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EL PROYECTO FORMATIVO

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

Modalidad Teleformación

Fundación Vértice Emprende Certificados de Profesionalidad – Modalidad TLF

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Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Marco Normativo

REAL DECRETO 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.

Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

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Proyecto Formativo: Obligatoriedad

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Artículo 13. Requisitos de los centros y entidades de formación y acreditación de los mismos en la modalidad de teleformación.

1. Los centros y entidades de formación que impartan la formación conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad en la modalidad de teleformación deberán cumplir, para todos los módulos formativos que constituyen el certificado de profesionalidad, los requisitos y prescripciones recogidas en el artículo 12 bis del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, así como lo previsto en los artículos 10, 14, 15 y 16 de esta orden, sobre tutores-formadores, proyecto formativo, plataforma virtual y materiales y soportes didácticos que configuran el curso completo que recibirá el alumno.

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Proyecto Formativo: Contenido general

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Artículo 14. Proyecto formativo.

1. El proyecto formativo es un documento en el que se desarrollan los aspectos relativos a la organización, gestión e impartición de la formación correspondiente al certificado de profesionalidad en la modalidad de teleformación, considerando además, las sesiones presenciales que se requieran, según lo establecido en el Anexo I.

ORGANIZACIÓN GESTIÓN

IMPARTICIÓN

FORMACIÓN EN CAMPUS VIRTUAL

TUTORÍAS PRESENCIALES EN CENTRO DE FORMACIÓN

EVALUACIÓN FINAL PRESENCIAL EN

CENTRO DE FORMACIÓN

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Proyecto Formativo: Idioma

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Artículo 14. Proyecto formativo.

2. El proyecto formativo se presentará, en lengua castellana, cuando se solicite la acreditación del centro.

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Proyecto Formativo: Contenido específico

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Artículo 14. Proyecto formativo.

3. En el proyecto formativo se incluirán los siguientes aspectos:

PROYECTO FORMATIVO

B) PLANIFICACIÓN DIDÁCTICA

(ANEXO III)

C) PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA (ANEXO IV)

D) PLANIFICACIÓN EVALUACIÓN

(ANEXO V)

E) ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE LA ACCIÓN

FORMATIVA•Selección, inscripción y seguimiento alumnos•Recursos materiales y humanos•Gestión y mantenimiento plataforma teleformación•Sistema gestión calidad de la formación

A) DATOS ENTIDAD, CERTIFICADO DE

PROFESIONALIDAD Y ACCIÓN FORMATIVA

Entidad Certificado profesionalidad Ámbito geográfico Nº Alumnos Nº Tutores-Formadores

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Proyecto Formativo: A) Datos entidad, certificado de profesionalidad y AA.FF.

Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013)

a)La identificación de la entidad o centro de formación que presenta el proyecto así como la identificación de la especialidad formativa correspondiente al certificado de profesionalidad, su alcance respecto al ámbito de actuación geográfico, el número máximo de alumnos contemplados y el número de tutores-formadores previstos para la impartición de cada módulo formativo.

Aspecto que se debe indicar

Observaciones

Datos entidad/centro de formación

CIF/NIF/NIE, Razón social, Domicilio, Provincia, Tefl., Fax.

Identificación Certificado de Prof.

Familia Profesional, Área, Código, Denominación, Nivel, Competencia general, Ocupaciones o puestos de trabajo relacionados.

Ámbito geográfico Provincia / Comunidad Autónoma

Nº máximo alumnos Ver artículos: art. 6.3 Orden ESS/1897/2013

Nº tutores-formadores Ver artículos: art. 6.3 y art. 30 Orden ESS/1897/2013

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Proyecto Formativo: A tener en cuenta para determinar nº alumnos

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Artículo 6. Acceso de los alumnos y organización de la formación en la modalidad de teleformación.

3. Para organizar la formación se considerará que en un mes natural se puedan realizar como mínimo 50 horas de formación del certificado de profesionalidad y como máximo 120 horas.El número máximo de alumnos por tutor-formador será de 80, cuando su dedicación sea de 40 horas semanales o de las horas semanales equivalentes establecidas en el correspondiente convenio. Para jornadas inferiores, se reducirá proporcionalmente el número máximo de alumnos, de forma que el mínimo de dedicación del tutor equivalga a 10 horas semanales por cada 20 alumnos, incluyendo las tutorías presenciales.El número máximo de alumnos por tutor será de 30 cuando la acción formativa se desarrolle a través de aula virtual en más de un 50 por ciento de su duración. Se considera aula virtual al entorno de aprendizaje, donde el tutor-formador y el alumno, interactúan a través de un sistema de comunicación telemático de carácter síncrono. Una clase presencial convencional retrasmitida vía telemática, en la que tutores-formadores y alumnos pueden preguntarse en tiempo real, es considerada «aula virtual».El Servicio Público de Empleo Estatal podrá autorizar la modificación de estas ratios cuando las peculiaridades de los módulos formativos y otras circunstancias especiales así lo aconsejen.

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Proyecto Formativo: A tener en cuenta para determinar nº tutores-formadores

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Artículo 30. Número de formadores y de tutores-formadores para impartir los módulos formativos del certificado de profesionalidad.

1.Cada módulo formativo del certificado de profesionalidad podrá ser impartido como máximo por dos formadores y, para la modalidad de teleformación, como máximo por dos tutores-formadores por alumno.

2.El número de tutores-formadores para los módulos formativos del certificado de profesionalidad que se impartan en la modalidad de teleformación se ajustará a lo establecido en el artículo 6.3

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Proyecto Formativo: B) Planificación didáctica

Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013)

b) La planificación didáctica de la acción formativa completa, que indicará la temporalización de la formación, cumplimentada de acuerdo al Anexo III.

NOTA: - Para determinar la duración de la acción formativa se tendrá en cuenta lo

establecido en el art. 6.3 de la Orden ESS/19879/2013.- Siempre debe existir una sesión inicial presencial o por videoconferencia de

acuerdo a lo establecido en el art. 6 apartado 4 de la Orden ESS/19879/2013.

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Proyecto Formativo: A tener en cuenta para determinar nº tutores-formadores

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Artículo 6. Acceso de los alumnos y organización de la formación en la modalidad de teleformación.

4. Al comienzo de la acción formativa se realizará una sesión inicial, que puede ser presencial o a través de la plataforma virtual, para la presentación de dicha acción, con objeto de informar a los alumnos sobre el funcionamiento del curso, metodología, tutorías presenciales, calendario y sistema de evaluación. Asimismo, se informará sobre las condiciones de exención del módulo de formación práctica en centros de trabajo.

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Proyecto Formativo: C) Programación didáctica

Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013)

c) La programación didáctica de cada módulo y/o unidad formativa y, en su caso la programación de las correspondientes tutorías presenciales, en las que se concretará la metodología de aprendizaje, cumplimentada de acuerdo al Anexo IV.

FORMACIÓN EN CAMPUS VIRTUAL

TUTORÍAS PRESENCIALES EN CENTRO DE FORMACIÓN

PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA

TELEFORMACIÓN

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Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: C) Programación didáctica

Artículo 16. Materiales y soportes didácticos. Apartado 2 (Orden ESS/1897/2013)

2. Los materiales y soportes didácticos se concretarán en los siguientes productos, tal y como se recoge en el Anexo II:

a)Desarrollo y diseño de los contenidos en formato multimedia (utilizando gráficos o imágenes, animaciones, audio, video, simulaciones, biblioteca), de manera que se mantenga una estructura y funcionalidad homogénea.

b) Actividades de aprendizaje que ha de llevar a cabo el alumnado a través de la plataforma virtual, indicando las herramientas que se utilizarán en su realización (foro, chat, biblioteca virtual, vídeos, correo electrónico).

c) Actividades de aprendizaje que, en su caso, se tengan que realizar en las tutorías presenciales, indicando los espacios, instalaciones y equipamientos necesarios.

d) Actividades de autoevaluación, que irán integradas en el desarrollo de cada módulo y que permitirán al alumnado conocer su propio progreso.

e) Instrumentos de evaluación que se utilizarán durante el proceso de enseñanza-aprendizaje y la prueba de evaluación final presencial del módulo, que han de estar en consonancia con lo establecido en los artículos 11 y 18. Cada instrumento se acompañará de su correspondiente sistema de corrección y puntuación.

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Proyecto Formativo: C) Programación didáctica formación en plataforma

PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA DE LA FORMACIÓN EN LA PLATAFORMA DE TELEFORMACIÓN

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Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: C) Programación didáctica formación en plataforma

ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS, ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE Y RECURSOS DIDÁCTICOS CON MAYOR IMPLICACIÓN DEL TUTOR-FORMADOR

ALUMNOS CON NIVEL DE CUALIFICACIÓN MEDIO-BAJO

Estrategias metodológicas

Técnicas / Actividades de aprendizaje Recursos didácticos

Exposición

• Presentación de resúmenes, esquemas, etc.

• Batería de preguntas.• Actividades evaluables sobre la

exposición.

• Mapas conceptuales, resúmenes, notas complementarias, etc.

• Aula virtual.• Email o herramientas a través de la

plataforma.

Trabajo guiado

• Actividades de autoevaluación.• Actividades evaluables (casos

prácticos, problemas, proyecto, etc.).• Panel de discusión (noticia, nota

técnica, supuesto, etc.)

• Descripción caso, instrucciones, etc.• Aula virtual, chat, foro, etc.

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Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: C) Programación didáctica formación en plataforma

ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS, ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE Y RECURSOS DIDÁCTICOS CON MAYOR IMPLICACIÓN DEL ALUMNO

ALUMNOS CON NIVEL DE CUALIFICACIÓN MEDIO-ALTO

Estrategias metodológicas

Técnicas / Actividades de aprendizaje Recursos didácticos

Trabajo autónomo

• Lectura contenidos• Ejercicios autoevaluación

• Contenidos Interactivos Multimedia

• Actividades evaluables (supuestos prácticos, documentos técnicos, videos, etc.)

• Descripción casos, documentos, videos, etc.

(Entregados por email o herramientas en plataforma).

Trabajo en grupo

• Actividades evaluables (supuestos prácticos, problemas, proyectos, etc.)

• Descripción casos, instrucciones proyecto,…

• Chat, email, etc. para contactar alumnos.

(Entregados por email o herramientas en plataforma).

• Panel de discusión (supuesto, noticia, etc.)

• Texto con información para la discusión.

• Foro, Aula Virtual, etc.

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Proyecto Formativo: C) Programación didáctica en tutorías presenciales

PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA DE LAS TUTORÍAS PRESENCIALES EN EL CENTRO DE FORMACIÓN

*Actividades basadas en las capacidades y criterios de evaluación definidos en el Anexo I de la Orden ESS/1897/2013 para cada módulo/unidad formativa (exposición, simulaciones, supuestos prácticos, juego de roles, etc.) y según duración establecida en el mism o Anexo.

Page 18: El Proyecto Formativo

Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: D) Planificación evaluación

Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013)

d) La planificación de la evaluación de cada módulo formativo y, en su caso unidad formativa, en la que se especificarán los instrumentos de evaluación que se van a aplicar, cumplimentada de acuerdo al Anexo V.

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Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: D) Planificación evaluación

Evaluación durante…. Actividad evaluable / Instrumento

Formación en Plataforma Virtual

• Resolución ejercicios, problemas o supuestos prácticos.

• Pruebas de evaluación (objetivas/prácticas)

Formación durante Tutoría Presencial

• Resolución de ejercicios y/o problemas o supuestos prácticos.

• Pruebas de evaluación (prácticas, técnicas de observación y de información directa)

Prueba de Evaluación Presencial Final

• Pruebas de evaluación (objetivas, prácticas, técnicas de observación y de información directa)

Duración: según Anexo I de la Orden ESS/1897/2013

Contenido: conforme a las capacidades y criterios de evaluación definidos en el Real Decreto que aprueba el certificado de profesionalidad.

EJEMPLO DE PROPUESTA DE ACTIVIDADES E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

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Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: D) Planificación evaluación

Técnicas e Instrumentos

Tipo de Información Evaluada

Pruebas objetivas

• Conocimientos y destrezas cognitivas sencillas.

• Escritas u orales. Basadas en preguntas de respuesta breve, texto incompleto, alternativas, identificación, correspondencia, de respuesta múltiple, ordenación, etc. o basadas en ejecución de acciones o actividades concretas.

Pruebas prácticas

• Destrezas cognitivas y procedimentales, y habilidades personales y sociales.

• Desarrollo de una actividad. Basada mediante instrumentos como escalas de calificación (opciones graduadas en intensidad), listas de cotejo (si/no), y hojas de evaluación de prácticas (con criterios a evaluar y criterio de evaluación de cada aspecto).

Técnicas de observación y de información directa

• Conductas, actitudes y comportamientos.

• Participación en aula virtual, foros, desarrollo actividades, etc. A través de lista de control, escala de estimación, diario e informe, cuestionario, inventario, etc.

TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

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Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: E) Organización y gestión de la acción formativa

Artículo 14. Proyecto formativo. Apartado 3 (Orden ESS/1897/2013)

e) La organización y gestión de la acción formativa: selección, inscripción y seguimiento de los alumnos; recursos materiales y humanos necesarios para el desarrollo de la formación, y para la administración, gestión y mantenimiento de la plataforma de teleformación, así como la implantación de sistemas de gestión de la calidad de la formación.

NOTA: No hace referencia a la organización y gestión de la formación práctica en el centro de trabajo, sin embargo si solicita que se trate en la guía del tutor-formador sobre la coordinación entre el tutor-formador y el tutor de empresa.

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Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: E) Organización y gestión de la acción formativa

ASPECTOS A TENER EN CUENTA

Aspectos que se deben indicar Observaciones

Selección, inscripción y seguimiento alumnos

- Requisitos acceso certificado: Ver art. 20 RD 34/2008 (RD 189/2013) y art. Segundo apartado Uno RD 1675/201a0.

- Competencia digital (prueba): Ver art. 6.2 Orden ESS/1897/2013.- Otros requisitos de acceso y seguimiento: según vía de financiación

de la formación.

Recursos materiales y humanos

Para la formación

- Recursos humanos: Requisitos tutores/formadores. Ver art. 13 RD 34/2008 (RD 189/2013) y art. 29 Orden ESS/1897/2013.

- Recursos materiales: actividades y guías alumno y tutor-formador. Ver art. 16 y anexo II (Orden ESS/1897/2013)

- Instalaciones (tutorías presenciales): Ver art. 13 Orden ESS/1897/2013

Para la administración, gestión y mantenimiento de la plataforma

- Recursos humanos (equipo técnico)- Plataforma teleformación: Ver anexo II Orden ESS/1897/2013.- Servidor.- Servicio atención usuario (teléfono, correo electrónico, horario

mañana/tarde, tiempo respuesta). Ver anexo II Orden ESS/1897/2013

Comunicación y documentación - Ver art. 19 RD 34/2008 y arts. 20 y 22 Orden ESS/1897/2013.

Sistema de gestión de la calidad de la formación

- Norma de referencia, alcance de la certificación y principales medidas e instrumentos para el control de la calidad de la formación. Ver art. 13.3 Orden ESS/1897/2013

- Control calidad y seguimiento: AAFF con financiación pública (art. 22 Orden ESS/1897/2013), AAFF con financiación privada (art. 19 RD 34/2008).

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Proyecto Formativo: Índice de contenidos

PROPUESTA DE ÍNDICE PARA EL PROYECTO FORMATIVO

» Identificación de la entidad o centro de formación» Identificación de la acción formativa» Planificación didáctica (Anexo III)» Programación didáctica (Anexo IV)» Planificación de la evaluación (Anexo V)» Identificación de la organización y gestión de la acción formativa

Fase preparación: selección alumnos, tutores-formadores, centros de formación y de trabajo, provisión materiales, comunicación, etc. Fase ejecución: seguimiento alumnos, evaluación, asignación prácticas, etc. Fase cierre: comunicación evaluación a la Admon., seguimiento inserción, etc.

»Administración, gestión y mantenimiento de la plataforma de teleformación» Información relativa a los sistemas de calidad de la formación

Nota: aunque quede excluida la programación didáctica y la planificación de la evaluación de las prácticas en el centro de trabajo, si debe tratarse los aspectos generales de su organización y gestión.

Page 24: El Proyecto Formativo

Certificados de Profesionalidad en modalidad Teleformación

Proyecto Formativo: Esperando una respuesta….

-¿La aplicación telemática que está preparando el SEPE establecerá unos apartados específicos para el proyecto formativo?

- ¿Se simplificará la información para la comunicación del inicio de cada grupo/edición de un mismo certificado de profesionalidad, módulo o unidad formativa?

Page 25: El Proyecto Formativo

Muchas Gracias 

J. Agustín RuizTécnico de Empleo y Formación

Fundación Vértice

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Proyecto Formativo

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