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Propuesta y Normativas para las Fachadas y Letreros de la Calle El Conde

Propuesta y Normativas para las Fachadas y Letreros de la Calle El Conde

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Propuesta y Normativas para las Fachadas y Letreros de la Calle El Conde

UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO HENRIQUEZ UREÑA (UNPHU)MAESTRIA ARQUITECTURA TROPICAL CARIBEÑA

HISTORIA DE LA REGION DEL HISTORIA DE LA REGION DEL

CARIBE Y SU ARQUITECTURA

INDICE :

Motivaciones, Objetivos yJustificaciones………………………………………………………………………. 4

Reseña Histórica de la Calle elConde………………………………………………………………………………..…. 5

Resolución 114-88 sobre el uso deLetreros y anuncios en la Ciudad Colonial…………………………..…. 6

LETREROS ……………………………………………………………………………… 7

ANUNCIO Y AVISOS ………………………………………………………………. 14

Conclusiones ………………………………………………………………… …. 36

Bibliografía ………………………………………………………………………. 37

3

SEÑALES ………………………………………………………………………………. 16

Propuesta CierresDe Protección ……………………………………………………………………. 18

Propuesta ElementosDe Sombras ………………………………………………………………………. 21

Referencias Internacionales ………………………………………………. 24

Propuesta de Diseño paraLas Fachadas y Letreros deLa Calle el Conde ………………………………………………………………. 29

DEFINICION DE LA PROBLEMATICA:

Cuál es la normativa usada/aplicada en la calle El Conde para los fines de letreros, anuncios, avisos, señales, elementos de sombras y elementos de protección.Cuál es el nivel de inseguridad que se está viviendo hoy día en la calle El Conde.

MOTIVACIONES:

La falta de conservación en las fachadas de las edificaciones en la calle El Conde.El abandono de las edificaciones y su deterioro tanto interno como externo de estas.La invasión visual de letreros y avisos en la parte comercial, las cuales ocultan las fachadas de las edificaciones.Ayudar a las autoridades, al presentar este trabajo a identificar los problemas que han surgido en el presente de la calle El Conde, para su mejor vigilancia y conservación del mismo.

OBJETIVOS:

Analizar las normativas existentes sobre letreros, avisos, anuncios, señales, elementos de

4

Analizar las normativas existentes sobre letreros, avisos, anuncios, señales, elementos de sombra, y elementos de protección para la calle El Conde.Proponer nuevas medidas para las normativas en la calle El Conde, partiendo de un análisis comparativo con otras referencias similares en otros países.Proponer soluciones de fachadas arquitectónicas en la calle El Conde, en las edificaciones donde se ha deteriorado los elementos originales de sus fachadas, y aplicar las normativas que establece el ayuntamiento con respecto a la conservación de estas edificaciones.

JUSTIFICACIONES:

Estudio de los cambios estéticos que han sufrido las fachadas al colocarle elementos publicitarios sobre los elemento arquitectónicos de la edificación. Comparación de los cambios estéticos y sus normativas con relación a otras referencias internacionales que podamos acoger como ejemplos.Levantamiento de fachadas con el propósito de dar soluciones a los problemas encontrados en la calle El Conde.

Reseña Histórica Calle El Conde Durante el crecimiento de la ciudad, el 5 de agosto del año 1543 se puso la primera piedra de la muralla y se construyó la puerta por la cual transitaban todas las caravanas que llegaban a la ciudad.Cuando fue cerrada con bloques de piedra, el tránsito se trasladó a la puerta sur, que parecía la más accesible a las caravanas que llegaban del oeste. Por muchos años esta permaneció cerrada, inoperante, hasta que los corsarios comenzaron a bombardear la puerta sur.

En 1655, la ciudad sufrió otro ataque, una flota inglesa comandada por el Almirante William Penn y el Capitán Venables, los cuales tenían como propósito repetir la hazaña de Drake. La muralla no estaba terminada pero fueron alejados por las defensas comandadas por el Capitán General Bernandino de Meneses Bracamonte y Zapata, mejor conocido como Conde de Peñalba. Los ingleses quedaron frustrados por su derrota, por lo que Penn y Venables abandonaron La Española.

En aquella ocasión la puerta fue reabierta, y se le agrega una plataforma; también fue reforzada como baluarte, con dos cañones.Autor del proyecto fue el Capitán Francisco Vicente Durán; los diseños fueron enviados por el Conde de Peñalba al Rey de España, de Peñalba al Rey de España, con una nota que decía: “.. puerta que se llamaba cerrada y hoy se llama puerta del Conde..”.

Pocos años después, con la extracción de algunos bloques, la puerta perdió su consistencia en la base y fue reconstruida en piedra durante el gobierno de Francisco de la Rocha Ferrer.

La última restauración de la Puerta del Conde fue en el 1976, obra del Arq. Cristian Martínez Villanueva, ordenada por el Presidente Balaguer.La calle frente a la Puerta del Conde tuvo muchos nombres:• Calle del Clavijo, en la época colonial, nombre de un personaje que representaba la pobre realidad del tiempo;• Imperial, en el período de la dominación francesa;• Separación, después de la separación de Haití;• 27 de Febrero, por un cierto período, después de la Independencia.

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RESOLUCION No. 114-88 SOBRE EL USO DE LETREROS,

ANUNCIOS Y AVISOS EN LA

CIUDAD COLONIAL DE SANTO DOMINGOCONSIDERANDO:

A) La Ciudad Colonial de Santo Domingo es parte fundamental del patrimonio culturalde la nación, el cual requiere de manera impostergable una ambientación cada vezmás ajustada a los criterios de conservación y restauración.

B) En los últimos años se ha experimentado al interior de esta un deterioro ambientalpor consecuencia del uso indiscriminado de letreros y anuncios que ha desnaturalizadoel entorno y en algunos casos han deteriorado las fachadas arquitectónicas de granvalor para la ciudad.

DEFINICION DE LAS CATEGORIAS:

LETREROS: Todo impreso, grabado, escritura, pintura, dibujo u otro medio cuyopropósito sea identificar los establecimientos comerciales, profesionales,institucionales o de cualquier otra índole que se coloca al exterior de una edificación.

ANUNCIOS: Todo impreso, grabado, escritura, pintura, dibujo u otro medio cuyopropósito sea llamar la atención hacia un negocio, servicio, actividad, profesión uocupación que se ofrezca o lleve a cabo en un lugar distinto de donde aparece.

AVISO: Todo afiche, volante, cartel, cruza calle u otro medio que se colocaprovisionalmente o permanentemente en el exterior de un local, en una calle oespacio libre, con el objetivo de promover o anunciar actividades culturales, sociales,políticas, religiosa, deportivas, o de otra índole.

SEÑAL: Toda indicación de transito, numeración y nombre de calle, paradas, indicaciónde lugares de interés cultural y/o turístico, o cualquier otra que sirva para orientar eltránsito vehicular o peatonal en la vía pública.

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LETREROSLETREROS

7

ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INSTITUCIONALES Y

PROFESIONALESLETREROS :La ley 114-88, prohíbe todo tipo de letreros:

Pintados directamente sobre la superficie muraría, aceras, contenes,

pavimentos de calles, techos, vuelos, balcones, muros laterales, toldos y

solares baldíos.

Observaciones con respecto a la actualidad:

En las imágenes actuales de la calle El Conde predominan los casos donde violan la ley 114-88,

apareciendo letreros pintados directamente en la superficie muraría, también en los toldos y en los

balcones.

Propuesta:

Las autoridades deben darle seguimiento continuo a la ley que rige estos letreros. Determinamos que

con la aplicación de la ley, es mas que suficiente para una mejoría en este paseo urbano.8

►LETREROS PARA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES:

La ley 114-88 dice:

Estos solo deberán indicar el nombre del negocio y/o establecimiento

para su identificación.

Se prohíbe la información adicional como son los horarios y los

departamentos que puedan existir en el negocio.

Para los casos en esquina se permitirá colocar en la fachada principal o

en la fachada oblicua entre calle principal y secundaria, siempre y

cuando la edificación tenga este tipo de diseño, y su tamaño no podrá

exceder una tercera parte (1/3) del área de la fachada oblicua.

Observaciones con respecto a la actualidad:

En estas imágenes podemos observar los buenosEn estas imágenes podemos observar los buenos

ejemplos que existen en algunos de los

establecimientos comerciales de la calle el Conde,

donde los letreros están adosados a la parte

muraría de una manera correcta según la ley

actual.

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Propuesta:

La ley es bien especifica con relación a los letreros en los

establecimientos comerciales. Proponemos que sean retirados todos

aquellos que no cumplan con los requisitos indicados.

El establecimiento tendrá que proponer al ayuntamiento un nuevo

letrero que cumpla con las normativas actuales.

► INFORMACION PARA ESTABLECIMIENTO INSTITUCIONALES:

La ley 114-88 dice:

Los que tengan emblemas o marcas debidamente registradas o

autorizadas podrán ser incluidos dentro del mismo letrero.

Observaciones con respecto a la actualidad:

En la calle El Conde, solamente tenemos el Palacio Consistorial que

pertenece al Ayuntamiento del Distrito, sin embargo no tiene ningún

emblema que lo identifique como tal.

Propuesta:

Implementar los emblemas de las instituciones para su fácil reconocimiento ante la sociedad. En las

imágenes podemos observar algunos ejemplos de los emblemas para la colocación de su letrero en

la parte muraría correspondiente.

►INFORMACION PARA ESTABLECIMIENTOS DE OFICINAS :

La ley 114-88 dice:

Estos solo deberán indicar el nombre de la oficina y/o establecimiento

profesional y la profesión.

10

la parte muraría correspondiente.

Observaciones con respecto a la actualidad:

En la calle El Conde, solamente quedan algunas oficinas de abogados, los

cuales no cumplen con lo establecido con la ley con respecto a la colocación

de letreros para establecimientos de oficinas.

Propuesta:

Implementar los letreros, como indicamos en las imágenes para la

colocación del letrero en la parte muraría correspondiente según las

normativas.

►COLOCACION Y TAMAÑOS DE LETREROS :

La ley 114-88 dice:

Estos podrán colocarse adosados al muro exterior

(fachada) del negocio, de manera tal que no oculte

ninguno de los elemento arquitectónico. Asimismo se

prohíbe totalmente la modificación de dichos elementos

arquitectónicos con el fin de colocar o confeccionar un

letrero.

En caso de letreros múltiples deberá cumplir una misma

tipología, material y tamaño; y este último será distribuido

de manera equitativa en una de las superficies muraría, sin

exceder el diez por ciento (10%) de esta superficie.

Observaciones con respecto a la actualidad:

11

Observaciones con respecto a la actualidad:

En la calle El Conde, son muy pocos los que cumplen estas

normativas con relación a la colocación y tamaños de estos

letreros.

Propuesta:

Dentro de la objetividad y claridad de la ley con relación a la

colocación y los tamaños de los letreros es aplicar la normativa

existente, sin embargo en la parte de los letreros múltiples

proponemos colocarlos en la parte muraría exterior sin exceder

un 0.20 m2 de área por cada uno de los establecimiento. Las

imágenes que presentamos son ejemplos de este caso para ser

implementado en las normativas.

►TIPOLOGIAS DE LETREROS :

La ley 114-88 dice:

Estos no podrán sobresalir del muro más de 10 centímetros.

a) Relieve : Se pueden utilizar los siguientes materiales : metal, acero, madera y acrílico

b) Bajo relieve : Se pueden utilizar los siguientes materiales : madera grabada, acrílico grabado,

acero grabado y vidrio grabado

Observaciones con respecto a la actualidad:

En la calle El Conde, en algunos establecimientos se

cumple con la tipología, sin embargo las autoridades

deben hacer mas énfasis para su aplicación.

Propuesta:

12

Propuesta:

Implementar las tipologías de los letreros

como indicamos en estas imágenes. Y colocar

en la disposición de la parte muraría, según lo

exige las normativas.

►ILUMINACION DE LETREROS :

La ley 114-88 dice:

Se prohíben la iluminación interna o directa, por medio de lámparas,

bombillas o de otra índole y en particular el uso de letreros lumínicos

y/o cajas de luces .

Propuesta:

►Para iluminar los letreros deberá colocarse una iluminación

Observaciones con respecto a la actualidad:

En la calle El Conde, ninguno cumple con las normativas establecidas por

la ley, haciendo un daño a la imagen y al aspecto de iluminación en esta

zona.

►Para iluminar los letreros deberá colocarse una iluminación

indirecta y esta no podrá ocultar ningún elemento arquitectónico.

►Se prohíbe las superficies

publicitarias luminosas en

coronaciones de edificios.

13

ANUNCIOS

YY

AVISOS

14

La ley 114-88 dice:

Se prohíbe todo tipo de anuncios en las superficies murarías,

aceras, contenes, pavimentos de calles, techos, vuelos, balcones,

muros laterales y toldos, solo se permitirá para las siguientes

actividades: alquiler o ventas de un local.

ANUNCIOS :

AVISOS :La ley 114-88 dice:

Se prohíbe el uso de avisos en superficie

interior de una vitrina u otra parte, solo se

permitirá colocar soportes o algún otro elemento

en la parte muraría, la cual permita su remoción,

sin hacer daño a la superficie y sin ocultar ningún elemento arquitectónico

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sin hacer daño a la superficie y sin ocultar ningún elemento arquitectónico

de esta. El tamaño no debe exceder de (0.50 mts2).

Observaciones con respecto a la actualidad:

En la calle El Conde, los anuncios y avisos están colocados de

manera tal que da un aspecto no favorable.

Propuesta:

Implementar los avisos y anuncios adosados en la parte muraría,

como parte de un mobiliario urbano o un panel móvil, sin que este

afecte la fachada arquitectónica del inmueble y la colocación de

los mismos como se presenta en la imagen a la derecha.

SEÑALESSEÑALES

16

SEÑALES :La ley 114-88 dice:

Solo se permitirá la numeración y/o nombre de las calles e inmuebles en

azulejos de barro vidriado adosado a la edificación. Este tamaño puede

ser de forma rectangular y no debe exceder de 0.50 mts2 de área en

estos casos.

En caso de que la señal este colocada fuera de la edificación deberá estar

colocada en unos de los mobiliarios urbanos disponibles o proponer uno

a las autoridades competentes, y en estas solo se permitirá los siguientes

casos: forjadas en hierro, grabados o pintados en madera y fundidas o

pintadas en metal.

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Observaciones con respecto a la actualidad:

En la calle El Conde, el ayuntamiento esta aplicando las normativas

correctamente con respecto a las señales.

Propuesta:

Implementar las señales adosado a un mobiliario urbano sin que

afecte la fachada y no contamine visualmente, como se presenta en

esta imagen a la izquierda.

PROPUESTACIERRES

DE DE

PROTECCION

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CIERRES DE PROTECCION :

Propuesta:

Justificación:

Como podemos apreciar las imágenes las cuales demuestran

por si solas el daño estético, y las edificaciones se ven afectadas

por el elemento de cierre o protección, dándole un aspecto

negativo.

Sabemos que en estos tiempos hay mucha criminalidad, pero

esto se puede solucionar de una manera estética para la

ciudad, donde todos nos beneficiamos de ella.

Debido a estas problemáticas, nos motivo añadir a los

reglamentos de las normativas la siguiente propuesta.

Propuesta:

Se prohíbe la colocación externa de:

Elemento de cierre y/o protección en la

fachada como fortines, shutters, o puertas

enrollables de laminas ciegas.

Se permite para estos fines las estructuras

con las laminas perforadas donde tenga

una apertura de un 60% hasta un 95% del

interior, para poder visualizar las vitrinas y

poder darle mas vida al entorno y menos

inseguridad social.

19

También se podrán colocar las que son desplegables que no sean de

laminas ciegas.

Estas deberán colocarse en el espacio interior, según se demuestra en el

dibujo.

En la calle el Conde se pueden observar algunos buenos ejemplos, quizás

por accidente que deben implementarse en los locales comerciales para

darle seguridad a los propietarios y a su vez ofrecer otra imagen al

espacio publico.

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TOLDOS,

ELEMENTOS

PROPUESTA

ELEMENTOS

DE SOMBRA21

TOLDOS Y/O ELEMENTOS DE SOMBRA :

Justificación:

En la calle el Conde no se cumple ninguno de los requisitos para la

colocación de los elementos de sombra mejor conocido por toldos.

En las imágenes podemos

observar como estos elementos

se apoderan de las fachadas

ocultando todos los elementos

arquitectónicos de la edificación.

22

Sólo se permitirá colocar estos elementos con el

material de tela, de manera que solamente

ocupe el área de ventana o vitrina, sin ocultar los

elementos de la fachada arquitectónica.

Propuesta:

Se prohíbe la colocación externa de: Toldos y/o Elemento de sombra de material rígido

(Aluminio, madera, aluzinc, Fond, etc...) , que oculten elementos

arquitectónicos de la fachada existente.

Estos elementos podrán colocarse de manera fija

o desplegable, según el sistema determinado por

las autoridades.

23

.

REFERENCIAS

INTERNACIONALES

24

SAN JUAN, PUERTO RICO :

CALLE TETUAM

En San Juan, Puerto Rico nos encontramos con las normativas para

la implementación de los rótulos que deben implementarse en

dicha zona el cual data del año 1954, En las imágenes presentadas

podemos observar como las edificaciones son respetadas y los

elementos de esta pueden resaltar dentro de una zona comercial, y

los letreros o rótulos están dispuestos de manera regularizada,

creando un ambiente urbano exquisito donde el turismo aprecia

los monumentos de la zona.

25

CIEN FUEGOS, CUBA :BOULEVARD, AVE . 54

En la ciudad de Cien Fuego, en Cuba

nos encontramos con el Boulevard de

la Avenida 54, que es un espacio urbano

muy similar a lo que tenemos en la calle

El Conde, pero sin la invasión de letreros y

avisos, donde los edificios se destacan por

su estilo propio de la época.

Los centros de vías peatonales predomina

una vegetación muy típica del Caribe, el

26

una vegetación muy típica del Caribe, el

cual lo utilizan como elementos de sombra,

como es típico de una isla Caribeña.

No encontramos las normativas para este espacio publico, sin

embargo es un excelente ejemplo, y así lo indican las fotografías

presentadas.

FORT-DE-FRANCE, MARTINICA :

RUE DE LA REPUBLIQUE

En la isla de Martinica, encontramos la

calle Rue de la Republique con las

características similares al de la calle El

Conde, donde podemos observar como

las edificaciones son respetadas y

también sus elementos arquitectónicos.

No encontramos las normativas para

27

No encontramos las normativas para

este espacio publico, sin embargo las

imágenes nos sirven de ejemplo para

poder aprender de las buenas

estrategias aplicadas en

otros lugares similares a los

nuestros que estamos en

la parte Caribeña.

MADRID, ESPAÑA :CALLE PRECIADOS

En Madrid, España nos encontramos con las

normativas para la implementación de las Ordenanza

Reguladora de la Publicidad Exterior del año 2009

que deben implementarse en la Calle Preciados.

En las imágenes presentadas podemos observar

como las edificaciones son respetadas y los

elementos de esta pueden resaltar dentro de una

zona comercial, los letreros o rótulos están dispuestos

28

zona comercial, los letreros o rótulos están dispuestos

de manera regularizada, creando un ambiente

urbano exquisito donde el turismo puede apreciar los

monumentos y las edificaciones de la zona, como

debería ser un paseo urbano una calle peatonal.

Propuesta de Diseño

para las Fachadas y

Letreros Letreros

de la Calle El Conde

29

ELEVACION / FACHADAS EXISTENTES

PROPUESTA PARA LAS FACHADAS 30

KALEA.JUSTIFICACIONES:

En esta edificación existía una falsa fachada que ocultaba la fachada

original, la cual fue removida por las autoridades debido a que

violentaba las normativas existentes.

Actualmente la edificación esta sin intervenir, solo se mantienen

unos pequeños toldos de tela.

Debido a estos inconvenientes aprovechamos la conjetura para

analizar la fachada y darle una propuesta al local comercial para que

se pueda aplicar cumpliendo con las normativas.

►En el circulo rojo se observa el letrero, que fue retirado por las

autoridades del ayuntamiento con el cumplimiento de las

normativas.

►El local deja visto los elementos arquitectónicos después de ser ►El local deja visto los elementos arquitectónicos después de ser

retirado dicho letrero, donde podemos apreciar su originalidad para

poder ser restaurado.

31

PROPUESTA DE FACHADARe-establecer todos los elementos de la fachada original,

ubicación de letrero comercial e iluminación indirecta, propuesta

para los elementos de sombra y colocar los elementos de

protección en la parte interior como define el grafico.

32

ELEVACION / FACHADAS EXISTENTES

PROPUESTA PARA LAS FACHADAS 33

ROTHEN – CALZADOS.

►Fachada Original

JUSTIFICACIONES:

En esta edificación existía una falsa fachada que

ocultaba la fachada original, la cual fue removida

por las autoridades debido a que violentaba las

normativas existentes. Sin embargo las autoridades

no usaron la supervisión indicada para la

restauración de la fachada.

Debido a estos inconvenientes aprovechamos la

conjetura para analizar la fachada y darle una

propuesta al local comercial para que se aplique

cumpliendo con las normativas.

►Se observar la fachada que estaba oculta por el

►Fachada Actual

►Se observar la fachada que estaba oculta por el

gran toldo-letrero, donde todavía aparecen los

rasgos característicos de la fachada original.

►Podemos observar que tratan de conservar la

fachada, pero sin ningún criterio de conservación.

►Se eliminan los balcones del lado izquierdo sin

importar su valor histórico.

►Los relieves donde indicaban las posibles puertas

y algunos elementos de ventilación prácticamente

quedan borrados en la fachada actual.

►Los Elementos arquitectónicos no se destacan al

aplicar este tipo color, donde lo único que se

destaca es la falta de criterio en la restauración de

esta.

►Fachada Anterior

34

PROPUESTA DE FACHADA

Re-establecer todos los elementos de la fachada original de

puertas y balcones, ubicación de letrero comercial e iluminación

indirecta y colocar los elementos de protección en la parte interior

como define el grafico.

35

CONCLUSIONES :

►La actualidad

►En la actualidad el ayuntamiento de la Ciudad Colonial esta

realizando esfuerzos para poder rehabilitar el espacio público de

la calle el Conde. Consideramos que hace falta mas supervisión

por parte de las autoridades.

►Se debe implementar con mas fuerza la regulación de los

letreros, anuncios, elementos de protección y los toldos o

elementos de sombras en toda parte de la ciudad colonial para

no caer en una contaminación visual y consideramos que hace

falta mas supervisión por parte de las autoridades.

►Incentivar a los propietarios a proteger las fachadas de las ►La actualidad

►Posibilidad futura

►Incentivar a los propietarios a proteger las fachadas de las

edificaciones y darle mantenimiento a esta con fines

estéticos y la ciudad pueda descontarle impuestos por

este aporte.

►También se debe pensar en la seguridad y los

posibles elementos usados para estos fines, para

que no dañe la imagen de este paseo urbano.

►Respetar y supervisar las fachadas existentes

con mas energía para la conservación de su imagen.

► Revisar la redacción de las normativas actuales,

agrupándolas según los temas mencionados. 36

BIBLIOGRAFIA :

Historia de la Calle el Conde.

http://www.wikydominicana.com

http://www.suncaribbean.net/rd_laCapital_ZC_mapaCalles_AelConde.htm

http://www.hoy.com.do/vivir/2011/1/26/359631/Los-tradicionales-cafes-de-la-calle-El-Conde

Resolución No. 114-88, sobre el uso de letreros, anuncios, avisos y señales en la ciudad Colonial

de Santo Domingo.

Autor: Ayuntamiento del Distrito Nacional, 1988

Anexo No.4, paginas 73 – 78Anexo No.4, paginas 73 – 78

Reglamentos de Zonas Antiguas e Históricas, (Santurce, Puerto Rico).

Reglamento de Planificación No. 5, 13 de Octubre del año 1954.

Articulo 6, Rótulos comerciales y anuncios, páginas 5 y 6

Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior.

BO. Ayuntamiento de Madrid, (10/02/2009) Paginas (7 - 21)

http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Buscador-Simple/ANM-2009-2-

Ordenanza-Reguladora-de-la-Publicidad-Exterior

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