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Realizado por: MARILYN LARA CI: 19173262 República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Universidad Bicentenaria de Aragua San Joaquín de Turmero – Edo. Aragua San Joaquín , FEBRERO 2015 Contabilidad Mercantil

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Realizado por:MARILYN LARA

CI: 19173262

República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior

Universidad Bicentenaria de Aragua

San Joaquín de Turmero – Edo. Aragua

San Joaquín , FEBRERO 2015

ContabilidadMercantil

¿Qué es?

Consiste en registrar en idioma castellano en los libros de comercio: libro

diario, libro mayor y libros de inventario y balances, y

en cualquier otro libro auxiliar, las operaciones

mercantiles (Art. 32 C.Com).  

¿Qué es? Periodo de tiempo en que se registran todas las transacciones de una empresa en un tiempo determinado

Registros Contables

Elemento físico en el cual se conservan los datos relacionados con operaciones de la empresa.

AspectosLegales

Rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por no

comerciantes.

Código de Comercio(Art. 32 al 37, 39 y 44)

Libro MayorOrganiza y clasifica las diferentes cuentas que moviliza la cooperativa (activos, pasivos y patrimonio).

Libro de Inventario y Balances

Contiene:•Estados Contables.•Detalle del patrimonio inicial.•Cierre de ejercicio económico.

Libros Auxiliares

Presentan detallada y analíticamente la información

y valores registrados en los libros principales.

Libro DiarioSe transcriben

todas las operaciones realizadas por la empresa partiendo de los comprobantes.

Los libros de contabilidad obligatorios en Venezuela, están descritos en el Código de Comercio Venezolano, el cual en su artículo 32 establece, que todos los comerciantes deben llevar su contabilidad en idioma castellano, la cual comprenderá obligatoriamente, el libro diario, el libro mayor y el libro de Inventarios, y los libros auxiliares que estime conveniente utilizar.

LIBROS OBLIGATORIOS

Libros Obligatorios

SEGÚN EL CÓDIGO DE COMERCIO

Art. 18Libro de papel de hilo,

empastado y con asientos numerados.

Art. 32En idioma castellano.

Art 33.No pueden ponerse en uso

sin ser presentados.

Art. 34Asientos día por día o

resumidos mensualmente.

Art. 35Al finalizar el año,

descripción estimada de todos sus bienes.

Art 44.Los libros y sus

comprobantes deben ser conservados por 10 años.

Libros ObligatoriosSEGÚN EL CÓDIGO DE

COMERCIOArt. 36:

SE PROHIBE1. Alterar en los asientos el orden

y la fecha de las operaciones descritas.

2. Dejar blancos en el cuerpo de los asientos o a continuación de ellos.

3. Poner asientos al margen y hacer interlineaciones, raspaduras o enmendaduras.

4. Borrar los asientos o partes de ellos.

5. Arrancar hojas, alterar la encuadernación o foliatura y mutilar alguna parte de los libros.

Libros AuxiliaresSon los libros de

contabilidad donde se registran en forma analítica y

detallada los valores e información registrada en los

libros principales. Cada empresa determina el número de auxiliares que necesita de acuerdo con su tamaño y el

trabajo que se tenga que realizar.

SEGÚN CÓDIGO DE COMERCIO

Libros Auxiliares

Artículo 39Para que los libros auxiliares de contabilidad, llevados por los

comerciantes, puedan ser aprovechados en juicio por éstos, han de reunir todos los requisitos que se prescriben con respecto de

los libros necesarios.

Deben acoger las mismas condiciones que

los libros obligatorios.

Libro de Balance

Se pueden llevar los Estados Financieros de

Ganancias y Pérdida, para los cuales se toman en cuenta el inventario y los balances, y se

establecen las ganancias obtenidas en el ejercicio fiscal y la pérdida obtenida. Se trata

de establecer la situación económica y financiera del

comerciante.  

SEGÚN CÓDIGO DE COMERCIO

Ganancias y Pérdidas

Artículo 35La Cuenta de Ganancias y

Pérdidas, o Estado de Resultado, debe demostrar con evidencia y verdad los beneficios obtenidos y las pérdidas sufridas, haciendo mención expresa de las fianzas

otorgadas, así como de cualesquiera otras obligaciones

contraídas bajo condición suspensiva, con anotación a la

respectiva contrapartida.

Bibliografía

http://www.monografias.com/trabajos2/ciclocyp/ciclocyp.shtml

http://es.slideshare.net/KarenzaSalinas/registros-contables-32199403

Código de Comercio