PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

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IGTSS. Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social. INDUSTRIA METALURGICA. PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. INSTANCIA DE PRESENTACIÓN Decreto 291/007. Setiembre 2009. Comisión Tripartita Nacional de la Industria Metalúrgica. IGTSS. - PowerPoint PPT Presentation

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PREVENCION DE PREVENCION DE RIESGOS RIESGOS LABORALESLABORALES

INDUSTRIA METALURGICA

INSTANCIA DE PRESENTACIÓNDecreto 291/007

Setiembre 2009

Comisión Comisión Tripartita Nacional Tripartita Nacional de la Industria de la Industria MetalúrgicaMetalúrgica

La Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social

reseña

ANTECEDENTES

A partir de la Ley 5.350 de 1915, se creó el primer cuerpo inspectivo para el control de la limitación de la jornada de trabajo (ocho horas) en la industria.

El 26 de diciembre de 1967 nace la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social como Unidad Ejecutora.

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COMPETENCIA

Según lo determina el Convenio Internacional de Trabajo No. 81, ratificado por nuestro país y reglamentado mediante el Decreto 680/77, es la competente para inspeccionar los lugares donde se encuentren ocupados trabajadores a fin de constatar si se cumplen las normas que rigen el contrato de trabajo en materia de condiciones generales de trabajo y en el área de condiciones ambientales de trabajo.

Por tanto a la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social le compete la protección legal de los trabajadores en el empleo y en general de las condiciones de higiene, seguridad y medio ambiental en que se desarrolla toda forma de trabajo.

Sus competencias son, entre otras:

• Controlar el cumplimiento y aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias en materia laboral y de la Seguridad Social, los contratos o Convenios Colectivos y demás normativas vigentes.

• Promover en los lugares de trabajo, la adopción de medidas de seguridad e higiene que protejan la integridad física y la capacidad de trabajo del personal.

• Investigar las causas que hayan originado accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

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El Cuerpo Inspectivo está facultado para:

• Entrar libremente y sin previa notificación a cualquier hora del día o de la noche en todo lugar en que estén ocupados trabajadores.

• Examinar, controlar encuestar y realizar cualquier prueba o investigación que considere necesario.

• Interrogar solo o ante testigos al empleador o al personal de la empresa.

• Promover de oficio, según la gravedad o inminencia de peligro y de acuerdo con las normas legales, la adopción inmediata de las disposiciones de higiene o seguridad pertinentes o la clausura de los locales o sectores afectados, o de determinadas máquinas, artefactos o equipos que ofrezcan peligros para la vida o integridad física del trabajador.

reseña

INTEGRACION

El Cuerpo Inspectivo se divide en dos áreas bien definidas:

CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO

CONDICIONES AMBIENTALES DE TRABAJO

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Antecedentes Normativos en Seguridad e Higiene en el Trabajo

reseña

En 1914 se dicta la Ley 5.032 sobre Prevención de Accidentes de Trabajo.

Esta Ley en líneas generales estipula que los empresarios de establecimientos industriales, los directores de construcciones de todas clases, los que explotan minas y canteras o cualquier otro trabajo en que haya peligro para los operarios, quedan obligados, desde su promulgación, a tomar las medidas de resguardo y seguridad para el personal de trabajo, a efecto de evitar los accidentes originados en la utilización de máquinas, engranajes, etc., así como para deficiencias en las instalaciones en general.

En 1989 la Ley 16.074 sobre Accidentes de Trabajo

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Normativa Nacional y Convenios Internacionales de Trabajo

1914 Ley 5.032 Prevención de Accidentes de Trabajo

1988 Dec. 406/988 Industria, Comercio y Servicios

1989 Ley 16.074 Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

1995 Dec. 89/995 Construcción

1999 Dec. 372/999 Forestación

2005 Dec. 306/005 Tripartita Industria Química

2007 Dec. 291/007 Gestión de la Prevención a nivel de empresas

(Convenio O.I.T. Nº 155)

2009 Dec. 307/009 Riesgos relacionados con los Agentes Químicos

2009 Dec. 321/009 Actividades agropecuarias (Convenio O.I.T. Nº 184)

reseña

Decreto 406/988Prevención de Accidentes de trabajo

Ámbito de Aplicación: Público y Privado. Público y Privado.

Industria.Industria.

Comercio.Comercio.

Servicios.Servicios.

Con o sin fines de lucro.Con o sin fines de lucro.

La industria metalúrgica está comprendidaLa industria metalúrgica está comprendidaen este ámbito. en este ámbito.

Condiciones generales para edificios y locales.Condiciones generales para edificios y locales.

Seguridad en instalaciones, maquinarias, equipos Seguridad en instalaciones, maquinarias, equipos y y herramientas.herramientas.

Higiene en el trabajo y salud ocupacional.Higiene en el trabajo y salud ocupacional.

Riesgos químicos, físicos, biológicos, y Riesgos químicos, físicos, biológicos, y ergonómicos.ergonómicos.

Medios de protección personal.Medios de protección personal.

Generalidades.Generalidades.

ASPECTOS PRINCIPALES

Decreto 307/009Riesgos relacionados con los Agentes Químicos en el Trabajo

Ámbito de Aplicación:

Disposiciones mínimas obligatorias. Disposiciones mínimas obligatorias.

Actividades que comprendan la Actividades que comprendan la producción, manipulación, producción, manipulación, transporte, almacenamiento, eliminación y tratamiento de los transporte, almacenamiento, eliminación y tratamiento de los residuos, efluentes y emisiones.residuos, efluentes y emisiones.

Actividades de Actividades de mantenimiento, reparación y limpieza de mantenimiento, reparación y limpieza de equipos y recipientes utilizados para los productos y equipos y recipientes utilizados para los productos y sustancias químicas.sustancias químicas.

La industria metalúrgica está comprendidaLa industria metalúrgica está comprendidaen este ámbito. en este ámbito.

Mecanismos de informaciónMecanismos de información de peligrosidad (Etiquetado y de peligrosidad (Etiquetado y Ficha de Seguridad).Ficha de Seguridad).

Evaluación de Riesgos y Plan de Prevención.Evaluación de Riesgos y Plan de Prevención.

Vigilancia de la salud.Vigilancia de la salud.

Principios generales para la prevención de riesgos.Principios generales para la prevención de riesgos.

Medidas específicas de prevención y protección.Medidas específicas de prevención y protección.

Medidas a adoptar frente a accidentes, incidentes y Medidas a adoptar frente a accidentes, incidentes y emergencias.emergencias.

Información y formación de los trabajadores.Información y formación de los trabajadores.

Consulta y participación de los trabajadores.Consulta y participación de los trabajadores.

ASPECTOS PRINCIPALES

Gestión de las Acciones Preventivas de Riesgos

Laborales a nivel de empresas

Decreto 291/007

INDUSTRIA METALURGICA

Comisión Tripartita Nacional de la Industria Metalúrgica

Decreto 291 del 13 de Agosto de 2007

Con la sola excepción de la Industria de la Construcción y la Industria Química, que cuentan con normativa propia respecto de la gestión de la prevención de los riesgos laborales.

• Reglamentario del Convenio Internacional Nº 155

• Refiere a la obligación de definir y poner en marcha una política nacional coherente, en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

• Establece los principios, derechos y obligaciones de empleadores y trabajadores en materia de gestión de las acciones preventivas de los riesgos laborales a nivel de las empresas.

Los trabajadores tienen derecho a elegir un delegado obrero de seguridad y también a solicitar la detención de una tarea cuando existan razones fundadas para presumir que existe un riesgo grave para la vida del trabajador.

IMPULSAR LA GESTION DE LA PREVENCION DE LOS RIESGOS LABORALES

• CONOCER• ANALIZAR• PLANIFICAR• CAPACITAR• PARTICIPAR• PROMOVER

LOS FACTORES PARA EL ÉXITO DE UNA LOS FACTORES PARA EL ÉXITO DE UNA POLITICA PREVENTIVA:POLITICA PREVENTIVA:

• ESTUDIAR• EVALUAR• IMPLEMENTAR• INFORMAR• COOPERAR

Acercamiento a los riesgosAcercamiento a los riesgos

RUIDO Y VIBRACIONES

1º ACTUAR SOBRE LA FUENTE1º- ACTUAR SOBRE LA FUENTE FUENTE o o

SOBRE ELSOBRE EL MEDIO DE PROPAGACIÓN MEDIO DE PROPAGACIÓN

ELIMINACION O REDUCCION MEDIANTE:ELIMINACION O REDUCCION MEDIANTE:

• PROCESOS DE BAJO RUIDO

• AISLACIÓN

• APANTALLAMIENTOS

RUIDO Y VIBRACIONES

Uso de tacos de goma o similar

RUIDO Y VIBRACIONES

REDUCCION Y CONTROL MEDIANTE:REDUCCION Y CONTROL MEDIANTE:

• PROTECCIÓN PERSONAL

• TIEMPO DE EXPOSICIÓN

2º- ACTUAR SOBRE LA PERSONAPERSONA

RIESGOS ERGONOMICOS

1º- utilizar ayudas mecánicas

RIESGOS ERGONOMICOS

1º- utilizar ayudas mecánicas

RIESGOS ERGONOMICOS

2º- Levantar correctamente las cargas

OPERACIONES DE SOLDADURA

Formas de evitar riesgos…Formas de evitar riesgos…

OPERACIONES DE SOLDADURA

Uso de equipos en condiciones

OPERACIONES DE SOLDADURA

Uso de equipos en condiciones

1º. Actuar sobre la fuente(extracción del contaminante)

OPERACIONES DE SOLDADURA

2º. Actuar sobre la persona(protección respiratoria)

Humos metálicos,Humos metálicos, peligro presente en las peligro presente en las tareas de soldadura.tareas de soldadura.

Calzado de Calzado de seguridad,seguridad,Polainas,

Ropa de trabajoadecuada.

DELANTALDELANTAL, protección de pecho,

genitales y parte superior de miembros

inferiores.

GUANTES,GUANTES, protección de

manos.

CARETA de CARETA de SOLDEOSOLDEO

protección facial, cuello y ojos.

OPERACIONES DE SOLDADURA

Equipos de protección personal

RONDA DE PREGUNTASRONDA DE PREGUNTAS

Comisión Comisión Tripartita Nacional de la Tripartita Nacional de la Industria MetalúrgicaIndustria Metalúrgica

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