View
10
Download
0
Category
Preview:
Citation preview
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
1
MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN
SERVICIO PROVINCIAL
DE ENSEÑANZA PRIVADA
DE MISIONES
SS.. PP
.. EE.. PP
.. MM..
BOLETÍN OFICIAL
DECRETO PROVINCIAL Nº 1067/93
AÑO 13 JUNIO DE 2005 Nº 34 - B
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
25
SÍNTESIS DEL CEREMONIAL, PROTOCOLO Y EQUIPARACIONES JERÁRQUICAS FUNDACIÓN “CHRISTIAN GASTÓN POMA”
CEREMONIAL
Proveniente del latín caeremonia “Serie de actos para celebrar algo solemnemente”.
También se lo utiliza como sinónimo de protocolo – pompa – celebración. Conjunto de
formalidades.
También se deriva la “Identidad” de las personas u organizaciones. Quien participa se
identifica con la comunidad a la que pertenece. No sólo crea identidad propia sino que considera la
del otro. El ceremonial es formador de identidades. Por ej. Las fechas patrias nos identifican con
nuestras raíces, los aniversarios escolares nos identifican con el objeto mismo de su creación, etc.
La ausencia de la participación en ceremonias produce un rechazo a nivel social y luego se
materializan en agresiones, decepciones, etc., por ello debe ser considerado por nuestras
instituciones escolares.
Es reconocer autoridades y propósitos. Una ceremonia formal indica la disciplina, la
formación recibida, la seriedad institucional y el propósito de la misma (por ej. Una institución
escolar que demuestra un enorme prestigio y requiere ayuda económica, un desfile militar puede
tener un propósito disuasorio respecto a otro país, etc.).
También suele definirse como “acción o acto exterior con arreglo a la ley, estatuto o
costumbre para dar culto a lo divino y reverencia y honor a las profanas”.
Etiqueta: “es el ceremonial de los estilos, usos y costumbres que se deben observar en actos
públicos o privados”.
Protocolo: “regla ceremonial diplomática y palatina establecida por los usos y costumbres”.
Se basa en dos pilares fundamentales que son: el tiempo y el lugar de desarrollo.
Es la aplicación de las normas de ceremonial y cortesía que se deben cumplir en las
ceremonias derivadas de la actividad oficial o pública de gestión privada.
Los eventos de aplicación protocolar: los actos oficiales externos, los actos académicos, los
actos sociales, las invitaciones, las visitas (visitar o ser visitado), efectuar presentaciones o ser
presentado, durante disertaciones y discursos, en recepciones o despedidas y en toda otra ocasión
formal.
Precedencia: significa la preeminencia social o el orden jerárquico que corresponde a los
participantes. Quien preside el conjunto o un grupo menor, quien es el que sigue, etc. autoridad
civil, militar y eclesiástica según cargo, jerarquía y jurisdicción, estas varían según cada situación y
acá encontramos que debemos respetar lo siguiente: La ley de la derecha y la ley de la izquierda, lo
que significa que luego del que preside continúa a su derecha el que sigue en jerarquía, el tercero a
su izquierda, el cuarto a la derecha del segundo, el quinto a la izquierda del tercero y así
sucesivamente.
Se entiende por el reconocimiento de una determinada jerarquía en una escala de valores
determinados por el Poder Ejecutivo Nacional y derivado por la Provincia, Municipio y
Comunidad, en ello se considerarán los títulos y honores que le correspondan, el cargo o funciones
que desempeñen y los méritos que hubiera adquirido por los servicios prestados a la Nación,
Provincia, Municipio, Comunidad o el bien humanitario brindado.
Si bien la Nación ha establecido por Decreto 2072/93 todo lo relacionado al orden de
precedencia, su competencia, etc., la Provincia puede o no regirse exactamente a lo establecido por
Nación dado el sistema federal que otorga las autonomías provinciales, vale decir, que el orden de
precedencia puede variar por decreto provincial
.Preeminencia social: se refiere al lugar que debe ocupar cada jerarquía ya sea en un palco o
tarima de autoridades, ya sea en una mesa o vino de honor. Es muy importante dar el lugar
adecuado a cada autoridad pues ello hablará muy bien de los organizadores de las ceremonias y
eventos. En un auto la preeminencia máxima es en el asiento de atrás a la derecha, luego atrás a la
izquierda, adelante a la derecha es para el acompañante
CONOCIMIENTOS BÁSICOS EN CEREMONIAL:
Ante el pedido de audiencia: debemos conocer al solicitante y el tema a tratar de manera de
no tomar con liviandad a quien la solicita, en contraposición, si nosotros solicitamos la audiencia,
facilitamos la misma brindando de antemano nuestro currículo (breve y sencillo) y el tema a tratar.
Ante un discurso: cuando somos designados para una disertación pública o privada con
características similares, debemos ser breves e impactantes, centrar el tema en aspectos
innovadores; no utilizar papel brinda mayor credibilidad, la lectura no tiene la misma pasión y
dominio; el final debe ser la “estocada” magistral al público. La oratoria debe ser practicada en los
siguientes términos: hablar como se piensa, entonación de la voz según el recinto o tecnología
empleada, calidad y excelencia en la terminología acorde al público, enseñar y persuadir, agradecer
la invalorable presencia de . ., hablar con paz interior, etc., lo fundamental es llegar a la gente. Si
existiera más de un orador debe respetarse la precedencia inversa de la preeminencia social, vale
decir, de menor a mayor.
Ante la invitación a un palco: se respetarán las leyes de preeminencia social, vale decir, la
ley de la derecha y la ley de la izquierda, recordemos que ante un representante de una jerarquía
mayor, éste debe ocupar el lugar como si se encontrara el titular. Si somos nosotros los receptores
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
26
en nuestra propia institución, es más agradable el uso de tarimas o escenarios con las autoridades al
centro y el resto en abanico. Todo ello según el tipo de ceremonia. Es posible que ante una
promoción o egreso sea conveniente que los alumnos ocupen el escenario y las autoridades las
primeras filas del auditórium.
Ante las presentaciones formales: se presenta al de mayor jerarquía con una breve
descripción o perfil que se le expresa al de menor jerarquía, siempre se espera la actitud del de
mayor jerarquía para materializar el saludo extendiendo la mano o una pequeña venia o movimiento
de cabeza al que debe brindarse inmediata respuesta del mismo tenor. Los saludos exagerados no
son bien vistos.
Ante ceremonia con bendiciones: antes de la bendición de placas u objetos, los mismos
deben ser descubiertos primero, no se debe bendecir algo sin haberlo mostrado antes.
Ante el descubrimiento de placas, bustos, etc.: debe ser sencillo de fácil acceso a las cintas
y su ejecución delicada, no sea que se enganche y las autoridades terminen cinchando por nuestras
improvisaciones. Ante el llamado corte de cinta no es apropiado el uso de tijera sino un moño
distinguido que suavemente se desarme tirando de las cintas, éstas últimas deben ser tomadas por
algún auxiliar para rebatirlas a su lugar sin que caigan al piso y sean pisoteadas, no olvidemos que
normalmente poseen colores patrios o provinciales, como también de instituciones con alto arraigo,
no sería agradable a los ojos sensibles de los participantes.
Ante el muestreo o recorrida de lugares inaugurados: siempre respetar la preeminencia
social según las leyes de derecha e izquierda, si son muchos se dividirán por grupos aglutinando
equiparaciones jerárquicas.
Ante la solicitud de dirección o teléfono: no olvidemos poseer siempre nuestras tarjetas
personales. La mismas podrán ser portadas en un estuche sencillo pero de calidad en la
presentación. El contenido de la tarjeta será sencillo con un diseño sobrio evitando recargados y
garabatos, sin enmiendas ni raspaduras, prolija y con papel acartonado de calidad.
Ante un brindis: si bien es difícil satisfacer a todos, debemos tratar que sean servidos todos
al mismo tiempo, evitamos de este modo que autoridades por ser servidas primero tomen el
champagne no tan frío por la espera.
Ante una mesa: la preeminencia social de acuerdo a las leyes ya atribuidas de derecha e
izquierda desde la cabecera a los costados o en caso de mesas redondas desde la principal con
observancia a la masa de los participantes y centrada, pasamos a la mesa de la derecha, luego a la de
la izquierda, pasando adelante y respetando estas leyes.
Ante la entrega de obsequios: no es conveniente abundar en obsequios porque pierden
jerarquía, uno al actor principal o bien dos o tres a personalidades prominentes, todo según la
situación y el objeto del evento. Distinto es una promoción o egreso que se debe entregar
masivamente los certificados o diplomas, asimismo, luego de esa entrega masiva y de rutina, quizás
sea conveniente distinguir a dos o tres destacados, los que tendrán mayor valor y serán más
ovacionados. Si el obsequio trata de un ramo de flores, éste debe ser maniobrable, no por suntuoso
anulará y pondrá en aprietos a quien lo recepciona.
Ante la recepción de autoridades: el anfitrión recepcionará en la entrada de la institución a
las autoridades de jerarquía superior a él y dispondrá de recepcionistas designados para acompañar
al resto de los invitados. No olvidemos que la recepción es un problema institucional no sólo del
Director, Presidente, Jefe, Rector o Representante Legal, etc., constituye un trabajo en equipo con
responsables, coordinadores, supervisores y otros roles necesarios para que todo se encuentre bajo
el propio control.
Ante necesidades de guardarropas: debe existir uno o varios responsables de la recepción,
custodia y devolución impecable de la ropa de los invitados. Las mismas deben encontrarse en lugar
muy bien protegido y colgado prolijamente.
Las invitaciones formales: Hacer sentir bien a una persona invitada es un desafío que
debemos superar, saber sus gustos, sus amistades preferidas de las que pueden ser rodeadas y
aquellas conflictivas para mantenerlas alejadas, considerar correctamente su cargo y jerarquía, que
no tenga dudas sobre la vestimenta, etc., son aspectos que no debemos omitir en una invitación.
Debemos recordar que el éxito de una reunión reviste en la formación de grupos humanos
cordiales o compatibles, un grave error es reunir compulsivamente a personas en conflicto como si
fuéramos los hacedores de reconciliaciones, ello es una decisión de ellos.
Es conveniente que las invitaciones se distribuyan con suficiente antelación y tengamos la
plena seguridad de su correcta recepción, para ello estableceremos sistemas de firmas de
responsables de la distribución y recepción.
Existen mil formatos de invitaciones, casi todos por festividades tradicionales como
casamientos, bautismos, cumpleaños, etc., pero en invitaciones formales deben guardarse algunas
reglas: Ministerio de Educación, rama de la enseñanza (a la izquierda), logos y nombre de la
Institución (a la derecha), el texto debe expresar el nombre del funcionario que cursa la invitación,
nombre y cargo de quien se invita, tipo de acto al que se invita, vestimenta con la que se debe
asistir, etc.. En el sobre, debe figurar el logos de la Institución y el nombre y cargo de la persona a la
que se invita.
Si la pieza se envía por correo debe agregarse la dirección, código postal y remitente
completo y sello ovalado de la Institución.
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
27
Puede incluirse una solicitud de confirmación de asistencia para evitar espacios vacíos, en tal
caso como en el modelo consta “S.R.C.: teléfonos” y que significa “Se ruega confirmar” asistencia
a los teléfonos que figuran.
El papel empleado debe ser grueso (aproximadamente de 120 grs. o más), puede o no poseer
filigrana y su fondo ser debe ser blanco o de colores claros (sobrios).
El uso del don o “D” anteponiendo al nombre es discutido por: prejuicio argentino y rumores
que el “don” significa “de origen noble” y por tradición que se emplea con su verdadera etimología
(del latín dominus que significa señor y su derivado doña). Cada uno elige o se rige por normas de
cada institución, en unas se prohíbe y en la Justicia se emplea.
Si el invitado no puede concurrir es deber de exquisita sensibilidad social enviar una tarjeta
similar al modelo de invitación pero con las formalidades de disculpas por no asistencia pues “. . . .
compromisos adquiridos con anterioridad . . . . .”, etc.
Existe todo un ceremonial sobre la escrituras de tarjetas, esquelas, notas, etc., que
encontramos modelos en archivos de cualquier organización seria, no es motivo de este documento,
cabe sí decir que el criterio, la correcta redacción, sencillez y la buena intención nos permitirá obrar
siempre bien.
TIPOS DE CEREMONIAS
Formaciones en jurisdicción civil: preside la autoridad civil, puede ser acompañada por una
autoridad militar o eclesiástica pero todos los aspectos concernientes al posicionamiento, saludos,
extensión de autorizaciones y rendición de honores corresponde a la autoridad que preside. Por
ejemplo: un gobernador preside un acto en una ciudad, es acompañado por el intendente como
figura siguiente y la autoridad militar como tercera, el orden de precedencia así debe ser
establecido.
Formaciones en jurisdicción militar: preside la autoridad militar (recuerden que el
presidente es militar y el Ministro de Defensa el principal asesor castrense que son los únicos que
vestidos de civil pueden presidir dentro de jurisdicción militar), puede ser acompañado por
autoridad civil invitada, pero todos los aspectos concernientes al posicionamiento, saludos,
extensión de autorizaciones y rendición de honores corresponde a la autoridad que preside. Por
ejemplo: un gobernador y un intendente es invitado a un cuartel para una formación aniversario de
la fuerza armada que se trate, quien comanda la organización militar preside el acto, es acompañado
por el gobernador o representante como figura secundaria y por el intendente o representante como
figura tercera. Observemos que en este punto sacamos a relucir la figura de representante y esto se
va a comprender cuando nos traslademos al conocimiento de las equiparaciones jerárquicas y orden
de precedencia.
Ceremonias en el templo: preside el eclesiástico, la autoridad civil es secundaria y la militar
terciaria. Se debe respetar los usos y costumbres religiosas. Cabe aclarar que existirán ceremonias
cívico militares que incluyan actos litúrgicos en tal caso preside la autoridad civil o militar según
corresponda al acto o jurisdicción y se coordinará con el religioso que participará.
Ceremonia cívico – militar: podrán llevarse a cabo como acto central o acto local. El acto
central es una responsabilidad de la Dirección Nacional de Ceremonial en cambio los actos locales
son una responsabilidad provincial o municipal. En ambos casos debe respetarse el orden de
precedencia.
La organización y coordinación de las ceremonias cívico – militar son una responsabilidad de
la autoridad civil y la organización y coordinación de la participación de las Fuerzas Armadas,
Seguridad y Policiales son una responsabilidad del Estado Mayor Conjunto en los actos centrales a
nivel Nacional y de la máxima Autoridad Militar en los actos locales (provincial o municipal).
Se consideran ceremonias cívico militares para toda la Nación las siguientes: Aniversario de
la Revolución de Mayo (25 de mayo); Reafirmación de los Derechos Soberanos sobre las Islas
Malvinas, Islas y Sector Antártico Argentino (actualmente Día del Veterano de Guerra – 02 de
abril); Día de la Bandera; Aniversario de la Independencia Nacional (09 de julio); Aniversario del
Fallecimiento del Libertador General San Martín (17 de agosto); Entrega de Condecoraciones
(fecha a determinar); Otras que expresamente se ordenen o autoricen (fecha a determinar).
Vinos de honor: debe prepararse la mesa principal bien distinguida de las secundarias, en lo
posible con pequeñas tarjetas indicadoras para evitar mezclas no deseadas, no por discriminación
sino por un protocolo real y necesario para la correcta atención de todos. El personal que sirve
estará uniformado como se acostumbra en lugares de categoría, además se dividirá el salón en
tercios, cuartos, octavos, según el nivel del evento, para darle la responsabilidad a los camareros por
sectores y estarán atentos a que nadie quede insatisfecho.
Contenido General de una ceremonia:
Se denomina ceremonia cívico-militar a todo acto público en el que participan una o más
Fuerza Armada, Instituciones Civiles, Eclesiásticas, Fuerzas de Seguridad, Policiales, etc., cuya
organización está dentro del ámbito civil, con el objetivo de resaltar fechas históricas y toda otra
circunstancia que revista importancia en la vida Nacional, Provincial, Municipal o de la
Comunidad.
El organizador responsable deberá promover las reuniones de coordinación con todos los
participantes con la finalidad de aunar detalles del evento.
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
28
Pero en general, la programación de una ceremonia contemplará los siguientes aspectos:
Objetivo perseguido.
Lugar, día y horario más convenientes.
Invitaciones a cursar.
Sucesión de actos.
Participantes, dispositivo, lugares de emplazamiento, autoridades, sectores, responsables,
servicio de mucamas, de mesa, mozos, maestranza, previsiones por corte de luz, agua,
baños, etc.
Maestro de ceremonia y responsable del acto.
Autoridad que preside el acto.
Instalaciones para invitados, ornamentación y red amplificadora.
Instalaciones para espectadores o público en general.
Instalaciones para representantes de la prensa.
Seguridad, tránsito del público, limpieza del lugar, estacionamiento de vehículos.
Personal destacado para recepción y acompañamiento de autoridades.
Lugar de espera para los elementos de seguridad de autoridades.
Aspectos de apoyo ante emergencias (sanidad, transporte, comunicaciones, etc.).
Previsiones para caso de lluvia u otra eventualidad que obligue a modificar el desarrollo
programado.
Coordinación con otras autoridades.
Difusión previa y posterior del acto.
DESPLAZAMIENTOS Y SALUDOS DE LAS BANDERAS EN LAS CEREMONIAS:
La Bandera Nacional siempre debe encontrase a la derecha y a su izquierda la Bandera
Provincial, de existir otras banderas como la municipal o Papal (del Vaticano) continuarán hacia la
izquierda.
Respecto a banderas extranjeras, deberá encontrarse a la izquierda de la Bandera Nacional
y si son muchas las representaciones, se colocarán por orden alfabético evitando susceptibilidades.
Respecto al saludo de las Banderas de Ceremonias, deben levantarse y colocarse en la cuja
de la banda. Tales actitudes se adoptan ante el Himno Nacional, pasaje de otras banderas, durante el
desfile (aquellos que puedan levantarla y mantenerla erguida) ante el palco oficial saludando a la
autoridad que preside y toda rendición de honores cuya envergadura merezca colocarse de pié a las
autoridades, saludo militar, despedidas fúnebres, etc.
En aquellas ceremonias donde la autoridad invitada (Gobernador, Ministro, etc.) efectúen
revista del o los institutos escolares formados (por ejemplo el 9 de julio) las Banderas de Ceremonia
ya deben encontrarse en la formación.
En aquellas ceremonias en las que no se efectúen la revista y el consecuente desfile, las
mismas se iniciarán con el ingreso de las Banderas de Ceremonia y finalizarán cuando las mismas
sean retiradas de la formación antes que lo haga la autoridad que presidió la misma.
La revista de la formación en su recorrida comenzará por la cabeza donde se deben encontrar
las banderas de cada institución escolar y se extenderá hasta la última fracción. La autoridad
principal del lado de la formación la que sigue en jerarquía a la izquierda de la principal y
sucesivamente.
Ante el paso de las autoridades los que presiden cada institución escolar saludará con un leve
movimiento de cabeza y las Banderas de Ceremonia se colocarán en la cuja.
Los dispositivos normales de presentación de una formación escolar podrán ser en cuadro o
lineal, dependerá del lugar (espacio o arquitectura), por lo general el cuadro se utiliza frente a los
mástiles y el dispositivo lineal en la calle (por ejemplo el 25 de Mayo).
Los frentes y las profundidades de los niveles que participan podrán variar, de acuerdo al
lugar a utilizar y el desfile tendrá mayor prestancia al demostrar un pasaje prolijo, sobrio y seguro,
ello demuestra seriedad y disciplina de la institución.
Durante la marcha por calles, las distancias podrán estrecharse antes y después del pasaje
frente al palco oficial a fin de evitar interrupciones o largas esperas.
Asimismo debe calcularse el tiempo que se tardará en leer la síntesis histórica del instituto
que se hubiera entregado a ceremonial del organizador del evento a los efectos de obtener un pasaje
acorde a ese tiempo.
Las prácticas normalmente a cargo de un profesor de educación física deberán encontrarse
apoyadas por marchas apropiadas a la fecha o aquellas que se sabe con antelación utilizarán las
bandas en cada caso. También será conveniente solicitar un tambor a una de las Fuerzas Armadas,
Seguridad o Policial del lugar para desarrollar prácticas apropiadas.
Demás está sugerir la presentación impecable de los uniformes de cada instituto y los
abanderados en lo posible con guantes blancos.
El orden que corresponde en los desfiles será el siguiente: en primer lugar el portaestandarte
con la finalidad de ser identificado por el locutor y maestro de ceremonia, a continuación el rector o
autoridad representante del instituto, seguidamente las Banderas de Ceremonia, la Nacional del lado
de las autoridades, vale decir, a la derecha y a la izquierda o detrás la Bandera Provincial. Todo ello
dependerá del lugar y el espacio disponible. A continuación lo harán los diferentes niveles de mayor
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
29
a menor con su docente o administrativo al frente o a la derecha del dispositivo de formación
elegido.
El frente estará compuesto por seis alumnos como mínimo, según el lugar, podrán
coordinarse los acuerdos previos con ceremonial del responsable del evento, pero cuanto mayor es
el frente y la prolijidad del pasaje, se muestra mayor disciplina escolar.
De las Banderas en el mástil :
Dos aspectos debemos tener en cuenta: primero si nos encontramos frente al mástil y segundo
si nos encontramos con el mástil a nuestras espaldas.
Frente al mástil: la Bandera Nacional estará a la nuestra derecha y la Bandera Provincial a
nuestra izquierda, si hay más banderas se respeta la ley de derechas e izquierdas.
El caso del mástil a nuestras espaldas es exclusivo para las Autoridades, parecería una
contradicción ver la Bandera Nacional en el mástil a la derecha y la Provincial a la izquierda con
respecto a las Banderas de Ceremonia que se presentan exactamente al revés. Es el caso de las
banderas con movilidad y siempre que se mueve la Bandera Nacional, la sigue siempre a su
izquierda o detrás la Bandera de la Provincia y las que sigan según el lugar (hay banderas de
intendencias y la Papal).
En los desfiles, normalmente, se desplazarán al frente de la formación e inmediatamente
detrás del Representante Legal o Rector las Banderas Nacional a la derecha y Provincial a la
izquierda en una sola fila. En caso que el espacio o disposiciones particulares que deban desplazarse
en columna una detrás de otra, primero lo estará la Bandera Nacional, luego la Provincial, luego la
Municipal o Papal.
Banderas a media asta: se adoptará esta conducta cuando lo disponga la Nación o la
Provincia. En caso de cada Institución se adoptará este criterio cuando a juzgar por las autoridades
escolares sea conveniente la implementación del mencionado procedimiento (por ejemplo:
fallecimiento de algún integrante de la comunidad escolar u otro caso que por su trascendencia
emotiva se encuadre en este concepto), en todos los casos se informará a las autoridades
ministeriales de las que dependen.
Izamiento y arrío del Pabellón Nacional y Provincial: el izamiento se producirá a primera
actividad de la mañana con el personal de alumnos, docentes o padres designados diariamente o en
eventos especiales con la canción “Aurora” o “A Mi Bandera” u otra de preferencia en la Institución
Escolar, los presentes deberán encontrarse de pié, con una postura erguida con los brazos
naturalmente caídos y los pié juntos, mirando con respeto a las banderas en el mástil. El arrío se
producirá en silencio o con un toque sencillo, con las mismas posturas que para el izamiento y como
última actividad y antes del crepúsculo vespertino como rutina diaria, excepto en días festivos o de
eventos especiales que se regirá por la sucesión de actos resuelta.
Del Cambio de Abanderado y Escolta:
se llevará a cabo en los eventos de promoción, egreso o graduación según corresponda, tanto
para la Bandera Nacional como de la Provincia. Luego de la lectura de la Resolución de
Designación de Abanderados y Escoltas y tras breves palabras relacionadas con el significado de
portar la Bandera de Ceremonia, el Representante Legal o Rector de la Institución Escolar tomará la
Banda Argentina del Abanderado saliente y la colocará en el Abanderado entrante, luego tomará la
Bandera Nacional y se la entregará al Abanderado entrante. A continuación hará lo propio con la
Bandera de la Provincia.
Guarda de las Banderas de Ceremonia:
Serán colocadas en el despacho del Representante Legal o Rector, según corresponda, en una
vitrina triangular o rinconera inmediatamente detrás del escritorio principal en cada rincón. Mirando
de frente a la pared detrás del escritorio, la Bandera Nacional será colocada a la derecha y la
Provincial a la izquierda.
EL CEREMONIAL Y LAS BUENAS COSTUMBRES EN EL AULA:
La buena educación proviene primariamente del hogar, pero en los institutos ayudamos a
formar a los alumnos en un marco de respeto mutuo.
La disciplina no es rigidez, puede entenderse en una interacción de respeto mutuo, pero sin
temores ni inhibiciones.
Existen algunas normas a las que el ceremonial le brinda un barniz de buenas costumbres,
como pararse ante la presencia del docente o autoridad que presidirá.
Disponer de un Bedel (Alumno) designado semanalmente para que adquiera sentido de la
responsabilidad en velar por las normas que aquí se expresan.
Consecuentemente a lo señalado el saludo deberá ser una demostración de respeto y
seguridad consigo mismo (por ejemplo: “Buenos días señor rector” o bien “Buenos días señor
Perez”).
Bien vestidos cuya pulcritud ideal es una ardua tarea de docentes y administrativos, sumado
a esas formas de respeto demostradas al colocarse de pié y saludar, hace que en otras ocasiones que
se presenten el alumno obre por añadidura con la misma disposición de respeto.
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
30
Si logramos que cada alumno tenga siempre el mismo banco y silla, le damos una
responsabilidad de cuidado del patrimonio escolar y lo cuidará, de otro modo veremos bancos y
sillas sucias, paredes impresentables, etc., con las consecuentes erogaciones económicas que se
producen.
Almorzando con alumnos:
Existen instituciones oficiales y privadas que suelen tener comidas de trabajo (almuerzos,
cenas, desayunos de trabajo o simplemente una copa). Aquellos institutos cuyo rector suele
almorzar en el mismo, sería conveniente incorporar este modo de educar en forma rutinaria.
En tal sentido debe implementarse las formalidades de una mesa con servicio completo,
piense que quizás los alumnos que compartan con usted sea su única vez y el modelo quedará para
siempre.
No comparta con un alumno solo sino en grupos mixto de alumnos.
Mantenga una conversación previamente elaborada para que no existan espacios silenciosos.
No corrija sus errores al tomar los cubiertos o en la masticación, colocación de servilleta,
corte de pan, tamaño del bocado, etc., sólo observe con delicadeza y vaya incorporándolo en su
memoria para que en la próxima clase al respecto se incorporen y reiteren estas deficiencias.
Obviamente se respetarán las normas de urbanidad ya mencionadas con anterioridad y cabe
agregar que con alumnos se servirá sólo agua mineral o gaseosas, nada de alcohol ni cigarrillo.
Debe haber un modo de selección o turno que puede llevar el preceptor o bedel, respetando la
diversidad de todos los niveles sociales de donde provienen, sin armado de grupos sectarios, vale
decir, que se deben mezclar aquellos provenientes de hogares de clase media, alta, humildes, etc., de
todo tipo para que compartan la mesa.
Sería conveniente pensar en una mesa de no más de 6 a 8 integrantes.
Adquiera experiencia al respeto y verá resultados maravillosos en el comportamiento de sus
alumnos.
ORDEN DE PRECEDENCIA PROTOCOLAR:
(derivado del Decreto del PEN Nº 2072 de fecha 07de octubre de 1993).
Ceremonias públicas sin la presencia del Cuerpo Diplomático Extranjero:
- Presidente de la Nación.
- Vicepresidente de la Nación.
- Presidente Provisional del Senado.
- Presidente de la Cámara de Diputados.
- Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- Ex Presidentes Constitucionales de la Nación.
- Gobernadores de Provincia, Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, Secretario General
de la Presidencia de la Nación e Intendente de la Ciudad de Buenos Aires.
- Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y Jefes de los Estados Mayores
Generales de las Fuerzas Armadas.
- Ministros de la Corte Suprema de la Nación, Procurador General de la Nación y Fiscal
Nacional de Investigaciones Administrativas.
- Secretarios de la Presidencia de la Nación y Jefe de la Casa Militar.
- Secretarios de los Ministerios, Procurador del Tesoro de la Nación y Síndico General de
la Nación.
- Vicepresidentes de las Cámaras Legislativas.
- Vicegobernadores.
- Embajadores Argentinos con funciones en el exterior.
- Cardenales.
- Presidente de la Conferencia Episcopal.
- Arzobispo de Buenos Aires.
- Presidentes de los Bloques del Senado y de la Cámara de Diputados de la Nación.
- Senadores y Diputados.
- Presidente del Consejo Deliberante.
- Arzobispos.
- Vicepresidentes Primeros de los Senados Provinciales y/o Presidentes de de las Cámaras
de Diputados Provinciales.
- Presidentes de Superiores Tribunales de Justicia Provinciales.
- Ministros Provinciales, Generales de División, Vicealmirantes y Brigadieres Mayores.
- Embajadores Argentinos con funciones en el País.
- Presidente de la Cámara Nacional de Casación Penal.
- Presidentes de las Cámaras Federales y Nacionales de Apelaciones.
- Obispos Católicos y Dignatarios de Iglesias, Confesiones o Comunidades Religiosas.
- Secretarios de las Cámaras Legislativas.
- Jueces de la Cámara Nacional de Casación Penal.
- Jueces de las Cámaras Federales y Nacionales de Apelaciones.
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
31
- Subsecretarios de la Presidencia de la Nación.
- Subsecretarios de los Ministerios del Poder Ejecutivo Nacional y Subprocuradores del
Tesoro de la Nación.
- Jefe de la Policía Federal, Director Nacional de Gendarmería y Prefecto Nacional Naval.
- Generales de Brigada, Contralmirantes y Brigadieres.
- Ministros Plenipotenciarios Argentinos de Primera Clase.
- Ministros Plenipotenciarios Argentinos de Segunda Clase.
- Secretarios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Jueces Federales y Nacionales
de Primera Instancia y Representantes del Ministerio Público Fiscal ante la Cámara de
Apelaciones.
- Directores Nacionales.
- Rectores de Universidades Nacionales y Presidentes de Academias Nacionales.
- Presidente del Banco Central.
- Presidentes de Bancos Nacionales.
- Titulares de Reparticiones Autárquicas.
- Vicerrectores de Universidades Nacionales.
- Directores Generales.
- Jefe del Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín, Coroneles, Capitanes
de Navío y Comodoros.
- Cónsules Generales Argentinos con Funciones en el Exterior.
- Consejeros de Embajada Argentinos.
- Director de la Biblioteca Nacional y Directores de Museos Nacionales.
- Decanos de Facultades Nacionales.
- Presidentes de Colegios Profesionales Nacionales.
Ceremonias públicas con la presencia del Cuerpo Diplomático Extranjero:
- Presidente de la Nación.
- Vicepresidente de la Nación.
- Presidente Provisional del Senado.
- Presidente de la Cámara de Diputados.
- Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- Ex Presidentes Constitucionales de la Nación.
- Gobernadores de Provincia.
- Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Nuncio Apostólico,
Embajadores Extranjeros Acreditados ante el Gobierno Argentino.
- Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, Secretario General de la Presidencia de la
Nación e Intendente Municipal de la Ciudad de Buenos Aires.
- Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y Jefes de los Estados Mayores
Generales de las Fuerzas Armadas.
- Ministros de la Corte Suprema de la Nación, Procurador General de la Nación y Fiscal
Nacional de Investigaciones Administrativas.
- Secretarios de la Presidencia de la Nación y Jefe de la Casa Militar.
- Secretarios de los Ministerios, Procurador del Tesoro de la Nación y Síndico General de
la Nación.
- Vicepresidentes de las Cámaras Legislativas.
- Vicegobernadores.
- Embajadores Argentinos con funciones en el exterior.
- Cardenales.
- Presidente de la Conferencia Episcopal.
- Arzobispo de Buenos Aires.
- Presidentes de los Bloques del Senado y de la Cámara de Diputados de la Nación.
- Senadores y Diputados.
- Presidente del Consejo Deliberante.
- Arzobispos.
- Vicepresidentes Primeros de los Senados Provinciales y/o Presidentes de de las Cámaras
de Diputados Provinciales.
- Presidentes de Superiores Tribunales de Justicia Provinciales.
- Ministros Provinciales, Generales de División, Vicealmirantes y Brigadieres Mayores.
- Embajadores Argentinos con funciones en el País.
- Presidente de la Cámara Nacional de Casación Penal.
- Presidentes de las Cámaras Federales y Nacionales de Apelaciones.
- Obispos Católicos y Dignatarios de Iglesias, Confesiones o Comunidades Religiosas.
- Secretarios de las Cámaras Legislativas.
- Jueces de la Cámara Nacional de Casación Penal.
- Jueces de las Cámaras Federales y Nacionales de Apelaciones.
- Subsecretarios de la Presidencia de la Nación.
- Subsecretarios de los Ministerios del Poder Ejecutivo Nacional y Subprocuradores del
Tesoro de la Nación.
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
32
- Jefe de la Policía Federal, Director Nacional de Gendarmería y Prefecto Nacional Naval.
- Generales de Brigada, Contralmirantes y Brigadieres.
- Ministros Plenipotenciarios Argentinos de Primera Clase.
- Ministros Plenipotenciarios Argentinos de Segunda Clase.
- Encargados de Negocios Extranjeros con Cartas de Gabinete y Encargados de Negocios
Extranjeros A.I.
- Secretarios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Jueces Federales y Nacionales
de Primera Instancia y Representantes del Ministerio Público Fiscal ante la Cámara de
Apelaciones.
- Directores Nacionales.
- Rectores de Universidades Nacionales y Presidentes de Academias Nacionales.
- Presidente del Banco Central.
- Presidentes de Bancos Nacionales.
- Titulares de Reparticiones Autárquicas.
- Vicerrectores de Universidades Nacionales.
- Directores Generales.
- Jefe del Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín, Coroneles, Capitanes
de Navío y Comodoros.
- Cónsules Generales Argentinos con Funciones en el Exterior.
- Consejeros de Embajada.
- Director de la Biblioteca Nacional y Directores de Museos Nacionales.
- Decanos de Facultades Nacionales.
- Presidentes de Colegios Profesionales Nacionales.
Ceremonias públicas con la presencia de autoridades extranjeras:
- Jefes de Estado.
- Jefes de Gobierno.
- Vicepresidentes.
- Presidentes de Poderes.
- Ministros de Relaciones Exteriores.
- Ministros de Estado.
- Enviados de la Santa Sede Apostólica.
- Embajadores en Misión Especial.
Modo de Establecer las Precedencias:
Los Ex Presidentes Constitucionales de acuerdo a la duración de sus mandatos.
Los Gobernadores por orden alfabético de sus Provincias.
Los Ministros del PEN: Interior; Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto;
Justicia; Defensa; Cultura y Educación; Economía y Obras y Servicios Públicos; Trabajo y
Seguridad Social; y Salud y Acción Social; Ministerios a ser creados por el PEN en el futuro.
Los Jefes de Estados Mayores de las Fuerzas Armadas de acuerdo a lo estipulado por el Jefe
del Estado Mayor Conjunto.
Los Secretarios de la Presidencia de la Nación: Secretaría de Inteligencia de Estado;
Secretaría Legal y Técnica; Secretaría de Turismo; Secretaría de Ciencia y Tecnología; Secretaría
de Deportes; Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el
Narcotráfico; Secretaría de Medios de Comunicación; Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente
Humano; y Secretaría de la Función Pública.
Los Secretarios Ministeriales de acuerdo al orden establecido para los Ministerios.
Los Vicepresidentes de las Cámaras de Senadores tendrán precedencia sobre los de las
Cámaras de Diputados.
Los Embajadores Argentinos con funciones en el exterior de acuerdo a la antigüedad de su
nombramiento.
Los Presidentes del Bloque de Senadores de la Nación, de acuerdo a la representación de su
partido en la Cámara en orden decreciente y ante la paridad el de mayor antigüedad tendrá
precedencia.
Los Senadores Nacionales de acuerdo al orden alfabético de sus Provincias y dentro de la
misma por la antigüedad de su mandato.
Los Presidentes del Bloque de Diputados de la Nación, de acuerdo a la representación de su
partido en la Cámara en orden decreciente y ante la paridad el de mayor antigüedad tendrá
precedencia.
Los Diputados Nacionales: de acuerdo al orden alfabético de sus apellidos.
Los Vicegobernadores de acuerdo al orden alfabético de sus Provincias.
Los Ministros Provinciales: de acuerdo al orden alfabético de sus Provincias.
Los Presidentes de los Superiores Tribunales de Justicia Provinciales: de acuerdo al orden
alfabético de sus Provincias.
Presidentes de las Cámaras de Apelaciones: de acuerdo al orden alfabético del nombre del
tribunal que presiden.
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
33
Los Subsecretarios de la Presidencia de la Nación: de acuerdo al orden de precedencia de las
Secretarías de las que dependen y dentro de la misma Subsecretaría por orden alfabético de sus
apellidos.
Los Representantes del Ministerio Público Fiscal: de acuerdo al orden alfabético del Tribunal
ante el que representan el Ministerio Público y dentro de éstos de acuerdo al número de nominación.
Los Jueces de Cámaras de Apelaciones: de acuerdo al orden alfabético del nombre del
Tribunal al que pertenecen y entre los del mismo Tribunal por orden de antigüedad.
Los Secretarios de las Cámaras Legislativas de Senadores tendrán precedencia por las de
Diputados.
Las Reparticiones Autárquicas por orden alfabético del nombre de la Repartición.
Los Rectores de las Universidades Nacionales: por orden de antigüedad de la fundación de la
Institución.
Los Presidentes de las Academias Nacionales: de acuerdo a la antigüedad de la fecha de
creación.
Los Presidentes de Bancos Nacionales: de acuerdo al orden alfabético del nombre de la
Institución.
Los Vicerrectores de las Universidades Nacionales por similitud a los Rectores.
Los Decanos de las Facultades: por orden alfabético de las Facultades.
Los Directores Nacionales de la Presidencia: tienen precedencia por los del resto de la
Administración Pública Nacional y entre ellos de acuerdo al orden alfabético de la denominación de
su cargo.
Los Jueces Nacionales y Federales: de acuerdo al orden alfabético del Tribunal a que
pertenecen y dentro del mismo de acuerdo al orden alfabético o numérico de los juzgados.
Los Directores Generales: por similitud a lo establecido para los Directores Nacionales.
Los Directores de Museos Nacionales: por orden alfabético del nombre de los museos.
Los Presidentes de los Colegios Profesionales: por orden alfabético del nombre del Colegio.
Dentro de su Provincia: el Gobernador sigue en precedencia al Presidente de la Nación.
En caso que la jerarquía diplomática. Eclesiástica o militar sea menor a la del cargo que
ocupa: la precedencia corresponde al cargo.
El funcionario que ocupa dos cargos: la precedencia se la brinda el de mayor jerarquía.
El Ministro o Secretario tendrá precedencia por sobre sus similares si la ceremonia
corresponde a su área.
En un dispositivo de palcos: el palco central será el presidencial, a su derecha el palco
diplomático y el de la izquierda el de autoridades nacionales. Dentro del palco de acuerdo al orden
de precedencia que establece esta reglamentación.
Representación Protocolar:
Ningún Funcionario podrá hacerse representar en los actos al que asiste el Presidente de la
Nación.
El funcionario que representa al Presidente de la Nación constituye la máxima autoridad del
acto por lo que será ubicado a la derecha del que preside el acto.
Salvo lo expresado anteriormente, el funcionario que represente a otro de mayor jerarquía, no
gozará de la precedencia de quien representa sino la suya propia y será ubicado con sus pares y
dentro de ellos tendrá precedencia por quien representa.
En los actos que asista el Presidente de la Nación: el Director de Ceremonial, los Edecanes y
Secretario Privado será ubicados cercanos al Presidente para cumplir con premura sus funciones.
A los actos que asista el Vicepresidente: si existe un representante del Presidente de la
Nación, el Vicepresidente tendrá la precedencia sobre el representante y será ubicado a la derecha
del que preside el acto.
Competencia Protocolar:
Cuando algún Funcionario se encontrare fuera de precedencia de esta reglamentación: la
Dirección General de Ceremonia de la Presidencia los ubicará de acuerdo al principio de analogía
con sus similares o fuera de este principio de acuerdo a los servicios prestados a la Nación y a la
humanidad.
La ubicación de los invitados a un acto: estará a cargo del organismo de ceremonial o
relaciones públicas de la repartición invitante.
El organismo de ceremonial de la repartición invitante se limitará a la comunicación y
supervisión de la ubicación de las autoridades según precedencia.
En los actos no organizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores pero que asistan
representantes del Cuerpo Diplomático Extranjero, la comunicación y supervisión se encontrará a
cargo de ceremonial del Ministerio de referencia.
En los actos provinciales o municipales a los que asisten autoridades nacionales, la ubicación
de los mismos estará a cargo de protocolo de la Nación.
En las ceremonias de carácter cívico – militar en la que participan más de una fuerza, el
Estado Mayor Conjunto será la autoridad de coordinación.
Orden de precedencia de comensales: como norma general se adoptará el criterio de:
autoridad que preside en la cabecera y luego el sistema de derecha el que sigue en jerarquía a la
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
34
izquierda el siguiente, a la derecha el que continúa y sucesivamente izquierdas y derechas hasta
completar la mesa. Para mesas con dos cabeceras el mismo criterio pero alternando el orden de
precedencia el primero con la autoridad de mayor jerarquía invitante, el segundo en precedencia con
la autoridad invitante que sigue en la cadena jerárquica y así sucesivamente hasta completar la o las
mesas.
La mesa cabecera deberá encontrarse frente a la entrada principal y no se debe dar la espalda
a este acceso.
Por regla general los asistentes a banquetes no deberán sentarse ni levantarse antes que la
autoridad que preside.
En un automóvil la precedencia mayor será en el asiento trasero a la derecha y el siguiente
lugar preferencial será a la izquierda de la autoridad principal, la tercera persona en jerarquía se
ubicará adelante a la derecha.
En un aeronave la persona de mayor jerarquía ocupará el primer asiento delantero derecho,
las que le siguen en jerarquía se irán ubicando a su izquierda hasta agotar la primer fila de asientos,
luego la segunda fila con el mismo criterio y sucesivamente. Para ascender a la aeronave la persona
de mayor precedencia lo hará en último término, en contraposición, para descender lo hará en
primer lugar.
EQUIPARACIONES JERÁRQUICAS A NIVEL NACIONAL Y PROVINCIAL
Cuerpo
Diplomático
P. Ejecutivo
C. de BS .AS.
Poder
Legislativo
Poder
Judicial
Cuerpo
Consular
Autoridades
Eclesiásticas
Cuerpo
Militar
P.Ejecutiivo
Provincial
P.Ejecutivo
Municipal
Nuncio. Embajador
Extranjero.
Vicepresidente. Jefe Gabinete Ministros.
Ministro. Secretario
de Estado. Intendente Bs. As.
Presidente Provisional
del Senado.
Presidente de la Cámara de
Diputados.
Presidente Corte
Suprema.
Cardenal Primado.
Cardenales.
Jefe del Estado Mayor
Conjunto y
Jefes de Estados
Mayores de
las Fuerzas Armadas. (3)
Gobernador. (4)
Intendente. (5)
Embajador
Argentino con
funciones en
el Exterior.
Secretarios de la
Presidencia de la Nación.. Jefe de la
Casa Militar.
Secretarios de
Ministerios.
Procurador del
Tesoro de la Nación.. Síndico
General de la
Nación. Presidente del Consejo
Supremo de las FA.
Vicepresident
e del Senado. Vicepresident
e de la
Cámara de
Diputados.
Presidentes de
Bloque Cámara
Senadores y
Diputados.
Ministro de la
Corte Suprema de Justicia.
Procurador
General de la
Nación. Fiscal
Nacional de
Investigaciones
Administrativa
s.
Cardenal.
Presidente de la Conferencia
Episcopal.
Arzobispo de Bs.
As.
Vicegobernad
or.
Presidente del
Consejo Deliberante.
Embajador Argentino
con
funciones en el País
Ministro
Plenipotenciario
Extranjero.
Presidente del Consejo
Deliberante de la
Ciudad de Bs. As.
Senadores y Diputados.
Presidente de la Cámara
Nacional de
Casación Penal.
Arzobispo. General de División (tres
estrellas).
Vicealmirante. Brigadier
Mayor.
Vicepresidente 1º del
Senado.
Presidente Cámara de
Diputados.
Presidente Superior
Tribunal de
Justicia. Ministro.
Cuerpo
Diplomático
P. Ejecutivo
C. de BS .AS.
Poder
Legislativo
Poder
Judicial
Cuerpo
Consular
Autoridades
Eclesiásticas
Cuerpo
Militar
P.Ejecutiivo
Provincial
P.Ejecutivo
Municipal
Ministro Plenipotenci
ario 1º Clase
Argentino. Ministro
Plenipotenci
ario 2º Clase. Encargado
de Negocios
Extranjero con Carta de
Gabinete.
Encargado de Negocios
Extranj. A.I.
Subsecretario Presidencia de la
Nación.
Subsecretarios Ministerios.
Subprocurador del
Tesoro. Director General de
Gendarmería y
Prefectura Naval. Jefe de la Policía
Federal.
Secretarios de Cámaras
Legislativas.
Presidente de Cámara
Federal y
Nacional Apelaciones.
Juez Cámara
Casación Penal. Juez
Cámara
Federal y Nacional de
Apelaciones.
Obispos. Ordinario
Castrense para
las Fuerzas Armadas. (1)
General de Brigada (dos
estrellas).
Contralmirante. Brigadier.
Secretario General.
Secretario Municipal.
Concejal.
Agregado Militar
Extranjero
con el grado
de
Coronel/Capi
tán de Navío/Como
doro.
Director Nacional. Rector Universidad
Nacional.
Presidente
Academia
Nacional.
Presidente Banco Central. Presidente
Banco Nacional.
Titular Repartición Autárquica.
Vicerrector
Universidad Nacional. Director
General.
Prosecretario de Cámaras
Legislativas.
Secretario Corte Suprema
de Justicia.
Juez Federal y
Nacional de 1º
Instancia.
Representante del Ministerio
Público Fiscal
ante Cámara de
Apelaciones.
Cónsul General.
Preordinario Castrense para
las Fuerzas
Armadas (2).
Capellán Mayor
de las Fuerzas
Armadas. Secretario
General del
Vicariato.
Jefe del Reg.o de Granaderos
Coronel.
Capitán
Navío.
Comodoro.
Teniente Coronel,
Capitán de
Fragata y Vicecomodor
o con cargo
de Jefes Guarnición
Militar.
Jefe de Policía.
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
35
Consejero de
Embajada.
Director de
Biblioteca
Nacional. Director
de Museo Nacional.
Decano Facultad Nacional.
Teniente
Coronel.
Capitán de
Fragata.
Vicecomodoro.
Intendente.
Cuerpo
Diplomático
P. Ejecutivo
C. de BS .AS.
Poder
Legislativo
Poder
Judicial
Cuerpo
Consular
Autoridades
Eclesiásticas
Cuerpo
Militar
P.Ejecutiivo
Provincial
P.Ejecutivo
Municipal
Secretario de Primera
Extranjero.
Secretario de Primera
Argentino.
Presidente Colegio Profesional
Nacional.
Mayor del Ejército.
Capitán de
Corbeta. Mayor Fuerza
Aérea.
Secretario de Segunda
Extranjero.
Cónsul 1º Clase.
Capitán del Ejército.
Teniente de
Navío. Capitán
Fuerza Aérea.
Consejero de
Segunda
Clase.
Cónsul 2º
Clase.
Teniente
Primero.
Teniente de
Fragata.
Primer Teniente.
Secretario de
Tercera extranjero.
Cónsul 3º
Clase.
Teniente del
Ejército. Teniente de
Corbeta.
Teniente Fuerza Aérea.
Agregado de
Embajada extranjero.
Subteniente.
Guardiamarina. Alférez.
De existir dudas o no encontrarse contemplado alguna jerarquía en esta reglamentación, se obrará por criterio de acuerdo al
principio de analogía o trayectoria en beneficio de la Nación o la Humanidad. Por ejemplo: las Autoridades de Enseñanza Privada deben encontrarse inmediatamente debajo del Ministro Provincial, debajo de éstas los Representantes Legales de las Instituciones escolares,
luego los Rectores y Directores de 1ra Categoría y así sucesivamente.
REFERENCIAS:
(1) Si no es Cardenal es Arzobispo.
(2) Si no es Obispo. (3) En la Capital Provincial el Jefe de Guarnición deberá considerarse en el mismo nivel que las Autoridades Provinciales.
(4) En sus respectivas provincias.
(5) En sus respectivos municipios.
NOVEDADES EDUCATIVAS:
NÚCLEOS DE APRENDIZAJES PRIORITARIOS
NIVEL INICIAL - 1°CICLO EGB
RESOLUCIÓN N° 214/04 - CFCE
La Dirección Pedagógica del Organismo, recuerda a los Directivos y docentes del Nivel
Inicial y Primer Ciclo de EGB, que están vigentes los NUCLEOS DE APRENDIZAJES
PRIORITARIOS (NAP) para las Áreas de Matemática, Lengua, Ciencias Sociales y Ciencias
Naturales, aprobados por Resolución N° 214/04 del Consejo Federal de Cultura y Educación.
Recomienda además, la lectura, análisis y el uso de los materiales de apoyo, con los que,
tanto Nación como Provincia, contribuyen a la tarea pedagógica y a la construcción escolar de
conocimientos:
“Conocer los saberes de nuestros alumnos” para maestros del 1° Ciclo EGB, elaborado por el
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, que aporta orientaciones para
elaborar evaluaciones diagnósticas sobre la base de los NAP, y orientaciones para después
de la implementación de la prueba.
“Creando lazos…para aportar a la construcción de igualdad de oportunidades de
aprendizajes”, publicación elaborada por el equipo Técnico de la Subsecretaría de Educación
de la Provincia, con la “intención de acompañar a los equipos directivos y docentes para la
mejor interpretación y eficaz implementación” de los NAP.
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
36
CONCIENTIZACIÓN TURÍSTICA EN LAS ESCUELAS
LEY PROVINCIAL N° 3560
“Hacer del turismo una de las oportunidades más importantes para el desarrollo
económico de la Provincia” mueve al estado a fomentar un gran número de micro proyectos en
agro turismo y turismo ecológico.
La Ley de Concientización Turística de la Provincia de Misiones N° 3560 y la Ley Federal de
Educación, Título II, Capítulo I, Artículo 5 y Capítulo II, Artículos 6 y 9, impulsan la elaboración
de acciones educativas que posibiliten a los jóvenes, ser agentes multiplicadores y defensores del
patrimonio ecológico en el ámbito familiar comunitario, local, provincial, nacional e internacional.
En el marco de estas políticas educativas, la Vice gobernación junto al Ministerio de Cultura
y Educación – CGE y SPEPM – la Subsecretaría de Turismo y la Subsecretaría de la Juventud, han
lanzado el Proyecto Integral “Concientización Turística en las Escuelas” , entendiendo que ella es el
medio ideal para trasmitir y divulgar las bellezas naturales de la Provincia y para desarrollar y
formar conductas que favorezcan las relaciones humanas con el turista.
Un proyecto institucional que incluya los contenidos curriculares de las distintas áreas
que tienden a favorecer estos aprendizajes, hará posible lograr en los niños y en la
comunidad toda, una verdadera conciencia turística.
El Proyecto propone a las Instituciones, precisamente, la elaboración de un Proyecto de
promoción turística, que les permita participar en la “Muestra Plástica, Explicativa y multimedial
de Turismo en Misiones” a llevarse a cabo en el mes de Octubre del presente año. Para ello, deberán
seguir las siguientes instancias:
Elaborar Proyectos Áulicos: Elegir un lugar turístico de la micro región turística a que
pertenece la escuela, para ser presentado en una Muestra plástica, explicativa y
multimedial.
Desarrollar el Proyecto en el aula (Agosto/05)
Organizar la instancia de exposición escolar, por ciclos de la EGB: Categoría 1, EGB 2;
Categoría 2, EGB 3 (Principios de Septiembre/05)
Elegir un Proyecto Áulico por Categoría, para participar en la instancia Municipal (Fin de
Septiembre/05).
Los Proyectos seleccionados en la instancia municipal participarán en la instancia
provincial. (Octubre/05)
Los ganadores de esta última instancia, serán premiados con un Viaje Educativo a un lugar
turístico de la República.
INTERCULTURALIDAD Y BILINGÜISMO EN EDUCACIÓN
I CONGRESO DEL MERCOSUR
Los días 8 y 9 de Septiembre de 2.005 se realizara el I CONGRESO DEL MERCOSUR:
INTERCULTURALIDAD Y BILINGÜISMO EN EDUCACIÓN, en el Centro de
Convenciones, de la Ciudad de Posadas, Misiones, Argentina.
El Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia de Misiones, asume el desafío de
instalar un marco de reflexión pluralista acerca de la problemática de las lenguas dentro del sistema
educativo, con el auspicio de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad
Nacional de Misiones y el Instituto Superior Antonio Ruiz de Montoya
Los objetivos son:
Propiciar un espacio de reflexión compartida sobre la problemática intercultural y
bilingüe de nuestra provincia y de la región, generando insumos con miras a un próximo
Congreso y a otras acciones a llevar a cabo
Promover el intercambio de experiencias con otras regiones del país y del Mercosur.
Dirigido a:
Funcionarios relacionados con la problemática educativa, supervisores, directores de
escuelas y docentes de instituciones públicas y privadas.
Investigadores, docentes y estudiantes universitarios y superiores no universitarios
Organismos No Gubernamentales interesados en la temática
Las Áreas temáticas serán:
Bilingüismo
Interculturalidad
Didáctica de las Lenguas
Políticas lingüísticas
Se desarrollarán mediante las siguientes modalidades:
Conferencias
Paneles
Relatos de Experiencias
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
37
SEGURIDAD EN ESCUELAS
Prevención de incendios y evacuación. Mantener buenas condiciones de orden y limpieza en aulas, sala de profesores, bibliotecas,
depósitos, etc. Depositar los residuos en lugares determinados para los mismos.
Destinar un espacio, bien señalizado y limpio, con acceso restringido al personal autorizado,
para almacenar los productos inflamables, usar contenedores herméticos para los líquidos
inflamables
No fumar en lugares donde existan materiales combustibles.
Mantener en óptimas condiciones las instalaciones eléctricas. Controlar su estado
periódicamente con personal especializado. No recargar los toma corrientes.
Las vías de evacuación , la ubicación de los medios de extinción y los teléfonos de emergencias,
deben ser conocidos por todos los empleados, como así también, el Plan de Evacuación
(obligatorio para un establecimiento), las salidas y los líderes.
Como utilizar un extintor (verifique que sea el adecuado para el tipo de llama)
Tirar del seguro
Colocarse a una distancia de 3 m., en la misma dirección que sopla el viento. Apuntar la
boquilla del extintor hacia la base de la llama.
Mantener el matafuegos en posición vertical y presionar el gatillo, pulsándolo sucesivamente,
no todo de una vez
Mover la boquilla de lado a lado, lentamente, siempre cubriendo el área de fuego por la base y
no por las llamas.
Condiciones edilicias
Realizar una inspección periódica de puertas y ventanas Las puertas de cristal transparentes
deben estar señalizadas. La reposición de los cristales estará a cargo de personal idóneo.
El mobiliario no debe tener aristas afiladas, clavos salientes o astillas. Reparar los pupitres y los
bancos rotos y controlar que las estanterías, armarios, pizarrones, etc., estén firmemente
asegurados a la pared.
Las escaleras deben tener barandas y antideslizantes en los escalones. Señalizar los desniveles
en el suelo
Controlar periódicamente las instalaciones de los servicios de agua, luz y gas, con personal
especializado
Los equipos a gas natural para calefacción deben tener una ventilación adecuada y las llaves de
corte, fuera del alcance de los alumnos
Riesgo eléctrico: medidas de seguridad
La instalación eléctrica debe contar con: puesta a tierra, disyuntor diferencial y llave
termomagnética independiente para cada circuito.
Evitar el uso de prolongadores; en caso necesario, utilizar cables de extensión del tipo y sección
adecuados y conectores de tres patas
No sobrecargar los tomacorrientes utilizando triples conectados en serie o cables pelados.
Desconectar una ficha de enchufe tirando de ella, nunca del cable de alimentación Los
tomacorrientes deben tener tapas protectoras.
No tocar equipos eléctricos energizados con las manos mojadas, ni dejar cables energizados al
alcance de las personas
Bibliotecas y archivos
Las estructuras, los estantes y los armarios deben estar adecuados al peso que deben soportar,
amurados firmemente y ubicados en lugares altos. Utilizar escaleras para acceder a ellos
La distancia entre los artefactos de iluminación y los libros colocados en la última estantería
debe ser de un metro como mínimo.
Prevención de resbalones y caídas
“Las causas más comunes que los provocan, son: las superficies mojadas o enceradas, los derrames
de líquidos sobre pisos, los objetos que obstruyen el paso en pasillos o habitaciones, o tirados en el
piso, la mala iluminación, etc.” Por ello
Mantener los pasillos y corredores limpios y en orden. Un derrame de líquido en el piso debe
limpiarse inmediatamente y quitar las cosas tiradas
No correr en ningún lugar del establecimiento; utilizar el pasamanos al transitar escaleras;
señalizar los pisos cuando estén mojados y encerados
No cargar objetos que obstaculicen la visión
Transporte manual de cargas (objetos y/o personas)
Evaluar el peso de la carga; si fuera necesario, solicitar ayuda
Colocarse frente a la carga a transportar, con los pies firmes y levemente separados; flexionar
las rodillas y ponerse en cuclillas
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
38
Utilizar ambas manos. Cuando se trate de una persona, tomarla por debajo del brazo. Mantener
la espalda erguida y levantarse suavemente con la fuerza de las piernas
Buscar el equilibrio, con los pies enmarcando la carga y adelantados uno respecto del otro; la
carga debe recostarse al cuerpo para permitir la visión del recorrido. No girar con la espalda,
sino con los pies
Para descargar la carga, realizar las maniobras anteriores, de manera inversa
.
Del Folleto “ Seguridad en las Escuelas”, de Berkley International ART – Especialistas en
prevención
A LOS REPRESENTANTES LEGALES
CIRCULAR Nº 34/04
ASUNTO: Decreto 1.732/04 s/aranceles 2005 Comentarios p/ la aplicación y observancia
del mismo. DECRETO Nº 1.732/04
ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE a los institutos públicos de gestión privada incorporados al
Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones que perciben aportes del Estado provincial,
a aumentar para lo que resta del ciclo lectivo 2004 hasta un veinte por ciento (20 %) los valores de
las cuotas vigentes, en cada uno de ellos, a la fecha del presente Decreto.-
ARTÍCULO 2º: APRUEBANSE los montos anuales máximos para el ciclo lectivo 2005 que en
concepto de enseñanza programática podrán percibir los Establecimientos Públicos de Gestión
Privada con aporte estatal incorporados al Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones,
que se detallan a continuación:
NIVELES Y
MODALIDADES
PORCENTAJE DE APORTE ESTATAL
100 % 80 % 70 % 60 % 50 % 40 %
1. 1. Inicial, E.G.B.1 y
E.G.B.2 1.1. 1.1. Común y adultos
1.2. Especial
$ 352
$ 1.487
$ 685
$ 3.061
$ 863
$ 3.830
$ 1.132
$ 4.964
$ 1.310
$ 5.746
$ 1.594
$ 6.866
2. 2. E.G.B.3 y Polimodal 2.1. 2.1. Común y adultos
2.2. 2.2. Técnico/Agrotécnico
$ 397
$ 595
$ 841
$ 1.254
$ 1.048
$ 1.571
$ 1.381
$ 2.080
$ 1.588
$ 2.381
$ 1.937
$ 2.905
3. 3. Superior 3.1. Docente
3.2. Técnico
$ 593
$ 748
$ 1.199
$ 1.495
$ 1.382
$ 1.693
$ 1.566
$ 1.877
$ 1.750
$ 2.075
$ 1.948
$ 2.272
ARTÍCULO 3º: LOS montos anuales máximos fijados por el artículo anterior deberán ser
fraccionados, para su percepción, en cuotas mensuales cuyo número no podrá ser inferior a nueve
(9), no pudiendo acumularse para la determinación del valor de cada cuota intereses ni recargos
por ningún concepto.-
ARTÍCULO 4º: LOS Institutos con modalidad de Jornada Completa contemplada en su plan de
estudios podrán incrementar, respecto de éstos y a los solos efectos de establecer los montos
máximos anuales a percibir en concepto de enseñanza programática, hasta en un cincuenta por
ciento (50 %) los montos establecidos en el artículo 2º del presente Decreto.-
ARTÍCULO 5º: LOS reajustes que en observancia de lo establecido en los artículos 2º y 4º del
presente Decreto realicen los Institutos para el ciclo lectivo 2005, no podrán exceder el veinticinco
por ciento (25 %) del monto total percibido por igual concepto durante el ciclo lectivo 2004.-
ARTÍCULO 6º: ESTABLECESE que el monto de la cuota de inscripción para el ciclo lectivo
2005 no podrá ser superior al quince por ciento (15 %) de los montos consignados en el artículo 2º
del presente Decreto, para cada nivel de enseñanza, modalidad y porcentaje de aporte estatal.-
ARTÍCULO 7º: EL Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones establecerá los
mecanismos necesarios de control a los efectos de la verificación de la observancia de lo dispuesto
en el presente Decreto.-
ARTÍCULO 8º: DÉJASE sin efecto en todas sus partes el Decreto Nº 2.307/93.-
ARTÍCULO 9º: REFRENDARÁ el presente Decreto el Sr. Ministro Secretario de Cultura y
Educación.-
ARTÍCULO 10º: DE FORMA.-
BOLETIN 34- B – JUNIO DE 2005
39
COMENTARIOS:
a) El Decreto es de aplicación exclusiva para aquellos Institutos que perciben aportes del Estado
provincial en los términos de la Ley Nº 2.987.
b) La autorización del artículo 1º sólo alcanza a las cuotas pendientes de cobro en el corriente ciclo
lectivo, debiendo entenderse que corresponde ser aplicada sobre la parte programática de la
cuota, con el correspondiente efecto sobre la parte extraprogramática de la misma.
c) Los montos fijados en el artículo 2º son máximos y anuales, y están referidos a la enseñanza
programática exclusivamente, no incluyéndose en ese monto otros conceptos (enseñanza
extraprográmatica, seguros, transporte, etc.) que se abonen mensualmente, como así tampoco la
cuota de inscripción para el ciclo lectivo 2005.
d) El monto de la cuota mensual programática para el ciclo lectivo 2005 se obtendrá dividiendo el
monto total autorizado por el artículo 2º por la cantidad de cuotas a percibir, las que no podrán
ser menos de nueve (9) y que deberán ser percibidas dentro del ciclo lectivo (febrero –
diciembre).
e) Los porcentajes de incremento previstos en los artículos 1º y 5º (20 % y 25 % respectivamente),
están contemplados respecto de las cuotas del ciclo lectivo 2004 y tienen el carácter de
máximos. Por aplicación de los mismos no pueden, en consecuencia, superarse los montos
fijados por el artículo 2º.
f) Lo resuelto por cada Instituto respecto de la aplicación del Decreto, deberá ser comunicado a
los padres y/o tutores de los alumnos en forma fehaciente antes del 01/12/04 y exponerlo en
forma visible en los lugares pertinentes que la institución destina para las comunicaciones a los
alumnos.
g) Las dudas que pudiesen surgir por la aplicación de este Decreto podrán ser consultadas ante la
Dirección General de Control de Gestión y Financiamiento de este Organismo hasta el
30/11/04.
DECLARACION JURADA A tenor de la autorización fijada en el artículo 7º, este Servicio establece que los representantes
legales o propietarios de los Institutos alcanzados por los términos del Decreto 1.732/04 deberán
presentar, hasta el 30/11/04, la información con carácter de declaración jurada, ante este Organismo
respecto de lo resuelto por la aplicación del citado Decreto para el ciclo lectivo 2005.
Esa información, discriminada por niveles, modalidades y porcentaje de aportes del Estado
provincial -según lo pautado en el artículo 2º del Decreto -, deberá contener como mínimo los
siguientes datos:
a) Enseñanza Programática:
Monto anual a ser percibido.
Cantidad de cuotas.
Monto de cada cuota.
Meses en que se percibirán las cuotas.
b) Otros conceptos a ser incluidos en las cuotas (en los casos en los que corresponda):
Cuota por enseñanza extraprogramática:
Cantidad y detalle de asignaturas (el máximo autorizado es de cinco)
Cuota de cada una (el máximo autorizado es del 20 % de la cuota programática por cada
una).
Cuota por seguros
Cuota por transporte
Cuota por refrigerio
Cuota por otros ítems, que deberán estar detallados.
c) Monto total de la cuota mensual (se recuerda que debe estar discriminada por niveles,
modalidades y porcentaje de aportes del Estado provincial, tal lo pautado en el artículo 2º del
Decreto Nº 1.732/04).
SOBRE EL CERTIFICADO DE APTITUD PSICOFÍSICA
A los Representantes Legales
Se les recuerda, que el Certificado de Aptitud Psicofísica (Examen prelaboral), para
aquéllos docentes que no lo tienen, puede ser extendido por la Aseguradora de Riesgo de Trabajo
contratada por la Institución que lo solicita.
Recommended