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CONSEJOS LEGALES PARA UN E-COMMERCE Por Nando Olcina

Consejos Legales para un eCommerce

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”CONSEJOS LEGALES PARA UN E-COMMERCE ”

Por Nando Olcina

HAY MUCHOS TIPOS DE E-COMMERCE…

CONFLICTO ENTRE DOMINIO Y MARCA

MARCA: Todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de otras.

DOMINIO: conjunto de caracteres alfanuméricos que identifican un sitio de internet

accesible al usuario. Sistema de Nombres de Dominio (DNS): asignar a cada dirección IP un nombre más sencillo que una serie de números.

Los dominios los asignan las AUTORIDADES DE REGISTRO: Dominios gTLD: .com, .net, .org, .biz, .coop IANA (Internet Assigned Names Authority),

Departamento de la ICANN (Internet Corporation for Assigned Names and Numbers)

Dominios ccTLD: .es, .pt, .de, .fr, .it Asignados por las autoridades de registro de cada país (Red.es en España)

Compramos el dominio en entidades registradoras acreditadas por esas Autoridades de Registro (Por ejemplo: Dondominio, Godaddy, Nominalia…)

Principio “First Come, First Served”

CONFLICTO ENTRE DOMINIO Y MARCA

UDRP (UNIFORM DOMAIN-NAME DISPUTE RESOLUTION POLICY)

- Las entidades registradoras están adheridas a estas Políticas Uniformes de Resolución de Conflictos

- Si se trata de un dominio genérico (.com, .net, .org, .coop, .info, etc.), el órgano encargado de resolver esa disputa son los Proveedores de Servicio de Resolución de Disputas Aprobados por la ICANN (Por ejemplo: La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual – OMPI-)

- Si se trata de un dominio territorial (.es), el órgano encargado de resolver esa disputa son las entidades acreditadas por RED.ES (Autoridad española de asignación de nombres de dominio) para la tramitación y resolución extrajudicial de controversias en cuanto a la inscripción de un dominio: ( Por ejemplo: Adigital, Autocontrol, OMPI)

- Tienen un coste para el reclamante.

PROCEDIMIENTO JUDICIAL .- Menos habitual. Casos más graves

CONFLICTOS ENTRE DOMINIO Y MARCA.- CONCLUSIONES

MUY IMPORTANTE: Antes de registrar un dominio, comprobar si ese dominio se corresponde con una marca

https://www.tmdn.org/tmview/welcome

MUY IMPORTANTE TAMBIÉN: Registrar nuestras marcas

EL AVISO LEGAL

EL AVISO LEGAL.- NADIE SE LO LEE

EL AVISO LEGAL.- NADIE SE LO LEE

LEGISLACIÓN APLICABLE A UN E-COMMERCE (*)

• Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE).

• Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

• Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación (LCGC).

• Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista (LOCM).

• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU).

(*) Además de la normativa específica que para cada producto resulte de aplicación

QUÉ ES EL AVISO LEGAL

NOS HEMOS INVENTADO ESTA EXPRESIÓN

Conjunto de textos y menciones de carácter legal que nuestra web debe publicar en un lugar fácilmente accesible y de forma gratuita y permanente.

Sugerencia de estructura:

- Términos de Uso de la Web

- Política de Privacidad (incluirá política de cookies)

- Condiciones de Contratación

EL AVISO LEGAL: LA POLÍTICA DE PRIVACIDAD

DEBEMOS INFORMAR AL USUARIO:

• Existencia de un fichero de datos de carácter personal. Debe estar inscrito ante la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD) ANTES de obtener los datos.

• FINALIDAD DE LA RECOGIDA DE DATOS Y DE LOS DESTINATARIOS DE DICHA INFORMACIÓN.

• FIGURA DEL ENCARGADO DE TRATAMIENTO.-

• Del carácter obligatorio o facultativo de las respuestas a los formularios y de las consecuencias de no proporcionarlos

• De la posibilidad de ejercitar los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) IMPORTANTE: Buena gestión de las bases de datos

• De la identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su representante.

• De la política de “cookies”

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES.- EL FIN DEL SAFE HARBOR

La STJUE de 6 de octubre de 2015 (Caso Schrems), invalida los principios de Safe Harbor.

Por lo que si tenemos proveedores de servicios en EEUU (Mail Chimp, Dropbox, por ejemplo), tendremos que regularizar esta situación:

– Obtener el consentimiento inequívoco de los afectados a la transferencia internacional

de datos

– Cláusulas tipo con los encargados de tratamiento autorizadas por la Directora de la AEPD. Necesitamos que esos proveedores de servicios las firmen

– Cambiar a proveedores de servicios cuyos servidores estén en la U.E.

MORATORIA hasta el 29 de enero de 2016 para ver si se crea un nuevo Safe Harbor entre la U.E. y EE.UU.

POLÍTICA DE COOKIES

¿QUÉ SON LAS COOKIES? TIPOS DE COOKIES: Según quién las gestione: Por finalidad: Duración: - Propias - Técnicas - De sesión - De Terceros - Analíticas - Persistentes - Publicitarias - Comportamentales ¿CUÁNDO TENGO QUE INFORMAR DEL USO DE COOKIES? Cookies exceptuadas: Técnicas, de sesión, que permiten mantener abierta la sesión del usuario Personalizan la interfaz del usuario Instaladas por motivos exclusivos de seguridad Cookies afectadas: Analíticas (Google Analytics, Mixpanel), publicitarias, comportamentales, de seguimiento (retargeting)

POLÍTICA DE COOKIES: INFORMACIÓN EN DOS CAPAS (CLARA Y VISIBLE)

PRIMERA CAPA: BANNER O ADVERTENCIA, ANTES DE INSTALAR COOKIES QUE INFORME:

- De la utilización de cookies (si es el caso) - Si son cookies propias o de terceros - Finalidad del uso de las cookies (analítica, estadística, comportamental,

publicitarias) - No sirve de nada el aviso: “Esta web utiliza cookies para mejorar la experiencia de navegación” - Enlace a la política de cookies

SEGUNDA CAPA: POLÍTICA DE COOKIES

- Información sobre qué son las cookies - Información sobre quién las instala (propias o de terceros) - Información sobre qué cookies utilizamos y su función - Información y posibilidad de la forma de desactivar y/o rechazar las cookies

EL AVISO LEGAL: INFORMACIÓN ANTES DE LA CONTRATACIÓN

• Datos de identificación: – Nombre o denominación social

– Domicilio, dirección de correo electrónico, teléfono o un número de fax.

– Datos Registro Mercantil o cualquier otro registro público.

– Datos de Autorización administrativa previa y órgano encargado de su supervisión.

– Datos del colegio profesional el número de colegiado el título y los códigos deontológicos aplicables al ejercicio de su profesión.

– Número de Identificación Fiscal (NIF o CIF)

• Las características principales de los bienes o servicios, en la medida adecuada al soporte utilizado y a los bienes o servicios

• Precio (incluidos impuestos y gastos de envío)

EL AVISO LEGAL: INFORMACIÓN ANTES DE LA CONTRATACIÓN

• Los códigos de conducta a los que esté adherido, en su caso, y la forma de consultarlos electrónicamente (AUTOCONTROL, CONFIANZA ONLINE)

• Las condiciones generales de contratación que, en su caso, rijan el contrato: o Medios de pago y fecha de entrega (salvo pacto, 30 días naturales)

o Existencia de garantía legal (2 AÑOS)

o Duración del contrato y condiciones de permanencia si existen

o Existencia del derecho al desistimiento (14 días- Si no serán 2 años).- Derecho a devolver el producto con el reembolso de todas las cantidades pagadas por el consumidor. Tendremos que advertir que en caso de desistimiento los gastos corren a cuenta del consumidor o tendrá que asumirlos la empresa.

o Las medidas técnicas de protección en caso de contenidos digitales

o Interoperabilidad necesaria (Por ejemplo el Sistema Operativo compatible)

• Procedimiento para atender reclamaciones

• Los trámites o pasos que debe seguir para celebrar el contrato

EL AVISO LEGAL: INFORMACIÓN ANTES DE LA CONTRATACIÓN

• Si se va a archivar el documento electrónico del contrato y si va ser accesible Accesibilidad del contrato (letra no inferior a 1,5 mm. Y el contraste del fondo no puede dificultar su lectura)

• La lengua o lenguas en las que puede formalizarse el contrato

• Deberá solicitarse el consentimiento expreso del cliente para remitir una factura electrónica

• “PEDIDO CON OBLIGACIÓN DE PAGO” o mención similar (no ambigua).- En caso contrario, el consumidor y usuario no quedará obligado por el contrato o pedido.

LA CARGA DE LA PRUEBA EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR INCUMBIRÁ AL EMPRESARIO

INFORMACIÓN DESPUÉS DE LA CONTRATACIÓN

• Confirmar la recepción de la aceptación del cliente en las 24 horas siguientes:

- Por medio de un acuse de recibo por correo electrónico

- Por medio de un medio de comunicación electrónica equivalente

• Confirmación del contrato celebrado en un soporte duradero y en un plazo razonable después de la celebración del contrato a distancia, a más tardar en el momento de la entrega de los bienes o antes del inicio de la ejecución del servicio (remitir el contrato en PDF, por ejemplo)

(Ojo, el consumidor puede solicitar la anulación del contrato)

COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS NO DESEADAS

“Shoulder of Pork and Ham” o “Spiced Ham”.- Hormel Foods en 1957 (comercializado en todo el mundo) Durante la II Guerra Mundial lo usaron los soldados británicos y soviéticos https://www.youtube.com/watch?v=owxT2fy8LF0

COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS NO DESEADAS

SPAM.- ALGO ABUNDANTE QUE NADIE QUIERE Artículo 21 LSSI Prohibición de comunicaciones comerciales realizadas a través de correo electrónico o medios de comunicación electrónica equivalentes PROHIBIDO, si previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas. EXCEPCIÓN: Cuando exista una relación contractual previa, siempre que el prestador hubiera obtenido de forma lícita los datos de contacto del destinatario y los empleara para el envío de comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de su propia empresa que sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación con el cliente. DEBEMOS ofrecer al destinatario la posibilidad de OPONERSE AL TRATAMIENTO DE SUS DATOS con fines promocionales mediante un procedimiento sencillo y gratuito, tanto en el momento de recogida de los datos como en cada una de las comunicaciones comerciales que le dirija. SI LAS COMUNICACIONES SON POR CORREO ELECTRÓNICO, debemos necesariamente INCLUIR UNA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO VÁLIDA donde el usuario/cliente pueda ejercitar el derecho de oposición al tratamiento de sus datos con fines promocionales.

COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS NO DESEADAS

CONSEJOS: - Obtener el consentimiento o la autorización del cliente para el

envío de mails promocionales. - Facilitar mecanismos para ejercitar el derecho de oposición. - Mucho ojo si compramos bases de datos de clientes - Si utilizamos cuentas “no-reply”, en ese correo debe hacerse

constar un correo en el que el destinatarios del mail pueda ejercitar su derecho de oposición.

- En las comunicaciones promocionales sólo podemos remitir la información o la publicidad que hemos referido en nuestra política de privacidad y que el destinatario ha debido aceptar.

- Ojo con los mails en los que ponemos a todos nuestros contactos en copia abierta (Siempre Cco)

- Ojo con hacer Spam en redes sociales (mensajes en Twitter, Facebook…)

COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS NO DESEADAS

• Puede ser una infracción leve de la LSSI (Artículo 38.4.d): El envío de comunicaciones comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente cuando en dichos envíos no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 21 y no constituya infracción grave (multa de hasta 30.000 €)

• Puede ser una infracción grave de la LSSI (Artículo 38.3. c) el envío masivo de comunicaciones comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente o el envío, en el plazo de un año, de más de tres comunicaciones comerciales por los medios aludidos a un mismo destinatario, cuando en dichos envíos no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 21. (30.001 hasta 150.000 euros)

HACER PUBLICIDAD O MARKETING DE FORMA ADECUADA

- Promociones “hasta agotar existencias” (debemos tener un stock razonable y poder acreditarlo).

- Acciones promocionales con Influencers.- Debe quedar claro que se trata de publicidad (transparencia, claridad)

- Prácticas “member get member”.- OJO con esta práctica, puede ser considerada como SPAM (debe ser el usuario registrado en nuestra web el que recomiende el servicio por satisfacción con el mismo, no porque recibe un descuento, por ejemplo)

- Cualquier cosa que digamos en la web sobre nuestro producto nos vinculará contractualmente.

- SEO – Google Adwords - Keywords: Ojo con utilizar como palabras clave, marcas registradas

UTILIZAR CONTENIDOS DE TERCEROS SIN SU CONSENTIMIENTO

LOS CONTENIDOS QUE HAY EN INTERNET ESTÁN SUJETOS A DERECHOS DE AUTOR

- Pedir autorización a los titulares de los derechos (autor, editora, productora, entidades de gestión) para la utilización de contenidos

- Utilizar contenidos elaborados por nosotros

- Contratar profesionales que nos creen los contenidos

- Utilizar bancos de imágenes, vídeos…

- Comprobar si los contenidos están sujetos a licencias de “algún derecho reservado” (Creative Commons)

IVA INTRACOMUNITARIO EN EL E-COMMERCE

TASA AMAZON.-

Desde 1 de enero de 2015: Nueva normativa en IVA intracomunitario.

Amazon (de EEUU) facturaba desde Luxemburgo un IVA del 3% frente al 21% que deberían aplicar las tiendas en España Competencia desleal.

IVA INTRACOMUNITARIO EN EL E-COMMERCE

DEFINICIONES ENTREGA DE PRODUCTOS /PRESTACIÓN DE SERVICIOS: ENTREGA DE PRODUCTOS (BIENES): Transmisión del poder de disposición

sobre un bien Zapatos, ropa, DVD’s, CD-ROM’s, CD’s, memorias, discos duros externos que contengan cualquier tipo de contenido (software, juegos, libros, música, películas, etc.)

PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO ELECTRÓNICOS: Lo que no suponga una

entrega de bienes (labores de consultoría o asesoría, trabajos de diseño gráfico, formación online en directo, venta de entradas…)

PRESTACIÓN DE SERVICIOS ELECTRÓNICOS: Servicios prestados a través

de Internet o de una red electrónica y siempre que: - su venta este básicamente automatizada y requieran una intervención

humana mínima - no tengan viabilidad al margen de la tecnología de la información (Servicios de hosting, soporte, descarga de programas, música, juegos…)

IVA INTRACOMUNITARIO EN EL E-COMMERCE

1.- Tienda Online española que vende PRODUCTOS y SERVICIOS ELECTRÓNICOS a EMPRESA de otro país de la U.E. (B2B)

NO FACTURAMOS IVA Si le empresa cliente tiene un nº de IVA válido (y nosotros también, claro. Alta en el ROI)

http://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/?locale=es

En caso contrario tendremos que facturar el IVA ESPAÑOL

IVA INTRACOMUNITARIO EN EL E-COMMERCE

http://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/?locale=es

IVA INTRACOMUNITARIO EN EL E-COMMERCE

2.- Tienda Online española que vende PRODUCTOS a CONSUMIDOR de otro país de la U.E. (B2C) FACTURAMOS IVA AL TIPO ESPAÑOL, SALVO QUE: - Transporte desde la Península o Baleares hasta el otro E.M. por el empresario vendedor o por su cuenta; - El destinatario no identificado; - IMPORTE TOTAL DE VENTAS EN ESE PAÍS SUPERE EL VOLUMEN

TOTAL DE VENTAS ESTABLECIDO EN ESE PAÍS (EN ESE CASO APLICA IVA DE ESE PAÍS).- En Alemania, Francia, Luxemburgo, Países Bajos: 100.000 €, en España, Irlanda o Grecia: 35.000 €.

- LA TIENDA ONLINE OPTE POR APLICAR EL IVA DE ESE PAÍS (Hay que registrarse a efectos de IVA en ese país)

IVA INTRACOMUNITARIO EN EL E-COMMERCE

3.- Tienda Online española que vende SERVICIOS ELECTRÓNICOS a CONSUMIDOR de otro país de la U.E. (B2C)

Desde 1 de enero de 2015.- Debemos aplicar IVA del país del consumidor (hay que registrarse a efectos de IVA en ese país)

Existe la llamada Mini Ventanilla Única (Mini One Stop Shop) para realizar una declaración única de IVA para las ventas realizadas en cualquiera de los 28 países de la U.E.

IVA INTRACOMUNITARIO EN EL E-COMMERCE

4.- Tienda Online española que vende SERVICIOS NO ELECTRÓNICOS a EMPRESA de otro país de la U.E. (B2B)

Se aplica IVA en destino

5.- Tienda Online española que vende SERVICIOS NO ELECTRÓNICOS a CONSUMIDOR de otro país de la U.E. (B2C)

Se Aplica IVA español

IVA EN EL E-COMMERCE

6.- Tienda Online española que vende productos y/o servicios a otro país fuera de la U.E. (B2B – B2C)

FACTURAMOS SIN IVA.

CONCURSOS Y SORTEOS

• Sorteo: Se elige al ganador en función de una combinación aleatoria

• Concurso: Con base en los méritos del concursante

• ¿Gratis o de pago (compra de participaciones, envío de un SMS, llamadas a números de tarificación especial…)? De pago Aplica la Ley del Juego (Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego)

El concurso con participación gratuita No aplica la Ley del Juego

El sorteo con participación gratuita No aplica la Ley del Juego, pero sí su régimen fiscal (Hay que abonar el Impuesto Sobre Actividades del Juego: 10 % del importe total del valor de mercado de los premios ofrecidos)

CONCURSOS Y SORTEOS

Premios con valor superior a 300 € Obligación de retener a cuenta del IRPF En metálico El organizador retiene e ingresa en Hacienda (19 % del valor del premio)

En especie (por ejemplo, un Smartphone 2 opciones:

a) El ganador aporta la cantidad de su bolsillo al aceptar el premio

b) Que el organizador asuma dicho importe. En tal caso, esa cantidad adicional se habrá de computar a efectos de calcular el valor del premio y realizar la retención.

Redactar unas Bases del sorteo o concurso (Política de privacidad y condiciones del concurso)

No es necesario depositarlas ante Notario

OJO con los concursos a través de redes sociales (leer las políticas de concursos)

Y para cualquier duda…

¡¡¡Muchísimas gracias!!!