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  • BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA PARA LA CONTRATACIN DE LA

    EJECUCIN DE OBRAS

    Aprobada mediante Directiva N 018 -2012-OSCE/CD

    SUB DIRECCIN DE NORMATIVIDAD DIRECCIN TCNICO NORMATIVA

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE

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    BASES INTEGRADAS

    ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 01-2012-CEP/MDSR

    CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE LA OBRA:

    OCTUBRE 2012

    CONSTRUCCIN DE PAVIMENTO RGIDO Y

    VEREDAS DE LAS CALLES AMAZONAS, EL

    SABER, 28 DE JULIO, LEONCIO PRADO,

    VILLANUEVA PINILLOS Y CALLE REAL EN EL

    CENTRO POBLADO PUENTECILLOS, DISTRITO

    DE SANTA ROSA JAEN CAJAMARCA con

    cdigo SNIP N 182291

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    SECCIN GENERAL

    DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)

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    CAPTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

    1.1. BASE LEGAL

    - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. - Cdigo Civil. - Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

    1.2. CONVOCATORIA Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

    1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax. IMPORTANTE:

    Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

    1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de tres (3) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.

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    1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no podr exceder de tres (3) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comit Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE. IMPORTANTE:

    No se absolvern consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

    1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos: 1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o

    fueron acogidas parcialmente;

    2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

    3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

    El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones. La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE

    1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como

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    consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin. Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos: 1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo

    para formularlas.

    2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

    3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

    Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

    1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o certificada efectuada por traductor pblico juramentado o traductor colegiado certificado, segn corresponda, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del

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    representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: 1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste

    debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

    2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

    3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

    1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

    En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases. En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo

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    cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas. Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen. De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

    1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecucin de la obra a ser contratada; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

    El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE:

    Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.

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    1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS

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    Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las propuestas econmicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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    La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica. Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Tcnica : 100 puntos Propuesta Econmica : 100 puntos 1.11.1. EVALUACIN TCNICA

    Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de sesenta (60) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

    1.11.2. EVALUACIN ECONMICA Si la propuesta econmica es inferior al noventa por ciento (90%) del valor referencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley. La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

    Pi = Om x PMPE Oi Donde:

    i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta econmica i Oi = Propuesta Econmica i Om = Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo PMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica IMPORTANTE:

    En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda.

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    Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

    Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

    1.12. ACTO PBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento. El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento. Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE. IMPORTANTE:

    De conformidad con el artculo 76 del Reglamento, para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el lmite del ciento diez por ciento (110%), deber contarse con la asignacin suficiente de crditos presupuestarios y la aprobacin del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta econmica a un monto igual o menor al valor referencial.

    1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se

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    producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

    1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 122 del Reglamento, hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

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    CAPTULO II SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. RECURSO DE APELACIN

    A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato. El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

    2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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    CAPTULO III DEL CONTRATO

    3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO

    Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) das hbiles siguientes, sin mediar citacin alguna, el postor ganador deber presentar a la Entidad la documentacin para la suscripcin del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, segn corresponda, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artculo 148 del Reglamento. El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

    Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

    Constancia de capacidad libre de contratacin.

    Garanta de fiel cumplimiento.

    Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.

    Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.

    Cdigo de cuenta interbancario (CCI).

    Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

    Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta tcnica.

    Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de obra

    2, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras

    bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    3.2. DE LAS GARANTAS

    3.2.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del

    2 De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario se actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, en

    concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

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    contrato. Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final. IMPORTANTE:

    Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, las micro y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad les retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, siempre que:

    - El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) das

    calendario. - El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones

    peridicas en funcin al avance de obra.

    La retencin se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

    3.2.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones accesorias, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin en ningn caso.

    3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTAS Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

    IMPORTANTE:

    Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

    3.4. EJECUCIN DE GARANTAS Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

    3.5. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIN DE OBRA3

    3 En las obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico, estos requisitos debern

    ser considerados para el inicio de la ejecucin de la obra.

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    El plazo de ejecucin de obra se inicia a partir del da siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones: 1. Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, segn corresponda. 2. Que la Entidad entregue el expediente tcnico de obra completo al contratista. 3. Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutar la obra al contratista. 4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales o insumos al

    contratista, cuando en la seccin especfica de las Bases la Entidad haya asumido esta obligacin.

    5. Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en la seccin especfica de las Bases, salvo que en dicha seccin no se haya previsto la entrega de este adelanto.

    6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de los profesionales4 sealados

    en su propuesta tcnica. Estas condiciones debern ser cumplidas dentro de los quince (15) das calendario siguientes a la suscripcin del contrato. En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las dems condiciones. Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad climtica no permitiera el inicio de la ejecucin de la obra, la Entidad podr acordar con el contratista la fecha para el inicio de la ejecucin. Dicha decisin deber ser sustentada en un informe tcnico que formar parte del expediente de contratacin de la obra. IMPORTANTE:

    De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de seleccin.

    3.6. RESIDENTE DE OBRA5

    Profesional

    6 colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) aos de experiencia en la

    especialidad7, designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad. Por su sola

    designacin, el residente representa al contratista para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato. La sustitucin del residente slo proceder previa autorizacin por escrito del funcionario de la Entidad que, segn sus normas de organizacin interna, cuente con facultades suficientes para brindar tal autorizacin, y siempre que el profesional reemplazante rena calificaciones profesionales iguales o superiores a las del profesional originalmente propuesto.

    4 Ingenieros o arquitectos.

    5 De acuerdo con el artculo 185 del Reglamento, en toda obra debe contarse, de modo permanente y directo, con un

    residente de obra. 6 Ingeniero o arquitecto, segn lo requerido en el expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, conforme a la

    naturaleza de la obra a ser ejecutada. 7 En el expediente tcnico que es parte de las Bases, la Entidad puede establecer calificaciones y/o experiencia adicionales

    para el profesional propuesto como residente de obra, segn la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ser ejecutada.

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    El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitucin del residente de obra debe ser emitido y notificado al contratista dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de presentada la respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento alguno, se considerar aprobada la sustitucin.

    3.7. INSPECTOR O SUPERVISOR8 DE OBRA

    Profesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) aos de experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecucin de la obra y el cumplimiento de las especificaciones tcnicas y del contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones profesionales del residente. En caso que el supervisor sea una persona jurdica, esta deber designar a una persona natural como supervisor permanente de la obra.

    3.8. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIN DE OCURRENCIAS El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista, oportunidad en la que deber ser firmado en cada una de sus pginas por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor. El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, el que no podr impedirle el acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorizacin por cada da en que se impida el acceso. Slo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarn los hechos relevantes que ocurran durante la ejecucin de la obra, firmando al pie de cada anotacin que efecten. Tambin se anotarn en el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, as como la respuesta de este ltimo. Las solicitudes que realice el contratista, o su representante legal, como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harn directamente a la Entidad, por medio de comunicacin escrita. El cuaderno de obra ser cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad. IMPORTANTE:

    El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecucin de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular.

    3.9. ADELANTOS La Entidad entregar adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, conforme a lo establecido en el artculo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en

    8 De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber contarse con supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea

    igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de seleccin.

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    la seccin especfica de las Bases9.

    En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo previsto en la seccin especfica de las Bases, el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del Reglamento.

    3.10. VALORIZACIONES La valorizacin es la cuantificacin econmica del avance fsico en la ejecucin de la obra en un periodo determinado, tendr el carcter de pago a cuenta y deber ser realizada el ltimo da de cada periodo de valorizacin previsto en la seccin especfica de las Bases, por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorizacin conjunta con el contratista, este ltimo la realizar. En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendr derecho al pago de intereses, de conformidad con el artculo 48 de la Ley y los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para tal efecto, se formular una valorizacin de intereses y el pago se efectuar en las valorizaciones siguientes. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizar a quien se indique en el contrato de consorcio.

    3.11. REAJUSTES Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las valorizaciones debern ser ajustadas multiplicndolas por el respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga de aplicar en la frmula o frmulas polinmicas previstas en el expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, los ndices Unificados de Precios de la Construccin que publica el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica INEI. Dado que los ndices Unificados de Precios de la Construccin son publicados con un mes de atraso, los reajustes debern calcularse teniendo en consideracin el coeficiente de reajuste K conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los ndices que se deben aplicar, se calcular el monto definitivo de los reajustes que corresponden, los que se pagarn con la valorizacin ms cercana posterior o en la liquidacin final sin reconocimiento de intereses. IMPORTANTE:

    Tanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC.

    3.12. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La penalidad por retraso injustificado en la ejecucin de la obra y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del

    9 En el caso de obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico, si la Entidad prev

    la entrega del adelanto directo para la elaboracin del expediente tcnico, el monto de este adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestacin. Asimismo, si la Entidad prev la entrega del adelanto directo para la ejecucin de la obra, el monto de este adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestacin.

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    Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

    3.13. LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRA El procedimiento para la liquidacin del contrato de obra que deber observarse, es el que se encuentra descrito en el artculo 211 del Reglamento. No proceder la liquidacin mientras existan controversias pendientes de resolver. Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuado el pago del saldo de la liquidacin, culmina el contrato y se cierra el expediente respectivo. Las controversias sobre pagos podrn ser sometidas a conciliacin y/o arbitraje, dentro del plazo de quince (15) das hbiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en la seccin especfica de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidacin.

    3.14. VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene, hasta que la liquidacin quede consentida y se efecte el pago correspondiente.

    3.15. DISPOSICIONES FINALES Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

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    SECCIN ESPECFICA

    CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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    CAPTULO I GENERALIDADES

    1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

    Nombre : MUNICIPALIDAD DISTRITAL SANTA ROSA

    RUC N : 20215744907

    Domicilio legal : Jr. JESUS CALABOR N 241 SANTA ROSA

    Telfono/Fax: : 041-796222

    Correo electrnico: : [email protected]

    1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

    El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin de una empresa o

    persona jurdica que se encargue de la Ejecucin de la Obra CONSTRUCCIN DE PAVIMENTO RGIDO Y VEREDAS DE LAS CALLES AMAZONAS, EL SABER, 28 DE JULIO, LEONCIO PRADO, VILLANUEVA PINILLOS Y CALLE REAL EN EL CENTRO POBLADO PUENTECILLOS, DISTRITO DE SANTA ROSA JAEN CAJAMARCA con cdigo SNIP N 182291

    1.3. VALOR REFERENCIAL10

    El valor referencial asciende a S/. 1404,595.26 (UN MILLON CUATROCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 26/100 NUEVOS SOLES), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecucin de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de mayo del 2012.

    Valor Referencial (VR)

    Lmites

    Inferior Superior

    S/. 1404,595.26 (UN MILLON CUATROCIENTOS

    CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 26/100

    NUEVOS SOLES)

    S/. 1264,135.73 (UN MILLON

    DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO CON 73/100 NUEVOS SOLES)

    S/. 1545,054.79 (UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA Y CNCO MIL

    CINCUENTA Y CUATRO CON 79/100 NUEVOS SOLES)

    IMPORTANTE:

    De conformidad con el artculo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratacin por relacin de tems, tambin debern incluirse los valores referenciales en nmeros y letras de cada tem.

    Las propuestas econmicas no pueden exceder los lmites del valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley.

    Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participacin de proveedores que gozan del beneficio de la exoneracin del IGV prevista en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona,

    10

    El monto del valor referencial indicado en esta seccin de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin entre estos montos, primar el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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    deber tomarse en cuenta la regulacin de la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento. De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial, los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a continuacin:

    Valor Referencial (VR)

    Lmite Inferior Lmite Superior

    Con IGV Sin IGV Con IGV Sin IGV

    S/. 1404,595.26 (UN MILLON

    CUATROCIENTOS CUATRO MIL

    QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 26/100

    NUEVOS SOLES),

    S/. 1264,135.73 (UN MILLON

    DOSCIENTOS SESENTA Y

    CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO CON 73/100 NUEVOS SOLES)

    S/. 1071,301.47 (UN MILLON

    SETENTIUN MIL TRESCIENTOS

    UNO CON 47/100 NUEVOS SOLES)

    S/. 1545,054.79 (UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA Y

    CNCO MIL CINCUENTA Y CUATRO CON

    79/100 NUEVOS SOLES)

    S/. 1309,368.47 (UN MILLON

    TRESCIENTOS NUEVE MIL

    TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO

    CON 47/100 NUEVOS SOLES)

    1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

    El expediente de contratacin fue aprobado mediante Resolucin de Alcalda Nro. 142-2012-MDSR/A, de fecha 18 de octubre 2012.

    Asimismo, el expediente tcnico de obra fue aprobado mediante RESOLUCION DE ALCADIA N 056-2012/MDSR, de fecha 14 de mayo del 2012.

    1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

    RECURSOS ORDINARIOS / RECURSOS DETERMINADOS. IMPORTANTE:

    La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de seleccin.

    1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN El presente proceso se rige por el sistema de ZUMA ALZADA

    11, de acuerdo con lo

    establecido en el expediente de contratacin respectivo.

    1.7. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUAL

    No corresponde.

    1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO La obra a ser ejecutada est definida en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente seccin, en el captulo III.

    1.9. PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA

    11

    De acuerdo al artculo 40 del Reglamento, la Entidad tambin puede establecer como sistema de contratacin, el esquema mixto.

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    El plazo de ejecucin de la obra materia de la presente convocatoria, es de 120 DIAS calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin y en el expediente tcnico de obra.

    1.10. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES EL COSTO DE REPRODUCCION DE BASES ES DE S/. 300.00 QUE INCLUYE COPIA DEL EXPEDIENTE TECNICO.

    1.11. BASE LEGAL Ley N 29812 Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2012. Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

    Decreto Legislativo N 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

    Decreto Supremo N 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.

    Ley N 29873 Ley que modifica el D.L. N 1017, el D.S. N 138-2012-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

    Decreto Supremo N 021-2009-EF Modificacin del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Directivas de OSCE.

    Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

    Cdigo Civil.

    Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica.

    Ley N 28015, Ley de Promocin y Formalizacin de la Pequea y Microempresa.

    Ley N 27143, Ley de Promocin Temporal del Desarrollo Productivo Nacional.

    Resolucin de Alcalda N 160-2011-MDSR/A, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa del ao 2012.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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    CAPTULO II DEL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

    12

    Etapa Fecha, hora y lugar

    Convocatoria

    : 31-10-2012

    Registro de participantes : Del: 05-11-2012 al 14-11-2012

    Formulacin de Consultas y Observaciones

    : Del: 05-11-2012 Al : 07-11-2012

    Absolucin de Consultas y Observaciones

    : 08-11-2012

    Integracin de las Bases : 13-11-2012

    Presentacin de Propuestas : 16-11-2012

    * En acto privado : :

    Se realizar en la oficina de Gerencia Municipal sito en Calle Jess Calabor 241 Santa Rosa a las 16:00 horas.

    Calificacin y Evaluacin de Propuestas

    : 16-11-2012

    Otorgamiento de la Buena Pro : 16-11-2012 * En acto privado (a travs del SEACE)

    :

    IMPORTANTE:

    Debe tenerse presente que en una adjudicacin directa pblica, entre la convocatoria y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo diez (10) das hbiles, y entre la integracin de Bases y la etapa de presentacin de propuestas, debe existir como mnimo tres (3) das hbiles.

    2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

    El registro de los participantes es gratuito y se realizar en la Unidad de Abastecimientos de la MDSR sito en el Jr. Jess Calabor N 241 Santa Rosa, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 17:00 horas.

    En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

    2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

    Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la

    12

    La informacin del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la informacin consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin en esta informacin, primar el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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    que haga sus veces, sito en la calle Jess Calabor N 241 Santa Rosa, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:00 a las 17:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 01-2012-CEP/MDSR.

    2.4. ACTO PBLICO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarn en acto pblico, en la oficina de la gerencia municipal sito en la calle Jess Calabor N 241 2do. Piso Santa Rosa, en la fecha y hora sealada en el cronograma. El acto pblico se realizar con la participacin del Juez de Paz de Primera Nominacin. Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 01-2012-CEP/MDSR, conforme al siguiente detalle: SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

    SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

    2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

    Se presentar en un original y 02 copias

    13.

    13

    De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento, la propuesta tcnica se presentar en original y en el nmero de copias requerido en las Bases, el que no podr exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comit Especial.

    Seores

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    JESUS CALABOR 241 SANTA ROSA. Att.: Comit Especial

    ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 01-2012-CEP/MDSR

    Denominacin de la convocatoria: Ejecucin de la Obra CONSTRUCCIN DE PAVIMENTO RGIDO Y VEREDAS DE LAS CALLES AMAZONAS, EL SABER, 28 DE JULIO, LEONCIO PRADO, VILLANUEVA PINILLOS Y CALLE REAL EN EL CENTRO POBLADO PUENTECILLOS, DISTRITO DE SANTA ROSA JAEN CAJAMARCA con cdigo SNIP N 182291

    SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

    Seores

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA

    JESUS CALABOR 241 SANTA ROSA. Att.: Comit Especial

    ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 01-2012-CEP/MDSR

    Denominacin de la convocatoria: Ejecucin de la Obra CONSTRUCCIN DE PAVIMENTO RGIDO Y VEREDAS DE LAS CALLES AMAZONAS, EL SABER, 28 DE JULIO, LEONCIO PRADO, VILLANUEVA PINILLOS Y CALLE REAL EN EL CENTRO POBLADO PUENTECILLOS, DISTRITO DE SANTA ROSA JAEN CAJAMARCA con cdigo SNIP N 182291

    SOBRE N 1: PROPUESTA ECONOMICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

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    El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos14

    , la siguiente documentacin: Documentacin de presentacin obligatoria:

    a) Declaracin jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por

    cada uno de los consorciados (Anexo N 1). b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos

    contenidos en el Captulo III de la presente seccin15

    (Anexo N 2). c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N

    3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin

    jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio. d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los

    integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo N 4).

    La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus

    integrantes. Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado

    para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

    e) Declaracin jurada de plazo de ejecucin de la obra (Anexo N 5).

    f) Declaracin jurada del personal propuesto para la ejecucin de la obra (Anexo

    N 10).

    IMPORTANTE:

    La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

    Documentacin de presentacin facultativa: a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el registro de la Micro y Pequea

    Empresa REMYPE, de ser el caso.16

    b) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su

    14

    La omisin del ndice no descalifica la propuesta, ya que su presentacin no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

    15

    El Comit Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastar la presentacin de una declaracin jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos o, de lo contrario, si ser necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentacin de algn otro documento, en cuyo caso, deber precisar dicha informacin en el listado de documentacin de presentacin obligatoria del numeral 2.5.1 de la seccin especfica de las Bases.

    16

    Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento.

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    inscripcin en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.

    17

    c) Factor experiencia en obras en general: Copia simple de contratos y sus

    respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 6, referido a la experiencia en obras en general del postor.

    d) Factor experiencia en obras similares: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 7, referido a la experiencia en obras similares del postor.

    e) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentar copia simple de: contratos de trabajo y sus respectivas conformidades. Para acreditar el factor calificaciones del personal profesional propuesto se presentar copia simple de: TTULO PROFESIONAL, CONSTANCIAS SIMPLES, CERTIFICADOS, etc.

    f) Factor cumplimiento de ejecucin de obras: Copia simple de un mximo de diez (10) constancias de prestacin.

    g) COPIAS SIMPLES DE CONTRATOS Y CONFORMIDAD DE LOS MISMOS. IMPORTANTE:

    De conformidad con el artculo 47 del Reglamento, en los casos de la contratacin de la ejecucin de obras bajo la modalidad llave en mano, las Bases tambin debern incluir factores que permitan evaluar la calidad de las soluciones tcnicas de diseo, de equipamiento o similares ofertadas por el postor.

    Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la Declaracin Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 8).

    En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada.

    IMPORTANTE:

    17

    Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento.

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    En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

    2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA

    18

    El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria: Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo N 9). El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE:

    La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento. La propuesta econmica de los postores que presenten la Declaracin Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 8), debe encontrase dentro de los lmites del valor referencial sin IGV.

    En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

    2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

    PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i Se aplicarn las siguientes ponderaciones: c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica = 0.70 c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica=0.30

    Donde: c1 + c2 = 1.00

    2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

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    De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta econmica solo se presentar en original.

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    El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Constancia de capacidad libre de contratacin. c) Garanta de fiel cumplimiento del contrato. d) Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. e) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. f) Cdigo de cuenta interbancario (CCI). g) Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los

    documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

    h) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato. i) Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su

    propuesta tcnica. j) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin de

    Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    k) Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de obra

    19, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en

    obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    l) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    IMPORTANTE:

    En caso que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio.

    Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

    Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, las micro y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad les retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, siempre que:

    - El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) das calendario. - El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones

    peridicas en funcin al avance de obra.

    La retencin se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

    Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentacin a ser presentada, tales como:

    a. Copia de DNI del Representante Legal. b. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. c. Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.

    19

    De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario se actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

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    d. Copia del RUC de la empresa. IMPORTANTE:

    La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripcin del contrato.

    2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citacin alguna por parte de la Entidad, deber presentar toda la documentacin prevista para la suscripcin del contrato dentro del plazo de siete (7) das hbiles, contados a partir del da siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. La citada documentacin deber ser presentada en la Oficina de gerencia Municipal sito en la calle Jess Calabor 241 Santa Rosa.

    2.9 ADELANTOS 2.9.1. ADELANTO DIRECTO

    La Entidad entregar al Contratista, dentro de los siete (7) das naturales de presentada formalmente la solicitud por escrito, adjuntando la correspondiente garanta (Carta Fianza) y el comprobante de pago correspondiente, el adelanto por el veinte por ciento (20 %) del monto del contrato original, siempre que haya sido solicitado por el Contratista dentro de los ocho (8) das siguientes de la suscripcin del contrato.

    2.9.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS Se otorgar para la adquisicin de materiales o insumos, el cuarenta por ciento (40 %) del monto del contrato original, en concordancia con el calendario de adquisicin de materiales e insumos presentado por el contratista, previa presentacin de la garanta respectiva (Carta Fianza).

    2.9. VALORIZACIONES El periodo de valorizacin ser de manera MENSUAL.

    IMPORTANTE:

    Cuando el periodo de valorizacin establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de la valorizacin se regir por lo dispuesto en el sexto prrafo del artculo 197 del Reglamento. En cambio, si la Entidad prev un periodo de valorizacin distinto al mensual, deber establecer los plazos y procedimiento aplicables para la valorizacin, teniendo en consideracin lo dispuesto en el quinto prrafo del referido artculo, as como el plazo para el pago de las valorizaciones.

    De acuerdo con los prrafos quinto y sexto del artculo 197 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad deber contar con la valorizacin del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, segn corresponda; a la que deber adjuntarse el comprobante de pago respectivo.

    2.10. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRA

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    La Entidad o el contratista, segn corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidacin del contrato de obra, en el plazo de 15 (Quince) das calendario, computados desde el da siguiente del consentimiento de la liquidacin. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.

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    CAPTULO III REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

    3.1.- OBJETO DEL PROCESO El objeto del presente proceso es la contratacin para la ejecucin a Suma Alzada de la Obra: CONSTRUCCION DE PAVIMENTO RIGIDO Y VEREDAS DE LAS CALLES AMAZONAS, EL SABER, 28 DE JULIO, LEONCIO PRADO, VILLANUEVA PINILLOS, Y CALLE REAL EN EL CENTRO POBLADO PUENTECILLOS, DISTRITO DE SANTA ROSA JAEN- CAJAMARCA SNIP 182291

    3.2.- UBICACIN DE LA OBRA

    La obra se encuentra ubicada en:

    Departamento : Cajamarca Provincia : San Ignacio Distrito : Santa Rosa Localidad : C.P. Puentecillos

    3.3.- PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA

    El plazo establecido para la ejecucin Total de la Obra es de CIENTO VEINTE DIAS CALENDARIOS (04 MESES).

    3.4.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

    El contratista tendr una responsabilidad mxima de 07 aos, contados a partir de la recepcin de obra sin observaciones.

    3.5.- EQUIPO MNIMO Son los considerados en el expediente tcnico y que a continuacin se detallan.

    N DESCRIPCION MEDIDA

    CANTIDAD

    1 NIVEL AUTOMATICO UND 1

    2 ESTACION TOTAL SERVO 5503 CON CERTIFICACION DE CALIBRACION ACTUALIZADA

    UND 1

    3 MEZCLADORA DE CONCRETO 11p3 12 HP UNID. 1

    4 VIBRADOR DE CONCRETO 2 UNID. 1 5 PLANCHA COMPATADOR 8 HP UND. 1

    6 CARGADOR FRONTAL UNID. 2

    7 CAMION VOLQUETE DE 8 M3 UNID. 4

    8 MOTONIVELADORA UND 1

    9 RETROEXCAVADORA 215 90 HP UND. 1

    10 EXCAVADORA UND 2

    11 RODILLO VIBRATORIO UND 1

    12 CISTERNA UND 1

    13 MAQUINA CHANCADORA UND 1

    Adjuntar documentacin sustentatoria, que acredite propiedad de los mismos y/o compromiso de alquiler.

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    El equipo propio se acreditara con copia simple de la tarjeta de propiedad, factura por la adquisicin, acta de transferencia, contrato privado de compra- venta, cualquiera sea el caso. El equipo alquilado se acreditara con la carta de compromiso o promesa de alquiler, adjuntando a ello copia de la tarjeta de propiedad, factura de adquisicin, acta de transferencia o contrato privado de compra- venta, cualquiera sea el caso.

    3.6.- DEL POSTOR

    - Persona Natural o Jurdica con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores del Estado en el Captulo de Ejecutor de Obras.

    - Antigedad de la Empresa mnima de 04 aos (adjuntar documentacin sustentatoria), de tratarse de Empresas que se presenten en Consorcio todos debern contar con la misma antigedad.

    - Experiencia mnima de Haber ejecutado 06 obras en General (sustentado con copia de contrato, acta de Recepcin de Obra, acta de conformidad y Acta o Resolucin de Liquidacin de Obra)

    - Experiencia mnima de Haber ejecutado 02 obras similares (sustentado con copia de contrato, acta de Recepcin de Obra, acta de conformidad y Acta o Resolucin de Liquidacin de Obra)

    3.7.- PERSONAL MINIMO REQUERIDO 3.7.1. RESIDENTE DE OBRA

    (1) Residente de Obra

    Ingeniero Civil Colegiado y Habilitado para el ejercicio de la profesin. Adjuntar copia simple del Ttulo profesional, copia simple DNI vigente y copia simple del certificado de habilidad vigente. Acreditar por lo menos 48 meses de experiencia como Residente en obras iguales y/o similares, los que sustentaran con los siguientes documentos; Contratos y/o certificados y/o Actas de recepcin de Obra, que de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto. Declaracin Jurada de compromiso para formar parte como profesional propuesto como de residente de obra, en los plazos de ejecucin de la obra. El profesional propuesto como residente estar a tiempo completo durante la ejecucin de obra, por lo que presentara una declaracin jurada en la que exprese que no tiene vnculo laboral y/o contractual vigente.

    Nota:

    Para efecto del presente proceso de seleccin, se entiende como Obra Similar: Construccin, rehabilitacin o reconstruccin de obras viales inc. Obras de arte (pavimentaciones, carreteras y puentes).

    Cuando la experiencia del residente de obra sea acreditado mediante certificados , debern contener como mnimo la siguiente informacin;, nombre del profesional propuesto, el nombre del proyecto, razn social o nombre de la entidad contratante, plazo de ejecucin de la obra (inicio y termino), en caso contrario no sern considerados.

    Conocimiento mnimo en construccin y seguridad de obras. Conocimiento mnimo en concreto reforzado para obras viales. La documentacin que acrediten la experiencia del profesional y la experiencia del postor debern

    estar ordenados en forma cronolgica (Descendente o Ascendente). 3.7.2. GERENTE DE OBRAS

    Ingeniero Civil Colegiado y Habilitado para el ejercicio de la profesin.

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    Experiencia profesional mnima de 24 meses, como Gerente de Obra, en obras iguales y/o similares, la que se acreditar con los siguientes documentos; Contratos y/o certificados, que de manera fehaciente, demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto

    Con especializacin en Gestin y Administracin de la construccin Deber adjuntar copia del ttulo profesional, copia de colegiatura vigente, copia de DNI

    vigente, copia de compromiso de asumir como gerente de obra en caso el postor obtenga sea acreedor de la buena pro.

    3.7.3- TOPOGRAFO

    Con estudios culminados en Topografa del SENCICO o cualquier otro instituto tcnico,

    Sustentado con Titulo o Certificacin de egresado.

    Estudios culminados en Construccin Civil del SENCICO o cualquier otro instituto tcnico, sustentado con Titulo o Certificacin de egresado.

    Experiencia mnima de 60 meses, como topgrafo en obras iguales y/o similares, la que se acreditar con los siguientes documentos: Contratos y/o certificados, que de manera fehaciente demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto.

    Acreditar como mnimo 7 servicios como topgrafo en la ejecucin de obras similares y/o iguales. (Se sustentara con copia de contrato y/o certificado)

    3.7.4- PREVENCIONISTA DE PRDIDAS Copia del ttulo profesional de Ingeniero Civil Diplomado o Especializacin en Gestin y Administracin de Prdidas.

    Haber desempeado el cargo como mnimo en una obra igual o similar que se demostrar con copia simple de Contrato de Obra, Acta de Recepcin y certificado.

    Experiencia mnima de 09 meses, como prevencionista de prdidas en obras iguales y/o similares, la que se acreditar con los siguientes documentos: Contratos, Acta de Recepcin de obra y certificados, que de manera fehaciente demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto.

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    CAPTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIN TCNICA

    EVALUACIN TCNICA (Puntaje Mximo: 100 Puntos) Es de exclusiva responsabilidad del Comit Especial que los factores permitan la seleccin de la mejor oferta en relacin con la necesidad que se requiere satisfacer. I. FACTORES DE EVALUACIN PARA LA CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE

    OBRAS De acuerdo con el artculo 47 del Reglamento, las Bases deben consignar los siguientes factores de evaluacin, necesariamente:

    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS

    PUNTAJE / METODOLOGA PARA SU ASIGNACIN20

    A. EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL

    (15 Puntos)

    Criterio: Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecucin de obras en general, durante un periodo de DIEZ AOS (10) a la fecha de presentacin de propuestas, hasta por un monto mximo acumulado equivalente a 5 VECES EL VALOR REFERENCIAL. Se considerar obra en general a [CONSIGNAR TIPO DE OBRA]. Acreditacin: La experiencia se acreditar mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total. En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se particip en consorcio, deber presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato

    Mayor a 5'618,381.03 hasta 7'022,976.30.. 15 puntos

    Mayor a 4'213,785.77 hasta 5'618,381.0310 puntos

    Mayor a 2'809,190.51 hasta 4'213,785.7705 Puntos

    Menor a 2'809,190.51..00 Puntos

    20

    De acuerdo con el artculo 47 del Reglamento, para la determinacin de los puntajes de cada factor de evaluacin, deber considerarse los mrgenes aqu establecidos. En ningn caso, podr establecerse puntajes que excedan dichos mrgenes.

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    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS

    PUNTAJE / METODOLOGA PARA SU ASIGNACIN20

    de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participacin de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, deber indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripcin. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo N 6 referido a la experiencia en obras en general del postor. La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares servir para acreditar la experiencia en obras en general.

    B. EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES

    (35 puntos)

    Criterio: Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecucin de obras similares, durante un periodo DE DIEZ AOS a la fecha de presentacin de propuestas, por un monto mximo acumulado equivalente al valor referencial de la obra materia de convocatoria, siendo el valor mnimo de cada obra similar el quince por ciento (15%) del valor referencial. nicamente resultarn

    Mayor a 1185,000.00 hasta 1'404,595.2635 puntos

    Mayor a 950,000.00 hasta 1185,000.0015 puntos

    Menor a 950,000.00..00 Puntos

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    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS

    PUNTAJE / METODOLOGA PARA SU ASIGNACIN20

    validas aquellas obras iguales o similares al objeto de la convocatoria. Construccin, rehabilitacin o reconstruccin de obras viales inc. Obras de arte (pavimentaciones, carreteras y puentes)

    Acreditacin: La experiencia se acreditar mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total. En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se particip en consorcio, deber presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participacin de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, deber indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripcin. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar

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    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS

    PUNTAJE / METODOLOGA PARA SU ASIGNACIN20

    el Anexo N 7, referido a la Experiencia del Postor en obras similares.

    C. EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO

    (35 puntos)

    C.1 EXPERIENCIA DEL

    PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO Criterio: Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto para la ejecucin de la obra como INGENIERO residente en obras similares y/o iguales, en la especialidad. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cmputo del tiempo de dicha experiencia slo se considerar una vez el periodo traslapado. Acreditacin: Mediante la presentacin de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados.

    Del Ingeniero Residente de obra: 10 Puntos Experiencia:

    Mayor o igual a 85 meses..10 Puntos

    Mayor a 36 meses hasta 84 meses..05 Puntos

    De 36 meses a menos00 puntos

    Del Gerente de Obra: 10 Puntos Experiencia:

    Se evaluara la experiencia como Gerente de Obras en obras similares, de la siguiente manera: Mayor o igual a 43 meses10 Puntos Mayor a 30 meses hasta 42 meses...06 Puntos Mayor a 18 meses hasta 30 meses...04 Puntos Igual o Menor a 18 meses00 puntos Mediante la presentacin de copia simple de contratos de ejecucin de obra o certificados.

    Topgrafo: 05 Puntos Experiencia:

    Se evaluara su participacin como topgrafo en obras iguales o similares.

    Mayor o igual a 150 meses.05 Puntos Mayor a 36 meses hasta 149 meses............02 Puntos De 36 meses a menos.00 puntos

    Acreditacin: Mediante la presentacin de copia simple de contratos de trabajo o certificados.

    Del Ingeniero Prevencioncita de Perdidas: 10 Puntos Experiencia:

    Se evaluara la experiencia como residente en obras similares y/o iguales, de la siguiente manera: Mayor o igual a 12 meses10 Puntos Mayor a 08 meses hasta 11 meses....05 Puntos De 08 meses a menos..00 puntos Acreditacin:

    Mediante la presentacin de copia simple de contratos de ejecucin de obra o certificados.

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    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS

    PUNTAJE / METODOLOGA PARA SU ASIGNACIN20

    D. CUMPLIMIENTO DE EJECUCIN DE OBRAS

    (15 puntos)

    Criterio: Se evaluar el nivel de cumplimiento del postor, respecto de las obras en general o similares presentadas para acreditar la experiencia del postor, en funcin al nmero de constancias de prestacin presentadas. Acreditacin: Mediante la presentacin de copia simple de un mximo de diez (10) constancias de prestacin o cualquier otro documento que, independientemente de su denominacin, indique, como mnimo, lo siguiente: 1. La identificacin del contrato,

    indicando como mnimo su objeto.

    2. El monto correspondiente; esto

    es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecucin contractual.

    3. Las penalidades en que hubiera

    incurrido el contratista durante la ejecucin de dicho contrato.

    Se debe utilizar la siguiente frmula de evaluacin

    21:

    PCP= PF x CBC NC Donde: PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PF = Puntaje mximo al postor. NC = Nmero de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor. CBC = Nmero de constancias de prestacin vlidas.

    PUNTAJE TOTAL 100 puntos22

    IMPORTANTE:

    Los factores de evaluacin no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos.

    Para acceder a la etapa de evaluacin econmica, el postor deber obtener un puntaje tcnico mnimo de sesenta (60) puntos.

    21

    Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento N 087-2010/DTN en www.osce.gob.pe 22 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluacin.

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    CAPTULO V PROFORMA DEL CONTRATO

    IMPORTANTE:

    Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podr efectuarse la inclusin de clusulas adicionales o la adecuacin de las propuestas en el presente documento, las que en ningn caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo sealado en este captulo.

    Conste por el presente documento, la contratacin de la ejecucin de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC N [], con domicilio legal en [], representada por [..], identificado con DNI N [], y de otra parte [.....................], con RUC N [................], con domicilio legal en [.....................], inscrita en la Ficha N [.........] Asiento N [.......] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], debidamente representado por su Representante Legal, [.....................], con DNI N [..], segn poder inscrito en la Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], a quien en adelante se le denominar EL CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes:

    CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [..], el Comit Especial adjudic la Buena Pro de la ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIN] para la contratacin de la ejecucin de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], a [CONSIGNAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIN], conforme a los Requerimientos Tcnicos Mnimos. CLUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.

    23

    Este monto comprende el costo de l


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