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LA PESCA EN CANTABRIA Y EL NUEVO MARCO DE LA POLÍTICA PESQUERA
X JORNADAS NACIONALES Y VIII INTERNACIONALES
SOBRE NATURALEZA Y MEDIO AMBIENTE
Santander, 12 de noviembre de 2014
Pilar Pereda Pérez Directora General de Pesca y Alimentación
Comunidad Autónoma de Cantabria
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Superficie Puesto 15º • Total 5.321 km2 (1,05%)Población Puesto 16º • Total 591.888 hab. (1,3%) • Densidad 111 hab./km²PIB (nominal) Puesto 16º • Total 12.385 M € (2013) (1,2%) • PIB per cápita Cantabria • PIB sector primario • PIB per cápita España
23.464 € (1,8 %) 23.063 €
Principales indicadores, 2013
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Comercio Exterior
Valor de las exportaciones e importaciones pesqueras en miles de euros en 2013
Cantabria % sobre CA España Cantabria/España
Valor de exportaciones pesqueras: Pescados, Crustáceos, Moluscos 23.299 8.79 2.172.704 1,1%
Valor de exportaciones pesqueras: Conservas de Pescado 35.983 13.57 1.135.109 3,2%
Valor de importaciones pesqueras: Pescados, Crustáceos, Moluscos 60.565 22,16 4.018.208 1,5%
Valor de importaciones pesqueras: Conservas de Pescados 14.896 5,45 1.014.841 1,5%
Fuente: DATACOMEX. Ministerio de Economía y Competitividad
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Cantabria es una región eminentemente marítima, cuya costa se abre al Océano Atlántico través del mar Cantábrico. Los productos pesqueros son un aporte fundamental de proteínas a la dieta de la Comunidad.
Existe una gran tradición pesquera en toda la costa, con zonas altamente dependientes en términos económicos y sociales de la actividad pesquera, tanto de forma directa como indirecta.
Dentro de la actividad pesquera extractiva podemos considerar tanto la pesca comercial desde embarcación, como el marisqueo y la extracción de algas.
Existe una tendencia decreciente de la pesca comercial y el marisqueo debida tanto a la situación de los recursos y limitaciones de cuotas como a la reducción de la flota.
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Sector pesquero extractivo: Pesca de bajura y altura y relacionados
Sector de la Acuicultura (peces y Moluscos) Sector del Marisqueo (Moluscos y otros) Sector de la extracción de algas (arribazón y arranque) Sector de la transformación:
Pescado (semiconserva y conserva) Comida preparada Congelados
Sector de la Comercialización
Mayorista Minorista
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Sector Pesquero de Cantabria
Foto: V. Ortiz de Zarate
Foto CEDIS
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Sector Pesquero de Cantabria/España
Sector pesquero año 2013 Cantabria España Cantabria/EspañaNúmero de buques 133 10.116 1,3%Potencia de la flota 26.561 1.185.861 2,2%Pesca fresca, T desembarcadas 21.284 350.773 6,1%Pesca fresca, valor 1ª venta (M €) 23,7 592 4,0%Producción acuicultura (T) 322 292.936 0,1%Valor producción acuicultura (M €) 2 460 0,4%
Fuente: MAGRAMA, Fundación OESA, Ministerio de Fomento; DGPA
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Sector Pesquero de Cantabria
EMPLEO
Fuente: DGPA 2012
EmpleosIndustrias 2.522 70%Mariscadores 121 3%Tripulantes 881 24%Trabajadores en lonjas y muelles 34 1%Rederas bajura 40 1%Rederas altura 0,0%Total 3.598
Afiliados al REM 2012Nacionales 1.234
Extranjeros 132
Total 1.366 0,7%
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Sector Pesquero de Cantabria
Industria
Fuente: DGPA 2013
ACTIVIDAD EMPLEADOS
ACUICULTURA 17
COMIDAS PREPARADAS 193
CONSERVA // SEMICONSERVA // SALAZON 1738
ESTABLECIMIENTO MARISQUERO 74
INSTALACIONES FRIGORIFICAS 330
SALA DE ACONDICIONAMIENTO DE PESCADO 151
TRANSFORMADOS DE PRODUCTOS DE LA PESCA 19
TOTAL INDUSTRIA 2522
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Sector Pesquero de Cantabria
FLOTA
Fuente: DGPA
Años TRB Nº de buques2001 9396 2282002 8987 2042003 9028 1972004 9046 1982005 9001 1862006 8929 1842007 8558 1772008 8288 1712009 8120 1672010 8134 1662011 7214 1552012 6332 1342013 6074 133
2014* 6074 133
Evolución de la flota pesquera de Cantabria. *2014 provisional
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Sector Pesquero de Cantabria
FLOTA
Datos DGPA
Nº de buques TRB Potencia
Puerto 2003 2013 2003 2013 2003 2013
Castro Urdiales 24 12 457 171 2.566 1.186
Laredo 21 15 905 1.372 4.444 5.255
Colindres 18 9 1.740 282 6.712 1.318
Santoña 49 19 2.116 971 9.793 3.966
Santander 50 19 2.807 730 10.896 3.414
Suances 10 19 125 1.103 894 4.530
Comillas 3 32 55 1.329 362 6.103
San Vicente de la Barquera 22 8 822 115 3.945 789
Total 197 133 9.028 6.074 39.612 26.561
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Sector Pesquero de Cantabria
Fuente: DGPA
Nº de buques TRB Potencia
Modalidad 2003 2013 2003 2013 2003 2013
Arrastre de fondo 3 3 398 268 1.120 600Artes menores 73 59 593 542 4.601 4.435Cerco 64 44 5.510 4.220 22.424 16.654
Artes fijos Palangre de fondo 23 6 721 211 4.061 1.025 Rasco 14 10 191 180 1.319 1.062 Volantas 10 8 214 207 1.294 1.145
Total caladero nacional 187 130 7.626 5.628 34.819 24921Arrastre de fondo 6 2 825 298 2.773 1.090Artes fijos 4 1 577 149 2020 550
Total fuera del caladero nacional 10 3 1.402 447 4.793 1.640
Distribución de la flota pesquera según modalidad. 2003-2013
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Sector Pesquero de Cantabria
Fuente: DGPA
Grupo de edades Nº de buques TRB Potencia 2003 2013 2003 2013 2003 2013<5 77 1 4289 28 17783 1685<A<10 48 15 2874 632 12119 258110<A<20 22 95 727 5000 3650 2124920<A<30 21 12 712 284 3378 171030<A<40 17 5 348 92 2071 648A>40 12 5 78 37 611 205Total 197 133 9028 6074 39612 26561
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Sector Pesquero de Cantabria
Fuente: DGPA
Grupo de esloras Nº de buques TRB Potencia 2003 2013 2003 2013 2003 2013E<9 28 10 66 18 769 2349<E<12 31 29 224 211 1905 176712<E<15 31 23 400 291 3074 232015<E<20 26 20 709 584 4202 317220<E<30 68 41 5823 3594 23197 13917E>30 13 10 1806 1378 6465 5151Total 197 133 9028 6074 39612 26561
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Sector Pesquero de Cantabria
Fuente: DGPA
Material del casco Nº de buques TRB Potencia 2003 2013 2003 2013 2003 2013Acero 91 71 7451 5216 29509 20987Madera 61 18 889 237 5920 1663Poliester 44 44 678 621 4085 3911
Otro 1 9 98 Total 197 133 9028 6074 39612 26561
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Sector Pesquero de Cantabria
ESPECIES
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Sector Pesquero de Cantabria
ESPECIES
Perfil de desembarcos. Modalidad Especies
Arrastre de fondo con puertas en aguas comunitarias
Rapes; Caballa; Salmonete; Faneca; Merluza; Jurel; Otros
Arrastre de fondo con puertas de caladero Cantábrico-Noroeste
Chicharro; Caballa; Bacaladilla; Rapes; Merluza; Gallos; Otros.
Currican a la cacea Atún blancoCebo vivo Atún blanco; Atún rojo Cerco Chicharro; Caballa; Anchoa; SardinaPesquería de caballa con línea Caballa; EstorninoArtes menores Artes fijos
Palangre de fondo Congrio; Merluza; Locha; Palometa; Abadejo; Otros
Rasco Rapes; Otros Volantas Merluza; Rape; Otros
Fuente: DGPA
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Sector Pesquero de Cantabria
ESPECIES
Fuente: DGPA
Principales especies desembarcadas en Cantabria. (T)Especie 2003 2013ANCHOA 228 2.399BONITO 1.230 1.029CABALLA/VERDEL 2.859 4.953CHICHARRO/JUREL 1.486 5.204LUBINA 7 18SARDINA 1.092 2.342PELÁGICAS 6.902 15.943CALAMAR 75 48CIGALA 47 8MERLUZA/PESCADILLA 737 668OJITO/GALLO 110 117RAPES 538 278SALMONETE 72 45DEMERSALES 1.579 1.163OTRAS ESPECIES 2.080 4.177TOTAL 10.561 21.284
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Sector Pesquero de Cantabria
Zonas de pesca
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Sector Pesquero de Cantabria, lugares de desembarco
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Sector Pesquero de Cantabria
Federación de Cofradías de Cantabria. Noble Cabildo de San Andrés y San Pedro de Castro Urdiales San Martín de Laredo San Ginés de Colindres Nuestra Señora del Puerto de Santoña Nuestra Señora del Carmen de Suances San Vicente de la Barquera Cristo del Amparo de Comillas Santander Organización de Productores de Altura de Cantabria. OPECA Organización de Productores Artesanales de Cantabria. OPACAN Asociación de pescadores costeros y artesanales de Cantabria. APECAC. Asociación de armadores de pesca de Santoña.
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Sector Pesquero de Cantabria, lugares de desembarco
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Sector Pesquero de Cantabria
Fuente: DGPA
Pesca desembarcada en los puertos de Cantabria (T)Puerto 2013Castro Urdiales 286Laredo 2.942Colindres 2.667Santoña 8.691Santander 3.479Suances 149Comillas 75San Vicente de la Barquera 2.994Total 21.284
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Política Pesquera Común
REGLAMENTO (UE) Nº 1380/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de diciembre de 2013 sobre la Política Pesquera Común.
Desde el 1 de enero de 2014 es efectiva la nueva Política Pesquera Común (PPC) acordada por el Consejo y el Parlamento Europeo, cuya finalidad es recuperar la sostenibilidad de las poblaciones de peces, poner fin a las prácticas pesqueras excesivas y crear nuevas oportunidades de empleo y crecimiento en las zonas costeras.
Su labor se dirigirá a evitar los descartes, conceder poder de decisión al sector, descentralizar la toma de decisiones, dar prioridad a la acuicultura, apoyar la pesca artesanal, mejorar los conocimientos científicos sobre la situación de las poblaciones y asumir responsabilidades en aguas exteriores a través de los acuerdos internacionales de la UE.
La PPC se introdujo por primera vez en los años setenta y ha sufrido varias actualizaciones, la última reforma entró en vigor el 1 de enero de este año.
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Política Pesquera Común
Ámbito de aplicación
1. La Política Pesquera Común (PPC) abarcará:
a) la conservación de los recursos biológicos marinos y la gestión de la pesca y de las flotas que explotan dichos recursos,
b) los recursos biológicos de agua dulce y la acuicultura, así como la transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura.
2. La PPC cubrirá las actividades contempladas en el apartado 1, cuando estas se lleven a cabo:
a) en el territorio de los Estados miembros a los que se aplica el Tratado; o
b) en aguas de la Unión, incluso si las desarrollan buques pesqueros que enarbolen el pabellón de terceros países o estén registrados en ellos; o
c) por buques pesqueros de la Unión fuera de las aguas de la Unión; o
d) por nacionales de Estados miembros, sin perjuicio de la responsabilidad principal del Estado del pabellón.
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Política Pesquera Común
¿Cuáles son los objetivos de la reforma de la Política Pesquera Común?
1. Garantizar que las actividades de la pesca y la acuicultura sean sostenibles ambientalmente a largo plazo y se gestionen de forma coherente con los objetivos de generar beneficios económicos, sociales y de empleo, y de contribuir a la disponibilidad de alimentos.
2. La PPC aplicará el criterio de precaución a la gestión pesquera y procurará asegurar que la explotación de los recursos biológicos marinos vivos restablezca y mantenga las poblaciones de especies capturadas por encima de los niveles que puedan producir el rendimiento máximo sostenible (RMS). 2015 ! 2020
3. La PPC aplicará a la gestión de la pesca un enfoque ecosistémico a fin de garantizar que las actividades pesqueras tengan un impacto negativo mínimo en el ecosistema marino, y se esforzará por garantizar que las actividades de la pesca y la acuicultura eviten la degradación del medio marino.
4. La PPC contribuirá a la recogida de datos científicos.
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Política Pesquera Común
5.PPC deberá, en particular: a) eliminar gradualmente los descartes, evitando y reduciendo en la medida de lo
posible las capturas no deseadas y garantizando el desembarque de las capturas; b) aprovechar al máximo las capturas no deseadas, sin crear un mercado para
capturas por debajo de las tallas mínimas de referencia; c) crear condiciones para que el sector extractivo y la transformación y de otras
actividades en tierra relacionadas sea económicamente viable y competitivo d) adoptar medidas para ajustar la capacidad pesquera de las flotas a los niveles de
posibilidades de pesca. e) promover el desarrollo de actividades acuícolas sostenibles en la Unión, f) asegurar un nivel de vida adecuado a aquellos que dependen de las actividades
pesqueras, g) contribuir a que el mercado interior de los productos de la pesca y de la
acuicultura sea eficiente y transparente, condiciones equitativas para los productos de la pesca y la acuicultura comercializados en la Unión;
h) tener en cuenta los intereses de los consumidores y de los productores; i) fomentar las actividades de pesca costera; j) lograr un buen estado ecológico para 2020;
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Política Pesquera Común
La PPC consta de 4 ámbitos de actividad principales:
Gestión de las poblaciones de peces
Pesca fuera de las aguas de la UE
Mercado de productos de la pesca y la acuicultura
Financiación de la PPC
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Política Pesquera Común
Gestión de las poblaciones de peces
El objetivo principal de la gestión de la pesca dentro de la Política Pesquera Común (PPC) para 2015 es garantizar altos rendimientos a largo plazo para todas las poblaciones, si fuera posible, y para 2020 a más tardar. RMS
Otro objetivo cada vez más importante es reducir al mínimo, o evitar, las capturas no deseadas y las prácticas de despilfarro, mediante la introducción gradual de la obligación de desembarque.
Por último, la nueva PPC
ha revisado sus normas y su estructura de gestión y ha introducido la regionalización y ha aumentado la consulta con las partes interesadas.
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MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y LA EXPLOTACIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS BIOLÓGICOS MARINOS
Elementos de las medidas de conservación:
• planes plurianuales adoptados • minimizar la repercusión de la pesca en el medio marino • adaptar la capacidad pesquera de los buques pesqueros a las
posibilidades de pesca disponibles • una pesca más selectiva • posibilidades de pesca • obligación de desembarque • tallas mínimas de referencia • proyectos piloto • cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación
medioambiental de la Unión • medidas técnicas
Establecimiento de zonas de recuperación de las poblaciones de peces
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Medidas específica:
Planes plurianuales: Principios y objetivos
Sobre la base de dictámenes científicos
Medidas destinadas a restablecer poblaciones
Criterios de precaución
Monoespecíficos o
Pesquerías mixtas
MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y LA EXPLOTACIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS BIOLÓGICOS MARINOS
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Medidas específicas:
Planes plurianuales contenido:
a) ámbito de aplicación
b) los objetivos
c) objetivos cuantificables como los índices de F y/o SSB
d) plazos precisos
e) puntos de referencia de conservación
f) objetivos para las medidas técnicas y de conservación
g) salvaguardas para garantizar que se cumplen los objetivos cuantificables
MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y LA EXPLOTACIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS BIOLÓGICOS MARINOS
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Política Pesquera Común
Obligación de desembarque de todas las capturas (Art. 15. Reglamento Base) 1. Todas las capturas de poblaciones sujetas a límites de capturas (TACs), y en el Mediterráneo también las capturas de poblaciones sujetas a tallas mínimas efectuadas durante las actividades pesqueras en aguas de la Unión, o por buques de la Unión fuera de aguas de la Unión en aguas no sujetas a la soberanía o jurisdicción de terceros países (aguas internacionales), deberán almacenarse y mantenerse a bordo de los buques pesqueros, así como registrarse, desembarcarse e imputarse a las correspondientes cuotas cuando proceda, excepto cuando sean utilizadas como cebo vivo, de conformidad con el siguiente calendario:
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Política Pesquera Común
a) A partir del 1 de enero de 2015 a más tardar: — pesquerías de pequeños pelágicos, es decir, las de caballa, arenque, jurel, bacaladilla, ochavo, boquerón, pejerrey, sardina y espadín; — pesquerías de grandes pelágicos, esto es, las de atún rojo, pez espada, atún blanco, patudo, otros espadones, aguja azul y aguja blanca; — pesquerías de tipo industrial (entre otras, las de capelán, lanzón y faneca noruega); — pesquerías de salmón en el Mar Báltico.
b) A partir del 1 de enero de 2015 a más tardar: — para las especies que definan la pesquería y — no más tarde del 1 de enero de 2017 para todas las demás especies en pesquerías en aguas de la Unión del Mar Báltico de especies sujetas a límites de capturas distintas de las de la letra a).
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c) A partir del 1 de enero de 2016 a más tardar:
para las especies que definan la pesquería y no más tarde del 1 de enero de 2019 para todas las demás especies en:
i) Mar del Norte — pesquerías de bacalao, abadejo, pescadilla y carbonero; — pesquerías de cigala; — pesquerías de lenguado común y solla; — pesquerías de merluza; — pesquerías de camarón boreal; ii) Aguas noroccidentales — pesquerías de bacalao, abadejo, pescadilla y carbonero; — pesquerías de cigala; — pesquerías de lenguado común y solla; — pesquerías de merluza; iii) Aguas suroccidentales — pesquerías de cigala; — pesquerías de lenguado común y solla; — pesquerías de merluza; iv) Otras pesquerías de especies sujetas a límites de capturas.
Política Pesquera Común
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d) partir del 1 de enero de 2017 a más tardar:
para las especies que definen la pesquería y no más tarde del 1 de enero de 2019 para todas las demás especies en las pesquerías no contempladas en la letra a), en el Mediterráneo, el mar Negro y todas las demás aguas de la Unión y en aguas no pertenecientes a la Unión que no estén bajo la soberanía o la jurisdicción de terceros países.
Política Pesquera Común
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Art. 15.4 (Reglas de excepción)
La obligación de desembarque a que se refiere el apartado 1 no se aplicará a:
a) Especies sometidas a prohibición de pesca, como tiburones, algunas rayas, el pez angel y el tiburón peregrino.
b) Especies respecto de las cuales existen pruebas científicas que demuestran altas tasas de supervivencia como por ejemplo los Elasmobranquios.
No obstante, este apartado y su condición de aportar pruebas científicas suficientes de alta supervivencia ha abierto la posibilidad de que, en el ámbito de los planes de descartes, los EE MM introduzcan comportamientos, procedimientos, manipulaciones, actividades, maniobras que conllevan altos niveles de supervivencia como el “slipping” que permite una selección y, en su caso, la suelta de algunas especies pelágicas como jurel y caballa.
Podría demostrarse para el rape, en estudio.
Política Pesquera Común
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Política Pesquera Común
c) Capturas que entren dentro de excepciones de mínimis empezando en enero de 2015 con el 7%, hasta el 2016 inclusive, luego el 6% el 2017 y 2018, y terminando con el 5% para 2019 y 2020.
Esta excepción se aplicará a todas las especies sometidas a la obligación de desembarcar todas las capturas según su calendario establecido en el apartado 1, del artículo 15.
Mecanismos de flexibilidad => Planes de descartes Cooperación
Pruebas científicas Selectividad resulta muy difícil, Evitar los costes desproporcionados
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Política Pesquera Común
Pesca fuera de las aguas de la UE
Más de la cuarta parte del pescado capturado por los pesqueros europeos procede realmente de aguas no pertenecientes a la UE. En torno al 8% de las capturas de la UE (2004-2006) corresponde a acuerdos de pesca con terceros países, y un 20% se pesca en alta mar, principalmente en zonas custodiadas por las llamadas organizaciones regionales de pesca (OROP).
❖ mejores dictámenes científicos disponibles
❖ mecanismos adecuados y transparentes
❖ luchar contra la pesca INDNR
❖ acuerdos de colaboración de pesca sostenible
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Política Pesquera Común
Acuerdos bilaterales con países no pertenecientes a la UE
La UE celebra dos tipos de Acuerdos de pesca con los terceros países:
“Acuerdos de Colaboración” (Acuerdos de Asociación) en el sector pesquero: la UE ofrece ayuda financiera y técnica a cambio de derechos de pesca, generalmente a países asociados del Sur.
Acuerdos atuneros: autorizan a los buques de la UE a seguir a las poblaciones migratorias de túnidos en sus desplazamientos por las aguas del Atlántico africano, Océano Pacífico y el Océano Índico. (Kiribati, Madagascar, Mauricio, Gabón, Costa de Marfil, etc.).
Acuerdos mixtos: conceden acceso a muy diversas poblaciones en la zona económica exclusiva del país. (Marruecos, Mauritania, Groenlandia)
"Acuerdos septentrionales": gestión conjunta de recursos compartidos con Noruega, Islandia y las Islas Feroe.
Pesca fuera de las aguas de la UE
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Comisiones Pesqueras y Organizaciones Regionales de Ordenación de la Pesca.
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La reforma de la política pesquera de la UE y los Acuerdos
Parte de la reforma de la política pesquera de la UE va encaminada a:
mejorar el conocimiento científico subyacente a los derechos de pesca concedidos por los Acuerdos y ofrecer más información sobre el esfuerzo pesquero general en aguas de los países asociados
consolidar la gobernanza de los Acuerdos e incluir una cláusula para proteger los derechos humanos y aumentar gradualmente la contribución de los armadores de la UE a los costes de acceso
fomentar la pesca sostenible en aguas de los países asociados centrando más y supervisando mejor el apoyo sectorial de la UE.
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Mercado de productos de la pesca y la acuicultura
Se establecerá una organización común de mercados de los productos de la pesca y de la acuicultura (la organización común de mercados), con los siguientes fines:
a) explotación sostenible de los recursos biológicos marinos vivos;
b) aplicar la PPC en el nivel adecuado;
c) mejorar la competitividad del sector de la pesca y la acuicultura
d) incrementar la transparencia y la estabilidad de los mercados,
e) garantizar unas condiciones equitativas para todos los productos comercializados
f) contribuir a garantizar al consumidor una oferta de productos de la pesca y de la acuicultura diversificada;
g) proporcionar al consumidor informaciones comprobables y precisas sobre el origen del producto y su modo de producción, en particular mediante el marcado y el etiquetado.
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Mercado de productos de la pesca y la acuicultura
2. La organización común de mercados se aplicará a los productos de la pesca y de la acuicultura cuya relación figura en el anexo I del Reglamento (UE) n o 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura), que se comercializan en la Unión.
3. La organización común de mercados comprenderá, en particular: a) una organización del sector que incluya medidas de estabilización del mercado; b) planes de producción y comercialización de organizaciones de productores pesqueros y de acuicultura; c) normas comunes de comercialización; d) información al consumidor.
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Financiación de la PPC
Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP)
El FEMP es el nuevo fondo de las políticas marítima y pesquera de la UE para 2014-2020.
Es uno de los cinco Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (FEIE) que se complementan entre sí con el fin de fomentar la recuperación en Europa a partir del crecimiento y el empleo.(FSE, FEADER; FEDER, Fondo de Cohesión)
El Fondo: Ayuda a los pescadores en la transición a la pesca sostenible. Ayuda a las comunidades costeras a diversificar sus economías. Financia proyectos para crear empleo y mejorar la calidad de vida en las costas europeas. Facilita el acceso a la financiación.
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Financiación de la PPC
Total&EU&allocations&of&European&Maritime&and&Fisheries&Fund&2014;2020*&(€)2.014 2.015 2.016 2.017 2.018 2.019 2.020 Total
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EU27&(*) 788.060.689 798.128.031 805.423.852 818.478.098 837.523.233 843.250.018 858.467.679 5.749.331.600
*"LU"is"excluded,"because"it"is"not"recipient"of"EMFF.
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