Derechos y deberes

Preview:

DESCRIPTION

diapositivas sobre tems

Citation preview

TECNICO EN INSTALACIONES ELECTRICAS RESIDENCIALES

DERECHOS Y DEBERES DEL APRENDIZ SENA

PRESENTADO POR

OMAR BELTRAN FERNÁNDEZ Gonzalo Pedraza guerrero

Dumar mojica Vargas

PRESENTADO AL ING. Jaime Gonzales

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENAFICHA 631278

2014

Los derechos y deberes están estipulados en los capítulos 2 – 3 del reglamento del aprendiz SENA

CAPITULO 2:

derechos

va desde el articulo 7-8

ARTICULO 7 : El derecho es la potestad que tiene el aprendiz de gozar de libertades y oportunidades sin exclusión de genero, raza, origen familiar, discapacidad, nacionalidad, lengua, religión, etc. Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y al desarrollo de su personalidad.

Recibir formación profesional integral, acorde con el programa a desarrollar.

Recibir al iniciar la formación a través de la inducción la formación acerca del funcionamiento del SENA de la regional y el centro.

Disponer de los recursos físicos didácticos técnicos y tecnológicos y bibliográficos requeridos para su formación.

Recibir en el momento de legalización de su matricula el carnet que lo acredita como aprendiz SENA.

Disfrutar de los beneficios de bienestar como aprendiz SENA.

Recibir por parte de la comunidad educativa orientación académica y actitud digna que estimule su desarrollo.

Articulo 8 :

estímulos e incentivos

Son beneficios que se otorgan a los aprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias o logros sobresalientes obtenidos en el aprendizaje.

Estos forman parte del plan nacional integral de bienestar de los aprendices, y hay 5 incentivos.

Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovado durante su proceso.

Ser postulado a realizar pasantías nacional e internacionalmente.

Ser asignado como monitor de un tema especifico en el que demuestre competencia.

Puede llegar a ser instructor y formar parte del semillero SENA.

Reconocimiento por parte del comité evaluación con copia a su hoja de vida.

PARAGRAFO: El comité de evaluación y seguimiento en cada centro de formación será encargado de seleccionar los candidatos beneficiarios de estímulos e incentivos.

Capitulo 3:

deberes

Articulo 9:Se entiende por deber, la obligación legal, social, y moral que compromete a la persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad sus actos.

Este articulo se compone de 30 deberes y un parágrafo que desprende 7 deberes mas

Cumplir con todas las actividades propias de su aprendizaje.

Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.

Acatar las decisiones contempladas en el manual de convivencia.

Respetar la dignidad, intimidad e integridad de los miembros de la comunidad educativa SENA.

Respetar bienes y elementos de propiedad de los integrantes de la comunidad SENA.

Suscribir al momento de asentar matricula el acta de compromiso aprendiz.

GRACIAS POR SU ANTENCIÓN