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PERÚ CONFLICTOS SOCIALES, TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE ¿QUÉ ESTÁ PASANDO? 2010-2015

Pt huancavelica

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PERÚCONFLICTOS SOCIALES,

TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE¿QUÉ ESTÁ PASANDO?

2010-2015

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• CONTEXTO: - POST BOOM MINERO

- RETROCESO 25.6%- DEBATE PRE ELECTORAL- ACTITUD DE EMPRESARIOS:

- SUBESTIMAR REALIDAD- IMPULSAR REFORMAS PARA PROMOCION

INVERSIONES: “PERMISOLOGÍA”

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CONFLICTOS: DE RESISTENCIA: Xej Tia Maria DE CONVIVENCIA: xej. Las Bambas

Patrones que se repiten: Estado central no reacciona de manera

PREVENTIVA Empresas falta de transparencia, ética, responsabilidad social Población local desinformada, problemas de organización, estrategias

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CAUSAS Y CONTEXTO

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PERÚ….

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¿CUÁNTO APORTA LA MINERÍA?

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• En términos agregados, el aporte del sector minero al total de tributos internos que recibe el Estado peruano también se ha ido reduciendo en los últimos años.

• Lo cierto es que el súper ciclo llegó a su fin y el país dejó pasar la oportunidad de obtener mayores beneficios de la renta minera

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CONFLICTO EN PERÚ

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Perú: muertos y heridos en conflictos sociales según año, 2006-2015

Años Personas % Personas %2006 13 5% 172 4%2007 41 16% 357 8%2008 37 14% 752 17%2009 52 20% 604 14%2010 31 12% 184 4%2011 22 8% 291 7%2012 24 9% 649 15%2013 9 3% 352 8%2014 16 6% 203 5%2015 18 7% 866 20%Total 263 4430

Fuente: Defensoría del Pueblo - SIMCO. Presentación del 30.10.2015.

Muertos Heridos

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• SOLUCIONES: MESAS DE DIÁLOGO – PRESUPUESTO?– FORMALIDAD DE ACUERDOS?– ASESORÍA?– PARTICIPACIÓN?– PROPUESTA

• CONDICIONES QUE SE MANTIENEN EN LA BASE DE LOS CONFLICTOS …

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EFECTOS: CONCESIONES, CONFLICTOS, CAMBIOS

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• ¿Qué nos dice esta información? En primer lugar nos muestra las diferentes etapas por las que ha atravesado la minería.

• Como se puede apreciar en el gráfico, la información sobre las concesiones permite identificar los cambios de tendencias ocurridos en los últimos 25 años.

• Está claro que a partir del año 2014 comenzó una etapa de descenso del área concesionada, que ha continuado en 2015 y coincide con el contexto internacional desfavorable: el fin del súper ciclo, el descenso de los presupuestos de exploración y la casi desaparición de las denominadas empresas junior.

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HUANCAVELICA

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AVANCES Y RETROCESOS EN PROTECCIÓN AMBIENTAL 2010-2014

¿Qué pasó?• Conflicto social por actividades extractivas

BAGUA + CONGA+ ESPINAR + TÍA MARÍA • Disminución de los precios internacionales de

los minerales menor crecimiento económico nacional necesidad de “reactivación” de la economía en base a extracción de recursos naturales.

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Se avanzó…

2008 creación

Ministerio del Ambiente

2009 creación OEFA

Sanción a empresas mineras

2009 Ley de Consulta previa

2009 Ley de recursos

hídricosDerecho prevalente de

comunidades campesinas sobre el

agua

2013Ley 30011

Mayores multas ambientales, Más fuerza MINAM

2014 Denuncias ambientales y monitoreo participativo

2012 creación del senace

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Se retrocedió ….

2013Decreto Supremo 060-2013 Agilización de inversiones

“Aprueban disposiciones especiales para la ejecución de procedimientos

administrativos y otras medidas para impulsar proyectos de inversión pública

y privada”

2013 y 2014TDR Comunes y presentación de

ITS disminución garantías EIA

Ley 30151 Licencia para matar

JULIO 2014 PAQUETAZO AMBIENTAL Ley 30230

DECRETO SUPREMO 001-2015-EM

Concesión de beneficio y requisitos para venta

tierras comunales

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PAQUETAZO AMBIENTAL• LEY 30230 • IMPONE:

1) MEDIDAS TRIBUTARIAS: – 20MIL MILLONES SE PERDONA DEUDA TRIBUTARIA A EMPRESAS : MINERAS, PETROLERAS, TELEFONÍA…

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Medidas ambientales(i) Reduce la potestad sancionadora del Organismo de Evaluación y Fiscalización

Ambiental (OEFA) no multas por 3 años, solo medidas correctivas. A menos que sea infracción grave. Disminuye su fuentes de financiamiento, al igual que lo hace con otros organismos fiscalizadores;

(ii) Limita los procesos de Ordenamiento Territorial (OT) y Zonificación Económica y Ecológica (ZEE), quitándole su carácter participativo y buscando reducirlos a procesos referenciales,

(iii) Reduce los plazos para la emisión de opiniones técnicas previas a los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y sanciona a los funcionarios que lo incumplan,

(iv) Limita las funciones del Ministerio del Ambiente (MINAM) en la creación de zonas reservadas, paso previo a la creación de Áreas Naturales Protegidas;

(v) Pone en riesgo la salud pública al incluir entre las medidas pro inversión criterios económicos y no técnicos para establecer Límites Máximos Permisibles (LMP) y Estándares de Calidad Ambiental (ECA).

La aprobación de esta ley debilita la institucionalidad ambiental y los pocos canales formales con que cuentan las poblaciones locales para la defensa de sus derechos fundamentales asociados a la vida, la salud y gozar de una ambiente adecuado (Artículo 2º, inciso 22 de la Constitución Política del Perú); entre otros derechos como el acceso a la justicia ambiental (artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Ambiente – Ley Nº 28611).

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Empresa Unidad Infracción Sanción/medidaPreventiva

Chinalco Toromocho

Descarga de efluentes en lagunas Huacracocha y Huacacocha.

2014 Implementó y amplió diques de contención e infraestructura para encausamiento del efluente.

VolcánCompañíaMinera

Cerro dePasco

Exceder límites máximos permisibles en tres y dospuntos de control, respectos de dos parámetros.

2014150 UIT y 100 UIT.

XtrataTintaya Tintaya

-Presencia de 1.7% del valor normal de sedimentos de cobre predominante en la zona, en una área de 1000 metros de pastos naturales debido al bombeo de agua realizado desde un canal de la empresa.- No comunicar el incidente al OEFA.- No presentar el informe de investigación del incidente

2014

50 UIT, 6 UIT y 6 UIT respectivamente

Castrovirreyna CompañíaMinera S.A.

UnidadMinera SanGenaro

-Verter agua de relaves sin tratamiento hacia laguna Yanacocha.- Superar los LMP en efluente de agua de relavera- Efluente cuyo punto de monitoreo no se encontraba establecido en el instrumento de gestión ambiental.

2013

70 UIT

CatalinaHuanca Sociedad Minera

Concesiónde Beneficio San Jerónimo

- Descarga directa al río Mishka de aguas provenientes del sistema de drenaje subterráneo de uno de sus depósitos de relaves y no recircularla hacia la planta de beneficio San Jerónimo, como lo indicaba su EIA. - Exceder el LMP en un punto de control.

2012

60 UIT

MineraYanacocha

Conga

Incumplimiento de cinco compromisos del EIA, entre ellos la instalación de una plataforma de exploración a menos de 50 metros de un bofedal y un curso de agua estacional.

2012127.75. UIT

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ORDENAMIENTO TERRITORIAL• El Artículo 22º de la Ley Nº 30230, sobre “Ordenamiento Territorial”, afecta las

competencias del MINAM en la materia ya que plantea que la política nacional de ordenamiento territorial la apruebe el Consejo de Ministros y desplaza al MINAM de esta función.

• Es más, este cambio podría afectar el carácter democrático que debía tener el proceso de su formulación. En él se debían incorporar a los actores estratégicos que intervienen en la transformación del territorio, entre ellos los gobiernos locales y regionales ya que son éstos los que formulan, según sus leyes orgánicas, los planes de ordenamiento territorial.

• Al señalar que “la Zonificación Económica Ecológica ni el Ordenamiento Territorial asignan usos ni exclusiones de uso”, la ley desnaturaliza sus objetivos y finalidad ya que, según la normatividad vigente, los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) que son aprobados a nivel regional y local, conforme a la Ley de Descentralización y las leyes orgánicas de los gobiernos subnacionales, luego de un proceso técnico y participativo, establecen las políticas y marcos regulatorios de ocupación y uso del territorio para el desarrollo sostenible.

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5 días MINEM convoca a presentación de los EIAd y EIAsd, exposición de dichos estudios ante las entidades públicas.

3 días MINEM traslada a entidades públicas información para la emisión de informes u opiniones vinculantes o no vinculantes.

30 días Las entidades públicas están obligadas a comunicar al MINEM, las observaciones y requerimientos de subsanación. El incumplimiento de la citada disposición será considerada falta administrativa sancionable.

10 días MINEM traslada al administrado en un solo documento sus observaciones y requerimientos así como aquellos efectuados por las entidades públicas intervinientes. Diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de ingresadas al Ministerio la totalidad de observaciones de las entidades intervinientes.

3 días Traslado de subsanaciones a entidades públicas.

10 días entidades públicas tienen un plazo máximo de diez (10) hábiles para emitir su opinión final y notificarla al sector

20 días Luego de notificadas al Ministerio todas lasopiniones finales mencionadas, éste contará con un plazo máximo de veinte (20) días hábiles para emitir su pronunciamiento final es decir, la Certificación Ambiental correspondiente, de ser el caso.

81 días

5 días MINEM convoca a presentación de los EIAd y EIAsd, exposición de dichos estudios ante las entidades públicas.

3 días MINEM traslada a entidades públicas información para la emisión de informes u opiniones vinculantes o no vinculantes.

30 días Las entidades públicas están obligadas a comunicar al MINEM, las observaciones y requerimientos de subsanación. El incumplimiento de la citada disposición será considerada falta administrativa sancionable.

10 días MINEM traslada al administrado en un solo documento sus observaciones y requerimientos así como aquellos efectuados por las entidades públicas intervinientes. Diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de ingresadas al Ministerio la totalidad de observaciones de las entidades intervinientes.

3 días Traslado de subsanaciones a entidades públicas.

10 días entidades públicas tienen un plazo máximo de diez (10) hábiles para emitir su opinión final y notificarla al sector

20 días Luego de notificadas al Ministerio todas lasopiniones finales mencionadas, éste contará con un plazo máximo de veinte (20) días hábiles para emitir su pronunciamiento final es decir, la Certificación Ambiental correspondiente, de ser el caso.

81 días

•Reducción de los plazos de revisión y aprobación de los estudios de impacto ambiental del sector minero-energético: Con la norma, se tendría solo 81 días para el proceso, así:

REDUCCIÓN DE PLAZOS EIA

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• Nuevamente, mientras en el Perú se reducen los plazos para que las entidades estatales opinen sobre los EIA, en Chile el plazo es de 120 días con opción a sesenta días adicionales. En Colombia, el plazo para que la autoridad ambiental tome una decisión respecto a la aprobación de los EIA también es de 120 días.