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1 ¿QUÉ ES UN TITULO VALOR? De acuerdo con el código de comercio, los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación y de tradición o representativo de mercancías. Desde el punto de vista material el titulo valor es un documento escrito, siempre firmado (unilateralmente) por el deudor; es además un pedazo de papel que contiene diversas menciones en un segundo plano, se define al título valor como un derecho en beneficio de una persona. El Derecho consignado en este documento, nace con la creación de éste. Tiene un valor en la actividad económica en general y en los negocios mercantiles en especial, por ello i para el desarrollo de la economía de un país, interesa que el titulo como valor en sí mismo, pueda entrar en circulación económica como los demás bienes. Quien suscribe un titulo valor se obliga a una prestación frente al poseedor del título, o quien resulte tal, y no subordina esa obligación a ninguna aceptación, ni a ninguna contraprestación. Clasificación de los títulos valores Según su derecho incorporado: a) Títulos jurídicos -obligaciones o cambiarios: aquellos que incorporen un derecho de crédito. Ejemplos: el cheque, la letra de cambio, etc. b) Títulos jurídico-personales o de participación: aquellos que contribuyen a su titular una determinada posición en el ámbito de una entidad organizada. Ejemplos: las acciones de una sociedad anónima. c) Títulos jurídicos-reales o de tradición: aquellos que incorporan la posesión y en muchos casos la disponibilidad de unas determinadas mercancías. ejemplos: un resguardo de depósito en almacenes generales. Según la circulación: a) Títulos nominativos: aquellos que designan como titular a una persona determinada, persona cuya titularidad se recoge en el propio título valor. ejemplos: el cheque nominativo. b) Títulos valores a la orden: aquellos que designan como titular a una persona determinada pero permiten la designación de otros titulares en el propio documento. Ejemplos: la letra de cambio. c) Títulos valores al portador: aquellos que legitiman como titular al mero poseedor siempre que exista “justa determinante de la transferencia posesoria “(legitima al poseedor causal).

QUÉ ES UN TITULO VALOR? De acuerdo con el código de comercio, los títulos

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¿QUÉ ES UN TITULO VALOR?De acuerdo con el código de comercio, los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación y de tradición o representativo de mercancías. Desde el punto de vista material el titulo valor es un documento escrito, siempre firmado (unilateralmente) por el deudor; es además un pedazo de papel que contiene diversas menciones en un segundo plano, se define al título valor como un derecho en beneficio de una persona. El

Derecho consignado en este documento, nace con la creación de éste. Tiene un valor en la actividad económica en general y en los negocios mercantiles en especial, por ello i para el desarrollo de la economía de un país, interesa que el titulo como valor en sí mismo, pueda entrar en circulación económica como los demás bienes. Quien suscribe un titulo valor se obliga a una prestación frente al poseedor del título, o quien resulte tal, y no subordina esa obligación a ninguna aceptación, ni a ninguna contraprestación.

Clasificación de los títulos valores

Según su derecho incorporado:

a) Títulos jurídicos -obligaciones o

cambiarios: aquellos que incorporen un

derecho de crédito. Ejemplos: el cheque, la

letra de cambio, etc.

b) Títulos jurídico-personales o de

participación: aquellos que contribuyen a

su titular una determinada posición en el

ámbito de una entidad organizada.

Ejemplos: las acciones de una sociedad

anónima.

c) Títulos jurídicos-reales o de tradición:

aquellos que incorporan la posesión y en

muchos casos la disponibilidad de unas

determinadas mercancías. ejemplos: un

resguardo de depósito en almacenes

generales.

Según la circulación:

a) Títulos nominativos: aquellos que designan

como titular a una persona determinada,

persona cuya titularidad se recoge en el

propio título valor. ejemplos: el cheque

nominativo.

b) Títulos valores a la orden: aquellos que

designan como titular a una persona

determinada pero permiten la designación

de otros titulares en el propio documento.

Ejemplos: la letra de cambio.

c) Títulos valores al portador: aquellos que

legitiman como titular al mero poseedor

siempre que exista “justa determinante de

la transferencia posesoria “(legitima al

poseedor causal).

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¿QUÉ ES UN TITULO VALOR?De acuerdo con el código de comercio, los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación y de tradición o representativo de mercancías. Desde el punto de vista material el titulo valor es un documento escrito, siempre firmado (unilateralmente) por el deudor; es además un pedazo de papel que contiene diversas menciones en un segundo plano, se define al título valor como un derecho en beneficio de una persona. El

Derecho consignado en este documento, nace con la creación de éste. Tiene un valor en la actividad económica en general y en los negocios mercantiles en especial, por ello i para el desarrollo de la economía de un país, interesa que el titulo como valor en sí mismo, pueda entrar en circulación económica como los demás bienes. Quien suscribe un titulo valor se obliga a una prestación frente al poseedor del título, o quien resulte tal, y no subordina esa obligación a ninguna aceptación, ni a ninguna contraprestación.

Clasificación de los títulos valores Según su derecho incorporado:

d) Títulos jurídicos -

obligaciones o

cambiarios: aquellos

que incorporen un

derecho de crédito.

Ejemplos: el cheque, la

letra de cambio, etc.

e) Títulos jurídico-

personales o de

participación: aquellos

que contribuyen a su

titular una determinada

posición en el ámbito

de una entidad

organizada. Ejemplos:

las acciones de una

sociedad anónima.

f) Títulos jurídicos-reales

o de tradición: aquellos

que incorporan la

posesión y en muchos

casos la disponibilidad

de unas determinadas

mercancías. ejemplos:

un resguardo de

depósito en almacenes

generales.

Según la circulación:

d) Títulos nominativos:

aquellos que designan

como titular a una

persona determinada,

persona cuya

titularidad se recoge en

el propio título valor.

ejemplos: el cheque

nominativo.

e) Títulos valores a la

orden: aquellos que

designan como titular a

una persona

determinada pero

permiten la designación

de otros titulares en el

propio documento.

Ejemplos: la letra de

cambio.

f) Títulos valores al

portador: aquellos que

legitiman como titular

al mero poseedor

siempre que exista

“justa determinante de

la transferencia

posesoria “(legitima al

poseedor causal).

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¿QUÉ ES UN TITULO VALOR?De acuerdo con el código de comercio, los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación y de tradición o representativo de mercancías. Desde el punto de vista material el titulo valor es un documento escrito, siempre firmado (unilateralmente) por el deudor; es además un pedazo de papel que contiene diversas menciones en un segundo plano, se define al título valor como un derecho en beneficio de una persona. El

Derecho consignado en este documento, nace con la creación de éste. Tiene un valor en la actividad económica en general y en los negocios mercantiles en especial, por ello i para el desarrollo de la economía de un país, interesa que el titulo como valor en sí mismo, pueda entrar en circulación económica como los demás bienes. Quien suscribe un titulo valor se obliga a una prestación frente al poseedor del título, o quien resulte tal, y no subordina esa obligación a ninguna aceptación, ni a ninguna contraprestación.

Clasificación de los títulos valores Según su derecho incorporado:

g) Títulos jurídicos -obligaciones o cambiarios: aquellos que incorporen un derecho de crédito. Ejemplos:

el cheque, la letra de cambio, etc.

h) Títulos jurídico-personales o de participación: aquellos que contribuyen a su titular una determinada

posición en el ámbito de una entidad organizada. Ejemplos: las acciones de una sociedad anónima.

i) Títulos jurídicos-reales o de tradición: aquellos que incorporan la posesión y en muchos casos la

disponibilidad de unas determinadas mercancías. ejemplos: un resguardo de depósito en almacenes

generales.

Según la circulación:

g) Títulos nominativos: aquellos que designan como titular a una persona determinada, persona cuya

titularidad se recoge en el propio título valor. ejemplos: el cheque nominativo.

h) Títulos valores a la orden: aquellos que designan como titular a una persona determinada pero

permiten la designación de otros titulares en el propio documento. Ejemplos: la letra de cambio.

i) Títulos valores al portador: aquellos que legitiman como titular al mero poseedor siempre que exista

“justa determinante de la transferencia posesoria “(legitima al poseedor causal).

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EEE lll eee mmm eee nnn ttt ooo sss ddd eee lll aaa LLL eee ttt rrr aaa ddd eee CCC aaa mmm bbb iii ooo

Los elementos que debe contener la letra de cambio son:

Librador: persona que emite la letra de cambio (acreedor) dando la orden de pago a otra persona (deudor).

Librado: persona a la que va dirigida la orden de pago (deudor).

Endosante: acreedor (original o posterior) que

tramite su derecho de cobro.

Endosatario: persona (acreedor actual) a

quien se ha transmitido el derecho de cobro.

Tenedor: persona poseedora del título en cada

momento.

Avalista: persona que garantiza en todo o

parte, el pago.

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El cheque es un titulo –valor de gran importancia en el ámbito económico de una sociedad,

Ya que sin él sería difícil concretar muchas transacciones mercantiles de gran importancia,

Por esto se le debe dar un uso correcto para así evitarnos molestias y no terminar

Perjudicados por un instrumento que ha sido creado para beneficiar a la comunidad.

El Cheque

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O p e r a c i o n e s c o n e x p o n e n t e s

Multiplicación: bm*bn=bm+n

Potencia:( bm)n=bm*n

TITULOS VALORES

Comentario [n1]: Ejemplo de un texto escrito con efecto contorno

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