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Trabajos en espacios confinados ı CAT ı CAST ı

Trabajos en Espacios Confinados (Generalitat de Catalunya)

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Trabajos en espacios confinados

ı CAT ı CAST ı

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2 TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS

PQP CONFI

AVISO LEGAL. Esta obra está sujeta a una licencia Reconocimiento-No Comercial-Sin Obras Derivadas 3.0 de Crea-tive Commons. Se permite su reproducción, distribución y comunicación pública siempre que se cite el autor y no se haga un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas. La licencia completa puede consultarse en http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es/legalcode.es

DISEÑO Y MAQUETACIÓNQuasar Serveis d’Imatge, SL.

ILUSTRACIÓNReversible SCP

EDICIÓNDepartamento de Empresa y Empleo

AUTORJosé Luis Pascual Arribas

Dirección General deRelaciones Laborales

y Calidaden el Trabajo

Subdirección General de Seguridad y Salud LaboralSepúlveda, 148-150 - 08011 BarcelonaTel. 93 228 57 57www.gencat.cat/alafeinacaprisc

Barcelona

Pl. d’Eusebi Güell, 4-508034 BarcelonaTel. 93 205 50 01

Girona

C. de l’Església deSant Miquel, 1117003 GironaTel. 972 20 82 16

Lleida

Pol. Ind. El SegreJ. Segura i Farré, 728-B25191 LleidaTel. 973 20 04 00

Tarragona

Riu Siurana, 28-B(Camp Clar)43006 TarragonaTel. 977 54 14 55

Tortosa

Albareda, 2-408004 BarcelonaTel. 93 622 04 49

Pol. Pompeu Fabra, 117002 GironaTel. 872 97 50 00

General Britos, 325007 LleidaTel. 973 24 86 62

J. Baptista Plana, 29-3143005 TarragonaTel. 977 23 66 02

De la Rosa, 943500 TortosaTel. 977 44 81 01

Trav. de Gràcia, 30308025 BarcelonaTel. 93 401 30 00

Álvarez de Castro, 4, 2º17001 GironaTel. 972 20 59 33

Riu Besòs, 225001 LleidaTel. 973 21 63 80

Vidal i Barraquer, 2043005 TarragonaTel. 977 23 58 25

Centros deSeguridad y

Salud Laboral

ServiciosTerritoriales

Inspecciónde Trabajo

de Cataluña

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2 TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS 3

Desde la vertiente de la seguridad y salud laboral, se entiende por “espacio confinado” aquel recinto con aberturas limitadas de entrada y salida, sin ventilación o con ventilación natural desfavorable donde se pueden producir atmósferas peligrosas, ya sea por acumulación de contaminantes tóxicos o inflamables o por deficiencia de oxígeno, y don-de se hacen intervenciones puntuales que nunca comportan una ocupación del espacio continuada en el tiempo por parte del personal. También se consideran espacios confinados aquéllos en los cuales se puede producir una inundación o hundi-miento repentino. La tipología de espacios confinados es muy am-plia, pero los más frecuentes son los siguientes:

Redes de alcantarillado. Tanques y depósitos. Pozos. Fosos.

Bodegas de barcos. Silos. Instalaciones de depuración de aguas. Instalaciones de tratamiento de aguas residuales. Reactores. Cámaras de fermentación.

Los trabajos realizados por las personas trabaja-doras dentro de estos espacios confinados pueden ser de cualquier naturaleza, desde la misma cons-trucción del espacio a cualquier tipo de interven-ción para mantenimiento, reparación, limpieza, ins-pección, control o parte de un proceso productivo.

Riesgos en los trabajos en espacios confinados

Se puede distinguir entre: Riesgos producidos por el entorno de trabajo (condiciones propias del exterior, climatología, tráfico de vehículos...).

Riesgos debidos al espacio confinado (acceso, dimensión interior y condiciones materiales del espacio, tipo de atmósfera).

Riesgos propios de la actividad a desarrollar.En este documento se exponen únicamente los riesgos debidos al espacio confinado.

Trabajos en espacios confinados

Señal de advertencia de espacio confinado que se recomienda ubicar, bien visible, antes del punto de acceso.

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4 TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS

Riesgos específicos por exposición a atmósferas peligrosas

ASFIXIA POR INSUFICIENCIA DE OXÍGENO

Este riesgo se produce porque el oxígeno del aire presente en la atmósfera respirable ha sido consu-mido o bien ha sido desplazado por otros gases.

INTOXICACIÓN POR INHALACIÓN DE CONTAMINANTES

Este riesgo está presente en la atmósfera respi-rable cuando la concentración ambiental de cual-quier sustancia o producto tóxico está por encima de los límites de exposición laboral.

INCENDIO Y EXPLOSIÓN

Este riesgo se produce cuando la concentración ambiental de los gases o vapores inflamables está comprendida entre sus límites de inflamabilidad.

Medidas preventivas para eliminar o controlar los riesgos identificados

CON RESPECTO AL RIESGO DE ASFIXIA POR INSUFICIENCIA DE OXÍGENO Y/O DE INTOXICACIÓN POR INHALACIÓN DE CONTAMINANTES

Coordinar la acción a realizar con la empresa pri-vada o pública que sea propietaria o gestora de la instalación.

Medir y evaluar, de forma continuada, antes, du-rante y después de la estancia en el espacio con-finado, las condiciones de oxígeno y toxicidad de la atmósfera interior y adoptar las medidas preventivas adecuadas (ventilación forzada, uti-lización de equipos de respiración asistida, utili-zación de equipos filtrantes).

CON RESPECTO AL RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN

Coordinar la acción a realizar con la empresa pri-vada o pública que sea propietaria o gestora de la instalación.

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1. Sistema de retención anticaídas.2. Trípode con sistema recuperador.3. Señalización exterior y protecció perimetral.4. Equipos de comunicación.

5. Medidor de gases para controlar la atmósfera interior.6. Equipos de protección respiratoria.7. Medios de ventilación/extracción.

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Medir y evaluar, de forma continuada, antes, du-rante y después de la estancia en el espacio con-finado, las condiciones de atmósfera inflamable o explosiva y adoptar las medidas preventivas adecuadas (ventilación forzada, utilización de equipos de trabajo ATEX -de uso compatible con la presencia de atmósferas explosivas-).

Disponer de medios de extinción de incendios en caso de haberse identificado el riesgo.

PERMISO DE TRABAJO EN UN ESPACIO CONFINADO

El permiso de trabajo es un documento escrito que pretende que las acciones a llevar a cabo sean eva-luadas, perfectamente planificadas y programadas en el tiempo, así como definir de forma explícita la ac-ción y los recursos humanos y materiales necesarios para llevarlas a cabo con el objetivo de garantizar la seguridad de los trabajadores que intervengan.

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6 TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS

Evaluar el trabajo a desarrollar.

Evaluar el espacio y la atmósfera interior.

Coordinar la acción a realizar con la empresa pri-vada o pública que sea propietaria o gestora de la instalación donde se desarrollará el trabajo.

Planificar y programar el tiempo de ocupación del espacio confinado, con las tareas a realizar.

Definir el número de trabajadores y de personas que actúan como recursos preventivos que lle-varán a cabo los trabajos, así como su distribu-ción interior-exterior.

Definir los equipos de protección individual y colectiva con que contarán los trabajadores.

Definir los equipos de control de la atmósfera interior del espacio confinado que se utilizarán (monitorización individual continua, sondas fi-jas con control externo, fórmulas mixtas...).

Establecer cuáles serán los canales de comunica-ción utilizados: interior-interior, interior-exterior y exterior-exterior.

Tener previstos y definidos todos los motivos que pueden generar una emergencia.

Elaborar un permiso de trabajo adecuado al tra-bajo a desarrollar.

Autorizar al personal que realizará el trabajo dentro del espacio confinado.

Formar al personal sobre la utilización de los equipos de protección individual y colectiva, de los equipos de medición de la atmósfera interior, de los equipos de comunicación utilizados y de los equipos de extinción de incendios disponibles.

Formar al personal sobre emergencias, primeros auxilios y auto-rescate.

Protocolo de seguridad para actuaciones en espacios confinados

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6 TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS 7

Casco de seguridad: protege contra caídas de objetos sobre la cabeza o contra golpes con ele-mentos fijos o móviles.

Gafas y pantallas faciales: protegen contra pro-yecciones de partículas con velocidad o contra salpicaduras líquidas.

Guantes de seguridad: protegen contra riesgos mecánicos -p.ej., cortes, golpes-, contra el con-tacto con productos químicos, contra el riesgo biológico, contra el calor o el frío…

Calzado de seguridad: impermeable, con suela antideslizante, contra perforación, de protec-ción contra el calor, frente al frío, contra contac-to con productos químicos...

Ropa de seguridad: de alta visibilidad; de pro-tección contra riesgos biológicos; contra contac-tos con productos químicos; contra la abrasión; como aislante del frío o del calor; con caracterís-ticas impermeables.

Equipos de protección respiratoria. Hay de diver-sos tipos:

1. Mascarillas autofiltrantes contra partículas o contra gases o vapores tóxicos.

2. Equipos semiautónomos con aportación de aire fresco.

3. Equipos autónomos de oxígeno químico, con botella de aire comprimido...

Dispositivos anticaídas: arnés, baga de seguri-dad, absorbedores de energía, bloqueadores.

Dispositivos para el ascenso o el descenso de personas: ascensores manuales (“jumars”), estri-bos, descensores, bloqueadores.

Equipos de protección individual básicos

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Real decreto 171/2004, de 30 de enero, por el cual se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de activi-dades empresariales (BOE 27, de 31 de enero de 2004).

Real decreto 1215/1997, de 18 de julio, re-lativo a las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo (BOE 188, de 7 de agosto de 1997).

Real decreto 773/1997, de 30 de mayo, re-lativo a las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabaja-dores de equipos de protección individual (BOE 140, de 12 de junio de 1997).

Real decreto 485/1997, de 14 de abril, re-lativo a las disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo (BOE 97, de 23 de abril de 1997).

Real decreto 486/1997, de 14 de abril, rela-tivo a las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los puestos de trabajo (BOE 97, de 23 de abril de 1997).

Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre, relativo a las disposiciones mínimas de seguri-dad y salud en las obras de construcción (BOE 256, de 25 de octubre de 1997).

Real decreto 681/2003, de 12 de junio, re-lativo a las disposiciones mínimas para la pro-tección de la salud y de la seguridad de los tra-bajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas (BOE 145, de 18 de junio de 2003).

Normativa