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“El Tigre Verde”www.eltigreverde.blogspot.com
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El presente trabajo es
una producción de:
Provincia de Buenos Aires
Distrito de Tigre – Ricardo Rojas
Contaminación Industrial y
basura domiciliaria
Arroyo Darragueira
100 metros de realidad ambiental
Secuencia de fotografías históricas
correspondientes a solo 100 metros de
este curso de agua, cuyo punto crítico
se encuentra ubicado en la intersección
del dicho arroyo y la calle Saavedra,
Ricardo Rojas, Tigre, Pcia. de Buenos
Aires.
Arroyo Darragueira
El arroyo Darragueira obturado por
basura domiciliaria.
Arroyo Darragueira
Basural Clandestino a cielo abierto.
Tigre - Ricardo Rojas
Arroyo Darragueira y la calle Saavedra.
Contaminación Industrial
TIGRE, 3 de octubre de 2006
Ordenanza Nº 2753/06
ARTICULO 1.- Declárase de Interés Municipal el mejoramiento de la
situación integral de la cuenca del Arroyo Las Tunas, como parte de
un plan integral de mejoramiento de los cursos de agua en el
Distrito. (El arroyo Darragueira es afluente del arroyo Las Tunas)
ARTICULO 4.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a disponer
clausuras temporarias y/o definitivas, en el marco de la normativa
vigente en el orden municipal y provincial, de todos aquellos
establecimientos que no cumplan con los parámetros convenidos
para el cumplimiento del objetivo determinado en el artículo 1º de la
presente Ordenanza.
Saneamiento
En Junio de 2009, en la página Web de la
Municipalidad de Tigre, se dejó constancia que se
licitó y estaba en proceso de adjudicación, la obra
de “saneamiento” del arroyo Darragueira, Bibiloni,
Las Tunas y Artigas. ¿¿??
Daño ambiental
El daño ambiental visto anteriormente,corresponde solo a la realidad de 100metros del arroyo Darragueira, en territoriode la localidad de Ricardo Rojas, Tigre, Pcia.de Buenos Aires.
¿Que es el Daño ambiental colectivo?
El daño ambiental colectivo, es el daño que
resulta sobre algún elemento del
ambiente, con prescindencia de que éste se
traduzca en un daño sobre una persona o sus
bienes. La nueva ley General del ambiente, lo
define como “toda alteración relevante que
modifique negativamente el ambiente, sus
recursos, el equilibrio de los ecosistemas o
los bienes o valores colectivos.”
Obligación de reparar.
La ley de presupuestos mínimos 25675, determinaque el “daño ambiental de incidencia colectiva”, dalugar a la recomposición, o reparación en natura,en forma prioritaria y sin hacer lugar al derecho depreferencia del damnificado por el resarcimientopecuniario existente en el derecho civil.
Seguro ambiental obligatorio.
Según el artículo 22 de la Ley 25675, "toda personafísica o jurídica, pública o privada, que realiceactividades riesgosas para el ambiente, los ecosistemasy sus elementos constitutivos, deberá contratar unseguro de cobertura con entidad suficiente paragarantizar el financiamiento de la recomposición deldaño que en su tipo pudiere producir". "Según el caso ylas posibilidades, podrá integrar un fondo derestauración ambiental que posibilite lainstrumentación de acciones de reparación".
La Resolución 1398/08 permitió hacer operativala obligación que establece la Ley General delAmbiente (ley 25.675), al permitir al sectorasegurador ofrecer pólizas en el mercado,destrabando el último impedimento para laaplicación de esa norma.
Idea y Realización:
Ricardo BarbieriProducción:
El Tigre VerdeContacto:
www.eltigreverde.blogspot.com
eltigreverde@gmail.com
FIN
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