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Formación cultura de Calidad

ResolucióN 4252 de 1997

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Formación cultura de Calidad

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En 1996 se define el Sistema de Garantía de Calidad con la expedición del Decreto 2174. Establece los requisitos esenciales que se deben cumplir en cada uno de los servicios de salud ofertados por los prestadores

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Proceso de Habilitación

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Por la cual se establecen las normas técnicas, científicas y administrativas

que contienen los requisitos esenciales para la prestación de servicios de salud, se fija el procedimiento de

registro de la Declaración de Requisitos Esenciales y se dictan otras

disposiciones.

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Condiciones mínimas de personal, infraestructura física, dotación,

procedimientos técnicoadministrativos, sistemas de información, transporte y

comunicaciones y auditoría de servicios, que deben cumplir todos los

prestadores de servicios de salud

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ANEXO TÉCNICO DECLARACIÓN DE REQUISITOS ESENCIALES

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REQUISITOS ADMINISTRATIVOS REQUISITOS ADMINISTRATIVOS

Declaración de Requisitos Esenciales para la prestación de servicios.

Estructura orgánica y funcional

Autonomía administrativa que podrá acreditarse mediante la certificación de las facultades administrativas otorgadas o asignadas al responsable de la Dirección de la respectiva I.P.S.

Manual de Procesos, Procedimientos y Funciones.

Reglamento interno de trabajo o su equivalente.

Revisor fiscal.

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REQUISITOS TÉCNICO CIENTÍFICOS

Manejo sistemático de historias clínicas individualizadas.

Un Sistema de garantía de calidad que incluya un Plan de Mejoramiento de la Calidad.

Programa de Salud Ocupacional.

Plan de urgencias, emergencias y desastres.

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REQUISITOS DE INFORMACIÓN

Registro de las actividades de salud desarrolladas diariamente y consolidados mensuales.

Sistema de vigilancia epidemiológica, notificación obligatoria.

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REQUISITOS DE INFORMACIÓN

Reporte a la Dirección Territorial de Salud, a las EPS y a la Superintendencia Nacional de Salud de la información que estas requieran

Sistema de Información Financiera que incluya: Presupuesto, contabilidad de Costos de conformidad con lo establecido en el parágrafo del articulo 185 de la Ley 100 de 1993, facturación y Cartera.

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“Una marca del evaluador de una posición anterior determinada y utilizada como punto de referencia” .

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“Proceso continuo de medir productos, servicios y prácticas contra los más

fuertes competidores o contra aquellas compañías reconocidas como líderes de

la industria” .

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A inicios de los 90, las organizaciones de salud empiezan a aplicar el

Benchmarking buscando el mejoramiento continuo de la calidad y obteniendo resultados favorables. Las primeras

experiencias se dan entre alianzas de hospitales norteamericanos algunas de ellas con el apoyo de organizaciones del sector empresarial y muy avanzadas en

su búsqueda de la calidad total.

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