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"La representación del rey Alfonso en el Poema de mio Cid desde la ira regia hasta el perdón real", Studies in
Medieval Literature in Honor of Charles F. Fraker, eds. Mercedes Vaquero y Alan Deyermond, Madison,
Wisconsin: HSMS, 1995, 183-195.
La representación del rey Alfonso en el Poema de mio Cid desde la ira regia hasta el
perdón real.
Eukene Lacarra Lanz
Universidad del País Vasco
Tres actos jurídicos del rey Alfonso presiden los hitos cruciales de su relación con
Rodrigo Díaz de Vivar: la ira regia, el perdón real y la convocatoria de las Cortes de
Toledo. Los tres sirven para subrayar el poder incontestado del Soberano, puesto que todos
ellos son atributos inseparables de la realeza que únicamente al Príncipe le es dado otorgar.
La ira regia y el perdón real son manifestaciones de la autoridad real por las que el rey
retira o concede su amor en un acto voluntario y arbitrario. Naturalmente, la legislación
preveía que la comisión de determinados delitos podía ocasionar la ira regia, si bien el
monarca gozaba de total libertad para descargarla sobre sus ricos hombres, incluso por
simple malquerencia (Lacarra 1980, 8-12).1 De la misma manera, en la concesión del
perdón regio ciertos méritos del reo podían mover al rey a otorgarle el perdón, pero sin que
en ningún caso se viera obligado a ello, ya que se trataba de una manifestación de su gracia
y no de un acto de justicia en sentido estricto (Rodríguez Flores 11-17 y 191-201). Ambos,
la ira regia y el perdón, están estrechamente ligados en el poema y constituyen los polos
extremos de la trayectoria que recorre el Cid desde el desamor real, que supone la ruptura
del vínculo de vasallaje con su señor Alfonso, hasta el amor real que lo restaura.
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La llamada a Cortes, por otra parte, aunque también de exclusiva potestad regia,
pertenecía a los ámbitos de la justicia y del gobierno del reino, y no necesariamente al de la
gracia. Como sabemos, los nobles tenían el derecho de presentar sus demandas judiciales
en la Corte ordinaria del rey, mientras que en las Cortes extraordinarias se trataban
normalmente asuntos de carácter judicial, político o económico concernientes a los
intereses generales del reino. No obstante, en estas Cortes el rey podía atender la querella
de un noble en un acto de merced especial, con objeto de distinguirlo de manera particular
o para subrayar la importancia jurídica de su demanda, como ocurre en el poema (Lacarra
1980, 65-77).2
El matrimonio tiene distinto carácter, pues con ser un acto de gran importancia, no
es una prerrogativa exclusivamente real, ya que los señores también gozaban de este
privilegio, y proporcionaban matrimonios a sus vasallos, especialmente si eran vasallos de
criazón, de acuerdo con sus intereses políticos y económicos.3 En cuanto al matrimonio de
los Infantes de Carrión con las hijas de Rodrigo conviene señalar que se trata de una
merced que los Infantes solicitan al rey: "¡Merçed vos pedimos commo a rey e señor
natural! ... que nos demandedes fijas del Campeador" (vv. 1885 y 1887),4 y que Alfonso les
confiere, no sin ciertas dudas: "del casamiento non sé sis abrá sabor;/ mas pues bos lo
queredes entremos en razón" (vv. 1892-3), en la creencia de que la unión favorecerá a
Rodrigo ("abrá í ondra e creçrá en onor", v. 1905). Que los destinatarios primeros de la
merced son los Infantes se subraya tanto por la respuesta de Alvar Fáñez a la petición de
Alfonso: "Rogar gelo emos lo que dezides vos;/ después faga el Çid lo que oviere sabor"
(vv. 1908-9), como por el agradecimiento que el rey muestra al Cid por aceptar su
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proposición: "Grado e graçias, Çid, commo tan bueno e primero al Criador/ quem dades
vuestras fijas pora los ifantes de Carrión" (vv. 2095-96).
En las páginas que siguen dejaré de lado todo lo concerniente a los dos matrimonios
de las hijas de Rodrigo y a las Cortes de Toledo y centraré mi atención en el proceso de
recuperación de la honra del Cid, es decir, en su relación con Alfonso hasta que éste le
otorga el perdón en las vistas del Tajo. Para ello analizaré la distinción legal entre honra de
hecho y honra de derecho, y examinaré la legislación pertinente al perdón real. Ambos
aspectos son cruciales en la interpretación del poema porque nos permiten percibir a los
personajes en el contexto de la sociedad en que se creó y de este modo nos evitan, en la
medida de lo posible, caer en anacronismos innecesarios. Esta aproximación es, a mi juicio,
singularmente relevante para acercarse a la figura del rey Alfonso, cuyo análisis ha
suscitado interpretaciones bastante polarizadas entre los estudiosos.
Hace ya algunos años investigué las consecuencias legales de la ira regia en el
poema, es decir, el destierro, la confiscación de los bienes muebles e inmuebles, la pérdida
de los honores y la deshonra, y señalé que las penas en que incurría el Cid se ajustaban en
todo a la legislación (Lacarra 1980, 8-32). Sin embargo, no me percaté de que la ira regia
conllevaba también la pérdida de la patria potestad, ya que el destierro, cuando era para
siempre, se equiparaba a la muerte civil, tal y como la definía Alfonso X en sus Partidas
(IV, XVIII, proemio y 2). Aunque sobre este punto volveré más tarde, es de suma
importancia apuntar ahora que la ley distinguía entre la deshonra de derecho o
"enfamamiento" y la deshonra de hecho o "nombradía mala". En la Partida VII, VI, 1, la
deshonra de derecho se atribuye a dos causas: "La vna es que nasce del fecho tan sola
mente. E la otra es que nasce de ley que los da por enfamados por los fechos que fazen". La
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primera causa alude, pues, a la pérdida automática de la honra, sin necesidad de que
intervenga la justicia, bien cuando el propio individuo comete actos delictivos condenables,
bien cuando repercuten en él a través de terceros, habitualmente los padres, como ocurre a
los hijos en el caso de la bastardía (Partida VII, VI, 2). La segunda causa se refiere a la
deshonra producida por una sentencia condenatoria explícita (Partida VII, VI, 5). Frente a
la deshonra de derecho así concebida, la deshonra de hecho provenía exclusivamente de la
opinión pública, por lo que era independiente de la ley e, incluso, de la buena o mala
conducta del individuo.
Ca mala fama gana ome por su merecimiento por alguna de las razones que
de suso diximos: e la nombradia, e el precio de mal, ganan a las vegadas los
omes con razon a las vegadas no seyendo en culpa, e es de tal natura, que
despues que las lenguas de los omes han puesto mala nombradia sobre
alguno non la pierde jamas maguer non la meresciesse. Mas el
enfamamiento que de suso diximos, quanto pertenece a la pena que deuia
auer por el, segund derecho, bien se puede toller, e esto seria quando el
Emperador, o el Rey perdonasse a alguno el yerro que oviesse fecho de que
era enfamado: ca pierde por ende la mala fama (Partida VII, VI, 6).
Como vemos, la deshonra de hecho se consideraba irrecuperable en virtud de su difusión,
mientras que la de derecho se restituía mediante el perdón real. Por otra parte, si bien la
deshonra de derecho llevaba con frecuencia aparejada la deshonra de hecho, como se ve en
la documentación,5 podía darse el caso de que el deshonrado por la ley mantuviera su fama
y buen nombre entre las gentes.
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El perdón real, como he señalado, era un acto arbitrario del Soberano, por lo que su
concesión dependía de la voluntad real y no de la conducta del condenado. No obstante, la
ley y la práctica jurídica indican que los méritos del condenado, aun sin determinarla,
podían hacerle acreedor de la gracia real. Motivaciones de índole política que afectaran el
bienestar del reino también aconsejaban otorgarlo, especialmente si el reo había prestado
servicios substanciales a la corona. Alfonso X en sus Partidas considera que el rey puede
manifestar su gracia "por merecimiento de seruicio que aya alguno fecho, o por bondad que
aya en si" (III, XVIII, 49 y 51), y, salvo que se trate de los condenados por delitos de
traición o alevosía (Partida III, XXIV, IV), puede perdonar a "algunos yrados por recebir
dellos grandes seruicios, que sean a pro del, e del Reyno" (Partida III, XVIII, 49), o "por
seruicio que ouiesse fecho a el ... o por bondad, o por sabiduria, o por grand esfuerço, que
ouiessen en el, de que pudiesse a la tierra venir algund bien" (Partida VII, XXXII, 1).
Además, también se estimaba oportuno otorgar el perdón para evitar graves daños a la
tierra (Partida III, XVIII, 50).
En cuanto a la petición misma del perdón, las Partidas establecen que
"omildosamente fincados los ynojos e con pocas palabras deuen pedir merced al Rey los
que la han menester" (III, XXIV, 3). En el caso de que el rico hombre haya incurrido en
malquerencia, puede y debe pedir merced al rey para que no lo destierre, "apartadamente en
poridad, que lo non faga, ... e si non gelo quisiesse caber, deuel pedir merced la segunda
vez ante vno, o ante dos de la compaña del Rey. E si acaesciesse que non gelo quisiesse
otorgar, puedele pedir merced la tercera vegada por corte" (Partida IV, XXV, 10). Cuando
el interesado se hallaba ya en el destierro, otros podían interceder en su favor y pedir
merced al rey en su nombre (Partida VII, XXXII, 1).
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Hechas estas precisiones, podemos proceder al análisis del poema. En primer lugar
es importante reiterar que si bien la ejecución de la ira regia ocasiona al Cid la pérdida de
sus bienes y honores, y de la patria potestad sobre sus hijas, en ningún momento tales
castigos se atribuyen a la malevolencia personal del rey Alfonso, quien es el administrador
de la justicia.6 Ni el narrador ni personaje alguno culpan al rey. El propio héroe acata las
órdenes reales sin plantearse nunca desobedecerlas o rebelarse, y exime a Alfonso de toda
censura al culpabilizar a sus "enemigos malos" (v. 9) de haberle ocasionado el desfavor
real, extremo éste que reitera su mujer Jimena en las primeras palabras que le dirige: "Por
malos mestureros de tierra sodes echado" (v. 267).
Por otra parte, si bien es verdad que el Cid pierde la honra de derecho al haber sido
sancionado por la ley, es igualmente cierto que mantiene incólume la honra de hecho. Su
buen nombre se constata en la famosa exclamación colectiva de los burgaleses: "¡Dios, qué
buen vassalo! ¡Si oviesse buen señor!" (v. 20), por medio de la cual declaran la admiración
que el Cid les merece. Ni estas palabras, ni el temor que muestran al rey Alfonso implican
censura alguna al monarca.7 Por el contrario, su conducta es intachable y perfectamente
consonante con el sentimiento de temor y de obediencia que el pueblo debía guardar al rey,
según se expresa en las disposiciones relativas a "cuál deue el pueblo ser en conoscer e en
honrrar e en guardar al Rey" formuladas en las Partidas. En ellas se aduce que temor y
obediencia son muestras de amor al rey a la que todos están obligados, ya "que temor es
cosa que se tiene con el amor que es verdadero, ca ningun ome non puede amar si non teme
... e le deuen temer como vassallos a señor, auiendo miedo de fazer tal yerro, porque ayan a
perder su amor, e caer en pena" (II, XIII, 15), y "obediencia es cosa de que viene mucho
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bien ... <ca> mostrarian que le conoscian, e le amauan, e le temían verdaderamente, porque
merescen ser mucho amados e honrrados" (II, XIII, 16).
Además de los burgueses de Burgos, otros personajes prueban con su respeto y
confianza que la honra de hecho del desterrado se mantiene intacta. Ejemplo de ello es la
lealtad de Martín Antolínez, quien decide ayudar al Cid, aun arriesgando el desfavor real,
convencido de que "aun çerca o tarde el rey quererme ha por amigo" (v. 76); la excelente y
honrosa acogida que los monjes de Cardeña le dispensan (Lacarra 1977), así como la
adhesión de numerosos caballeros que se le unen en el destierro dejando por él sus casas y
sus honores (vv. 289-94). Unicamente Raquel y Vidas cuestionan la conducta del héroe
["non duerme sin sospecha qui aver trae monedado" (v. 126)], si bien su recelo está
claramente alimentado por el propio Martín Antolínez, quien para obtener el préstamo les
hace creer en su culpabilidad (vv. 109-14).
En cuanto a la trayectoria del Cid para recobrar la honra de derecho, es necesario
insistir en que sólo el rey se la puede restituir en un acto de merced, pues como dice la
Partida VI, XXXII, 1: "atales perdones como estos non ha otro poder de los fazer sinon el
rey". Es por tanto lógico que Rodrigo intente recuperar el amor de Alfonso demostrándole
por palabras y por actos su lealtad, así como la voluntad de poner sus ganancias a su
servicio, siguiendo de este modo las pautas de conducta que la ley estimaba oportunas para
obtener el perdón real.
Las embajadas y regalos que el Cid envía al rey Alfonso son el medio que utiliza
para demostrar su lealtad y servicio y así hacerse acreedor del perdón. El hecho de que sean
tres las ocasiones en que Alvar Fáñez es enviado a Castilla con presentes para el rey con
objeto de obtener su merced no es casual, ya que este número está en perfecta consonancia
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con la Partida IV, XXV, 10, que contempla hasta tres peticiones de merced por parte del
airado. Como antes señalaba, las peticiones estaban gradualmente escalonadas, desde la
primera que se hacía en secreto y en solitario, hasta la tercera que debía llevarse a cabo
delante de toda la Corte. Así, en evidente paralelo con esta normativa, la primera vez que
Alvar se encuentra con el rey le pide merced para el Cid "en poridad", es decir, cuando
están los dos solos (vv. 872-80); la segunda vez, Alvar insiste en su ruego delante del
pueblo (vv. 1318-39); y finalmente, la tercera y última petición previa al perdón la hacen
públicamente Alvar Fáñez y Pero Vermúdez en presencia de todos los nobles de la Corte de
Alfonso (vv. 1832-4 y 1841-54).
Las tres embajadas repiten ciertos elementos comunes en forma y contenido entre
emisario y destinatario, aunque con ligeras variaciones de acuerdo con las circunstancias.
El mensaje del Cid se articula en tres partes: el ofrecimiento de regalos, la enumeración de
las victorias militares donde han sido obtenidos y la petición verbal de merced, siempre
acompañada por el beso ritual de las manos y los pies del rey Alfonso que exigía la ley
(Partida III, XXIV, 3). El paulatino acercamiento entre ambos se manifiesta por la creciente
cuantía de las donaciones, por la importancia y magnitud de las conquistas y por la
intensidad de las muestras de lealtad. Todo ello se demuestra en el número cada vez mayor
de versos que el poeta dedica a cada embajada, 28 (vv. 871-99), 75 (vv. 1309-84) y 139
(vv. 1825-1964), y en su carácter cada vez más público.
Las respuestas de Alfonso se estructuran también en torno a tres elementos: la
aceptación de los regalos, el reconocimiento de los méritos del Cid y el ofrecimiento de
mercedes como contrapartida a los dones que recibe.8 Así, después de recibir los regalos y
subrayar el placer que le producen por tratarse de bienes conquistados a los moros, el rey
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Alfonso manifiesta su satisfacción y/o admiración hacia el Cid por haberlos ganado, y acto
seguido corresponde a los ruegos y dádivas de los emisarios del Cid con mercedes que sólo
a él le es dado conceder: otorga el perdón real (individual o colectivo) a quienes salieron de
Castilla con Rodrigo, dispensa a sus propios vasallos para que puedan unirse a las huestes
del desterrado si así lo desean, accede a la petición del Cid de que su mujer e hijas se
reunan con él en Valencia, y, finalmente, le devuelve su amor en un acto público (vv. 886-
94, 1341-44, 1355-71, 1378-83, 1855-57, 1867-76, 1897-99). Al igual que observábamos
en las embajadas de Rodrigo, también las mercedes y donaciones del rey aumentan en
cantidad y calidad. Con ellas Alfonso muestra su magnanimidad y buena disposición hacia
su vasallo, ya que todas redundan de manera directa o indirecta en su beneficio. En este
sentido, es especialmente significativa la merced que Alfonso le condede al permitir la
reunión de la familia, pues en términos legales supone la recuperación de la patria potestad
que el Cid había perdido y anuncia la proximidad del perdón.
El análisis concreto de las embajadas nos permite comprobar el acercamiento
gradual entre el rey y su antiguo vasallo. El objetivo del Cid en la primera se limita a lograr
que Alfonso acepte el regalo de los 30 caballos que le envía (vv. 815-18), ya que si el
recibirlos denota un actitud abierta a la amistad, rechazarlos supondría una reiteración de
enemistad.9 Una vez, pues, que el rey los acepta, "mas después que de moros fue prendo
esta presentaja;/ aun me plaze de mio Çid que fizo tal ganançia" (vv. 884-85), Alvar Fáñez
sabe que su actitud es favorable al Cid y puede proceder a besarle las manos y los pies y
pedirle merced en nombre de su señor (vv.879-80). Alfonso, como es natural, considera
inapropiado perdonar a Rodrigo tras la primera petición, pero corresponde al presente
recibido otorgando a Minaya la gracia del perdón y restituyéndole sus tierras y honores
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perdidos (vv.886-88). Además, en un despliegue de generosidad concede a todos los
hombres de su reino que lo deseen el permiso de unirse a las mesnadas del Cid: "de todo
mio reino los que lo quisieren far/ buenos e valientes por a mio Çid huyar/ suelto les los
cuerpos e quito les las heredades" (vv.891-93). Resultado de esta magnanimidad es que
Alvar Fáñez vuelve de su embajada con 200 caballeros y gran número de peones (vv.916-
18), lo cual supone un incremento inestimable para las huestes del Cid que en ese momento
ascendían a poco más de 600 hombres en total (v. 674).10 La alegría del Cid: "el
Campeador fermoso sonrrisava" (v. 923), responde plenamente al éxito de la embajada de
Alvar, que ha superado con creces su objetivo, y que le trae consigo las pruebas palpables
de la favorable disposición de Alfonso.
En la segunda embajada el Cid cuenta ya con la benevolencia de Alfonso y con la
seguridad de que no rechazará el regalo de los 100 caballos que le lleva Minaya, por lo que
en esta ocasión sus objetivos son de mayor envergadura. Por ello le encarga que además de
reiterar al rey su lealtad le pida merced para traer a su familia a Valencia (vv. 1275-81). El
logro de esta merced significa una atenuación del castigo y también una indicación de la
proximidad del perdón definitivo, puesto que únicamente quienes incurrían en el
"desterramiento para siempre" eran privados de la patria potestad, según indican las
Partidas (IV, XVIII, proemio). De acuerdo con estas metas, el encuentro se inicia con la
dramática declaración de la fidelidad de Rodrigo transmitida por Alvar:
Fincó sos inojos ante tod el pueblo,
a los pies del rey Alfonso cayó con grand duelo,
besava le las manos e fabló tan apuesto:
"¡Merced, señor Alfonsso, por amor del Criador!
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Besava vos las manos mio Çid lidiador
los pies e las manos, commo a tan buen señor,
quel ayades merçed, ¡si vos vala el Criador!
Echastes le de tierra, non ha la vuestra amor;
mager en tierra agena él bien faze lo so:" (vv.1318-26)
A continuación, el emisario subraya los méritos del Cid por medio de la enumeración de
sus victorias militares, coronadas por la conquista de Valencia, el señorío sobre la ciudad y
la consagración del obispo don Jerónimo por su propia mano, y le ofrece los 100 caballos
como prueba de sus asertos y de su servicio (vv. 1327-39). La admiración al Campeador
que esta relación despierta en Alfonso (vv. 1340-44) y el pesar que produce en García
Ordóñez (v. 1345-47) así como la ponderación que los servicios de ambos le merecen:
"Dixo el rey al conde: 'Dexad essa razón,/ que en todas guisas mijor me sirve que vos'" (vv.
1348-49), señalan el primer paso en el distanciamiento del rey hacia los enemigos del Cid.
Es en este momento crucial en el que el rey reconoce los servicios del Cid, cuando
Alvar procede a plantear el segundo objetivo de su embajada y ruega a Alfonso que permita
salir de Cardeña a su mujer e hijas. El rey concede gustoso su petición, ordena que les
abastezcan de todo lo necesario para el viaje y manda que un portero real disponga de la
oportuna protección hasta llegar a Medina con objeto de salvaguardarlas de cualquier
afrenta mientras están en su reino (vv. 1355-59 y 1380-83). Esta muestra de generosidad,
que va más allá de lo estrictamente solicitado, se intensifica al conceder de motu propio el
perdón colectivo a todos los vasallos que salieron de Castilla con el Cid y permitir de
nuevo que sus propios vasallos se pongan al servicio del Campeador (vv. 1360-71). El
poeta manifiesta de la buena acogida de la licencia real, "Veriedes cavalleros venir de todas
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partes/ hir se quieren a Valençia a mio Çid el de Bivar" (vv. 1415-16), y nos informa de que
en esta ocasión se sumaron a Alvar Fáñez 65 caballeros (v. 1420).
La tercera y última embajada tiene lugar tras la victoria del Cid sobre el rey de
Marruecos, Yucef. El Cid envía a Alvar Fáñez y a Pero Vermúdez al mando de una
compañía de 200 hombres para que ofrezcan a Alfonso 200 caballos en señal de gratitud
por la honra recibida al liberar a su familia (vv. 1809-14) y para reiterarle su fidelidad: "¡E
servir lo he siempre mientra que ovisse el alma!" (v. 1820). La cuantía del regalo, la
presencia de sus dos parientes más apreciados y el nutrido séquito que los acompañan
subrayan el agradecimiento de Rodrigo a la par que muestran su victoria sobre el rey de
Marruecos.
Como corresponde a comitiva tan numerosa, los embajadores envían por delante
mensajeros que informen a Alfonso de su llegada (vv. 1827-30). La reacción del rey es tan
favorable que decide honrarlos cabalgando él mismo a su encuentro a la cabeza de una
compañía formada por todos sus nobles, entre los que se encuentran García Ordóñez,
identificado como "enemigo malo" del Cid, y los Infantes de Carrión (vv. 1831-36). Los
vasallos del Cid, al divisar el gran número de caballeros que se les acercan, creen por un
instante que se trata de una hueste enemiga.11 Sin embargo, al reconocer al rey, que se
persigna admirado al verlos, Alvar Fáñez y Pero Vermúdez descabalgan, se arrodillan para
besar la tierra y los pies de Alfonso, y, todavía arrodillados, le demandan merced en
nombre de su señor, que se declara su leal vasallo y le agradece la honra recibida (vv.
1840-48). Seguidamente, tras comunicarle su victoria sobre Yucef, le hacen entrega de los
200 caballos. Alfonso acepta el regalo y hace votos para que pueda corresponderle pronto:
"aún vea ora que de mí sea pagado" (v. 1857). Sus palabras son acogidas favorablemente
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por la nobleza: "Esto plogó a muchos e besaron le las manos" (v. 1858), pero provocan de
nuevo la ira de García Ordóñez, quien se aparta con diez de sus parientes y les expresa en
privado su temor de que la honra creciente del Cid y el favor que el rey le dispensa vayan
en detrimento de su propia honra y de la de sus familiares (vv. 1858-65). El rey, ajeno a
estas hablas, reitera el buen servicio que hace Rodrigo al reino, hace donación a sus
emisarios de valiosas armas, ricos vestidos, y cuatro caballos, y les ofrece todo cuanto
necesiten durante su estancia en Castilla (vv. 1870-78).
En este momento aparecen los Infantes de Carrión, quienes deciden manifestar al
rey su deseo de casarse con las hijas del Cid, deseo que no se habían atrevido a formular
antes debido a la diferencia de su linaje y el del Cid (vv. 1373-77). La situación es sin duda
propicia a la petición de los Infantes, si consideramos la promesa de Alfonso de galardonar
al desterrado, por lo que accede a su ruego convencido de que el Cid "abrá í ondra e creçrá
en onor" (v. 1905). De hecho, la merced que el rey Alfonso confiere a los Infantes de
Carrión marca su decisión de otorgar el perdón al Campeador. En consonancia con las
disposiciones de las Partidas, Alfonso, aduce los muchos servicios que el Cid le ha hecho a
él y a su reino, y reconoce en un acto de encomiable nobleza el mal que él mismo le hizo al
desterrarlo: "Hyo eché de tierra al buen Campeador,/ e faziendo yo ha él mal y él a mí
grand pro" (vv. 1890-91). Estas palabras son extremadamente importantes tanto por su
contenido como por ser pronunciadas por el mismo monarca. Debemos recordar que en el
poema nadie ha censurado a Alfonso, sino que, por el contrario, todos hasta este momento
le han guardado la honra debida, temiendo y acatando sus órdenes como la legislación
indica y como corresponde a la dignidad real que representa. Que sea el propio rey Alfonso
quien admita el bien que ha recibido del Cid, y esté dispuesto a reparar el daño que le ha
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hecho es muy significativo, pues nos muestra su grandeza y su generosidad. Si el
reconocimiento del error por parte del monarca es de carácter excepcional, no lo es el
hecho mismo de que lo cometa, ya que los fallos de los monarcas son característicos de la
épica medieval, y con frecuencia son los desencadenantes de la acción y, en consecuencia,
del devenir del héroe.12 Así ocurre en otros textos épicos castellanos, como ha mostrado
recientemente Fraker, y también en la epopeya francesa. Ejemplo de ello es el mismo
Carlomagno en la Chanson de Roland, quien, aunque es considerado como un soberano
ideal, desencadena la traición y muerte del héroe por someterse al consejo de Ganelón,
incluso conociendo sus motivaciones.13
En cuanto al perdón real mismo, la legislación distinguía claramente tres causas
para otorgarlo, según estuviera motivado por misericordia, que es cuando "el Rey se
mueue con piedad de si mismo a perdonar a alguno la pena que deuia auer, doliendose del,
viendole cuytado, o mal andante: o por piedad que ha de sus fijos, e de su compaña"; por
merced, que "es perdón que el Rey faze a otro por merescimiento de seruicio que le fizo
aquel a quien perdona ... e es como manera de gualardon"; o por gracia, que "es don que
faze el Rey a algunos que con derecho se puede escusar de lo fazer, si quisiere" (Partida
VII, XXXII, 3). Teniendo esto en cuenta, es interesante constatar que el poeta considera el
perdón de Alvar Fáñez y de los que salieron de Castilla con el Cid como sendos actos de la
"gracia real" de Alfonso (vv. 888 y 1361-66)), mientras que define el perdón concedido al
mismo Cid como un acto de "merced". Naturalmente, en ambos casos el rey otorga el
perdón libremente, y en ese sentido estricto se trata de una manifestación de su gracia. No
obstante, la distinción terminológica es importante porque destaca el reconocimiento por
parte de Alfonso de los méritos del Cid y su generosidad al galardonarle sus servicios como
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merece. Por otra parte, la exactitud del léxico que el poeta utiliza demuestra la amplitud de
sus conocimientos jurídicos (Lacarra 1980).
En efecto, Alfonso comunica en privado a Alvar Fáñez y a Pero Vermúdez su
decisión de perdonar al Cid en razón de que sus merecimientos y servicios le han hecho
acreedor del amor real, y, por honrarlo más, se manifiesta dispuesto a celebrar las vistas
donde el Cid disponga:
'Oíd me, Minaya, e vos, Per Vermúez:
sirvem mio Çid el Campeador,
él lo mereçe e de mí abrá perdón;
viniessem a vistas si oviesse sabor.'
..................................
'Decid a Ruy Díaz el que en buen ora nasco
quel iré a vistas do fuere aguisado;
do él dixiere í sea el mojó,
andar le quiero a mio Çid en toda pro.'
(vv. 1897-1899 y 1910-13)
Rodrigo acepta la magnanimidad del rey con alegría y humildad, consciente del honor que
le confiere:
"Non era maravilla si quisiesse el rey Alfonsso,
fasta do lo fallásemos buscar lo iremos nos
por le dar grand ondra commo a rey [e señor];
mas lo que él quisiere esso queramos nos.
Sobre el Tajo que es una agua [mayor]
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ayamos vistas quando lo quiere mio señor.'
(vv. 1950-55)
Los preparativos de ambas partes para acudir a las vistas del Tajo son fastuosos y su
encuentro dramático. Alfonso cabalga en compañía de "cuendes e podestades e muy
grandes mesnadas" (v. 1980) y juntos salen a recibir con gran honor al Cid (v. 2015), quien,
a la vista de su señor, descabalga con quince de sus caballeros y postrado a sus pies muerde
las yerbas y le pide merced (vv. 2016-25). Estas señales de gran humildad, son en esencia
iguales a las que hicieron en su nombre sus vasallos en las tres embajadas que preceden a la
concesión del perdón, pues como ya he señalado, las Partidas disponían que
"omildosamente fincados los ynojos e con pocas palabras deuen pedir merced al Rey los
que la han menester" (III, XXIV, 3). Baste recordar los versos 1841-48 que describen la
petición de merced que hacen Alvar Fáñez y Pero Vermúdez en nombre del Cid para
comprobarlo:
Minaya e Per Vermúez adelante son legados;
firieron se a tierra, deçendieron de los cavalos,
ant'el rey Alfonso los inojos fincados
besan la tierra e los pies amos:
¡Merçed, rey Alfonso, sodes tan ondrado!
Por mio Çid el Campeador todo esto vos besamos;
a vos lama por señor e tienes por vuestro vasallo
Los gestos de Rodrigo se intensifican con objeto de realzar su fidelidad, a la par que
destacan la honra y honor que el rey le confiere, ya que ambos pugnan por mostrarse
mutuamente, y también de manera pública a los demás, la fidelidad y el amor que se
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profesan. De este modo, las extremadas muestras de humildad del Cid, al morder las
yerbas, se equiparan a la generosidad y deferencia con que el rey le corresponde, al insistir
en que se levante (vv. 2026-35). Las acciones de ambos son esenciales al mensaje del
poeta, pues es necesario que el Cid insista en la sumisión a su señor y que el rey restaure su
honra y le confiera el honor que merece sin trastocar los papeles que a cada uno les
corresponden, es decir, sin olvidar por ello ni los deberes de obediencia y lealtad del
vasallo ni los privilegios reales del Soberano.
En el proceso que recorre el Cid desde el destierro hasta el perdón, hemos
observado cómo la autoridad del rey nunca ha sido cuestionada, por lo que nunca debe ser
probada o reestablecida, como algunos han aducido.14 Tampoco el texto presenta a
Alfonso frío e impasible en la primera embajada, ni se produce un cambio drástico en su
conducta en la tercera, como argumenta Walker (259). Muy al contrario, el poeta nos
muestra la benevolencia de Alfonso desde que hace acto de presencia en el poema, de tal
forma que en cada embajada sus mercedes aumentan de manera gradual y progresiva hasta
culminar con el perdón del Cid.15 Por ello, es poco razonable pensar que el rey considere
los dos primeros regalos del Cid como cohecho o soborno para comprar su perdón y que
únicamente en la tercera ocasión estime que su lealtad es desinteresada (Walker 260). De
ser así, tendríamos que eliminar todos los versos en los que Alfonso declara su placer por
los regalos que recibe y su satisfacción por el servicio que el Cid le presta, así como
aquéllos en los que muestra su generosidad otorgando mercedes a los que se desterraron
con el Cid y a la propia familia del Campeador. Tal lectura es fruto de un enraizado
prejuicio crítico en contra de la actuación del rey Alfonso en el poema, y además resulta
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anacrónica, pues no tiene en cuenta la adhesión y defensa del autor a las disposiciones
legales y a los valores de su sociedad.
En conclusión, el poeta nos presenta a Alfonso, ya en esta primera parte, como la
encarnación del poder real y supremo administrador de la justicia. Por ello y pese al
reconocido error de Alfonso, el autor no cuestiona su potestad para descargar la ira regia,
que en sí es buena, sino que diferencia la ley de su administración y advierte de los abusos
de poder de los nobles, que con sus delaciones y maledicencia pueden provocar el recelo de
los reyes y hacer incurrir en la ira regia a sus enemigos (Lacarra 1980, 97-99). De ahí que
nadie cuestione su autoridad y que el poeta elija desarrollar sus cualidades más atractivas,
como son la generosidad que culmina en el perdón, en la primera parte, y la justicia propia
del rey "derechero", en la segunda. Como corresponde a un Soberano, Alfonso tiene el
poder de ratificar la honra y la deshonra legal de sus vasallos y de sancionar la movilidad
social y el cambio de "status" dentro del estamento nobiliario. Esta prerrogativa real se
ejerce en defensa del sistema constituído a través del reconocimiento de las propias obras,
siempre que éstas defiendan los principios feudales de lealtad y de servicio, como hace su
mejor vasallo incluso en la adversidad. Y es que en el poema el orden feudal es defendido
enérgicamente y la conducta de Alfonso y de Rodrigo se presenta como paradigmática de
las relaciones que deben prevalecer entre el rey y sus vasallos.
NOTAS
1 Véase también H. Grassotti donde analiza el desarrollo de la ira regia en la legislación y
los cambios introducidos por Alfonso X.
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2 N. Guglielmi, I, (1955) y II, (1958) estudia el desarrollo de esta institución y proporciona
algunos ejemplos de Cortes extraordinarias convocadas excepcionalmente para resolver
asuntos particulares (II, 68-73).
3 Este deber y costumbre se deduce de la disposición del Fuero Viejo, I, IV, 2, en la que se
distingue a los vasallos de criazón de los de soldada, definiendo a los primeros como
aquellos a los que sus señores "crian, e arman, e casanlos, e eredanlos".
4 De aquí en adelante cito por mi edición (1983).
5 La gravedad del mal nombre era tal que excepcionalmente el rey otorga una carta de
perdón en la que intenta incluso erradicar la deshonra de derecho. Así sucede en el perdón
que Juan II concedió a su prima la Condesa doña Juana Pimentel, viuda de su privado
Alvaro de Luna, y a quienes se levantaron con ella en la fortaleza de Escalona. En su carta,
fechada el 28 de junio de 1453, Juan II revoca la condena de los rebeldes con las siguientes
palabras: "vos dó por libres e quitos de todo ... e vos restituyo en vuestra buena fama en el
estado primero en que erades antes de todo ello, e lo he dó por non fecho nin pasado et alzo
e quito de vos e de vuestros linages toda infamia e mansilla e toda otra cosa asi de fecho
como de derecho en que por ello ayades incurrido." (Rodríguez Flores, Apéndice
documental, II, 243)
6 El análisis de la conducta del rey Alfonso hacia su vasallo ha sido objeto de análisis
contrarios. Entre quienes aducen que el poeta culpa al rey en alguna medida y que actúa
contra el Cid movido por la envidia destacan R. Menéndez Pidal y E. de Chasca (63-82).
M. Molho argumenta que se establece entre ambos una relación freudiana y que el rey
adopta la figura del Mal Padre. La gran mayoría de estudiosos, sin embargo, mantienen
interpretaciones más matizadas, como R. M. Walker y G. West, o claramente discrepantes,
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como M. E. Lacarra (1980, 18-23), M. L. Meneghetti, F. López Estrada (168-83) y A.
Montaner Frutos.
7 Sobre las variadas interpretaciones de este famoso verso ha hecho un excelente resumen
F. López Estrada (63-68).
8 Acerca del intercambio de regalos ha escrito con acierto J. J. Duggan, aunque no
comparto sus conclusiones de que los regalos forman la base económica del poema, ni
tampoco que el rey Alfonso rara vez corresponda a los regalos del Cid, puesto que lo hace
siempre y con gran generosidad (Lacarra, en prensa).
9 Sobre la función de los regalos es fundamental el libro de M. Mauss (6-12), quien arguye
que el rechazo significaba la ruptura de la amistad y que la falta de reciprocidad equivalía a
una declaración de guerra. No obstante el interés de muchos aspectos de su libro, sus
conclusiones de que el intercambio de regalos era propio de las sociedades elementales al
constituir la base de la distribución de la riqueza han sido cuestionadas por otros
antropólogos y sociólogos. Así, C. Levi-Strauss (91-108), aunque concuerda con Mauss en
afirmar que quien ofrece regalos espera reciprocidad, por lo que el rechazo produce
hostilidad, subraya que tales intercambios se dan en todas las sociedades y rechaza que su
objetivo principal sea el económico. En esto coincide con D. Cheal (15), quien además
señala que la economía moral no define una economía elemental sino que es parte de un
sistema más amplio de transacciones consensuadas por la comunidad, que sirven para
reconocer los vínculos y reproducir las relaciones sociales.
10 No sabemos cuántos de estos caballeros son vasallos de Alfonso, ya que el poeta no nos
dice el número de caballeros que fueron a Castilla en el séquito de Alvar Fáñez, pero
fueron sin duda muchos, ya que en el segunda embajada, sin duda más nutrida, por ser 100
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los caballos que envía el Cid, y por el objetivo de la misma, acompañan a Alvar 100
caballeros (v. 1420).
11 Estoy en completo acuerdo con la lectura que hace R. Archer de los versos 1838-40.
12 Sobre la importancia del fallo épico en la estructuración bimembre del poema estoy
preparando un artículo.
13 Véase el interesante análisis sobre el poder real en la canción de gesta que hace D.
Boutet.
14 De Chasca (63-82 ) como después Walker (261)) y en cierta medida C. Smith (121-22)
opinan que la segunda parte del poema constituye una prueba para establecer la bondad del
rey, mientras que West (206) matiza algo más, y si bien cree que el rey no es censurado sí
afirma que su autoridad debe ser restablecida.
15 Estoy en completo desacuerdo con De Chasca en este punto, pues él opina que el perdón
no resulta de la benevolencia del rey, sino de la habilidad del Cid, cuyo éxito tiene que
reconocer Alfonso. Esta conclusión contradice tanto el texto, que muestra la bondad de
ambos, como la legislación sobre el perdón real que con tanto rigor sigue el poeta.
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