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Trabajo y Ciudadanía – 6° año Trabajo Práctico N°1. 1- El trabajo es un esfuerzo realizado por el hombre para obtener un beneficio económico, por ende es hacer “algo” (una labor) a cambio de una compensación económica. No es lo mismo trabajo que “empleo”, porque trabajo se refiere a una actividad, mientras que “empleo” a un lugar físico donde se realiza ella; donde el sujeto “trabaja” un sujeto”. El origen del concepto de trabajo proviene de “Tripalium”, que en latín significa “Tres Palos”, y que hace referencia a una atadura compuesta por tres palos cruzados donde los prisioneros, en el siglo VI, eran atados e inmovilizados mientras se los azotaba. El vocablo derivo de Tripalium a “Tripaliare”, que significa “torturar” y de allí a trabajo, como esfuerzo, sufrimiento, sacrificio. Luego evolucionó el concepto a la noción de “labor”. El trabajo se clasifica en “legal” entendido como aquel trabajo que cumple con las normativas vigentes, por ejemplo un médico o un operario, y en trabajo “ilegal” como aquel que no se encuentra legalizado por las leyes de protección del trabajador, por ejemplo el trabajo esclavo. También el trabajo se clasifica en “trabajo físico”, como aquel que implica el uso de la fuerza física para desarrollar una tarea (Ej.: operario de la producción/ oficios), y el “trabajo intelectual” 1

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Trabajo y Ciudadanía – 6° año

Trabajo Práctico N°1.

1- El trabajo es un esfuerzo realizado por el hombre para obtener un beneficio

económico, por ende es hacer “algo” (una labor) a cambio de una compensación

económica. No es lo mismo trabajo que “empleo”, porque trabajo se refiere a una

actividad, mientras que “empleo” a un lugar físico donde se realiza ella; donde el

sujeto “trabaja” un sujeto”.

El origen del concepto de trabajo proviene de “Tripalium”, que en latín significa

“Tres Palos”, y que hace referencia a una atadura compuesta por tres palos

cruzados donde los prisioneros, en el siglo VI, eran atados e inmovilizados mientras

se los azotaba. El vocablo derivo de Tripalium a “Tripaliare”, que significa

“torturar” y de allí a trabajo, como esfuerzo, sufrimiento, sacrificio. Luego

evolucionó el concepto a la noción de “labor”.

El trabajo se clasifica en “legal” entendido como aquel trabajo que cumple con las

normativas vigentes, por ejemplo un médico o un operario, y en trabajo “ilegal”

como aquel que no se encuentra legalizado por las leyes de protección del

trabajador, por ejemplo el trabajo esclavo. También el trabajo se clasifica en

“trabajo físico”, como aquel que implica el uso de la fuerza física para desarrollar

una tarea (Ej.: operario de la producción/ oficios), y el “trabajo intelectual” distinto

al físico, ya que implica un desgaste intelectual, generalmente se relaciona con

profesiones universitarias o terciarias. Existe también el “trabajo ad-honorem” que

consta de tareas que se realizan voluntariamente ya que no poseen retribución

económica, y generalmente se desarrollan con el fin de adquirir experiencia idónea

en una profesión.

Por otra parte, cuando se habla de “Trabajador en relación de dependencia” se

alude al puesto de trabajo que ofrece un salario o sueldo en forma de dinero al

empleado, que trabaja a tiempo completo, se desempeña en un lugar único, que

depende de un empleador único, quien registra al empleado en el sistema formal.

En otras palabras, se alude al tipo de trabajo tradicional en el que existe un poder

jerárquico entre el jefe (gerente, supervisor, dueño, patrón) y el trabajador, siendo

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el primero el que dirige la actividad, da indicaciones, asigna tareas, las supervisa,

etc, por ende, existe una relación jerárquica entre jefe y trabajador. Sin embargo,

cuando las personas trabajan por su cuenta, se habla de “Trabajo autónomo”, ya

que no existe la distinción jerárquica y la persona no desempeña su labor para

otros. Igualmente, deben pagar impuestos al Estado: el impuesto a las ganancias y

el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A). Además realizan aportes jubilatorios, deben

inscribirse como sujetos “Responsables inscriptos” en dichos tributos. También,

para los pequeños contribuyentes existe la opción de inscribirse en el

“Monotributo”, que reemplaza al régimen de “Responsables inscripto”.

2) El concepto de “Trabajo” se fue modificando de acuerdo al contexto

sociohistórico:

- Comienzo de la humanidad Se relacionaba con la supervivencia, el hombre

“trabajaba” en búsqueda de su alimento

-Paleolítico Depredación por medio de la caza, la pesca y la búsqueda de

frutos o vegetales

-Neolítico Los seres humanos pasaron a ser productores de sus propios

alimentos mediante el cultivos de las tierras (comienza la división del

trabajo en intelectual y físico).

- Antigüedad Se establecen ciudades, nace la oposición campo – ciudad y

comienza el trabajo esclavo (la esclavitud fue el primer modo de trabajo en relación de

dependencia). En Roma, los esclavos podían tener bienes y en América, la esclavitud

estaba encarnada por los nativos quienes realizaban el trabajo forzoso o de riesgo.

-De la Edad Media (S. V) al Siglo XV En el feudalismo, los señores feudales

(vasallos del rey) administraban porciones de tierra de los que pertenecían al reino,

mientras que los campesinos estaban sujetos a dicha tierra y no recibían dinero a cambio

de la producción que ellos realizaban.

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- Siglo XVIII “Revolución Industrial” Los trabajadores comienzan a ser utilizados

como mano de obra en las primeras fábricas. Se incluyen las maquinarias industriales y los

obreros comienzan a especializarse en función de la tarea que realizan.

-Siglo XIX Con el incremento de mejoras tecnológicas propias del desarrollo de

la segunda etapa de la Revolución Industrial, también crece la opresión del trabajador en

medio de un afianzamiento del sistema capitalista. Por otra parte, se gestan las primeras

manifestaciones de los trabajadores, estableciendo el derecho a huelga.

3) La frase “el trabajo como fuente de ciudadanía” trata de señalar que para que un

hombre tenga plena participación en sociedad, como ciudadano, mediante el ejercicio

autónomo de sus derechos civiles, es necesario que pueda tener sus condiciones de vida

básicas garantizadas. Por lo tanto, el trabajo es fundamental para que los hombres

puedan, logrando la satisfacción de sus necesidades básicas, ejercer y hacer cumplir sus

derechos sociales y sus derechos políticos, y con ellos, poder protegerse ante las

arbitrariedades del poder, tanto estatal como del mercado.

4) El trabajo puede clasificarse de acuerdo con diferentes categorías: si se tiene o no se

tiene, hablamos de persona ocupada o desocupada. Según su grado de estabilidad o

permanencia en el tiempo, es estable o inestable.

También, se clasifica en trabajo “remunerado”, que es aquel por el que percibimos dinero

a cambio de realizar una labor determinada, y trabajo “ad- honorem”, que implica realizar

su realización sin percibir una compensación en dinero porque se realiza con algún fin

social, solidario y educativo. Por ejemplo, las personas que trabajan voluntariamente en la

en la atención de un comedor de un hospital, de un geriátrico, etc. Asimismo, existe el

trabajo “voluntario”, que consta de una persona con sensibilidad social y que desea

trabajar para favorecer la solución de ciertos problemas sin esperar una remuneración a

cambio.

5) El concepto de trabajo se relaciona con la globalización porque mediante la

diversificación amplia de los trabajos y temprana, que es necesario repensar en cada

situación la calidad que ofrece más que estabilidad en el tiempo. También existe una

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nueva “división del trabajo” entre la población que ha tendido al incremento de puestos

relacionados con los servicios, más que con la producción de bienes.

Con el trabajo en el mundo globalizado, se requiere de una actualización en los nuevos

conocimientos y capacitación en nuevas tecnologías, siendo éstos factores primordiales

para acceder a puestos ventajosos y calificados. La incorporación en nuevas tecnologías en

las empresas repercute en la disminución de los puestos de trabajo. Por lo tanto, es

necesario que exista un acceso a las nuevas tecnologías de manera equitativa, con el fin

de no aumentar la distancia entre trabajadores calificados y no calificados.

6) Trabajar constituye un derecho fundamental del ser humano, desde el Derecho del

Trabajo se pretende regular las relaciones entre los involucrados en las relaciones

laborales: empleadores, empleados, sindicatos, y otros. Todo trabajador necesita el

amparo de una ley que le otorgue derechos, lo protege de los abusos que se pueden

realizar y establece obligaciones.

Todas las legislaciones ampliaron las normas de protección a los trabajadores, buscando

controlar, humanizar o dignificar la relación de trabajo. Es así que surgió el derecho del

trabajo como materia con autonomía propia; los estatutos profesionales, las convenciones

colectivas o los laudos, son otras fuentes del Derecho.

Los estatutos profesionales son un conjunto de normas que regulan la actividad o sector

delimitado de trabajadores. En cambio, las convenciones o los convenios colectivos de

trabajo son un conjunto de normas que regulan una actividad de un sector, y son

acordados entre empleadores y una asociación de trabajadores.

Mientras que el Derecho del Trabajo se pretende regular las relaciones laborales, el

concepto de “Sujetos del derecho de trabajo” refiere a los dos sujetos integrantes en una

relación laboral prescriptos en la ley 20.744 : trabajador y empleador. El trabajador es

siempre cuyo principal capital es su fuerza de trabajo sea físico, intelectual, etc, mientras

que el empleador, puede ser una persona física, varias personas físicas, o una persona

jurídica. La persona física, denominada por “natural”, es para el Derecho un ser humano

que ejerce sus derechos, y cumple sus obligaciones a título personal, es decir, en su

nombre, mientras que una “Persona Jurídica” es una institución formada por varias

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“personas físicas”, y los riesgos los asume la institución y no las personas que la

conforman.

7) La Ley 20.744 es la Ley de Contrato de Trabajo, donde se entiende por trabajo “toda

actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una

remuneración”. Esta definición aclara que se trata de actividades que se desarrollan en el

marco de leyes vigentes, quedando excluidas aquellas que las infringen. También destaca

el concepto de subordinación de quien desempeña la tarea (empleado) hacia quien la

dirige (empleador) y aclara que a cambio de un trabajo se recibe una compensación de

dinero.

8) Los principios generales del derecho al trabajo son:

- Principio protector Es un criterio que protege al trabajador en forma individual, en

tanto éste constituye la parte más débil de la relación laboral frente a quien tiene el poder

económico e impone las reglas, es decir, el empleador. La existencia de este principio, o su

desconocimiento, puede ser una puerta abierta para condiciones indignas o de abuso en

el trabajo. Son ejemplos de este principio el reconocimiento de la libertad sindical y

contratación colectiva, la garantía de retribución justa y equitativa, la presunción del

contrato por tiempo indeterminado o sin plazo, el traslado al empleador del riesgo laboral

y con las cargas sobre la seguridad social relativas a las enfermedades inculpables, los

accidentes y muchos otros.

- Principio a la irrenunciabilidad Implica que se vuelven nulas todas las pautas que

intenten violar la actual legislación: ART. 12: será nula y sin valor toda convención de

partes que suprima o reduzca los derechos previstos en este ley, los estatutos

profesionales o las convenciones colectivas, ya sea el tiempo de su celebración o de su

ejecución o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción.

- Principio de Continuidad

- Las leyes laborales son:

a) Considerar el contrato por la regla general como de duración

indeterminada.

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b) Mantener la continuidad del contrato de trabajo no obstante los cambios

dinámicos en la relación, como pueden ser cambio de horario, categoría, turno,

remuneración, etc.

c) El castigo frente al despido sin causa estableciendo una indemnización a

favor del trabajador ya que la ley lo que protege es la continuidad del contacto.

d) El mantenimiento del contrato no obstante el incumplimiento de una de

las partes, por ejemplo, en caso de enfermedad, accidente, embarazo, nupcias,

desempeño de cargos gremiales.

- Principio de Primacía de la Realidad Se manifiesta en la observación concluyente de la

conducta de las partes en la ejecución del contrato sin importar lo que se pacta o se

registra por escrito. Por ejemplo, si el recibo figura la categoría de peón y en realidad el

obrero cumple tareas de oficial tornero se tendrá en cuenta la función que efectivamente

cumple.

- Principio de Razonabilidad Este principio orientado hacia el bien común y producto de

la razón de las personas aparece en todo ordenamiento jurídico. Por ejemplo, un

empleador que cambia el lugar de trabajo de un obrero y los destina a 280 km del actual,

con lo cual le provoca gastos que, por supuesto, no estaban previstos al inicio del

contrato.

- Principio de Buena Fe Es un principio general y esencial en toda relación negocial que

lleva implícita la confianza entre .las partes contratantes y la convicción de que no se

engañaran, perjudicaran ni dañaran. El principio de buena fe debe ser observado tanto

por el patrón como por el obrero. En relación con el empleado, este principio se entiende

como derivado del que señala el deber de cooperación y fidelidad con la empleadora.

9) La principal obligación del empleador es la de mantener indemne al trabajador y evitar

por todos los medios a su alcance que este sufra detrimento en su salud o en su

patrimonio.

a) Deber de Seguridad: este consiste en la obligación del empleador de observar todas las

disposiciones reglamentarias que regulan la actividad que explota y adoptar todas las

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medidas que sean necesarias. Es obligación del empleador observar todas las normas

sobre higiene y seguridad del trabajo, la salud y la vida de los trabajadores son bienes

jurídicos de mucho valor en el orden social y económico del país.

b) Reintegro de gastos y resarcimiento de daños: la obligación se refiere a aquellos gastos

que deberá realizar el empleado para ejecutar el trabajo y siempre que sean necesarios.

c) Deber de protección, alimentación y vivienda: se refiera a casos especiales tales como

son el trabajo agrario, el encargado de casa de renta, supuestos en donde el empleador

debe entregar la vivienda, a veces el alimento.

d) Deber de Ocupación: el empleador debe dar a su empleado la tarea para la cual lo

contrato, y los elementos necesarios para que la ejecute.

e) Deber de cumplir con las obligaciones a favor de los organismos o previsionales y/o

seguridad social y/o sindical. Entrega de certificado de trabajo: corresponde al empleador

como agente de retención de los aportes previsionales que posibilitara al obrero en el

futuro gozar de su jubilación, pensión o retiro. También obra como agente de retención

sobre los pagos sobre las obras sociales y aportes sindicales cuando el obrero se

encuentra afiliado a alguna organización sindical, su incumplimiento genera multas y

responsabilidades frente a los organismos defraudados y frente al empleado. Asimismo, al

finalizar la relación laboral el empleador deberá extender un certificado de trabajo y

aportes como comprobantes necesarios para poder tramitar en el caso que corresponda

el seguro de desempleo.

f) Deber de trato igualitario y no discriminatorio: el empleador tiene la obligación de no

hacer distinciones por razones de sexo, religión o etnia.

g) Deber de reconocer la propiedad al trabajador de los inventos y descubrimientos que

realice con motivo de la ejecución de su trabajo aun cuando para lograrlos se haya valido

de los elementos, maquina e instrumentos de la empresa.

TRABAJO PRACTICO N°2

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1) Las licencias ordinarias o vacaciones, tienen como finalidad procurar el descanso

físico y mental del trabajador, lograr una recuperación de la fatiga provocada por

la jornada laboral en un periodo más prolongado al semanal o jornal. La posibilidad

de descansar para el trabajador representa parte del bienestar necesario para

desempeñar su labor.

Existen tres tipos de descanso:

a) Entre jornadas

b) Semanal

c) Ordinarias y especiales.

En el caso de las licencias ordinarias o vacaciones, consta de un periodo más prolongado

de tiempo y es de carácter anual, siendo pago y retribuido antes del comienzo de la

licencia. La ley establece periodos mínimos de vacaciones en función a la antigüedad en el

empleo.

a) 14 días corridos anuales cuando la antigüedad es menos a 5 años.

b) 21 días corridos anuales cuando la antigüedad es mayor a 5 años y menor a 10

años.

c) 28 días corridos anuales cuando la antigüedad es mayor a 10 años y menor a 20

años.

d) 35 días corridos anuales cuando la antigüedad es mayor a 20 años.

Las empresas procuraran que por lo menos el trabajador tome sus vacaciones en verano.

Las vacaciones no se pueden reemplazar por dinero.

2) La extinción del contrato de trabajo o despido consta en “la pérdida de vigencia de

las normas constitutivas de la relación de trabajo”, en otras palabras, si el contrato

de trabajo es un negocio que constituye y da vida a la relación laboral, la extinción

del mismo es justamente la no vida de dicho contrato.

Esta pérdida de vigencia puede resultar:

a) De un negocio bilateral derogatorio o mutuo extintivo que la LCT (Ley de

contrato de trabajo) llama extinción del contrato de trabajo por

voluntad concurrente de las partes

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b) De un negocio unilateral llamado denuncia, que puede provenir

1- Del empleador, en cuyo caso el acto se denomina despido,

Este, a su vez, puede ser,

Con causa (por ejemplo, ante el incumplimiento de las

obligaciones que el trabajador tiene a su cargo, como ser

inasistencias reiteradas, desobediencia, etc)

Sin causa o arbitrario (Por ejemplo, se denomina arbitrario

porque es impuesto sin causa única aparente, en ese caso, el

empleador deberá proporcionar una indemnización

proporcional a un sueldo equivalente un a un mes por cada

año trabajado

2- Del empleado, llamado renuncia ( La renuncia es un acto llevado

a cabo por el empleado)

Este a su vez,

Con causa o despido indirecto (Se refiere a la denuncia por

parte del trabajador del incumplimiento por parte del

empleador del contrato, por ejemplo: atraso en el pago de

salario).

Sin, causa o renuncia propiamente dicha (Es un acto

unilateral y voluntario, es un acto formal y debe realizarse

por medio de un telegrama colacionado enviado a través de

una oficina de correo).

c) De un hecho ajeno a la voluntad de las partes. Esto supuesto tiene

varias alternativas:

-Por fuerza mayor y falta o disminución del trabajo.

- Por muerte del trabajador

- Por muerte del empleador (en algunos casos)

- Jubilación del trabajador

d) Quiebra o concurso del empleador.

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El contrato de trabajo no puede ser roto por una de las partes sin aviso, por ende la ley

estipula la existencia de un “preaviso”- la existencia de un tiempo previo en el que

cualquiera de las partes que deseen romper con el contrato lo hace saber con antelación-

con el fin de no perjudicar ni al trabajador ni al empleador.

3) Las licencias especiales son aquellas que contemplan casos específicos de la vida

cotidiana en lo que se debe cesar en la labor sin que ello implique no recibir el

salario correspondiente.

Ellas son:

- Para el hombre, por nacimiento de hijo, dos días corridos (las mujeres gozan de

la licencia por maternidad)

- Por matrimonio, diez días corridos.

- Por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la presuntamente se

encuentre en matrimonio, de hijos, de padres, tres días corridos.

- Por fallecimiento de hermano, un día.

- Para rendir exámenes en la enseñanza media y universitaria, dos días corridos,

y un máximo de diez días en el año.

4) Las ART son empresas privadas que tienen como objetivo brindar las prestaciones

dispuestas por la Ley de Riesgo de Trabajo. Todo trabajador tiene el derecho de gozar

de una ART. Los sujetos que quedan comprendidos dentro de esta ley son los

trabajadores en relación de dependencia pertenecientes al sector privado, los

funcionarios y los empleados del sector publico nacional, provincial y municipal, y en

general, toda persona obligada a prestar un servicio de carga pública.

El empleador esta obligado por ley a contratar una aseguradora de Riesgos del Trabajo

(ART) o a autoasegurarse para cubrir a sus empleados en caso de accidentes de trabajo o

enfermedades profesionales.

5) Un trabajador registrado y por lo tanto, amparado por la Ley de Riesgo de Trabajo

posee ciertos beneficios, entre ellos:

- El resarcimiento de los daños causados por enfermedades profesionales o

accidentes de trabajo, incluyendo rehabilitación del trabajador perjudicado.

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- La disminución de enfermedades y accedentes de trabajo por medio de la

prevención.

- La recalificación y reubicación profesional del trabajador damnificado.

- La promoción de negociaciones colectivas laborales para las mejoras de las

medidas de prevención y de las prestaciones reparadoras.

6)Accidente de trabajo: la Ley 24.557 considera accidente de trabajo a todo

acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el

trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el

damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al

trabajo. Hay dos tipos de accidentes de trabajo: el ocurrido por el hecho o en ocasión del

trabajo y el ocurrido en el trayecto del domicilio hacia el lugar del trabajo y viceversa.

Enfermedad profesional: es aquella que se encuentra potencialmente ligada al ejercicio de

una profesión, oficio o puesto de trabajo. Por lo tanto, existe una relación directa entre la

tarea realizada y la incidencia de ésta sobre la salud del trabajador. La incidencia marca, a

su vez, la gravedad de la enfermedad que produce. Por ejemplo, la exposición continua al

ruido puede provocar sordera.

Seguro de vida obligatorio: es un seguro que debe contratar el empleador para el

trabajador de manera obligatoria, si no lo hace cometerá una infracción. Este seguro de

vida no contempla los riesgos por invalidez total, absoluta, permanente irreversible, sino

que cubre solamente los riesgos por muerte del trabajador. El empleador tiene 30 días de

plazo para tomar el seguro; pero tendrá cubiertos los siniestros que se produzcan desde el

comienzo de la vigencia de la póliza, que será coincidente con la fecha de inicio de

actividades de la empresa.

Seguridad social: en el artículo 14 bis se garantiza que el Estado debe brindar un sistema

de seguridad social. En la actualidad, la Seguridad Social es reconocida como “un derecho

inalienable del ser humano”, concebido como “garantía para la obtención del bienestar de

la población, y como factor de integración permanente, estabilidad y desarrollo armónico

de la sociedad”. La subsidiariedad es un postulado fundamental del Sistema de Seguridad

Social, un ejemplo de éste es el Régimen Jubilatorio, que está subsidiado por la población

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Page 12: Trabajo y Ciudadania. trabajo y ciudadania

activa para que sean cubiertas las necesidades de la vejes, invalidez o muerte. También

existe el seguro de Desempleo para los trabajadores desocupados que trabajaban en

relación de dependencia de manera legal. Asimismo también desde el año 2009 existe la

Asignación Universal por Hijo, que prevé transferencias de ingresos orientadas a parte de

la población que se encuentra en la informalidad o la precariedad laboral, y que no tiene

la capacidad económica para aportar a los diferentes sistemas de la seguridad social.

También existen las obras sociales encargadas de brindar cobertura de salud a los

trabajadores.

7) El sindicato es una organización de trabajadores que tiene como objetivo la

“acción colectiva para proteger y mejorar el nivel de vida propio por parte de los

individuos que deben vender su fuerza de trabajo”. Esta asociación de

trabajadores para defender sus propios intereses a veces cuentas con más afiliados

que un partido político, y puede ejercer presión sobre el gobierno o sobre los

partidos políticos a fin de obtener mayores beneficios, o de consolidar un Estado

benefactor hacia los más humildes. En la Constitución Argentina está previsto que

el trabajador tiene derecho a tener una organización sindical libre y democrática.

Los sindicatos están organizados por base o por rama de actividad, cuentan con

afiliados, que a su vez eligen delegados en las fábricas o lugares de trabajo, para

que los representen en los sindicatos. Éstos para tener más fuerza, se reúnen en

federaciones y/o confederaciones, y mediante la “negociación colectiva”, como

forma de discutir y negociar con los empleadores, tratan de discutir y negociar las

condiciones de empleo y de trabajo dando lugar a la creación de “convenios

colectivos de trabajo”.

Régimen indemnizatorio: producido un accidente o enfermedad profesional y

determinada la incapacidad del dependiente, la ley establece un sistema indemnizatorio al

que tiene derecho la víctima o sus derechohabientes en caso de fallecimiento. El monto

de la indemnización dependerá del grado de incapacidad, su tipo o clase, la edad y el

ingreso base salarial de la víctima.

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Page 13: Trabajo y Ciudadania. trabajo y ciudadania

8) Precariedad Laboral: el concepto de precariedad laboral abarca a todos los

trabajadores en condiciones de trabajo insatisfactorias. El Ministerio de Trabajo,

Empleo y Seguridad Social de la Nación presenta las siguientes indicadores para medir

la precariedad laboral en la población:

-Subempleo: están subempleados aquellos trabajadores que, involuntariamente,

trabajan menos horas de lo que se define como jornada laboral legal (8 horas).

-Sobrempleo: están sobrempleados quienes trabajan más de 45 horas semanales.

-Asalariados no registrados: son aquellos a los que no se les hacen descuentos

jubilatorios o contribuciones a la Seguridad Social.

Desocupación: es la situación en la que el trabajador carece de empleo, y por lo tanto

de un salario o remuneración. Existe la “Desocupación abierta”, que se trata de

habitantes que no cuentan con ningún tipo de empleo ni sueldo, personas que desean

trabajar y tienen edad para hacerlo, pero aun así no consiguen un puesto de trabajo.

Por otro lado, existe la “desocupación oculta”, que es cuando las posibilidades de

acceso a un empleo son muy reducidas, afecta a quienes ya no buscan empleos por

no tener expectativas de encontrar una oportunidad.

Trabajo forzoso: es aquel que se realiza bajo amenaza de severas privaciones o de

suprimir las libertades del trabajador.

Trabajo Doméstico: es el trabajo que transforma algunos elementos en otro para el

consumo de los miembros de la familia.

Trabajo infantil: se trata de “toda actividad económica y/o estrategia de

supervivencia, remunerada o no, realizada por niñas y niños, por debajo de la edad

mínima de admisión al empleo o trabajo, o que no han finalizado la escolaridad

obligatoria o que no han cumplido los 18 años si se trata de trabajo peligroso”.

Discriminación Laboral: es aquella que ocurre cuando los trabajadores son víctimas de

tratos desiguales por sus características particulares (etnia, sexo, religión, opinión

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Page 14: Trabajo y Ciudadania. trabajo y ciudadania

política, origen social, etc). Estas prácticas discriminatorias constituyen violaciones de

los principios de igualdad de oportunidades y de trato, y provocan sentimientos de

fracaso, bronca e impotencia en los trabajadores.

9) El Trabajo Autogestionado es aquel que apela a las experiencias colectivas de auto-

organización económica para generar ingresos y satisfacer necesidades. Las

organizaciones autogestionadas efectúan actividades como comercialización, trueque,

producción o elaboración de alimentos para autoconsumo, autoconstrucción de viviendas

e infraestructura, servicios, entre otras. Son ejemplos de organizaciones de Trabajo

Autogestionado: las cooperativas, empresas o fábricas recuperadas, organizaciones

comunitarias, organizaciones campesinas y de producción familiar.

10) Una Cooperativa es una asociación autónoma de personas que se unen de manera

voluntaria para satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales

comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente

controlada. Por ende, la Cooperativa: es una empresa que se posee en conjunto y se

controla de manera democrática. Estas dos características de propiedad y control

democrático son las que las diferencia de otros tipos de organizaciones como las

empresas controladas por el capital o por el gobierno. Cada Cooperativa es una empresa,

en el sentido que es una entidad organizada que funciona en el mercado, por lo tanto

debe esforzarse para servir a sus miembros eficiente y eficazmente. La diversidad de

necesidades y aspiraciones (trabajo, consumo, comercialización conjunta, enseñanza,

crédito, etc.) de los socios, que conforman el objeto social o actividad corporativizada de

estas empresas, define una tipología muy variada de cooperativas.

TRABAJO PRACTICO N°3:

1) Para Santiago Barcos, las organizaciones como entidades formales o grupos humanos

estables, generadores de sus propias reglas internas, con características distintivas que

actúan en la sociedad para buscar determinados fines y con programas de objetivos

expresados para la acción. Pr ejemplo; fábricas, escuelas, tribunas, empresas de

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Page 15: Trabajo y Ciudadania. trabajo y ciudadania

servicios, son creadas para lograr un propósito: satisfacer alguna necesidad de la

comunidad o de una parte de ella.

Una de las características es la división del trabajo, se verifica en la existencia de distintas

áreas a las que se les asignan diversas funciones, para lo cual desarrollan diferentes

actividades. Por ejemplo, los recursos humanos, área contable, sector de marketing,

etc.

Características de las organizaciones:

-La división del poder alude a que no todos los miembros de una organización, poseen el

mismo grado de poder y existen niveles jerárquicos de autoridad formal, por ejemplo,

por una lado los ejecutivos o gerentes y por el otro lado un técnico u operativo.

Asimismo, la división es la responsabilidad sobre las comunidades significa que en cada

puesto de trabajo se actuará como emisor de un mensaje o como receptor de éste o

como canal para hacer llegar información de un nivel de la estructura a otro.

- Sustitución del personal”, que refiera a que las personas pueden ser reemplazados, y sus

tareas, asignadas a otras.

- “conformación de derechos sociales”, donde los individuos interactúan y forman vínculos

dentro de las organizaciones.

- Planificación: los directivos de las organizaciones piensan previamente las acciones a

seguir y las organizan en función de tiempo de realización, según los recursos con los

que cuentan.

- Trascendencia de la vida de sus miembros: si un integrante de la organización renuncia,

es despedido o fallece, ésta puede seguir funcionando.

- Funcionamiento en un contexto: toda organización está inserta en un ámbito más

amplio, con el que interactúa, que es la sociedad en la que se desenvuelve de acuerdo

con las normas que rigen en ella.

- El sistema de actividades: los integrantes de una organización desemplean sus tareas

cordialmente su uno realiza alguna acción, esto afectara el sistema organizacional en su

totalidad.

-Estructura: es el conjunto de relaciones ante los distintos puestos de trabajo dentro de la

organización, da cuenta de las relaciones jerárquicas, expresa la manera en que se

dispone de los recursos, presenta las vinculaciones de los integrantes con el entorno,

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Page 16: Trabajo y Ciudadania. trabajo y ciudadania

establece los propósitos que orientas las acciones y los programas existentes para su

implementación y control.

- Identidad: las organizaciones poseen atributos propios (estilos, clima, cultura) que se

mantienen en el tiempo y que las hacen únicas y diferenciables de las demás.

- Estabilidad: predominan en las organizaciones fuerzas que las mantienen unidas

mediante relaciones de negociación, cooperación y conflicto.

-Especificidad: las organizaciones generaran determinados bienes o servicios reconocidos

por el entorno. Cada una se ocupa de alguno en especial. Distintas organizaciones

pueden desarrollar los mismos productos, pero cada una lo hará de un modo

particular.

2) Elementos que caracterizan a las organizaciones:

-Recursos humanos: son los integrantes que trabajan en la organización en forma

permanente o eventual.

-Recursos materiales: instalaciones, muebles, útiles, computadoras, etc.

-Recursos naturales o energéticos: la tierra, el agua, la luz solar, y la energía electica.

- Ideas, conocimiento e información: son los recursos que se originan a partir del intelecto

de los individuos, tales como el avance científico y tecnológico.

- Recursos tecnológicos: la tecnología es mucho más que la máquina y se refiere a los

medios estandarizados para lograr un objetivo o un resultado predeterminado.

- Nombre, marcas, prestigio y símbolos: el nombre es un valor a preservar por los

miembros de la organización, la distingue entre otras.

- Recursos funcionales: son el tiempo y el presupuesto.

b) Un organigrama es una representación gráfica de la estructura de una empresa o una

institución, en la cual se muestran las relaciones entre sus diferentes partes y la función

de cada una de ellas, así como de las personas que trabajan en las mismas. Las

convenciones que se suelen utilizar para realizar un organigrama son:

-Los niveles de igual jerarquía se ubican a la misma altura.

-El tamaño de los rectángulos debe ser igual para las posiciones que se encuentran a un

mismo nivel en la estructura.

16

Page 17: Trabajo y Ciudadania. trabajo y ciudadania

-Cada rectángulo debe incluir la denominación de la posición o cargo.

-Las líneas establecen ángulos rectos. Si existe alguna línea importante de alcance

cruzado, se la puede representar con línea de puntos.

-Debe evitarse los diseños complicados, ya que dificultan la interpretación.

3) Los puestos de trabajo se diseñan a partir de pensar que cargos se requieren para

cumplir con los objetivos de ésta. Se trata de definir que se espera que hagan y qué

perfil debe reunir cada empleado. Para ello, se selecciona al personal, ello significa

según Álvaro de Ansorena Cao, “identificar a las personas más idóneas para cubrir

puestos específicos y que además obtengan una mayor eficiencia en el cargo”.

Un puesto de trabajo, se denomina al conjunto de acciones organizadas que realiza un

empleo de una organización, en una determinada posición de su estructura de

relaciones internas y externas, mediante una serie de áreas de resultados específicos,

siguiendo reglas, procedimientos y metodologías dentro de una determinada

orientación estratégica, y utilizando recursos humanos, etc, que pertenecen a la

organización.

4) Una solicitud de empleo es el documento por medio del cual un aspirante se postula a

un puesto de trabajo en una empresa, puede presentarse de dos formas: como un

formulario de postulación estándar suministrado por el departamento de recursos

humanos de la empresa, o como una carta de postulación.

La solicitud de empleo, en este sentido, es el primer paso dado por una persona en

dirección de lograr la ubicación laboral en una empresa. La finalidad última de la solicitud

de empleo es la consecución de un puesto de trabajo, aunque hay que destacar que su

objetivo inmediato es ser considerado como candidato para la entrevista de trabajo.

La solicitud de empleo podrá ser una forma o formulario, de formato estándar, que pone a

disposición del aspirante el departamento de recursos humanos de la empresa para

formalizar el ingreso al proceso de selección.

La función del formulario de solicitud de empleo es fundamentalmente informativa. En

ella, el postulante la deberá completar con sus datos personales, dirección y números de

contacto, referencias personales y profesionales, información relevante relativa a los

17

Page 18: Trabajo y Ciudadania. trabajo y ciudadania

puestos de trabajo anteriores (motivo de la cesión, tareas desempeñadas,

responsabilidades atribuidas), así como conocimientos, habilidades, destrezas y, en

general, experiencia relacionada con el puesto a que está aspirando. Toda esta

información es de utilidad al empleador para determinar la aptitud del postulante al

puesto vacante. Además, la información suministrada pasará a integrar la base de datos

del personal de la empresa.

Una solicitud de empleo también podrá ser una carta, bien de postulación espontánea,

bien en respuesta al llamado de un proceso de selección de candidatos para un puesto

vacante. La carta de solicitud, en principio, funciona como una carta de presentación,

donde el postulante manifiesta el interés, agrado y disposición que tiene en trabajar para

la empresa en cuestión, ya en un cargo específico, ya en un área o departamento

determinado. En ella, el aspirante deberá realizar una presentación bastante resumida de

sus conocimientos y aptitudes (ya que el resumen completo es competencia del

curriculum vitae), y de las razones que lo motivan, tanto en lo profesional como en lo

personal, a postularse para el empleo. Lo aconsejable es que esté escrita en un tono

profesional, sin dejar de ser ameno, con buena redacción y corrección ortográfica.

Además, es recomendable acompañarla del curriculum vitae y facilitar los datos de

contacto para una potencial llamada por parte de la empresa.

Si bien, tanto la solicitud de empleo como el curriculum vitae tienen como finalidad la

obtención de empleo, ambos se diferencian en varias características. El currículum vitae es

un documento que recoge, resumidamente, información de índole personal, educativa,

formativa y laboral, donde el postulante expone el compendio de conocimientos,

habilidades y destrezas con que cuenta. La solicitud de empleo, por su parte, puede

presentarse en dos formas: como formulario, donde la empleadora requiere al postulante

información relativa a sus experiencias laborales anteriores, referencias, datos personales,

así como motivos de despido o cesión; o en forma de carta de postulación, realizada

formalmente a través de una carta de presentación, para manifestar a una determinada

empresa el interés en integrarse a su grupo de trabajadores, ya para un cargo específico,

ya para un área o departamento.

18

Page 19: Trabajo y Ciudadania. trabajo y ciudadania

5) Un curriculum vitae es un documento que contiene los antecedentes (datos personales,

formación académica, conocimientos de idiomas o informática, experiencia laboral) de

todo candidato a un puesto de trabajo. Sus funciones son:

- Constituir una presentación de los candidatos a los selectores de personal.

- Dado que es un resumen de los antecedentes, orienta al entrevistador

respecto de los puntos más importantes de la trayectoria de los postulantes.

- Después de casa entrevista, posibilita al selector recordar a los candidatos.

- Debe consignar:

-Datos personales:

-Objetivo:

-Formación académica.

-Otros títulos y seminarios.

-Experiencia laboral

-Idiomas

-Informática

-Otros datos de interés

-Referencias laborales.

6) Los procedimientos de selección de personal tienen como objetivo evaluar las características y

circunstancias de los candidatos a un puesto de trabajo para elegir, entre una multitud, a la

persona que más se adapte al perfil profesional que necesita la empresa para cubrir dicho puesto.

En este punto es importante resaltar que no se suele elegir al mejor candidato en términos

absolutos, sino al que más y mejor se ajuste a las características del puesto solicitado.

Normalmente suele hablarse de cuatro fases en un proceso de selección de personal:

A) Preselección: consiste en hacer una criba inicial que haga que el proceso de hagas

menos largo y costoso. La forma más común de hacer esta preselección es basándose

en los currículum vitae de los candidatos. En esta primera criba deben descartarse a

los candidatos que no cuenten con la formación adecuada necesaria para el puesto de

trabajo o cuya experiencia profesional no sea suficiente.

B) Realización de pruebas: los candidatos que han superado la fase anterior suelen ser

convocados para realizar una serie de pruebas. En ocasiones, lo primero que se hace 19

Page 20: Trabajo y Ciudadania. trabajo y ciudadania

es una entrevista preliminar para establecer un primer contacto, aunque lo normal es

que se pase directamente a la realización de las pruebas. Los principales tipos de

pruebas que se suelen llevar a cabo son tests psicotécnicos, pruebas profesionales

relacionadas con el puesto en cuestión, pruebas de conocimientos sobre temarios

preestablecidos, pruebas físicas e incluso pruebas grafológicas.

C) Entrevistas: Llegados a este punto procede conocerlos de forma individual

atendiéndoles en una entrevista personal. El objetivo no es otro que corroborar que

la información que se ha obtenido sobre el candidato en las pruebas anteriores es

correcta. Además, las entrevistas son utilizadas para conocer la disposición de los

candidatos al puesto de trabajo una vez que se le ha proporcionado más información

sobre el mismo (tareas a realizar, horario, salario, etc).

D) Fase final: tras la fase de entrevistas el número de candidatos se ha reducido al

mínimo exponente, por lo que ha llegado el momento de elegir a la persona o al

grupo de personas que se incorporarán a nuestra empresa. Una vez tomada la

decisión, muchas empresas realizan un examen médico y, si se supera, se producirá la

incorporación, que inicialmente puede tener un periodo de prueba y una fase de

acogida y adaptación que interesa que sea lo más breve posible.

La entrevista de selección de personal debe asegurar la “trasparencia de los datos” y de

los “procedimientos” con los que el empleador va a manejarse, eso implica que debe

comentarle al trabajador cómo será el proceso de selección, qué tipo de perfil se busca,

de qué se trata el empleo y cuál es el estilo de perfil que se busca, asi como cuales serán

las pruebas por las que deberá transitar.

7 ) A la hora de firmar un contrato el trabajador deberá tener en cuenta cada una de las

cláusulas que allí se hacen presentes, así como que el mismo cumpla con la Ley de

Contrato de Trabajo.

El contrato deberá especificar el periodo de tiempo por el que se contrata al trabajador,

ya sea por tiempo indeterminado, por un plazo fijo, o por temporada. Tembien debe

especificar si es un empleo regular o una “pasantía”, ya que la última tiene una regulación

especifica. El contrato también puede establecer un “periodo de prueba” de tres meses,

20

Page 21: Trabajo y Ciudadania. trabajo y ciudadania

en los que se evaluara el desempeño del empleado y su “efectivización” luego de los

mismos.

En el contrato deberá figurar el salario que percibirá el empleado y las tareas que llevara a

cabo. Por otro lado, también dejara sentado el periodo de validez del documento y las

clausulas por las cuales el mismo se puede rescindir o carecer de validez.

8 ) La capacitación es la adquisición de conocimientos técnicos, teóricos y prácticos que

van a contribuir al desarrollo del individuos en el desempeño de una actividad, ésta en la

actualidad representa para las unidades productivas uno de los medios más efectivos para

asegurar la formación permanente de sus recursos humanos respecto a las funciones

laborales que y deben desempeñar en el puesto de trabajo que ocupan. Si bien es cierto

que la capacitación no es el único camino por medio del cual se garantiza el correcto

cumplimiento de tareas y actividades, si se manifiesta como un instrumento que enseña,

desarrolla sistemáticamente y coloca en circunstancias de competencia a cualquier

persona. Bajo este marco, la capacitación busca básicamente:

-Promover el desarrollo integral del personal, y como consecuencia el desarrollo de la

organización.

-Propiciar y fortalecer el conocimiento técnico necesario para el mejor desempeño de las

actividades laborales

Sin embargo, la “Pasantia”, Definición: pasantía es el conjunto de actividades formativas que

realicen los estudiantes en empresas u organismos públicos sustantivamente relacionado con la

propuesta curricular de los estudios cursados en unidades educativas.

El régimen tiene carácter de excepción, con requisitos o características que tipifican una

relación especial.

Pueden ser pasantes los estudiantes de la Educación Superior y la Educación Permanente

de Jóvenes y Adultos y de la Formación Profesional.

La edad mínima permitida es dieciocho años.

21

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Se permite realizar pasantías en empresas con personería jurídica y organismos públicos.

Tiene personería jurídica la persona física o jurídica, inscripta ante la AFIP con al menos un

empleado.

No originan ningún tipo de relación laboral si se cumple con todos los requisitos de esta

relación excepcional.

No pueden ser de carácter obligatorio.

Sus fines son:

-Complementar la formación académica.

-Valorar el trabajo como elemento indispensable y dignificador para la vida.

-Ser nexo entre la producción y la educación.

-Incorporar saberes, habilidades y actitudes vinculados a situaciones reales.

-Aumentar el conocimiento y manejo de tecnologías vigentes.

-Servir al proceso de orientación profesional.

-Mejorar las posibilidades de inserción laboral.

-Propender a la erradicación de relaciones laborales encubiertas.

Duración: plazo mínimo de dos meses y máximo de doce, con la posibilidad de una

renovación adicional de seis meses.

Carga horaria: no más de seis horas y media por día, hasta veinte horas semanales.

Jornada diurna dentro de los días lunes a viernes, con la excepción de aquellas actividades

que sólo puedan cumplirse los fines de semana y/o en jornada nocturna; en cuyo caso las

entidades deberán solicitar autorización expresa.

Mientras que la “capacitación laboral” se da dentro de la empresa, para aumentar los

conocimientos del trabajador y con ello, aumentar la productividad de la empresa, la

“pasantía” está destinada a insertar a los futuros trabajadores en el marco del mercado

laboral atendiendo a su formación académica y aspiraciones.

9 ) El concepto de “desarrollo personal” refiere a aquellas actividades que se realizan para

preparar a los trabajadores frente a futuros roles en la organización, también tiende a

22

Page 23: Trabajo y Ciudadania. trabajo y ciudadania

ampliar, desarrollar y perfeccionar al hombre para su crecimiento profesional en

determinada carrera en la empresa o para que se vuelva más eficiente y productivo en su

cargo.

Asimismo, la “capacitación para el trabajo”: es la educación profesional que adapta al

hombre para un cargo o función, por ende es la educación profesional que busca adaptar

al hombre para una determinada empresa. Es un proceso educacional a corto plazo

aplicado de manera sistemática y organizada, mediante el cual personas aprenden

conocimientos, aptitudes y habilidades en función de objetivos definidos. En el sentido

utilizado en administración, la capacitación implica la transmisión de conocimientos

específicos relativos al trabajo, actitudes frente a aspectos de la organización, de la tarea

ya sea compleja o simple.

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