36

“ Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

  • Upload
    garin

  • View
    95

  • Download
    0

Embed Size (px)

DESCRIPTION

“ Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”. Dr. Carlos Eduardo Gatti Dr. Sebastián Pérez Casanova. - Rosario 24 de Octubre de 2009 -. ACCIDENTES Y ENFERMEDADES INCULPABLES. ACCIDENTES Y ENFERMEDADES INCULPABLES. Base Legal - PowerPoint PPT Presentation

Citation preview

Page 1: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”
Page 2: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

“ Accidentes y Enfermedades Inculpables

y Ley de Riesgos del Trabajo ”

Dr. Carlos Eduardo GattiDr. Sebastián Pérez Casanova

- Rosario 24 de Octubre de 2009 -

Page 3: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

ACCIDENTES Y

ENFERMEDADES INCULPABLES

Page 4: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

ACCIDENTES Y ENFERMEDADES

INCULPABLES – Base Legal

• Ley de Contrato de Trabajo N° 20744 (L.C.T.),

Artículos 208 a 213.-

Page 5: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

CONCEPTO

Aquellas que padece el trabajador durante la relación laboral y que no se produzcan por el hecho o en ocasión del trabajo.

Page 6: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

CARACTERES Y REQUISITOS

•Debe manifestarse durante la relación laboral.

•Debe ser incapacitante.

•No debe haber culpa grave del trabajador.

Page 7: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

ANÁLISIS DEL ART. 208 L.C.T

TRABAJADOR Se suspende la obligación de prestar servicios.

EMPLEADOR Subsiste la obligación del pago de la remuneración y prestaciones complementarias.

Page 8: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

ANÁLISIS DEL ART. 208 L.C.T

ANTIGÜEDAD CARGAS PLAZO LICENCIA

DE FAMILIA REMUNERADA

Menor a 5 años NO 3 MESES

SI 6 MESES

Mayor a 5 años NO 6 MESES

SI 12 MESES

Page 9: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

¿ REMUNERACIÓN ?

Rige “el principio de Intangibilidad del Salario”.Por lo tanto, percibirá su remuneración normal.

ANÁLISIS DEL ART. 208 L.C.T

Page 10: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

REMUNERACIONES VARIABLESSe liquidarán de acuerdo al promedio de los últimos 6 meses de prestación de servicios.

REMUNERACIONES EN ESPECIEDeberán ser valuadas adecuadamente y abonarse.

ANÁLISIS DEL ART. 208 L.C.T

Page 11: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

¿ Que es la RECIDIVA ?Es la repetición de una enfermedad después de terminada la convalecencia. Caso de enfermedades crónicas.

No generarán nuevas licencias, salvo transcurridos 2 años de su primera manifestación.

ANÁLISIS DEL ART. 208 L.C.T

Page 12: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

OBLIGACIÓN DEL TRABAJADORDeberá dar aviso en el transcurso de la primera jornada de trabajo:

-De la enfermedad o accidente-Del lugar en que se encuentra

Caso contrario, perderá el derecho de percibir la remuneración correspondiente.

ANÁLISIS DEL ART. 209 L.C.T

Page 13: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

RESERVA DE PUESTO DE TRABAJO

ANÁLISIS DEL ART. 211 L.C.T

Page 14: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

ANÁLISIS DEL ART. 212 L.C.T

REINCORPARACIÓN DEL TRABAJOR

Page 15: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

DESPIDO DEL TRABAJADOR DURANTE LICENCIA PAGA

Si el empleador despide al trabajador, deberá abonar:

-Indemnizaciones por despido injustificado-Salarios correspondientes al tiempo faltante para el vencimiento o alta.

ANÁLISIS DEL ART. 213 L.C.T

Page 16: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO

Page 17: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO

Base Legal

Ley 24557 (L.R.T)

Page 18: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

NORMAS REGLAMENTARIAS Y RESOLUCIONES

• Decreto Nº 170/1996 (P.E.N)• Decreto Nº 1278/2000 (P.E.N)• Decreto Nº 585/1996 (P.E.N)• Decreto Nº 334/1996 (P.E.N)• Resolución Nº 43/1997 (S.R.T)• Laudo Nº 156/1996 (M.T.E y S.S)• Decreto Nº 658/1996 (P.E.N)• Resolución 39/1996 (S.R.T)

Page 19: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

LEY 24557. OBJETO Y OBJETIVOS

ObjetoPrevención de los riesgos y Reparación de los daños derivados del trabajo.

Objetivos• Reducir la siniestralidad laboral a través de la

prevención. • Reparar los daños causados por los accidentes de

trabajo y enfermedades profesionales. • Rehabilitar, recalificar y recolocar al trabajador

accidentado. • Promover la negociación colectiva laboral para la

mejora de las medidas de prevención y de las prestaciones reparadoras.

Page 20: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

AMBITO DE APLICACIÓN

SECTOR PRIVADOTrabajadores en relación de dependencia

SECTOR PUBLICOFuncionarios y empleados del sector público nacional, provincial y municipal

Page 21: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

SEGURO OBLIGATORIO Y AUTOSEGURO

1. Asegurarse obligatoriamente en A.R.T de libre elección, o

2. Autoasegurarse, cumpliendo ciertos requisitos:

• Solvencia económico-financiera para afrontar las prestaciones previstas.

• Garantizar los servicios necesarios para otorgar las prestaciones en especie previstas.

Page 22: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

FIGURAS Y SUJETOS INTERVINIENTES

• Ministerio de Trabajo, Empleo y de la Seguro Social de la Nación (M.T.E y S.S)

• Superintendencia de Seguros de la Nación (S.S.N)

• Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T)

• Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T)• El Empleador• Los Trabajadores

Page 23: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

CONTIGENCIAS

ACCIDENTES DE TRABAJOAcontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo.ENFERMEDADES PROFESIONALESAquellas que se encuentran incluidas en el listado elaborado por el P.E.N (agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividades capaces de determinar la enfermedad profesional).

Page 24: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

CONTIGENCIASExcluidos de esta ley:• Los accidentes de trabajo y enfermedades

profesionales causados por el dolo del trabajador o por fuerza mayor extraña al trabajo.

• Las incapacidades del trabajador preexistentes a la iniciación de la relación laboral, acreditadas en el examen preocupacional.

Page 25: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

SITUACIONES CUBIERTAS

Daños que se indemnizan:• Incapacidad Laboral

Temporaria• Incapacidad Laboral

Permanente• Gran Invalidez• Muerte

Page 26: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

INCAPACIDAD LABORAL TEMPORARIA (I.L.T)

En los primeros 12 meses o en el término menor, la A.R.T. paga el 100% del valor mensual del ingreso base más las asignaciones familiares.

Esta situación de (I.L.T.) cesa por: a) Alta médica; b) Declaración de Incapacidad Laboral

Permanente (I.L.P.); c) Transcurso de un año desde la primera

manifestación invalidante; d) Muerte del damnificado.

Page 27: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

PRESTACIONES DINERARIAS

Salario Base diario = Total Remuneraciones devengadas en los 12 meses anteriores al hecho o término menor / 365 días.

Salario Base mensual = Salario Base diario x 30,4 días.

Page 28: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

INCAPACIDAD LABORAL PERMANENTE (I.L.P)

La (I.L.P.) podrá ser:• Total: cuando la disminución de

la capacidad laborativa permanente fuere igual o superior al 66%; y

• Parcial: cuando fuere inferior al 66%.

Page 29: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

INCAPACIDAD LABORAL PERMANENTE PARCIAL (I.P.P)

Incapacidad igual o menor al 50% Pago único = 53 x IB mensual x %

incapacidad Tope máximo = $180.000

Incapacidad mayor al 50% y menor al 66% Renta periódica = IB mensual x %

incapacidad Tope máximo = $180.000 Adicionalmente, un pago único = $30.000

Page 30: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

INCAPACIDAD LABORAL PERMANENTE TOTAL (I.P.T)

Carácter provisorio - Pago mensual = 70% IB mensual más asignaciones familiares.

Carácter definitivo - Prestaciones por retiro por invalidez; más - Pago mensual = 53 x IB mensual x (65/edad) Tope máximo = $180.000

- Adicionalmente, un pago único = $40.000

Page 31: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

GRAN INVALIDEZ (G.I)Concepto.El trabajador en situación de I.P.T, necesita asistencia médica continua o de otra persona para realizar los actos de su vida.

Prestaciones a percibir:-Las correspondientes a los distintos supuesto de I.P.T,más; - Pago mensual = 3 x MOPRE - Adicionalmente, un pago único de $50.000

Page 32: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

MUERTE DEL DAMNIFICADO

Los derechohabientes del trabajador percibirán las siguientes prestaciones:

- Pensión por fallecimiento; más

- Pago mensual = 53 x IB mensual x (65/edad) Tope máximo = $180.000

- Adicionalmente, un pago único de $50.000

Page 33: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

PRESTACIONES EN ESPECIE

• Asistencia médica y farmacéutica• Prótesis y ortopedia• Rehabilitación• Recalificación profesional• Servicio funerario

Page 34: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD

ARTICULO 39. — Responsabilidad civil.

“1. Las prestaciones de esta ley eximen a los empleadores de toda responsabilidad civil, frente a sus trabajadores y a los derechohabientes de éstos, con la sola excepción de la derivada del articulo 1072 del Código Civil…”

Page 35: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

EXAMENES MÉDICOS EN SALUD

1. Preocupacionales o de ingreso.2. Periódicos.3. Previos a una transferencia de

actividad.4. Posteriores a una ausencia

prolongada5. Previos a la terminación de la

relación laboral o de egreso.

Page 36: “  Accidentes y Enfermedades Inculpables y Ley de Riesgos del Trabajo ”

Gracias por recibirnos tan cálidamente,

Gracias por darnos el espacio,pero por sobre todas las cosas… Gracias por escucharnos!! Charles y Sebas.