer de un mayor capital e inversión y mayor agresividad mercantil

- Beneficios económicos y sociales El proceso de formalización de los comerciantes

a formales, les producirá tantos beneficios económicos como sociales. El beneficio

económico: la mayor seguridad de derecho de la propiedad permite un uso más

eficiente de los activos, lo que reflejará un mayor valor de la empresa. Observarán

mayor eficiencia en las inversiones en el mercado y uso de la propiedad como lateral

para hipotecas.

- Acceso al banco y conservar clientes Lograr acceso a los bancos y conservar los

clientes que exigen facturas de las operaciones mercantiles que realizan en el

mercado son ventajas que ofrece la formalización. Los préstamos bancarios

permitirán que los comerciantes informales construyan un sólido historial de crédito,

lo cual allana el camino para obtener préstamos más grandes y en mejores

condiciones. Por ejemplo, créditos para capital de trabajo que en el corto plazo

activen el comercio de las economías subterráneas. En cuanto a la conservación de

clientes, estén en mejores condiciones de cerrar contratos legales con sus clientes y

proveedores.

- Herencia familiar La formalización del negocio garantizará que los propietarios

puedan dejar en herencia a la familia el patrimonio e inversión que han logrado

acumular a través del tiempo, permitiendo el incremento de capital y la expansión de

sus actividades, logrando un mayor crecimiento económico. Eliminación de

conflictos Con la formalización se espera que la tenencia de la propiedad elimine

los posibles conflictos entre los comerciantes del mercado de Ceres y terceras

personas.

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- Incentivo a la inversión La formalización permitirá que los propietarios actúen en

el mercado con un título de propiedad debidamente registrado sabiendo que no serán

desalojados vía ley de sus fuentes de subsistencias, sino tendrán mayores

posibilidades de inversiones. Mejoran las edificaciones de sus inmuebles e invertirán

en servicios públicos que no sólo incrementará el valor de sus respectivos negocios,

sino también de su entorno socioeconómico. El efecto impositivo que llegarían a

obtener las empresas proveedoras de servicios públicos privados es que reducirán el

riesgo de sus inversiones en ampliación de coberturas de servicios, así como del

costo financiero.

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Autor: Angel Schindel Año Publicación: 2002.

Título: Ajuste Impositivo por Inflación. Ciudad: Buenos Aires.

País: Argentina.

Para el autor el Impuesto a la Renta es un tributo que su aplicación está referida a

sufragar los gastos públicos, el autor reafirma que los tributos existen porque los

entes públicos tienen encomendadas ciertas actividades, una de ellas es allegar

recursos dinerarios al estado y demás entes públicos, para que el estado pueda cubrir

las necesidades públicas, además agrega que recaudar un ingreso es el fin

fundamental de los tributos.

El autor añade que todos los tributos sostendrán los gastos públicos de acuerdo con

su capacidad económica, mediante un sistema tributario justo inspirado en los

principios de igualdad y progresividad.

ANÁLISIS: Podemos analizar que uno de los ingresos del estado para sostenerse

económicamente son los tributos que se recaudan del pueblo en este sentido podemos

concretar que el impuesto a la renta tiene una incidencia muy relativa en la economía

del mismo, ya que los productos básicos aumentan su costo porque son gravados con

dicho impuesto, el estado en su afán de recaudar dinero para sostener sus gastos no se

da cuenta que el pueblo es afectado con un impuesto demasiado alto.

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NOMBRE DEL TEMA

La evasión tributaria es propiciada por empresas minerales informales.

EXTRAIDO DE

: Periódico/la república/Economía

DATOS BIBLIOGRÁFICOS: Mur Miguel, socio principal de Payet Rey Cauvi

Abogados, la evasión tributaria es propiciada por empresas mineras informales,

Lima, martes 09 de julio del 2013.

Actualmente la evasión tributaria en el país es propiciada por las empresas

informales, como se evidencia en el sector minero en el interior del país, sostuvo

Miguel Mur, socio principal de Payet Rey Cauvi Abogados.

Existe una mayor evasión en la zona de la selva del país y en la minería clandestina

principalmente motivada por las pequeñas y microempresas no formales.

A la fecha, el Perú cuenta con una alta evasión tributaria, tanto es así que solo se

registran unos 200 contribuyentes principales, los que concentran el 60% de la

recaudación total.

El porcentaje restante está conformado por medianas y pequeñas empresas, aunque

se debe resaltar que se muestra una gran cantidad de firmas que no tributan, pero sí

mantienen activa su actividad productiva.

En el país, la evasión tributaria asciende a un 10% del Producto Bruto Interno (PBI),

es decir, aproximadamente se deja de tributar S/.20 mil millones, estimó el ejecutivo.

Se debe precisar que la recaudación tributaria en el Perú bordea el 16 % del Producto

Bruto Interno. En el 2012, subió 7,4%, al totalizar los S/. 84.131 millones al año.

ANÁLISIS

La evasión tributaria es la disminución de un monto de tributo producido dentro de

un país por parte de las empresas privadas quienes están obligados a abonarlo pero

no los

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hacen, pero en cambió dichas empresas sí obtienen beneficios mediante

comportamientos fraudulentos, también se puede definir como el incumplimiento

total o parcial por parte de las empresas privadas, en la declaración y pago de sus

obligaciones tributarias, mediante la reducción ilegal de los gravámenes por medio de

maniobras engañosas. La evasión se presenta tanto en empresas formales como

informales. Estos hechos suceden por falta de conciencia tributaria, se ha visto que la

Administración Tributaria ha realizado cortos publicitarios en los medios televisivos,

los que dan ejemplos sobre actos de evasión consumada, al respecto se plantean las

siguientes estrategias: La SUNAT debe programar capacitaciones en temas de

tributación y el modelo de gestión de la Administración Tributaria debe ser flexible y

apoyada en efectivos procesos tributarios con la finalidad de maximizar la

recaudación y coadyuvar al desarrollo económico y social del país.

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NOMBRE DEL TEMA:

Ampliación de la base tributaria

EXTRAIDO DE:

Revista “La Gestión de la SUNAT en los últimos cinco años – principales logros y

avances.

DATOS BIBLIOGRÁFICOS: Hirsh Carrillo Nahil, Ampliación de la Base

Tributaria, (s.e.) Lima, 2005, p.23,24.

La evasión tributaria por parte de las empresas privadas del Perú constituye un acto

consciente y doloso que pretende evitar, o reducir de manera sistemática, el pago de

las obligaciones tributarias, implicando acciones que violan normas legales

establecidas.

Lamentablemente, en el Perú la evasión se encuentra bastante generalizada y tiene

una amplia aceptación social. Las causas son diversas y entre ellas se puede

mencionar el deseo de obtener o retener mayores ingresos, la falta de conciencia

tributaria, la complejidad de algunas normas tributarias y la estructura informal del

aparato económico, sin olvidar los recurrentes periodos recesivos de nuestra

economía.

El IGV era el impuesto con mayores índices de evasión. El FMI había estimado que

la tasa de evasión ascendía a 50% en el 2001. Por su parte, la SUNAT calculaba que,

para el 2000, la tasa de incumplimiento del IGV es decir, por evasión y morosidad

bordeaba el 48% y se concentraba en sectores como comercio, prestación de

servicios, elaboración de alimentos, pesca y agricultura.

Dado que la SUNAT no ejerce ningún tipo de control sobre la cuantía de las tasas de

impuestos ni sobre las modificaciones de la política tributaria, como por ejemplo en

el caso de la eliminación de exoneraciones.

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ANÁLISIS

En nuestro país existe un alto porcentaje de evasión tributaria por parte de las

empresas privadas, éstas tienen un comportamiento evasor, para que ésto no ocurra o

vaya disminuyendo progresivamente, es indispensable generar conciencia tributaria

en las empresas privadas, indicándoles que deben de asumir sus responsabilidades de

pagar sus tributos porque al hacerlo cumplen con el país, y que la evasión es una

actividad ilícita y habitualmente está contemplado como delito. Es importante tomar

en cuenta algunos factores que permita crear conciencia tributaria en las empresas

privadas, entre los cuales planteo como estrategias: la cultura tributaria y educación

tributaria.