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UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADORINSTITUTO PEDAGÓGICO “LUIS BELTRÁN PRIETO FIGUEROA”
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN TÉCNICAPROGRAMA DE EDUCACIÓN COMERCIAL
BARQUISIMETO
LIBROS OBLIGATORIOS DE CONTABILIDAD
Prof.Mayra Aranguren
LIBROS DE REGISTRO CONTABLE:
Son instrumentos que sirven para llevar las
operaciones comerciales
LIBRO MAYOR LIBRO DIARIO
LIBRO INVENTARIO
Prof. Mayra Aranguren
DISPOSICIONES LEGALES
El código de comercio
venezolano establece que:
Artículo 32 “ Que todo comerciante
debe llevar en idioma castellano su contabilidad, la cual
comprenderá, obligatoriamente el
libro diario, libro mayor y el de
inventario”
LIBROS OBLIGATORIOS DE CONTABILIDAD
Prof. Mayra Aranguren
Libro Diario es donde se llevan todas las anotaciones
diarias de una empresa
El libro diario debe ser presentado ante un tribunal o Registrador Mercantil según el artículo 33 del Código de Comercio
En éste libro se asentarán día por día las operaciones que haga el comerciante. Artículo 34 Código de Comercio.
Se denomina también libro de entrada, debido a que en él se hace el primer registro formal de la situación inicial de una empresa
LIBROS OBLIGATORIOS DE CONTABILIDAD
LIBROS OBLIGATORIOS DE CONTABILIDAD
Libro Mayor
La función del mayor es acumular movimientos y saldos de las cuentas
Libro obligatorio contiene un resumen indicativo de manera individual de las cuentas
Prof. Mayra Aranguren
Libro de inventarios
Es el primer que se lleva en
contabilidad
Todo comerciante, al comenzar su giro y al final de cada año
hará el libro de inventarios
Libro empastado y foliado que consta de tres columnas
Los inventarios lo firman el contador y el propietario de
la empresa
LIBROS OBLIGATORIOS DE CONTABILIDAD
Prof. Mayra Aranguren
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