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-1- "La representación del rey Alfonso en el Poema de mio Cid desde la ira regia hasta el perdón real", Studies in Medieval Literature in Honor of Charles F. Fraker, eds. Mercedes Vaquero y Alan Deyermond, Madison, Wisconsin: HSMS, 1995, 183-195. La representación del rey Alfonso en el Poema de mio Cid desde la ira regia hasta el perdón real. Eukene Lacarra Lanz Universidad del País Vasco Tres actos jurídicos del rey Alfonso presiden los hitos cruciales de su relación con Rodrigo Díaz de Vivar: la ira regia, el perdón real y la convocatoria de las Cortes de Toledo. Los tres sirven para subrayar el poder incontestado del Soberano, puesto que todos ellos son atributos inseparables de la realeza que únicamente al Príncipe le es dado otorgar. La ira regia y el perdón real son manifestaciones de la autoridad real por las que el rey retira o concede su amor en un acto voluntario y arbitrario. Naturalmente, la legislación preveía que la comisión de determinados delitos podía ocasionar la ira regia, si bien el monarca gozaba de total libertad para descargarla sobre sus ricos hombres, incluso por simple malquerencia (Lacarra 1980, 8-12). 1 De la misma manera, en la concesión del perdón regio ciertos méritos del reo podían mover al rey a otorgarle el perdón, pero sin que en ningún caso se viera obligado a ello, ya que se trataba de una manifestación de su gracia y no de un acto de justicia en sentido estricto (Rodríguez Flores 11-17 y 191-201). Ambos, la ira regia y el perdón, están estrechamente ligados en el poema y constituyen los polos extremos de la trayectoria que recorre el Cid desde el desamor real, que supone la ruptura del vínculo de vasallaje con su señor Alfonso, hasta el amor real que lo restaura.

La representación del rey Alfonso en el Poema de mio Cid desde la ira regia hasta el perdón real

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"La representación del rey Alfonso en el Poema de mio Cid desde la ira regia hasta el perdón real", Studies in

Medieval Literature in Honor of Charles F. Fraker, eds. Mercedes Vaquero y Alan Deyermond, Madison,

Wisconsin: HSMS, 1995, 183-195.

La representación del rey Alfonso en el Poema de mio Cid desde la ira regia hasta el

perdón real.

Eukene Lacarra Lanz

Universidad del País Vasco

Tres actos jurídicos del rey Alfonso presiden los hitos cruciales de su relación con

Rodrigo Díaz de Vivar: la ira regia, el perdón real y la convocatoria de las Cortes de

Toledo. Los tres sirven para subrayar el poder incontestado del Soberano, puesto que todos

ellos son atributos inseparables de la realeza que únicamente al Príncipe le es dado otorgar.

La ira regia y el perdón real son manifestaciones de la autoridad real por las que el rey

retira o concede su amor en un acto voluntario y arbitrario. Naturalmente, la legislación

preveía que la comisión de determinados delitos podía ocasionar la ira regia, si bien el

monarca gozaba de total libertad para descargarla sobre sus ricos hombres, incluso por

simple malquerencia (Lacarra 1980, 8-12).1 De la misma manera, en la concesión del

perdón regio ciertos méritos del reo podían mover al rey a otorgarle el perdón, pero sin que

en ningún caso se viera obligado a ello, ya que se trataba de una manifestación de su gracia

y no de un acto de justicia en sentido estricto (Rodríguez Flores 11-17 y 191-201). Ambos,

la ira regia y el perdón, están estrechamente ligados en el poema y constituyen los polos

extremos de la trayectoria que recorre el Cid desde el desamor real, que supone la ruptura

del vínculo de vasallaje con su señor Alfonso, hasta el amor real que lo restaura.

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La llamada a Cortes, por otra parte, aunque también de exclusiva potestad regia,

pertenecía a los ámbitos de la justicia y del gobierno del reino, y no necesariamente al de la

gracia. Como sabemos, los nobles tenían el derecho de presentar sus demandas judiciales

en la Corte ordinaria del rey, mientras que en las Cortes extraordinarias se trataban

normalmente asuntos de carácter judicial, político o económico concernientes a los

intereses generales del reino. No obstante, en estas Cortes el rey podía atender la querella

de un noble en un acto de merced especial, con objeto de distinguirlo de manera particular

o para subrayar la importancia jurídica de su demanda, como ocurre en el poema (Lacarra

1980, 65-77).2

El matrimonio tiene distinto carácter, pues con ser un acto de gran importancia, no

es una prerrogativa exclusivamente real, ya que los señores también gozaban de este

privilegio, y proporcionaban matrimonios a sus vasallos, especialmente si eran vasallos de

criazón, de acuerdo con sus intereses políticos y económicos.3 En cuanto al matrimonio de

los Infantes de Carrión con las hijas de Rodrigo conviene señalar que se trata de una

merced que los Infantes solicitan al rey: "¡Merçed vos pedimos commo a rey e señor

natural! ... que nos demandedes fijas del Campeador" (vv. 1885 y 1887),4 y que Alfonso les

confiere, no sin ciertas dudas: "del casamiento non sé sis abrá sabor;/ mas pues bos lo

queredes entremos en razón" (vv. 1892-3), en la creencia de que la unión favorecerá a

Rodrigo ("abrá í ondra e creçrá en onor", v. 1905). Que los destinatarios primeros de la

merced son los Infantes se subraya tanto por la respuesta de Alvar Fáñez a la petición de

Alfonso: "Rogar gelo emos lo que dezides vos;/ después faga el Çid lo que oviere sabor"

(vv. 1908-9), como por el agradecimiento que el rey muestra al Cid por aceptar su

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proposición: "Grado e graçias, Çid, commo tan bueno e primero al Criador/ quem dades

vuestras fijas pora los ifantes de Carrión" (vv. 2095-96).

En las páginas que siguen dejaré de lado todo lo concerniente a los dos matrimonios

de las hijas de Rodrigo y a las Cortes de Toledo y centraré mi atención en el proceso de

recuperación de la honra del Cid, es decir, en su relación con Alfonso hasta que éste le

otorga el perdón en las vistas del Tajo. Para ello analizaré la distinción legal entre honra de

hecho y honra de derecho, y examinaré la legislación pertinente al perdón real. Ambos

aspectos son cruciales en la interpretación del poema porque nos permiten percibir a los

personajes en el contexto de la sociedad en que se creó y de este modo nos evitan, en la

medida de lo posible, caer en anacronismos innecesarios. Esta aproximación es, a mi juicio,

singularmente relevante para acercarse a la figura del rey Alfonso, cuyo análisis ha

suscitado interpretaciones bastante polarizadas entre los estudiosos.

Hace ya algunos años investigué las consecuencias legales de la ira regia en el

poema, es decir, el destierro, la confiscación de los bienes muebles e inmuebles, la pérdida

de los honores y la deshonra, y señalé que las penas en que incurría el Cid se ajustaban en

todo a la legislación (Lacarra 1980, 8-32). Sin embargo, no me percaté de que la ira regia

conllevaba también la pérdida de la patria potestad, ya que el destierro, cuando era para

siempre, se equiparaba a la muerte civil, tal y como la definía Alfonso X en sus Partidas

(IV, XVIII, proemio y 2). Aunque sobre este punto volveré más tarde, es de suma

importancia apuntar ahora que la ley distinguía entre la deshonra de derecho o

"enfamamiento" y la deshonra de hecho o "nombradía mala". En la Partida VII, VI, 1, la

deshonra de derecho se atribuye a dos causas: "La vna es que nasce del fecho tan sola

mente. E la otra es que nasce de ley que los da por enfamados por los fechos que fazen". La

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primera causa alude, pues, a la pérdida automática de la honra, sin necesidad de que

intervenga la justicia, bien cuando el propio individuo comete actos delictivos condenables,

bien cuando repercuten en él a través de terceros, habitualmente los padres, como ocurre a

los hijos en el caso de la bastardía (Partida VII, VI, 2). La segunda causa se refiere a la

deshonra producida por una sentencia condenatoria explícita (Partida VII, VI, 5). Frente a

la deshonra de derecho así concebida, la deshonra de hecho provenía exclusivamente de la

opinión pública, por lo que era independiente de la ley e, incluso, de la buena o mala

conducta del individuo.

Ca mala fama gana ome por su merecimiento por alguna de las razones que

de suso diximos: e la nombradia, e el precio de mal, ganan a las vegadas los

omes con razon a las vegadas no seyendo en culpa, e es de tal natura, que

despues que las lenguas de los omes han puesto mala nombradia sobre

alguno non la pierde jamas maguer non la meresciesse. Mas el

enfamamiento que de suso diximos, quanto pertenece a la pena que deuia

auer por el, segund derecho, bien se puede toller, e esto seria quando el

Emperador, o el Rey perdonasse a alguno el yerro que oviesse fecho de que

era enfamado: ca pierde por ende la mala fama (Partida VII, VI, 6).

Como vemos, la deshonra de hecho se consideraba irrecuperable en virtud de su difusión,

mientras que la de derecho se restituía mediante el perdón real. Por otra parte, si bien la

deshonra de derecho llevaba con frecuencia aparejada la deshonra de hecho, como se ve en

la documentación,5 podía darse el caso de que el deshonrado por la ley mantuviera su fama

y buen nombre entre las gentes.

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El perdón real, como he señalado, era un acto arbitrario del Soberano, por lo que su

concesión dependía de la voluntad real y no de la conducta del condenado. No obstante, la

ley y la práctica jurídica indican que los méritos del condenado, aun sin determinarla,

podían hacerle acreedor de la gracia real. Motivaciones de índole política que afectaran el

bienestar del reino también aconsejaban otorgarlo, especialmente si el reo había prestado

servicios substanciales a la corona. Alfonso X en sus Partidas considera que el rey puede

manifestar su gracia "por merecimiento de seruicio que aya alguno fecho, o por bondad que

aya en si" (III, XVIII, 49 y 51), y, salvo que se trate de los condenados por delitos de

traición o alevosía (Partida III, XXIV, IV), puede perdonar a "algunos yrados por recebir

dellos grandes seruicios, que sean a pro del, e del Reyno" (Partida III, XVIII, 49), o "por

seruicio que ouiesse fecho a el ... o por bondad, o por sabiduria, o por grand esfuerço, que

ouiessen en el, de que pudiesse a la tierra venir algund bien" (Partida VII, XXXII, 1).

Además, también se estimaba oportuno otorgar el perdón para evitar graves daños a la

tierra (Partida III, XVIII, 50).

En cuanto a la petición misma del perdón, las Partidas establecen que

"omildosamente fincados los ynojos e con pocas palabras deuen pedir merced al Rey los

que la han menester" (III, XXIV, 3). En el caso de que el rico hombre haya incurrido en

malquerencia, puede y debe pedir merced al rey para que no lo destierre, "apartadamente en

poridad, que lo non faga, ... e si non gelo quisiesse caber, deuel pedir merced la segunda

vez ante vno, o ante dos de la compaña del Rey. E si acaesciesse que non gelo quisiesse

otorgar, puedele pedir merced la tercera vegada por corte" (Partida IV, XXV, 10). Cuando

el interesado se hallaba ya en el destierro, otros podían interceder en su favor y pedir

merced al rey en su nombre (Partida VII, XXXII, 1).

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Hechas estas precisiones, podemos proceder al análisis del poema. En primer lugar

es importante reiterar que si bien la ejecución de la ira regia ocasiona al Cid la pérdida de

sus bienes y honores, y de la patria potestad sobre sus hijas, en ningún momento tales

castigos se atribuyen a la malevolencia personal del rey Alfonso, quien es el administrador

de la justicia.6 Ni el narrador ni personaje alguno culpan al rey. El propio héroe acata las

órdenes reales sin plantearse nunca desobedecerlas o rebelarse, y exime a Alfonso de toda

censura al culpabilizar a sus "enemigos malos" (v. 9) de haberle ocasionado el desfavor

real, extremo éste que reitera su mujer Jimena en las primeras palabras que le dirige: "Por

malos mestureros de tierra sodes echado" (v. 267).

Por otra parte, si bien es verdad que el Cid pierde la honra de derecho al haber sido

sancionado por la ley, es igualmente cierto que mantiene incólume la honra de hecho. Su

buen nombre se constata en la famosa exclamación colectiva de los burgaleses: "¡Dios, qué

buen vassalo! ¡Si oviesse buen señor!" (v. 20), por medio de la cual declaran la admiración

que el Cid les merece. Ni estas palabras, ni el temor que muestran al rey Alfonso implican

censura alguna al monarca.7 Por el contrario, su conducta es intachable y perfectamente

consonante con el sentimiento de temor y de obediencia que el pueblo debía guardar al rey,

según se expresa en las disposiciones relativas a "cuál deue el pueblo ser en conoscer e en

honrrar e en guardar al Rey" formuladas en las Partidas. En ellas se aduce que temor y

obediencia son muestras de amor al rey a la que todos están obligados, ya "que temor es

cosa que se tiene con el amor que es verdadero, ca ningun ome non puede amar si non teme

... e le deuen temer como vassallos a señor, auiendo miedo de fazer tal yerro, porque ayan a

perder su amor, e caer en pena" (II, XIII, 15), y "obediencia es cosa de que viene mucho

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bien ... <ca> mostrarian que le conoscian, e le amauan, e le temían verdaderamente, porque

merescen ser mucho amados e honrrados" (II, XIII, 16).

Además de los burgueses de Burgos, otros personajes prueban con su respeto y

confianza que la honra de hecho del desterrado se mantiene intacta. Ejemplo de ello es la

lealtad de Martín Antolínez, quien decide ayudar al Cid, aun arriesgando el desfavor real,

convencido de que "aun çerca o tarde el rey quererme ha por amigo" (v. 76); la excelente y

honrosa acogida que los monjes de Cardeña le dispensan (Lacarra 1977), así como la

adhesión de numerosos caballeros que se le unen en el destierro dejando por él sus casas y

sus honores (vv. 289-94). Unicamente Raquel y Vidas cuestionan la conducta del héroe

["non duerme sin sospecha qui aver trae monedado" (v. 126)], si bien su recelo está

claramente alimentado por el propio Martín Antolínez, quien para obtener el préstamo les

hace creer en su culpabilidad (vv. 109-14).

En cuanto a la trayectoria del Cid para recobrar la honra de derecho, es necesario

insistir en que sólo el rey se la puede restituir en un acto de merced, pues como dice la

Partida VI, XXXII, 1: "atales perdones como estos non ha otro poder de los fazer sinon el

rey". Es por tanto lógico que Rodrigo intente recuperar el amor de Alfonso demostrándole

por palabras y por actos su lealtad, así como la voluntad de poner sus ganancias a su

servicio, siguiendo de este modo las pautas de conducta que la ley estimaba oportunas para

obtener el perdón real.

Las embajadas y regalos que el Cid envía al rey Alfonso son el medio que utiliza

para demostrar su lealtad y servicio y así hacerse acreedor del perdón. El hecho de que sean

tres las ocasiones en que Alvar Fáñez es enviado a Castilla con presentes para el rey con

objeto de obtener su merced no es casual, ya que este número está en perfecta consonancia

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con la Partida IV, XXV, 10, que contempla hasta tres peticiones de merced por parte del

airado. Como antes señalaba, las peticiones estaban gradualmente escalonadas, desde la

primera que se hacía en secreto y en solitario, hasta la tercera que debía llevarse a cabo

delante de toda la Corte. Así, en evidente paralelo con esta normativa, la primera vez que

Alvar se encuentra con el rey le pide merced para el Cid "en poridad", es decir, cuando

están los dos solos (vv. 872-80); la segunda vez, Alvar insiste en su ruego delante del

pueblo (vv. 1318-39); y finalmente, la tercera y última petición previa al perdón la hacen

públicamente Alvar Fáñez y Pero Vermúdez en presencia de todos los nobles de la Corte de

Alfonso (vv. 1832-4 y 1841-54).

Las tres embajadas repiten ciertos elementos comunes en forma y contenido entre

emisario y destinatario, aunque con ligeras variaciones de acuerdo con las circunstancias.

El mensaje del Cid se articula en tres partes: el ofrecimiento de regalos, la enumeración de

las victorias militares donde han sido obtenidos y la petición verbal de merced, siempre

acompañada por el beso ritual de las manos y los pies del rey Alfonso que exigía la ley

(Partida III, XXIV, 3). El paulatino acercamiento entre ambos se manifiesta por la creciente

cuantía de las donaciones, por la importancia y magnitud de las conquistas y por la

intensidad de las muestras de lealtad. Todo ello se demuestra en el número cada vez mayor

de versos que el poeta dedica a cada embajada, 28 (vv. 871-99), 75 (vv. 1309-84) y 139

(vv. 1825-1964), y en su carácter cada vez más público.

Las respuestas de Alfonso se estructuran también en torno a tres elementos: la

aceptación de los regalos, el reconocimiento de los méritos del Cid y el ofrecimiento de

mercedes como contrapartida a los dones que recibe.8 Así, después de recibir los regalos y

subrayar el placer que le producen por tratarse de bienes conquistados a los moros, el rey

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Alfonso manifiesta su satisfacción y/o admiración hacia el Cid por haberlos ganado, y acto

seguido corresponde a los ruegos y dádivas de los emisarios del Cid con mercedes que sólo

a él le es dado conceder: otorga el perdón real (individual o colectivo) a quienes salieron de

Castilla con Rodrigo, dispensa a sus propios vasallos para que puedan unirse a las huestes

del desterrado si así lo desean, accede a la petición del Cid de que su mujer e hijas se

reunan con él en Valencia, y, finalmente, le devuelve su amor en un acto público (vv. 886-

94, 1341-44, 1355-71, 1378-83, 1855-57, 1867-76, 1897-99). Al igual que observábamos

en las embajadas de Rodrigo, también las mercedes y donaciones del rey aumentan en

cantidad y calidad. Con ellas Alfonso muestra su magnanimidad y buena disposición hacia

su vasallo, ya que todas redundan de manera directa o indirecta en su beneficio. En este

sentido, es especialmente significativa la merced que Alfonso le condede al permitir la

reunión de la familia, pues en términos legales supone la recuperación de la patria potestad

que el Cid había perdido y anuncia la proximidad del perdón.

El análisis concreto de las embajadas nos permite comprobar el acercamiento

gradual entre el rey y su antiguo vasallo. El objetivo del Cid en la primera se limita a lograr

que Alfonso acepte el regalo de los 30 caballos que le envía (vv. 815-18), ya que si el

recibirlos denota un actitud abierta a la amistad, rechazarlos supondría una reiteración de

enemistad.9 Una vez, pues, que el rey los acepta, "mas después que de moros fue prendo

esta presentaja;/ aun me plaze de mio Çid que fizo tal ganançia" (vv. 884-85), Alvar Fáñez

sabe que su actitud es favorable al Cid y puede proceder a besarle las manos y los pies y

pedirle merced en nombre de su señor (vv.879-80). Alfonso, como es natural, considera

inapropiado perdonar a Rodrigo tras la primera petición, pero corresponde al presente

recibido otorgando a Minaya la gracia del perdón y restituyéndole sus tierras y honores

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perdidos (vv.886-88). Además, en un despliegue de generosidad concede a todos los

hombres de su reino que lo deseen el permiso de unirse a las mesnadas del Cid: "de todo

mio reino los que lo quisieren far/ buenos e valientes por a mio Çid huyar/ suelto les los

cuerpos e quito les las heredades" (vv.891-93). Resultado de esta magnanimidad es que

Alvar Fáñez vuelve de su embajada con 200 caballeros y gran número de peones (vv.916-

18), lo cual supone un incremento inestimable para las huestes del Cid que en ese momento

ascendían a poco más de 600 hombres en total (v. 674).10 La alegría del Cid: "el

Campeador fermoso sonrrisava" (v. 923), responde plenamente al éxito de la embajada de

Alvar, que ha superado con creces su objetivo, y que le trae consigo las pruebas palpables

de la favorable disposición de Alfonso.

En la segunda embajada el Cid cuenta ya con la benevolencia de Alfonso y con la

seguridad de que no rechazará el regalo de los 100 caballos que le lleva Minaya, por lo que

en esta ocasión sus objetivos son de mayor envergadura. Por ello le encarga que además de

reiterar al rey su lealtad le pida merced para traer a su familia a Valencia (vv. 1275-81). El

logro de esta merced significa una atenuación del castigo y también una indicación de la

proximidad del perdón definitivo, puesto que únicamente quienes incurrían en el

"desterramiento para siempre" eran privados de la patria potestad, según indican las

Partidas (IV, XVIII, proemio). De acuerdo con estas metas, el encuentro se inicia con la

dramática declaración de la fidelidad de Rodrigo transmitida por Alvar:

Fincó sos inojos ante tod el pueblo,

a los pies del rey Alfonso cayó con grand duelo,

besava le las manos e fabló tan apuesto:

"¡Merced, señor Alfonsso, por amor del Criador!

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Besava vos las manos mio Çid lidiador

los pies e las manos, commo a tan buen señor,

quel ayades merçed, ¡si vos vala el Criador!

Echastes le de tierra, non ha la vuestra amor;

mager en tierra agena él bien faze lo so:" (vv.1318-26)

A continuación, el emisario subraya los méritos del Cid por medio de la enumeración de

sus victorias militares, coronadas por la conquista de Valencia, el señorío sobre la ciudad y

la consagración del obispo don Jerónimo por su propia mano, y le ofrece los 100 caballos

como prueba de sus asertos y de su servicio (vv. 1327-39). La admiración al Campeador

que esta relación despierta en Alfonso (vv. 1340-44) y el pesar que produce en García

Ordóñez (v. 1345-47) así como la ponderación que los servicios de ambos le merecen:

"Dixo el rey al conde: 'Dexad essa razón,/ que en todas guisas mijor me sirve que vos'" (vv.

1348-49), señalan el primer paso en el distanciamiento del rey hacia los enemigos del Cid.

Es en este momento crucial en el que el rey reconoce los servicios del Cid, cuando

Alvar procede a plantear el segundo objetivo de su embajada y ruega a Alfonso que permita

salir de Cardeña a su mujer e hijas. El rey concede gustoso su petición, ordena que les

abastezcan de todo lo necesario para el viaje y manda que un portero real disponga de la

oportuna protección hasta llegar a Medina con objeto de salvaguardarlas de cualquier

afrenta mientras están en su reino (vv. 1355-59 y 1380-83). Esta muestra de generosidad,

que va más allá de lo estrictamente solicitado, se intensifica al conceder de motu propio el

perdón colectivo a todos los vasallos que salieron de Castilla con el Cid y permitir de

nuevo que sus propios vasallos se pongan al servicio del Campeador (vv. 1360-71). El

poeta manifiesta de la buena acogida de la licencia real, "Veriedes cavalleros venir de todas

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partes/ hir se quieren a Valençia a mio Çid el de Bivar" (vv. 1415-16), y nos informa de que

en esta ocasión se sumaron a Alvar Fáñez 65 caballeros (v. 1420).

La tercera y última embajada tiene lugar tras la victoria del Cid sobre el rey de

Marruecos, Yucef. El Cid envía a Alvar Fáñez y a Pero Vermúdez al mando de una

compañía de 200 hombres para que ofrezcan a Alfonso 200 caballos en señal de gratitud

por la honra recibida al liberar a su familia (vv. 1809-14) y para reiterarle su fidelidad: "¡E

servir lo he siempre mientra que ovisse el alma!" (v. 1820). La cuantía del regalo, la

presencia de sus dos parientes más apreciados y el nutrido séquito que los acompañan

subrayan el agradecimiento de Rodrigo a la par que muestran su victoria sobre el rey de

Marruecos.

Como corresponde a comitiva tan numerosa, los embajadores envían por delante

mensajeros que informen a Alfonso de su llegada (vv. 1827-30). La reacción del rey es tan

favorable que decide honrarlos cabalgando él mismo a su encuentro a la cabeza de una

compañía formada por todos sus nobles, entre los que se encuentran García Ordóñez,

identificado como "enemigo malo" del Cid, y los Infantes de Carrión (vv. 1831-36). Los

vasallos del Cid, al divisar el gran número de caballeros que se les acercan, creen por un

instante que se trata de una hueste enemiga.11 Sin embargo, al reconocer al rey, que se

persigna admirado al verlos, Alvar Fáñez y Pero Vermúdez descabalgan, se arrodillan para

besar la tierra y los pies de Alfonso, y, todavía arrodillados, le demandan merced en

nombre de su señor, que se declara su leal vasallo y le agradece la honra recibida (vv.

1840-48). Seguidamente, tras comunicarle su victoria sobre Yucef, le hacen entrega de los

200 caballos. Alfonso acepta el regalo y hace votos para que pueda corresponderle pronto:

"aún vea ora que de mí sea pagado" (v. 1857). Sus palabras son acogidas favorablemente

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por la nobleza: "Esto plogó a muchos e besaron le las manos" (v. 1858), pero provocan de

nuevo la ira de García Ordóñez, quien se aparta con diez de sus parientes y les expresa en

privado su temor de que la honra creciente del Cid y el favor que el rey le dispensa vayan

en detrimento de su propia honra y de la de sus familiares (vv. 1858-65). El rey, ajeno a

estas hablas, reitera el buen servicio que hace Rodrigo al reino, hace donación a sus

emisarios de valiosas armas, ricos vestidos, y cuatro caballos, y les ofrece todo cuanto

necesiten durante su estancia en Castilla (vv. 1870-78).

En este momento aparecen los Infantes de Carrión, quienes deciden manifestar al

rey su deseo de casarse con las hijas del Cid, deseo que no se habían atrevido a formular

antes debido a la diferencia de su linaje y el del Cid (vv. 1373-77). La situación es sin duda

propicia a la petición de los Infantes, si consideramos la promesa de Alfonso de galardonar

al desterrado, por lo que accede a su ruego convencido de que el Cid "abrá í ondra e creçrá

en onor" (v. 1905). De hecho, la merced que el rey Alfonso confiere a los Infantes de

Carrión marca su decisión de otorgar el perdón al Campeador. En consonancia con las

disposiciones de las Partidas, Alfonso, aduce los muchos servicios que el Cid le ha hecho a

él y a su reino, y reconoce en un acto de encomiable nobleza el mal que él mismo le hizo al

desterrarlo: "Hyo eché de tierra al buen Campeador,/ e faziendo yo ha él mal y él a mí

grand pro" (vv. 1890-91). Estas palabras son extremadamente importantes tanto por su

contenido como por ser pronunciadas por el mismo monarca. Debemos recordar que en el

poema nadie ha censurado a Alfonso, sino que, por el contrario, todos hasta este momento

le han guardado la honra debida, temiendo y acatando sus órdenes como la legislación

indica y como corresponde a la dignidad real que representa. Que sea el propio rey Alfonso

quien admita el bien que ha recibido del Cid, y esté dispuesto a reparar el daño que le ha

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hecho es muy significativo, pues nos muestra su grandeza y su generosidad. Si el

reconocimiento del error por parte del monarca es de carácter excepcional, no lo es el

hecho mismo de que lo cometa, ya que los fallos de los monarcas son característicos de la

épica medieval, y con frecuencia son los desencadenantes de la acción y, en consecuencia,

del devenir del héroe.12 Así ocurre en otros textos épicos castellanos, como ha mostrado

recientemente Fraker, y también en la epopeya francesa. Ejemplo de ello es el mismo

Carlomagno en la Chanson de Roland, quien, aunque es considerado como un soberano

ideal, desencadena la traición y muerte del héroe por someterse al consejo de Ganelón,

incluso conociendo sus motivaciones.13

En cuanto al perdón real mismo, la legislación distinguía claramente tres causas

para otorgarlo, según estuviera motivado por misericordia, que es cuando "el Rey se

mueue con piedad de si mismo a perdonar a alguno la pena que deuia auer, doliendose del,

viendole cuytado, o mal andante: o por piedad que ha de sus fijos, e de su compaña"; por

merced, que "es perdón que el Rey faze a otro por merescimiento de seruicio que le fizo

aquel a quien perdona ... e es como manera de gualardon"; o por gracia, que "es don que

faze el Rey a algunos que con derecho se puede escusar de lo fazer, si quisiere" (Partida

VII, XXXII, 3). Teniendo esto en cuenta, es interesante constatar que el poeta considera el

perdón de Alvar Fáñez y de los que salieron de Castilla con el Cid como sendos actos de la

"gracia real" de Alfonso (vv. 888 y 1361-66)), mientras que define el perdón concedido al

mismo Cid como un acto de "merced". Naturalmente, en ambos casos el rey otorga el

perdón libremente, y en ese sentido estricto se trata de una manifestación de su gracia. No

obstante, la distinción terminológica es importante porque destaca el reconocimiento por

parte de Alfonso de los méritos del Cid y su generosidad al galardonarle sus servicios como

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merece. Por otra parte, la exactitud del léxico que el poeta utiliza demuestra la amplitud de

sus conocimientos jurídicos (Lacarra 1980).

En efecto, Alfonso comunica en privado a Alvar Fáñez y a Pero Vermúdez su

decisión de perdonar al Cid en razón de que sus merecimientos y servicios le han hecho

acreedor del amor real, y, por honrarlo más, se manifiesta dispuesto a celebrar las vistas

donde el Cid disponga:

'Oíd me, Minaya, e vos, Per Vermúez:

sirvem mio Çid el Campeador,

él lo mereçe e de mí abrá perdón;

viniessem a vistas si oviesse sabor.'

..................................

'Decid a Ruy Díaz el que en buen ora nasco

quel iré a vistas do fuere aguisado;

do él dixiere í sea el mojó,

andar le quiero a mio Çid en toda pro.'

(vv. 1897-1899 y 1910-13)

Rodrigo acepta la magnanimidad del rey con alegría y humildad, consciente del honor que

le confiere:

"Non era maravilla si quisiesse el rey Alfonsso,

fasta do lo fallásemos buscar lo iremos nos

por le dar grand ondra commo a rey [e señor];

mas lo que él quisiere esso queramos nos.

Sobre el Tajo que es una agua [mayor]

-16-

ayamos vistas quando lo quiere mio señor.'

(vv. 1950-55)

Los preparativos de ambas partes para acudir a las vistas del Tajo son fastuosos y su

encuentro dramático. Alfonso cabalga en compañía de "cuendes e podestades e muy

grandes mesnadas" (v. 1980) y juntos salen a recibir con gran honor al Cid (v. 2015), quien,

a la vista de su señor, descabalga con quince de sus caballeros y postrado a sus pies muerde

las yerbas y le pide merced (vv. 2016-25). Estas señales de gran humildad, son en esencia

iguales a las que hicieron en su nombre sus vasallos en las tres embajadas que preceden a la

concesión del perdón, pues como ya he señalado, las Partidas disponían que

"omildosamente fincados los ynojos e con pocas palabras deuen pedir merced al Rey los

que la han menester" (III, XXIV, 3). Baste recordar los versos 1841-48 que describen la

petición de merced que hacen Alvar Fáñez y Pero Vermúdez en nombre del Cid para

comprobarlo:

Minaya e Per Vermúez adelante son legados;

firieron se a tierra, deçendieron de los cavalos,

ant'el rey Alfonso los inojos fincados

besan la tierra e los pies amos:

¡Merçed, rey Alfonso, sodes tan ondrado!

Por mio Çid el Campeador todo esto vos besamos;

a vos lama por señor e tienes por vuestro vasallo

Los gestos de Rodrigo se intensifican con objeto de realzar su fidelidad, a la par que

destacan la honra y honor que el rey le confiere, ya que ambos pugnan por mostrarse

mutuamente, y también de manera pública a los demás, la fidelidad y el amor que se

-17-

profesan. De este modo, las extremadas muestras de humildad del Cid, al morder las

yerbas, se equiparan a la generosidad y deferencia con que el rey le corresponde, al insistir

en que se levante (vv. 2026-35). Las acciones de ambos son esenciales al mensaje del

poeta, pues es necesario que el Cid insista en la sumisión a su señor y que el rey restaure su

honra y le confiera el honor que merece sin trastocar los papeles que a cada uno les

corresponden, es decir, sin olvidar por ello ni los deberes de obediencia y lealtad del

vasallo ni los privilegios reales del Soberano.

En el proceso que recorre el Cid desde el destierro hasta el perdón, hemos

observado cómo la autoridad del rey nunca ha sido cuestionada, por lo que nunca debe ser

probada o reestablecida, como algunos han aducido.14 Tampoco el texto presenta a

Alfonso frío e impasible en la primera embajada, ni se produce un cambio drástico en su

conducta en la tercera, como argumenta Walker (259). Muy al contrario, el poeta nos

muestra la benevolencia de Alfonso desde que hace acto de presencia en el poema, de tal

forma que en cada embajada sus mercedes aumentan de manera gradual y progresiva hasta

culminar con el perdón del Cid.15 Por ello, es poco razonable pensar que el rey considere

los dos primeros regalos del Cid como cohecho o soborno para comprar su perdón y que

únicamente en la tercera ocasión estime que su lealtad es desinteresada (Walker 260). De

ser así, tendríamos que eliminar todos los versos en los que Alfonso declara su placer por

los regalos que recibe y su satisfacción por el servicio que el Cid le presta, así como

aquéllos en los que muestra su generosidad otorgando mercedes a los que se desterraron

con el Cid y a la propia familia del Campeador. Tal lectura es fruto de un enraizado

prejuicio crítico en contra de la actuación del rey Alfonso en el poema, y además resulta

-18-

anacrónica, pues no tiene en cuenta la adhesión y defensa del autor a las disposiciones

legales y a los valores de su sociedad.

En conclusión, el poeta nos presenta a Alfonso, ya en esta primera parte, como la

encarnación del poder real y supremo administrador de la justicia. Por ello y pese al

reconocido error de Alfonso, el autor no cuestiona su potestad para descargar la ira regia,

que en sí es buena, sino que diferencia la ley de su administración y advierte de los abusos

de poder de los nobles, que con sus delaciones y maledicencia pueden provocar el recelo de

los reyes y hacer incurrir en la ira regia a sus enemigos (Lacarra 1980, 97-99). De ahí que

nadie cuestione su autoridad y que el poeta elija desarrollar sus cualidades más atractivas,

como son la generosidad que culmina en el perdón, en la primera parte, y la justicia propia

del rey "derechero", en la segunda. Como corresponde a un Soberano, Alfonso tiene el

poder de ratificar la honra y la deshonra legal de sus vasallos y de sancionar la movilidad

social y el cambio de "status" dentro del estamento nobiliario. Esta prerrogativa real se

ejerce en defensa del sistema constituído a través del reconocimiento de las propias obras,

siempre que éstas defiendan los principios feudales de lealtad y de servicio, como hace su

mejor vasallo incluso en la adversidad. Y es que en el poema el orden feudal es defendido

enérgicamente y la conducta de Alfonso y de Rodrigo se presenta como paradigmática de

las relaciones que deben prevalecer entre el rey y sus vasallos.

NOTAS

1 Véase también H. Grassotti donde analiza el desarrollo de la ira regia en la legislación y

los cambios introducidos por Alfonso X.

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2 N. Guglielmi, I, (1955) y II, (1958) estudia el desarrollo de esta institución y proporciona

algunos ejemplos de Cortes extraordinarias convocadas excepcionalmente para resolver

asuntos particulares (II, 68-73).

3 Este deber y costumbre se deduce de la disposición del Fuero Viejo, I, IV, 2, en la que se

distingue a los vasallos de criazón de los de soldada, definiendo a los primeros como

aquellos a los que sus señores "crian, e arman, e casanlos, e eredanlos".

4 De aquí en adelante cito por mi edición (1983).

5 La gravedad del mal nombre era tal que excepcionalmente el rey otorga una carta de

perdón en la que intenta incluso erradicar la deshonra de derecho. Así sucede en el perdón

que Juan II concedió a su prima la Condesa doña Juana Pimentel, viuda de su privado

Alvaro de Luna, y a quienes se levantaron con ella en la fortaleza de Escalona. En su carta,

fechada el 28 de junio de 1453, Juan II revoca la condena de los rebeldes con las siguientes

palabras: "vos dó por libres e quitos de todo ... e vos restituyo en vuestra buena fama en el

estado primero en que erades antes de todo ello, e lo he dó por non fecho nin pasado et alzo

e quito de vos e de vuestros linages toda infamia e mansilla e toda otra cosa asi de fecho

como de derecho en que por ello ayades incurrido." (Rodríguez Flores, Apéndice

documental, II, 243)

6 El análisis de la conducta del rey Alfonso hacia su vasallo ha sido objeto de análisis

contrarios. Entre quienes aducen que el poeta culpa al rey en alguna medida y que actúa

contra el Cid movido por la envidia destacan R. Menéndez Pidal y E. de Chasca (63-82).

M. Molho argumenta que se establece entre ambos una relación freudiana y que el rey

adopta la figura del Mal Padre. La gran mayoría de estudiosos, sin embargo, mantienen

interpretaciones más matizadas, como R. M. Walker y G. West, o claramente discrepantes,

-20-

como M. E. Lacarra (1980, 18-23), M. L. Meneghetti, F. López Estrada (168-83) y A.

Montaner Frutos.

7 Sobre las variadas interpretaciones de este famoso verso ha hecho un excelente resumen

F. López Estrada (63-68).

8 Acerca del intercambio de regalos ha escrito con acierto J. J. Duggan, aunque no

comparto sus conclusiones de que los regalos forman la base económica del poema, ni

tampoco que el rey Alfonso rara vez corresponda a los regalos del Cid, puesto que lo hace

siempre y con gran generosidad (Lacarra, en prensa).

9 Sobre la función de los regalos es fundamental el libro de M. Mauss (6-12), quien arguye

que el rechazo significaba la ruptura de la amistad y que la falta de reciprocidad equivalía a

una declaración de guerra. No obstante el interés de muchos aspectos de su libro, sus

conclusiones de que el intercambio de regalos era propio de las sociedades elementales al

constituir la base de la distribución de la riqueza han sido cuestionadas por otros

antropólogos y sociólogos. Así, C. Levi-Strauss (91-108), aunque concuerda con Mauss en

afirmar que quien ofrece regalos espera reciprocidad, por lo que el rechazo produce

hostilidad, subraya que tales intercambios se dan en todas las sociedades y rechaza que su

objetivo principal sea el económico. En esto coincide con D. Cheal (15), quien además

señala que la economía moral no define una economía elemental sino que es parte de un

sistema más amplio de transacciones consensuadas por la comunidad, que sirven para

reconocer los vínculos y reproducir las relaciones sociales.

10 No sabemos cuántos de estos caballeros son vasallos de Alfonso, ya que el poeta no nos

dice el número de caballeros que fueron a Castilla en el séquito de Alvar Fáñez, pero

fueron sin duda muchos, ya que en el segunda embajada, sin duda más nutrida, por ser 100

-21-

los caballos que envía el Cid, y por el objetivo de la misma, acompañan a Alvar 100

caballeros (v. 1420).

11 Estoy en completo acuerdo con la lectura que hace R. Archer de los versos 1838-40.

12 Sobre la importancia del fallo épico en la estructuración bimembre del poema estoy

preparando un artículo.

13 Véase el interesante análisis sobre el poder real en la canción de gesta que hace D.

Boutet.

14 De Chasca (63-82 ) como después Walker (261)) y en cierta medida C. Smith (121-22)

opinan que la segunda parte del poema constituye una prueba para establecer la bondad del

rey, mientras que West (206) matiza algo más, y si bien cree que el rey no es censurado sí

afirma que su autoridad debe ser restablecida.

15 Estoy en completo desacuerdo con De Chasca en este punto, pues él opina que el perdón

no resulta de la benevolencia del rey, sino de la habilidad del Cid, cuyo éxito tiene que

reconocer Alfonso. Esta conclusión contradice tanto el texto, que muestra la bondad de

ambos, como la legislación sobre el perdón real que con tanto rigor sigue el poeta.

-22-

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