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UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE
LA SELVA
“DELIMITACION DE LA FAJA MARGINAL DEL MARGEN DERECHO DE LA QUEBRADA ZOOCRIADERO”
CURSO : MITIGACIÓN DE DESASTRES
DOCENTE : Ing. BUSTAMANTE SCAGLIONI, Erle
ALUMNOS : ELESCANO PANDURO, Marilim
GANZ FLORIDO, Jhasmin
GRANDES GONDORA, Jose
PANDURO SABOYA, Percy
TINGO MARIA – PERU
2014
I. INTRODUCCION
El presente estudio trata de la delimitación de la faja marginal hacia la margen
derecha de la quebrada Zoocriadero - Unas, de 116 ml aproximadamente en
longitud, propuesta según los criterios técnicos y sociales en el Marco de la
Ley de Recursos Hídricos Ley Nº 29338 y sus normas anexas. A fin que la
universidad defina sus areas intangibles.
El criterio hidrológico como social, ha permitido definir el límite inferior,
conocido como el máximo nivel que alcanza las aguas en temporada de
crecidas, y que a partir de esta, se ha establecido la referida faja marginal de
un ancho variable de 8 m para la fuente principal, El Piurano, mientras de 4m y
5m para las fuentes efímeras quebradas Uno, Dos y Tres, necesarios para
mantener el cauce, permitir la vigilancia y el uso primario de las aguas,
constituyendo así una zona de transición entre el medio acuático y terrestre.
En tal sentido, se presenta el estudio para la evaluación y aprobación de los
límites terrestres de la faja marginal para el saneamiento físico legal del predio
de la recurrente por la Administración Local de Agua Tingo María.
II. OBJETIVO
Establecer los límites del margen derecho de la faja marginal de la
quebrada Zoocriadero – UNAS.
III. BASE LEGAL.
Artículo 74°Faja Marginal, Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338.
Artículo 108° -122° Protección del Agua, Clasificación de los
cuerpos de agua, cauces, riberas y fajas marginales. Bienes de
dominio público hidráulico, fijadas por la Autoridad Administrativa del
Agua, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, D.S. N° 001-2010-
AG.
Artículo 4° - 17° Aspectos generales, dimensiones, actividades y
propiedades de la faja marginal para su regulación, delimitación y
aprobación, dispuesto por el Reglamento para la Delimitación y
Mantenimiento de la Faja Marginal en cursos Fluviales y Cuerpos de
Agua Naturales y Artificiales, Resolución Jefatural N° 300-2011-ANA.
Procedimiento y Guía para la Delimitación de Faja Marginal, Dirección
de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, Año 2010.
IV. ANTECEDENTE
La zona denominado quebrada Zoocriadero (116 ml del limite del Zoocriadero),
parte del Bosque reservado UNAS - BRUNAS se ubica con frente del centro de
idiomas - UNAS de la ciudad de Tingo María del distrito Rupa Rupa, provincia
Leoncio Prado, región Huánuco. Asimismo, la propiedad tiene linderos por el
frente con la biblioteca - UNAS, por la derecha entrando, con la Facultad de
Zootecnia, por la izquierda con el Zoocriadero – UNAS, cuya superficie de la
parte delimitada es de ……..
De otro lado, la quedrada Zoocriadero que en sus tramos finales se encuentra
mas cercano al BRUNAS, donde se encuentra pendientes altas, estas areas,
fueron deforestadas las cuales causaron muchos daños al cauce natural de la
quedrada, ocasinando desbordes en los ultimos meses.
Ante esta situación la facultad de zootecnia ha sido denunciada por parte de la
FRNR área de ing. Ambiental a la Administración Técnica Forestal y de Fauna
Silvestre (ATFFS) - Tingo María, y otra denuncia a la fiscalía Ambiental con el
acuerdo de la FRNR, ante esta denuncia la facultad de Zootecnia hizo caso
omiso, por lo tanto le pusieron otra denuncia ala ATFFS, y esta vez la facultad
de zootecnia presento su plan de manejo de suelos y fue rechazado por
departamento académico de Forestales, la situación actualmente no se ha
arreglado.
El plan inicial de la facultad de zootecnia según los estudiantes eran de hacer
un sistema agrosilvopastoril, que constaba de sembrar pastizales, arboles
forestales y cultivos anuales o estacionarios.
De acuerdo con el REGLAMENTO PARA LA DELIMITACION Y
MANTENIMIENTO DE FAJAS MARGINALES EN CURSOS FLUVIALES Y
CUERPOS DE AGUA NATURALES Y ARTIFICIALES, aprobado con
Resolución Jefatural N° 300-2011-ANA y EL PROCEDIMIENTO Y GUIA PARA
LA DELIMITACION DE FAJAS MARGINAL, se toma como referencia para
delimitar los limites inferiores y superiores de la faja marginal de acuerdo con
los criterios hidrológico y sociales del curso de agua colindante con las areas
previstas.
V. REVISION DE LITERATURA
V.1 Reseña del Tramo
La calle 7 fue pavimentado un 30 de noviembre del 2007 donde se
tomaron algunas medidas de corrección: limpiar la obra en su totalidad y
eliminar los residuos generados hacia un micro relleno y evitar alteraciones de
los cursos de agua en las cunetas de drenaje, el proyecto de pavimentación
de la calle 7 estuvo a cargo del Ing. MUÑOZ BERROCAL, Milthon. Quien tuvo
el compromiso de realizar el proyecto y del mantenimiento del mismo. En la
carretera durante el transcurso del año se encuentra material de construcción
ya que la facultad de zootecnia se encuentra continuamente en remodelaciones
y/o construcciones creando así un desorden en el flujo de los vehículos por
dicha calle.
Calle 7 antes de la construcción de la carretera.
Uno de los problema que afecta a la zona de estudio es un problema por el uso
de los terrenos adyacentes a la quebrada, que tienen una pendiente que la
facultad de zootecnia hizo uso de esa zona talando una gran parte del
BRUNAS en ella se encontraba especies de bambú, árboles y vegetación, con
la finalidad de hacer uso de ese espacio como la siembra de pasto
conjuntamente con árboles maderables. La quebrada del zoocriadero
actualmente está cubierto por ramas de árboles y vegetación que no deja pasar
el agua correctamente cuando hay altas precipitaciones y ocasiona desborde
de agua por la pista, y obstaculiza el pase de las peatones, y todo esto se debe
que no existe faja marginal tanto con la pista y con el BRUNAS que ha sido
afectado con la tala de árboles por parte de la facultad de Zootecnia.
En tramo final se encuentra un muro de contención y alcantarillado de las
aguas que sirve como un soporte de la estructura de la carretera ya que el
desnivel con la quebrada es de unos 2 metros por encima, este muro sirve
como medida de seguridad vial, ya sea para los peatones o los vehículos.
Pertenece a los bienes de dominio público hidráulico y sirve como criterio para
determinar la faja marginal, ya que conforma parte del recurso hídrico.
V.2 Clasificación de los cuerpos de agua
La clasificacion de los cuerpos de aguas se da por los siguientes sistemas:
Por el sistema hidrográfico.
La quebrada Zoocriadero de orden de corriente uno, confluye a la quebrada
Aguas Verdes y esta se une en la margen derecha del río Huallaga. Durante
las actividades de campo se verifico que la fuente es homogénea con ligeras
sinuosidades en su recorrido, la pendiente del fondo del cauce de alrededor a
1%, , cuya riberas de suelo arcilloso tiene abundante vegetación ribereña
conformada de arbustos por encima del terreno.
Por el régimen hídrico.
No se cuenta con registros continuos de las descargas de la quebrada
Piurano y sus afluentes, sin embargo estas por indagaciones a los lugareños y
de acuerdo con el régimen de las precipitaciones establecidas por el
SENAMHI con más de 30 años, el flujo de las aguas es permanente con una
marcada variación en los meses de menor precipitación, periodo de Agosto
a Setiembre cuando el escurrimiento disminuye considerablemente por
debajo de 1 l/s. Los afluentes, quebrada uno y dos de la quebrada el Piurano
son efímeras que traen agua durante la temporada húmeda.
Por el uso y/o aprovechamiento.
En el tramo en estudio las aguas son utilizadas para el llenado de las
piscigranjas de la facultad de Zootecnia, mientras aguas arriba lo utiliza el
Zoocrizadero. Estas aguas no son utlizadas para actividades domésticas.
Por las necesidades de calidad de las aguas.
De acuerdo con el número de orden de cauce, Primer orden, la red de drenaje
de la cuenca de la quebrada Zoocriadero mantiene la calidad de sus
aguas en las partes altas, con categoría 1 destinada para el uso en el
Zoocriadero, luego aguas abajo su calidad se reducen por el vertimiento
de residuos líquidos y sólidos que desecha el Zoocriadero.
Por su morfología hidrográfica y fluvial.
El cauce de las aguas corrientes es sinuoso y representa un único canal con un
tributario (Quebrada Naranjal) que se encuentra serca del tramo final de la
quebrada Zoocriadero.
Por su ubicación contigua.
Actualmente las márgenes del cuerpo de agua se encuentran comprendidas en
áreas en disputa por dos Facultades las cuales establecen un uso diferente en
esas areas.
Por el grado de estabilidad.
Según las indagaciones obtenidas en la zona, la márgen derecha del
cauce tendria problemas de erosión y deslizamiento en su tramo. Todo esto
por efecto de la tala de los arboles.
V.3 Cuenca hidrográfica
Para fines de estimación de las descargas máximas de una fuente de
agua superficial, la cuenca hidrográfica se define como el área de drenaje
delimitada por sus divisorias o parte aguas, desde los puntos o niveles de
terreno confinantes cuyas aguas drenan hacia un curso principal.
En este espacio se desarrolla el ciclo hidrológico de las aguas, cuya única
fuente principal, la precipitación en magnitud, intensidad y frecuencia,
definen el régimen hidrológico de las descargas máximas del
escurrimiento, manifestación que es consecuentemente a las características
físicas de la cuenca.
V.4 Morfología de la cuenca
La forma de la cuenca y otros parámetros como la longitud y la diferencia de
elevación desde su naciente hasta el punto de interés (aforo o control), definen
el tiempo de concentración de las aguas cuyo periodo es el tiempo
correspondiente para la producción de la escorrentía superficial o caudales
máximos cuando la tasa de infiltración ha cesado y las aguas precipitadas
pasan a convertirse en escorrentía directa.
FALTA CUADRO PARAMETROS FORMOMETRICOS
V.5 Uso actual del suelo
De acuerdo con lo observado se obtuvo que la cuenca en estudio
comprende a dos tipos de usos de suelo Forestas con predominio de areas de
banbuzales y areas maderables y áreas de uso urbano.
Cuadro 02. Uso de suelo de la Quebrada Zoocriadero.
USO DE SUELO Superficie (Ha)
Área Forestal con predominio de Bambusal y arboles maderables
0.15
Área de uso Urbano0.20
Total (Ha)0.35
V.6 Coeficiente de escorrentía
El coeficiente de escorrentía es un parámetro que representa la relación del
volumen de agua escurrido y el área de la cuenca según la naturaleza física de
la cobertura vegetal y el uso del suelo luego que parte de la porción de lluvia ha
infiltrado.
Mediante la tabla de coeficiente de escorrentía y las superficies de uso de la
tierra, se estima el coeficiente ponderado para la cuenca Zoocriadero con un
valor de 0.61.
Uso del SueloSuperficie
(Ha)
Coeficiente Escorrentía
CProducto
Coeficiente Ponderado
CÁrea Forestal con predominio de Bambusal
y arboles maderables0.15 0.5 0.075
0.61Área de uso Urbano 0.20 0.70 0.14
SEGÚN el tipo de vegetación y pendiente y textura - según villon
5.7. Caudales máximos.
La descarga o caudal máximo para la cuenca en estudio se determinó por el
método Racional, cuya expresión es:
Q=C.I.A. / 360
Dónde:
Q : Descarga máxima producida por una tormenta de un tiempo de retorno T
(m3/s).
I : Intensidad máxima de un tiempo de retorno T (mm/h)
C : Coeficiente de escorrentía
A : Área de la cuenca (Ha).
Esta ecuación considera que la descarga es producida por la tormenta
toma en cuenta el tiempo de concentración igual a la duración de la tormenta
para un determinado tiempo de retorno. La intensidad máxima fue calculada
relacionando la duración “D” y la curva de intensidad máxima de la frecuencia
que se requiera conocer; en este caso para 100 años de retorno la intensidad
estimada es 108.66 mm/h.
Tiempo de retorno (años)Intensidad
maxima (mm/hr)
100 108.66
Finalmente, conocida la posible intensidad a 100 años y el coeficiente de
escorrentía ponderado para la cuenca, se tiene el posible caudal máximo
estimado de 0.028 m3/s la descarga máxima que fluye por el cauce y de
analizarse su comportamiento en su recorrido por el álveo.
Tiempo de retorno (años)Caudal
maximo (m3/s)
100 0.028
5.8. Cauce, riberas y faja marginal.
La faja marginal se define como la zona de transición entre el medio acuático y
el terrestre, alrededor del cauce o álveo de un cuerpo de agua.
Esta zona cumple funciones que son reconocidas para el mantenimiento de la
integridad hidrológica como ecológica capaz de reducir la erosión y/o conservar
la estabilidad de los cauces, regular avenidas y calidad de los bienes
asociados, y al mismo tiempo, permita el uso primario de las aguas, protección,
operación, rehabilitación, mantenimiento, vigilancia y libre acceso a dicho
cuerpo de agua.
- Cauce o álveo
Continente de las aguas durante sus máximas crecientes, constituye un
bien de dominio público hidráulico.
- Riberas.
Áreas de los ríos, arroyos, torrentes, lagos y lagunas comprendidas entre el
nivel mínimo de sus aguas y el nivel de su máxima creciente. También
constituye un bien de dominio público hidráulico.
- Nivel de máxima creciente
Nivel de las aguas durante su máxima crecida y en una sección transversal
especifica del cauce, arroyo, lago, laguna y reservorio; calculado o
estimado por métodos directos e indirectos en función de la información
existente en la cuenca.
5.9. Delimitación de la faja marginal.
En concordancia a la base del presente estudio de delimitación de la faja
marginal (Anexo I de la R.J. Nº 300-2011-ANA) sus dimensiones y localización
de las áreas y espacios estará destinado a la protección de los cursos fluviales
y cuerpos de agua, así como vías de libre tránsito caminos de acceso,
vigilancia y/o mantenimiento de los cursos fluviales, y cuerpos de agua;
vinculadas con las futuras áreas de expansión urbana.
5.10 Determinación del ancho del cauce del ancho del cauce del río.
Considerando los fines del presente estudio, los cursos fluviales y
cuerpos de agua sin información hidrométrica histórica, se estiman los
valores de máxima avenida, mediante la aplicación de modelos matemáticos o
formulas empíricas, este ultimo de ser el caso, a través del método racional
(determinístico – estocástico) que asocia las características físicas de la
cuenca y la probabilidad de ocurrencia de tormentas que provocan la
escorrentía directa o avenida máxima a fin de determinar el ancho del cauce
del río en su nivel de aguas máximas.
5.11. Criterios para el dimensionamiento de la faja marginal
Según lo establecido por el reglamento para la delimitación y mantenimiento de
fajas marginales en cursos fluviales y cuerpos de agua naturales y artificiales
(R.J. Nº 300-2011-ANA) así como el procedimiento y guía para la delimitación
de faja marginal (Valdez, H. 2010), se adoptó un criterio intermedio entre el de
un ancho variable acorde con las características del cuerpo de agua, condición
física de la ribera, cauce, vegetación, etc. y el de un ancho mínimo que
permita cumplir el mantenimiento de la referida faja, para uso primario, y sobre
todo de vigilancia u otros servicios.
Además, para permitir ajustar el ancho de la faja marginal a las condiciones
particulares, se recurrió de un análisis de las características del cauce
considerado como criterio complementario, el hidrológico, combinando la
geometría del cauce con el movimiento del flujo o descarga máxima de diseño
estimada que permita saber el nivel máximo de confinamiento de las aguas en
áreas urbanas.
VI. METODOLOGÍA APLICADA
6.1. Aspectos geográficos y fisiográficos del tramo.
El tramo de la quebrada el zoocriadero, zona de transición del referido cuerpo
de agua y bienes asociados con los límites de inmueble pertenece a
formaciones de colinas medias con pendientes medias de 4%, zona no
inundable.
El tramo del cauce de la quebrada el Zoocriadero tiene 116 m presenta
sinuosidades sin cambios de dirección, no se observa zonas curvas con mayor
profundidad y velocidades del flujo de agua que alcanza en temporadas de
crecientes toda vez que las aguas corrientes de la quebrada representa
un flujo supercrítico.
La vegetación ribereña se encuentra cubierta de arbustos forestales (Bosque
Reservado UNAS). Actualmente existen conflictos en este area, de manera
que la erosión a la cuenca y el cauce es ligera en el fondo y sus riberas de
la quebrada, frecuentemente sucede durante la temporada de crecidas
extraordinarias.
6.2. Actividades de campo y gabinete.
Para la delimitación de la faja marginal del tramo en estudio con fines de
expansión y/o habilitación urbana, se sustentó con los siguientes trabajos
realizados:
-Levantamiento Topográfico, consistió en definir previamente la elevación base
en la zona de estudio, posteriormente a lo largo del canal natural se estableció
los puntos de estación que al mismo tiempo ocupa la sección transversal del
cauce, esto con un distanciamiento cada 20 m. Las cotas absolutas y
coordenadas de ejes están referidas al DATUM WGS 84 con proyección
horizontal UTM.
-Finalmente, los datos recogidos fueron procesados en gabinete
obteniendo como información la triangulación de elevaciones (TIN) del
terreno y cauce, fuente de información a utilizarse para la simulación hidráulica
en el entorno ARCGIS y AUTOCAD CIVIL
6.3. Criterios de delimitación.
De acuerdo con el criterio complementario descrito en el inciso 5.16 y los
trabajos de campo en el tramo en estudio, la delimitación de la faja marginal
está basada en la determinación de los niveles que alcanza el caudal
dominante, es decir la descarga máxima producto de una tormenta de un
periodo de retorno de 100 años para zonas urbanas. Asimismo, este criterio se
asume considerando los vestigios y relatos del nivel alcanzado por las
crecientes, hecho que fue previsto durante el levantamiento topográfico del
cauce y terreno adyacente ambas márgenes. Se ha considerado como faja
marginal el inicio del borde superior de la ribera izquierda y derecha de ancho
variable de 8 metros con criterios de cobertura vegetal para mantener este
espacio que se mantiene alejado de la ribera.
VII. RESULTADOS
7.3. Áreas de inundación
Para la margen derecha no se produjeron más inundaciones que en las
secciones anteriormente descritas habiéndose considerado un caudal de un
periodo de retorno de 100 años. Los límites del nivel de aguas máximas son
suficientemente amplios para soportar descargas máximas.
Los testigos y propietaria del terreno manifiestan no haberse producidos
desbordes o erosiones hace más de 25 años atrás por la quebrada El
Zoocriadero, por tanto se concluye que el referido predio para los próximos
fines de uso urbano y las riberas no serán afectados considerando fajas
marginales por encima del nivel de las aguas máximas que alcanzan una
creciente.
7.5. Relación para las estaciones de arranque –media -final
a. Superficie libre del agua Vs Caudal
Para las tres secciones, a los extremos del cauce (arranque –fin) y parte media
del cauce se aprecia la relación directa de las elevaciones con respecto al
caudal total inferido.
7.6. Dimensionamiento de la faja marginal
A. Limites superior deducidos
El límite superior o faja marginal está constituida de 24 ejes proyectados en
coordenadas UTM (Datum WGS 84) cada uno, y ancho de faja marginal
variable en su recorrido de 8 metros en promedio.
Asimismo, el área comprendida entre los referidos limites estarían destinados
a las actividades de protección del rio y usos para vías, caminos de acceso
vigilancia y/o mantenimiento del cuerpo de agua.
Cuadro 8. Límite superior de la faja marginal deducidos ambas márgenes
de la quebrada el zoocriadero
La calle 7 fue pavimentado un 30 de noviembre del 2007 donde se
tomaron algunas medidas de corrección: limpiar la obra en su totalidad y
eliminar los residuos generados hacia un micro relleno y evitar alteraciones de
los cursos de agua en las cunetas de drenaje, el proyecto de pavimentación
de la calle 7 estuvo a cargo del Ing. MUÑOZ BERROCAL, Milthon. Quien tuvo
el compromiso de realizar el proyecto y del mantenimiento del mismo. En la
carretera durante el transcurso del año se encuentra material de construcción
ya que la facultad de zootecnia se encentra continuamente en remodelaciones
y/o construcciones creando así un desorden en el flujo de los vehículos por
dicha calle.
Calle 7 antes de la construcción de la carretera.
Uno de los problema que afecta a la zona de estudio es un problema por el uso
de los terrenos adyacentes a la quebrada, que tienen una pendiente que la
facultad de zootecnia hizo uso de esa zona talando una gran parte del
BRUNAS en ella se encontraba especies de bambú, árboles y vegetación, con
la finalidad de hacer uso de ese espacio como la siembra de pasto
conjuntamente con árboles maderables. La quebrada del zoocriadero
actualmente está cubierto por ramas de árboles y vegetación que no deja pasar
el agua correctamente cuando hay altas precipitaciones y ocasiona desborde
de agua por la pista, y obstaculiza el pase de las peatones, y todo esto se debe
que no existe faja marginal tanto con la pista y con el BRUNAS que ha sido
afectado con la tala de árboles por parte de la facultad de Zootecnia.
Otra problemáticas, es que en las riveras de la quebrada, el flujo de agua es
desviada de su cauce natural. Como efecto de la acumulación de material de
construcción (cascajo), que obstruye y limita el área vegetal del margen
izquierdo.
En tramo final se encuentra un muro de contención de las aguas que sirve
como un soporte de la estructura de la carretera ya que el desnivel con la
quebrada es de unos 2 metros por encima, este muro sirve como medida de
seguridad vial, ya sea para los peatones o los vehículos. Pertenece a los
bienes de dominio público hidráulico y sirve como criterio para determinar la
faja marginal, ya que conforma parte del recurso hídrico. También se encuentra
en el mismo tramo final un alcantarillado que desfoga las aguas por debajo de
la carretera, que son drenadas por debajo de la carretera a través de la
universidad hasta salid por la carretera “Belaunde Terry” asimismo una
quebrada intermitente entrega sus aguas en el mismo punto.
La facultad de zootecnia ha querido hacer uso de las tierras adyacentes al
margen derecho de la quebrada, empezaron talando los árboles, rozando la
vegetación que se encontraba en la lomada, afectando a la flora y fauna del
lugar, así como el flujo del cauce de la quebrada que con lo talado y cortado
fue obstruido.
Ante esta situación de la facultad de zootecnia ha sido denunciada por parte de
la FRNR área de ing. Ambiental a la Administración Técnica Forestal y de
Fauna Silvestre (ATFFS) - Tingo María, y otra denuncia a la fiscalía
especializada en materia forestal con el acuerdo de la FRNR, ante esta
denuncia la facultad de Zootecnia hizo caso omiso, por lo tanto le pusieron otra
denuncia ala ATFFS, y esta vez la facultad de zootecnia presento su plan de
manejo de suelos y fue rechazado por departamento académico de Forestales,
la situación actualmente no se ha arreglado.
El plan inicial de la facultad de zootecnia según los estudiantes eran de hacer
un sistema agrosilvopastoril, que constaba de sembrar pastizales, arboles
forestales y cultivos anuales o estacionarios.
Justificación.
Las fajas marginales se han venido determinando bajo diversos
marcos legales, comenzó con la ley N° 17752 “ley general de agua”, en base a
directivas y lineamientos como el instructivo técnico N° 001-DGAS-DODR.
Vigente desde 28/10/1980. Al entrar en vigencia la ley N° 001-2010-AG y
publicado el 24/03/2010, las normas basadas en la ley general de agua
quedaron automáticamente derogadas, por lo que se vio necesario establecer
nuevas normas que permitan la determinación de las fajas marginales.
En la zona de estudio en esta época de invierno por la gran
cantidad de precipitaciones que presenta nuestra región, la quebrada hay
crecidas que normalmente fluyen sin ningún problema, pero que ahora por
haber ciertas situaciones se han incrementado los efectos de las lluvias
intensas.
La colmatación del cauce, interrupción del cauce por desmontes,
así como la deforestación de la caña brava y demás vegetación en el margen
derecho que tienen una pendiente pronunciada, ha aumentado el factor de
escorrentía, todos estos actos incrementan el riesgo a los desbordes de la
quebrada.
Por tanto la delimitación de una faja marginal es una medida de
prevención ante posibles desbordes. Las fajas marginales son bienes de
dominio público hidráulico, ya que agua y los bienes naturales asociados a
esta son parte de estos bienes, incluyendo las riberas de los mismos (artículo
N°7 de la ley R.H N° 29338).
Están conformadas por áreas inmediatas superiores a ellas: riberas
de las fuentes de agua, naturales o artificiales. El ancho es variable,
considerando las actividades de protección y conservación de la fuente natural
de agua, el libre tránsito, el establecimiento de los caminos e vigilancia u otros
servicios. Asimismismo, varía de acuerdo a los usos y costumbres
establecidos, siempre que no generen un riesgo a la salud y la vida humana.
La identificación de la faja marginal permitirá establecer los límites
entre la quebrada con el sector urbano, es una zona de transición entre la
vegetación rivereña y tierras adyacentes, con el fin de erradicar la colmatación
del cauce. Además se podrá reducir los desbordes en épocas de lluvias y evitar
la que utilicen las zonas adyacentes al a ribera.
La demarcación de la faja marginal es importante porque ello
permitirá proteger a la quebrada y mejorar la calidad del agua y condición de
vida de la población. Tiene importancia ecológica, donde se incluye el
mantenimiento de la estructura física de las corrientes de agua, la estabilidad
de las márgenes y del cauce, el sombreado de la corriente, la intercepción de
sedimentos, los corredores de vida silvestre es por ello que es de suma
importancia.
Cada cuerpo de agua es diferente y como tal, requiere de un
conocimiento específico del área que ocupa para la determinación de su faja
marginal. Tomando en cuenta el estado actual del área de estudio,
principalmente debido al desarrollo de actividades antrópicas en sus márgenes,
la implantación de la faja marginal demanda ser una necesidad inmediata, por
lo que se considera importante el establecimiento de un ancho mínimo
generalizado, el cual puede ampliarse o reducirse de acuerdo a las
características específicas de los cauces y cuerpos de agua de interés.
El ministerio de transporte y comunicaciones contempla en el
“Reglamento nacional de infraestructura vial” la inclusión de otros elementos
externos importantes relacionados en el territorio con las carreteras (vías de
transporte) donde se deben respetar y/o delimitar ciertas franjas para las
necesidades de circulación de cuerpos de agua naturales Artículo N° 58, De la
inclusión de otros elementos dentro del derecho de vía que deben ser aprobad
por la autoridad competente de la jurisdicción a cargo de la vía.
Faja Marginal
La faja marginal, es la zona de transición entre el medio acuático y el
terrestre, alrededor del cauce de un cuerpo de agua, generalmente vegetada
por efecto del agua existente.
Esta zona es reconocida como un área de interacción física, biológica y
química, entre el ecosistema acuático y el terrestre; consecuentemente, posee
una inusual biodiversidad y es el medio donde se presenta una gran diversidad
de procesos ambientales.
Entre las múltiples funciones ecológicas de las fajas marginales se
incluye el mantenimiento de la estructura física de las corrientes de agua, la
estabilidad de las márgenes y del cauce, el sombreado de la corriente, la
intercepción de sedimentos , los corredores de vida silvestre, etc.
IV. METODOLOGIA
TRABAJOS DE DELIMITACION DE LA FAJA MARGINAL
4.1. FASE DE CAMPO:
• Acciones de reconocimiento general del área de estudio.
₋ Inspección general del área de estudio
₋ Aforos
₋ Identificación de niveles mas altos de agua alcanzado en épocas
de avenida.
₋ Reconocimiento de la morfología del cauce del rio.
₋ Información de cambios de cursos del rio
₋ Identificación de áreas de erosión e inundación.
₋ Identificación de zonas de estrechamiento del cauce y cauces.
₋ Características del cauce, pendiente, ancho, etc.
₋ Identificación de la granulometría del cauce y las márgenes
₋ Identificación de edificaciones cercanas a la ribera del rio,
determinar las distancias a la ribera.
₋ Identificación de vertimientos, tipo y estimación del caudal
(intermitencia)
• Levantamiento Topográfico, determinar la geometría del cauce
₋ Perfil del rio, es el levantamiento topográfico longitudinal del
cauce del rio, determinación de la pendiente, idea de la velocidad
del agua en el cauce, respuesta de la cuenca ante eventos
extremos y la capacidad erosiva de las aguas, este levantamiento
se realizara como mínimo 100 aguas arriba y aguas debajo de la
zona de interés.
₋ Secciones transversales del cauce, el cual debe incluir áreas
adyacentes de las riberas del rio
• Padrón Ribereño Se realizara el empadronamiento de los usuarios de
los usuarios y/o conductores de predios aledaños a los cauces del
cuerpo de agua, registro catastral y/o predial, área de los predios,
actividad que se conduce en el predio ribereño, infraestructura hidráulica
que se dispone, margen donde se encuentra , antigüedad del predio, y
otros datos relevantes.
4.2. LA VIABILIDAD DEL PROYECTO
se analizó desde tres puntos de vista: Aspecto Legal, Aspecto Técnico,
aspecto hidrologico y Aspecto Social, la metodología consiste en evaluar el
contexto general del río, las obras hidráulicas, encauzamiento, construcciones,
invasión de área de confinamiento y acceso, veredas, campos de cultivos,
lugares vulnerables; luego trabajo de campo con equipo de estación total,
seccionamiento del río cada 100 metros, mediciones de obras, mediciones de
ancho del río, zonas canalizadas, zonas en proyecto, levantamiento
georeferencial de las obras existentes, puentes, pasos obligados trabajo de
gabinete.
4.2.1. Aspecto Legal.
4.2.1.1. Reglamento de la Ley 29338 - Recursos Hídricos:
Art. 114°: Criterios para la delimitación de la faja marginal.
La delimitación de la faja marginal se realiza de acuerdo con los siguientes
criterios:
a. La magnitud e importancia de las estructuras hidráulicas de las presas,
reservorios, embalses, canales de derivación entre otros.
b. El espacio necesario para la construcción, conservación y protección de las
defensas ribereñas y de los cauces.
c. El espacio necesario para los usos públicos que se requieran.
d. La máxima crecida o avenida de los ríos, lagos, lagunas y otras fuentes
naturales de agua. No se consideran las máximas crecidas registradas por
causas de eventos excepcionales.
4.2.1.2. Reglamento para la delimitación y mantenimiento de
Fajas Marginales en cursos fluviales y cuerpos de agua naturales y
artificiales.
Art. 5.- De la delimitación de la faja marginal
La Autoridad Administrativa del Agua – AAA, es la autoridad competente para
aprobar la delimitación de la franja marginal, en base a un Estudio de
Delimitación.
Tiene por objetivo establecer las dimensiones y localización de las áreas y
espacios destinados para las actividades y usos siguientes:
• Protección de los cursos fluviales y cuerpos de agua.
• Vías de libre tránsito, caminos de acceso, vigilancia y/o mantenimiento de los
cursos fluviales y cuerpos de agua.
• Áreas de accesos para las presas, reservorios, embalses, obras de captación
y derivación, canales de riego, obras de drenaje, entre otros.
• Actividades de pesca.
• Áreas y acceso para la infraestructura de navegación y otros
servicios.
4.2.1.3. AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA DIMENSIONAMIENTO DE LA
FAJA MARGINAL
TITULO III .- DIMENSIONAMIENTO DE LA FAJA
MARGINAL.
En este apartado se establecen y regulan los diversos criterios, términos y
métodos, para efectuar la delimitación de las fajas marginales en cursos
fluviales y cuerpos de agua naturales y artificiales.
a. En los Cauces o álveos de los ríos
a. El limite inferior será establecida por las cotas de máximas crecientes en
secciones transversales sucesivas.
b. En los lagos y lagunas
a. La faja marginal se inicia en la cota que alcanza la máxima creciente y que
se determina según el nivel máximo del rio efluente; la máxima creciente se
estimara en base a la información disponible, debidamente sustentada.
b. El ancho de la faja marginal se establecerá usando los mismos criterios
señalados para los cauces.
Dentro del aspecto legal el Proyecto de la delimitación de la faja marginal de la
quebrada UNAS se basa principalmente en la aplicación de los dispositivos
vigentes:
Decreto Ley No. 17752 “Ley General de Aguas”
Decreto Supremo No. 929-73-AG. Reglamento del Título VI “De las
propiedades marginales” del Decreto Ley No.17752. Ley General de aguas.
Decreto Legislativo No. 653 “Ley de Promoción de las Inversiones en el Sector
Agrario”.
Decreto Supremo No. 012-94-AG. “Declaran áreas intangibles los cauces,
riberas y fajas marginales de los ríos, arroyos, lagos, lagunas y vasos de
almacenamiento”.
Decreto Supremo No. 014-2001-AG. “Aprueban Reglamento de la Ley Forestal
y de Fauna Silvestre”.
Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales.
Instructivo Técnico No. 001-DGAS-DODR, aprobado por R. D. N ° 0035-80-AA-
DGAS, del 28-10-80. “Definición de linderos de propiedad marginal y para la
ocupación temporal de riberas naturales con fines de siembra temporal”.
4.2.2. Aspecto Técnico.
Dentro de los aspectos técnicos se considera la elaboración del Proyecto con
los planos finales de la micro cuenca, plano en planta, cortes, secciones,
detalles, hitos, vías de acceso de ambas márgenes del río, que son los
instrumentos de diseño que permitirán la delimitación.
Criterio para la determinación del ancho de la faja
Existen dos criterios básicos para la determinación del ancho de la faja
marginal, estos son:
Ancho Fijo
Consiste en fijar un ancho uniforme y constante para la faja marginal,
independientemente de las características del cauce, de su entorno o de los
usos del agua. Este criterio tiene como principal ventaja, la facilidad de su
aplicación y monitoreo, sin requerir de un conocimiento del ecosistema
adyacente al cuerpo de agua ni asistencia técnica para su determinación pero
puede resultar en una protección excesiva donde no sea necesario o
inversamente en una protección deficiente en áreas con mayor fragilidad a la
degradación.
Además este criterio es objetable generalmente por los propietarios de
terreno ribereños en la medida que impone restricciones en el aprovechamiento
económico de las tierras ribereñas, más allá de las necesidades reales de
protección de los cuerpos de agua.
Ancho Variable
Consiste en la determinación de un ancho de faja marginal variable,
acorde a las características del cuerpo de agua y su cauce como son: la
composición, edad y condición de la vegetación ribereña, la geomorfología del
tramo de cauce, las especies de animales y plantas presentes en el tramo, la
hidrología de la cuenca, los usos de las tierras adyacentes y la fragilidad del
ecosistema que se trata de proteger.
Ancho Mínimo De Faja Marginal
Se establece como ancho mínimo de faja marginal, una longitud de 25
m, concordante con los criterios predominantes en la mayoría de países.
Este ancho mínimo en principio, permite cumplir con lo que establece el
artículo 74º de la ley de Recursos Hídricos, la que dispone el mantenimiento de
la faja marginal para el uso primario del agua , el libre tránsito , la pesca,
caminos de vigilancia u otros servicios.
La función de protección de los cuerpos de agua que también le asigne
la referida ley a las fajas marginales, requiere de un análisis más profundo de
las características propias del cauce y de su ecosistema circundante , por lo
que el ancho inicial establecido debe ser materia de un ajuste que tome en
cuenta tales características sobre la base de ciertos parámetros del cuerpo de
agua y su enorme físico, parámetros que a su vez deben ser de fácil
cuantificación para permitir su aplicación práctica.
4.1. Por Criterio Ambiental
Los vínculos entre el agua fresca, los peces y la faja ribereña son
diversos e importantes. La faja ribereña es la interface entre el ecosistema
terrestre y acuático; puede regular la transferencia de energía y material entre
ambos sistemas y regula la transmisión de energía solar en el sistema
acuático, influyendo en la cantidad de luz y sombra en el cauce y generando el
hábitat propicio para las especies animales y vegetales que existen en las
riberas.
Además, la protección de los cuerpos de agua prevista por la ley ,
implica entre otros aspectos, la protección de la calidad de las aguas y la
biodiversidad existentes en dichos cuerpos de agua y en las propias áreas
ribereñas, de allí que los criterios para el establecimiento de una faja marginal
como herramienta de protección , también contempla la necesidad de mantener
la calidad del agua , la biodiversidad y el balance entre materia y energía
existente entre el medio acuático y el terrestre.
Siendo el aprovechamiento de las aguas y los cauces, de necesidad vital
para la sociedad en conjunto, es inevitablemente la generación de impactos
ambientales en los cuerpos de agua, por lo que cabe adoptar criterios básicos
que reduzcan el riesgo de impactos negativos sobre los cuerpos de agua.
La siguiente tabla resume algunas actividades antrópicas
ambientalmente riesgosas para las que se requieren establecer anchos
diferenciados de fajas marginales, tales como:
4.2.Por Criterio Social
Dentro de los aspectos sociales se consideran: Participación de la población de
alumnos y trabajadores de UNAS, sensibilización e información de las
bondades del proyecto.
4.3. Por Criterio Hidrológico
Desde el punto de vista de protección de las márgenes que confinan los
cuerpos de agua con el fin de evitar daños a los bienes asociados, estructura
aledañas o población ribereña, se debe mantener una faja marginal que
permita atenuar los efectos de eventos hidrometeorologicos extraordinario,
para lo cual la ubicación y/o el ancho de faja marginal se ajustara a los criterios.
Para el caso de tramos de cauces próximos a centros poblados, las
riberas del cauce se encontraran comprendidas entre el nivel de agua
mínimas y el nivel correspondiente a una avenida de 1000 años de
periodo de retorno. a partir del nivel superior de la ribera determinada de
esta manera, se considerara el ancho mínimo establecido para la faja
marginal (25 m) medida en la dirección transversal al eje del cauce.
Corresponderá a la Autoridad Administrativa del Agua, determinar el
área o tramo del cauce donde debe aplicarse este criterio, considerando
la prevención de potenciales daños por efecto de inundación en áreas
pobladas y el riesgo de pérdida de vidas humanas.
Cuando en el tramo de interés (próximo a áreas pobladas), existen obras
de encauzamiento y el cálculo hidráulico e hidrológico demuestre la
incapacidad de dichas obras para encauzar el caudal de avenidas con
tiempos de retorno de hasta 1000 años, para la determinación del ancho
de la faja marginal se considera el criterio anterior, asumiendo la
inexistencia de dichas obras de encauzamiento. Si por el contrario, con
el caudal que corresponde a la avenida de 1000 años de tiempo de
retorno, se verifica la estabilidad hidráulica y estructural de la sección del
cauce y de las obras de encauzamiento existentes, el ancho mínimo de
la faja marginal (25 m) se medirá desde el extremo de la coronación de
dichas obras, más próximas al cauce.
Si el ancho de la estructura de encauzamiento en la dirección
transversal al eje del cauce, resultara mayor que el ancho mínimo
establecido para la faja marginal, se adoptara como ancho de la faja , el
correspondiente al ancho de la estructura de encauzamiento existente ,
con el fin de garantizar su mantenimiento y conservación.
En tramo de los cauces donde se proyecten o existan obras de
encauzamiento y estabilización de cauce, cuyas características
hidráulicas morfológicas y geológicas demuestren que se trata de un
cauce hidráulicamente estable, según los criterios establecidos en el
numeral 4.0, el ancho de la faja marginal podrá limitarse al ancho que
ocupa la obra de encauzamiento, el cual en ningún caso podrá ser
menor que 5 m.
El ancho de un cauce en un parámetro directamente vinculado a la
magnitud de los caudales que fluyen a través del cauce y como tal
condiciona el comportamiento hidráulico del cuerpo de agua y su
potencial aprovechamiento con fines hidroenergeticos, de navegabilidad,
pesca , etc., Así como las características de sus afluentes y ecosistemas
ribereño, especialmente en la vertiente del Amazonas, por tal razón, es
necesario establecer un criterio basado en el ancho del cauce para la
determinación del ancho de la faja marginal, tal como se precisa en la
siguiente tabla.
4.3. Criterio de delimitación
• Hidráulico Hidrológico, descargas máximas de avenidas, fisiografía del tramo
a delimitar la faja marginal, perfil del río en el tramo, secciones transversales,
puntos de referencia, niveles alcanzados en avenidas máximas, criterios
ambientales , sociales, legales etc.
• Documento técnico, memoria descriptiva, planos UTM-WGS84, laminas,
gráficos.
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