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Laneko Medikuntzako V II ihardunaldi Euskal-
Akitaniarra
VII Journée Basque-Aquitaine de Medecine du
Travail
VII Jornada Vasco-Aquitana de Medicina del Trabajo
LAS ENFERMEDADES
INFECCIOSAS EMERGENTES
COMO CONTINGENCIA
PROFESIONAL
Víctor Echenagusia Capelastegui
Junio de 2017
Enfermedades Profesionales EP:
• Marco legal y normativo
•EE.PP concepto
• EE.PP por agentes biológicos
•Situación actual
Cambio del marco normativo
R.D. 792/1961 de 13 de abril, aseguramiento de las E.P., es la primera
relación detallada de E.P. en España.
El R.D. 3772/1972 establecía un cuadro de 11 E.P. en el Régimen
Especial Agrario.
Actualización de la lista de Enfermedades Profesionales en el Real
Decreto 1995/1978 de 12 de mayo.
Marco legal actual y evolución de la normativa sobre
Enfermedades Profesionales.
Tras un proceso de dialogo entre Gobierno, organizaciones
sindicales y organizaciones empresariales se estableció el
acuerdo en materia de Seguridad Social firmado el 13 de julio de
2006.
En base a estas premisas se promulgó el Real Decreto 1299/2006
de 10 de noviembre, estableciendo un nuevo cuadro de
enfermedades profesionales.
Marco legal actual y evolución de la normativa sobre
Enfermedades Profesionales.
El cambio más radical se centra en la Orden TAS 1/2007 de 2 de
enero, que establece un nuevo sistema de comunicación de
enfermedades profesionales, con dos objetivos:
- que afloren la totalidad de las enfermedades profesionales
- que la comunicación o notificación este a la mayor
brevedad y simultáneamente, a disposición de las administraciones
y organismos que ostentan competencias en la materia.
Marco legal actual y evolución de la normativa sobre
Enfermedades Profesionales.
Las enfermedades profesionales serán comunicadas no por el empresario,
como hasta 2007, sino por la entidad gestora o por la mutua de accidentes
de trabajo y enfermedades profesionales que asume la protección de las
contingencias profesionales, una vez diagnosticada por sus facultativos la
existencia de dicha enfermedad.
Se adopta un “parte electrónico”, con una aplicación informática específica,
CEPROSS (comunicación de enfermedades profesionales Seguridad
Social), con lo que los datos ya recogidos en el sistema de SS se
incorporan automáticamente al parte.
En paralelo existe un registro PANOTRATSS (Patología no traumática de
Seguridad Social) que incluye enfermedades no incluidas en el listado del
R.D., pero se consideran contingencia profesional (como A.T.) por ser el
trabajo la causa exclusiva.
Marco legal actual y evolución de la normativa sobre
Enfermedades Profesionales.
Regulación Reglamentaria
Se entiende por Enfermedad Profesional la contraída a
consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las
actividades que se especifiquen en el cuadro de enfermedades
profesionales, y que esté provocada por la acción de los elementos
o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada
enfermedad profesional.
El concepto se origina de la necesidad de distinguir las enfermedades que
afectan al conjunto de la población de aquellas que son el resultado directo del trabajo que realiza una persona.
Identificar la relación CAUSA - EFECTO
ENFERMEDAD PROFESIONAL
Provocada por los agentes que se describen
en el cuadro
En las actividades indicadas en el cuadro
Enfermedad ocasionada por el trabajo
Enfermedad incluida en el cuadro
Requisitos:
1. Que la enfermedad sea a consecuencia del trabajo.
2. Actividades indicadas en el cuadro de EP.
3. Provocada por los agentes descritos en el cuadro de EP.
4. Enfermedad incluida en el cuadro de EP.
Regulación Reglamentaria
Relación CAUSA - EFECTO
Anexo 1. Cuadro de ENFERMEDADES PROFESIONALES
Grupo 1 EE.PP causadas por agentes químicos
Grupo 2 EE.PP causadas por agentes físicos
Grupo 3 EE.PP causadas por agentes biológicos
Grupo 4 EE.PP causadas por inhalación de sustancias y agentes no
comprendidas en otros apartados
Grupo 5 EE.PP de la piel causadas por sustancias y agentes no
comprendidos en alguno de los otros apartados
Grupo 6 EE.PP causadas por agentes carcinogénicos
1.2.- Novedades por grupos de EE.PP.
Grupo 3: EE.PP: causadas por AGENTES BIOLÓGICOS:
Incorpora todo el anexo I y II de la lista europea.
Elimina 2 EE.PP. (anquilostomiasis duodenal, anquillulosia) y una ampliación específica en el tétanos (trabajos con excrementos de humanos o animales).
Excluye las infecciones por microorganismos del Grupo 1 del RD 664/97 (aquellos que resulta poco probable que causen una enfermedad en el hombre).
Incluye una cláusula que podía ser de apertura a otras patologías si la codificación de actividades lo permitiera: Enfermedades infecciosas y parasitarias no contempladas en otros apartados: micosis, legionella y helmitiasis.
Se añaden nuevas actividades que producen infecciones por animales, sus productos o cadáveres.
GRUPO 3. Cuadro de enfermedades profesionales
causadas por AGENTES BIOLÓGICOS
A 01 Enfermedades infecciosas causadas por el trabajo de las
personas que se ocupan de la prevención, asistencia
médica y actividades en las que se ha probado un riesgo de
infección. Personal sanitario, de laboratorio, de orden
público, de auxilio, de cuidado de enfermos. etc.
B 01 Enfermedades infecciosas o parasitarias trasmitidas al
hombre por los animales o por sus productos y cadáveres.
Ganaderos, matarifes, curtidores, guardas forestales,
veterinarios, operarios rurales, etc.
C O1 Paludismo, amebiasis, dengue, fiebre amarilla, tifus..
Trabajos desarrollados en zonas endémicas.
D 01 Enfermedades infecciosas o parasitarias no contempladas
en otros apartados: micosis, legionella y helmiantasis.
Museos y bibliotecas, trabajos subterráneos,
agricultores,etc.
GRUPO AGENTE SUBAGENTE ACTIVIDAD
3 D 0 2 0 1
Enfermedades
profesionales
causadas por
agentes
biológicos
Enfermedades
infecciosas o
parasitarias trasmitias
al hombre por los
animales o por sus
productos o
´cadáveres
Ganaderos
Anexo I del RD 1299/2006 Codificación de las Enfermedades Profesionales
OBSERVATORIO DE ENFERMEDADES
PROFESIONALES (CEPROSS) Y DE ENFERMEDADES
CAUSADAS O AGRAVADAS POR EL TRABAJO
(PANOTRATSS)
INFORME ANUAL 2016
AGENTES BIOLÓGI
COS
Enfermedades profesionales causadas
por AGENTES BIOLÓGICOS
declaradas a nivel estatal en el año 2016 (fuente
CEPROSS)
766 casos Enfermedades infecciosas causadas por el trabajo de las
personas que se ocupan de la prevención, asistencia
médica y actividades en las que se ha probado un riesgo de
infección.
108 casos Enfermedades infecciosas o parasitarias trasmitidas al
hombre por los animales o por sus productos y cadáveres.
23 casos Paludismo, amebiasis, dengue, fiebre amarilla, tifus., etc.
26 casos Enfermedades infecciosas o parasitarias no contempladas
en otros apartados: micosis, legionella y helmiantasis.
TOTAL
923 casos
TOTAL EP DECLARADAS
20.600 casos
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