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LEGISLACIÓN DE COMERCIO ELECTRÓNICO E INTERNET

Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

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Todo acerca de la legislación de Comercio Electrónico e Internet por la compañía Rodriguez y Cavelier

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Page 1: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

LEGISLACIÓN DE COMERCIO ELECTRÓNICO

E INTERNET

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PRINCIPALES ACTORES TIC•Ministerio de Comunicaciones•Comisión Nacional de Televisión•Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRT)•Superintendencia de Industria y Comercio (protección de datos)•Superfinanciera (protección de datos, pagos online)•Superintendencia de Servicios Públicos (TPBCL, TPBCLD, TMR)•Ministerio de Comercio (sectores productivos)•4-72 (Servicios Postales Nacionales)•NIC COLOMBIA (nombres de dominio)•Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC)•Colciencias•Comisión Colombiana del Espacio

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Política pública 1

Tomado de: “El comercio Electrónico: una oportunidad para el desarrollo”. Esteban Piedrahita Uribe, DNP. Foro Nacional de Comercio Electrónico, junio 18 de 20009

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•Plan TIC Colombia:Busca masificar el uso y el acceso de los colombianos

a las tecnologías de la información y las comunicaciones

Cuatro ejes transversales:Investigación, desarrollo e innovación Comunidad Gobierno en línea Marco Regulatorio e incentivos

Cuatro ejes verticales: Salud Educación Justicia Productividad empresarial

Política pública 2

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• Programa Transformación Productiva (Mincomercio):

- Busca masificar el uso y el acceso de los colombianos a las tecnologías de la información y las comunicaciones.

- Desarrollo de las industrias de desarrollo de software y servicios de tecnologías de la información; y tercerización de servicios (BPO), para convertirlas en un sector de clase mundial.

Política pública 3

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• Otros programas: - Agenda de conectividad: programa del Ministerio de

Comunicaciones, encargado de impulsar el uso y masificación de las Tecnologías de Información y Comunicación -TIC- como herramienta dinamizadora del desarrollo social y económico del país.

- Gobierno en línea- Compartel (Programa de Telecomunicaciones Sociales)- Portal Único de Contratación - Crear Empresa - Computadores para Educar (brindar acceso a las

tecnologías de información y comunicaciones a instituciones educativas públicas del país)

- SIGOB (Gestión y seguimiento de las metas del Gobierno)

Política pública 4

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• Qué está pasando?

- MiPymes Digital (masificar el uso de TIC en el sector productivo); presupuesto 2008-2010: $22.599.000.000, aprox USD 9.416.250

- Definición de Mercados Relevantes- Portabilidad numérica- Dominio .co- Televisión: cuarto canal, TDT (estándar europeo)- Satélite colombiano- IPTV : debate Mincom-CNTV- La ETB busca socio estratégico

Política pública 5

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Marco legal

Tomado de: “El comercio Electrónico: una oportunidad para el desarrollo”. Esteban Piedrahita Uribe, DNP. Foro Nacional de Comercio Electrónico, junio 18 de 20009

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Marco legal 2

Tomado de: “El comercio Electrónico: una oportunidad para el desarrollo”. Esteban Piedrahita Uribe, DNP. Foro Nacional de Comercio Electrónico, junio 18 de 20009

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- Ley de Ciencia Tecnología e Innovación – CTI (Ley 1286 de 2009):-- Fortalece el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología

-- Transforma el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología “Francisco José de Caldas” -Colciencias- en el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación -Colciencias

-- Crea la Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación

- Televisión (ley 182 de 1.995, Ley 335 de 1996, acuerdo 10, TDT)

- Teletrabajo (Ley 1221 de 2008)

Marco Legal 3

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Telecomunicaciones

Telecomunicaciones- Decreto 1900 DE 1990- Decreto 2870 de 2007 (“por medio del cual se

adoptan medidas para facilitar la Convergencia de los servicios y redes en materia de Telecomunicaciones”)

- Telefonía Móvil Celular (Ley 37 de 1993) Servicios de Comunicación Personal, PCS (Ley 555 de

2000)- Servicios de Valor Agregado y Telemáticos (Decreto

600 de 2003 y Decreto 3055 de 2003)- Régimen de protección de los usuarios de

telecomunicaciones (Resolución CRT 1732 de 2007)- NUEVA LEY DE TELECO???????

Marco Legal 4

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Gobierno electrónicoDecreto 1151 de 2008

lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno En Línea, que son de obligatorio cumplimiento para las entidades que conforman la administración pública

en Colombia

El Decreto establece que los principios aplicables a la Estrategia de Gobierno En Línea son los siguientes:

- Gobierno centrado en el ciudadano.- Visión unificada del Estado.- Acceso equitativo y multi-canal.- Protección de la información del individuo.- Credibilidad y confianza en el Gobierno En Línea.

Marco Legal 5

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Gobierno electrónicoDecreto 1151 de 2008

Las fases y plazos para la implementación del Gobierno En Línea en el orden nacional y territorial son:

Fase de información en línea : en la cual las entidades habilitan sus propios sitios Web para proveer en línea información, junto con esquemas de búsqueda básica. (Plazo para entidades del orden nacional: 1 de junio de 2008 - Plazo para entidades del orden territorial: 1 de noviembre de 2008).

Fase de interacción en línea : en la cual se habilita la comunicación de dos vías entre entidades y ciudadanos y empresas con la consultas en línea e interacción con servidores públicos. (Plazo para entidades del orden nacional: 1 de diciembre de 2008 - Plazo para entidades del orden territorial: 1 de diciembre de 2009).

Fase de transacción en línea : en la que se proveen transacciones electrónicas para la obtención de productos y servicios. (Plazo para entidades del orden nacional: 1 de diciembre de 2009 - Plazo para entidades del orden territorial: 1 de diciembre de 2010).

Fase de transformación en línea : Es la fase en la cual se realizan cambios en la forma de operar de las entidades para organizar los servicios alrededor de necesidades de ciudadanos y empresas, con Ventanillas Únicas Virtuales y mediante el uso de la Intranet Gubernamental. (Plazo para entidades del orden nacional: 1 de junio de 2010 - Plazo para entidades del orden territorial: 1 de diciembre de 2011).

Fase de democracia en línea : Es la fase en la cual se incentiva a la ciudadanía a participar de manera activa en la toma de decisiones del Estado y la construcción de políticas públicas involucra el aprovechamiento de las tecnologías de la información y la comunicación. (Plazo para entidades del orden nacional: 1 de diciembre de 2010 - Plazo para entidades del orden territorial: 1 de diciembre de 2012).

Marco Legal 5

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Pero…

Qué es Internet?

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¿Qué es Internet?Un conjunto de redes interconectadas que utilizan el protocolo Internet (IP), que les permite funcionar como una única y gran red virtual. Definición UIT, world wide web de http://www.itu.int/sancho/definitionsAS.htm

Breve Historia de la Internet

Internet se inició como un proyecto de defensa de los Estados Unidos.En 1975, ARPAnet (Agencia de Proyectos de Investigación Avanzados) comenzó a funcionar como red, sirviendo como base para unir centros de investigación militares y universidades, y se trabajó desarrollando protocolos más avanzados para diferentes tipos de ordenadores y cuestiones específicas. En 1983 se adoptó el TCP/IP como estándar principal para todas las comunicaciones, y en 1990 desapareció ARPAnet para dar paso junto a otras redes TCP/IP a Internet.La Internet está constituida por todas las redes Telemáticas que usan protocolos TCP/IP y cooperan entre sí para proporcionar conexiones sin discontinuidad y servicios comunes a sus usuarios.

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Algunas definicionesProtocolo: Conjunto de reglas y formatos que determinan el comportamiento de entidades de comunicación en cuanto a la calidad de ejecución de las funciones (definición UIT). Los protocolos pueden gobernar un amplio rango de aspectos de comunicaciones, desde el orden en que se transmiten los bits, las reglas para abrir y mantener una conexión, hasta el formato de un mensaje de correo electrónico.World Wide Web (WWW): Desde un punto de vista técnico, son los servidores hipertexto (servidores http) que son los que permiten combinar ficheros de texto, de gráficos y de sonido. En sentido amplio, el término remite a todos los tipos de recursos a los que recursos a los que puede accederse, incluidos: http, Gopher, FTP, Telnet, USENET y WAIS.OSI: Modelo de interconexión de sistemas abiertos. Preparada por la Organización internacional de Normalización (ISO).IETF: Siglas de Internet Engineering Task Force (Grupo de Tareas Especiales de Ingeniería de Internet). Organismo responsable entre otras cosas, de la elaboración de las normas utilizadas en Internet.Internet: Cualquier red que usa la plataforma de protocolo TCP/IP.IP: Protocolo de capa de red de Internet definido por el IETF.TCP/IP: Protocolo de Control de Transmisión. Protocolo Internet de capa de Transporte que asegura la entrega satisfactoria de extremo a extremo de paquetes de datos sin error, como lo define el IETF (definición UIT) o el conjunto de protocolos que define y permite transmitir la información de una red a otra.

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Algunas definicionesDominio: Sistema de denominación de hosts en Internet. Los dominios van separados por un punto y jerárquicamente están organizados de derecha a izquierda.DNS (Domain name System): Sistema de Nombres de dominio, conjunto de base de datos distribuidos (servidores domain name) que mantienen la correlación entre las direcciones de dominio y las direcciones numéricas. El DNS les permite a los usuarios utilizar nombres en las direcciones de Internet en lugar de números.ISP: proveedor de servicio Internet, Un proveedor de servicios Internet, ISP (por sus siglas en ingles) conecta a su computadora a la Internet a través de una gran red de computadoras conocidas como la (World Wide Web). Los proveedores de servicios Internet ofrecen una gran gama de servicios.LAN: Red de área local, un medio compartido conmutado, red de comunicaciones entre pares que difunde información para que la reciban todas las estaciones dentro de un área geográfica de tamaño moderado, tal como un solo edificio de oficinas o un campus. La red es por lo general, propiedad de una sola organización y es utilizada y explotada por la misma.Router (encaminador): Dispositivo de comunicaciones que se encarga de conectar dos o más redes o una red Internet, al convertir las direcciones en números IP, y al enviar únicamente los mensajes que necesitan pasar a otra red.WAN: Red de área extensa, red de comunicación que abarca una zona geográfica extensa y que da cabida a terminales y redes LAN

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Algunos mitos de Internet

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ALGUNAS CONSECUENCIAS DE “LA RED”

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DE NAPSTER A THE PIRATE BAY

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¿Y EL MUNDO EDITORIAL?

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¿Y EL MUNDO EDITORIAL?

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COMERCIO ELECTRÓNICO

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Antes de entrar en materia….

Tomado de: “El comercio Electrónico: una oportunidad para el desarrollo”. Esteban Piedrahita Uribe, DNP. Foro Nacional de Comercio Electrónico, junio 18 de 20009

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Tipos de comercio electrónico•Empresa-Empresa ( B2B) :Esta categoría agrupa a las empresas que por ejemplo ordenan pedidos a los proveedores, recibiendo los cargos y haciendo los pagos utilizando la red.

•Empresa-Consumidor ( B2C)Esta categoría se suele equiparar con la venta electrónica. Se ha ido expandiendo con la llegada de la World Wide Web. Existen ya en la actualidad muchos tipos de galerías que ofrecen a través de Internet todo tipo de bienes consumibles, desde computadores a vinos, vehículos, materiales, libros, etc.

•Empresa-Administración (B2A)•Aquí se cubre todo tipo de transacciones entre las empresas y las organizaciones gubernamentales.

•Consumidor-Administración (C2A)Esta categoría es la que más dificultades parece encontrar para su emergencia. Sin embargo, medida que crezcan y se extiendan las categorías anteriores, la Administración podrá extender las interacciones electrónicas a áreas tales como los pagos de pensiones, el asesoramiento, o las devoluciones de tasas.

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Ventajas del comercio electrónico

– Reducción de costos (usuario final y aprovisionamiento)– Expansión de mercados potencialesIntroducción– Mayor oferta de productos– Mejor eficiencia de procesos– Incremento de productividad

Se requiere promover acciones en temas legales, educativos yculturales. Además promover entre los empresarios el uso de las TIC paraincrementar su competitividad.

Lo que falta en Colombia

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Copyright © 2009 Marcos Pueyrredon

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¿Y CÓMO ESTÁCOLOMBIA?

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Estructura para el E-commerce

Tomado de: “El comercio Electrónico: una oportunidad para el desarrollo”. Esteban Piedrahita Uribe, DNP. Foro Nacional de Comercio Electrónico, junio 18 de 2009

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Tendremos un CONPES de comercio electrónico

Tomado de: “El comercio Electrónico: una oportunidad para el desarrollo”. Esteban Piedrahita Uribe, DNP. Foro Nacional de Comercio Electrónico, junio 18 de 2009

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•Número de habitantes Colombia: 42.888.592•Comercio electrónico en las Americas (sin incluir USA y Canadá): mas de $15.000 millones de dólares en 2008.•Colombia: 201 millones en el 2007•Factores históricos: falta de cultura, baja conectividad•Google Colombia pronostica para el 2013 USD 2.000 millones en transacciones de Comercio Electrónico.

REALIDAD: - Crecimiento de banda ancha- Inversión en comercio electrónico:

Drogas La RebajaMegastorePagosonline.netBuscape.com.coCarullaÉxito Virtual

Un comercio electrónico incipiente

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Estadísticas Colombia 1

Tomado de: “El comercio Electrónico: una oportunidad para el desarrollo”. Esteban Piedrahita Uribe, DNP. Foro Nacional de Comercio Electrónico, junio 18 de 2009

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Estadísticas Colombia 2

Tomado de: “El comercio Electrónico: una oportunidad para el desarrollo”. Esteban Piedrahita Uribe, DNP. Foro Nacional de Comercio Electrónico, junio 18 de 2009

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Estadísticas Colombia 3

Tomado de: “El comercio Electrónico: una oportunidad para el desarrollo”. Esteban Piedrahita Uribe, DNP. Foro Nacional de Comercio Electrónico, junio 18 de 2009

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•Penetración de telefonía móvil del 87.8% (a 31 de diciembre de 2007 habían 32.295.306 Abonados Activos)•Penetración de suscriptores del servicio de acceso a Internet del 4,43% (a septiembre de 2008, Colombia poseía 1.969.023 suscriptores, un crecimiento del 11% en el último trimestre; la mayor parte con xDSL). •Principales proveedores de Internet: EPM, ETB, Colombia Telecomunicaciones y Telmex Hogar•En Colombia 1.114 municipios tienen al menos un suscriptor de acceso dedicado a Internet, lo que representa una cobertura del 99,5%•10.8 computadores por cada 100 habitantes en el 2008 (8.4 en el 2007)•25.101 nombres de dominio .co registrados a la fecha.

Estadísticas Colombia 4

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•E-Government Readiness 2008 for South América Country Index (UN)

1- Argentina 2- Chile 3- Brasil4- Uruguay5- Colombia (posición general 58 de 182 países)6- Perú7- Venezuela8- Bolivia9- Ecuador10- Paraguay11- Guyana12- Suriname

Estadísticas Colombia 5

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ALGUNAS HERRAMIENTAS

PARA EMPRESAS ONLINE

TOP 50 WEBSITES FROM TIME MAGAZINE

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IMPLICACIONES LEGALES EN INTERNET

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ASPECTOS LEGALES A CONSIDERAR 1

Copyright © 2009 Marcos Pueyrredon

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ASPECTOS LEGALES A CONSIDERAR 2

• La creación de la página Web

– Nombres de dominio– Contratos de Hosting

– Contratos de Data centers

• La protección de la página Web: una página “legal”

• Propiedad Intelectual• Protección de datos y privacidad

• Servicios Web 2.0 y Cloud Computing

• Manejo de herramientas tecnológicas en el trabajo• Responsabilidad de los ISP

• Implicaciones legales del marketing Online

• Seguridad informática

• Comercio electrónico– Ley 527 de 1999

– Firma y Facturación electrónica

– Teletrabajo

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NOMBRES DE DOMINIO

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Nombres de dominio

TopLevelDomainTLD

SecondLevel

Domain

SLD

gTLD

ccTLD

com, net, org, coop, name, pro, biz, info gov, etc

co, bo, uk, jp, au, br, us, etc

cocacola, macdonals, serenawillians,thematrix, sahronstone, barcelona,

lapaz, Citybank, colombia, juanpablomontoya,

Elcoronelnotienequienleescriba, etc.

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Nombres de dominio

• DNS

• ICANN

• China

• UDRP: Política Uniforme para la Resolución de Conflictos de Nombres de Dominio.

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Nombres de dominio• Comprar el nombre de dominio

personalmente• Registre la marca• ¿Portafolio de nombres de dominio? • Políticas de resolución de conflictos de

nombre de dominio de la ICANN

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Nombres de dominio

• Escoger un buen nombre de dominio

• Mantener el control de su dominio

• Registrar la página Web (L. 633/2000 Art. 91):

” Todas las páginas web y sitios de Internet de origen colombiano que operan en el Internet (...), deberán inscribirse en el registro mercantil y suministrar” a la DIAN la información de transacciones económicas en los términos que ella lo requiera

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Nombres de dominioResolución de conflictos de nombres de dominio: requisitos de Política Uniforme para la Resolución de Conflictos de Nombres de Dominio (ICANN):

• Foros:– Centro de Mediación y Arbitramento de la OMPI – National Arbitration Forum

• Algunos ejemplos de empresas en Colombia: – Papiros.com– Transmilenio– Bancolombia– Avvillas– MTV.COM.CO

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Nombres de dominioResolución de conflictos de nombres de dominio: requisitos de Política Uniforme para la Resolución de Conflictos de Nombres de Dominio (ICANN):

• 1- Que el titular posea un nombre de dominio idéntico o similar hasta el punto de crear confusión con respecto a una marca de productos o de servicios sobre la que el demandante tiene derechos2- Que el titular del nombre de dominio no tenga derechos o intereses legítimos respecto del nombre de dominio;3- Que el nombre de dominio ha sido registrado y se utilice de mala fe

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Nombres de dominioSobre los derechos o intereses legítimos respecto del nombre de dominio:

En relación a este requisito, la OMPI ha dicho que únicamente se considerará que el demandado posee derechos e interese legítimos si :

– Se utilizó, con anterioridad a la recepción de cualquier aviso de la controversia, el nombre de dominio o haber efectuado preparativos demostrables para su utilización en relación con una oferta de buena fe de productos o servicios.

– Ser conocido corrientemente por el nombre de dominio, aún cuando no haya adquirido derechos de marcas de productos o de servicios ( sería el caso, por ejemplo, de la web profesional del autor de este artículo, cuyo dominio es opinionvirtal.com ).

– Haber hecho un uso legítimo y leal o no comercial del nombre de dominio, sin intención de desviar a los consumidores de forma equívoca o de empañar el buen nombre de la marca de productos o de servicios en cuestión con ánimo de lucro.

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Nombres de dominioSobre la mala fe:

• Se constituirán prueba de utilización de mala fe de un registro de un nombre de dominio las siguientes:

– Una oferta para vender, alquilar o transferir de cualquier modo el nombre de dominio al titular legitimo de la marca de producto o de servicio, o a un competidor del titular de la marca con propósitos financieros,

– El intento de atraer, con ánimo de lucro, usuarios de Internet al sitio web del titular del nombre de dominio o cualquier otro lugar en línea, creando confusión con la marca,

– El obtener el registro de dominio con el fin de impedir al titular de la marca de producto o de servicio reflejar la marca en el nombre de dominio,

– El obtener el registro del nombre de dominio con el fin de perturbar los negocios de un competidor.

– La duración del procedimiento inferior a tres meses desde que se interpone la demanda, y siendo ejecutable la misma en todo el ámbito de Internet. Como vemos, no sólo es una vía más económica, al igual que rápida, sino también de gran eficacia práctica.

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Nombre de dominio .co

• NIC COLOMBIAFallo del Consejo de Estado del 10 de julio de

2002Resolución 600 de 2002Ley 1065 de 2006Resolución No. 999 del 23 de marzo de 2007Resolución 1652 de 2008 Resolución 284 de 2008

• La importancia del .co

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Creación de la página Web

• Contrato de hosting / alojamiento de la página• Contrato con el desarrollador de la página Web • Contrato con el desarrollador gráfico de la página web

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Hosting• Soporte tecnológico para alojar una página Web

y, generalmente, el servicio de correo electrónico.

• Hosting propio o tercerización? – Reducción de costes

– Profesionalismo– Escalabilidad

– Seguridad

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Recomendaciones para contratar hosting

• Conozca la empresa: es reconocida? donde se encuentra su equipo de soporte?

• Qué tanta banda ancha necesita su negocio? Usa fotos? Texto? video?

• El hosting es compatible con programas como MySQL o Perl?

• Tiene un buen soporte técnico? Disponible las 24 horas al día? Por que medios? chat? Teléfono? Foros? En queidiomas?

• Es posible la cancelación o transferencia del contrato? • El hosting está en capacidad para afrontar subidas repentinas

de tráfico de la página?• El hosting puede interrumpir el servicio sin previo aviso?

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Recomendaciones para contratar hosting

• Se puede incrementar el ancho de banda? Avisa el proveedor cuando se acerca al limite contratado?

• Pregunte cuantas páginas alojan por servidor. • Pregunte cada cuanto le hacen back up/copias de

seguridad a los servidores. • Pregunte si operan su propio data center o si lo

subcontratan. • Cuáles son las políticas de migración de datos? Tiene

políticas de confidencialidad de la información? • HostTracker: control de días en que el servidor es

completamente operacional (uptime).

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Recomendaciones para contratar hosting

• Ofrecen filtros de Span o Antivirus? Firewalls• Qué sistema operacional usan? Linux? Windows? Otro? • Tiene altos costos de mantenimiento? • Que servicios de valor añadido tiene? (formación, consultoría,

comercio electrónico, etc.).• Defina la jurisdicción y competencia.• Cual es su política en cuanto a la responsabilidad por contenidos

alojados?• Compare los precios. • WhoIsHostingThis• Si quiere ser un proveedor de hosting, revise la posibilidad de que

el host tenga la obligación de registrarse para poder prestar el servicio de hosting o similares (caso España).

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Una página “legal”

1. Términos y Condiciones de la página Web

2. Políticas de privacidad

3. Aviso Legal

4. Licencias de derecho de autor (CC)

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La protección de la página Web

• Propiedad Intelectual (diseño gráfico, contenidos, código fuente).

• Términos y condiciones de la página• Aviso legal• Políticas de privacidad

Page 61: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Protección de datos y privacidad

Artículo 15 de la Constitución Política

“Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. (…) De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas”.

Page 62: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Protección de datos y privacidad

• Ley 1266 de 2008: “ley de habeas data”

• Ley 1273 de 2009: “ley de delitos informáticos”

• Evite cualquier posible calumnia, injuria o acto de descrédito en general contra entidades o personas físicas

Page 63: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Protección de datos y privacidad

Ley 1266 de 2008: “ley de habeas data”

Regula el derecho que tiene toda persona a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que sobre ellas se hayan recogido en bancos de datos, particularmente en relación con la información financiera y crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países.

Page 64: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Protección de datos y privacidad

Ley 1266 de 2008: “ley de habeas data”• Define dato personal como cualquier

pieza de información vinculada a una o varias personas determinadas o determinables o que puedan asociarse con una persona natural o jurídica.

• Principio de consentimiento: autorización del titular para la inclusión del dato personal

• Principio de finalidad

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Protección de datos y privacidad

Ley 1273 de 2009: “ley de delitos informáticos”Artículo 269F: VIOLACIÓN DE DATOS

PERSONALES. El que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero , obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Page 66: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Propiedad intelectual

1. Respete los derechos de autor de terceros y proteja sus propios contenidos.

2. Sea consciente de las implicaciones legales en materia de violación de los derechos de propiedad intelectual: penal y civil.

3. Solicite los correspondientes permisos: tenga en cuenta que existe todo un universo de titulares de derechos en el sector editorial, musical, audiovisual o de la informática.

4. Utilice los mecanismos de denuncia de los usuarios ante el hallazgo de material inconveniente.

5. Digital Rights Management?

Page 67: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

“From all rights reserved to no rights reserved”

Page 68: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

SOFTWARE PROPIETARIO VS SOFTWARE LIBRE

Page 69: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Servicios Web 2.0 y Cloud Computing

• Web 2.0• Cloud computing• Publicidad en Internet (metatags, framing,

spam, behavioral advertising, competenciadesleal, marketing viral)

Page 70: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Web 2.0

“espacios virtuales de participación que incluyen blogs, wikis, redes sociales, intercambio multimedia, y mundos virtuales“.

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Riesgos de la Web 2.0

• Violación de propiedad intelectual

• Injuria y calumnia • Privacidad – protección de datos personales

• Protección menores de edad.

• Responsabilidad por hechos de terceros: – Actuar en conjunto con el usuario para realizar un acto ilegal

– Actuar incentivando al usuario para la realización de un acto ilegal

– Por hechos realizados por sus empleadores?– Cuando teniendo conocimiento de la actividad ilegal (i.e piratería) no

hace nada para detenerlo.

– Cuando no modera contenidos difamatorios de terceros en su página teniendo la posibilidad de hacerlo.

– Contenidos de pornografía infantil.

Page 72: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Cloud Computing

• Tendencia a “la nube”• Tendencia a prestar servicios diferenciados si son de

pago (Gmail)• Inconveniente: la energía. Facebook paga 1 millón de

dólares al mes de factura de electricidad. • El avance del nivel de ancho de banda y fiabilidad de la

conectividad Internet es clave para poder desarrollar una industria en torno a Cloud Computing.

• Aunque la mayoría del software en el que de basa es libre, hay iniciativas privadas.

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Aspectos a considerar al usar una herramienta “en la nube”

• Calidad de servicio• Ubicación física del hardware y software

utilizado: problemas de jurisdicción y competencia

• Características de seguridad• Manejo de los datos personales: el proveedor

entrega sus datos a terceros? • Subcontratación en cloud computing

• Service level agreements (SLA’s) incipientes• Y el soporte?

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Aspectos a considerar en la contratación de servicios de data

center• Protección de datos: confidencialidad, integridad y

disponibilidad de los datos.• Garantizar a través de anexos técnicos la protección de

la custodia de la información que le suministra el cliente: medidas de seguridad como acceso restringido, limitaciones de copia de la información

• Cláusulas de confidencialidad • Cláusula de responsabilidad por el mal manejo de los

datos.

Page 75: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Aspectos a considerar en la contratación de servicios de data

center• Medidas de seguridad y controles ambientales sobre los

servidores: aire acondicionado, ralentización (fumigación para ratones), monitoreo de humedad y temperatura, detección de incendios, entre otros.

• Backups.• Reportes periódicos sobre los datos. • Cláusula de continuidad del servicio.

Page 76: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Responsabilidad de los Internet Service Providers (ISP)

• Tendencia a regular los ISP’s: ley de los tres avisos

• Responsabilidad sobre los comentarios o contribuciones en blogs o wikis.

• Pornografía infantil

Page 77: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Manejo de Herramientas tecnológicas en el trabajo

?

Page 78: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Manejo de Herramientas tecnológicas en el trabajo

NO!YA SE EMPLEAN CON

FINES EMPRESARIALES! (y se deberían seguir

usando)

Page 79: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

¿Porqué usarlas?

• Cada empleado se vuelve un “impulsor viral” de la empresa

• Mayor eficiencia y transparencia en su forma de comunicarse tanto a nivel interno como externo: mayor disponibilidad, rendimiento.

• Reducción de costos

• Red de contactos importantes

Manejo de Herramientas tecnológicas en el trabajo

Page 80: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

• Limite pero no prohíba los usos de medios electrónicos en el trabajo.

• No se limite al correo electrónico.

• Claras políticas de correo corporativo

• Proteja su información empresarial: seguridad informática

POLITICAS CORPORATIVAS DE USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS

Page 81: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

• Inciso 3 del artículo 15 Constitución Política:

" La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo podrán ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley."

Código Sustantivo del Trabajo

– Artículo 60. Prohibiciones a los trabajadores. Se prohíbe a los trabajadores:

8. Usar los útiles o herramientas suministradas por el {empleador} en objetos distintos del trabajo contratado.

– Artículo 62. Terminación del contrato por justa causa. [Artículo modificado por el artículo 7 del Decreto 2351 de 1965] Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo:

6. Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.

Algunos aspectos del correo electrónico….

Page 82: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

• Ley 1273 de 2009: ley de delitos informáticos

Artículo 269F: VIOLACIÓN DE DATOS PERSONALES. El que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Algunos aspectos del correo electrónico….

Page 83: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

• Sentencia T-916 de 2008 (divorcio):

“Por tratarse entonces de un dispositivo (el computador) que tiene un ámbito privado, es que la regla constitucional prevista en el artículo 15 Superior, referida a la inviolabilidad de la correspondencia y demás formas de comunicación privada, tiene total aplicabilidad cuando se trata de correos electrónicos, pues se trata de una forma de comunicación entre personas determinadas, siendo solamente posible su interceptación o registro , (i) mediante orden de autoridad judicial, (ii) en los eventos permitidos en la ley y (iii) con observancia estricta de las formalidades que la misma establezca. Este mandato ha sido reiteradamente entendido por esta corporación, en el sentido de que con él se garantiza un espacio inviolable de libertad del individuo frente a su familia, la sociedad y el Estado.“

Algunos aspectos del correo electrónico….

Page 84: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

• Sentencia T-916 de 2008:“La interferencia en las comunicaciones privadas puede realizarse entre personas que forman parte de un mismo núcleo familiar y puede vulnerarse el derecho a la intimidad cuando se realiza sin el consentimiento de la persona afectada, para su divulgación con diversos fines, entre ellos los judiciales, y no sólo en el ámbito penal sino aún para asuntos de naturaleza civil o de familia."

“La Sala considera que los correos electrónicos obtenidos de la cuenta personal del accionante, sin su consentimiento, que fueron allegados por el apoderado de la parte demandante, al proceso verbal de cesación de los efectos civiles de matrimonio católico iniciado por Margarita María Silva Gaviria, constituye una conducta procesal reprochable, desde el punto de vista constitucional, por cuando se trata de una comunicación privada que es inviolable, por regla general”.

“Una cosa es el consentimiento que pueda existir, como permisión para acceder a comunicaciones privadas, como es el caso de los mensajes de datos, y otra completamente diferente, es la aptitud probatoria cuando son allegados a un proceso judicial, sin el seguimiento de los parámetros que el ordenamiento constitucional y legal establecen”

Algunos aspectos del correo electrónico….

Page 85: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

• Sentencia 405 de 2007 (fotos en computador de la empresa)

“El hecho de que se tratara de una herramienta de trabajo compartida, no autorizaba a

ningún miembro de la Institución el ingreso, no consentido, a archivos personales ajenos, y mucho menos la extracción, manipulación, exhibición y uso de esa información personal”.

“No puede considerarse que el hecho de que hubiese sido transitoriamente depositada, como refiere la actora, en el computador institucional comporte un consentimiento implícito para el acceso y divulgación de la misma. La información se encontraba guardada en una carpeta personal, no expuesta a la vista pública por voluntad de la actora, quienes ingresaron a ella debieron superar los controles técnicos usuales para el acceso a un archivo de computador. De tal manera que sí hubo una indebida intromisión en una información que sólo concernía a su titular, y que estaba amparada por la reserva que impone el derecho a la intimidad personal. La relación laboral existente entre actora y demandada no autorizaba esta invasión a aspectos de la vida privada de la primera. Se trataba de una información que revelaba escenas de la vida personal de la actora, sin incidencia alguna en su desempeño laboral.”

Algunos aspectos del correo electrónico….

Page 86: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Pornografía infantil en Internet

• Decreto 1524 de 2002

• Ley 1336 de 2009 (arts 3, 4, 8, 19, 24, 25-1/3)

Page 87: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Implicaciones legales del marketing online

1. Marketing viral2. Spam3. Buscadores4. Metatags5. Behavioral advertising

Page 88: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Marketing viral

Page 89: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Implicaciones legales del marketing online

Marketing viralRIESGOS:• Competencia desleal (ley 256 de 1996):

Los actos de desviación de la clientela Los actos de engaño Los actos de descrédito

• Normas penalesDifamación

• Protección al consumidor• Derecho marcario

Uso no autorizado de marca ajena

Page 90: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Implicaciones legales del marketing online

Marketing viral

Correo electrónico: Los casos de COCA COLA –DANONE, TOMMY HILFIGER, STARBUCKS, y muchos otros

Blogs: El caso Kryptonite

Youtube: Mentos y Coca Cola Diet

Redes Sociales

Page 91: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Implicaciones legales del marketing online

Marketing viral: el caso COCA COLA/DANONE

Lo que decía el mail¡La DASANI es agua de cañería (grifo) tratada con productos químicos que se vuelven cancerígenos después de embotellada: BROMATO!

EL AGUA DASANI FUE EXPULSADA DEL MERCADO BRITÁNICO.DASANI, el agua de Coca Cola que fue presentada en el mercado hispanoamericano en el 2005, la compañía debió retirar en 2004 unas 500.000 botellas del líquido en Gran Bretaña luego que las autoridades de ese país confirmaron que la bebida contenía bromato, un químico cancerígeno, en cantidades que duplicaban lo permitido por la ley.”

Page 92: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Implicaciones legales del marketing online

La reacción de Coca Cola• “Coca-Cola de Argentina querella penalmente por competencia desleal a Directivos de Aguas Danone de

Argentina y de Euro RSCG Buenos Aires por una campaña de desprestigio contra la marca Dasani”• Buenos Aires, 12 de julio 2007 – Coca-Cola de Argentina querelló penalmente a dos directivos de Aguas

Danone de Argentina y uno de Euro RSCG Buenos Aires por Competencia Desleal. La querella se basa en evidencia contundente de que dichos individuos diseñaron y ejecutaron durante casi dos años una campaña masiva de desprestigio en Internet -que incluía la difusión de información falsa– contra el agua Dasani. Estas acciones maliciosas que incitaban a cuestionar la calidad de Dasani engañaron a los consumidores y afectaron negativamente la reputación e imagen de la marca y de Coca-Cola de Argentina.

• La Compañía Coca-Cola cuenta con un Sistema Global de Calidad y mantiene un compromiso histórico con la seguridad y calidad de sus productos en todos los mercados donde opera. El consumo de Dasani es absolutamente seguro para la salud y cumple con todos los estándares de calidad y requisitos fijados por las autoridades argentinas y la Organización Mundial de la Salud.

• La evidencia que hemos puesto en manos de la Justicia sobre la campaña de Internet diseñada para desacreditar la marca Dasani y obstaculizar su entrada al mercado argentino es tan contundente, que amerita tomar la decisión inusual para nuestra empresa de presentar una querella penal.

• Como integrante responsable de la sociedad argentina desde hace 65 años, Coca-Cola de Argentina tiene un férreo compromiso con prácticas competitivas sanas y transparentes que permitan a los consumidores decidir qué producto comprar a partir de información completa y veraz.

• Internet es un valioso medio de comunicación con una capacidad única de llegar a millones de personas simultáneamente. Lamentablemente, en este caso, se hizo abuso de esta herramienta para engañar a los consumidores difundiendo información falsa con el objetivo de desprestigiar a una de nuestras marcas.

• Tenemos plena confianza en el sistema jurídico argentino y esperamos obtener una pronta decisión favorable.”

Page 93: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Implicaciones legales del marketing online

Marketing viral: el caso COCA COLA/DANONE

El estado actual (por confirmar)

“Recientemente se conoció la resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Ciudad de Buenos Aires que revoca la decisión del juzgado de primera instancia que había dispuesto desestimar “por ausencia de delito” la querella efectuada por Coca-Cola contra Danone, por el contenido de una publicidad que la injuriaba. El agravio al que se refería Coca-Cola era por una campaña presuntamente montada por Danone y su agencia de publicidad, en la que se atribuían a los productos de la marca Dasani, que estaba lanzando al mercado, defectos de fabricación capaces de producir daños a la salud”.

Page 94: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Implicaciones legales del marketing online

SPAM

• Antecedentes:

- Resolución 2015 de 2008 de la CRT (celulares)

- Decreto 1524 de 2002 define Spammingcomo “el uso de los servicios de correo electrónico para difundir mensajes no solicitados de manera indiscriminada a una gran cantidad de destinatarios”.

Page 95: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Implicaciones legales del marketing online

Buscadores - metatags

• Antecedentes:

- Cómo funciona Adwords? El sistema de subastas.

Page 96: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Implicaciones legales del marketing online

Behavioral advertising

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COMERCIO ELECTRÓNICO

Ley 527 de 1999Firma y Facturación electrónica

Condiciones Generales de ContrataciónSistemas de pago online

Derecho de los consumidores Ley de delitos informáticos

Teletrabajo

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Comercio electrónico:DIFERENCIAS ENTRE LAFIRMA

ELECTRÓNICA, FIRMA DIGITAL Y FIRMA DIGITALIZADA

Page 99: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónico:DIFERENCIAS FIRMAS

• Firma electrónica: expresión genérica. Es un término de naturaleza fundamentalmente legal y más amplio desde un punto de vista técnico, ya que puede contemplar métodos no criptográficos. Un conjunto de datos recogidos de forma electrónica que formalmente identifican al autor y se incorporan al propio documento

• Firma digital: es aquella firma electrónica que está basada en los sistemas de criptografía de clave pública (PKI – Public KeyInfrastructure)

• Firma digitalizada : no tiene nada que ver con las anteriores. Se trata de una simple representación gráfica de la firma manuscrita obtenida a través de un escáner, que puede ser “pegada” en cualquier documento. Esta técnica la empezaron a utilizar masivamente los expertos en Márketing cuando la publicidad circulaba por correo postal ordinario (Snail mail).

Page 100: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónico:Normas relevantes

• LEY 527 DE 1999 “Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones“ (desarrollado por el decreto 1747 de septiembre 11 de 2000, Resolución 26930 de 2000, Resolución 36904 de 2001 y Circular Externa No. 23 de 2002 de la SIC)

• Factura electrónica (artículo 13 del decreto 1165 de 1996; Ley 527 de 1999; artículo 26 de la Ley 962 de 2005; decreto 1929 de mayo de 2007, Resolución Dian 14465 de 2007)

• Delitos informáticos: ley 1273 de 2009

• Estatuto del consumidor/ derecho publicitario (bebidas alcohólicas)

Page 101: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónico:LA LEY 527 DE 1999

Page 102: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónico:LA LEY 527 DE 1999

• Mensaje de datos. La información generada, enviada, recibida, almacenada comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el Intercambio Electrónico de Datos (EDI), Internet, el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax;

• Firma digital. Se entenderá como un valor numérico que se adhiere a un mensaje de datos y que, utilizando un procedimiento matemático conocido, vinculado a la clave del iniciador y al texto del mensaje permite determinar que este valor se ha obtenido exclusivamente con la clave del iniciador y que el mensaje inicial no ha sido modificado después de efectuada la transformación;

• Entidad de Certificación. Es aquella persona que, autorizada conforme a la presente ley, está facultada para emitir certificados en relación con las firmas digitales de las personas, ofrecer o facilitar los servicios de registro y estampado cronológico de la transmisión y recepción de mensajes de datos, así como cumplir otras funciones relativas a las comunicaciones basadas en las firmas digitales;

Page 103: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónico:LA LEY 527 DE 1999

• Reconocimiento jurídico de los mensajes, de datos. No se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria a todo tipo de información por la sola razón de que esté en forma de mensaje de datos.

• Cuando cualquier norma requiera que la información conste por escrito, ese requisito quedará satisfecho con un mensaje de datos, si la información que éste contiene es accesible para su posterior consulta.

• Cuando cualquier norma exija la presencia de una firma o establezca ciertas consecuencias en ausencia de la misma, en relación con un mensaje de datos, se entenderá satisfecho dicho requerimiento si:

a) Se ha utilizado un método que permita identificar al iniciador de un mensaje de datos y para indicar que el contenido cuenta con su aprobación,

b) Que el método sea tanto confiable como apropiado para el propósito por el cual el mensaje fue generado o comunicado.

Page 104: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónico:LA LEY 527 DE 1999

• Original: cuando cualquier norma requiera que la información sea presentada y conservada en su forma original, ese requisito quedarásatisfecho con un mensaje de datos, si:

a) Existe alguna garantía confiable de que se ha conservado la integridad de la información, a partir del momento en que se generó por primera vez en su forma definitiva, como mensaje de datos o en alguna otra forma;

b) De requerirse que la información sea presentada, si dicha información puede ser mostrada a la persona que se deba presentar.

• Integridad de un mensaje de datos: se considerará que la información consignada en un mensaje de datos es íntegra, si ésta ha permanecido completa e inalterada, salvo la adición de algún endoso o de algún cambio que sea inherente al proceso de comunicación, archivo o presentación. EI grado de confiabilidad requerido, será determinado a la luz de los fines para los que se generó la información y de todas las circunstancias relevantes del caso.

Page 105: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónico:LA LEY 527 DE 1999

Comunicación de los mensajes de datos

• Formación y validez de los contratos: en la formación del contrato, salvo acuerdo expreso entre las partes, la oferta y su aceptación podrán ser expresadas por medio de un mensaje de datos. No se negará validez o fuerza obligatoria a un contrato por la sola razón de haberse utilizado en su formación uno o más mensajes de datos.

• Reconocimiento de los mensajes de datos por las partes. En las relaciones entre el iniciador y el destinatario de un mensaje de datos, no se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria a una manifestación de voluntad u otra declaración por la sola razón de haberse hecho en forma de mensaje de datos.

Page 106: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónico:LA LEY 527 DE 1999

Firma Digital

• Atributos jurídicos de una firma ciertas: cuando una firma digital haya sido fijada en un mensaje de datos se presume que el suscriptor de aquella tenía la intención de acreditar ese mensaje de datos y de ser vinculado con el contenido del mismo.

El uso de una firma digital tendrá la misma fuerza y efectos que el uso de una firma manuscrita, si aquélla incorpora los siguientes atributos:

1. Es única a la persona que la usa.

2. Es susceptible de ser verificada.

3. Está bajo el control exclusivo de la persona que la usa.

4. Esta ligada a la información o mensaje, de tal manera que si éstos son cambiados, la firma digital es invalidada.

5. Está conforme a las reglamentaciones adoptadas por el Gobierno Nacional.

Page 107: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónico:LA LEY 527 DE 1999

Valor Probatorio• En toda actuación administrativa o judicial, no se negará eficacia,

validez o fuerza obligatoria y, probatoria a todo tipo de información en forma de un mensaje de datos, por el sólo hecho que se trate de un mensaje de datos o en razón de no haber sido presentado en su forma original.

• Criterio para valorar probatoriamente un mensaje de datos: para la valoración de la fuerza probatoria de los mensajes de datos a que se refiere esta ley, se tendrán en cuenta las reglas de la sana crítica y demás criterios reconocidos legalmente para la apreciación de las pruebas. Por consiguiente habrán de tenerse en cuenta: la confiabilidad en la forma en la que se haya generado, archivado o comunicado el mensaje, la confiabilidad en la forma en que se haya conservado la integridad de la información, la forma en la que se identifique a su iniciador y cualquier otro factor pertinente.

Page 108: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónico:LA LEY 527 DE 1999Conservación de documentos

• Cuando la ley requiera que ciertos documentos, registros o informaciones sean conservados, ese, requisito quedará satisfecho, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

1. Que la información que contengan sea accesible para su posterior consulta.

2. Que el mensaje de datos o el documento sea conservado en el formato en que se haya generado, enviado o recibido o en algún formato que permita demostrar que reproduce con exactitud la información generada, enviada o recibida, y

3. Que se conserve, de haber alguna, toda información que permita. determinar el origen, el destino del mensaje. la fecha y la hora en que fue enviado o recibido el mensaje o producido el documento.

• No estará sujeta a la obligación de conservación, la información que tenga por única finalidad facilitar el envío o recepción de los mensajes de dato.

• Los libros y papeles del comerciante podrán ser conservados en cualquier medio técnico que garantice su reproducción exacta.

Page 109: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónico:LA LEY 527 DE 1999

Funciones SIC• Artículo 41. Funciones de. la Superintendencia La Superintendencia de Industria y Comercio ejercerá las facultades

que legalmente le han sido asignadas respecto de las entidades de certificación, y adicionalmente tendrá las siguientes funciones:

1. Autorizar la actividad de las entidades de certificación en el territorio nacional.

2. Velar por el funcionamiento y la eficiente prestación del servicio por parte de las entidades de certificación.

3. Realizar visitas de auditoría a las entidades de certificación.

4. Revocar o suspender la autorización para operar como entidad de certificación

5. Solicitar la información pertinente para el ejercicio de sus funciones.

6. Imponer sanciones a las entidades de certificación en caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación del servicio.

7. Ordenar la revocación de certificados cuando la entidad de certificación los emita sin el cumplimiento de las formalidades legales.

9. Designar los repositorios y entidades de certificación en los eventos previstos en la ley.

9. Emitir certificados en relación con las firmas digitales de las entidades de certificación.

10. Velar por la observancia de las disposiciones constitucionales y legales sobre la promoción de la competencia y prácticas comerciales restrictivas, competencia desleal y protección del consumidor, en los mercados atendidos por las entidades de certificación.

11. Impartir instrucciones sobre el adecuado cumplimiento de las normas a la¡ cuales deben sujetarse las entidades de certificación.

Artículo 42. Sanciones. La Superintendencia de Industria y Comercio de acuerdo con el debido proceso y el derecho de defensa, podrá imponer según la naturaleza y la gravedad de la falta sanciones a las entidades de certificación (…)

Page 110: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónicoLA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

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Comercio electrónicoLOS DELITOS INFORMÁTICOS

Page 112: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

DELITOS INFORMÁTICOSLEY 1273 de 2009

- Artículo 269A: ACCESO ABUSIVO A UN SISTEMA INFORMÁTICO- Artículo 269B: OBSTACULIZACIÓN ILEGÍTIMA DE SISTEMA INFORMÁTICO

O RED DE TELECOMUNICACIÓN. - Artículo 269C: INTERCEPTACIÓN DE DATOS INFORMÁTICOS- Artículo 269D: DAÑO INFORMÁTICO. - Artículo 269E: USO DE SOFTWARE MALICIOSO- Artículo 269F: VIOLACIÓN DE DATOS PERSONALES. - Artículo 269G: SUPLANTACIÓN DE SITIOS WEB PARA CAPTURAR DATOS

PERSONALES. El que con objeto ilícito y sin estar facultado para ello, diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave. En la misma sanción incurrirá el que modifique el sistema de resolución de

nombres de dominio, de tal manera que haga entrar al usuario a una IP diferente en la creencia de que acceda a su banco o a otro sitio personal o de confianza, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave.

- Artículo 269I: HURTO POR MEDIOS INFORMÁTICOS Y SEMEJANTES. - Artículo 269J: TRANSFERENCIA NO CONSENTIDA DE ACTIVOS.

Page 113: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Comercio electrónico:Teletrabajo

Page 114: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

TELETRABAJOLEY 1221 de 2008

- Define teletrabajador a la “ persona que desempeña actividades laborales a través de tecnologías de la información y la comunicación por fuera de la empresa a la que presta sus servicios”.

- Garantías laborales, sindicales y de seguridad social para los teletrabajadores.

- Registro de Teletrabajadores ante los Inspectores de Trabajo

- Pendiente desarrollo de la ley

Page 115: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

A manera de conclusión….

“Una web 2.0 sólida desde su estructura legal en definitiva ofrecerá una mejor experiencia tanto para sus creadores, proveedores, asociados, usuarios, inversores y todo aquel que se relacione con el sitio”.

Page 116: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

GRACIAS!!!

http://alejandrodelgado.tel

alejandrodelgadomoreno.com

www.rodriguezycavelier.com

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Bogotá D.C. MedellínCra. 9 # 74 -08 Cll. 3 Sur # 41 – 65 Of. 504 of. 1202Tel. + 57 (1) 3764200 Tel. + 57 (4) 3210742Fax. + 57 (1) 3761707 Fax. + 57 (4) 3

www.rodriguezycavelier.com / [email protected]

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PROPIEDAD INTELECTUAL

Page 119: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

PROPIEDAD PROPIEDAD INTELECTUALINTELECTUAL

Protege toda creación de intelecto humano

DERECHO DE AUTOR

PROPIEDAD INDUSTRIAL

NUEVAS CREACIONES- PATENTES- DISEÑOSINDUSTRIALES

- ESQUEMAS DETRAZADO

- NUEVAS VARIEDADES

VEGETALES

SIGNOS DISTINTIVOS- MARCAS- LEMAS- NOMBRES

COMERCIALES- ENSEÑAS- DENOMINACIONES

DE ORIGEN- INDICACIONES DE

PROCEDENCIA

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ConceptoConcepto

El Derecho de Autor no protege las ideas .

Protege exclusivamente la forma mediante la cual las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas a las obras.

DERECHO DE AUTORDERECHO DE AUTORDecisiDecisi óón Andina 351 y ley 1982n Andina 351 y ley 1982

- OBRAS DEL INGENIO- OBRAS LITERARIAS- OBRAS ARTISTICAS- OBRAS CIENTIFICAS

Page 121: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Requisitos del derecho de autor:Requisitos del derecho de autor:

1. Originalidad: Aquella que resulta del trabajo intelectual del autor sin basarse en obra preexistente.

2. Creatividad : Basta que no sea copia de otra, que importe un esfuerzo intelectual de características propias y particulares que haya sido producida con el esfuerzo particular del autor.

3. Tangibilidad : Representación de la obra en medios perceptibles por los sentidos.

Page 122: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Finalidades del Derecho de AutorFinalidades del Derecho de Autor

- Que el autor de que su obra obtenga un reconocimiento;

- El reconocimiento al autor de su esfuerzo a través de beneficios económicos;

- Garantizar a los autores de la obra, que sus creaciones no vayan a ser reproducidas sin su debida autorización.

Page 123: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Clases de derechos de Autor:Clases de derechos de Autor:Los derechos de Autor NACEN desde el momento de su creación

Derechos Morales

Son el resultado del vínculo estrecho y perdurable del autor con su obra

Permiten:El reconocimiento de su paternidad sobre la obra.

El respeto por la integridad de la obra.

El poder para controlar la divulgación de la obra.

Derechos Patrimoniales

Facultad exclusiva y temporal reconocida al autor o sus herederos para realizar y controlar cualquier utilización de la obra:

Permiten:- Reproducción. - Comunicación y Distribución pública. - Transformación.

Son derechos enajenables y con una duración limitada en el tiempo: Vida del autor + 80 años

Page 124: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Registro Nacional de Derecho de Autorwww.derautor.gov.co

Page 125: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

PROPIEDAD INDUSTRIALPROPIEDAD INDUSTRIALDecisiDecisi óón Andina 486n Andina 486

Es la que adquiere por sí mismo el inventor o descubridor con la creación o descubrimiento de cualquier invención relacionada con la industria; y el productor, fabricante o comerciante con la creación de signos especiales con los que distinga de los demás de la misma categoría.A diferencia del Derecho de Autor, la protección por Propiedad Industrial no es automática.

Comprende: Nuevas creaciones

Signos Distintivos

Page 126: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Invención:

Regla técnica para solucionar un problema técnico

No es invención:

- Descubrimientos: Preexistencia de la naturaleza.

- Seres vivos tal y como se encuentran en la naturaleza

- Obras artísticas

NUEVAS CREACIONESNUEVAS CREACIONES

Page 127: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

a) Concepto

PATENTE es el titulo de propiedad otorgado por el gobierno nacional que da a su titular el derecho de explotar e impedir a otros la fabricación, venta o utilización comercial de la invención protegida por 20 años

Patente de Invención que a su vez se divide en patente de producto y patente de procedimiento- Patente de Modelo de Utilidad

b) Requisitosb) Requisitos

� Novedad� Nivel inventivo� Aplicación Industrial� Forma definitiva (Modelo de utilidad)

PATENTES

Page 128: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

Patente de Procedimientos Proceso industrial utilizado para obtener un producto de mejor calidad, abaratar costos, desarrollar mayor productividad.

Patente de Modelo de Utilidad:Nueva utilidad, ventaja o efecto técnico

Invención:

Teléfono

c) Clases de Patentesc) Clases de Patentes

Patente de producto Producto, que en sí mismo es una innovación – Resultado final

Zapato reproductor de música (Apple/Nike)

Page 129: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

a) Concepto

Es la apariencia particular de un producto que resulte de cualquier reunión de líneas o combinación de colores, o de cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambie el destino o finalidad de dicho producto.

DISEDISEÑÑO INDUSTRIALO INDUSTRIAL

Page 130: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

b) Características de los diseños industriales

� Protegen la apariencia de un producto, no al producto.

� No protege el destino, finalidad o función.

� Busca otorga un aspecto esencial que lo haga más atractivo.

� Debe servir para la producción de productos iguales (en serie).

� Se protege por 10 años desde su solicitud y no tiene renovación.

Page 131: Legislación de Comercio Electrónico e Internet. Rodriguez y Cavelier

SIGNOS DISTINTIVOSSIGNOS DISTINTIVOS

MarcasMarcas

LemasLemas

Nombres y EnseNombres y Enseññas Comercialesas Comerciales

Nombres de dominioNombres de dominio

Indicaciones GeogrIndicaciones Geográáficasficas

Bueno hasta la ultima gota

www.artesaniasdecolombia.com

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Principios que regulan los signos distintivosPrincipios que regulan los signos distintivos

Principio de territorialidad:

La protección jurídica se encuentran limitada al territorio en que se otorga la concesión.

Principio de temporalidad:

La protección es limitada en el tiempo.

Principio de especialización:

La protección del signo distintivo esta limitada a los productos o servicios sobre los cuales recae. Clasificación Internacional de Niza.

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Fisicos

Financieros

Intangibles

ACTIVOS DE UNA EMPRESA

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MarcasMarcas

a) ConceptoSigno que utiliza el empresario para

identificar un producto o servicio y distinguirlo de las demás alternativas que ofrece el mercado.

b) Importancia

� Facilitar la búsqueda y selección del producto.

� Permitir la identificación del fabricante del producto.

� Establecer la diferencia entre los productos de una empresa frente a los demás.

� Representar la calidad de los productos y servicios que se protegen.

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c) Requisitos de las marcas

• Que sea perceptible

• Que sea distintivo

• Que sea susceptible de representación gráfica

• Que no sea engañosa ni ilegal

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Invención:

Teléfono

c) Tipos de Marcasc) Tipos de Marcas

Nominativas: Palabras o combinaciones de palabras, con sin significado.

HOTEL DON SAULHOTEL DON SAUL

Gráficas o figurativas: Signo visual (dibujos, formas geométricas, combinación de líneas) caracterizadas por su forma externa

Mixtas: Compuestas por palabra(s) y componente visual

Tridimensionales: Forma particular de un producto que lo distinga de los demás.

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Invención:

Teléfono

Notorias: Gozan de un prestigio y reconocimiento especial en el mercado.

Colectivas: Sirve para distinguir el origen común de productos de un grupo de personas (comunidad, asociación, cooperativa) que utilizan la marca bajo el control de un solo titular.

De certificación: Marca que implica derecho de control de calidad y de supervisión por parte de su titular

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Características de la marca colectiva

• Único titular• El titular autoriza el uso• Su uso es plurilateral• Atada a las condiciones en las que nació• Las condiciones de los productos pueden o

no estar relacionadas con el medio geográfico de donde provienen

• Pueden ser nominativas, gráficas o mixtas

Solicitud de registro

• Copia de los estatutos de la organización• Lista de los integrantes de la organización• Reglamento de uso – Condiciones y forma

como debe utilizarse la marca

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Marca individual

• Diferencia productos o servicios pertenecientes al titular.

• Se ata a los productos o servicios.

Marca de certificación

El titular debe contar con las cualidades idóneas para poder certificar la calidad de los productos o de los servicios

Marca colectiva

• Diferencia productos o servicios pertenecientes a la asociación

• Se ata a las condiciones en las ha nacido la marca.

Marca colectiva

El titular no requiere de cualidades especiales para certificar la calidad de los productos o servicios.

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Indicaciones GeogrIndicaciones Geogr ááficasficas

Son signos que se utilizan en el comercio para distinguir productos que tienen un origen geográfico específico.

Clases

a) Denominaciones de origen:

Indicación geográfica constituida por la denominación de un país, de una región o de un lugar determinado, que se utiliza para designar un producto originario de ellos. Ejemplo ““Tequila”

b)Indicaciones de procedencia:

Un nombre, expresión, imagen o signo que designe o evoque un país, región, localidad o un lugar determinado

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� Por personas que se dediquen a la extracción directa del producto o la producción en determinada zona geográfica.

� Autoridades estatales, departamentales, provinciales o municipales.

� Asociaciones de la región.

Denominaciones de origen pueden ser solicitadas por:

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DENOMINACION DE ORIGEN

• Las cualidades de los productos se deben exclusivamente al medio geográfico.

• Su titular es el Estado.

• La autorización de uso es otorgada por la SIC.

• Si el tercero cumple los requisitos, el Estado debe autorizar su uso.

• Solo identifica productos.

• Corresponde a un nombre geográfico que ya existe previamente.

MARCA COLECTIVA

• Las cualidades de los productos pueden o no estar relacionadas con el medio geográfico del que provienen.

• Su titular es una asociación, organización o grupo.

• La autorización de uso de la marca es otorgada por su titular.

• Es discrecional de su titular autorizar o no el uso a terceros.

• Identifica productos o servicios.

• Puede estar constituida por palabras, gráficas o combinación de éstas, a voluntad de su titular.