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DINERODINERO
¿Tienes en renta¿Tienes en rentauna casa o local?una casa o local?Estas son tusEstas son tusobligaciones con elobligaciones con elSATSATSi sueñas con vivir de tus rentas, considera las obligaciones fiscalesSi sueñas con vivir de tus rentas, considera las obligaciones fiscalesque un arrendador tiene ante el fisco en México.que un arrendador tiene ante el fisco en México.
jue 11 noviembre 2021 05:49 AMjue 11 noviembre 2021 05:49 AM
Es importante saber que si estás dado de alta ante el SAT como arrendador estás obligado aEs importante saber que si estás dado de alta ante el SAT como arrendador estás obligado apresentar declaraciones y pago de impuestos.presentar declaraciones y pago de impuestos. (alexsl/Getty Images/iStockphoto)(alexsl/Getty Images/iStockphoto)
Dainzú PatiñoDainzú Patiño @DainzuP@DainzuP
Las personas que tienen uno o varios inmuebles como casaLas personas que tienen uno o varios inmuebles como casa
habitación o locales comerciales y optan por ponerlos en renta en elhabitación o locales comerciales y optan por ponerlos en renta en el
mercado inmobiliario tienen obligaciones con el Servicio demercado inmobiliario tienen obligaciones con el Servicio de
Administración Tributaria (SAT), que van desde la inscripción en elAdministración Tributaria (SAT), que van desde la inscripción en el
Registro Federal de Contribuyentes (RFC), pago de los impuestosRegistro Federal de Contribuyentes (RFC), pago de los impuestos
IVA e ISR, hasta presentar declaraciones mensuales, trimestrales yIVA e ISR, hasta presentar declaraciones mensuales, trimestrales y
anuales.anuales.
En México, el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del IVAEn México, el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del IVA
(LIVA), la Ley del ISR (LISR) y reglas de carácter general(LIVA), la Ley del ISR (LISR) y reglas de carácter general
determinan y detallan estas obligaciones.determinan y detallan estas obligaciones.
¿Cuánto se paga a Hacienda por poner en renta una casa?¿Cuánto se paga a Hacienda por poner en renta una casa?
Los arrendadores tienen la obligación del pago de ISR e IVA. ElLos arrendadores tienen la obligación del pago de ISR e IVA. El
primero se paga mensualmente, y si tienes ingresos menores a losprimero se paga mensualmente, y si tienes ingresos menores a los
26,411.52 pesos al mes, se paga cada trimestre. Estas disposiciones se26,411.52 pesos al mes, se paga cada trimestre. Estas disposiciones se
detallan en los artículos 106 y 96 de la LISR.detallan en los artículos 106 y 96 de la LISR.
Las tablas para calcular el pago del ISR para personas físicas en elLas tablas para calcular el pago del ISR para personas físicas en el
Régimen de Arrendamiento se publican cada inicio de año en laRégimen de Arrendamiento se publican cada inicio de año en la
Resolución Miscelánea Fiscal, y se calculan para arrendadores conResolución Miscelánea Fiscal, y se calculan para arrendadores con
ingresos mensuales desde 644 pesos y de los 324,845 pesos eningresos mensuales desde 644 pesos y de los 324,845 pesos en
adelante.adelante.
Para el pago trimestral, el rango de ingresos va de los 1,933 y 974,535Para el pago trimestral, el rango de ingresos va de los 1,933 y 974,535
pesos en adelante.pesos en adelante.
Los niveles de las tasas que se aplican de ISR dependen del nivel deLos niveles de las tasas que se aplican de ISR dependen del nivel de
ingresos, van desde 0% cuando se tienen ingresos mensualesingresos, van desde 0% cuando se tienen ingresos mensuales
menores a los 644.58 pesos, y hasta 32% para alguien con ingresosmenores a los 644.58 pesos, y hasta 32% para alguien con ingresos
de 350,000 pesos mensuales.de 350,000 pesos mensuales.
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día.día.
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La fórmula para calcular la tasa de ISR es la misma que se aplicaLa fórmula para calcular la tasa de ISR es la misma que se aplica
para personas empleadas, es decir con base a las tablas publicadaspara personas empleadas, es decir con base a las tablas publicadas
cada inicio de año en la Resolución.cada inicio de año en la Resolución.
Esto es lo que le descuentan a tu sueldo de ISREsto es lo que le descuentan a tu sueldo de ISR
Libre de IVALibre de IVA
De acuerdo al artículo 20 de la LIVA, fracción II, no se pagará esteDe acuerdo al artículo 20 de la LIVA, fracción II, no se pagará este
impuesto por el uso o goce temporal de inmuebles destinados oimpuesto por el uso o goce temporal de inmuebles destinados o
utilizados exclusivamente para casa-habitación.utilizados exclusivamente para casa-habitación.
El pago del IVA de 16% debe realizarse cada mes, y aplica a la rentaEl pago del IVA de 16% debe realizarse cada mes, y aplica a la renta
de locales comerciales, casa habitación amueblada o inmuebles quede locales comerciales, casa habitación amueblada o inmuebles que
se destinen o utilicen como hoteles o casas de hospedaje.se destinen o utilicen como hoteles o casas de hospedaje.
¿Qué obligaciones tengo como arrendador ante el SAT?¿Qué obligaciones tengo como arrendador ante el SAT?
Si sueñas con vivir de tus rentas, considera las obligaciones fiscalesSi sueñas con vivir de tus rentas, considera las obligaciones fiscales
que un arrendador tiene ante el fisco en México.que un arrendador tiene ante el fisco en México.
Información de la Información de la página oficial del SATpágina oficial del SAT está contenida en elestá contenida en el
CFF y el capítulo III de la LISR detalla las siguientes obligaciones:CFF y el capítulo III de la LISR detalla las siguientes obligaciones:
1.- Estar inscrito en el RFC. Deberás tributar como persona física en1.- Estar inscrito en el RFC. Deberás tributar como persona física en
el el Régimen de ArrendamientoRégimen de Arrendamiento : si eres dueño de un bien: si eres dueño de un bien
inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial,inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial,
terreno o bodega y autorizas a otras personas para que lo utilicen porterreno o bodega y autorizas a otras personas para que lo utilicen por
un tiempo y fines establecidos a cambio de una cantidad periódica deun tiempo y fines establecidos a cambio de una cantidad periódica de
dinero (renta).dinero (renta).
2.- Tener actualizada tu información del RFC en cuanto a cambios de2.- Tener actualizada tu información del RFC en cuanto a cambios de
domicilio; actividad económica o en obligaciones como ladomicilio; actividad económica o en obligaciones como la
presentación de declaraciones o su periodicidad de cumplimiento;presentación de declaraciones o su periodicidad de cumplimiento;
también por la suspensión de actividades.también por la suspensión de actividades.
1. Llevar tu contabilidadLlevar tu contabilidad: si optaste por deducciones propias de tu actividad.: si optaste por deducciones propias de tu actividad.2. Expedir comprobantes electrónicosExpedir comprobantes electrónicos cuando recibas el importe de las rentas en las cuando recibas el importe de las rentas en las
cuales debes anotar el número de cuenta predial del inmueble de que se trate o, en sucuales debes anotar el número de cuenta predial del inmueble de que se trate o, en sucaso, los datos de identificación del certificado de participación inmobiliaria nocaso, los datos de identificación del certificado de participación inmobiliaria noamortizable, de acuerdo al artículo 29-A del CFF.amortizable, de acuerdo al artículo 29-A del CFF.
Para expedir comprobantes fiscales digitales (CFDI)Para expedir comprobantes fiscales digitales (CFDI)
necesitas: necesitas: firma electrónica avanzada vigente; tramitar en el SAT elfirma electrónica avanzada vigente; tramitar en el SAT el
certificado para el uso de sellos digiales; remitir los CFDI al SATcertificado para el uso de sellos digiales; remitir los CFDI al SAT
antes de su expedición, para que valide los requisitos, asigne folio, eantes de su expedición, para que valide los requisitos, asigne folio, e
incorpore el sello digital del SAT, además de emitir documentosincorpore el sello digital del SAT, además de emitir documentos
digitales de CFDIs a los clientes (arrendatarios).digitales de CFDIs a los clientes (arrendatarios).
1. Solicitar comprobantes fiscales.Solicitar comprobantes fiscales.2. Presentar declaraciones provisionalesPresentar declaraciones provisionales mensuales o trimestrales de ISR. De IVA mensuales o trimestrales de ISR. De IVA
cada mes en caso de rentar un local comercial o casa habitación. También la anualcada mes en caso de rentar un local comercial o casa habitación. También la anualdurante el mes de abril de cada ejercicio inmediato anterior. Estas se presentan másdurante el mes de abril de cada ejercicio inmediato anterior. Estas se presentan mástardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago.tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago.
También declaraciones informativas, También declaraciones informativas, en el caso de que recibasen el caso de que recibas
otros ingresos en efectivo, en moneda nacional, así como en piezasotros ingresos en efectivo, en moneda nacional, así como en piezas
de oro o de plata, cuyo monto sea superior a los 100,000 pesos.de oro o de plata, cuyo monto sea superior a los 100,000 pesos.
En caso de contar con trabajadores a los cuales les efectuaste pagosEn caso de contar con trabajadores a los cuales les efectuaste pagos
por sueldos y a las que les realizaste pagos por concepto de subsidiopor sueldos y a las que les realizaste pagos por concepto de subsidio
para el empleo (sólo para ejercicios 2016 y anteriores).para el empleo (sólo para ejercicios 2016 y anteriores).
Si tus ingresos totales del ejercicio inmediato anterior, no excedieronSi tus ingresos totales del ejercicio inmediato anterior, no excedieron
los cuatro millones de pesos, quedas relevado de presentar lalos cuatro millones de pesos, quedas relevado de presentar la
información de operaciones con terceros (DIOT) y de enviar lainformación de operaciones con terceros (DIOT) y de enviar la
contabilidad electrónica.contabilidad electrónica.
¿Qué pueden deducir los arrendadores?¿Qué pueden deducir los arrendadores?
El artículo 115 de la LISR detalla que quienes ponen en renta un bienEl artículo 115 de la LISR detalla que quienes ponen en renta un bien
inmueble pueden deducir los pagos efectuados por el impuestoinmueble pueden deducir los pagos efectuados por el impuesto
predial correspondiente al año calendario sobre dicho inmueble,predial correspondiente al año calendario sobre dicho inmueble,
contribuciones locales de mejoras, de planificación o de cooperacióncontribuciones locales de mejoras, de planificación o de cooperación
para obras públicas que afecten a los mismos.para obras públicas que afecten a los mismos.
Los gastos de mantenimiento que no impliquen adiciones o mejorasLos gastos de mantenimiento que no impliquen adiciones o mejoras
al bien de que se trate y por consumo de agua, siempre que no losal bien de que se trate y por consumo de agua, siempre que no los
paguen quienes usen o gocen del inmueble.paguen quienes usen o gocen del inmueble.
Los intereses reales pagados por préstamos utilizados para laLos intereses reales pagados por préstamos utilizados para la
compra, construcción o mejoras de los bienes inmuebles, siempre ycompra, construcción o mejoras de los bienes inmuebles, siempre y
cuando obtenga el comprobante fiscal correspondiente. Se consideracuando obtenga el comprobante fiscal correspondiente. Se considera
interés real el monto en que dichos intereses excedan del ajusteinterés real el monto en que dichos intereses excedan del ajuste
anual por inflación.anual por inflación.
Los salarios, comisiones y honorarios pagados, así como losLos salarios, comisiones y honorarios pagados, así como los
impuestos, cuotas o contribuciones que conforme a la LISR lesimpuestos, cuotas o contribuciones que conforme a la LISR les
corresponda cubrir sobre dichos salarios efectivamente pagados.corresponda cubrir sobre dichos salarios efectivamente pagados.
El importe de las primas de seguros que amparen los bienesEl importe de las primas de seguros que amparen los bienes
respectivos, y las inversiones en construcciones, incluyendorespectivos, y las inversiones en construcciones, incluyendo
adiciones y mejoras.adiciones y mejoras.
¿Qué pasa si rento mi casa y no pago impuestos?¿Qué pasa si rento mi casa y no pago impuestos?
Si estás dado de alta como arrendador estás obligado a presentarSi estás dado de alta como arrendador estás obligado a presentar
declaraciones y pago de impuestos.declaraciones y pago de impuestos.
Si el SAT detecta la llegada de ingresos sin el pago y declaración deSi el SAT detecta la llegada de ingresos sin el pago y declaración de
impuestos, el fisco puede hacer una revision hasta de tus últimosimpuestos, el fisco puede hacer una revision hasta de tus últimos
cinco años de ejercicio fiscal.cinco años de ejercicio fiscal.
Si operas en la informalidad, es decir, no estás en el RFC, no expidesSi operas en la informalidad, es decir, no estás en el RFC, no expides
CFDI, no llevas contabilidad, y el fisco detecta estos ingresos, puedeCFDI, no llevas contabilidad, y el fisco detecta estos ingresos, puede
revisarte hasta los últimos 10 años, de acuerdo con información delrevisarte hasta los últimos 10 años, de acuerdo con información del
Colegio de Contadores Públicos de México.Colegio de Contadores Públicos de México.
5 facultades que tiene el SAT5 facultades que tiene el SAT
Por ingresos no declarados, además de los impuestos, el SAT tePor ingresos no declarados, además de los impuestos, el SAT te
cobrará actualización, recargos y multas. Para desvirtuar lacobrará actualización, recargos y multas. Para desvirtuar la
presunción, el contribuyente tiene entre 15 y 20 días.presunción, el contribuyente tiene entre 15 y 20 días.
¿Cómo denunciar a alguien que renta y no paga impuestos?¿Cómo denunciar a alguien que renta y no paga impuestos?
Si rentas un inmueble como casa-habitación pide a tu casero que teSi rentas un inmueble como casa-habitación pide a tu casero que te
dé comprobante fiscal digital por cada pago que le hagas. Si no lodé comprobante fiscal digital por cada pago que le hagas. Si no lo
hace, significa que no está al corriente de sus obligaciones fiscales.hace, significa que no está al corriente de sus obligaciones fiscales.
El SAT tiene distintos medios de contacto para atender aEl SAT tiene distintos medios de contacto para atender a
contribuyentes que presenten quejas o denuncias relacionadas con:contribuyentes que presenten quejas o denuncias relacionadas con:
evasión fiscal, omisión en el pago de la participación de losevasión fiscal, omisión en el pago de la participación de los
trabajadores en las utilidades, contrabando, lavado de dinero,trabajadores en las utilidades, contrabando, lavado de dinero,
servicios proporcionados al contribuyente y en contra de agentesservicios proporcionados al contribuyente y en contra de agentes
aduanales.aduanales.
Los medios de contacto son los siguientes:Los medios de contacto son los siguientes:
Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22.Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22.Correo electrónico: Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mxdenuncias@sat.gob.mxSAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y Denuncias.En el portal del SAT: En el portal del SAT: https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denunciahttps://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia, proporcionando la información solicitada en un formulario. Una vez registrada la, proporcionando la información solicitada en un formulario. Una vez registrada laqueja o denuncia se genera un número de folio y contraseña con los cuales podrásqueja o denuncia se genera un número de folio y contraseña con los cuales podrásconsultar el estatus de la misma.consultar el estatus de la misma.Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del SAT.
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