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PODER JUDICIAL DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN f;; . '5 JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D F <.i .,. R F C SCJ-950204.0PS ! DIRECCIÓN GENERAL ot RECURSOS MATER.I ALES BOLIVAR No 30, 410 PISO COL CENTRO, C P. 06000, MEXICO, D F TELS. 4113-1000 EXT 5704,5710,5305,5705 FAX: 5130-1750 DIRECCIÓN DE ALMACENES CAl.L IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C P 09100, MEXICO, D F TELS.· 5701 2036 y 5763 7883 PROVEEDOR: MARISOL SANTOYO SÁNCHEZ I AV. MORELOS SUR 1497, FELIX IRETA. MORELIA MICHOACÁN, 58070 1 01 443 315 3663, 01 443 281 6240 1 FECHA DEL DOCUMENTO 16/01/2017 FECHA DE ENTREGA ENERO A DICIEMBRE 2017 Partida Clave art. 10 FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES TRANSFERENCIA ELECTRONICA LUGAR DE ENTREGA Cantidad Unidad Cescripcion 1 SER LIMPIEZA CCJ MORELIA ENERO OBSERVACIONES 1. Servicio de limpieza de la Casa de la Cultura Jurídica en Morelia, Michoacán. Vigencia: 1• de enero al 31 de diciembre de 2017. Importe mensual servicio de limpieza $16,403.82 Importe anual del servicio $196,845.78 Forma de pago: Pago será contra entrega del servicio a satisfacción de la Casa de la Cultura Jurídica en Morelia, Michoacán de manera mensuaL 2. La presente contratación se realizó mediante el procedimiento de concurso público sumario CCJ/MORELIA/01/2016, toda vez que la contratación se clasifica como mínima. 3. El gasto de este servicio es con cargo al gasto corriente en la posición presupuesta! 35801, a la unidad responsable 1126801 y centro de coste 55. 4. El contrato simplificado se emite conforme al punto de acuerdo de fecha 14 de diciembre de 2016, autorizado por la Directora de la Casa de la Cultura Jurldica en Morelia, Michoacán, baío su estricta responsabilidad en el marco de las atribuciones que le confiere el Acuerdo General de Administración Vll/2008 del Comité de Gobierno y Administración. 5. La adjudicación se efectúa al proveedor que cumple con los requerimientos solicitados y con ase al a · isis y evaluación P.Unitario 14,141. 22 CONTRATO SIMPLIFICADO 4517000038 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO S001 Importe Total 14, 14t22 CO NTINUA Página 1 de 3

~ ~~ioos Af~ PODER JUDICIAL DE LA FEDb~ACIÓN …...E.n caso de los bienes o servicios que no se nayan entregado o prestado a entera satlsfac:clón de la Suprema Corte de Justicia

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~ ~~ioos Af~ PODER JUDICIAL DE LA FEDb~ACIÓN ~.0 1;. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN f;; . '5 JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D F

<.i .,. R F C SCJ-950204.0PS

f,~ .t, ! ,~-··.-·:r:~" ~~

DIRECCIÓN GENERAL ot RECURSOS MATER.IALES BOLIVAR No 30, 410 PISO COL CENTRO, C P. 06000, MEXICO, D F TELS. 4113-1000 EXT 5704,5710,5305,5705 FAX: 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAl.L IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA. C P 09100, MEXICO, D F TELS. · 5701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: MARISOL SANTOYO SÁNCHEZ I AV. MORELOS SUR 1497, FELIX IRETA. MORELIA MICHOACÁN, 58070 101 443 315 3663, 01 443 281 6240 1

FECHA DEL DOCUMENTO 16/01/2017

FECHA DE ENTREGA ENERO A DICIEMBRE 2017

Partida Clave art.

10

FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES TRANSFERENCIA ELECTRONICA

LUGAR DE ENTREGA

Cantidad Unidad Cescripcion

1 SER LIMPIEZA CCJ MORELIA ENERO OBSERVACIONES 1. Servicio de limpieza de la Casa de la Cultura Jurídica en Morelia, Michoacán. Vigencia: 1• de enero al 31 de diciembre de 2017.

Importe mensual servicio de limpieza $16,403.82 Importe anual del servicio $196,845.78

Forma de pago: Pago será contra entrega del servicio a satisfacción de la Casa de la Cultura Jurídica en Morelia, Michoacán de manera mensuaL

2. La presente contratación se realizó mediante el procedimiento de concurso público sumario CCJ/MORELIA/01/2016, toda vez que la contratación se clasifica como mínima.

3. El gasto de este servicio es con cargo al gasto corriente en la posición presupuesta! 35801 , a la unidad responsable 1126801 y centro de coste 55.

4. El contrato simplificado se emite conforme al punto de acuerdo de fecha 14 de diciembre de 2016, autorizado por la Directora de la Casa de la Cultura Jurldica en Morelia, Michoacán, baío su estricta responsabilidad en el marco de las atribuciones que le confiere el Acuerdo General de Administración Vll/2008 del Comité de Gobierno y Administración.

5. La adjudicación se efectúa al proveedor que cumple con los requerimientos solicitados y con ase al a · isis y evaluación

P. Unitario

14,141.22

CONTRA TO SIMPLIFICADO

4517000038

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

Importe Total

14,14t22

CO NTINUA

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CONTRA TO SIMPLIFICADO

t .• La Suprem• Corte dt Justicia de ta Nt clón, en lo sucesivo •suprema Corte" por conducto de su representante para los efectos de este lnslnlmento mantnesll que: 1.1 - Es el maximo órgano depositarlo del Poaer Ju<lfclal de la Federación, en ténnfnoa de lo dispuesto en los attlculos 94 de la Constitución Polltica de los Estados Unidos Me~lcanos y 1°, fraecl6n t, de la Ley Orgánica del Poder JUdicial de la f~erac1óri. 1.2.-La presente contratación fue autoriZ,ada por et Director de ta Casa de la Coltura Jurldlca de ta Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el procedimiento de adjudicación directa, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo General de Administración Vl/2008. del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comitl! de Gobierno y Administración de la Suprema Co(te de Justicia de 1a Nación por el que se regulan los PfOcedlmlentos para la adquisición, administración y deslncorporaclón de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. 1.3.· El Director General de Recursos Materiales está facultado para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 18, fracción X del R99tamento. 1nterior en Matena de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 1.4.· Para lodo to retacíonado con el presente contrato. señala como su domicilio el ubicado en la CaJte de José Maria Pino Suárez. número 2, colonia Centro de lu ciudad deJ MélÚOO, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, en la ciudad de México, Distrito Fedetal. • 11,· Et "Prestador de Servicios'' por conducto de su representante legal manlntatl bajo protesta de decir verdad que: 11.1 • Cuenta con personal con la sufiolente experiencia y callflcaclón para ejecutar los servrCios requeridos por la Suprema Corte, asf como con tos elementos técnicos y capacidad económica necesana para tal fin 11.2.· A la fecha de edjudlcac,lón de la Pf11Sente coritrataclón, no se encuentra lnnabllltado conforme a la regulación aplicable a 1os Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación para celebrar conlralos; asimismo, no se encueotra en ninguno de los supuestos a que se refieren tos artlculos 48 y 58, fracción XVI del AcUerdo General de Administración Vl/2008 del velntlcfnco de sephembre de dos mtl ocho, del COllllte de Gobierno y Administración de la Suprema C0!1e de JUS1icla de ta Nación. 11.3 . Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en et Acuerdo General de Adm1nlstración Vl/2008, del veintk:ínco de septiembre de dos míl oeho. del Comite de Gobierno y Administración de ta Suprema Cor1e de Justicia de la Nación por el que se regulan tos procedím•entos para la adquisición. ~ministración y desinc:orporaclón de bienes y ta contnltaclón de obras, usos y serviCIOS requeridos por eS1e Alto Tr1bunat. 11.4 .· Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala eomo su domk:illo el Indicado en ta caratula del presente Instrumento, eo el apartado denominado "P(es1adorde Servícíos·. 111 •• La "Suprem1 Corte" y el "Prestador de Servicios" declaran que: 111 1.· Reconocen mutuamente la personalldad Jurldlca con la que comparecen a ta celebración del presente Instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domlcllios Indicados en tos a!'tecedentes 1.4 y 11.5 de este Instrumento. 111.2.· El acuerdo de voluntades plasmado en este Instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constíluclón Polltlca de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgénk:a del Poder Judicial de la Fedvración, el Acueido General de Administración Vl/2008. del velnt!Clnco de septiembre de dos md OCl!O, del Cornilé de Gob emo y Administración de ta Suprema Corte de Justicia de la Nación, et Regtamenlo l!lll!fíor en Materia de AdmtnlstraoOn, y de manera supletoria el Código CIVIi Federal, el Código Federal de Procedimientos Clvlles, ta Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendada, la Ley Federal de Responsabflldades Administrativas de los Servidores publ1<:os y la Ley Federal del ProcedimJento Administrativo en lo condocente, al tenor de las siguientes; .

CLÁUS U LAS Primera. Objeto, Prestacl6n de los servicios descritos en el anverso del presente lnstrumenlo, en los lénnlnos pactados en las propuestas técnica y económica del participante ganador, las cuales ronn1n parte del Pfesente Instrumento como si a la letra se insertasen. Seguoda. Condiciones Gener1les. El "Prestador de Servicios" se compromete a respetar en todo momento el preClO, plazo y condiciones de pago seflalados en ta referida carttula durante y hasta el cumplimiento tollll del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago sel\alado en la presente clausula, cubre et tolal del servid o contratado, por lo cual "la Suprema Corte· no tiene obligación de cubrir ningun Importe adicional. Tercera. Pena Convenclonal. Las penas convencionales sera11 determinadas por la Suprema Corte de Justicia de ta Nación, en función del tncumpll'mlento decretado, oonlorme lo siguiente En caso de lncumphmíento de Jas obligaciones pactadas en et presente contrato, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá aplicar al proveedOI' o prestador de servicios una pena conve11~1onal que se ajustará proporclonalmente a lo lncumplldo. E.n caso de los bienes o servicios que no se nayan entregado o prestado a entera satlsfac:clón de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que Implica un Incumplimiento de las obligaclones pectadas en el presente contrato, ta Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá aplicar al prestador de servicios una pena convencional hasta por un 10% del mon1o que corresponda al valor de d1Cl1o5 bienes o servlcios (aln 1nclUir el Impuesto aJ Valor Agregado) . En caso de iocumpllmlenlo en el plazo de entrega de los bienes o servicios. se hará acreedor a ona sanción equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar diario (en días naturales) de la cenlldaa que Importen los bienes o senncloa pendientes de entregar o prestar nasta en tanto se de cumphmiento total a lo pactado Las penas convencionales no poarán ewceder del 10% del monto total contratado {sin Incluir el lmpuimo al Valor Agregado). l n s penas anteriores podrjn descontatse de tos adeudos pendientes de cubrir por ta Suprema Corte de Justicia de la Nadón al •prestador de Servicios· Cuarta. Requisitos pan1 realizar los pagos respectivos. Para eleQos fiscaJes el · preS!adOI' de Servlcloa" deberá presentar la o las factJJras a nombre de la •suprema Corte' segOn consta en la cedula de ldenilficaclón nsc:at, e•pedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico con el Reglslro F~eral de Contribuyentes SCJ9502046P5, Indicando el domicilio sellalado en la declaración t " de este Instrumento y demás requlsltos fiscales a que haya lugar. Quinta. Modlfleaclone• de este Instrumento Las condiciones pactadas en el presente iMtrumento poar•n ser objeto de modiflcac:J6n en termlnos de lo previsto en los articulas 12. fraccl6n XXII, 1 4~. fracción 1 y t62 del ret.ndo Acuerdo General W2008. Se•IJI lnex.fstencla dt relación IU>oral. El "Prestador de Servt00s•, como empresario y patrón del persone! que ocupe pare los servioos profesionales materia de este contrato, sera el umco responsable de las obligaaones derívaclas de las dtsposiclones laborales y demis ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, por lo que responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o de ta ·suprema Coite". en relación con los servicios motivo de este contrato. La •suprema Corte• estera recullada para requenr e et •Prestador de Servidos" tos comprobantes de anllaci6n de sus trabajadores al IMSS, asl como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR. INFONAVIT e IMSS. En ceso de que alguno o algunos de los trabajadores del •Prestador de Servicios•. e¡ecuteo o pretendan ejecutar alguna reciamaclón en comra de la 'Suprema Corte•, e1 "Prestador de Servicios' deberá reembolsar ta totalidad de los gastos que erogue la · suprema Corte• por concepto de traslados. vlállcos, tiospedaje, transportación, alimeotos y demAs inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no eXJste reladón laboral algu!'a con los m ismos y deslindar a la ºSuprema Corte• de cualqu1er Upo de responsablltdad en ese sentldo. Las partes acuerdan que el importe de tos referidos gastos que se llegaran a ocasionar pOdrán ser dedlJcidos por la · suprema Corte• de las facturas q~ se encuentren pendientes de pago, tndependienteme11te de fas acoones legales que se pUdleran ejercer. Séptima. Subcontnttaclón. Para efectos de este contrato simplificado, se entiende por subcontratac1ón. el acto mediante el cual el prestador de servicios o contratista encomienda a otra persona. t1s1ca o moral. la realllaclón parcial del objeto de éste con1tato simplificado. Cuando el prestador de servicios o contrallsla pretenda subcontratar, debera comunicarlo previamente y por escrito a esta Suprema Corte, la que también poi escrito resolveré si acepta o reohaza ta subcontrataclon. En ningún caso se aceptarlr la subcontrataclón total de tos servicios o trabajos con un solo subcontratlsta. En lodo caso de suboontratacl6n, el responsable será el prestador de servicios o contfallsla. y sera a éste 11 quienes tes cubra el pago. No existirá subrogación por parte del subcontraUsta ni tendrá relaelón con la Su¡>fema Corta ~ Octava. Confidencialidad La documentación que se proporcione al "Prestador de Servicios· con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad de la ·suPfema Corte•, por el ' Prestador de Servidos", por si o a traves de aus trat>ajadores, se compromete a no dlvulgar .a través de cua.lquler medio de comunlcación, cualqu1er resultado o dato obtenido de tos silo , , o trabajos prestad05 a ta primera. Novena. Rescisión. Queda exPfesamenle convenido que la · suprema Corte• podré dar por rescindido el presente contrato sin necesldael de que medie declaración )IJdlclal, en caso ele que el •Preslador de Servicios· deje de cumplir cualquiera de las obligaelones que asume en este contrato por caus&1 que te sean Imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercan~! o llquldac:i6n. Antes de declarar la rescisión, la •suprema Corte" notilJcara por escrito las causas respectivas al "Prestador de Servicios· en su domiclilo seí'lalado en la declaración 11.5 de este Instrumento, con quien en el acto se encuentre. otorgandote un plezo de quince dlas háblles para que manlfteste lo que a su deredlo convenga, aoexe los documentos que estime conveniente y aporte, en su caso, tas pruebas que esllme P811lnentea. Vencido ese plaz.o et órgano competente de ta · suprema COl1e• detennlnara sobre la procedencia de la reseisión. lo que se comunicara a l ·Prestador de Servicios" en su dorntclllo señalado en la declaraoi6n 11.S de eSle instrumento. Diclma. SuputtStos dt terminación d• contr•IO. diversos a la rescisión. El presente contrato poara darse por temiinado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando eldstan causas justificadas o razones de Interés general, en términos da lo previsto en los articulas 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo GeoeraJ de Administración Vl/2008. D écima Primera. Del fomento a la transparencia y de 11 protección de datos perwonaJes. Las partes estén de acuerdo en que et presente Instrumento constituye 1nrormac16n pilbUca en tenninos de lo dispuesto en los anlculot 1 ' , 7' y .42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pübllca Gubernamental, por lo que tos gobernados podrán real izar su cor¡sulta. D e conformidad con lo e5tablecido en el articulo 71 del Acuerdo General de ta Comisión de Transparencia, Acceso a ta Información Plíbllca Gubernamental y Protección de Datos Personales de ta Suprema Corte de Jusi.lela de la Nación del nueve de julio de dos mll ocho, retallvo a 101 órganos y procedimientos para tutelar an el ámbito de este Trtbunal los derecllos de acceso a la información a la pr;vac.dad y a la PfOlecclón de datos personales garantizados en el articulo 6' Constrtuclonal. el "Prestador de Servicios• se obllga a guardar secreto y e no divulgar por nfngün medlo, aun electrónico, ni por conferencias y/o Informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar fas actividades objeto de! presente contrato En caso de Incumplimiento la · suprema Corte' podrá exigir el pago correspondiente al 10°4 del monto total de este Instrumento, por concepto de pena convencional Décima Segunda, Resolución de controversias. Para efec1o de la interpretación y cumplimiento de lo es11puiado en este fnstrumenro, el •Prestador de Servicios" se somete expres11mente a las decisiones del Tnbunat Pleno de la 'Suprema Corte• renunciando a cualquier fuero que en raión de su domlclllo tenga o llegare a tener, de conformidad con lo Indicado en el artlculo 11. rracclón XX, de Ja Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Las partes acuerdan que cualquier notificación que tengari qua reallz.arse de una parte a otra, se realizara por escrito en el domicilio que ha sellalado en las declaraciones 1.4 y 11.5 de este instrumento •

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS

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PODER JUDICIAL DE LA FEDh~ACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAAEZ No 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D F RFC. SCJ.~5

DIRECCIÓN GENERAL /._ RECURSOS MATERIALES BOLIVAA No 30 4o PISO COl CENTRO, C P 06000, MEXICO, D F TELS 4113-1000 EXT 5704.5710,5305,5705 FAX 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL. JUAN ESCUTIA, C.P 09100, MEXICO, D F TELS . 6701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: MARISOL SANTOYO SÁNCHEZ /AV. MORELOS SUR 1497, FELIX IRETA, MORELIA MICHOACÁN, 58070 I 01 443 315 3663, 01 443 281 6240 I

FECHA DEL DOCUMENTO 16101 /2017

FECHA DE ENTREGA ENERO A DICIEMBRE 2017

Partida Clave art.

20

30

FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES TRANSFERENCIA ELECTRONICA

LUGAR DE ENTREGA

Cantidad Unidad Descñpcion

realizada por la Casa de la Cultura Jurídica en Morelia, Michoacán.

6. La Dirección General de Recursos Materiales únicamente apoyó en la elaboración de este contrato simplificado y se deslinda de cualquier responsabilidad en los procedimientos observados en la contratación de referencia.

7. Se elabora el presente contrato simplificado a solicitud de la Casa de la Cultura Jurldica mediante oficio CCJ/MLA/ADM/001/2017 recibido en esta Dirección General de Recursos Materiales el 3 de enero de 2017.

RESPONSABLE DEL PROCEDIMIENTO

LIC. ESTRELLA DEL ROCIO LÓPEZ MACIEL DIRECTORA DE LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN MORELIA, MICHOACÁN.

SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ MORELIA ENERO

SER LIMPIEZA CCJ MORELIA FEBRERO SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ MORELIA FEBRERO

SER LIMPIEZA CCJ MORELIA MARZ SERVICIOS INCLUIDOS

P.Unitarío

14.141.22

14.141 .22

CONTRATO SIMPLIFICADO

4517000038

EN SUS REMISIOll.'€S. FACl\JRAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

• S001

Importe Total

14,141 .22

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CO NTINUA

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CONTRATO SIMPLIFICADO

1 • L1 Suprem• Corte de Justicia de 11 Nación, en lo sucesivo " Suprema Corte" por conduelo de su rtpresentlnte para los erectos de este Instrumento rnanmesta que: 1.1 Es el maximo lx'gano deposttano del Poder Judfcial de la Federación, en ténn1nos de lo dispuesto en los anfculos 94 de la Con11itución Polf1k:a de los Estados unidos Mex.canos Y 1ª, fracción l. de lil Ley Orgánica del Poder JUdlcial de la Federación. 1 i -La presente ~onlralaciOn fue autorizada por el Director de la Casa de ta Cultura Jurldlca de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. mediante el pr0<;edimienlo de edjUdicación directa, de conformidad coo lo previsto en el Acuerllo General de Administración Vl/2008, del velnllclnco de septiembre de dos mil odio, del Comlté de Gobierno y Administración de la Suprema Cone de Justicie rie la Nación por el que se regulan los procedlmlenlos para la adqulsicJ6n. administración y desincorporaclón de bienes y la contratación de obras. usos y servicios requendos por este Tri~unal. 1.3 •• t:I Director General de Recursos Matenales este facuttado para suscnblr el presente instrumenlo. de oonf..m11dad con lo dfspuesto en et artloulo 18, fracdón X del Reglamento lnte11or en Materia 1.11 Administración de 111 Suprema Cone de .Justtda de la Nación ' 1.4 • Para todo lo relaclonado con el presente contrato. sellata e.amo su dornlcilio el ubicado en la Calle de José Maria P1no Suérez nllmero 2. co1oma Centro de '' ciudad d&Mexico, del&g8C16n Cuauhtemoc, coo190 posial 06060, en la ciudad de Méxíco, Distrito Federal. , 11,· El "Prestador de Servicios" por conducto de su representlnte legal manlOestM b1jo protestl de decir verdad que: 11. 1 • Cuenta con personal con la sunclento experiencia y callflcaoi6n para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Corte, asl como con los elementos técnicos y capacidad económica necesaria para tal On 11.2.· A la fecha de 9djtldlcacl0n de la presente contratación, no se encuentra intiabllltado conforme a la regulaclon aplicable a los Poderes Ejeeu1lvo, legislativo y Judicial de la Federación para celebrar oonlratos, asimismo, no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los anfculos 48 y 58, tracción XVI del Acuerdo General de Adminis1raci6n Vt/2008 del veinticinco de aeptiemb<e de dos mal oeho, del Cornrté de Gobierno y Administraclóo de la StJprema Corte de Justicia de la Nedón. 11.3 • Conoce y acepta su¡et3fSO a lo previsto en el Acuerdo Genenal da Adminlstract6n Vl/2008, deí veintldnco de septiembre de dos mi ocno, del Comité de GoDiemo y Admiolstraci6n de ía Suprema C0t1e de Justlcia oe la N8Clon por el que se regulan los procedimientos pata la adquisición. administración y des111C«poración de bienes y la contratación de obras. usos y seivlclos requeridos por e~te Alto Tribunal. 11.4 • Para todo lo relacionado con et presente contra10, sel\ala como su domicilio el indicado en la caratula del presenle instrumento, en el apartado denominado ·Prestador de Servicios·. 111 ,. La "Suprema Corte" y el "Prestador de Servicios" declaran que: 111 .1.· Reconocen rnutuarnente Ja 'personalidad jurídica con la que comparecen a la celeb{acl6n del presenle instrumento y manmestan que. todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se d.rog1rén a los dom¡cillos Indicados en los ~ecedentes l.• y 11.5 de este instrumento. UI 2.- Et acuerdo da voluntades plasmado en nte lnslrurnerno contractual se nge pot lo dispuesto en Ja Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgál'llca del Poder Judfcial de la r ederackln, el Acuerdo General de Administración Vl/2008, del veiotfc1nco de septiemble de dos mil odio. del Comité de Goblemo y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Reglamento Jntef'lor en Matena de AdmlnlS1fllCión, y de manera supletoria el COdlgo CIVIi Federal, el Código Federal de Procedimientos Cfviles, le Ley Federal de Presupueato Y Responsabilidad Hac:endarla. la Ley Federal de Responsabílidades Administrativas de los Servidores públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo en Jo conducente. al tenor de las siguientes .

CLA USULAS Primera. Objeto. Prestaclóo de los servicios desClttos en el anverso del presente 1nstrumento. en los términos pactados en las propueslas técnica y económica del participante ganador, las cuales iorrnan parte del presenta lns11umento como 11 a la letra se lnsertasen SAgunda. Condiciones Generales El ºPrestad()f de Servlclos" se compromete a respetar en todo momento et precio, plazo y condiciones de pago sel\alados en la referida carátula durante y hasta el c1:mplimlenlo tOlal del objeto de este acuerdo de voluntades. El i;ago señalado en la presente clausula, cu~e el to1al del servtao contratado, por lo cua1 •1a Suprema Corte• no tiene ob4igaClón de cubttr nmgün importe ad1clonal. -To re era. Pan• Convencional. Las penas convenclonales serán de1erm1nadas por la Sul)(ema Corte de Jui11cia de ta Naoón, en tunclón del rncumpl1111tenlo decretado, conforme lo s19urente En caso de incurnplfmiento de la5 obligaciones pactadas en el presente contrato, 1a Suprema Corte de Justicfa de la Nación podrá aplicar al proveedor o prestador de servicios una pena conve. Jnal que se ajustará proporcionalmente a lo Incumplido. En caso de los b1enea o servicios que no se hayan entregado o prestado a entera setlstaCCIOn de la Suprema Corte de Justida de la Nación, to que Implica un lncumpllmlento de las obligaciones pa •• tadas en el presente conlfalo. ta Slfprema Cane de Justicia de la Nación J>Odra aplicar aJ prestador de serliclos una pena convencional hasta por un 10% del monto que corresponda al valor de d·chos bienes o servicios tsln incluir et Impuesto al Valor A.gregado) c:n caso de incurnphmlento en el plazo de enuega de Jos bienes o servicios, se hará llCfeedor a una sandón equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar dlatlo (en días nat..-ales) de la Cc1nl1dad que importen los bienes o servicios pendientes de enltegar o prestar hastB en ianto se dé wmplimlemo total a lo pactado. Las penas convencionales no ¡:Od(afl eiu:eder del 10% del monto tocal contratado (sin lndulr el Impuesto al Valor A.gregado). •.as panas anteriores podrán descontarse de ios adeudos pendfenles de cubrir por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al "Prestador de Servocios· Cuarta. Requfsltos para roallzar los pagos reapec1lvos. Para efectos fiscales el "Prestador d!! Servicios' deberá presentar la o las facturas a nombre de la •supref!\a Corte• segun consta en la .11d1Jla de ldentificac:iOn nscal, expedida por 11 Secretaria de Hacienda y Crédito Publico con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, Indicando el domiclllo señalado en la declaracl6n 1 4 úa este lnsUUmento y demás reqtJlsltos fiscales a que haya lugar. Quima Modlfic1clonea de este Instrumento Las condiciones pllC!adas en el prest-nte Instrumento podlán ser objeto de rnodlftcaclón en termino• de lo previsto en los artlculos 12. traoción XXII : 143. fracaón 1 y 162 del refendo Acuerdo Geoeral V1/2008. Sexta. Inexistencia dt relación l •boral. El "Prestador de Servidos· como empre1at1o y patrón del personal que OC1Jpe para los senriaos profesionales matena de este contrato será el UJ\ICO r.upansable de las obligaciones derivadas de las disposiciones labor¡¡les y demas ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, por lo que respondera de todas las reclamaciones que 511$ trabajadores presenien en su contra o de la · suprema Cono·. en relación con los servicios motivo de eate contrato. ~ :i · suprema Corte• estaré !acuitada para requerir a el "Prestador de Serv1cios• 1os <'<>mprobanles de afllladón de sus trabajadores al IMSS. asl e.amo los comprobantes de pago de las cuotas al SAR. 1NFONAVIT e IMSS. En caso de que alguoo o algunos de los trabajadores del 'Prestador de Senilcios•. efec:uten o pretendan ejecutar alglina reclamaci6n en contra de la 'Suprema Corte". el "Prestadot de Servicios• debera reemt>olsao la tocaWdad de los gastos que erogue la ·suprema Corte• por concepto de traslados. vlitlcoa. hospedaje, transpor18Gl6n, alimentos y demés inherentes con el fin de acreditar ante '() autOfldad competente que no exJste relación laboral alguna con los mismos y desHndar a la · suprema Cone• de cvalqtJier tipo de reaponsabilided en ese sentido l as panes acuerdan que eJ importe de Jos rerandos gastos que se llegaran a ocaslQl\lr podrán ser deducidos por la ·suprema Corte" de las faduras que se enCllBntren pendientes de pago, 1ndependientemerrte de las acciones legales que se pudieran ejercer. Septlma, Subcontrataclón. Para efectos de eate contrato slmpllflcodo, se entiende por subc.ontratación. el acto mediante el cual 9' prestador de sen/íclos o contratista encomienda a otra persona, l1s1ca o moral, la reall?aca6n parciaJ del objeto de 6ate contrato slmplfficado Cuando el prestador de servicios o c.ontratlSla pretenda subcon11atar, deberé comunicarlo previamente y por escrito a esta S1iprema Cone, la que 1omb1én por escrho resolvenl si ace¡>ta o rechna la subcontratacl6n. En ningún ceso se aceptará la subcontratacrón total de los seMcios o trabajos c.on un solo subconrratlsla. En 1odo caso de subeontmacu>n. el responsable será el prestador de servicios o contratista, y sera a éste a quienes le5 cubra el pago. No e¡¡istinl subrogación por parle del subc:ontratlsta ni tendré 1t-tación c.on la Suprema Corte Octava. Confidenclatld1d La doannentacl6n que se proporcione el "Prestador de Servicios· con motivo de la ceiebrac.lón de eslt contrato, es propiedad de la 'Suprema Corte-, por ,...-.. et Prestador de Servidos•, por si o a través de sus trabajadores, se compromete a no diWl98' a traves de aJ&Jqu¡er medio de comunicación, cualquier resultado o dalo ob1erudo de los a;; s o ~abajos prestados a la primera. Novena. Rescisión. Queda expresamente convenido que la 'Suprema Cone• podnl dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaratlOn ]Udlclal. en caso de que el ·J.irestador de Servicios" deja de cumplir cualquiera de las obligaciones que asum11 en es1e contrato por causas que le sean lmputables, o bien, en caso de. ser objeto de embargo, huelga estallada, concurao mercantil o llquldociOn. Antes de declarar ta reacisión, la ·suprema Corla' noUflcara por escrito las causas respec1tvas al "PreSlador da Servicios' en su domiclllo señalado en Ja declaración 11 5 de este Instrumento, con quien en et acto se encuentre. otorgandote un plazo de quince dias hábiles para que maomeste lo que a su derecho conve11ga, anexe los documentos que estime conveniente y aporte, en su caso. 111 pruebes que es1ime pertinentes Vencido ese plazo el órgano compelente de la •suprema Corte• determln8'a sobte la proc:edencfa de la rescislón 1o que se comunicara al •prestador de Serviciosº en su domk:ilio señalado en la declaración 11.5 de este Instrumento ' D6clma. Supuestos de t•'111ln1clón de contrato, diversos a la rescisión. El presente conltllto J>Odra darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas )usttllcadas o ~ones de interés general, en términos de lo previsto en Jos a11lculos 148. 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Admlnfsllación Vl/2008. Oéclma Primera. Oel fomento a la transparencia y de I• protección de datos personales. Las partes astén de acuerdo en que el presente instrumento constituye lnformecl6n publica en términos de lo dispuesto en los llrllculos 1 •• 7' Y 42 de la Ley Feder.al de Transpafencla y Acceso a la lnformacl6n Pübllca Gut¡emamenlal, por lo que los gobemado1 podrán realizar su corisulta. De conformidad con lo establecido e_n el anlculo 71 del _Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pübllca Gubemamenlal y Proteccl6n de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del nueve de Julio de dos mll ocho, relativo a los órganos y procedfmlentos para tutelar en el imbtto de aste Tribunal los derechos de acceso a ta información a la prtv8Cldad y a la protección de datos personales garantizados en el artJculo s• ConstlWdonaf, el ºPrestador de Serviciosº se obliga a guardar secreio y a no divulgar pot ntngun medio, aun el11ttr6mco, ni por confllfenclas y/o Informes los datos personales a que tenga acceso con motil/O de la doci.rnentación qua maneje o conozca al desarroaar 1as ectMdades objelo del presente contra10 En ca.so de Incumplimiento la · suprema Corte· p<Xlrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de e5le Instrumento, pot concepto de pena convenclonal Oeclm1 Segunda. Resolución da controversias. Para efec1o de la interpretación y cumpll1111ento de lo esUpulado en este Instrumento, el 'PreS1ador de ServíGíos" se somete expresarnerrte a las decisiones del Tribunal Pleno de 121 "Suprema Cone' renunciando e cualquier flfero que en raz6n de su domiclllo tenga o llegare a tenllf, de conformidad c.on lo indicado en el articulo 11, tracción XX, de la Ley Organica del Poder Judtcfal de la Federación. Las partes acuentan que cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra, se reallzarí por esc:tito en el domicilio que roa aeflafado en las declaraciones 1.4 y 11.5 de este instrumento

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS

Nombre j

_5¡:¡), t.. /1 e z Fecha •

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Page 5: ~ ~~ioos Af~ PODER JUDICIAL DE LA FEDb~ACIÓN …...E.n caso de los bienes o servicios que no se nayan entregado o prestado a entera satlsfac:clón de la Suprema Corte de Justicia

( , PODER JUDICIAL DE LA FEDEKACION SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEG.ACION CUAUHTEMOC, 06060, D F R F C SCJ-950204-6P5

DIRECCIÓN GENERAL Dt RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. 30, 4o PISO COL CENTRO, C.P. 06000, MEXICO, D.F TElS .. 41 13-1000 EXT 5704,5710,5305,5705 FAX. 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAlZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL. JUAN ESCUTIA, C P 09100, MEXICO, D F TELS. 5701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: MARISOL SANTOYO SÁNCHEZ I AV. MORELOS SUR 1497, FELIX IRETA. MORELIA MICHOACÁN, 58070 I 01 443 315 3663, 01 443 281 62401

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 16/01/2017 TRANSFERENCIA ELECTRONICA

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA ENERO A DICIEMBRE 201 7

Partida Clave art. Cantidad Unidad

LIMPIEZA CCJ MORELIA MARZO 40 SER LIMPIEZA CCJ MORELIA ABRIL

SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ MORELIA ABRIL

50 SER LIMPIEZA CCJ MORELIA MAYO SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ MORELIA MAYO

60 SER LIMPIEZA CCJ MORELIA JUNIO SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ MORELIA JUNIO

70 SER LIMPIEZA CCJ MORELIA JULIO SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ MORELIA JULIO

80 SER LIMPIEZA CCJ MORELIA AGOSTO SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ MORELIA AGOSTO

90 SER LIMPIEZA CCJ MORELIA SEPTIEMBRE SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ MORELIA SEPTIEM

100 SER LIMPIEZA CCJ MORELIA OCTUBRE SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ MORELIA OCTUBRE

110 SER LIMPIEZA CCJ MORELIA NOVIEMBRE SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ MORELIA NOVIEMB

120 SER LIMPIEZA CCJ MORELIA DICIEMBRE SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA CCJ MORELIA DICI

IMPORTE EN LETRA CIENTO NOVENTA Y SEIS Mil OCHOCIENTOS GUAREN~

Director de Servicios

1 OBSERVACIONES

Descripcion P.Unilario

SUBTOTAL

!.V.A.

14.141.22

14, 141.22

14,141.22

14, 141 .22

14,141 .22

14, 141 .22

14, 141.22

14.141.22

14,141.22

CONTRATO SIMPLIFICADO

4517000038

EN SUS REMISIONES, FACTURAS V CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

.. 5001

Importe Total

14.141 .22

14,141.22

14,141 .22

14,141.22

14,141 .22

14,141.22

14, 141.22

14,141 .22

14,141.22

169,694.64

27.151.20

196,845.84

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CONTRATO SIMPLIFICADO

1 • ~a Suprema Corte de Jusllcla de la Nación, en lo sucesivo • suprema Corte" por conducto de su representante para los efectos de ute Instrumento m1nmesta que: ¡ 1 - E.s el maxuJ>O organo depositarlo del Poder Judicial de la Federación, en términos de to dispuesto en los anlculos 94 de la Constitución Polltl<:a de los Estados unklos Mexicanos Y 1•, tracción 1, <'11 10 Ley Orgilruea del PO<ler Judicial de ta Federación ¡ 2. -ta presente GOnlfat.aclón lue a1<torlzada po< el Director de la Casa de la Cultura Juñdlca de la Suprema Corte de Justiaa de la Nación, mediante el proc:edil'l'llento de adjudicación cfnecta, de conformidad con lo previsto en el Ai:uerdo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comj1é de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia 011 lo Nación por el que se regulan loa procedimientos para la adquisición, administración y deslncorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requendos por este Tribunal. 1.3. el Director General de Recursos Materiales esta facultado para suscribir el presente Instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 18. fraccton X del Reglamento_lnterlor en Materia d11 Admlnlstr'llción de la Supremo Corle de Justlc.Ja de la Nac1on t 4 ,· P.ira todo lo relaConado con el presente contrato. sellala como su domlc11io el ubicado en la Calle de José Maria Pino Suárez número 2, colonia Centro de l~ clúdad, dfr Méxicq. delegación Cun•Jhlcmoc, código postal 06060. en la ciudad de MéJOCO, Distrito Federal. 11 .• El "Prntador de Servicios" por conducto de su represenllnte legal manifiesta bajo protesta de d.aclr verdad que: 11.1 - Cuenta con ~I con 111 S\lliciente expeñencta y calllk:ac:i6o para ejecutar los servicios requelidos po< la Suprema Corte, así como con los elementos té<:nlcos y capacidad económica ncoasar1a para tal r111. 11.2 - A la lacha de adjudlca<;lón de la presente comratacló<l, no se encuentra 1nhabllltado conforme a la regulación apllcabla a tos Pod8fes Ejec\Jli110, Legislativo y Jud1c1el de la Federación para cetebrar contratos; asimismo, no se encuentra en ninguno de tos supuestos a que se refieren los atticulos 48 y 58, fracción XVI del Acuerdo General de Administración Vl/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Com1te de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación 11.3 . Conoce y acepta sujetafSe a lo prel/lslo en el Acuerdo General da Administración Vl/2008, del velntlcinco de sep11embre da dos mll ocho, del Com1té de Gobierno y Administración de la Suprema r.one de Jusllcla de la Nación por et que se regulan los procedimientos para ta adquisición, administración y deslricorporacl6n de bienes y la coritrataclón de obras, usos y servlcfog requeridos por e!le Alto Trib4mal. 11 4. Para todo Jo relacionado oon el presente contrato, sellala como su domicilio el Indicado en la carátula del presente instrumento, en el apanado denominado "Prestador de Servicios•_ 111 •• 1 • • suprema Corte" y el "Preatador de Servicios" decl1ran que: 111., • Reconooen mutuamente 11 personetld&CI )urldk:a con la que comparecen a la celebraclón del pregente lnstrumen10 y m1111ifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dh lglrán a los domicitlos lodicados en los antecedente.a 1 4 y 11.5 de esle instrumento. 111.ll· El acuerdo de VOiuntades plasmado en este Instrumento conlractual se nge por Jo d11puesto en la Constl1ución Polltk:a de los Estados Unidas Mexicanos, la Ley Ofgánca del Poder Judicial de la Federación, el Acuerelo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de sepliembre de dos mll od», del Comité de Gob{erno y Admlnlstraclón de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Regl11m11nto lntertof en Matena de Adminlslfaci6n, y de manera supletoria el Código Clvfl Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto Y Responsabilidad 1 lacendarla, la Ley Federal de Responsabllidaeles Administrativas de los Servidores públicos y la Ley Federal del Procedimiento Admlmslratfvo en to conducente, al tenor de tas slgulenles:

CLÁUSULAS Primera. Objeto. Prestación de los servicios descritos en el anverso del presente Instrumento, en los términos pactados en las propuestas 1écnlca y económica del participante ganador, las cuales fOll\'1an parte d!!I presente Instrumento como si a la letra se Insertasen Segunda. Condiciones Generales. El •prestador de Set'V1cio1' se compromete a respelar en lodo momento el precio, plazo y condiciones de pago aenalados en la referida carátula durante Y hasta et cumpllm111f\to tal.al del objeto de este acueroo de voluntades El pago sel\alado en la presente cléusula, cubre el total del seMOO contratado, por ro cual ·1a Suprema Corte• no tleM obllgaci6n de cubñr nonglln Impone adicional -) ercera. Pena Convencional. Las penas convencionares serán determinadas por la Suprema Corte de Justlcla de la Nación, en función del lna.mpllmento decretado, oonforme lo Slgutente: En caso de lncumplimlenlo de las obHgacaones pactadas en el presente conlfato, ta Suprema Corte de Justicia de la Naoón podrá aplk:ar al prOlleedor o prestadOI" de seMClos una pena conve1....anal que se a)u5taré proporcionalmente a to Incumplido. Fn caso de los bienes o servidos que no se hayan entregado o pres,ado a entera satisfacción de la Suprema Corte de JusUcla de la Nación, lo que impllca un incumplfmlento de las obligaciones ~a~tadas en el presenta contrato, la Suprema Corte de Justicia de ta Nación podrá aplicar al prestador de servidos una penia oonvencfonal hasta por un 10% del monto que corresponda al valor de Qochos bienes o servicios (sin Incluir el Impuesto al Valor Agregado). En caso de incumplimiento en el plazo de entrega de los bienes o servicios, se hará acreedor a una sanción equivalente al monto que resulte de aplicar el to al millar diario (en dlas naturales) de la c:a11lldad que importen los bienes o servicios pendlenles de entregar o prestar hasta en tanlo se d6 cumplimiento total a lo padado. 1.:n ptonas con11enct0flales no podrán exceder del 10% det monto total contratado (sin lnclulr el Impuesto al Valor Agregado). l 6~ penes anteriores podtan descontarse de los adeudas pendientes de cubñr por fa Suprema Corte de Justicia de la Nación al •Prestador de Servicios· t:.uan1. Roqulsitos pull realizar 101 pagos respectivos. Pllf'a efectos ~scales el ºPrestador de Servicios• deber.t pr!!Sef'tlar la o las !aduras a nombre de la "Suprema Corte' segOn consta en la t:dula de Identificación ~scal. expedida por la Secretana de Hacienda y Créd~o Publico con el Registro Federal de Contnbuye<tles SCJ9502046P5, Indicando el domiollo sellalado en la dedaraclón

1 " de este l11strumento y dermb requisitos ftscales a que haya lugar :!11lnta ModJncaclones Clt este lnstrumen10. Las condfc1ones pactadas en el presente Instrumento podrán ser objeto de mocltficaciém en términos de lo previsto en los artlculos 12, frac:cl6n XXII, ' 43. fracción 1y162 del referido Ac:.uerdo General Vl/2008 • Soxta. ln•11lstencl1 ele relacfón l•tioral. El "Prestador de Servicios·, como empresario y patrón del personal que ocupe para los servicios profeslonetes materia de este contrato. sera el único 1esponsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamien1os en materia de trabajo y de seguridad social. por 10 que responderá de todas las reclamaciones que ~us lrabaJ&dores presenten"" su contra o de la ·suprema Corte•, on relación con los servicios motivo de este conl111to La ·suprema Corte• estará facultada para requerir a el 'Prestador de Servicios" los comprobantas de afllíación de Jus tiabajadores al IMSS, as! como los comprobantes de pago de les cuotas al SAR. INFONAVIT a IMSS. El' caso de que alguno o alguno• de Jos trabajadores del 'Prestador de Se<VÍclos·. ejecuten o pretendan e]ecutar alguna reclamación en contra de la "Suprema Corte', el 'Prestador de Servicios' netera reembolsar la totalldad de los gaSIOs que erogue 11 ·suprema Corte• por conceplo de lraslaclos, lliétioos, hosped.¡e, transportación. alimentos y oemás innerentes. con el fin de acreditar ante 111 autoridad competente que no <!Xlste relación laboral alguna con los rr11smos y deslindar a la •suprema Corte· de cualquier Upo de respoosablhdad en ese sentido 1.a\ parte! acuerdan que el importe de los refefldos gastos que se llegaran a ocasionar podrlln ser deducidos por la "Súprema Corte' de las facturas que se encuentren pendientes de pago. 111<'.111pend1entemente de las acct0nes legales que se pudieran ejercer. Séptima. Subcontnataclón. Pare efcelos de este contrato simplificado, se entlenele por subconlrataclón, el acto mediante el cual el p~tador de servicios o contratista encomienda a otra persona, r1slca o moral, la realización parola! del objeto de éste contrato slmpilflcado. Cuando el prestador de servicios o '.ontratlsta pretenda subconlfatar. deben! comunicarlo prevfemente y por escrito a esta Suprema Corte, la que tamblen por escrito resolverá si acepta o rechua la subcontrataelón. En ningún caso se aceptaré la subcontrataclón total de 101 servicios o trabajos con un solo subconlfallsta. Cn todo caso de subcontratación. el responsable seré el prestador de serviáos o contratista, y seré a éste a quienes lea cubra el pago. No elllstlrá subrogación por parte del subcontratisia ni tendra 1 •1ac16n con ta Suprema Corte ~ 0~11va, Conndenclalldad. La documentación que ss proporcione al ' Prestador de Se111lC>Os0 con motlvo de la celebracl6n de este oontralo, as propl!ldad de la •suprema Corte•, por 61 Prestador de Servidos", por s1 o 3 trav~ de sus trllbajad01es, se compromete a no dlllUlgar a lfavé!i de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obten4do de los seo ,s o

11 alJa¡os prestados a la pnmera Noven•. Rescisión. Queda e,presamente convenido que la ·suprema Corte• podri dar por rescindido el presente contrllto sin necesidad de que medoe dedaradón ~lclal, en caso de que el •Prestador de Servicios· deje de CUf!lpllr cualquiera de las obllgacfones que asume en este contrato por causas que le sean Imputables. o bien. en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantH o Rqufdaclón Antn de declarar la rescisión, la "Suprema Corte• notiftcara por escttto las causas respectivas al "Prestador de Servicios• en su domicilio sel'lalado en la declaración 11.5 de este instrumento. con quien ~•1 t!I acto se encuenlfe, otorgándole un plazo de quince dlas héblles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime conveniente y aporte. en su caso, las pruebas qul' e3time pertJnentea. Vencido ese plazo eJ órgano competente de la ·suprema Corte' determinara sobrera prooedenola de la rescisión, fo que se comunicara et •Prestador de Servicios' en su dom1c1loo sellalado en I& decleract6n 11.5 de este Instrumento Declma. Supuestos de terminación de contrato, diverso• • 1• rescisión. El presente contrato podrá darse po< terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anllcipada cuando existan c.auus 1ust11leadas o r.nones de Interés general, en términos de lo previS1o en los artlculoJ 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Admlnlstraclóo VV2008. Oéclm1 Pr1mtra. Del fomento• la transparencia y de 11 protección de datos personales. las partes están de awenlo en que el presente Instrumento constlluye informacl6o pübltca en term1nos óe .., diSP\.JeSto en los anlculos 1• 7' y 42 de la Ley federal de Tran3parencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realiz.ar su consulta Oe conlorm1dad con lo establecido en el ar1iculo 71 del Acuerdo General da la Comisión de Transparencia, Acceso a la lnrormacl6n PClbflca Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la NllClón del nueve de julio de dos mil ocho, relatiVo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la Información a 111 pr1vac1dad y a la proleccl6n de dalos personales garantizados en el alticuto s· Conslltuclonal, el "Prestador de Servicios· se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningún medio, aun etecir6n1co. n1 por conrerenclas y/o Informes los dalos personales a que 1enga acceso con mollvo de la documenlación que maneje o conozca al desarrollar tas actividades objeto del presen1e co111ra10. En caso de lncumpl1mlento la ' Suprema Corte• podri exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este Instrumento, por concepto de pena corivenclonat. Oóclma Segunda. Resolución da controversias. Para aleelo de la 1rieerpre!ación y cumplimiento de lo estipulado en este Instrumento, el "Prestador de Servicios· !e somete expresamente a fas uP.C1Rlones det Trfb<mat PlllllO de la 'Suprema Corte• renunciando a cualquier tuero que en r1Zón de su domlclllo tenga o llegare a tener, de Gonformldad con to Indicado en el articulo 11 . fracción XX, oe la Ley Drganlca del Poder JUdlcaal de ta Federación. ' ¡ii p811es acuel'dan que cualquier noliflcaaón que tengan que realizarse de una palle a otra, l e realizara por esenio en el Clomldlío que ha sellaJac:to en la.s declaraciones 1 4 y 11 .5 de este 1nstn.Jmento •

RECEPCIÓN y CONFORJAIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR oe SERVICIOS

11

Page 7: ~ ~~ioos Af~ PODER JUDICIAL DE LA FEDb~ACIÓN …...E.n caso de los bienes o servicios que no se nayan entregado o prestado a entera satlsfac:clón de la Suprema Corte de Justicia

En términos de lo previsto en los artículos 111, 116 y 120,

primer párrafo de la Ley General de Transparencia y Acceso

a la Información Pública; 113, fracción I, y el capítulo IV, del

Título Cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso

a la Información Pública, en esta versión pública se suprime

la información considerada legalmente como confidencial

que encuadra en los supuestos normativos.

Este documento es parte integrante de la versión pública

del contrato, correspondiente al procedimiento de

contratación 4517000038.