View
218
Download
0
Category
Preview:
Citation preview
"Estados de avances de la
Reforma Tributaria en Colombia.
Impacto y Efectos"
Ley 1819/2016
Maria Claudia Palacios Forero
Montt Group
Septiembre 5 de 2017
ASPECTOS GENERALES
• ASPECTOS GENERALES
– Competitividad, simplificación equidad, anti abuso y anti evasión
Régimen Tributario en Colombia
• EL DERECHO TRIBUTARIO EN COLOMBIA, HERRAMIENTA PARA
INCENTIVAR LA INVERSION EXTRANJERA
3
4
DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUNAS NACIONALES.
a. Administra, los impuestos de carácter nacional.
b. Administra los derechos de aduana e impuestos de comercio exterior.
c. Control y vigilancia del régimen cambiario en materia de importaciones y exportaciones
REGISTRO UNICO UNICO
TRIBUTARIO (RUT)
5
Registro informático de DIAN que contiene los datos de identificación de los contribuyentes tales como nombre, domicilio, razón social, actividad económica, teléfono, tributos afectos, fecha de inicio de actividades, entre otros.
Principales aspectos de la
Reforma Tributaria
¿Qué es la reforma tributaria, por qué es estructural y por qué era necesaria?
¿Qué mecanismos se implementaron para el control de la evasión?
Régimen tributario de las entidades sin ánimo de lucro
Mecanismos para promover la formalización: monotributo y costos presuntivos para la
caficultura
6
Modificaciones al impuesto de renta de las personas naturales
Modificaciones al impuesto de renta de las sociedades
Nuevos recursos para la educación
Impuesto al consumo
Nuevos recursos para mejorar la calidad del sistema de salud
7
Principales aspectos de la
Reforma Tributaria
Impuestos verdes
Los cambios en el IVA
Impuestos territoriales
Contribución de valorización
Incentivos tributarios para el posconflicto
8
Principales aspectos de la
Reforma Tributaria
CLASES DE IMPUESTOS
IMPUESTOS NACIONALES
IMPUESTOS LOCALES
MECANISMOS TRIBUTARIOS
IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y GANANCIAS
OCASIONALES
9
IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y
GANANCIAS OCASIONALES
GENERALIDADES
• Rentas de fuente nacional
• Sistema ordinario
• Tarifa y base gravable
• Sistema de comparación patrimonial
• Ingresos no constitutivos de renta
• Costos, gastos deducibles y otras deducciones
• Intereses
• Compensación de pérdidas fiscales
• Precios de transferencia
• Impuesto complementario de ganancias ocasionales
• Recaudo y recuperación en Renta
10
IVA
Generalidades
Recuperación del IVA
Determinación del impuesto
11
Nueva tarifa general, hechos que no se consideran venta, nuevos bienes que no causan.
Tarifa general del 19% a partir 2017, un punto se destina así:
• 0,5puntos: sistema de seguridad social en salud
• 0,5puntos: financiación educación.
• El 40% a educación superior publica
Bienes que dejan de ser exentos, bienes exentos con derecho a devolución dos veces en el año.
Nuevos servicios excluidos, nuevos retenedores de IVA
IVA
Obligaciones por servicios desde el exterior
• Resolución DIAN establecerá procedimiento por el cual a partir del 01-01-,18 los prestadores de servicios desde el exterior cumplirán con sus obligaciones, entre ellas la de declarar y pagar, en su calidad de responsables cuando los servicios prestados se encuentren gravados.
• No aplicará para casos previstos en No.3 Art. 437-2 ET (Retención del 100% del IVA….)
Oportunidad descuentos y deducciones, Descuento IVA activos fijos
Amnistía declaraciones IVA
Retención en la fuente Régimen simplificado
IVA
IVA- PERIODOS DECLARACION Y PAGO
(Art 196 modifica Art. 600 ET)
DECLARACION (Art.197 adiciona pgrf. al Art.602 ET, Mismo contenido ) Y PAGO
OBLIGADOS PERIODOS
BIMESTRAL YS BRUTOS AÑO ANTERIOR >92.000 UVT (2.931´)y RESP. ARTS 477 (Exentos) y 481 (Exentos con derecho a devolución)
Ene-Feb, Mar-Abr, May-Jun, Jul-Ago Sept-Oct, Nov-Dic
CUATRIMESTRAL YS BRUTOS AÑO ANTERIOR < 92.000 UVT
Ene-Abr May-Ago Sept-Dic
INICIO ACT. EN EL AÑO TODOS Bimestral
RENTAS PERSONAS JURIDICAS
Tarifas de las sociedades, sobretasa. • Se modifica la tarifa general pasando del 25% al 33%,con una
transitoriedad del 34%en el 2017.
• Por los años 2017 y 2018 se crean una sobretasa del 6%y el
4%respectivamente.
La tarifa nominal y sobretasa de Renta quedan así:
RENTAS PERSONAS JURIDICAS
Elementos de mayor y menor recaudo con la reforma
Se elimina el CREE y la sobretasa y se elimina el régimen de la Ley 1429
Se conservan las tarifas especiales ajustando algunas como las de zona franca, Se establece una tarifa general de pagos al exterior.
Se incrementó la tarifa de la renta presuntiva, Pérdidas fiscales , eliminación de exenciones, deducciones especiales
RENTAS PERSONAS JURIDICAS
RETENCION EN LA FUENTE
Clasificación de personas naturales : residentes o no residentes, extranjeros, nacionales
Clasificación renta personas naturales
Las rentas exentas y las deducciones sumadas no pueden superar del limite del 40% sobre los
ingresos, el articulo 1 de la ley 1819 del 2016 y 336 del Estatuto Tributario señalo otro limite de
5.040 UVT anuales (160.569.000$) en el 2017, que para el mes es 420 UVT y 13.380.000$ en el 2017
Retención en la fuente por pagos al exterior
CONCEPTO TARIFA
Servicios de consultoría, servicios técnicos y de asistencia técnica prestados en el país o desde el exterior.
15%
Comisiones, honorarios, arrendamientos, regalías. Intereses rendimientos financieros (créditos obtenidos en el exterior por término igual o superior a un año
Tarifa de retención en los demás casos
Ganancias ocasionales 10%
Explotación de programas de computador 80% x 33% =26,4%
Pagos a jurisdicciones no cooperantes y a regímenes tributarios preferentes
34% (2017) y 33% (2018)
DIVIDENDOS
Definición de dividendo:
• Toda distribución de beneficios, en dinero o en especie, con cargo a patrimonio… excepto la disminución de capital y la prima en colocación de acciones.
• La transferencia de utilidades de fuente nacional obtenidas a través de los establecimientos permanentes o sucursales en Colombia de personas naturales no residentes o sociedades y entidades extranjeras.
• Tarifas:
• 5% sobre utilidades que tributaron a nivel de la sociedad o el EP.
• 35% sobre utilidades que NO tributaron a nivel de la sociedad o el EP, más 5% sobre el neto entre lo que no tributo a nivel en la entidad, menos el impuesto del 35%.
Pagos al exterior
Concepto Antes Ley 1819
Servicios técnicos, asistencia técnica y consultoría 10%
10% 15%
Servicios [otros] prestados en Colombia
33% 15%
Transporte internacional 3% 5%
Regalías 33% 15%
Pagos a jurisdicciones no cooperantes o baja tributación
33% 34%-2017 33%-2018
Programas de computador 26,4% 26,4%
Intereses Deudas menos de 1 año 33% 15%
CONTENIDO DE LA CONTABILIDAD
FISCAL
Modelo de conexión formal
PERIODO DE TRANSICION FISCAL
DIFERENCIAS FISCALES EXIGIDAS
• Articulo 21-1.(Art 22RT). Modelo de Conexión Formal Para la determinación del impuesto sobre la renta y complementarios, en el valor de los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos, los sujetos pasivos de este impuesto obligados a llevar contabilidad aplicarán los sistemas de reconocimientos y medición, de conformidad con los MTNC vigentes en Colombia, cuando la ley tributaria remita expresamente a ellas y en los casos en que esta no regule la materia. En todo caso, la ley tributaria puede disponer de forma expresa un tratamiento diferente, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 1314 de 2009.
DIFERENCIAS FISCALES EXIGIDAS
• Modelo de Conexión Formal Articulo21-1.(Art22RT).
• Parágrafo1.Los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos deberán tener en cuenta la base contable de acumulación o devengo, la cual describe los efectos de las transacciones y otros sucesos y circunstancias sobre los recursos económicos y los derechos de los acreedores de la entidad que informa en los períodos en que esos efectos tienen lugar, incluso si los cobros y pagos resultantes se producen en un periodo diferente.
• Cuando se utiliza la base contable de acumulación o devengo, una entidad reconocerá partidas como activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos, cuando satisfagan las definiciones y los criterios de reconocimiento previstos para tales elementos, de acuerdo con los MTNC que le sean aplicables al obligado a llevar contabilidad.
NORMAS DE TRANSICIÓN DIFERENCIAS FISCALES EXIGIDAS
Normas de transacción
En ingresos – resultados-
En Costos
En renta Bruta
Deducciones
Renta liquida
Patrimonio Bruto
EFECTO ESFA EN MATERIA FISCAL
(Adopción por primera vez)
Artículo 289 RT
EFECTO ESFA EN MATERIA FISCAL
(Adopción por primera vez)
La re expresión de activos y pasivos, y el valor de activos y pasivos determinados por la aplicación del nuevo MTNC.
Los activos y pasivos que ya no sean reconocidos como tales
Los costos atribuidos
Los activos totalmente depreciados o amortizados
Cambio en políticas contables
Corrección de errores de periodos anteriores
Incrementos en los resultados acumulados por la conversión al nuevo MTNC
PROCEDIMIENTO – SANCIONES -
CONCILIACIONES
FINALIDAD : Liq. Oficial a inexactos u
omisos sanciones mal liquidadas.
Con base en inf. Exógena y pruebas
de presunta inexactitud
Oportunidad para declarantes y omisos
• Para declarantes : Dentro del término de firmeza
• Para omisos: Dentro del término de 5 años a partir del vencimiento del plazo.
• Incumplidos Oblig: Dentro del término previsto para imponer sanciones.
PROCEDIMIENTO – SANCIONES -
CONCILIACIONES
CONTRATOS DE COLABORACIÓN
EMPRESARIAL
Operaciones conjuntas y negocios conjuntos Art 18 ET, Art 20 RT.
• Los contratos de colaboración empresarial tales como consorcios, uniones temporales, joint ventures y cuentas en participación, no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.
• Las partes en el contrato de colaboración empresarial, deberán declarar de manera independiente los activos, pasivos, ingresos, costos y deducciones que les correspondan, de acuerdo con su participación en los activos, pasivos, ingresos, costos y gastos incurridos en desarrollo del contrato de colaboración empresarial.
• Para efectos tributarios, las partes deberán llevar un registro sobre las actividades desarrolladas en virtud del contrato de colaboración empresarial que permita verificar los ingresos, costos y gastos incurridos en desarrollo del mismo.
PRECIOS DE TRANSFERENCIA
Normas : – ET Art. 260-1 a 260-11 y 319-2
– Dec. 3030 de 2013
– Dec. 1966 de 07-Oct-14
Propósito del régimen de Precios de Transferencia
Principio de Plena Competencia (PPC) -Una operación vinculada debe hacerse en las condiciones que la realizaron partes independientes
Obligados :
Patrimonio Bruto Ingresos Brutos
UVT 100.000 61.000
29.753 2.975.300.000 1.814.933.000
QUIENES SON VINCULADOS - ORGANIZACIÓNMULTINACIONAL
• Control (directo o indirecto) entre dos empresas
• Dos empresas controladas por las mismas personas o empresas
PARAÍSOS FISCALES :
• Lista prevista en la Ley desde 2003
• Se adopta mediante D.R. 2193 del 07-oct-13, con vigencia 2014. Se excluye temporalmente –un año-Panamá, en espera de un tratado de intercambio de información)
• D.R. 1966 de 7-oct-14. Nueva lista: Incluye Panamá (vigencia 2015)
• D.R. 2095 de 21-oct-14. Excluye Panamá, Barbados, Mónaco, Emiratos Árabes Unidos.
PRECIOS DE TRANSFERENCIA
DISPOSICIONES ANTI-ABUSO, ANTI-
EVASIÓN Y ANTI-DIFERIMIENTO
Ingresos pasivos Dividendos y cualquier tipo de distribución de utilidades provenientes de participaciones
Intereses o rendimientos financieros
Ingresos derivados de la explotación de intangibles
Ingresos provenientes de la enajenación o cesión de activos que generen rentas pasivas
Ingresos provenientes de la enajenación o arrendamiento de bienes inmuebles
Ingresos provenientes de la compra o venta de bienes corporales
de servicios técnicos, asistencia técnica, administrativos etc. a partes relacionadas, bajo ciertas condiciones
CLÁUSULA GENERAL ANTI-ABUSO FALTA DE PROPÓSITO ECONÓMICO Y/O COMERCIAL
Eliminación impuesto
Reducción impuesto
Diferimiento impuesto
Incremento saldo a favor
Incremento pérdidas
Extensión de beneficios
Extensión de exenciones
Reglas ECE
(Entidades Controladas del Exterior)
Controlada por uno o más residentes fiscales colombianos (Subordinada o vinculada )
Se presume el control sobre las ECE domiciliadas, constituidas o en una jurisdicción no cooperante o de
baja o nula imposición o regímenes preferenciales
Comprenden vehículos de inversión, (Sociedades, patrimonios autónomos, trusts, negocios fiduciarios,
FIP entre otros.)
No tienen residencia fiscal en Colombia
PROCEDIMIENTO- SANCIONES
CONCILIACIONES
Procedimiento(art. 256 adiciona art. 764-1 del et)
• NOTIFICADA 1 mes para aceptar, rechazar o pedir modificacion por una unica vez con motivos de inconformidad
SI CONTRIBUYENTE SOLICITA MODIFICACION 2 meses DIAN decide con nueva l.p. o rechaza
SI DIAN NOTIFICA NUEVA L.P. 1 mes para aceptar o rechazar solicitud modificación.
Aceptación l.p. debe ser en forma total
• NOTIFICACIONES (Art. 260 adiciona Art. 764-5 del ET) – A partir del 2020, de manera electrónica.
• AMNISTIA DECLARACIONES RETEFUENTE : Comprende las presentadas ineficaces hasta 30-11-16.
Las presentan sin sanciones ni intereses Hasta 30-04-17 (4 meses siguientes vigencia ley)
Tiempo de firmeza : 3 años
PROCEDIMIENTO- SANCIONES
CONCILIACIONES
Intereses de Mora : disminuye la tasa de interés en 2 puntos% , con respecto a % de usura.
10% aplica Si la corrección se realiza después vencimiento plazo para declarar y antes emplazamiento
para corregir (Art.685) o Auto Inspección Tributaria.
OJO: corrección antes del vencimiento plazo ya no genera sanción
UGPP : La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales
PROCEDIMIENTO- SANCIONES
CONCILIACIONES
FACTURACION ELECTRONICA
Articulo 55 y 183 Ley 1607 del 2012
Decreto 2242 del 2015 factura Electrónica
Resolucion 0019 del 2016
Decreto 1349 del 2016
Articulo 308 de la ley 1819 del 2016 articulo 616-1 del Estatuto Tributario
FACTURACION ELECTRONICA
La Factura Electrónica: Los contribuyentes obligados a declarar IVA e Impuesto al Consumo deberán expedir factura electrónica a partir del 1 de enero del 2019
La obligación de Facturar Electrónicamente en el año 2017 y 2018 deberá estar basado en un criterio de evasión por sectores económicos, y también considerando el menor esfuerzo para su implementación.
Validez de la Factura Electrónica
Personas que intervienen en la facturación electrónica
FACTURACION ELECTRONICA
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE
PERSONAS NATURALES
Determinación del impuesto sobre la renta de las personas naturales
Rentas de trabajo , Rentas de pensiones, Rentas de capital, Rentas no laborales, Rentas de dividendos y participaciones
Clasificación retención personas naturales, nuevo concepto de residencia fiscal
MONOTRIBUTO :Características generalesSujetos pasivos, Sujetos excluidos,Componentes del tributo, Obligaciones Exclusión del monotributo
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE
PERSONAS NATURALES
IMPUESTOS TERRITORIALES
• Base gravable y tarifa quedara así:(Art 342RT) • La base gravable del impuesto de industria y comercio:
Está constituida por la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios percibidos en el respectivo año gravable, incluidos los ingresos obtenidos por rendimientos financieros, comisiones y en general todos los que no estén expresamente excluidos en este artículo. No hacen parte de la base gravable los ingresos correspondientes a actividades exentas, excluidas o no sujetas, así como las devoluciones, rebajas y descuentos, exportaciones y la venta de activos fijos.
• Parágrafo 3:Las reglas previstas en el artículo 28 del ET se Aplicarán en lo pertinente para efectos de determinar los ingresos del impuesto de industria y comercio.
IMPUESTOS TERRITORIALES
Nueva definición de la base gravable de ICA
Nueva definición de la base gravable de ICA
Se redefinen genéricamente los servicios taxativos o enunciativos, causación del ingreso tributario
Se redefine la territorialidad del ICA
Se implementa el formulario único nacional, sistema preferencial de ICA
ULTIMOS AVANCES DE LA
REFORMA TRIBUTARIA
Decreto 92 junio 2017
DUR 1625/2016
Concepto ESAL ante la reforma tributaria
Impuesto sobre dividendos
Precios de transferencia
Requisito ingreso a la OCDE para Colombia
47
Gracias……
Organizado en dos compañías hermanas, el Estudio de Abogados Montt y
Cia S.A. y Montt Consultores S.A., nuestro Grupo profesional presta un
servicio integrado, ya sea en Chile como en cada uno de los países en que
tenemos nuestras oficinas, todas ellas filiales directas, integradas con
profesionales locales y dependientes de nuestra red Montt Group S.A.
Nuestro Estudio de Abogados presta un servicio Full Service, contando con
especialistas en las diversas áreas del Derecho, con clara conciencia de la
oportunidad de gestión, y a precios competitivos.
Montt Consultores S.A., integrado por economistas, auditores y
contadores, se hace cargo de las tareas profesionales respectivas, auditar y
llevar contabilidades, como de tareas administrativas.
MONTT y CIA. S.A
1. Servicios Legales
Nuestros profesionales podrán atender a través de
profesionales especializados todas sus necesidades legales, en un marco de asesoramiento full service legal según requerimientos, a tarifas horarias o por montos fijos convenidos.
Los encargos podrán ejecutarse en idiomas español e inglés.
MONTT y CIA. S.A
2. Servicio de Hosting
Oferta de servicios que incluye:
• Domicilio
• Representante Legal
• Contabilidad
• Administración Tributaria y
• Apertura de Cuenta Bancaria
MONTT y CIA. S.A
3. Back Office
Para el caso que la administración de su compañía
requiere actuaciones habituales ofrecemos este
servicio, que contempla relación con los bancos
comerciales, Agente de Aduana, hacer facturas,
primera gestión de cobro de facturas, traducciones
menores.
MONTT y CIA. S.A
4. Servicio de Payroll
Consiste en la liquidación de las remuneraciones
mensuales o periódicas del personal, como la
determinación de los montos a descontar en las
entidades de seguridad social y tesorería fiscal,
incluyendo la liquidación de vacaciones y demás
beneficios laborales. Este servicio no incluye la
administración del personal propiamente tal.
MONTT y CIA. S.A
5. Servicio de Obtención de Visa
Obtención del Departamento de Extranjería
y Migración de visación para residir en
Chile; y desempeñar actividades
remuneradas, lo que habilitará al personal
favorecido para ser administrador de la
sociedad constituida.
MONTT y CIA. S.A
6. Marcas Comerciales y Nombre de
Dominios
Registro en Chile de las marcas comerciales y los
nombres de dominio propio de su organización y
demás actuaciones de protección de sus activos
intangibles.
MONTT y CIA. S.A
Montt Group
Abogados - Contadores
CHILE: Montt y Cía. S.A. Avda Los Conquistadores 1700 pisos 11 y26, Providencia, Santiago. Tel:56-2-22338266. monttcia@monttcia.cl
ARGENTINA: Montt Argentina S.A. Buenos Aires. Paraná 830 , Piso 2 y 3, Capital Federal. Tel: 54-11-48168806. San Juan, 769 Mendoza Sur monttargentina@monttargentina.com.ar
BRASIL: Montt Brasil Ltda. Alameda Campinas 463, Conjunto 01 C, Edificio Columbus JD Paulista, Sao Paulo. Tel: 55-11-31429830 monttsaopaulo@monttcia.cl
PERÚ: Montt & Associates S.A. Los Zorzales 160 Piso 3, San Isidro, Lima Tel (51-1) 4403020; Independencia 648
Miraflores Lima, Perú. Tel: (51-1) 6286120 monttperu@montperu.com.pe
COLOMBIA: Montt Colombia S.A.S. Carrera 10 No. 96-25 oficina 611, 612, 515 y 516. Chicó Reservado. Bogota D.C. Colombia. Tel 57-1-7022256 monttcolombia@monttcolombia.com.co
Montt Group
Abogados - Contadores
BOLIVIA: Montt Abogados y Consultores S.A. Obrajes, 315 12 Ignacio de Loyola Building, Piso 1, Oficina 116. Tel (591-2)2140971 (591-3) 3871542 monttcia@monttcia.com.bo La Paz - Bolivia
ECUADOR: Montt Ecuador Abogados & Consultores Av. Mariana de Jesús Oe3 – 78 y Ulloa. Tel (593) 235 19040 – 0987330431 ivonne.paez@monttgroup.com Quito – Ecuador PARAGUAY: Montt y Cia. S.A., Paraguay Las Perlas N° 4804, Villa Morra 1884. Tel (595) 21607 450 jmmoratal@monttgroup.com Asunción - Paraguay
Montt Group
Attorneys at Law - Accountants
Oficinas en Chile
1.- Antofagasta. 461 Calle Prat , Segundo Gómez Building, Oficina 1606. Tel (56-55) 892090.
E-mail: evera@monttcia.cl. 2.- Copiapó. Calle Leónidas Pérez N° 1575, Torre 3. Tel 09 63007623. E-mail: baguilera@monttcia.cl. 3.- Valparaíso. Blanco 1199 , Oficina 83-A. Tel (56-32) 222005. E-mail: eguerra@monttcia.cl 4.- Santiago.
Torre Santa María 1700 Av. Los Conquistadores Piso 11 y 26 , Providencia. Tel 56-(2) 25446800. E-mail: monttcia@monttcia.cl Litigation Division. Edificio Toga, Amunátegui 277 , Oficina 900-901, Santiago. Tel (56-2) 26885037. E-mail: germanovalle@monttcia.cl Criminal Division Pedro Montt 1771, Oficina 12, Santiago. Tel 56-(2) 5510063. E-mail: ccaamano@monttcia.cl
Montt Group
Attorneys at Law - Accountants
Oficinas en Chile
5- Concepción. O’Higgins 77 Poniente Oficina 1204.
Tel (56-41) 2737722. E-mail: rbelmar@monttcia.cl
6.- Puerto Montt. O’Higgins 167, Oficina 705.
Tel (56-65) 263760. E-mail: gfuentes@monttcia.cl
7.- Castro. Portales 555, Piso 2.
Tel (56-9) 85058353. E-mail tprieto@monttcia.cl
8.- Puerto Aysén. Ciro Arredondo 51.
Tel (56-67) 330325. E-mail: acontreras@monttcia.cl
39 años sirviendo clientes en Latino América
Abogados & Contadores
Recommended