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Legislaci ón del Comercio Electróni co en México Karen Patricia Guerrero Zepeda

Legislación del Comercio Electrónico en México

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Analisis de la legislación del comercio electrónico en México hasta el año 2013

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EL COMERCIO ELECTRONICO EN MEXICO

El comercio electrónico se está desarrollando a un ritmo rápido. Muchos organismos y personas individuales buscan en el mundo de la Web el futuro, una fuente segura de información, materias, servicios y comunicación. Hoy día las actividades empresariales que se llevan a cabo en la web están aumentando, la

cantidad de mercancías, servicios e información que se intercambia en Internet parece que va a ser doblado o triplicado. Es muy común en el entorno de organismos pequeños y grandes, privados o administraciones públicas, que se vean forzados a desarrollar actividades en la web tanto los clientes como los competidores. En algunos casos incluso las empresas tradicionales pierden su acceso al juego del comercio electrónico, ya que no quieren perder sus clientes. Según todas las pistas el

comercio electrónico se continuará desarrollando y, consecuentemente, muchos organismos se verán forzados, a utilizar Internet como una vía, o a cerrar.

Antes de comenzar a explicar la legislación existente en nuestro país en referencia al comercio electrónico, debemos definir algunos conceptos básicos que nos ayudarán a comprender de una mejor manera el contenido temático de este ensayo.

¿Qué es el internet?

Es un conjunto creciente de redes de computadoras que abarca todo el mundo y que conecta a organismos internacionales, instituciones gubernamentales, militares, educativas, comerciales y también a personas particulares, a gran cantidad de servicios, recursos e información.

Algunos lo definen como “La Red de Redes” y otros como “Las Autopistas de la Información”.

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Es una Red de Redes porque está hecha a base de unir muchas redes locales de ordenadores, o sea de unos pocos ordenadores en un mismo edificio o empresa, además ésta es la “Red de Redes” porque es la más grande, pues prácticamente todos los países del mundo tienen acceso a Internet. Utilizando el protocolo internet (IP) y los recursos de comunicación existentes como cables, teléfonos, satélites u ondas radioeléctricas.

Por esta red circulan constantemente cantidades increíbles de información. Por este motivo se le llama también “La Autopista de la Información” Hay 50 millones de “Internautas”, es decir personas que navegan por internet en todo el mundo.

¿Qué es el comercio electrónico?

El comercio electrónico consiste en realizar electrónicamente transacciones comerciales. Está basado en el tratamiento y transmisión electrónica de datos, incluidos texto, imágenes y video. El comercio electrónico de bienes y servicios, suministro en línea de contenidos digitales, transferencia electrónica de fondos, compraventa electrónica de acciones, conocimientos de embarque electrónicos, subastas, diseños y proyectos conjuntos, prestación de servicios en línea, contratación pública, comercialización directa al consumidor y servicios de posventa.

El comercio electrónico es la forma propia de internet en el que se realiza la transacción económica, compra o venta, de forma ágil, rápida y directa, favorecida por la comodidad y facilidad de utilización por parte de los usuarios de internet. La evolución de la informática, y el fin del aislamiento del usuario que ha provocado internet genera múltiples aplicaciones, que corroboran el futuro de este medio. El comercio electrónico, el dinero electrónico, el monedero electrónico, son conceptos que ya empiezan a ser reconocidos cotidianamente, y que poco a poco se irán intercalando en el uso y costumbres sociales y económicas.

1.1 Modelos de comercio electrónico

Internet ha creado nuevos modelos de negocio y está obligando a los sectores tradicionales a cambiar de estrategia. Una de las novedades que ha traído internet

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es el comercio electrónico o e-commerce, tanto entre empresas y consumidores finales.

Dentro del Comercio Electrónico existen diversas categorías dependiendo de quienes sean los que interactúen. Los actores principales son las Empresas, los Consumidores y las Administraciones Públicas.

Entre empresas (B2B, Business to Business). Entre Empresa y consumidor (B2C, Business to Consumer). Entre Empresa y Administración (B2A, Business to Administration). Entre Empresa y Empleado (B2E, Business to Employee) Entre Consumidor y Administración (C2A, Citizen to Administration). Entre Consumidor (C2C, Citizen to Citizen).

B2B: Business to Business

El Comercio Electrónico entre empresas, consiste en el intercambio de productos y servicios cuyo objetivo es la utilización de éstos dentro de su actividad productiva (compras de material de oficina, servicios de limpieza y seguridad, repuestos de maquinaria o pequeños equipos) o simplemente la compra-venta a gran escala. Su objetivo principal es la automatización de la gestión empresarial y la eliminación de costos asociados como la facturación, el desplazamiento, gastos en papel, comunicación, etc.

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B2C: Empresa y Consumidor

Las empresas que comercializan sus productos destinados al consumidor pueden ser minoristas, fabricantes de productos o proveedores de servicios. El objeto de estas empresas es satisfacer las necesidades del consumidor aportándole productos y/o servicios para su propio beneficio. Estos pueden ser discos, software, cursos, libros, billetes de avión, ropa, etc.En el Comercio Electrónico entre empresas y consumidores, el proveedor no es necesariamente conocido a priori. La venta se realiza mediante la introducción de los datos personales y los referentes al modo de pago.De ahí que en este tipo de comercio electrónico utiliza las nuevas tecnologías admite, en teoría, un contacto directo entre fabricantes y consumidores. Esta es una adicional ventaja, pues permite la eliminación de intermediarios en el proceso de compra, lo que repercute enormemente en el precio final del producto favoreciendo rebajas importantes en el mismo.

B2A Empresa y Administrador

La categoría "empresa-gobierno" (administración) cubre todas las transacciones entre las empresas y las organizaciones gubernamentales; en ella el comercio electrónico no tiene todavía un volumen considerable como en las precedentes, sin embargo, está adquiriendo una creciente importancia estratégica en las compras públicas, pero sobre todo sirve para incentivar el proceso de aprendizaje del comercio electrónico en pequeñas y medianas empresas, que así se familiarizan progresivamente con las tecnologías aplicables.

B2E Empresa y Empleado

Es una aplicación Intranet diseñada para que los trabajadores de una empresa puedan distribuir y compartir datos, acceder a todo tipo de proyectos y obtener información del negocio de su compañía desde cualquier lugar.El B2E es mucho más que gestionar el conocimiento, se trata de reorganizar profundamente las relaciones con los trabajadores buscando una optimización en el uso de la información mediante el acceso permanente a la información on-line, suponiendo un considerable ahorro de tiempo, una mejora de su satisfacción y una mejora de su productividad.Algunas de sus actividades son: Instrucciones concretas de su superior,

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Comunicados oficiales de la empresa, Noticias del sector que puedan incidir en su trabajo, Mensajes urgentes a responder de forma prioritaria, Reducción de costes y tiempo en actividades burocráticas, Mejora de la información interna, Comercio electrónico interno etc.

C2A Ciudadanos y Administrador

En esta categoría participan en la transacción con las Administraciones Públicas Estas relaciones entre la administración y el consumidor originan un intercambio parecido al modelo B2A, ofreciendo al consumidor la posibilidad de pagar sus impuestos y tasas vía on-line además de acceso a toda clase de asesoramiento, devoluciones, etc.Se trata de conseguir un acercamiento a la sociedad por medio de una serie de actuaciones:

Simplificando los procedimientos administrativos.

Instaurando la Ventanilla Única como servicio que permitirá a los ciudadanos iniciar y mantener relaciones con la Administración a través de centros situados en los lugares accesibles para ellos. Facilitando a los ciudadanos el acceso a sus servicios mediante sencillas navegaciones Web, refinando los procedimientos de búsqueda y creando centros de información administrativa.

C2C Ciudadano.

Este tipo de relaciones son las que existen entre los mismos consumidores, como pueden ser las subastas on-line. Los productos y servicios se ofrecen y demandan por particulares que se convierten en consumidores en el momento de la transacción.

En las subastas en línea, cualquier particular puede colocar a la ventana un producto en un sitio especial a efecto, el cual brinda una plataforma para todos los ciudadanos que deseen vender directamente sus bienes o artículos. Estos sitios no necesariamente deben ser comerciales; durante el 2000 uno de los sucesos de mayor impacto en internet fue el sitio creado por universitarios norteamericanos para el intercambio gratuito de música. En menos de un año obtuvo decenas de millones de asociados, el cual recibió una demanda de las casas discográficas,

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pero creo un concepto de sistema de distribución descentralizado aplicable con fines comerciales.

CONSUMIDOR MEXICANO

En México el comercio electrónico en el año 2013 según un estudio de la AMIPCI, creció en un 42% con respecto al año anterior, lo que significa que esta herramienta tecnológica se está abriendo paso para crear una nueva forma de adquirir y vender productos y servicios. El año pasado, el valor de la compra y venta de bienes y servicios en línea alcanzó 121. 6 millones de pesos, lo que representó un crecimiento de más del 40% con respecto al año anterior. (VP Investigaciones de Mercado, 2013)

Los factores que han propiciado el aumento de esta transacción como las iniciativas del Buen Fin, el incremento en las estrategias publicitarias de los comercios para atraer más clientes a sus portales, han permitido el crecimiento de comercio electrónico en México. (Onofre, 2013)Durante el 2013, los meses más importantes para el comercio electrónico en México fueron Diciembre y Noviembre, captando un 22% y 12% de las compras totales realizadas por internet respectivamente.

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En México existen 45.1 millones de usuarios de internet, de los cuales el 37% (VP Investigaciones de Mercado, 2013) de ellos ha realizado alguna compra por internet; sin embargo el resto de los usuarios ha encontrado algunas limitantes que le impiden realizar esta transacción por medio de internet, tal es el caso de la Sra. Mercedes Zepeda que asegura no haber realizado compras por este medio, ya que considera que no es seguro hacerlo; como ella, existen muchos más mexicanos que por diferentes razones se niegan a realizar esta actividad.Según el estudio realizado por el AMIPCI a 510 internautas mexicanos que no han comprado por internet, se descubrió que las principales razones de la no compra por medios electrónicos son:

Miedo a proporcionar la información de la tarjeta. Desconfianza al dar los datos personales Y desconfianza de que el envió del producto llegue al comprador.

A fin de impulsar el comercio electrónico en el país, es necesario incrementar la confianza de los internautas en torno a la seguridad de su información, a los datos personales y a la entrega de los productos. Se tiene que generar conciencia sobre el e-commerce como una oportunidad de crecimiento. Es una ocasión para tener emprendedores y actividad económica (Onofre J. S., 2013)

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Por otro lado me resulta interesante para mi investigación conocer porqué están comprando los internautas en línea, qué están comprando, con qué frecuencia lo hacen y si quedaron satisfechos con la compra realizada. Para conocer estos datos, analizaré el estudio realizado por el AMIPCI del año 2013.

Las razones para comprar en línea según este estudio, arroja que el 66% de los internautas mexicanos están comprando en línea ya que es una forma más práctica, así como el ahorro de tiempo (66%).Para el 2013 el internauta mexicano prefirió comprar música y/o películas (44%), ropa (37%) así como accesorios y computadoras (38%).El 39% de los internautas evaluados en este estudio, compran en línea cada mes, el 41% cada 3 meses, y el 4% de ellos compra cada año a través de internet. En 37% de los encuestados gasta entre $401 a $1,000 cada vez que compra en línea.El 97% de las personas que compran en línea tiene la intención de volver a comprar por este medio.Este estudio se realizó en base a una encuesta a 3741 internautas mexicanos que han comprado alguna vez por internet.

Después de analizar la información anterior nos queda claro, por qué el aumento del comercio electrónico en nuestro país, sin embargo aún falta mucho por hacer, uno de los retos más importantes que se deben afrontar es garantizar la seguridad

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de sus datos personales así como de sus tarjetas a los ciber-consumidores. El e-commerce, tiene aún un largo camino que recorrer e nuestro país, y sin lugar a dudas, en unos años, se consolidará como una de las principales formas de compra venta de bienes, productos y servicios.

DELITOS INFORMÁTICOS

El autor mexicano Julio Téllez Valdez señala que los delitos informáticos son “actitudes ilícitas en que se tienen a las computadoras como instrumento o fin o las conductas típicas, antijurídicas y culpables. Por su parte, el tratadista penal italiano Carlos Sarzana, sostiene que los delitos informáticos son “cualquier comportamiento criminal en que la computadora está involucrada como material, objeto o mero símbolo”. María de la Luz Lima, dice que el “delito informático en un sentido amplio es cualquier conducta criminal que en su realización hace uso de la tecnología electrónica ya sea como método, medio o fin y que, en sentido estricto, el delito informático, es cualquier acto ilícito penal en el que las computadoras, sus técnicas y funciones desempeñan un papel ya sea con método, medio o fin”. El Departamento de Investigación de la Universidad de México, señala como delitos informáticos a “todas aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen uso indebido de cualquier medio informático”.

CARACTERISTICAS DE LOS DELITOS INFORMATICOS

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El tipo de personas que comenten estos delitos, son personas con conocimientos en informática y cibernética, los cuales se encuentran en lugares estratégicos o con la facilidad de poder acceder a información de carácter delicado, como puede ser instituciones crediticias o del gobierno, empresas o personas en lo particular, dañando en la mayoría de los casos en el patrimonio de la víctima.

Son delitos criminales de cuello blanco ya que solo determinado número de personas con ciertos conocimientos puede llegar a cometerlos.

Provocan serias pérdidas económicas ya que las transacciones realizadas son más de 5 cifras.

Presentan grandes dificultades para su comprobación, esto por su mismo carácter técnico.

FRAUDES MÁS COMUNES POR MEDIO DE INTERNET

La comisión Federal de Comercio (FTC) de los Estados Unidos, ha publicado una lisa en la que figuran los 10 fraudes más comunes realizados al amparo de la Red.

Las subastas Reclamaciones de pedidos Tarjetas de crédito Llamadas internacionales Servicios gratuitos y acceso a internet Ventas piramidales Viajes y vacaciones Oportunidades de negocio Inversiones Productos y servicios milagro

HACKER, PHEAKER Y CRACKER

El hacker es un tipo de persona que con ayuda de sus altos conocimientos en informática consigue acceder a cualquier información que se encuentre dentro de la red. La ética hacker defiende la libertad absoluta de información: libre acceso y libre distribución.Existen dos variedades de hackers: Samurai: Un hacker que crackea amparado por la ley y/o la razón, normalmente es alguien contratado para investigar fallos de seguridad, que investiga casos de derechos de privacidad.

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Sneaker: Simular en ciertos aspectos, es aquel individuo contratado para romper los sistemas de seguridad por las empresas e instituciones con la intención de subastar dichos errores.

Cracker es alguien que trata de violar el acceso a un sistema adquiriendo passwords, los crackers son aquellas personas que siempre buscan molestar a otros, piratear software protegido por leyes, destruir sistemas muy complejos mediante la transmisión de poderosos virus, etc.

Un Pheaker es una persona que utiliza una técnica llamada phreaking, es una técnica que engaña a los sistemas de cobro a distancia, son aquellos que “rompen” y hacen uso ilegal de las redes telefónicas.

LEGISLACION DEL COMERCIO ELECTRONICO EN MEXICO

Con el objetivo de garantizar la seguridad a los usuarios y consumidores del e-commerce, en nuestro país, a lo largo de los años se han legislado una serie de iniciativas, que si bien, no todos los mexicanos las conocemos, están establecidas en diferentes organismos con el único fin de brindarnos seguridad y confianza al realizar este tipo de contratos por medio de internet.A continuación describiré la legislación que hasta el día de hoy existe en la República Mexicana: Fueron presentadas al Congreso de la Unión tres iniciativas: 30 V 99; 15 XII 99 y 22 III 00. En la primera de las iniciativas se destacó que la legislación comercial y la lex mercatoria en el contexto internacional habían sido rebasadas por la tecnología, existiendo lagunas legales nacionales y obstáculos al comercio como la existencia de papel como medio para la validez de los actos mercantiles. En la segunda, se destacaba la necesidad de refrendar de manera moderna la validez de la contratación a distancia o entre no presentes, no debiendo existir razón alguna para negar validez jurídica a los contratos celebrados por medio de mensajes electrónicos, ya que cumplen con la finalidad o razón de ser de los requisitos establecidos por la ley a los contratos tradicionales. En la tercera, se enfatiza el reconocimiento del uso de los medios electrónicos de manera universal, especialmente en el ámbito procesal, concediendo certidumbre legal en caso de controversias, concediendo valor probatorio al uso de medios electrónicos en los procesos administrativos y judiciales, sin que quede al arbitrio del juez considerar su validez probatoria debido a ausencia de regulación expresa.

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En la exposición de motivos de las adiciones y las reformas, se expresa que "se considera conveniente adecuar el marco jurídico mexicano para dar seguridad jurídica en el uso de medios electrónicos; facilitar transacciones por estos medios y lograr la interacción global e integral de los campos en que se utilizan los medios electrónicos, pues las tendencias internacionales en esta materia hacen necesario que cada país diseñe e implemente estrategias para aprovechar de la forma más conveniente los beneficios de las nuevas tecnologías. Con esta adecuación al sistema jurídico mexicano se logrará:

1. Fomentar el desarrollo de la infraestructura para poder acceder a los nuevos mercados informáticos;

2. Fomentar el uso de medios electrónicos en las operaciones comerciales, y3. Contar con un esquema jurídico integral

REFORMAS Y ADICIONES AL CÓDIGO CIVIL, CÓDIGO DE COMERCIO, CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR.

En Diario Oficial de 29 de mayo de 2000 se publica una serie de reformas y adiciones a cuatro leyes esenciales en relación a la realización de contratos y transacciones por medios electrónicos: el Código de Comercio, el Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia Federal; Código Federal de Procedimientos Civiles y Ley Federal de Protección alConsumidor.

Los objetivos de las reformas y adiciones legales a dichos cuerpos normativos son los siguientes:

a) Reconocimiento de validez jurídica a los contratos a distancia celebrados por vía electrónica, equiparándolos a los contratos celebrados en papel, a través del principio de "equivalente funcional", dando igualdad de trato a los contratos que tengan soporte informático, con relación a aquellos soportados en documentación consignada en papel.

b) Los contratos celebrados por medios electrónicos deben tener validez probatoria en los procesos judiciales y administrativos, sin que quede al arbitrio del juez esta consideración en caso de controversia.

c) Brindar mayor seguridad y certeza en las transacciones electrónicas nacionales e internacionales.

d) Firma electrónica. Por no contravenir el principio de neutralidad de la Ley Modelo UNCITRAL, no se consideró pertinente legislar sobre sus características técnicas. Sin embargo, esta firma representa el

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consentimiento de las partes para realizar un acto jurídico determinado y en las reformas se precisa el concepto de consentimiento expreso, reconociendo que éste puede manifestarse por escrito, por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.

Código Civil

En el Código Civil se incorpora el concepto jurídico de "mensaje de datos", que implica el consentimiento otorgado por medios electrónicos y se reconoce el consentimiento expreso a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología. Esta disposición constituye un avance muy importante, toda vez que es un reconocimiento a los documentos electrónicos en general, sin que sea necesaria la celebración de un contrato previo firmado por las partes. La manifestación de voluntades, elemento esencial en la formación de contratos, podrá emitirse válidamente a través de medios electrónicos.

Código Federal de Procedimientos Civiles

El Código Federal de Procedimientos Civiles reconoce como prueba la información generada o comunicada a través de medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología. Para valorar la fuerza probatoria de los documentos electrónicos se tomará en cuenta la fiabilidad del método en que se haya generado, comunicado, recibido o archivado y, en su caso, si es posible atribuir a las personas obligadas el contenido de la información relativa y ser accesible para consulta posterior. Se reconocen efectos jurídicos, validez y fuerza probatoria a los mensajes de datos. Se atiende al reconocimiento de los requisitos de autenticidad, integridad y confiabilidad de la información generada, comunicada o archivada a través de mensajes de datos.

Código de Comercio

En cuanto al Código de Comercio, se crea un título denominado "Del Comercio Electrónico", en el cual se define jurídicamente el concepto de mensaje de datos como "la información generada, enviada, recibida, archivada o comunicada a través de medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología."

El artículo 642 reformado establece la presunción de que "el mensaje de datos proviene del emisor si ha sido enviado I. Usando medios de identificación, tales

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como claves o contraseñas de él, o II. Por un sistema de información programado por el emisor o en su nombre para que opere automáticamente."

En relación al último punto, las redes especializadas y cerradas que ofrecen un alto nivel de seguridad han permitido el desarrollo del Intercambio Electrónico de Datos, el cual consiste en el intercambio computarizado de mensajes estándares y aprobados entre aplicaciones de cómputo por procesamiento de datos remoto. Esta transmisión de datos entre computadoras sobre la base de un lenguaje común permite la comunicación comercial y, en consecuencia, la firma de contratos, sin intervención humana (la computadora que administra los valores del comprador automáticamente hace pedidos al vendedor cuando es necesario; la computadora del vendedor acepta e implementa de modo automático el pedido). Este tipo de contratación es válido y reconocido por el derecho.Se contempla en el Registro Público de Comercio un sistema informático distribuido, en el cual, la recepción y emisión de información se realice a través de medios físicos -papel- o medios electrónicos, así como la autorización de inscripción mediante firma electrónica. Ley federal de Protección al Consumidor.

Una pregunta que todos los usuarios de medios electrónicos nos hacemos, es: ¿En qué posición se encuentran los usuarios de Internet convertidos en consumidores?El objeto de esta Ley es el de promover y proteger los derechos del consumidor, procurando la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores. Al ser ésta una ley de orden público e interés social, de observancia en toda la República, es irrenunciable. Todo proveedor está obligado a respetar los precios, garantías, cantidades, medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones conforme a las cuales se hubiere ofrecido, obligado o convenido con el consumidor la entrega del bien o prestación del servicio. Asimismo, la información o publicidad relativa a bienes o servicios que se difundan por cualquier medio o forma, deberán ser veraces, comprobables y exentos de textos, diálogos, sonidos, imágenes y otras descripciones que induzcan o puedan inducir a error o confusión, por su inexactitud.La reforma hace puntual énfasis en la confidencialidad de la información que proporcione el consumidor. El proveedor deberá informar al consumidor los elementos para brindar seguridad -métodos de encripción, en su caso- y confidencialidad, así como los domicilios y números telefónicos del

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establecimiento físico. El proveedor deberá respetar la decisión del consumidor de no recibir avisos comerciales -spamming

CONCLUSIÓN

El Comercio Electrónico nace como una alternativa de reducción de costos y como herramienta fundamental en el desempeño empresarial; formando parte importante en el mundo de Internet, el cual no conoce fronteras y está transformando al mundo; hace sencilla la labor de negocios de los clientes, reduce los costos y precios, y garantiza una disponibilidad las 24 horas del día. Sin embargo también elimina el contacto directo entre consumidor y vendedor, lo que crea desconfianza en cuanto a la seguridad de las transacciones.

A pesar de todas las formas que se han creado para brindar seguridad al usuario del comercio electrónico, estas transacciones poseen un alto porcentaje de riesgos, fraudes o robo de datos personales.

Sin embargo, podemos considerar que en nuestro país se ha legislado mucho en favor de los consumidores electrónicos, pero a un queda un largo camino por recorrer; pues como pudimos observar en la investigación 2013 de la AMIPCI, el comercio electrónico en México va incrementando año con año, y con esto se crearán nuevas iniciativas de ley para regular este tipo de contratos.La incompetencia o pasividad de las autoridades por combatir acciones delictivas o fraudulentas por medios electrónicos, junto con una actitud similar por parte de la sociedad para denunciarlas, nos lleva a considerar el marco legal del entorno y de las organizaciones creadas por velar por su cumplimiento, la impunidad, la ausencia de sanciones, el aumento de absoluciones o la falta de castigo solo llevara a perpetrar este modo de vida.

Bibliografía

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