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UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVARFACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS GESTIÓN EMPRESARIAL E
INFORMÁTICA INGENIERÍA EN CONTABILIDAD Y AUDITORIA
TRABAJO DE: AUDITORIA DE SISTEMA INFORMÁTICO
TEMA: CONTRATACIÓN INFORMÁTICAGRUPO: 02
INTEGRANTES: NANCY ESCOBAR
PARALELO: IX “M”
ING. ALEXANDRA VELOZ
ASESOR PEDAGÓGICO
CONTRATACIÓN INFORMÁTICA
Es el acuerdo bilateral en la cual el contratante adquiere del proveedor un bien y/o servicio informático que es el HARDWARE (parte física) y el SOFTWARE (soporte lógico).
CONTRATOS INFORMATICOS
PARTE DE LOS CONTRATOS INFORMATICOS
PROVEEDORES:
Encargados de la prestación y están fundamentalmente constituidos por los constructores, distribuidores y vendedores de equipos; así como los prestadores de servicios informáticos (mantenimiento, actualizaciones, configuraciones, recuperación de datos, instalación de antivirus, etc.)
Obligaciones y derechos de los proveedores:
Salvaguardar los intereses de su cliente, así como proporcionarle consejo e información.
Cumplir con los términos de entrega o prestación del servicio.
Garantizar sus productos y servicios.Actuar con probidad y buena fe frente a los
intereses del usuario.Recibir el pago por la prestación realizada.
USUARIO
Son aquellos que reciben la prestación por parte de los proveedores, y están constituidos por el sector público o privado en sus diferentes niveles.
Obligaciones y derechos de los usuarios:
Obligaciones y derechos de los usuarios:
† Informarse adecuadamente respecto a las implicaciones generadas por la firma de este tipo de contratos.
† Capacitar apropiadamente a su personal respecto al bien o servicio informático a recibir.
† Aceptar y recibir la prestación requerida, siempre que esté dentro de los términos pactados.
† Respetar los lineamientos expuestos por el proveedor respecto al modo de empleo del material o los programas de cómputo.
† Pagar el precio convenido según las modalidades fijadas entre las partes.
Los contratos informáticos pueden ser sobre diversos bienes y servicios informáticos, pudiendo señalarse entre otros contratos, los siguientes:
De venta:
Cuando el vendedor (suministrador) se obliga a entregar una cosa determinada, un bien informático, y la otra parte comprador a pagar un precio cierto. La venta también puede ser de servicios.
De alquiler:
El arrendamiento sobre los bienes informáticos es un arrendamiento tipo de los regulados en el Código Civil, caracterizado porque el suministrador se obliga a dar al usuario el goce o uso de un bien informático durante un tiempo determinado y por un precio cierto.
Puede ser tanto de equipos como de programas, o incluso, mantenimiento integral en el que se puede incluir un servicio de formación, asesoramiento y consulta.
De prestació
n de servicios:
En los que incluiríamos análisis, especificaciones, horas maquina, tiempo compartido, programas, etc. El arrendamiento de servicios se da cuando una parte se obliga con la otra a prestarle unos determinados servicios, con independencia del resultado que se obtenga mediante la prestación.
De ejecución de obra:
Consistente en el compromiso de una de las partes en nuestro caso el suministrador del bien o servicio informático, a ejecutar una obra, y la otra parte a realizar una contraprestación en pago por la obra llevada a cabo.
De préstamo
:
Caracterizado porque una parte entrega a otra el bien informático para que use de el durante un tiempo determinada y lo devuelva una vez cumplido ese tiempo.
De mantenimiento:
De depósito: Se constituye, desde que una persona recibe una cosa ajena con la obligación de guardarla y restituirla, siendo un contrato gratuito, salvo pacto en contrario, el depósito se trasforma en mercantil cuando el depositario tendrá derecho a exigir retribución por el depósito.
Licencia de uso:Es el contrato en virtud del cual el titular de los derechos de explotación de un programa de ordenador autoriza a otro a utilizar el programa, conservando el cedente la propiedad del mismo.
Adaptación de un
software producto:Se trata de
la contratación de una licencia de uso de un producto estándar que habrá que adaptarse a las necesidades del usuario.
"Escrow" o garantía de acceso al
código fuente:
son aquellos que tienen por objeto garantizar al usuario el acceso a un programa fuente en el caso de que desaparezca la empresa titular de los derechos de propiedad intelectual.
OTROS TIPOS DE CONTRATOS
CONTRATOS COMPLEJOS:
Son aquellos que contemplan los sistemas informáticos tanto el "hardware "como el "software". Los más usuales son:
Contrato parcial y global de servicios informáticos:
Es la subcontratación de todo o de parte del trabajo informático mediante un contrato con una empresa externa que se integra en la estrategia de la empresa y busca diseñar una solución a los problemas existentes.
Contrato de respaldo o "back up":
Su finalidad es asegurar el mantenimiento de la actividad empresarial en el caso de que circunstancias previstas pero inevitables impidan que siga funcionando el sistema informático poniendo a deposición de la empresa , dentro de los límites del contrato, los medios informáticos para que pueda seguir el proceso.
CLÁUSULAS DE LOS CONTRATOS INFORMÁTICOS
Precio y pago del precio:
Es conveniente que el precio
quede establecido en el contrato y que no
se sujete a variaciones. Se
establecerá también el
momento en que se pagará el
precio que, de no haber pacto en contrario, será después de la aceptación del
producto o servicio
contratado.
Mantenimiento:Sin perjuicio del
contrato de mantenimiento específico que
las partes puedan
suscribir, el suministrador
debe garantizar al usuario la
prestación del mismo dentro
de un determinado período de tiempo que
habrá de fijarse en el contrato.
Manuales y documentac
ión: Que deben servir al
usuario para manejar el
sistema y los programas,
así como obtener la
ayuda necesaria
ante situaciones en las que
se produzca un
funcionamiento
inadecuado del sistema o aplicación.
Pruebas de aceptación:
Mediante las que se comprobará que el sistema y los programas objeto del contrato cumplen los requisitos y especificaciones pactadas.
LOS ANEXOS:Es fundamental que los contratos informáticos vayan acompañados de unos Anexos que incorporados a ellos y con la misma fuerza de obligar, contengan diferentes desarrollos de elementos que forman parte sustancial del contrato.
Entre los Anexos tipo, que ayudan a describir el objeto y que siempre deben figurar, en un contrato informático destacan: 1. Especificaciones del sistema a contratar. 2. Especificaciones de los programas a desarrollar 3. Pruebas de aceptación4. Resultados a obtener 5. Análisis
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