View
86
Download
2
Category
Preview:
Citation preview
NDICE
I.-Introduccin ..................................................................................................................................................... 2
II.-Definiciones ..................................................................................................................................................... 2
III.-Aspecto Legal sobre la aplicacin de las NIIFs ............................................................................................... 4
IV.-Aspecto Tributario Diferencias Temporales y Permanentes ........................................................................ 5
V.-Aspecto contable NIC 12 ................................................................................................................................. 6
VI.-Impuesto a la Renta Corriente ....................................................................................................................... 8
VII.- Impuesto a la Renta Diferido ..................................................................................................................... 10
Pasivos por diferencias temporarias imponibles .......................................................................................... 11
Pasivos por diferencias temporarias deducibles ........................................................................................... 11
Activos por diferencias temporarias imponibles .......................................................................................... 11
Activos por diferencias temporarias deducibles .......................................................................................... 12
VIII.-Diferencias Temporales y Diferencias Temporarias .................................................................................. 12
IX.-Casustica ...................................................................................................................................................... 13
Impuesto a la renta corriente y diferido
Reconocimiento segn la NIC 12
I.-Introduccin En los momentos actuales en que la uniformidad de la informacin financiera ha tomado una
posicin determinante e importante en nuestra economa nacional y global, es necesaria y bsica la
aplicacin de las NIIFs, dichas normas incluyen el tratamiento financiero contable del Impuesto a
las Ganancias en la NIC 12
En tal sentido todo gobierno establece sus normativas fiscales para propsito de recaudacin de
impuestos a fin de financiar el gasto pblico, Por lo tanto las entidades privadas al generar gastos
e ingresos por operaciones del periodo segn las normas establecidas por el legislador podrn ser
imponible o deducibles, las cuales darn origen a las diferencias temporales es as que aquellos
gastos que no son deducibles en el periodo corriente generaran impuesto a la renta diferido a
recuperar y los ingresos que no son deducibles generaran tambin impuesto a la renta diferido a
liquidar.
Por cuanto el determinado importe adicionado o deducible a nuestra ganancia contable es nuestro
impuesto a pagar o llamado tambin impuesto corriente.
En adelante se define el marco terico y prctico del impuesto a la renta corriente y diferido en
aplicacin de la NIC 12 Impuesto a las Ganancias asimismo es preciso mencionar que se ha
considerado la reduccin de las tasas del impuesto a la renta para una comprensin integral.
II.-Definiciones Para poder comprender el tema en presentacin es necesario conocer los trminos siguientes los
cuales son aplicados en el tratamiento contable segn NIC 12.
Ganancia contable; es la ganancia neta o la prdida neta del periodo antes de deducir el gasto por el impuesto a las ganancias. De nuestras operaciones en el periodo obtenemos ingresos y gastos reconocidas de acuerdo a NIIF los cuales se derivaran al estado de resultado integral de all es donde obtenemos utilidad o perdida contable. Ganancia (prdida) fiscal es la ganancia (prdida) de un periodo, calculada de acuerdo con las reglas establecidas por la autoridad fiscal, sobre la que se calculan los impuestos a pagar (recuperar). Todo pas se regula sus propias normas tributarias las cuales definen los ingresos y gastos imponibles y deducibles por lo tanto al obtener la ganancia o prdida contable se inicia el tratamiento fiscal para determinar los gastos o ingresos aceptados temporalmente o permanentemente.
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 2
Gasto (ingreso) por el impuesto a las ganancias; es el importe total que, por este concepto, se incluye al determinar la ganancia o prdida neta del periodo, conteniendo tanto el impuesto corriente como el diferido. Al momento de calcular el impuesto a la renta corriente se interpreta que de reducir el gasto cuando exista una adicin temporal y se incrementara el gasto cuando haya una deduccin.
Las diferencias temporarias; son las que existen entre el importe en libros de un activo o pasivo en el estado de situacin financiera y su base fiscal. La contabilizacin de las operaciones se realizan en funcin a NIIF esto para una correcta e uniforme revelacin de la situacin econmica de la entidad para efectos financieros ,para efectos tributarios existir gastos e ingresos no aceptados en el ejercicio corriente pero si en ejercicios futuros estas diferencias son las llamadas temporales . Diferencias temporarias imponibles, que son aquellas diferencias temporarias que dan lugar a cantidades imponibles al determinar la ganancia (prdida) fiscal correspondiente a periodos futuros, cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado. Al momento de reconocer un activo diferido por impuesto a la renta estaremos adicionando el importe no considerado para efectos fiscales deducible en el periodo corriente asimismo al liquidar un pasivo diferido por impuesto a la renta, estaremos adicionando ya que en un periodo pasado se dedujo. Diferencias temporarias deducibles, que son aquellas diferencias temporarias que dan lugar a cantidades que son deducibles al determinar la ganancia (prdida) fiscal correspondiente a
88 IMPUESTO A LA RENTA
881 Impuesto a la renta corriente
40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES Y APORTES
AL SISTEMA DE SALUD Y DE PENSION POR PAGAR
40171 Impuesto a la Renta 3era Categ.
37 ACTIVO DIFERIDO
3712 Impuesto a la renta diferido -resultado
88 IMPUESTO A LA RENTA
882 Impuesto a la renta diferido
88 IMPUESTO A LA RENTA
881 Impuesto a la renta corriente
40 TRIBUTOS CONTRAPRESTACIONES Y APORTES
AL SISTEMA DE SALUD Y DE PENSION POR PAGAR
40171 Impuesto a la Renta 3era Categ.
49 PASIVO DIFERIDO
4912 Impuesto a la renta diferido-resultado
88 IMPUESTO A LA RENTA
881 Impuesto a la renta diferido
A
U
M
E
N
T
A
E
L
G
A
S
T
O
P
O
R
I
R
D
I
S
M
I
N
U
Y
E
E
L
G
A
S
T
O
P
O
R
I
R
---------------------X-------------------
---------------------X-------------------
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 3
periodos futuros, cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado. El recupero el activo diferido por impuesto a la renta se da como consecuencia del cumplimiento de la normativa fiscal por ende se proceder a deducir el importe que fue adicionado en el periodo anterior, por otro lado cuando el pasivo diferido por impuesto a la renta es reconocido en el periodo corriente se deducir. Base fiscal de un activo o pasivo; es el importe atribuido, para fines fiscales, a dicho activo o pasivo. Base Fiscal La base fiscal de un activo; es el importe que ser deducible de los beneficios econmicos que, para efectos fiscales, obtenga la entidad en el futuro, cuando recupere el importe en libros de dicho activo. Si tales beneficios econmicos no tributan, la base fiscal del activo ser igual a su importe en libros. La base fiscal de un pasivo; es igual a su importe en libros menos cualquier importe que, eventualmente, sea deducible fiscalmente respecto de tal partida en periodos futuros. En el caso de ingresos de actividades ordinarias que se reciben de forma anticipada, la base fiscal del pasivo correspondiente es su importe en libros, menos cualquier eventual importe de ingresos de actividades ordinarias que no resulte imponible en periodos futuros.
III.-Aspecto Legal sobre la aplicacin de las NIIFs En nuestro pas el 17 de Junio 1998 fue emitida la R.S CNC 013-98-EF/93.01 donde seala que:
Artculo 1
Los principios de contabilidad generalmente aceptados a que se refiere el artculo 223 de
la Ley General de Sociedades comprende, substancialmente, a las Normas Internacionales
de Contabilidad NICs , oficializadas mediante resolucin del Consejo Normativo de
Contabilidad, las normas sealadas por organismos de supervisin y control para las
entidades de su reas siempre que se encuentren dentro del marco terico en que se
apoyen las Normas Internacionales de Contabilidad
En paralelo a la norma citada es complemento la ley N 26887 Ley General de Sociedades que
seala de la Preparacin y Presentacin de los Estados Financieros:
Artculo 223
Los estados financieros se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones
legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el
pas.
Por ello que a partir del ao 01 de enero del 1998 es obligatorio el uso de las NICs (las cuales
cambian su denominacin a NIIFs en el ao 2001) con el propsito de uniformizar, estandarizar la
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 4
informacin financiera a nivel global y evitar distorsiones que puedan generar mal entendimiento a
los usuarios.
Tambin adicional a estas normas es necesario indicar que la R.S N 102-2010-EF/94.01.1
prescribe que las empresas supervisadas por la SMV debern presentar sus estados financieros
conforme a NIIFs emitidas por la IASB una vez oficializadas internacionalmente.
Artculo 1
Las sociedades emisoras de valores inscritos en el Registro Pblico del Mercado de
Valores, las empresas clasificadoras de riesgo, las bolsas de valores, instituciones de
compensacin y liquidacin de valores, los agentes de intermediacin, sociedades
administradoras de fondos mutuos de inversiones en valores, fondos de inversin, las
sociedades administradoras de fondos de inversin, las sociedades titulizadoras, las
empresas administradoras de fondos colectivos y las dems personas jurdicas bajo el
mbito de supervisin de CONASEV debern preparar sus estados financieros con
observancia plena de las Normas Internacionales de Informacin Financiera (NIIF), que emita
el IASB vigentes internacionalmente, precisando en las notas una declaracin en forma
explcita y sin reserva sobre el cumplimiento de dichas normas.
Las normas mencionadas han sido de necesidad mencionarlas con propsito de mostrar el marco
legal de la aplicacin de las NIIFs lo cual nos va servir para el desarrollo y comprensin del
reconocimiento del Impuesto a la Renta Corriente y Diferido en aplicacin de la NIC 12 , por lo tanto
para contabilizar un Activo o Pasivo diferido tenemos que utilizar obligatoriamente las NIIFs.
IV.-Aspecto Tributario Diferencias Temporales y Permanentes La norma tributaria en aplicacin a las Diferencias Temporales seala:
Artculo 33
La contabilizacin de operaciones bajo principios de contabilidad generalmente
aceptados, puede determinar, por la aplicacin de las normas contenidas en la Ley,
diferencias temporales y permanentes en la determinacin de la renta neta. En
consecuencia, salvo que la Ley o el Reglamento condicione la deduccin al registro
contable, la forma de contabilizacin de Las operaciones no originar la prdida de una
deduccin.
Las diferencias temporales y permanentes obligarn al ajuste del resultado segn los registros contables, en la declaracin jurada.
La norma tributaria es clara en el artculo 33 del Reglamento de Ley del Impuesto a la Renta en la cual acepta el uso de NIC 12 para el procedimiento y reconocimiento de una diferencia temporal por ello al obtener la utilidad contable emerge obligacin fiscal inmediata para agregar o retirar
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 5
conceptos temporalmente para determinar la Renta Neta de la cual obtendremos el gasto o ingreso por impuesto a las ganancias.
Trae a colacin mencionar que las diferencias permanentes no estn sealadas en la NIC 12 estas diferencias no se revertirn en periodos futuros por ende simplemente no sern aceptadas tributariamente en el periodo corriente.
Segn el artculo 44 de la ley del impuesto a la Renta son algunos se menciona algunos gastos que no son deducibles para la determinacin del Impuesto a la Renta:
Los gastos personales y de sustento del contribuyente y sus familiares. El Impuesto a la Renta. Las multas, recargos, intereses moratorios previstos en el Cdigo Tributario y, en general,
sanciones aplicadas por el Sector Pblico Nacional. Las donaciones y cualquier otro acto de liberalidad en dinero o en especie, salvo lo
dispuesto en el inciso x) del Artculo 37 de la Ley. Los gastos cuya documentacin sustentatoria no cumpla con los requisitos y caractersticas
mnimas establecidos por el Reglamento de Comprobantes de Pago. El monto de la depreciacin correspondiente al mayor valor atribuido como consecuencia de
revaluaciones voluntarias
Tambin son diferencias permanentes los gastos o costos que no se devengaron en el periodo en que se origin el hecho econmico:
Artculo 57
A los efectos de esta Ley, el ejercicio gravable comienza el 1 de enero de cada ao y finaliza el 31 de diciembre, debiendo coincidir en todos los casos el ejercicio comercial con el ejercicio gravable, sin excepcin. Las rentas de la tercera categora se considerarn producidas en el ejercicio comercial en que se devenguen
V.-Aspecto contable NIC 12
Si una entidad a estas alturas no aplica NIIFs demostrara sus estados financieros distorsionados y se encontrara inmersa en sanciones que su legislacin aplique, es por ello es importante su uso, por lo tanto al no aplicar NIC 12 ser imposible demostrar financieramente el impuesto a la renta a recuperar pagado en el ao corriente tampoco el Impuesto a la renta a liquidar en periodos futuros A continuacin se menciona el desarrollo de la mencionada norma.
Objetivo
La NIC 12 prescribe el tratamiento contable sobre el impuesto a las ganancias. El principal problema al contabilizar el impuesto a las ganancias es como tratar las consecuencias actuales y futuras de:
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 6
Expectativa de recuperar o liquidar
Tras el reconocimiento, por parte de la entidad que informa, de cualquier activo o pasivo, est inherente la expectativa de que recuperar el primero o liquidar el segundo, por los valores en libros que figuran en las correspondientes partidas.
Reconocimiento de un Activo o Pasivo diferido por Impuesto a la Renta
Cuando sea probable que la recuperacin o liquidacin de los valores contabilizados vaya a dar lugar a pagos fiscales futuros mayores (menores) de los que se tendran si tal recuperacin o liquidacin no tuviera consecuencias fiscales, la presente Norma exige que la entidad reconozca un pasivo (activo) por el impuesto diferido, con algunas excepciones muy limitadas.
Esta Norma exige que las entidades contabilicen las consecuencias fiscales de las transacciones y otros sucesos de la misma manera que contabilizan esas mismas transacciones o sucesos econmicos. As, los efectos fiscales de transacciones y otros sucesos que se reconocen en el resultado del periodo se registran tambin en los resultados
Alcance
La norma se aplicar en la contabilizacin del impuesto a las ganancias.
Para los propsitos de esta Norma, el trmino impuesto a las ganancias incluye todos los impuestos, ya sean nacionales o extranjeros, que se relacionan con las ganancias sujetas a imposicin.
El impuesto a las ganancias incluye tambin otros tributos, tales como las retenciones sobre dividendos, que se pagan por parte de una entidad subsidiaria, asociada o acuerdo conjunto, cuando proceden a distribuir ganancias a la entidad que informa.
RECUPERAR ACTIVOS
La Recuperacin (liquidacin) en el futuro del importe en libros de los activos (pasivos) que se hayan reconocido en el estado de
situacin financiera de la entidad.
LIQUIDARPASIVOS
Las transacciones y otros sucesos del periodo corriente que han sido objeto de reconocimiento de los estados
financieros.
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 7
Esta norma no aborda los mtodos de contabilizacin de las subvenciones del gobierno ,ni de los crditos fiscales por inversiones. Sin embargo, la Norma se ocupa de la contabilizacin de las diferencias temporarias que pueden derivarse de tales subvenciones o deducciones fiscales.
VI.-Impuesto a la Renta Corriente
Impuesto corriente es la cantidad a pagar (recuperar) por el impuesto a las ganancias relativo a la ganancia (prdida) fiscal del periodo.
Una vez determinada la utilidad o perdida contable obtenida por aplicacin de las Normas Internacionales de Informacin Financiera se procede a aplicar la normativa fiscal para determinar la utilidad neta o prdida neta del periodo corriente ,el procedimiento de basa en adicionar importes que temporalmente no son aceptados fiscalmente para la determinacin del impuesto a las ganancias corriente y que en un futuro de revertirn asimismo importes que en el periodo corriente se deducirn y que en periodos futuros se liquidaran a esto se une las diferencias permanentes las cuales no son aceptadas fiscalmente y jams se revertirn en un futuro , tambin se aade las prdidas fiscales de periodos anteriores las cuales se compensaran en el periodo corriente el resultado de todo lo mencionado se multiplicara por la tasa vigente del impuesto a las ganancias el cual sera nuestro Impuesto a la Renta Corriente.
Utilidad Perdida Contable 980,000
mas adiciones permanentes 50,000
mas adiciones temporales 45,000
menos deducciones -50,000
menos compensacion por perdidas -500,000
Ganancia o Perdida Fiscal 525,000
Impuesto a las Ganancias 28% 147,000IMPUESTO
A LA RENTA
CORRIENTE
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 8
Reconocimiento de Activos y Pasivos por Impuestos corrientes
El impuesto corriente, correspondiente al periodo presente y a los anteriores, debe ser reconocido como un pasivo en la medida en que no haya sido liquidado. Si la cantidad ya pagada, que corresponda al periodo presente y a los anteriores, excede el importe a pagar por esos perodos, el exceso debe ser reconocido como un activo.
El importe a cobrar que corresponda a una prdida fiscal, si sta puede ser retrotrada para recuperar las cuotas corrientes satisfechas en periodos anteriores, debe ser reconocido como un activo.
Al realizar pagos a cuenta de impuesto a la renta reconocemos una partida de pasivo con saldo deudor el cual se muestra en nuestro Estado de Situacin Financiera en el rubro Otros Activos Corrientes , nuestro cierre anual concluir tambin con un pasivo con saldo acreedor por impuesto a la renta a pagar , ambas partidas se compensaran en el ejercicio siguiente al momento que se realice la presentacin anual de los impuestos si hubiera un importe mayor de crdito se reconocer como saldo a favor por impuesto a las ganancias .
DIFERENCIAS
TEMPORALES Y
PERMANENTES
NIIFsNIIFs PYMES
MANUAL EEFFsOTRAS NORMAS CONTABLES
CONTABLE
TUO LEY IMPUESTO A LA RENTA Y REGLAMENTO
TUO LEY IGV E ISC Y
REGLAMENTOJURISPUDENCIA FISCAL
OTRAS NORMAS FISCALES
FISCAL
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 9
Cuando una prdida fiscal se utilice para recuperar el impuesto corriente pagado en periodos anteriores, la entidad reconocer tal derecho como un activo, en el mismo periodo en el que se produce la citada prdida fiscal, puesto que es probable que la entidad obtenga el beneficio econmico derivado de tal derecho, y adems este beneficio puede ser medido de forma fiable.
VII.- Impuesto a la Renta Diferido
Es la cantidad de impuesto a las ganancias que provienen de las diferencias temporales
Esto quiere decir que pueden existir operaciones que se encuentren registradas conforme a NIIFs pero para determinar la ganancia fiscal son imponibles o deducibles temporalmente por cuanto en un momento futuro estos importes cumplan con las exigencias fiscales se revertirn en recupero pagando menos impuesto a la renta o en liquidacin pagando ms impuesto a la renta , en conclusin es la cantidad del impuesto a la renta que en periodos futuros por efectos fiscales se va a recuperar o liquidar.
Para esto es necesario conocer a que nos referimos cuando decimos Activos por impuestos diferidos y Pasivos por impuestos diferidos.
Activos por impuestos diferidos; son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a recuperar en periodos futuros, relacionadas con:
a) las diferencias temporarias deducibles;
b) la compensacin de prdidas obtenidas en periodos anteriores, que todava no hayan sido objeto de deduccin fiscal; y
c) la compensacin de crditos no utilizados procedentes de periodos anteriores.
Pasivos por impuestos diferidos son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a pagar en periodos futuros, relacionadas con las diferencias temporarias imponibles.
Activo cte Pasivo cte
Impuesto a la Renta
Otros Activos ctes Pasivo no cte
Activo no cte Patrimonio
Total Activo Total Pasivo y Patrimonio
Estado de Situacin Financiera
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 10
Reconocimiento de Activos y Pasivos por Impuestos Diferidos
Pasivos por diferencias temporarias imponibles
Se reconocer un pasivo de naturaleza fiscal por causa de cualquier diferencia temporaria imponible, a menos que la diferencia haya surgido por:
a) el reconocimiento inicial de una plusvala;
b) el reconocimiento inicial de un activo o pasivo en una transaccin que:
no es una combinacin de negocios; y
en el momento en que fue realizada no afect ni a la ganancia contable ni a la ganancia (prdida) fiscal.
Pasivos por diferencias temporarias deducibles
Detrs del reconocimiento de cualquier pasivo, est inherente la expectativa de que la cantidad correspondiente ser liquidada, en futuros periodos, por medio de una salida de recursos, que incorporen beneficios econmicos.
Cuando tales recursos salgan efectivamente de la entidad, una parte o la totalidad de sus importes pueden ser deducibles para la determinacin de la ganancia fiscal, en periodos posteriores al del reconocimiento del pasivo.
En estos casos se producir una diferencia temporaria entre el importe en libros del citado pasivo y su base fiscal.
Por consiguiente, aparecer un activo por impuestos diferidos, respecto a los impuestos sobre las ganancias que se recuperarn en periodos posteriores, cuando sea posible la deduccin del pasivo para determinar la ganancia fiscal.
De forma similar, si el importe en libros de un activo es menor que su base fiscal, la diferencia entre ambos importes dar lugar a un activo por impuestos diferidos respecto a los impuestos sobre las ganancias que se recuperarn en periodos posteriores.
Activos por diferencias temporarias imponibles
Todo reconocimiento de un activo lleva inherente la suposicin de que su importe en libros se recuperar, en forma de beneficios econmicos, que la entidad recibir en periodos futuros.
Cuando el importe en libros del activo exceda a su base fiscal, el importe de los beneficios econmicos imponibles exceder al importe fiscalmente deducible de ese activo.
Esta diferencia ser una diferencia temporaria imponible, y la obligacin de pagar los correspondientes impuestos en futuros periodos ser un pasivo por impuestos diferidos.
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 11
A medida que la entidad recupere el importe en libros del activo, la diferencia temporaria deducible ir revirtiendo y, por tanto, la entidad tendr una ganancia imponible.
Esto hace probable que los beneficios econmicos salgan de la entidad en forma de pagos de impuestos.
Activos por diferencias temporarias deducibles
Se reconocer un activo por impuestos diferidos, por causa de todas las diferencias temporarias deducibles, en la medida en que resulte probable que la entidad disponga de ganancias fiscales futuras contra las que cargar esas diferencias temporarias deducibles, salvo que el activo por impuestos diferidos aparezca por causa del reconocimiento inicial de un activo o pasivo en una transaccin que:
a) No es una combinacin de negocios;
b) en el momento en que fue realizada no afect ni a la ganancia contable ni a la ganancia (prdida) fiscal.
VIII.-Diferencias Temporales y Diferencias Temporarias Las diferencias temporales son aquellas que se recuperaran o liquidaran en el periodo siguiente al
de su origen mientras las diferencias temporarias son aquellas que se recuperan o liquidan en
periodos futuros comprendiendo ms de un ejercicio.
Ejemplo de diferencias temporaria.
Base Legal:
D.L 299
Depreciacin Acelerada leasing tasa ao 01 ao 02 ao 03 ao 04 ao 05 ao 06 ao 07 ao 08 ao 09 ao 10 TOTAL
Costo del bin s/.50,000
Depreciacin Contable 10% 5,000 5,000 5,000 5,000 5,000 5,000 5,000 5,000 5,000 5,000 50,000
Depreciacion 33% 16,667 16,667 16,667 50,000
Diferencia Temporaria -11,667 -11,667 -11,667 5,000 5,000 5,000 5,000 5,000 5,000 5,000 -
ADICION PASIVO DIFERIDO DEDUCCION PASIVO DIFERIDO
DIFERENCIA TEMPORARIAS
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 12
Artculo 18
Para efectos tributarios los bienes objeto de arrendamiento financiero se consideran
activos fijos y se depreciarn durante el plazo de contrato, siendo el plazo mnimo de
depreciacin tres aos; y se encontrarn sujetos a las normas pertinentes sobre revaluacin
peridica de activos fijos.
Ejemplo de diferencia temporal.
Base Legal:
Inciso g) del Artculo 37 del TUO de La Ley del Impuesto a la Renta
Los gastos de organizacin, los gastos preoperativos iniciales, los gastos preoperativos originados por la expansin de las actividades de la empresa y los intereses devengados durante el perodo preoperativo, a opcin del contribuyente, podrn deducirse en el primer ejercicio o amortizarse proporcionalmente en el plazo mximo de diez (10) aos.
IX.-Casustica IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO (LEASING)
La empresa Nuevo Mundo Minero SAC ha efectuado la adquisicin de un cargador frontal mediante un contrato de arrendamiento financiero por un importe de s/.600,000 para ser pagado en 4 aos . Segn las polticas contables establecidas en la empresa se ha estimado la vida til del bien en 6 aos, a una tasa de depreciacin de 20%. . Segn el artculo 2 del Reglamento del Impuesto a la Renta, la maquinaria y equipo utilizada para la actividad minera computara 20% tasa de depreciacin. Se supone una utilidad contable como sigue:
Gastos de Organizacin y Preoperativos Ao 01 Ao 02
Ingresos 840,000
Gasto Contable -840,000
Perdida Contable -840,000 840,000
Adicin 840,000
Deduccin -840,000
Ganancia o Perdida Neta 0.00 0.00
DIFERENCIA
TEMPORAL
DEDUCCION ACTIVO DIFERIDO
ADICION ACTIVO
DIFERIDO DIFERIDO
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 13
La LEY 30296 QUE PROMUEVE LA REACTIVACIN DE LA ECONOMA modifica el artculo 54 del TUO del Impuesto a la Renta la cual entro en vigencia el 01.01.15, por consiguiente este cambio de tasas tendr un efecto en el Pasivo Diferido un menor pago de impuesto a la Renta en los primeros 4 aos hasta ajustar a la tasa del 27% posteriormente en el quinto ao se revertir y liquidara el pasivo diferido por lo cual se pagara ms impuesto a la renta.
En virtud del Decreto Legislativo 299 artculo 1 el cual reconoce como Arrendamiento Financiero al contrato mercantil que tiene por objeto la locacin de bienes muebles o inmuebles por una empresa locadora para el uso por la arrendataria, y su artculo 18 el cual precisa : Para efectos tributarios los bienes objeto de arrendamiento financiero se consideran activos fijos y se depreciarn durante el plazo de contrato, siendo el plazo mnimo de depreciacin tres aos; y se encontrarn sujetos a las normas pertinentes sobre revaluacin peridica de activos fijos. Desarrollo:
Calculo por el ajuste en las tasas de Impuesto a la Renta diferido Para el ajuste del pasivo diferido por impuesto a la renta, el procedimiento se basa en la reduccin de la tasa del impuesto a la renta hasta el periodo 2016, siendo la diferencia de ajuste (3% 2014),(1%,2015) y (1%2016) por ende para los periodos 2017 y 2018 no se necesita realizar ajuste ya que la diferencia de las tasas de impuesto a la renta al alinearse es cero. Diferencias en las tasas de Impuesto a la Renta
Resultado contable Ao 2014 S/.100,000
Resultado contable Ao 2015 S/.200,000
Resultado contable Ao 2016 S/.250,000
Resultado contable Ao 2017 S/.300,000
Resultado contable Ao 2018 S/.400,000
Ejercicios Gravables tasa
2015-2016 28%
2017-2018 27%
2019 en adelante 26%
Depreciacin Tasa Ao 2014 Ao 2015 Ao 2016 Ao 2017 Ao 2018 Total
Contable 20% 120,000 120,000 120,000 120,000 120,000 600,000
Tributario 25% 150,000 150,000 150,000 150,000 600,000
Deduccin -30,000 -30,000 -30,000 -30,000
Adicin 120,000
30% 28% 28% 27% 27%
Pasivo Diferido cta 49 -9,000 -8,400 -8,400 -8,100 32,400
Menor Pago de I.RMayor Pago de I.R
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 14
Ao 2014 Ao 2015 Ao 2016 Ao 2017 Ao 2018
30% 28% 28% 27% 27%
27% 27% 27% 27% 27%
3% 1% 1% 0% 0%
Tasa ajustar
El Pasivo Diferido que no ser liquidado por disminucin de las tasas del impuesto a la renta es S/1,500. Asimismo considerar que para el caso prctico formulado la vida til del bien se estim al 2018 por lo cual no se realizara ajustes por los aos siguientes.
Calculo por el ajuste en las tasas de I.Renta
Ao 2014 Ao 2015 Ao 2016 Ao 2017 Ao 2018 Total
3% 1% 1% 0% 0%
-900 -300 -300 - - -1,500
Tasa ajuste Depreciacin
Importe de Ajuste
Tasa Ajustar
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 15
Contable Tributario
Resultado Contable 100,000 100,000
Deduccin Depreciacion -30,000 -30,000 -9,000
Renta Neta Imponible 100,000 70,000 -30,000 -9,000
Impuesto a la Renta 30% 30,000 21,000 9,000
cta Debe Haber
88 Impuesto a la Renta 21,000
881 Impuesto a la Renta-Corriente
40 Tributos,Contraprestaciones al Sistema de
Pensiones y de Salud por Pagar
4017Impuesto a la Renta 3era Categ. 21,000
x/x Por el impuesto a la renta corriente
cta Debe Haber
88 Impuesto a la Renta 9,000
882 Impuesto a la Renta-Diferido
49 Pasivo Diferido
4912 Impuesto a la Renta Diferido-resultado 9,000
x/x Por el pasivo tributario diferido generado
por la depreciacin .
cta Debe Haber
49 Pasivo Diferido 900
4912 Impuesto a la Renta Diferido-resultado
88 Impuesto a la Renta 900
882 Impuesto a la Renta-Diferido
x/x Por el ajuste al impuesto a la renta diferido
cta Debe Haber
49 Pasivo Diferido 300
4912 Impuesto a la Renta Diferido-resultado
88 Impuesto a la Renta 300
882 Impuesto a la Renta-Diferido
x/x Por el ajuste al impuesto a la renta diferido
cta Debe Haber
49 Pasivo Diferido 300
4912 Impuesto a la Renta Diferido-resultado
88 Impuesto a la Renta 300
882 Impuesto a la Renta-Diferido
x/x Por el ajuste al impuesto a la renta diferido
Denominacin
Denominacin
Denominacin
Denominacin
Denominacin
Ao 2014 NIC 12
Diferencia
Temporal
I.Renta
Diferido
CTA 88 GASTO
I.R
40 IMP.
CORRIENTE
49 PASIVO
DIFERIDO
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 16
Contable Tributario
Resultado Contable 200,000 200,000
Deduccin Depreciacion -30,000 -30,000 -8,400
Renta Neta Imponible 200,000 170,000 -30,000 -8,400
Impuesto a la Renta 28% 56,000 47,600 8,400
cta Debe Haber
88 Impuesto a la Renta 47,600
881 Impuesto a la Renta-Corriente
40 Tributos,Contraprestaciones al Sistema de
Pensiones y de Salud por Pagar
4017 Impuesto a la Renta 3era Categ. 47,600
x/x Por el impuesto a la renta corriente
cta Debe Haber
88 Impuesto a la Renta 8,400
882 Impuesto a la Renta-Diferido
49 Pasivo Diferido 8,400
4912 Impuesto a la Renta Diferido-resultado
x/x Por el pasivo tributario diferido generado
por la depreciacin .
Denominacin
Denominacin
NIC 12
Diferencia
Temporal
I.Renta
Diferido
Ao 2015
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 17
Contable Tributario
Resultado Contable 250,000 250,000
Deduccin Depreciacin -30,000 -30,000 -8,400
Renta Neta Imponible 250,000 220,000 -30,000 -8,400
Impuesto a la Renta 28% 70,000 61,600 8,400
cta Debe Haber
88 Impuesto a la Renta 61,600
881 Impuesto a la Renta-Corriente
40 Tributos,Contraprestaciones al Sistema de
Pensiones y de Salud por Pagar
4017 Impuesto a la Renta 3era Categ. 61,600
x/x Por el impuesto a la renta corriente
cta Debe Haber
88 Impuesto a la Renta 8,400
882 Impuesto a la Renta-Diferido
49 Pasivo Diferido 8,400
4912 Impuesto a la Renta Diferido-resultado
x/x Por el pasivo tributario diferido generado
por la depreciacin .
Ao 2016
Denominacin
Denominacin
NIC 12
Diferencia
Temporal
I.Renta
Diferido
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 18
Contable Tributario
Resultado Contable 300,000 300,000
Deduccin Depreciacin -30,000 -30,000 -8,100
Renta Neta Imponible 300,000 270,000 -30,000 -8,100
Impuesto a la Renta 27% 81,000 72,900 8,100
cta Debe Haber
88 Impuesto a la Renta 72,900
881 Impuesto a la Renta-Corriente
40 Tributos,Contraprestaciones al Sistema de
Pensiones y de Salud por Pagar
4017 Impuesto a la Renta 3era Categ. 72,900
x/x Por el impuesto a la renta corriente
cta Debe Haber
88 Impuesto a la Renta 8,100
882 Impuesto a la Renta-Diferido
49 Pasivo Diferido
4912 Impuesto a la Renta Diferido-resultado 8,100
x/x Por el pasivo tributario diferido generado
por la depreciacin .
Ao 2017
Denominacin
Denominacin
NIC 12
Diferencia
Temporal
I.Renta
Diferido
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 19
Contable Tributario
Resultado Contable 400,000 400,000
Adicin Depreciacin 120,000 120,000 32,400
Renta Neta Imponible 400,000 520,000 120,000 32,400
Impuesto a la Renta 27% 108,000 140,400 -32,400
cta Debe Haber
88 Impuesto a la Renta 140,400
881 Impuesto a la Renta-Corriente
40 Tributos,Contraprestaciones al Sistema de
Pensiones y de Salud por Pagar
4017 Impuesto a la Renta 3era Categ. 140,400
x/x Por el impuesto a la renta corriente
cta Debe Haber
49 Pasivo Diferido 32,400
4912 Impuesto a la Renta Diferido-resultado
88 Impuesto a la Renta 32,400
882 Impuesto a la Renta-Diferido
x/x Por la reversin del Pasivo diferido
Denominacin
Ao 2018
Denominacin
NIC 12
Diferencia
Temporal
I.Renta
Diferido
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 20
IMPUESTO A LA RENTA DIFERIDO SIN IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE (COMPENSACION DE PRDIDAS)
La empresa El Limeo SAC como resultado de sus operaciones comerciales en el periodo 2014, presento el siguiente Estado de Resultado Integral:
32,400 9,000
900 8,400
300 8,400
300 8,100
33,900 33,900
cta 491
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 21
La mencionada entidad determinara sus Diferencias Temporales y Permanentes de acuerdo a los siguientes datos:
Depreciacin Acelerada por Leasing Financiero
Costo de la Maquina s/.300,000
Tiempo del contrato 4 aos, tasa de depreciacin 25%.
Tasa depreciacin contable segn su vida til 10%.
Calculo del Pasivo Diferido del primer periodo:
S/.300, 000x25% = s/75,000 ( Base Fiscal)
S/.300, 000x10% =s/.30, 000 (Base Contable)
S/.45, 000 Diferencia Temporal cta 49
Mayor tasa de Depreciacin
Costo de la Maquina s/.150, 000
Vida Util estimada 5 aos tasa de depreciacin contable 20%
Tasa de depreciacin Tributaria 10%
Calculo del Activo Diferido del primer periodo:
S/.150, 000x20% = s/30,000 (Base Contable)
S/.150, 000x10% =s/.15, 000 (Base Tributaria)
Ingresos Operacionales
Ventas Netas 350,256.00
Total Ingresos Brutos 350,256.00
Costo de Ventas -180,000.00
Utilidad (Perdida) Bruta 170,256.00
Gastos de Venta -150,000.00
Gastos de Adnministracin -180,000.00
Otros Gastos -2,780.00
Otros Ingresos 7,800.00
Utilidad (Perdida ) Operativa -154,724.00
Ingresos Financieros 3,860.00
Gastos Financieros -5,052.00
Prdida contable -155,916.00
El Limeo SAC
Al 31 de Diciembre 2014
(expresado en nuevos soles)
Estado de Resultado Integral
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 22
S/.15,000 Diferencia Temporal cta 37
Provisin de Cobranza Dudosa
En Noviembre 2014 se realiz la provisin de cobranza dudosa
por s./1,250 Diferencia Temporal cta 37
Para el presente caso prctico no se tomara en cuenta el importe menor a 3UIT para el castigo segn norma SUNAT
Desmedro de existencias
En el mes de Diciembre 2014 se registr la provisin por desmedro sin destruirlas
por s/5,000 Diferencia Temporal cta 37
Tributos Asumidos de Terceros
En el periodo 2014 la entidad asumi el impuesto de primera categora por alquiler mensual de s/1,500
Clculo del impuesto pagado:
Merced conductiva s/. 1,500 x5%x 12 meses = s/900 Diferencia Permanente
La entidad no realizo el ajuste por la reduccin de la tasas del Impuesto a la Renta que segn l LEY 30296 QUE PROMUEVE LA REACTIVACIN DE LA ECONOMA modifica el artculo 54 del TUO del Impuesto a la Renta la cual entro en vigencia el 01.01.15.
Desarrollo:
Depreciacin Acelerada
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 23
Mayor tasa de Depreciacin Contable
Cobranza Dudosa
Desmedros de Existencias
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 24
Tributos Asumidos por Terceros
Determinacin de la Prdida Neta
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 25
Asientos Contables
La NIC 12 en el prrafo 34, y 77 seala:
Prrafo 34
Prdidas y crditos fiscales no utilizados
Debe reconocerse un activo por impuestos diferidos, siempre que se puedan compensar, con ganancias fiscales de periodos posteriores, prdidas o crditos fiscales no utilizados hasta el momento, pero slo en la medida en que sea probable la disponibilidad de ganancias fiscales futuras, contra los cuales cargar esas prdidas o crditos fiscales no utilizados.
Prrafo 77
Gastos por el impuesto a las ganancias
Gasto (ingreso) por el impuesto a las ganancias relativo a las ganancias o prdidas de las actividades ordinarias
El gasto (ingreso) por impuestos, relacionado con el resultado de las actividades ordinarias, deber presentarse en el estado del resultado integral.
Si una entidad presenta los componentes del resultado en un estado de resultados separado como se describe en el prrafo 81 de la NIC 1 Presentacin de Estados Financieros (revisada
Prdida Contable -155,916 -155,916
Diferencias Permanentes
Impuestos asumidos de terceros 900 900
Diferencias Temporales
Adiciones
Mayor tasa de depreciacin contable 15,000 15,000 4,500
Provicin de cobranza dudosa 1,250 1,250 375
Desmedro de existencias 5,000 5,000 1,500
Deducciones
Depreciacin Acelerada por Leasing Financiero -45,000 -45,000 -13,500
Perdida Neta -155,016 -178,766 -23,750 -7,125
30% gasto o ganancia por Imp Renta -46,505 -53,630 -7,125
Diferencia
Temporal
NIC 12
Denominacin TributarioContable
Impuesto
a la Renta
Diferido
cta 37 y 49
Impuesto a
la Renta
Diferido
cta 37
Activo
Diferido
cta 88
Ingreso por
I.R
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 26
en 2007), presentar el gasto (ingreso) por impuestos relacionado con el resultado de actividades ordinarias en ese estado separado.
Por ende en virtud de lo precisado en la norma se reconoce el activo diferido por la prdida obtenida en el periodo corriente por lo tanto el efecto de la cuenta 88 Impuesto a la Renta ser Ingreso por Impuesto a las ganancias tal como se menciona en el prrafo 5 Definiciones y el prrafo 77 Gasto por Impuesto a las Ganancias de la presente norma.
Balance de Comprobacin
cta Denominacin Debe Haber
37 Impuesto a la Renta 53,629.80
3712 Impuesto a la Renta Diferido Resultado
88 Impuesto a la Renta 53,629.80
881 Impuesto a la Renta-Corriente
x/x Por el activo diferido de las perdidas corrientes
2014
cta Denominacin Debe Haber
37 Impuesto a la Renta 6,375.00
3712 Impuesto a la Renta Diferido Resultado
88 Impuesto a la Renta 6,375.00
882 Impuesto a la Renta-Diferido
x/x Por el activo diferido de las diferencias
temporales.
cta Denominacin Debe Haber
88 Impuesto a la Renta 13,500.00
882 Impuesto a la Renta-Diferido
49 Pasivo Diferido 13,500.00
4912 Impuesto a la Renta Diferido Resultado
x/x Por el pasivo diferido de las diferencias
temporales.
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 27
CTA DESCRIPCION DEBE HABER DEBE HABER ACTIVO PASIVO Y PATRIMONIO PERDIDA GANANCIA
101 Caja 35,000.00 35,000.00
1041 Ctas ctes en Ionst. financ-ctas ctes op. 25,000.00 25,000.00
1212 Facturas boletas y otros comprob.por cobrar emit. En cartera 155,916.00 155,916.00
1911 Ctas por cobrar comerciales terceros facturas boletas y otros comprob. 1,250.00 - 1,250.00
20111 Mercaderias manufacturadas mercaderias manufacturadas costo 20,000.00 20,000.00
33311 Maquinaria y equipo de explot. Costo de adq. O construcc 450,000.00 450,000.00
3712 Impuesto a la renta diferido resultado 60,004.80 60,004.80
3721 Activo diferido intereses diferidos interses no devengados en transac, 70,500.00 70,500.00
39124 Depreciacin acumulada -act. Ad. En arrend financ. Inm. Maq. Equipo 60,000.00 60,000.00
40111 Gob. central Impuesto gral a las vtas-cta porpia 12,500.00 12,500.00
40171 Gob.central Impuesto a la Renta renta de 3era categ. 80,650.00 80,650.00 -
4031 Instituciones publicas ESSALUD 5,600.00 5,600.00
4032 Instituciones publicas - ONP 4,500.00 4,500.00
4111 Remuneraciones por pagar - sueldos y salarios por pagar 35,600.00 35,600.00
4151 Beneficios sociales de trabajdores por pagar compensacion por tiempo de servicios 2,580.00 2,580.00
4212 Facturas boletas y otros comprobantes por pagar emitidas 226,850.00 226,850.00
4411 Ctas por pagar a los accionistas (socios) directores y gerentes prestamo 339,102.00 339,102.00
4552 Contratos de arrendamiento financiero 225,000.00 225,000.00
4912 Impuesto a la renta diferido resultado 13,500.00 13,500.00
5011 Capital social 80,000.00 80,000.00
6011 Mercaderias - mercaderias manufacturadas 280,000.00
61111 Mercaderias mercaderias manufacturadas 280,000.00
6211 Remuneraciones -sueldos y salarios 123,750.00
6322 Asesoria y consultoria legal tributaria -
6361 Servicios basicos energia electrica 2,850.00
6363 Servicios basicos agua 660.00
6364 Servicios basicos telefono 1,870.00
6371 Publicidad publicaciones relaciones publicas publicidad 150,000.00
6419 Tributos otros 900.00
656 Suministros 48,720.00
65513 Costo neto de Enajenacin de activos inmov. Inm. Maquinaria equipo 2,780.00 2,780.00
676 Diferencia de cambio 5,052.00 5,052.00
68411 Valuacion de activos estimacin de ctas de cobranza dudosa 1,250.00
69111 Mercaderias mercaderias manufacturadas terceros 175,000.00 175,000.00
6951 Gastos por desvalorizacin de existencias 5,000.00 5,000.00
70111 Mercaderias mercaderias manufacturadas 350,256.00 350,256.00
7599 Otros ingresos de gestion otros ingresos de gestion 7,800.00 7,800.00
776 Diferencia de cambio 3,860.00 3,860.00
79 Cargas imputables a cta de costos y gastos 330,000.00
94 Gastos de venta 150,000.00 150,000.00
95 Gastos de administracin 180,000.00 180,000.00
88 Impuesto a la renta diferido 46,504.80 46,504.80
TOTALES 1,964,898.00 1,964,898.00 60,004.80 60,004.80 897,070.80 1,006,482.00 517,832.00 408,420.80
- 109,411.20 109,411.20
1,006,482.00 1,006,482.00 517,832.00 517,832.00
SALDO MAYOR AL 31.12.2014 AJUSTES Y TRANSFERENCIAS BALANCE RESULTADO POR FUNCION
El Limeito SAC Hoja de trabajo al 31.12.14
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 28
Estado de Resultado Integral incluyendo el ahorro tributario obtenido por la prdida contable del ejercicio corriente
LLENADO DEL PDT 692
Ingresos Operacionales
Ventas Netas(Ingresos Operacionales) 350,256.00
Total Ingresos Brutos 350,256.00
Costo de Ventas -180,000.00
Utilidad (Perdida) Bruta 170,256.00
Gastos de Venta -150,000.00
Gastos de Adnministracin -180,000.00
Otros Gastos -2,780.00
Otros Ingresos 7,800.00
Utilidad (Perdida ) Operativa -154,724.00
Ingresos Financieros 3,860.00
Gastos Financieros -5,052.00
Resultado antes de Impuesto a la Renta -155,916.00
Gasto por Impuesto a las ganancias 46,504.80
Ganancia (Perdida) neta del ejercicio -109,411.20
El Limeo SAC
Estado de Resultado Integral
Al 31 de Diciembre 2014
(expresado en nuevos soles)
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 29
AJUSTE EN LAS TASAS DEL IMPUESTO A LA RENTA NIC 12 - NIC 8
* A partir del ao 2019 la tasa de I. Renta es de 26% hasta el 2024, es por ello que el ajuste de tasas para el 2014 es 4%.
Depreciacin Acelerada por leasing Financiero
Deduccin 45,000
Tasa ao 2014 30%
Tasa ao 2017 27%
Tasa ajuste Depreciacin 3%
Importe de Ajuste 1,350
Desmedro de existencias
Adicin 5,000
Tasa ao 2014 30%
Tasa ao 2015 28%
Tasa ajuste Depreciacin 2%
Importe de Ajuste 100
Provicin de cobranza dudosa
Adicin 1,250
Tasa ao 2014 30%
Tasa ao 2015 28%
Tasa ajuste Depreciacin 2%
Importe de Ajuste 25
Mayor tasa de depreciacin contable
Adicin 15,000
Tasa ao 2014 30%
Tasa ao 2019 26%
Tasa ajuste Depreciacin 4%
Importe de Ajuste 600
Prdida tributaria 2014
Adicin 178,766
Tasa ao 2014 30%
Tasa ao 2015 28%
Tasa ajuste Depreciacin 2%
Importe de Ajuste 3,575
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 30
Prdida tributaria 2014
Adicin 178,766
Tasa ao 2014 30%
Tasa ao 2015 28%
Tasa ajuste Depreciacin 2%
Importe de Ajuste 3,575
cta Denominacin Debe Haber
59 Resultados Acumulados 2,950.00
5921 Prdida Acumulada
37 Impuesto a la Renta 4,300.00
3712 Impuesto a la Renta Diferido Resultado
49 Pasivo Diferido 1,350.00
4912 Impuesto a la Renta Diferido Resultado
x/x Por el ajuste de tasas de imp.a la renta.
El asiento de ajuste por omisin no se realizo en el periodo 2014 ,por ende en aplicacin de la NIC 8
se procedera a subsanar el error en el periodo 2015.
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 31
IMPUESTO A LA RENTA CORRIENTE Y DIFERIDO
ACTUALIDAD EMPRESARIAL 32
Pgina en blanco
Recommended